Business Mail Agosto 2016

Page 10

TEMA CENTRAL

multas para que éstas sean iguales a las que son aplicables a los demás operadores de comercio exterior. En materia de comercio exterior se aclaran y simplifican los procedimientos para el ingreso y salida de mercancías de las zonas francas y, sobre todo, se definen las reglas para facilitar el movimiento de carga con destino a las zonas francas mediterráneas, en la medida en que se crean las condiciones normativas para simplificar y agilizar las autorizaciones para el régimen de tránsito aduanero. Sin embargo, no todo lo planteado en este proyecto de decreto se encuentra alineado con las finalidades de la Ley 1004, ni adecuadamente concordado con el mencionado decreto. De hecho, existen varias normas que podrían distorsionar las iniciativas de inversión que hasta ahora se han dado de manera positiva para el desarrollo de las zonas francas y afectar gravemente la competitividad de las empresas actualmente instaladas en ellas. El aspecto más inconveniente es la limitación de los procesamientos parciales que realizan los Usuarios Industriales de Bienes y de Servicios de las zonas francas con empresas en el territorio aduanero nacional a tan sólo el 20% del costo del bien o del servicio, lo cual a todas luces coarta los encadenamientos productivos de las compañías de una zona franca con aquellas ubicadas en el territorio nacional. Dicha norma amenaza la estabilidad de los vínculos comerciales, la flexibilidad de las empresas y la posibilidad de crecimiento de los negocios asentados en las zonas francas. Existen otra serie de disposiciones de menor impacto, pero igualmente inconvenientes, como por ejemplo aquella que pretende imponer requisitos mínimos de generación de empleo para las microempresas que proyectan instalarse en alguna zona franca. Tratándose

8

AmCham Colombia Business Mail Edición 131

de personas jurídicas que acrediten al inicio de sus operaciones activos fijos reales productivos inferiores a 500 SMMLV, se les exigiría el compromiso de generar mínimo siete empleos directos y formales a la puesta en marcha del proyecto, con lo cual se limitarían los emprendimientos empresariales que en sus etapas incipientes difícilmente generen dicho volumen de empleos. Además de lo anterior, existen objeciones frente a algunas normas que contienen restricciones especiales para el ingreso o tránsito aduanero de cierto tipo de mercancías y una serie de disposiciones sancionatorias cuyas multas no son acordes a las previstas para los mismos hechos en el nuevo Estatuto Aduanero para los demás operadores de comercio exterior. A la fecha, el Gobierno Nacional y los gremios, en representación del sector privado, están analizando las diferentes recomendaciones y observaciones presentadas por las partes, en la búsqueda de un acercamiento para mantener la estabilidad jurídica del instrumento y así generar la confianza que requieren los empresarios bajo la forma de las condiciones en las que realizaron sus inversiones. La expedición de la nueva regulación es apremiante, pues la demora en la aprobación de los nuevos proyectos de zonas francas por parte del gobierno nacional, a la espera de la promulgación del nuevo decreto, resulta inexplicable frente a los retos que tiene la economía nacional para generar entornos competitivos en los que se diversifique la oferta exportable no tradicional y así poder aprovechar las oportunidades de mercado generadas con ocasión de los acuerdos de integración y de libre comercio celebrados por Colombia.


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.