Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.

Page 1

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (CRSA) 2023

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, niñas y Adolescentes (CRSA)

Abril, 2023.

Consultores:

Tejiendo Redes Infancia, México

• Juan Mar tín Pérez García

• Carolina Vargas Romero

Participantes de Aldeas Infantiles SOS

• Jonathan

• Andrea

• Carmen

• Daniela

• Elizabeth

• Andrés

• Gloria

Personal de atención directa Aldeas Infantiles SOS

• Ginna

• Lupita

Colaboradores de Aldeas Infantiles SOS

Diana Rosales Espinosa

Dirección Nacional

Edgar Serralde Monreal

Gerencia Nacional de Desarrollo de Programas

Daniela Cervantes Tejeda

Coordinación Nacional de Abogacía

Yanette Carrillo Reyes

Coordinación Nacional de Planificación, Monitoreo y Evaluación

Claudia Macía Dávila

Coordinación Nacional de Alianzas Corporativas e Institucionales

Efraín Guzmán García

Coordinación Nacional de Protección Infantil

Erika Montes Caballero

Coordinación Nacional de Cuidados Alternativos

Julián Monroy Sánchez

Coordinación Nacional de Adolescencias y Juventudes

Contenido

Editorial

Introducción y objetivos

Marco conceptual

Enfoque de derechos de la niñez

Análisis del contexto del país

Contexto Social

Población infantil indígena

Población infantil con discapacidad

Salud mental

Población migrante infantil

Análisis de niñas, niños y adolescentes en riesgo y sin cuidados parentales

Niñas, Niños y Adolescentes que perdieron el cuidado familiar

Análisis de las respuestas del Estado

Recomendaciones del Sistema de Naciones Unidas

Recomendaciones del Sistema Interamericano de Derechos Humanos

Programa Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PRONAPINNA) 2021-2024

Plan Estratégico de Acciones para la Atención a Niñas, Niños y Adolescentes en Situación de Movilidad (PEAANNAM) 2021

Estrategia Nacional de Atención a la Primera infancia (ENAPI)

Estrategia Nacional para la Prevención del Embarazo en Adolescentes (ENAPEA)

Plan Rector Aldeas Infantiles SOS

Bibliografía
Contexto Político Contexto Económico Trabajo infantil Contexto Ambiental 7 6 53 10 13 23 24 27 28 29 57 72 87 88 95 99 102 103 104 107 117 30 37 47 52

Glosario

ACLED Armed Conflict Location & Event Data Project

CAT Climate Action Tracker

CCRI Índice de Riesgo Climático de la Infancia

CDN Convención de los Derechos del Niño

CEPAL Comisión Económica para América Latina y el Caribe

CIJ Consulta Infantil y Juvenil

CONAVIM Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres

CONEVAL Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social

CMNUCC Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático

COP Conferencia de las Partes

CRC Comité sobre los Derechos del Niño

DIDH Derecho Internacional de los Derechos Humanos

DUDH Declaración Universal de Derechos Humanos

ENOEN Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo

ENSANUT Encuesta Nacional de Salud y Nutrición

ENVIPE Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública

IGRC Índice Global de Riesgo Climático

INMUJERES Instituto Nacional de las Mujeres

INE Instituto Nacional Electoral

INEGI Instituto Nacional de Estadística y Geografía

ISN Interés Superior de la Niñez

IPCC Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático

LGDNNA Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

MCS-ENIGH Módulo de Condiciones Socioeconómicas - Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares

OSC Organizaciones de la Sociedad Civil

PDMF Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia

SAT Servicio de Administración Tributaria

SEDIF Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia

SESNSP Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública

SIDH Sistema Interamericano de Derechos Humanos

SIPINNA Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes

SIVNE Sistema de Vigilancia Nutricional en Escolares

SMDIF Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia

SNDIF Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia

UNAM Universidad Nacional Autónoma de México

UNICEF Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia

Las niñas, niños y adolescentes que integran nuestra sociedad, son receptores y protagonistas de todos los derechos que reconoce la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales debidamente ratificados por nuestro país. En contrapartida, sus padres y madres, familiares, comunidades y gobiernos, son titulares de todas las obligaciones para el cumplimiento de los derechos de estos niños, niñas y adolescentes.

Según las cifras del Censo 2020 publicadas por INEGI, en 2020 habían 38.3 millones de niñas, niños y adolescentes en México (49.3% mujeres y 50.7% hombres); esto representaba el 30.4% de la población nacional. Garantizar los derechos de la niñez y adolescencia es una obligación jurídica y una prioridad social que, aunado al diseño de mejores programas institucionales y programáticos, así como al incremento de la inversión presupuestal en el bienestar de niñas y niños, requiere de una participación y compromiso más amplio, y de la intervención de todos y cada uno de los sectores y actores del país.

A través del Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, queremos compartir con la sociedad civil, gobierno, organizaciones, medios de comunicación, etc., estadísticas y datos relevantes sobre las vulneraciones de los derechos humanos que afectan el desarrollo de la infancia y adolescencia, porque este es un problema público, que debe formar parte de la agenda de nuestro país para juntos construir estrategias que transformen el presente y futuro de los niños, niñas y adolescentes.

Es importante que el Estado mexicano, y la sociedad reconozcan la violación a los derechos humanos de la infancia y adolescencia, pero sobre todo que escuche lo que están viviendo aquellos niños y niñas que perdieron el cuidado parental, niños y niñas que se vieron obligados a dejar su país de origen, niños y niñas que enfrentan diferentes tipos de violencia, niños y niñas que

salen de su casa para trabajar y todos aquellos niños, niñas y adolescentes que viven situaciones de vulnerabilidad.

Para después trabajar en reformas que prevengan, investiguen, sancionen y reparen cualquier violación a los derechos de la niñez, y con ello garantizar respuestas responsables y oportunas que protejan a los niños, niñas y adolescentes.

Por lo anterior, Aldeas Infantiles SOS busca con el Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes generar conciencia sobre las violaciones a los derechos humanos de la infancia y adolescencia para crear un análisis sobre el papel que como organizaciones, sociedad civil y Estado tenemos para garantizar la protección de los niños, niñas y adolescentes. Este estudio representa una oportunidad para analizar qué podemos cambiar en materia social, política y económica.

Agradecemos el valioso apoyo de todas las personas que participaron en la realización de este estudio como consultores de Redes Infancia México, expertos en infancia y adolescencia, autoridades, cuidadoras, participantes y colaboradores de Aldeas Infantiles SOS, porque gracias a todos ellos hemos consolidado un documento que visibilizará la situación de la niñez en México y la importancia de tomar acciones para defender y proteger sus derechos.

Estudio de la Situación de
6
los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes
Editorial

Introducción y objetivos 01

7

Introducción

En México, 1 de cada 3 habitantes son personas menores de edad; quiénes son considerados como ciudadanas y ciudadanos, sujetos de derechos sociales, culturales, políticos y económicos.

Sin embargo, este ejercicio ha sido afectado por diversos obstáculos que han generado un impacto significativo en su integridad y desarrollo, es por ello, que realizar un estudio sobre la situación de los derechos de la niñez en este momento es de vital importancia para la promoción y defensa de sus derechos.

Con el presente análisis del contexto buscamos identificar aquellas situaciones donde los elementos objetivos y subjetivos del país, permiten la vulneración de derechos humanos de la niñez y sus familias para reconocer aquellos que facilitan y promueven. Además de comprender cómo operan las violaciones y sus causas directas, se pretende determinar el impacto en la vida de niñas, niños, adolescentes, jóvenes y sus familias.

