Grupo ACP | Memoria Anual 2011

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ESTADOS FINANCIEROS GRUPO ACP INVERSIONES Y DESARROLLO Y SUBSIDIARIAS

Protecta ha aplicado en forma consistente la metodología de cálculo establecida por la SBS para la determinación de las reservas matemáticas así como los supuestos utilizados para obtener sus resultados. Mediante la Resolución SBS N°17728- 2010, emitida el 27 de diciembre de 2010, la SBS aprobó nuevas tablas de mortalidad que deben utilizar las compañías de seguros al otorgar rentas vitalicias provenientes del sistema privado de pensiones (SPP) y del seguro complementario de trabajo de riesgo, para contratos y solicitudes de pensión que se emitan a partir del 1° de junio de 2011.

15. Patrimonio neto (a) Al 31 de diciembre de 2011, de 2010 y de 2009, el patrimonio neto incluye los aportes de los Asociados, el cual asciende a dichas fechas a S/.341,000. A dichas fechas, los asociados son personas naturales domiciliadas y no domiciliadas y participan como directores de la Institución. (b) Al 31 de diciembre de 2011 y de 2010, la ganancia no realizada, neta, incluida en el patrimonio corresponde a la valorización de sus inversiones disponibles para la venta, nota 6. (c) Al 31 de diciembre de 2011, el patrimonio efectivo requerido para las Subsidiarias Mibanco (entidad financiera) y Protecta (compañía de seguros), calculados según la Resolución SBS N°11823-2010, ascendió aproximadamente a S/.633,996,000 y S/.35,113,000, respectivamente (S/.493,803,000 y S/.21,590,000 al 31 de diciembre de 2010, respectivamente). Asimismo, al 31 de diciembre de 2011, el patrimonio efectivo conglomerado que incluye a la Institución y a las Subsidiarias Mibanco, Forjadores, Microfin, FIS, Conecta y Protecta, y que ha sido calculado según las normas de la SBS, ascendió aproximadamente a S/.790,686,000 (S/.484,636,000 al 31 de diciembre de 2010).

16. Situación tributaria (a) La Institución ha sido reconocida como una entidad exonerada del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría mediante Resolución de Intendencia Nº0490050013687 de fecha 4 de agosto de 2006. Las Subsidiarias de la Institución en el Perú están sujetas al régimen tributario, siendo la tasa del impuesto a la renta al 31 de diciembre de 2011, de 2010 y de 2009 de 30 por ciento sobre la utilidad gravable. Las subsidiarias de la Institución en México, República Oriental del Uruguay, República de Argentina y República de Guatemala, están sujetas a los impuestos respectivos de sus países. Al 31 de diciembre de 2011 y de 2010, el impuesto sobre las ganancias en dichos países fue de 30, 25, 35 y 31 por ciento, respectivamente. Las personas jurídicas no domiciliadas en el Perú y las personas naturales deberán pagar un impuesto adicional de 4.1 por ciento sobre los dividendos recibidos de entidades domiciliadas en el Perú. La entidad que paga los dividendos es la responsable de efectuar la retención respectiva. (b) Mediante Decreto Supremo N°009-98-EF se estableció que están gravados con el Impuesto General a las Ventas (IGV), la percepción de intereses y comisiones por operaciones de crédito de las asociaciones sin fines de lucro. Posteriormente, se emitió el Decreto Supremo No.034-98-EF que estableció que las operaciones antes indicadas efectuadas hasta el 31 de mayo de 1998, podrán ser pagadas con documentos cancelatorios que la Superintendencia de Administración Tributaria (SUNAT) tramitará ante la Dirección General de Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas. (c) A partir del 1 de enero de 2010, únicamente se encuentran inafectos al impuesto a la renta los intereses y ganancias de capital provenientes de bonos emitidos por la República del Perú (i) en el marco del Decreto Supremo

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