Contrato de Franquicias

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CONTRATO DE FRANQUICIA


Contrato de Franquicia Es el contrato por virtud del cual una persona física o moral llamada el franquiciador o franquiciante, cede a otra llamada el franquiciado, el derecho a la explotación de un determinado sistema para comercializar ciertos productos y/o servicios, todo ello a cambio de una contraprestación económica. 2


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ELEMENTOS QUE CARACTERIZAN A LA FRANQUICIA

MARCA: El uso de una denominación o rótulo común y una presentación uniforme de los locales y/o medios de transporte objeto del contrato.

KNOW-HOW: La transmisión al franquiciado de un Know-How (o conjunto de conocimientos o procesos prácticos verificados por el franquiciador y fruto de su experiencia. APOYO CONTINUADO: La prestación continua por el franquiciador de asistencia comercial y técnica durante la vigencia del acuerdo de franquicia.

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CARACTERÍSTICAS:

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ONEROSO: Ya que una de las partes (franquiciatario) obtiene una ventaja a cambio de una contraprestación en dinero a favor de la otra (franquiciante).

CONMUTATIVO: Porque desde el momento de la celebración cada una de las partes conoce las obligaciones y ventajas que le corresponden.

NO FORMAL: No se exige ninguna forma específica en que deba ser instrumentado.

CONSENSUAL: Porque queda perfeccionado y genera los efectos jurídicos correspondientes desde el momento en que las partes manifiestan su consentimiento.


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BILATERAL: Porque cada una de las partes se encuentra obligada respecto a la otra, existiendo prestaciones recíprocas para cada una

TRACTO SUCESIVO: Las obligaciones que se generan para cada parte no se agotan en el momento de la celebración del contrato sino que perduran más allá de éste.

CONTRATO DE ADHESIÓN.


CASOS EN QUE EXISTE INTROMISIÓN DEL FRANQUICIANTE:

No obstante lo anterior, el franquiciante tiene derecho a inmiscuirse en los asuntos del franquiciatario en los siguientes casos: 

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Control y auditoria permanente sobre la operación del franquiciatario. Dirigir y controlar las políticas de publicidad del producto o servicio.


EL KNOW HOW. 8


Know How.  Es el componente esencial de toda franquicia. Sin su

existencia sería un negocio más pues, es esta herramienta la que asegura el cuidado y aplicación de la marca registrada y comercializada.

 Si se puede hablar de un éxito casi asegurado por este

sistema de negocio, es gracias a este concepto de “Saber hacer”. Éste supone todo el conjunto de experiencias y procedimientos que han sido adquiridos por un empresario en la explotación de su negocio y que le han permitido alcanzar un cierto éxito pasan a formar parte del negocio franquiciatario.

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REQUISITOS DEL KNOW HOW: 1. Se debe manifestar en contratos y manuales. • Su forma de transmitirlo es esencial, ya que le facilita al

franquiciatario la posibilidad de entrar en un negocio sin experiencia previa.

• Por lo tanto, es esencial que se describa este concepto

dentro de los contratos y los manuales de las franquicias.


2. Es importante incluir la experiencia tanto de éxitos como de fracasos.  Este conocimiento del Know How debe estar

conformado de experiencias positivas y negativas, es decir, el conocimiento de los éxitos es importante, pero más lo es aún el conocimiento de los fracasos.

 Esto

implica la transmisión de un aprendizaje de conductas o actividades que no se deben hacer para el buen desarrollo de un negocio.

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3. El Know How no lo debe realizar ninguna empresa externa, es la propia franquicia la que debe ponerlo en marcha puesto que nadie mejor que ella la que valore las experiencias positivas y negativas y las sepa transmitir a travĂŠs de sĂ­ misma.

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4.- Los manuales donde está el know how deben tener una constante actualización y renovación.  Este concepto no debe ser estático en una

empresa, sino que debe adecuarse a los avances comerciales y tecnológicos y debe tener en cuenta las distintas características geográficas, demográficas o culturales del lugar donde se va a desarrollar la franquicia.

 Por ello, debe ser constantemente renovado y

perfeccionado, introduciendo las innovaciones que vayan apareciendo, incluso las aportadas por los propios franquiciatarios.

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5. Debe ser totalmente funcional.  Entre las características que tiene que tener

en cuenta un Know How destaca su funcionalidad.

 Este

concepto debe ser práctico, útil, funcional y beneficioso para el desarrollo del negocio.

 Debe ser un punto de referencia para actuar

bajo cualquier circunstancia que pueda surgir y su aplicación debe traer consecuencias positivas.

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6. Si no se prueba, no existe. ď ś Por otro lado debe ser un sistema probado,

que los procedimientos hayan sido ensayados y comprobados previamente y ofrezcan la seguridad adecuada.

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7. Es importante cuidar la confidencialidad y especificidad. 

Tiene que ser original. Esta característica lo hace confidencial durante la vida del contrato y cuando finalice.

 Otro hecho importante es que sea específico, que

el conjunto de técnicas sean individualizadas e identificadas de forma concreta para cada caso que se presente..

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LA MARCA EN LA FRANQUICIA 17


LA MARCA EN LA FRANQUICIA  La función principal de una marca o de una marca de

servicio consiste en diferenciar los productos y servicios de una empresa de los de sus competidores, identificando con frecuencia el origen de los mismos y haciendo referencias implícitas a la calidad y a la reputación de la empresa.

