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3. ¿De que va la Exposicion de Motivos del RDL 32/2021?
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perdido la votación que creía tenía ganada, hasta que se recontó el voto erróneo del Diputado del PP que ha sido el auténtico salvador de este RDLey tan denostado por el PP y otros partidos. Pero los votos son los votos y por uno solo (de los contrarios) se ganó esta tan controvertida votación.
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3. ¿DE QUE VA LA EXPOSICION DE MOTIVOS DEL
RDL 32/2021?
El libro que se trata de Prologar o presentar versa, obviamente, sobre el fondo y la forma de esta tan traída y llevada Reforma Laboral, correspondiendo a este prologuista simplemente situar la obra en su contexto, aparte de avalar, si es que falta le hiciera, al autor de esta excelente obra jurídica. Y ello a pesar de ser consciente de que todas las obras jurídicas, al menos en principio, tienen una corta vida, pues como dijera el filosófo alemán Julius von Kirchmann (1802-1884) en 1946 «sólo tres palabras del legislador sirven para destruir bibliotecas enteras» (lo que se conoce como la maldición de Kirchmann, defensor de la tesis de que el derecho no es una ciencia).
Sería demasiado prolijo, impertinente, pesado e inútil tratar de profundizar en el parto de los montes que ha dado paso a esta reforma normativa en clave laboral. Una más y van miles (es un decir coloquial) a lo largo de la historia y de estos pocos últimos años en que España ha disfrutado de democracia real a lo largo de su muy larga historia. Pero aunque sea brevemente me he fijado en la Exposición de Motivos del Real decreto Ley, dado que del contenido in extenso de la reforma se ha ocupado magistralmente el prologado Dr. Jordi García Viña.
Incluso antes de entrar en el RDL 32/2021 debo decir, y no es la primera vez que lo digo, que no me gustan los Reales Decretos Leyes, salvo cuando existe una auténtica urgencia, por ej. la pandemia que aún estamos sufriendo de la Covid. 19, que nadie se atreve a decirnos de donde procede ¿? (aquí los autores de la norma dedican buenas y excesivas páginas a autojustificar la urgencia, que yo no veo otra que no sea la de recibir los eu-
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ros de la Unión Europea para salir de esta crisis mundial), y aquí, salvo el tema de la ayuda europea, no veo ninguna urgencia, ya que para este viaje ni hacía falta alforjas, ni hacían falta los aspavientos de quienes han negado su voto a tan inocente reforma. Habría que meditar en clave democrática si esto, aunque sea legal y constitucional, es lo más conveniente para llevar a cabo reformas de fondo de nuestro ordenamiento jurídico (como dice la Exposición de Motivos).
Hago profesión de fé continua en el sistema parlamentario auténtico (y no quiero mirar, ni mucho menos, a los parlamentos de los países dictatoriales del este y del oeste, y aún menos en estas fechas), en el Parlamento democráticamente elegido en toda su extensión, y por ello luchamos en otros tiempos con nuestras meras armas dialécticas. Creo que la reforma, si es que fuere trascendental, debería pasar por todas las fases del proceso de aprobación de una Ley, pues es en el Parlamento donde los cambios salen justificados, tanto para bien como para mal. Esa es la auténtica soberanía popular. Está muy bien que un Proyecto de Ley nos venga refrendado por los agentes sociales, por el diálogo social, y ojalá también, si procediere legalmente, por el Consejo Económico y Social, pero esa es solamente una fase previa y conveniente, pero lo que aquí se ha tratado debiera haber venido refrendado por la discusión del proyecto de ley y de sus enmiendas de todo tipo en sede parlamentaria, con toda suerte de aportaciones y visiones próximas o dispares. No nos olvidemos que esto no es ni mucho menos una ciencia, y menos exacta; se trata de hallar soluciones a problemas previamente bien investigados. Incluso hubiera sido conveniente ofrecer a todos los diputados con tiempo suficiente tablas comparativas, punto por punto, de lo que en cada caso se trata de modificar o de innovar (a eso se le llama tambien transpariencia o juego limpio) y las razones del por qué en cada caso. Algo bien meditado para después poder ser discutido con conocimiento de causa y aportando sus propias razones para dar el si, el no o la abstención.
Dicho lo anterior procede entrar, siquiera sea brevemente, en lo que pretende decirnos la Exposición de Motivos, que son
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muchas cosas, pero algunas muy repetitivas, lo que le hace carecer de credibilidad, y debo decir de entrada que a lo largo de mi vida como aprendiz de laboralista he visto en muchas ocasiones como la Exposición de Motivos no era sino una exposición de buenos propósitos de lo que se pretendía hacer, que en algunas ocasiones acababa superado o dejado de lado por el texto aprobado. O sea, que de poco sirven las exposiciones de motivos —muchas de ellas elaboradas por altos funcionarios muy cualificados— salvo las que son un mero resumen o presentación anticipada de lo que sigue a continuación, una suerte de trailer. En este caso concreto quien haya escrito (o quienes hayan escrito) la Exposición recogen lo que los políticos han querido expresar que pretendían hacer. Solo eso. Pero una cosa es la mente de los políticos en un momento dado y otra muy distinta la palabra final, el texto legal que se aprueba, así como el conjunto de lo aprobado. O sea: no es lo mismo predicar que dar trigo.
