REGLAMENTO DE LA XVI BIENAL INTERNACIONAL DE SAO PAULO
Capítulo I -
De las manifestaciones
Artículo 1.° - La XVI Bienal tendrá como,objetivo fundamental la presentación. de manera sistemática, de aspectos importantes de la producción artística y visual contemporánea, como también exposiciones de varios enfoques y de grande valor histórico para el arte internacional y particularmente para América Latina, ofreciendo meJor información ai público y máxi~a participación a los artistas. Artículo 2.° - La XVI Bienal de São Paulo será realizada dei 16 de octubre ai 20 de diciembre de 1981 en la Fundación Bienal de São Paulo, Parque Ibirapuera. como tambiénen otros espacios de la ciudad de São Paulo. Artículo 3.° siciones:
La XVI Bienal se propone organizar tres núcleos de expo-
Núcleo I Será éste el sector de. mayor amplitud de la XVI Bienal, con la presentación confrontada de dos vectores que caracterizan significativamente el proceso dei arte, en el comienzo de la década de 80. EI primero se refiere a la creatividad que se manifiesta en los sistemas de expresión y comunicación con la utilización de los nuevos media; el segundo vector es el que se manifiesta en la recuperación crítica de las modalidades operativas tradicionales dei arte, a través de los códigos de representación de la realidad, o que tenta redimensionar los valores de pura visualidad. Este núcleo contendrá, por consiguiente, un duplo itinerario de presentaciones: . a) uno que se refi era a la producción artística que emplea medios de comunicación y procesos de intermedla (por ejemplo, el arte vídeo, arte con laser, con ordenador, Iibros-de-artista, fotografía, ·performances· etc ... ); b) otro que se refiera a trabajosque revelen nuevas investigaciones en el ámbito de los vehículos tradicionales dei arte (escultura, pintura etc ... ). Para este núcleo se adoptará el criterio de organización y presentación de las obras a través de las analogias de lenguaje, en vez de la presenfación por grupos de nacionalidades. Para mejor orientar la exposición, las obras serán reunidas según sus poéticas subyacentes: 1) obra como proyecto; 2) obra como proceso y 3) obra como objeto. Unacomisión presidida por el curador general de XVI Bienal y de la cual particlparán, entre otros, miembros de un comité asesor latinoamericano, estará encargada de organizar la exposición en espacios y tiempos adecuados.
Núcleo 11 Será compuesto de exposiciones de varios enfoques y de valor histórico para el arte contemporáneo internacional. Núcleo 111
Artículo 7.° - Cada país Invitado indicará un responsable ante la Fundación Bienal de São Paulo, cuyas atribuciones serán: a) remitir hasta el.día 31 de mayo de 1981 las fichas de particlpaclón, la lista de las obras, con fotografías de las mismas y detalles técnicos completos; encargarse dei prefacio de los conjuntos de obras, o delegar esta labor a un crítico de su elección, y remitir los dados biográficos fundamentales de los artistas, para el Catálogo General y para la divulgación; b) informar con precisión sobre las necesidades técnicas de presentación dá' las obras, indicando específica y gráficamente las instrucciones sobre voltaje, etc ... (sistema eléctrico de Brasil 110/220 volts. y V.T. HIGH-BAND, PAL·M 60 ciclos - 525 Iíneas); .c) indicar en los documentos de exportación, como destino, además de São Paulo, otra u otrasciudades brasileiías donde las obras pudieran ser expuestas, como también la ciudad, ai extranjero, donde las obras serán devueltas después dei cierre de la Exposición; . d) los envíos. deberán ser dirigidos a la XVI Bienal de São Paulo, Funda" ção Bienal de São Paulo, Parque Ibirapuera, Port.ão 3 - São Paulo Brasil, via puerto de Santos, si son remitidos por mar, o Aeropuerto de Viracopos o Congonhas, si son remitidos por avión. Artículo 8.° - A los conocimientos de embarque se aiíadirán las listas de obras en tres ejemplares, constando: . -
nombre y apellido .del artista; título de la obra; técnica empleada; dimensiones; valor/precio de la obra.
Artículo 9.° - Las obras de los artistas nacionales o extranjeros deberán lIegar hasta el día 31 de julio de 1981, inaplazablemente. Artículo 10.° - La Fundación Bienal de São Paulo se hará cargo de los gastos siguientes,. exclusivamente: a) para las paftícipaciones extranjeras, gastos de transporte en Brasil (desde el desembarque hasta la Fundación Bienal y de .ésta hasta el lugar de reembarque), desembalaje, montaje e instalación, reemllalaje de las obras; b) para las participaciones nacionales, gastos de seguro, desembalaje. montaje e instalación, reembalaje. Para. los artistas residentes fuera dei municipio de São Paulo, con su debida autorización, la Fundación B.ienal de São Paulo se encargará también de los gastos de transporte, y, excepcionalmente, en casos de artistas residentes en la ciudad de São Paulo. Artículo 11.° - Para los participantes brasilefios, el plazo para recoger las obras' es de 90 días, a partir de la fecha de cierre de la XVI Bienal de São Paulo. Pasado el plazo, las obras tendrán la destinación más conveniente para la Fundaci()n Bienal de São Paulo. Artículo 12.° - Caso las participaciones exijan montajes especiales. los gastos correrán de cuenta dél artista o de sus delegados.
Se destina a exposiciones que acentuen aspectos de la cultura artística y visual de los países latino-americanos. Artículo 4.° - La XVI Bienal podrá incluir, entre otras, manifestaciones de arquitectura, música, teatro, cine y danza. Artículo 5.° - AI mismo tiempo que la XVI Bienal, se realizarán conferencias, seminários y otras manifestaciones organizadas por especialistas invitados, con la participación de artistas, críticos, historiadores, etc.
Capítulo 11 -
de este Núcleo, la Fundación Bienal de São Paulo se reserva el derecho de hacer eventuales invitaciones individuales.
De las particlpaciones
Artículo 6.° - Para la realización dei Núcleo I se harán invitaciones ai nivel nacional e internacional. EI Consejo de Arte y Cultura de la Fundación Bienal de São Paulo escogerá los artistas brasileiíos, consultando críticos e instituciones. También indicará el Consejo de Arte y Cultura la cantidad de artistas y de obras. La indicación de artistas extranjeros será de entera responsabilidad de los países que se presentarán en la manifestación. Sinembargo, para obtener la seguridad de participaciones importantes en la. organización
Artículo 13.° - Debido a exigenclas aduaneras, las obras no podrán permanecer en el país más de 180 días a partir de la fecha de entrada.
Capítulo 111 -
De las ventas
Artículo 14.° - La venta de obras expuestas en la XVI Bienal de São Paulo será efectuada exclusivamente a través dei Departamento de Ventas de la Fundación Bienal de' São Paulo. Artículo 15.° - La ficha de partlcipacicín debe traer mencionado, obligatorlamente, el precio de las obras puestas en venta. EI precio de las obras extranjeras será declarado en dólares USA en la ficha de particlpación y en los documentos ·aduaneros; no serán permitidas modificacionesulteriores. Artículo 16.° - A la Fundación Bienal de São Paulo le corresponderá el 15% dei precio sefialado por el artista. Artículo 17.° - Correrán de cuenta dei comprador los gastos de nacionalización de las obras extranjeras vendidas. EI importe correspondiente a estos gastos estará indicado en la lista de precios de venta.
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