La garantía de los derechos de niñas, niños y adolescentes en nuestro país, actualmente presenta grandes retos. Es por eso, que resulta clave identificar las vulneraciones a los derechos humanos que se generan y son sostenidas por la falta de mecanismos y procesos institucionales para prevenir, investigar, sancionar y reparar cualquier violación a los derechos de la niñez, ante lo cual tendría que garantizar respuestas estatales eficientes, eficaces, oportunas y responsables.

En este estudio nos aproximaremos a las principales vulneraciones a derechos humanos que fueron identificadas en la revisión documental y las opiniones de personas expertas en la función pública, organizaciones y del propio equipo de Aldeas Infantiles SOS. Confiamos que este estudio aporte elementos para realizar un análisis completo de las interacciones múltiples presentes en la garantía de los derechos de niñas,

niños y adolescentes y las violaciones graves a los derechos humanos, que con frecuencia se diluyen al mirarse de forma aislada.

Aldeas Infantiles SOS busca con este análisis generar una imagen amplia, objetiva y sobre todo con enfoque de niñez, respecto al ejercicio real de los derechos de las niñas, niños y adolescentes en el país. También busca identificar el estado de situación del derecho a vivir en familia de la infancia en México, a través del estudio de datos, cifras estadísticas, revisión de instrumentos normativos, información pública y consulta a niñas, niños, adolescentes y personas jóvenes. De igual forma, se determina el rol que tiene el Estado en el desarrollo de una agenda común para trabajar en beneficio de la niñez y adolescencia.

A partir de los hallazgos de dicho análisis se propone una serie de recomendaciones que determinan la pertinencia y necesidad de los servicios de Aldeas Infantiles SOS en el país.

Es por ello importante, establecer el alcance que tiene la organización para promover, defender y proteger los derechos de la infancia a través de sus programas y acciones en México.

Objetivos

Contar con un panorama amplio respecto a la situación de los derechos de niños, niñas y adolescentes (NNA) del país que pertenecen al grupo meta de Aldeas Infantiles SOS y proponer iniciativas para mejorar esta situación. Esto significa conocer, por un lado, la situación del grupo meta (sujetos de derechos) y, por otro, los esfuerzos del Estado y de otras organizaciones en restituir y proteger los derechos (garantes de derechos).

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 8

Fuentes de información:

Ø Diseminación de datos para describir, caracterizar y analizar a la población meta con indicadores disponibles.

Ø Recuperación de información a través de entrevistas claves con personas expertas y con niñas, niños y adolescentes.

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

Técnicas empleadas:

Ø Análisis de literatura gris: Revisión de la información en marcos legales, proyectos de intervención, informes institucionales, redes sociales y páginas web, publicaciones, memorias de reuniones y herramientas virtuales para las encuestas.

Ø Entrevistas virtuales.

Ø Recuperación, orden y sistematización de la información recabada.

Ø Sistematización en un informe analítico, las normativas, respuestas institucionales y servicios disponibles a nivel nacional.

Marco Conceptual 02

10

Interés superior de la niñez

Como lo establece la Convención Sobre los Derechos del Niño (CDN), el Interés Superior del Niño (ISN) se refiere a la garantía de que en todas las medidas concernientes a los niños y niñas que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, el ISN será una consideración primordial que se atenderá.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), determinó en el Amparo directo 1187/2010 que el ISN es un principio de rango constitucional que demanda que en toda situación donde se vean involucrados niños, niñas y adolescentes se debe proteger y privilegiar sus derechos, y a la luz no debe darse preferencia a una cuestión legal en detrimento del análisis de una cuestión que podría resultar perjudicial y trascendente para los niños.

En este amparo, la SCJN resolvió que el juez o jueza debe valorar todos los elementos que tenga a su alcance para determinar lo que sea mejor para las hijas e hijos, a pesar de que no estén relacionados con los argumentos de las personas en el conflicto.

El Estado mexicano logró un gran avance normativo después de las reformas constitucionales en materia de derechos humanos del 2011; y para la agenda de derechos de la infancia fueron las reformas constitucionales del Artículo 4º sobre el interés superior de la niñez (ISN) y el artículo 73 relativo a la responsabilidad legislativa desde el Congreso de la Unión. Este gran avance permitió el desarrollo de la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA) en 2014, misma que establece en su artículo 6to fracción I, el ISN como principio rector de esta Ley.

En la LGDNNA, el ISN está reconocido a lo largo de la Ley y es abordado ampliamente en el Capítulo 4. El derecho a vivir en familia, donde se determina que las personas que tengan bajo su guarda y custodia a niñas y niños, no podrán ser separados de ellos salvo por orden de una autoridad competente, en la que se determine la procedencia de la separación, en cumplimiento a la preservación del interés superior de la niñez.

Además, en el Artículo 123 fracción IV, de la LGDNNA se establece que, para solicitar la protección y restitución integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes, las Procuradurías de Protección deberán elaborar, bajo el principio del interés superior de la niñez, un diagnóstico sobre la situación de vulneración y un plan de restitución de derechos, que incluya las propuestas de medidas para su protección.

Por otro lado, de acuerdo con González y Ortega, el principio del interés superior “constituye una formulación paradigmática de las obligaciones del Estado en relación con niñas y niños que advierte la necesidad de reconocer la integralidad y satisfacción de los derechos enunciados en su favor,… supone la obligación de las autoridades del Estado de asegurar una debida diligencia frente a la prevención, protección y restitución de los derechos de la infancia…” (González y Ortega, 2013: 105-106).

El ISN no es absoluto, pues para su aplicación debe haber una ponderación adecuada entre los derechos de un niño/a y los derechos de otra persona.

De acuerdo con el documento BID GUIDELINES INFORMATION SHEET del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados de 2008, para asegurar la mejor implementación del Interés Superior del Niño, se deben de seguir dos procedimientos:

Ø Evaluación del ISN (best interests assessment, BIA), y,

Ø Determinación del ISN (best interests determination, BID).

Las determinaciones (BID), son tomadas a partir de la identificación de soluciones durables, determinan cuidados temporales y deciden sobre la posible separación de NNA de sus padres.

Algunos de los factores que se toman en cuenta son: Las opiniones de NNA, de miembros de su familia u otras personas cercanas, la seguridad como prioridad, la importancia de la familia y de otras relaciones cercanas, la crianza y necesidades de NNA.

11
Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

De acuerdo a lo anterior, por sí mismo el principio y derecho del interés superior de la niñez marca un alto estándar a las obligaciones de todas y todos los funcionarios públicos. De ahí la importancia de realizar un análisis desde el enfoque de derechos humanos de niñas, niños y adolescentes porque adquiere especial relevancia en el contexto de crisis institucional que vive el Estado mexicano, que ha sido documentada por diversos organismos internacionales del sistema universal y sistema interamericano de derechos humanos. Será una herramienta para orientar las acciones estratégicas que realiza Aldeas Infantiles SOS.