Se habla de la serie de reformas laborales que a lo largo de los años se han llevado a cabo en España, y da la impresión de denostarlas a todas ella, sin que a pesar de cambios y más cambios desde 1975 hasta nuestros días, se haya conseguido, «acabar con los graves problemas de nuestro mercado de trabajo: el desempleo y la temporalidad».
A nadie se le escapa, pues las estadísticas que vemos mes a mes y año tras año, nos muestra como España se asienta excesivamente sobre un mercado laboral de suma precariedad e inseguridad ¿acaso se asienta sobre las arenas movedizas de la microempresa del sector servicios excesivamente?. No es en absoluto, como nos interpela continuamente la OIT, un trabajo decente y de calidad el que se disfruta en muchos sectores en España. Nadie de los más de tres millones de parados y otros tantos de mal contratados, sabe el día ni la hora de cuando tendrán trabajo, ni qué tipo de trabajo ni bajo qué condiciones, a veces ni si cobrarán. Esto no es decente en pleno siglo xxI. Hay que mirarse más en los Convenios y Recomendaciones de la OIT-no basta con ratificar, hay que cumplir diligentemente-para darnos cuenta de que andamos muy rezagados en materia de
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efectivos derechos laborales plenos y decentes. El trabajo y el trabajador no son una mercancía más. El trabajador no es una pieza de usar y tirar, de la cual se pueda uno desprender cuando dejan de ser útiles, muchas veces por impericia de su mismo empleador (que no siempre es un auténtico y formado empresario y empleador). Como he escrito en otros lugares y momentos tanto el trabajador como su empleador deben ser auténticos profesionales: ni valen todos ni vale todo en el mundo laboral. Zapatero a tus zapatos.
Soy testigo por mis investigaciones personales y tesis dirigidas sobre aspectos de la temporalidad que en estos últimos cuarenta años de democracia se ha echado mano en demasiadas ocasiones de los contratos temporales, buscando miles de nuevas fórmulas para justificar muchas veces lo injustificable, retorciendo los argumentos. Con tanta temporalidad de escasa calidad y duración es muy difícil que los mismos trabajadores o potenciales trabajadores consigan profesionalizarse e ir ascendiendo por el terreno del conocimiento y de su perfeccionamiento, pues nunca saben en que tipo de trabajo van a acabar. Como se dice vulgarmente: pan para hoy y de nuevo hambre para mañana. Las nuevas generaciones no saben si trabajarán, en qué trabajarán, cuando trabajarán y cuanto trabajarán. No existe seguridad alguna, especialmente jóvenes y mujeres, aparte de que los mayores de 50 años si se ven en la calle tampoco saben si su experiencia les servirá de nuevo para recolocarse. Experiencia echada pñor la borda en un pais que no puede permitirse estos excesos. No andamos sobrados.
Realmente dejamos atónitos a la Unión Europea con nuestras cifras excepcionales de temporalidad y de paro, que solamente rebajan algo cuando llegan las temporadas turísticas, pero siempre con empleo en migajas y de escasa calidad. Tenemos un barco laboral en continua zozobra que lanza por la borda a millones de sus ciudadanos sin que muchos de ellos lleven ni chaleco salvavidas. Las experiencias temporales adquiridas no sirven para el subsiguiente contrato de trabajo que lo más seguro es que nada tenga que ver con el anterior ¿Quién apuesta a favor de su formación’
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Dentro de los propósitos de este RDL se nos dice que están: 1º) corregir de forma decidida esta temporalidad excesiva (ojalá que esta reforma laboral fuera la definitiva para lograr este propósito que tantas veces hemos oído y leído a lo largo de estos más de 40 años); 2º) dar lugar a un marco normativo novedoso (siempre es novedoso, pero en este caso el marco normativo es inmenso y lo aquí tratado es ni una décima parte del mismo) y 3º)que es una reforma laboral que camina en dirección contraria a la que ha sido habitual en los últimos tiempos ¿sinceramente no se entiende qué se pretende decir a estas alturas de nuestra historia; algunos ya estamos hartos de oír, este tipo de cosas; cada reforma es una reforma, hacia adelante o hacia atrás y ya habrá tiempo de juzgarla por sus efectos a medio y largo plazo).
Resulta altamente pretencioso decir que se pretende transformar nuestro mercado de trabajo para que pueda dejar definitivamente atrás sus anomalías, asegurando la calidad del empleo y el dinamismo de nuestro tejido productivo (ojalá, pero cuanta ignorancia o cuanto espejismo).
