INVESTORS GUIDE
Convenio 175 de la Organización Internacional del Trabajo a Tiempo Parcia Gabriel Aguilera Ex-Ministro de Trabajo y Previsión Social Los últimos años a nivel global, las discusiones de la Organización Internacional del Trabajo –OIT- se han enfocado en el empleo del futuro, el llamado empleo 4.0 ante la llegada de la cuarta revolución industrial derivada de los grandes avances tecnológicos. El mundo del trabajo ha cambiado, han surgido nuevos empleos tales como los denominados “geek Jobs”, las economías de plataforma, el “teleworking” y el “Home Office” entre otros, transformando así las relaciones laborales tradicionales. Lo anterior, ha conllevado cambios de legislación a nivel nacional e internacional, en aras a adaptar las normas jurídicas a las nuevas exigencias del mercado laboral a través de la flexibilización. Muestra de ello es el Convenio 175 de la Organización Internacional del Trabajo sobre el Trabajo a Tiempo Parcial, que reconoce la importancia que tiene para la economía el trabajo a tiempo parcial y que esta forma de relación laboral debe incluirse en las políticas de empleo como mecanismo para generar nuevas posibilidades de empleo y de asegurar la protección de los trabajadores a tiempo parcial en acceso al empleo, mejores condiciones de trabajo, salud y seguridad ocupacional y seguridad social. El Decreto No.1441 del Congreso de la República de Guatemala, Código de Trabajo data de 1961 con casi 60 años de antigüedad, por lo que a pesar de ser un texto normativo visionario la normativa laboral guatemalteca debe ser actualizada ante las nuevas tendencias laborales. A través del Decreto 2-2017, el Congreso de la República de Guatemala aprobó el Convenio 175 de la OIT sobre Trabajo a Tiempo Parcial, con la finalidad de facilitar el trabajo con base horaria en Guatemala, que a pesar de encontrarse regulada la remuneración por hora en el artículo 88 del Código de Trabajo, la interpretación errónea del artículo 102 g) de la Constitución Política de la República de Guatemala ha limitado el uso de esta figura a nivel nacional. El Ministerio de Trabajo y Previsión Social, con la finalidad de lograr la implementación del trabajo a tiempo parcial en Guatemala promulgó el Acuerdo Gubernativo 89-2019, Reglamento para la Implementación del Convenio 175 de la Organización Internacional del Trabajo Sobre Trabajo a Tiempo Parcial, logrando que en un lapso aproximado de 3 meses se registraran más de 600 contratos bajo esta 64
modalidad. Más de 600 guatemaltecos con una nueva oportunidad de empleo, no cualquier tipo de empleo si no que un empleo digno con prestaciones laborales de ley y seguridad social y con una remuneración con base horaria que respeta el salario mínimo por hora vigente. Esta herramienta fue recibida con esperanza por el sector productivo y por los guatemaltecos que no han tenido la oportunidad de acceder a un empleo formal o de aquellos connacionales que buscan combinar trabajo y estudios, trabajo y cuidado de sus hijos o que por la edad ya no le es posible trabajar 8 horas diarias o que simplemente por voluntad desean trabajar a tiempo parcial. Varios sectores económicos consideran que el trabajo a tiempo parcial y la posibilidad de pagar por hora generarían a mediano y largo plazo muchas oportunidades de empleo en el sector exportador tanto de bienes como de servicios (call centers entre otros), el sector textil, el sector turismo y el sector de comercio entre otros. A pesar que la ENEI 2-2018, indica que la tasa de desempleo abierto es de 2.0%, la tasa más baja reportada en los últimos años, existen otros indicadores que ameritan acciones inmediatas como la tasa de informalidad que alcanzó un 69.5% a nivel urbano y casi un 80% a nivel rural y el subempleo que es en promedio del 11% a nivel nacional, así como una tasa de cobertura del 20% a nivel nacional de la seguridad social. Estos indicadores claramente reflejan la realidad del mercado laboral guatemalteco, no se están generando suficientes oportunidades de empleo833s formales para los connacionales que buscan ingresar al mercado laboral. Como país, deben tomarse decisiones orientadas a generar herramientas e incentivos que permitan la atracción de inversión extranjera y local y que promuevan el emprendimiento, lo que permitirá la generación del empleo que necesita la población guatemalteca, una de estas herramientas es el trabajo a tiempo parcial, el pago por hora, ya que esta modalidad es utilizada a nivel mundial por industrias que requieren de mano de obra intensiva que por si solas en una sola planta requieren a miles de trabajadores.
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