12

03

Enfoque de derechos de la niñez

13

Derecho a vivir en familia

El Derecho a la Familia, tiene su base jurídica en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos en el apartado 3 del Artículo 16 de la Declaración Universal (DUDH), al establecerse que: La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

El artículo 5 de la Convención sobre los Derechos del Niño, junto con el artículo 18, proporciona un marco para las relaciones entre el niño, sus padres y su familia, y el Estado, además, la CDN incluye más artículos con diversas disposiciones sobre la familia (artículos 3, 7, 8, 9, 10, 14, 16, 18, 19, 20 a 24, 29).

El Artículo 5 de la CDN establece que los Estados Partes respetarán las responsabilidades, los derechos y los deberes de los padres; el Artículo 18, establece el derecho de niñas y niños a que sus padres reciban asistencia del Estado para permitirles disfrutar de su derecho a la familia; y el Artículo 20, el cual establece que las niñas y niños privados de sus cuidados parentales de forma temporal o definitiva, tendrán derecho a la protección y asistencia especiales del Estado.

El Comité de los Derechos del Niño (CRC por sus siglas en inglés) estableció diversos estándares en materia del derecho de niñas y niños a tener una familia, en particular en las Observaciones No.8. El derecho del niño a la protección contra los castigos corporales y otras formas de castigos crueles o degradantes; No. 12. El derecho del niño a ser escuchado; No. 13. Derecho del niño a no ser objeto de ninguna forma de violencia; y No. 14. Sobre el derecho del niño a que su interés superior sea una consideración primordial (artículo 3, párrafo 1).

Además del CRC, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas también ha trabajado el tema de la protección y asistencia especial del Estado de las niñas y niños privados de su medio familiar, con las Directrices sobre las modalidades alternativas de cuidado de los niños, aprobadas el 24 de febrero de 2010, documento que ofrece orientaciones para la política y la práctica de los sistemas de protección.

El objetivo de las Directrices, es promover la aplicación de la CDN y de las disposiciones pertinentes de otros instrumentos internacionales relativas a la protección y al bienestar de los niños privados del cuidado parental o en peligro de encontrarse en esa situación, en este sentido, se derivan diversos principios y orientaciones generales, destacando los siguientes conceptos:

Ø Idoneidad: Cuando la propia familia del niño o niña no puede, ni siquiera con un apoyo apropiado, proveer el debido cuidado del niño, o cuando lo abandona o renuncia a su guarda, el Estado es responsable de proteger los derechos del niño y de procurarle un acogimiento alternativo adecuado, con las entidades públicas locales competentes o las organizaciones debidamente habilitadas de la sociedad civil, o a través de ellas.

Corresponde al Estado, por medio de sus autoridades competentes, velar por la supervisión de la seguridad, el bienestar y el desarrollo de todo niño en acogimiento alternativo y la revisión periódica de la idoneidad de la modalidad de acogimiento adoptada.

La idoneidad es contemplada respecto a:

Ø La selección de la modalidad de acogimiento adoptada.

Ø La acreditación, control y supervisión de los centros de acogida y la evaluación profesional y ética del personal.

Ø En cuanto a la revisión periódica y minuciosa de la determinación de la modalidad de acogimiento más adecuada.

Ø Necesidad: Las decisiones relativas a los niños y niñas en acogimiento alternativo, incluidos aquellos en acogimiento informal, deberían tener en cuenta la importancia de garantizar a los niños un hogar estable y de satisfacer su necesidad básica de un vínculo continuo y seguro con sus acogedores, siendo generalmente la permanencia un objetivo esencial.

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 14

La necesidad es contemplada respecto a:

Ø Aplicar políticas de apoyo a la familia para facilitar el cumplimiento de los deberes que incumben a esta en relación con el niño y promover el derecho del niño a mantener una relación con el padre y la madre.

Ø Políticas coherentes y mutuamente complementarias entre la familia y el Estado, con objeto de promover y reforzar la capacidad de los padres para cumplir sus deberes de cuidado de sus hijos.

Ø Medidas eficaces para prevenir el abandono de niños, la renuncia a la guarda y la separación del niño de su familia.

Ø Establecimiento y promoción de servicios de apoyo y atención a los padres solteros y adolescentes o hermanos que hayan asumido el cuidado de sus hermanos menores.

Ø Servicios de guardería, incluidas escuelas de jornada completa, y de cuidado temporal que permitan a los padres sobrellevar mejor sus responsabilidades generales para con la familia.

Participación de Niñas, Niños, Adolescentes y Personas Jóvenes

El párrafo 1 del artículo 12 de la CDN exige que los Estados garanticen a todo niño o niña que esté en condiciones de formarse un juicio propio, el derecho a expresar su opinión libremente en todos los asuntos que le afecten; y que se tenga debidamente en cuenta su opinión en función de su edad y grado de madurez.

El CRC identificó en el artículo 12 de la CDN, un principio general de importancia fundamental, tanto para la aplicación de la Convención en su conjunto, como para la interpretación de cada uno de sus artículos, al reiterar que el niño debe ser considerado como un sujeto activo de derechos.

La aparición de este derecho – principio, representa todavía hoy en día un gran reto tanto para que sea respetado en los entornos inmediatos de la infancia, como pudiera ser la familia, la escuela, los centros de acogida, e incluso, en los procesos judiciales. Si bien la participación es un elemento que

empodera a las personas, en el caso de la infancia, su ejercicio puede llegar a verse obstruido por su propia condición de personas en pleno desarrollo. La condición de crecimiento y madurez de niñas y niños, debe de considerar su capacidad de pensamiento y expresión, pese a que puedan carecer de un lenguaje considerado como “adecuado”, y por su incapacidad, -en algunas ocasiones-, de auto gestionar espacios de diálogo y consulta.

De forma general, el derecho a la participación -entendido como libertad de opinión- para su pleno ejercicio, se complementa de otros derechos, como el derecho a ser escuchado (art. 12 de la CDN); del derecho a ser tomado en cuenta (art. 12 de la CDN); del derecho a la libertad de expresión (art. 13 de la CDN); del derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión (art. 14 de la CDN); del derecho a la libertad de asociarse y reunirse (art. 15 de la CDN); de la protección a la vida privada (art. 16 de la CDN); y del acceso a la información (art. 17 de la CDN).

Otro de los marcos generales de la participación infantil, lo podemos encontrar en la Observación General No. 12. El derecho del niño a ser escuchado de 2009, del Comité de los Derechos del Niño. La observación general está estructurada de acuerdo con la distinción que hace el Comité entre el derecho a ser escuchado de cada niño individualmente y el derecho a ser escuchado aplicable a un grupo de niños, como podrían ser los que se encuentran institucionalizados.

La Observación General No. 12 también señala que deben introducirse mecanismos para garantizar que los niños que se encuentren en todas las modalidades alternativas de acogimiento, en particular en instituciones, puedan expresar sus opiniones y que estas se tengan debidamente en cuenta en los asuntos relativos a su acogimiento, a las normas relativas al cuidado que reciban en familias u hogares de guarda y a su vida diaria (CRC 2009, párr. 97).

Algunas otras fuentes en la materia, pertenecientes tanto al Sistema Universal de Derechos Humanos, como al Sistema Interamericano, son:

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 15

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

Ø OBSERVACIÓN GENERAL No. 12 (2009), Comité de los Derechos del Niño. El derecho del niño a ser escuchado. CRC/C/GC/12, 20 de julio de 2009.

Ø OBSERVACIÓN GENERAL No. 14 (2013), Comité de los Derechos del Niño. Sobre el derecho del niño a que su interés superior sea una consideración primordial. CRC/C/GC/14, 29 de mayo de 2013.

