3 minute read

Cooperativa Celestina Urbana

Cooperativa Celestina Urbana

Después de cuatro años de experimentación a través del estudio de caso del Barrio del Cementerio, el equipo del programa Asertos ha identificado la necesidad de un nuevo vehículo legal, que esté más adaptado a la promoción inmobiliaria y cuente con una mayor flexibilidad para incluir personas y entidades. Con la denominación de Celestina Urbana se constituye en la Comunidad Valenciana una sociedad cooperativa polivalente, de vivienda, de personas usuarias y de integración social, sin ánimo de lucro y de interés social. La cooperativa tiene como finalidad la regeneración integral de áreas en situación de vulnerabilidad rural o urbana, a través de un desarrollo comunitario basado en activos/recursos locales. Para ello, la cooperativa pondrá en relación, dentro de un mismo territorio vulnerado, segregado o sensible, a personas que quieran establecer su vivienda principal en el territorio, a personas propietarias de viviendas en la zona, y a entidades que promuevan la inclusión residencial, sociolaboral y comunitaria. Tras la fase de regeneración integral, la cooperativa podrá mantenerse con la finalidad de gestionar de forma sostenible el barrio, creando y manteniendo una organización comunitaria con base jurídica, que permita un ecosistema inclusivo y solidario. En tanto que cooperativa de viviendas, la entidad tiene por objeto facilitar soluciones residenciales dignas a las personas socias que quieran tener su vivienda principal en la zona y quienes con ellas convivan, en las mejores condiciones posibles de información, calidad y precio, en régimen de cesión de uso respecto de las viviendas, locales, aparcamientos, servicios o edificaciones complementarias. El objetivo es hacer efectivo el derecho a una vivienda digna y adecuada, reconocido en los artículos 47 de la Constitución española y 16 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, a través de la promoción de viviendas asequibles y sostenibles económica, social y medioambientalmente. La Cooperativa se encargará de organizar el uso de las viviendas, locales y otros elementos privativos, y de los elementos y espacios comunes, así como de establecer las especialidades correspondientes en caso de que las viviendas se destinen a residencia de personas mayores o con discapacidades. Igualmente, la Cooperativa se encargará de regular y llevar a cabo la administración, conservación, rehabilitación y mejora de dichos bienes mediante la obtención de los recursos financieros, la programación, la construcción, la conservación, la rehabilitación y la administración de los mismos, por sí misma o mediante un contrato con terceros, así como procurar todo tipo de mejoras o nuevas instalaciones o servicios, comunes o no, en dichos elementos. La cooperativa puede adquirir, parcelar, y urbanizar terrenos; la programación, la construcción, la conservación, la rehabilitación, mantenimiento y gestión de

Advertisement

viviendas y locales, y la administración de dichos bienes en propiedad o por cualquier otro título y, así como cualquier otro trabajo de planificación relacionado con la vivienda o el urbanismo, por sí misma, mediante un contrato con terceros o mediante la participación en otras sociedades y en general, llevar a cabo todas las actividades necesarias para cumplir su objeto social. La cooperativa podrá facilitar el acceso a la propiedad inmobiliaria de las personas socias, siempre y cuando se eviten comportamientos especulativos. En tanto que cooperativa de personas usuarias, es igualmente objeto de la Cooperativa el acompañamiento residencial, sociolaboral y comunitario, así como el suministro de bienes y servicios complementarios a la vivienda para el consumo por las personas socias y por quienes con ellas conviven habitualmente como los servicios de energía, agua, residuos, comunicación o movilidad. A estos efectos, la cooperativa puede adquirir los mencionados bienes y servicios a terceros o producirlos por sí misma. Por último, también constituye el objeto de la cooperativa, la inclusión social e integración a través de la vivienda de las personas socias en situación de pobreza, exclusión social y vulnerabilidad. La cooperativa dedicará los esfuerzos que sean necesarios para facilitar la participación de las personas en situación de pobreza o riesgo de exclusión social usuarias del territorio en el que se trabaje. Para ello, la entidad contará con un fondo de formación y promoción cooperativa, que se destinará a tales fines.

Siendo la cooperativa concebida como una herramienta para la regeneración urbana participativa, las entidades que la fundamos somos socios profesionales de la misma. Escapamos del modelo asistencial hacia un horizonte de participación en el que nosotras, entidades cuyos servicios se cooperativizarán, tendremos el mismo control de la entidad que las personas usuarias de estos servicios. Aunque sabemos que esta decisión supone riesgos que no habrá que pasar por alto, también creemos que esta decisión será clave para que la transformación social sea profunda, rápida e ilusionante.

This article is from: