Guía básica para el exportador promexico

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DEFINIENDO SU ESTRATEGIA: PLANEE

CAPÍTULO 2

2.3. REGULACIONES ARANCELARIAS ¿Qué es un arancel?

Medidas contra prácticas desleales de comercio internacional

El arancel es un impuesto que se aplica a la importación o exportación de mercancías; para efectos de la Ley de Comercio Exterior de México (artículo 12), los aranceles pueden ser:

Aunque estas medidas no están clasificadas como arancelarias, cuando se aplican, su cobro se realiza de igual forma que las arancelarias, en las aduanas. Existen dos formas de prácticas desleales de comercio:

Ad valorem. Se expresa en términos porcentuales y se aplica sobre el valor en aduana de la mercancía; por ejemplo: si el valor en aduana de una mercancía es de $10,000 y la tasa de aranceles del 10%, se pagarán $1,000 de impuesto ($10,000 x 10% = $ 1000). De ahí la importancia de declarar correctamente el valor real de la mercancía en la factura de exportación. Específico. Se expresa en términos monetarios por unidad de medida; por ejemplo: US $5.00 por metro de tela; US $150.00 por cabeza de ganado. En este caso, el valor real, calculado o ficticio de la mercancía, no tiene ninguna trascendencia fiscal. Así, con base en estos ejemplos, en el arancel específico no se considera si el precio de la tela es muy elevado o muy bajo (a diferencia del ad valorem, que sí distingue precios y calidades). Mixto. Es una combinación de los dos anteriores (ad valorem y específico); por ejemplo: 5% ad valorem más US $1.00 por metro cuadrado de tejido poliéster. México y la mayoría de los países de la Organización Mundial de Comercio (OMC) utilizan estos tres tipos de aranceles. En México, los aranceles antes referidos podrán adoptar las siguientes modalidades: a) Arancel-cupo. Cuando se establezca un arancel para cierta cantidad o valor de mercancías exportadas o importadas, y una tasa diferente a las exportaciones o importaciones de esas mercancías que excedan dicho monto. b) Arancel estacional. Cuando se establezcan niveles arancelarios distintos para diferentes periodos del año. c) Las demás que señale el Ejecutivo Federal. No obstante lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley de Comercio Exterior, podrán establecerse aranceles diferentes a los generales previstos en las tarifas de los impuestos generales de exportación e importación cuando así lo establezcan los tratados o convenios comerciales internacionales de los que México sea parte.

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a) Cuando un gobierno otorga a sus productores un apoyo, por lo general económico, para los productos que se exporten (conocido como subvención) con el fin de ayudarlos a elevar la competitividad de sus bienes en el mercado de destino. b) Se dice que hay discriminación de precios (dumping) cuando un producto se vende en un mercado extranjero a un precio inferior al de su valor normal en el mercado internacional (artículos 30 y 31 de la Ley de Comercio Exterior). También se dice que hay discriminación de precios cuando, por interés comercial de los exportadores, una mercancía se vende a otro país a un precio inferior al que se vende en el mercado internacional. A fin de protegerse de prácticas desleales de comercio, el gobierno de un país puede aplicar cuotas compensatorias a las mercancías. Consisten en cobrar un porcentaje de dinero sobre el valor de la mercancía; algo similar a imponer un arancel a las importaciones, con el objeto de evitar que los productores nacionales sean perjudicados por importaciones que están vendiéndose en condiciones de prácticas desleales de comercio internacional.

Clasificación arancelaria Las mercancías, sin excepción alguna, deben clasificarse arancelariamente al pasar por las aduanas, a fin de identificar, de manera clara y precisa, qué tasa porcentual de arancel les corresponde pagar de acuerdo con el tipo de arancel aplicable, así como para conocer y vigilar el cumplimiento de las regulaciones no arancelarias, tales como permisos, cuotas compensatorias, regulaciones sanitarias, de etiquetado, etc., a las cuales estén sujetas. La “clasificación arancelaria” es el orden sistemáticouniforme de todas las mercancías en una nomenclatura determinada en la que a cada mercancía se le identifica a través de un código numérico general que significa lo mismo en la mayoría de las aduanas del mundo. Las mercancías que se integran al flujo del comercio internacional se clasifican con base en el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (SA), el cual ha sido adoptado por los países miembros de la OMC.


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