Ø Caso Atala Riffo y Niñas Vs. Chile. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 24 de febrero de 2012 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Ø Caso Furlan y Familiares Vs. Argentina. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 31 de agosto de 2012 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Ø Opinión Consultiva OC-17/02. Condición Jurídica y Derechos Humanos del Niño. Resolución de 28 de agosto de 2002, solicitada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Finalmente, en su fracción VII el artículo 6 de la LGDNNA reconoce la participación como un principio rector, e incluye el Capítulo décimo quinto: Del derecho a la participación, estableciéndose que tienen derecho a participar, a ser escuchados y tomados en cuenta en todos los procesos judiciales y de procuración de justicia donde se diriman controversias que les afectan.

Violaciones a derechos humanos

El Comité de los Derechos del Niño ha emitido 106 observaciones finales a los Informes País del Estado Mexicano: 34 en 2006, 35 en 2011 y 33 en 2015. En las observaciones no se precisan violaciones a derechos humanos específicos, pues el carácter de estos instrumentos es resumir comentarios y recomendaciones. Desde el 19° período de sesiones, el Comité modificó la estructura de sus observaciones finales; ahora “los principales motivos de preocupación del Comité” figuran en una sola sección junto con las “recomendaciones”.

A fin de ilustrar los temas, más no violaciones específicas, que el CRC ha detectado en sus recomendaciones a México, se presenta a continuación una gráfica con la distribución porcentual de temas recurrentes:

Distribución porcentual de temas respecto a las Observaciones finales de Informes a México del CDN (2006, 2011 y 2015)

0 % 10 % 20 % 30 % 40 % 50 % 60 % 70 % 80 % 90 % 100 % 25.0 20.0 15.0 10.0 5.0 0.0

Trata, explotación sexual y abusos sexuales

Legislación

Salud y acceso a los servicios de salud

Asignación de recursos

discriminación e igualdad ante la ley

Cooperación con la sociedad civil

Derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo

Difusión, capacitación y sensibilización

Educación, formación y orientación profesional

Entorno familiar

Coordinación

Tortura y tratos inhumanos o degradantes

Castigos corporales

Derecho a un nivel de vida adecuado

Explotación económica con inclusión del trabajo infantil

Inscripción del nacimiento

Interés superior del niño

Malos tratos y descuidos

NNA con alguna discapacidad

NNA refugiados o solicitantes de asilo no acompañados

Recolección de datos

Administración de la justicia penal juvenil

Descanso, esparcimiento, juego y actividades recreativas

Nacional de Acción

Plan

Respeto de las opiniones de NNA

16
Fuente: Elaboración propia a partir de información de la Plataforma Regional para el Monitoreo del cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas desde los Sistemas Universal e Interamericano de Derechos Humanos. InfanciaLatina.org No
Vigilancia independiente

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

Por otro lado, en cuestión de resoluciones determinadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, son tres sentencias las que acumulan violaciones a derechos de la infancia entre 2009 y 2010:

Salud y acceso a los servicios de salud

Educación, formación y orientación profesional

Difusión, capacitación y sensibilización

Caso Rosendo Cantú Vs. México

Caso Rosendo Cantú Vs. México

Fernández Ortega y otros Vs. México

Educación, formación y orientación profesional Fernández Ortega y otros Vs. México

Asignación de recursos

Garantías judiciales y protección judicial

Plan nacional de acción

Legislación

Recolección de datos

2009

Difusión, capacitación y sensibilización

Salud y acceso a los servicios de salud

Asignación de recursos

Vigilancia independiente

Fernández Ortega y otros Vs. México

Caso González y otras (“Campo algodonero”) Vs. México

Caso González y otras (“Campo algodonero”) Vs. México

Caso González y otras (“Campo algodonero”) Vs. México

Caso González y otras (“Campo algodonero”) Vs. México

Caso González y otras (“Campo algodonero”) Vs. México

Caso González y otras (“Campo algodonero”) Vs. México

Caso González y otras (“Campo algodonero”) Vs. México

Caso González y otras (“Campo algodonero”) Vs. México

Para poder realizar un análisis completo y encontrar alternativas diversas en su pertinencia viabilidad y sostenibilidad, clasificaremos las violaciones a derechos humanos de niñas, niños y adolescentes de acuerdo a los estándares internacionales, enmarcándolas según sus características como violaciones estructurales, generalizadas y/o sistemáticas a partir del Manual de Análisis de Contexto para Casos de Violaciones a los Derechos Humanos , desarrollado por la International Bar Association’s Human Rights

17
Año Tema / Derecho afectado Caso
2010

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

Institute y la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (2017); toda vez que sus especificidades también ayudarán a identificar los posibles ámbitos de acción de Aldeas Infantiles SOS y medir su impacto a favor de los derechos de niñas y niños en riesgo social, y/o quienes ya perdieron el cuidado parental.

Violaciones estructurales a los derechos humanos de la niñez y sus familias

Violaciones estructurales son aquellas que representan prácticas culturales a través de las estructuras institucionales formales o informales que desarrollan procesos, rutinas ilógicas de actuación de instituciones gubernamentales y otras entidades corresponsables de la garantía de derechos.

Estas violaciones estructurales forman parte del orden político, económico y cultural que normaliza prácticas de discriminación y negación de derechos a grupos y personas en situaciones que los vulneran precisamente por su generalización o carácter estructural, existe dificultad para hacerlos visibles, y que sean reconocidos como problemas nacionales que ameritan grandes cambios.

La niñez y adolescencia que representan a uno de cada tres habitantes en México viven una discriminación estructural por su condición de edad, llevando aquí en las prácticas culturales y las pautas de crianza tradicional, que sean considerados como objetos de propiedad familiar, inferiores al mundo adulto e invisibles en los momentos de definiciones prioritarias.

En esta tesitura, el orden político, las instituciones y las prácticas sociales formales e informales desarrollan y operan las decisiones vinculadas a la vida de niños, niñas y adolescentes obviamente en su contra.

Violaciones estructurales Derechos violentados

• Estado con frágil institucionalidad y débil democracia.

• Orden político y económico se mantiene con la corrupción, guerra y militarización en todo el país.

• Cultura política machista y adultocéntrica.

• Pobreza económica.

• Salarios precarios y trabajos informales.

• Mujeres trabajadoras con menos salario.

• Familias sin seguridad social y derechos laborales.

• Sin políticas públicas de fortalecimiento familiar.

• Mito de la familia ideal que criminaliza la pobreza y diversidad.

• Crecimiento de la violencia de género y violencia familiar.

• Uso de castigo físico y tratos humillantes en pautas de crianza.

• Negativa a la escucha y participación de la niñez.

• Abuso de la institucionalización.

• Cultura de ilegalidad e impunidad generalizada.

• Poder judicial adultocéntrico y saturado.

• Vidas judicializadas por largo tiempo.

• Organizaciones asistencialistas mantienen prácticas de objetos de protección.

• Municipios bajo control territorial del crimen organizado.

• Omisiones frente a los derechos digitales y acceso limitado a Internet.

• Igualdad y no discriminación.

• Supervivencia y desarrollo.

• Participación.

• Interés Superior de la niñez.

• Libertad personal.

• Integridad personal.

• Información.

• Libertad de expresión.

• Respeto a su privacidad.

• Identidad.

• Vivir en familia.

