La Titular del Legislativo procedió a la convocatoria de conformidad con lo que determina el artículo 17 del Instructivo para la Aplicación de la Consulta Prelegislativa, por lo que los representantes de las organizaciones indígenas, montuvias y afroecuatorianas de segundo grado, de los titulares de derechos colectivos a las audiencias públicas provinciales dentro de la consulta prelegislativa vinculada a los temas sustantivos del proyecto de ley.