 Esta función resulta en cierta medida perjudicada si el

titular de la marca concede a otra empresa licencia para utilizar la marca por medio de un acuerdo de licencia de marca.

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Por consiguiente, al titular de la marca le conviene, y con frecuencia se establece por ley o por contrato, mantener una relaciĂłn estrecha con el licenciatario, a fin de garantizar que se mantengan las normas de calidad y que no se induzca a engaĂąo al consumidor.

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Por medio de un acuerdo de franquicia, el titular de cierta técnica u otros conocimientos especializados que ha obtenido, cierta reputación en relación con la utilización de una marca de fábrica o de servicio (la empresa cedente) puede hacer equipo con otra empresa (el concesionario) que aportará sus propias capacidades o recursos financieros para proporcionar productos o servicios directamente al consumidor.

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La empresa cedente garantizará, por medio del suministro de capacidades técnicas y de gestión, que el concesionario mantenga la calidad y otras normas relativas a la utilización de la marca de fábrica o de servicio que suelen requerir características normalizadas como, por ejemplo, un uniforme distintivo de la marca.

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OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL FRANQUICIANTE

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OBLIGACIONES: 1.- Debe disponer de una marca, producto o servicio debidamente registrado e introducido en el mercado con éxito probado y fácilmente transmisible. 2.- Hay transmitir claramente a los franquiciatarios el know-how de tu franquicia. 3.- Tiene que contar con la infraestructura suficiente para proporcionar el servicio adecuado a las necesidades de cada franquiciatario.

4.- Es necesario contar con tiendas piloto, al menos tres, que demuestren la rentabilidad de la franquicia al franquiciatario. 5.- Debe tener un manual operativo que garantice el éxito comercial y económico de la transacción.

6.- Es importante que la actividad que desarrollas no esté basada en una demanda temporal o moda pasajera. 7.- Garantizar a tus franquiciatarios servicios permanentes de seguimiento, comunicación interna, investigación, apoyo y marketing. 23


DERECHOS 1.- El franquiciatario tiene que seguir estrictamente los métodos y sistemas marcados por el franquiciante. 2.- El franquiciatario debe aceptar cuáles son los productos que puede vender y cuáles no. 3.- Se debe exigir que se mantenga la confidencialidad de las informaciones transmitidas. 4.- Hay que requerirle al franquiciatario que utilice los métodos de gestión que se le indiquen. 5.- Se debe respetar las normas establecidas para el acondicionamiento y mantenimiento del local 6.- El franquiciatario debe respetar y utilizar los métodos publicitarios y promocionales para toda la red. 7.- El franquiciatario tiene que respetar las fuentes de suministro homologadas y los pagos a efectuar al franquiciante en las condiciones que se pacten. 24


OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL FRANQUICIATARIO.

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OBLIGACIONES: 1.- Debe seguir estrictamente los métodos y sistemas relativos al funcionamiento del negocio establecidos por el franquiciante. 2.- Sólo podrá vender los productos y servicios que te proporcione el franquiciador. 3.- Se debe guardar total secreto sobre las informaciones confidenciales que reciba del franquiciante.

4.- Sólo hay que utilizar los métodos de gestión que indiquen. 5.- Hay que acondicionar y mantener el local de acuerdo a las normas, imagen de marca y decoración, que establezca la central franquiciante. 6.- Usar los métodos publicitarios y promocionales que se te indiquen.

7.- Debe respetar las fuentes de suministro homologadas y en las condiciones que se pacten.

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DERECHOS 1.- Puede utilizar la marca, la imagen corporativa y el modelo de negocio de la red de franquicias durante el tiempo estimado en el contrato. 2.- Debe adquirir el “Know-how” de tu franquiciante y éste debe ser original, específico y actualizarse regularmente. 3.- Necesita asistencia preliminar para la puesta en marcha de tu establecimiento. Esto puede concretarse mediante la entrega de "manuales operativos o de funcionamiento" por parte del franquiciante. 4.- El franquiciatario debe facilitar en lo posible la implantación de los nuevos establecimientos, para ello, la asistencia puede ampliarse incluso a la selección del local más adecuado, las instalaciones, estudios de mercado y financiación. 5.- Todos los franquiciatarios tienen derecho a recibir asistencia permanentemente por parte de la central, la cual deberá constar en el propio contrato de franquicia. 6.- Como franquiciatario, tiene derecho a que la central te suministre, periódicamente, y en el plazo establecido, los productos o servicios pactados.

7.- Al ser franquiciatario contará con el beneficio de la exclusividad territorial que te conceda la franquicia, así te asegurará que no exista otro establecimiento igual en la zona donde se ubique. 27


Cรกnones o Royalties en la Franquicia

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EL CÁNON.  Cuando

un emprendedor o empresario abre una franquicia, normalmente tiene que hacer frente al pago del Cánon de apertura y los Royalties establecidos en el contrato.

 El Cánon solo se abona una vez, generalmente a la firma

del contrato, y es el importe que se paga por formar parte de la marca comercial de la empresa franquiciadora.

 Su importe depende de la marca y suele estar en función

de la popularidad de la misma.

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LOS ROYALTIES O REGALÍAS.  Los Royalties son un cobro mensual, trimestral o anual

que el franquiciado paga al franquiciador por el apoyo, formación y servicios que este le presta.

 Su importe puede ser fijo, semifijo y/o variable, aplicando

un porcentaje sobre las ventas o las compras.

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Credits Special thanks to all the people who made and released these awesome resources for free: ◇ Mtra. Alejandra García Téllez.

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