• Responsabilidad parental conjunta.

• Acceso a la justicia pronta, oportuna y en plazo razonable.

• Debida diligencia.

• A la vida (proyecto de futuro).

• Vida libre de violencia.

• Vida libre de violencia sexual.

• Salud.

• Educación.

• Juego.

Personas / grupos excluidos

• Niñas, niños y adolescentes en general.

• Niñas y mujeres adolescentes.

• Familias en general.

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 19

Violaciones generalizadas a los derechos humanos de la niñez y sus familias

También existen violaciones generalizadas a los derechos de niños, niñas y adolescentes que pueden ser identificadas por el alto número de casos, porque son extendidas en todo el territorio nacional y tienen garantía de impunidad. Es decir, existe una extensión de las prácticas violatorias a derechos de niños y niñas a través de la existencia de patrones de violación a derechos humanos.

Violaciones estructurales Derechos violentados Personas / grupos excluidos

• Omisión, aquiescencia y complicidad de autoridades responsables de la garantía de derechos de la niñez.

• Recortes presupuestales en instituciones públicas de niñez y familias (educación, salud, DIF, SIPINNA, cultura, justicia, entre otras).

• Criminalización de niñez y sus familias en situación de pobreza.

• Estigma a mujeres trabajadoras jefas de familia.

• Sin cobertura total de salud, en particular poblaciones en situación de discriminación.

• Discriminación a infancias de la diversidad sexual.

• Impunidad generalizada en violencia de género y violencia familiar.

• Justicia inadaptada para la escucha de la niñez en procesos judiciales y administrativos.

• Prioridad a la separación familiar con la institucionalización.

• Vidas judicializadas por largo tiempo.

• Inseguridad cotidiana en municipios bajo control territorial del crimen organizado.

• Igualdad y no discriminación.

• Supervivencia y desarrollo.

• Participación.

• Interés Superior de la niñez.

• Libertad personal.

• Integridad personal.

• Información.

• Libertad de expresión.

• Respeto a su privacidad.

• Identidad.

• Vivir en familia.

• Responsabilidad parental conjunta.

• Acceso a la justicia.

• Justicia pronta, oportuna y en plazo razonable.

• Debida diligencia.

• A la vida (proyecto de futuro).

• Vida libre de violencia.

• Vida libre de violencia sexual.

• Salud.

• Educación.

• Juego.

• Niñas, niños y adolescentes en general.

• Niñas y mujeres adolescentes.

• Niñas, niños y sus familias en situación de pobreza, indígenas, desplazadas, migrantes, con discapacidad, con trayectorias carcelarias, con uso problemático de sustancias y/o embarazo adolescente.

• Adolescentes en conflicto con la ley.

• Niñez víctima de reclutamiento forzado.

• Familias en general.

Violaciones sistemáticas y focalizadas a los derechos humanos de la niñez y sus familias

Tipos de violaciones que pueden ser consideradas sistemáticas porque no son necesariamente masivas, sino que están planificadas desde las más altas esferas del poder político; tienen características similares a las políticas públicas con objetivos específicos y en algunas ocasiones marcos normativos, que tienen como fin violentar derechos de grupos específicos o focalizados.

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 20

Violaciones sistemáticas Derechos violentados Personas / grupos excluidos

• Criminalización de la niñez y sus familias en situación de pobreza que sobreviven en el espacio público.

• Estigma a mujeres trabajadoras del hogar y sus hijas e hijos.

• Detención y deportación de niñez migrante y sus familias.

• Discriminación educativa a niñez indígena, trabajadora, con discapacidad, adolescentes embarazadas y de la diversidad sexual.

• Justicia adultocéntrica, sin ajuste razonable para la niñez más excluida.

• Obstáculos sistemáticos para la reunificación familiar a madres pobres y de grupos excluidos.

• Ausencia de servicios de defensa jurídica especializados en niñez altamente excluida.

• Revictimización de adolescentes víctimas de reclutamiento forzado por el crimen organizado.

• Igualdad y no discriminación.

• Supervivencia y desarrollo.

• Participación.

• Interés Superior de la niñez.

• Libertad personal.

• Integridad personal.

• Información.

• Libertad de expresión.

• Respeto a su privacidad.

• Identidad.

• Vivir en familia.

• Responsabilidad parental conjunta.

• Acceso a la justicia.

• Justicia pronta, oportuna y en plazo razonable.

• Debida diligencia.

• A la vida (proyecto de futuro).

• Vida libre de violencia.

• Vida libre de violencia sexual.

• Salud.

• Educación.

• Niñas, niños y sus familias en situación de pobreza en el espacio público, indígenas en zonas urbanas y agroindustriales, desplazadas, migrantes centroamericanos, con trayectorias carcelarias, con uso problemático de sustancias, de poblaciones callejeras, de la diversidad sexual.

• Niñez víctima de reclutamiento forzado.

Este análisis de contexto busca identificar las relaciones de poder y sistematizar los obstáculos estructurales que impiden cumplir con las obligaciones del Estado para prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a derechos humanos. Se trata de comprender las falencias persistentes como ‘patrón violatorio’ en las respuestas de las y los funcionarios públicos encargados de garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes a fin de identificar alternativas para que sus respuestas sean eficaces, eficientes y oportunas.

Adultocentrismo y discriminación tutelar

Como se ha explicado previamente, la discriminación estructural son prácticas culturales instaladas en las estructuras institucionales formales e informales. La negación de algunos derechos a niñas y niños está sustentada en una cultura patriarcal y adultocéntrica, que a través de las representaciones sociales negativas y en las prácticas sociales dentro de las instituciones, comunidades y familias, limita los derechos.

Como toda práctica cultural se normaliza y se reproduce cotidianamente sin que se cuestione su

pertinencia o daño a la niñez que se les considera inferiores o de menor valor.

Es importante reconocer que el adultocentrismo como parte de las culturas de dominación tiene muchas expresiones, algunas muy radicales y otras más sutiles pero todas efectivas para mantener las relaciones de desigualdad, es el caso con la “Discriminación tutelar”2 que devela una práctica social muy extendida que niega los derechos a la infancia y autoriza a los adultos a dosificar discrecionalmente el ejercicio de derechos a niños, niñas y adolescentes.

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 21

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

La discriminación tutelar se convierte en una de las más cotidianas violaciones a los derechos humanos de la infancia y juventud, pues se busca ‘ayudar sin escuchar su opinión’ en los temas que les afectan, negándoles su calidad de sujetos de derechos, pues la visión tutelar no reconoce la ciudadanía de las y los excluidos en la vida social.

Esta expresión de discriminación adulta sobre la niñez está alimentada de la doctrina de la situación irregular. En varios artículos, la experta Mary Beloff expone el abuso de la institucionalización de niños pobres, como justificación de una pretendida protección:

“El sistema tutelar toleraba también la incapacidad del Estado para desarrollar políticas sociales adecuadas para garantizar los derechos de los niños y sus familias y justificaba de ese modo el “secuestro ” de los problemas sociales que significaba la institucionalización de los niños pobres”. (Beloff, 2001: 16) 3

Sin embargo, el adultocentrismo no es una cultura aislada, ya que interactúa dentro del sistema patriarcal con el machismo, racismo, clasismo, binarismo, antropocentrismo, entre otras culturas hegemónicas que nos atraviesan a todas y todos, y de las cuales no necesariamente somos conscientes porque otorgan sentido a nuestras vidas e interacciones sociales.