Como se dice a continuación «en esta ambiciosa reforma los cambios están avalados por el diálogo social. Las organizaciones sindicales y patronales CCOO, UGT, CEOE y CEPYME (como en otras ocasiones ya ha sucedido en España), tras un largo proceso negociador, quienes acordaron junto con el Gobierno de la Nación las medidas contenidas en este real decreto-ley, dando así lugar a la primera reforma laboral de gran calado de la Democracia¿? que cuenta con el respaldo del diálogo social (la exageración llega a su límite máximo). ¿tan mal se ha hecho hasta ahora por los diversos gobiernos y parlamentos habidos desde 1978?. No lo creo y sé que no.
Como claramente se nos dice una y otra vez con estas palabras triunfalistas y grandilocuentes, debidas a la UE «Son todos ellos elementos decisivos para dar lugar a la gran transformación del mercado de trabajo español respondiendo a la vez a las exigencias comprometidas con la Unión Europea en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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Todo eso ya lo sabemos hace mucho tiempo y en cada época los gobernantes han tratado, según sus ideologías e intereses de barrer para su casa. No creo que con estos meros preceptos que ahora se modifican o se introducen se obre el milagro. Siempre nos olvidamos de que España es un país de PYMES o MICROPYMES y ahí está una de las causas —posiblemente la principal— de que las cosas funcionen como funcionan: escasa competitividad, escasa creatividad, escasa productividad (pese a las larguísimas jornadas), precariedad crónica, grandes brechas sociales, territoriales y de género, etc, etc.
Resulta ilusionante y sorprendente decirnos que con esta microrreforma se va a modernizar el ET y que se va a plasmar un nuevo contrato social «que permita hacer compatible la estabilidad en el empleo con las necesidades de una economía en plena evolución marcada por las transiciones ecológica y digital».
A mi modesto juicio parece que se atajan los efectos, pero no las causas. Será difícil poner puertas al campo mientras tengamos el tejido industrial, agrario y de servicios que tenemos; ahí es donde habría que intervenir inteligentemente, sin tirarse los trastos a la cabeza unos políticos a otros. Toda España está en el mismo barco, aunque unos se lleven el 90% y otros ni el 10%. Debemos trabajar para consolidar un tejido empresarial más potente que cuente efectivamente con la otra parte de la relación laboral. No podemos dejar abandonada a su suerte a la clase obrera, pues sin ella nada será posible, por más digitalización y robotización que haya en el futuro español.
Bien esta que se simplifiquen los contratos de todo tipo, que se modernice la negociación colectiva en todo aquello que sea necesario modernizar, que se aclaren los extremos de las contratas y subcontratas, que cada uno sepa hasta donde puede llegar la flexibilidad contractual estructural y coyuntural, y muchas más materias que no han entrado en esta pequeña reforma y que están esperando que los padres de la patria las analicen sosegadamente y con conocimiento de causa y buenos propósitos por el bien de todos y sin dejar a nadie perdido en el camino.
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No es cierto que nuestro actual modelo de relaciones laborales sea especialmente frágil, débil e inestable. Otra cosa es que se haya fijado más en los efectos que en las causas de sus defectos.
A nadie se le escapa que desde siempre nuestro sistema de relaciones laborales es desigual e injusto, donde los jóvenes, las mujeres y la gente mayor salen olvidados o perjudicados y contra ello hay que seguir luchando. Existen, eso es cierto, demasiados desequilibrios económicos, sociales y jurídicos con esos tres colectivos
Estoy de acuerdo con que hay que «promover la estabilidad en el empleo y la limitación de un uso abusivo, injustificado y desproporcionado de la contratación temporal» yendo hacia un crecimiento del empleo sostenible en el tiempo, con mejoras de las condiciones de trabajo, reforzando los sistemas públicos de protección social, etc., etc.
Parece que nos hallamos con el «Bálsamo de Fierabrás» cuando con sumo optimismo se nos dice que «Esta reforma permitirá mejorar no solo la protección del empleo, sino que incrementará la productividad y reforzará la seguridad jurídica, lo que favorecerá la atracción de inversión extranjera y la creación de empresas de mayor valor añadido, así como la necesaria inversión en formación de las personas trabajadoras». Así sea.
La Reforma Laboral incluye:cinco artículos de modificación de otras tantas leyes, siete disposiciones adicionales, nueve disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y ocho disposiciones finales.
Llama la atención, una vez más, este tipo de normas que no hacen sino alargar más y más los preceptos, huyendo de lo que debiera ser un texto corto, claro, preciso y conciso, pues las leyes comienzan diciendo (aunque esta no es una Ley formal) que a todos los que la presente vieren y entendieren (esta es otra cuestión), a lo que yo añadiría «leyeren», si no mueren en el intento. Solamente por poner un ejemplo del crecimiento exponencial de los artículos del TRET, el art. 11 s.e.u.o., si antes tenía 30 párrafos ahora pasa a 44 y de cuatro numerales a siete ¿?