Los roles de género hegemónicos son impuestos cotidianamente a través de las pautas de crianza tradicional. Como se señala en “Los hombres, el feminismo y las experiencias contradictorias del poder entre los hombres”:

“La interiorización de las relaciones de género es un elemento en la construcción de nuestras personalidades, es decir, la elaboración individual del género, y nuestros propios comportamientos contribuyen a fortalecer y a adaptar las instituciones y estructuras sociales de tal manera que, consciente o inconscientemente, ayudamos a preservar los sistemas patriarcales. Este proceso, considerado en su totalidad, constituye lo que yo llamo el “trabajo de género” de una sociedad [..] Los hombres como individuos interiorizan estas concepciones en el proceso de desarrollo de sus personalidades ya que, nacidos en este contexto, aprendemos a experimentar nuestro poder como la capacidad de ejercer el control. Los hombres aprenden a aceptar y a ejercer el poder de esta manera porque les otorga privilegios y ventajas que ni los niños ni las mujeres disfrutan en general. La fuente de tal poder está en la sociedad que nos rodea, pero aprendemos a ejercerlo como propio. Este es un discurso de poder social, pero el poder colectivo de los hombres no solo radica en instituciones y estructuras abstractas sino también en las formas de interiorizar, individualizar, encarnar y reproducir estas instituciones, estructuras y conceptualizaciones del poder masculino”4 .

2 Pérez García Juan Martín, Diagnóstico de los derechos humanos de las poblaciones callejeras en la ciudad, en el marco del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal (PDHDF, 2007)

3 Beloff, Mary, Algunas confusiones en torno a las consecuencias jurídicas de la conducta transgresora de la ley penal en los nuevos sistemas de justicia juvenil latinoamericanos, en García Méndez, Emilio, Adolescentes y responsabilidad penal, Ad Hoc, Buenos Aires, 2001.

4 Kaufman, Michael; Los hombres, el feminismo y las experiencias contradictorias del poder entre los hombres, en Luz G. Arango, Magdalena León, Mara Viveros (comp.), Género e identidad. Ensayos sobre lo femenino y lo masculino, Bogotá, Tercer Mundo, 1995.

22

Análisis del contexto del país 04

23

Contexto Social

- ¿Qué se debería de hacer para que las familias no se separen?

Primero se debe de trabajar desde las raíces de lo que es la familia. Obviamente aquí nos ponemos como pretextos que el trabajo, papá o mamá trabaja y a mí me encanta el proyecto que tiene Aldeas Infantiles SOS. Desde el Fortalecimiento Familiar, que salen al campo a trabajar con las familias, darles herramientas a los niños y a sus familias, de cómo pueden llevar el cuidado de los niños para no separarse… A mí me encantaría que siguiéramos trabajando desde el campo, para que den todas las herramientas que necesitan las familias.-

Cuidadora en la Aldea Infantil SOS Ciudad de México.

Características de la población

De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en 2020, se registraron 1,629,211 nacimientos. El 89.9% de las personas fueron registradas antes de que cumplieran un año, mientras que 10.1% tenían un año o más al momento del registro.

El 52.4% de los nacimientos registrados en 2020 corresponden a madres que al momento del nacimiento contaban con edades entre los 20 y los 29 años. La escolaridad de las madres que registraron un nacimiento, el 76% no supera el nivel educativo medio superior, entre ellas, el 34.9% cuentan con secundaria o equivalente, el 24.9% con preparatoria o equivalente, el 14.2% con algún grado de primaria y el 2.0% manifestaron no tener escolaridad.

Los padres con edades entre 25 y 29 años al momento del nacimiento concentran la mayor proporción y representan 23.3% de los casos. La mayor proporción de los padres cuenta con un nivel de escolaridad que, como en el caso de las madres, tampoco supera el nivel medio superior: 31.1% de los padres manifestó contar con secundaria o equivalente, 21.9% con preparatoria o equivalente y 15.0% con algún grado de primaria, mientras que 1.9% manifestó no contar con algún nivel de escolaridad.

Esta información va en sintonía con el inicio de la vida en pareja de la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica de 2018. El 50.1% de las mujeres alguna vez unidas, tiene menos de 20 años de edad, representando a 11,083,223 mujeres jóvenes a nivel nacional; 5,037,493 habitan en localidades de menos de 15,000 habitantes y 6,045,730 de ellas habitan en localidades mayores a esta población.

Estudio de la Situación de
Derechos de Niños,
y Adolescentes 24
los
Niñas

Al Comité de los Derechos del Niño le preocupa:

1. La persistencia de barreras estructurales al acceso de las mujeres y las niñas a una educación de alta calidad, en particular en la enseñanza secundaria y universitaria, debido a las escasas asignaciones presupuestarias en algunos estados, la infraestructura escolar deficiente, la escasez de material didáctico y la falta de docentes cualificados, especialmente en las comunidades indígenas y en las zonas rurales.

2. La insuficiencia de los recursos financieros y humanos dedicados a poner plenamente en práctica la Estrategia Nacional para la Prevención del Embarazo en Adolescentes en todos los estados, que puede impedir que las muchachas embarazadas y las madres jóvenes se reintegren en el sistema educativo.CEDAW/C/MEX/CO/9, Párr. 38 (2018).

Tabla: Mujeres de 15 a 49 años alguna vez unidas por tamaño de localidad y su distribución porcentual según grupo de edad a la primera unión.

15 a 49 años

Fuente: INEGI. Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica 2018. Tabulados complementarios.

La edad media a la primera unión de las mujeres a nivel nacional, es de 20.4 años –esta edad se estimó como la diferencia entre la fecha de unión y el momento de referencia de la encuesta-. Como se puede observar, esta unión se da a menor edad en las localidades más pequeñas , teniendo una edad media de 19.4 en lugares de menos de quince mil habitantes.

De acuerdo con datos del INEGI, el 30.4% de la población en México es menor de edad, lo que equivale a 38,247,958 niñas, niños y adolescentes (49.3% niñas y 50.7% niños). Del total de población de 0 a 17 años, el 6.8% tiene alguna discapacidad y el 1.7% es afrodescendiente; además, el 5.3% de la población de 3 a 17 años es indígena.

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 25
Tamaño de localidad Mujeres de
alguna vez unidas Edad a la primera unión Edad media a la primera unión Menos de 20 20 a 24 25 a 29 30 a 34 35 a 39 40 a 44 45 a 49 Estados Unidos Mexicanos 22,128,941 50.1 30.4 12.4 3.8 1.2 0.4 0.1 20.4 Menos de 15,000 habitantes 862,988 58.4 27.8 8.7 2.3 0.8 0.3 0.0 19.4 15,000 y más habitantes 13,498,953 44.8 32.0 14.8 4.8 1.4 0.4 0.1 21.0

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

18,872,585 niñas y adolescentes

19,375,373 niños y adolescentes

12 a 17 años

6 a 11 años

0 a 5 años

Además, en México, 1 de cada 20 personas de 15 años y más de edad, se auto identifica como LGBTI+5 . En el caso de niñas, niños y adolescentes, la Consulta Infantil y Juvenil (CIJ) 2021 del Instituto Nacional Electoral (INE), arrojó en la pregunta de identidad que el 42.73% son niñas y adolescentes mujeres; el 38.91% son niños y adolescentes hombres; 0.94% expresaron que no se identifican con ninguno de los dos sexos; y 17.42% no especificaron este dato; es importante señalar que la CIJ no categorizó de forma previa a las y los participantes en categorías dicotómicas, para permitir que expresaran libremente su identidad sexo genérica.

5 Información disponible en URL: {https://www.inegi.org.mx/tablerosestadisticos/lgbti/#:~:text=En%20 2021%2C%20el%20total%20de,y%20m%C3%A1s%20en%20el%20pa%C3%ADs}. Consultado en septiembre de 2022.

26
Gráfica: Distribución de población infantil en México por grupos de edad, 2020. Fuente: INEGI. Censo de Población y Vivienda 2020. Tabulados del Cuestionario Básico.
-6,000,000 6,000,000 -4,000,000 4,000,000 -2,000,000 2,000,000 0

Población infantil indígena

En términos de identidad de niñas, niños y adolescentes, 1,969,994 personas de los 3 a los 19 años hablan alguna lengua indígena, y de esta población, poco más del 80% también habla español . El 95% de la población de 15 a 29 años que habla alguna lengua indígena, también está alfabetizada.

Tabla: Población de 15 años y más que habla lengua indígena por grupos de edad y proporción de alfabetismo por sexo.

Grupos

Población de 15

En cuanto a la actividad económica de la población que habla lengua indígena, podemos observar que, del total a nivel nacional, el 60.46% es población económicamente activa. En específico, para el grupo de edad de 12 a 14 años de la población que hablar una lengua indígena, el 26% es económicamente activa, de esta población, el 60.4% son niños y el 39.6% niñas.

Tabla: Población de 12 años y más que habla lengua indígena por grupos de edad y porcentaje según condición de actividad económica.

Fuente: INEGI. Censo de Población y Vivienda 2020. Tabulados del Cuestionario Básico.

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 27
de edad
años
Fuente: INEGI. Censo de Población y Vivienda 2020. Tabulados del Cuestionario Básico. indígena
y más que habla lengua
de alfabetismo Alfabetas Analfabetas No especificado Total Hombres Mujeres Total Hombres Mujeres Total Hombres Mujeres Total 6,003,723 79.1 51.8 48.2 20.9 35.0 65.0 0.1 49.5 50.5 15-29 años 1,773,851 95.2 49.0 51.0 4.7 42.1 57.9 0.1 48.6 51.4 Grupos de edad Población de 12 años y más que habla lengua indígena Población económicamente activa Población no económicamente activa No especificado Total Ocupada Desocupada Total 6,377,891 60.46 98.30 1.70 38.98 0.56 12-14 años 374,168 26.09 98.30 2.41 73.80 0.11 15-29 años 1,773,851 60.09 97.37 2.63 39.39 0.52
Condición

Población infantil con discapacidad

En términos de población con discapacidad, el 5.01% del grupo de edad de 0 a 4 años presenta una limitación, algún problema o condición mental; al igual que un 6.52% del grupo de 5 a 9 años; el 7.9% del grupo de 10 a 14 años; y el 8.3% del grupo de 15 a 19 años.

El grupo de edad de 0 a 4 años de edad es el que presenta un leve mayor porcentaje con 2.2% según actividad cotidiana que realiza con mucha dificultad o no puede hacerla, mientras un 5.72% del grupo de 15 a 19 años es el que presenta un leve mayor porcentaje según actividad cotidiana que realiza con poca dificultad.

Llama la atención los bajos porcentajes de población con algún problema o condición mental, menores al 2% en la población de 5 a 19 años, de acuerdo con estos datos del Censo. Los problemas de salud mental han ido en aumento posterior a la pandemia, y es necesario considerar problemáticas actuales que vive en particular, la adolescencia y juventud.

6 Comunicado de prensa INEGI NÚM. 520/21. Disponible en URL: {https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2021/Suicidios2021_Nal.pdf}. Consultado en agosto de 2022.

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 28
Tabla: Población total por grupos quinquenales de edad y porcentaje según discapacidad o limitación por tipo de actividad cotidiana que realiza y población con algún problema o condición mental. Fuente: INEGI. Censo de Población y Vivienda 2020. Tabulados del Cuestionario Básico.
Grupos quinquenales de edad Población total Población con discapacidad, limitación o con algún problema o condición mental Con discapacidad según actividad cotidiana que realiza con mucha dificultad o no puede hacerla Con limitación según actividad cotidiana que realiza con poca dificultad Población con algún problema o condición mental Sin discapacidad, limitación, problema o condición mental No especificado Total 126,014,024 16.54 4.90 11.06 1.26 83.18 0.29 00-04 años 10,047,365 5.01 2.22 2.27 0.90 94.79 0.20 05-09 años 10,764,379 6.52 1.87 3.97 1.43 93.42 0.06 10-14 años 10,943,540 7.92 1.95 5.27 1.52 92.02 0.06 15-19 años 10,806,690 8.38 1.99 5.72 1.41 91.56 0.06

Salud mental

El suicidio es considerado un problema de salud pública que está afectando a un alto número de personas jóvenes.

Para 2020, la tasa de suicidio fue de 6.2 por cada 100,000 habitantes, superior a la registrada en 2019 de 5.65. La tasa de suicidio es más alta en el grupo de jóvenes de 18 a 29 años, ya que se presentan 10.7 decesos por esta causa por cada 100,000 jóvenes6

Gráfica: Defunciones por suicidio por grupos de edad, serie anual de 2010 a 2021.

Fuente: Elaboración propia a partir de datos del INEGI. Estadísticas de mortalidad.

Conforme a las estadísticas de mortalidad del INEGI, para 2021, respecto a las defunciones por suicidio del grupo de edad entre 10 y 14 años, el 46.5% eran niños y el 53.5% niñas; y del grupo de edad entre 15 y 19 años de edad, el 68% era hombre y el 31.9% mujer.

Adolescentes 29
Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y
0 100 200 300 400 500 600 700 800 900 1000 2010 2011 2012 2013 187 249 859 208 826 174 780 243 761 236 861 228 774 209 795 229 800 202 826 882 278 241 856 685 2014 2015 2016 2017 10 a 14 años 15 a 19 años 2018 2019 2020 2021

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (ENSANUT) 2020 sobre Covid-19, destaca que 6.9% de la población adolescente ha tenido algún pensamiento suicida a lo largo de su vida, de los cuales el 8.8% es mujer y el 5.1%, hombre.

La cifra de población adolescente con pensamientos suicidas actual, es significativamente mayor al 5.1% reportado en la Ensanut 2018-19.

En relación con la población adolescente que reportó haberse hecho daño con el fin de quitarse la vida, el porcentaje fue de un 6%, superior al 3.9% reportado en la encuesta previa.

El contexto social puede influir en los pensamientos y decisiones de las y los adolescentes pues de acuerdo con la misma encuesta en su versión 2020, el 3.9% de la población adolescente reportó haber experimentado un evento violento en los últimos 12 meses.

Población migrante infantil

El incremento del flujo migratorio que hemos presenciado en México en los últimos años, obedece a causas multifactoriales donde se mezcla desde la pobreza, violencia, crisis políticas y conflictos armados.

Si bien México es considerado un país de tránsito, la realidad es que existen dificultades para saber el número exacto de personas que cruzan nuestras fronteras, y cuántos de esos son niñas y niños.

De acuerdo con datos disponibles del INEGI, es posible saber las causas de la migración de 2015 a 2020 en grupos de personas menores de edad, prevaleciendo la unificación familiar como el principal motivo.

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 30
Gráfica: Proporción de defunciones por suicidio por grupos de edad y sexo, 2021.
10 a 14 años Hombres 0.0 20.0 40.0 60.0 80.0 100.0 120.0 Mujeres 15 a 19 años 68.0 46.5 53.5 31.9
Fuente: Elaboración propia a partir de datos del INEGI. Estadísticas de mortalidad.

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

En Estados Unidos de Norteamérica, prevalece la deportación de personas migrantes, a través de la emisión de diversas medidas y políticas que se han implementado con el objetivo de frenar los flujos migratorios que provienen de Centroamérica y pretenden cruzar desde la frontera con México, destacando dos formatos: el Título 8 y el Título 42.

El Comité recomienda que el Estado Parte:

• Implante un proceso de determinación del interés superior para las decisiones relativas a los niños migrantes, y que respete siempre las debidas garantías procesales al determinar las circunstancias personales, las necesidades y el interés superior antes de adoptar cualquier decisión sobre su expulsión. Se debe prestar especial atención a la reunificación familiar.

CRC/C/MEX/CO/4-5, párr. 60 (2015).

El Título 8 son las detenciones de personas migrantes que son procesadas bajo la autoridad de inmigración de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por las siglas en inglés de Customs and Border Protection), quien determina su inadmisibilidad y son devueltas a los países de origen, mientras que Título 42 es una política de salud pública utilizada por el entonces presidente de los Estados Unidos Donald Trump, - y que no pudo ser derogada pese a la iniciativa del actual presidente- con el pretexto de la emergencia sanitaria por COVID-19, para facilitar la expulsión de personas solicitantes de asilo y

31
Tabla: Población de 5 años y más, migrante por grupos quinquenales de edad y porcentaje según causa de la migración entre marzo de 2015 y marzo de 2020. Fuente: INEGI. Censo de Población y Vivienda 2020. Tabulados del Cuestionario Básico.
como devoluciones exprés. Grupos quinquenales de edad Población de 5 años y más migrante Causa de la migración entre marzo de
marzo de
Busca trabajo Cambio u oferta de trabajo Reunirse con la familia Se casó o unió Estudiar Por inseguridad delictiva o violencia Por desastres naturales Lo deportaron Otra causa No especificado Total de la población de 5 a 19 años 1,762,603 13.5 5 193.3 7.2 37.2 12.7 0.9 0.3 26.5 3.2 05-09 años 624,339 0.0 0.0 76.8 0.0 6.8 4.0 0.3 0.1 10.9 1.2 10-14 años 542,634 1.2 1.3 71.0 0.2 10.7 4.8 0.3 0.1 9.2 1.0 15-19 años 595,630 12.3 3.7 45.5 7.0 19.7 3.9 0.3 0.1 6.4 1.0 20-24 años 864,222 24.1 8.5 23.6 15.1 19.0 2.4 0.2 0.2 5.7 1.2
funciona
2015 y
2020

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

De acuerdo con datos del Departamento de Seguridad Nacional de EE. UU.7 en 2021, fueron detenidos en la frontera suroeste de E.U. 141,320 niños no acompañados en el marco del título 8 y 4,734 en el marco del Título 42.

Encuentros policiales en la frontera suroeste por título de autoridad y estado familiar: Año fiscal 2021

Notas: La columna Total incluye menores acompañados. Las expulsiones del Título 42 incluyeron solo a niños no acompañados entre el 1 de octubre y el 18 de noviembre de 2020. Los encuentros de ejecución excluyen a las personas en libertad condicional OFO, miembros de la tripulación y retiros de solicitud de admisión.

Fuente: Oficina de Estadísticas de Inmigración del DHS, análisis de datos de CBP.

De acuerdo con la misma fuente, en los últimos años ha aumentado la migración infantil: un promedio de 21,000 niños no acompañados por año fueron encontrados en la frontera en el periodo 2008-2013, -los primeros años para los que hay datos disponibles- y el número de encuentros únicos de niños e individuos en familias creció un 59% entre 2012 y 2013, se triplicó entre 2013 y 2014, y luego creció en un promedio de 57% por año entre 2015 y 2019, para un aumento combinado de 20 veces entre 2012 y 2019.

Gráfica: Encuentros Totales en la Frontera Suroeste de EU con niños no acompañados en 2019 y 2021.

Fuente: Elaboración propia a partir de datos del Departamento de Seguridad Nacional de EE. UU

7 Informe disponible en URL:{ https://www.dhs.gov/sites/default/files/2022-09/2022_0818_plcy_southwest_border_enforcement_report_fy_2021.pdf}. Consultado en septiembre de 2022.

32
Título/ Autoridad Niños No acompañados Unidad familiar Individuos Adultos solteros Total Título 42 4,734 3% 126,847 2 7% 930,372 85% 1,063,524 62% Título 8 141,320 97% 351,645 73% 168,128 15% 661,171 38% Total 146,054 478,492 1,098,500 1,724,695
2021 0 20,000 40,000 60,000 80,000 100,000 120,000 140,000 160,000 2019 146,054 78,607

-¿Si pensaras en un lugar donde te sientas seguro, dónde te imaginas estar?

Bueno, tengo dos respuestas. Aquí dentro de Aldeas Infantiles SOS y en otros países, si se da la oportunidad, en los Estados Unidos.

¿Cuál sería un lugar al que ya no quisieras regresar porque te parece peligroso?

Tegucigalpa-.

Participante de la Aldea Infantil SOS Tijuana, 10 años de edad.

De acuerdo con datos del Gobierno de México8, respecto al número de extranjeros retornados por la autoridad migratoria mexicana, de enero a julio de 2022, el 8.6% corresponde a población menor de edad, lo que representa a 5,610 niñas, niños y adolescentes de un total de 64,860 personas, de los cuales el 68.7% es niño y el 31.3% es niña. Del total de niños, niñas y adolescentes, el 78.6% pertenece al grupo de edad de 12 a 17 años, mientras que el 21.4% tiene entre 0 y 11 años de edad. Del grupo de niñas, niños y adolescentes que tienen entre 0 y 11 años de edad, el 17.1% no estaba acompañado y el 82.9% sí estaba acompañado:

Tabla: Eventos de extranjeros devueltos por la autoridad migratoria mexicana, según grupos de edad, sexo y condición de viaje, subtotal de enero a julio de 2022.

Fuente: Boletín Estadístico 3.2.2. Unidad de Política Migratoria, Registro e Identidad de Personas, SEGOB, con base en información registrada en las estaciones migratorias, oficinas centrales y locales del INM.

8 Información disponible en URL:{http://www.politicamigratoria.gob.mx/es/PoliticaMigratoria/CuadrosBOLETIN?Anual=2022&Secc=3}. Consultado en septiembre de 2022.

Estudio
Situación
Derechos
Niños, Niñas y Adolescentes 33
de la
de los
de
Grupo de edad/ condición de viaje Hombre Mujer Subtotal Total general 52,635 12,225 64,860 Mayores de 18 años 48,780 10,470 59,250 Total de niñas, niños o adolescentes 3,855 1,755 5,610 De 12 a 17 años 3,207 1,201 4,408 De 0 hasta 11 años 648 554 1,202 Acompañados 529 467 996 No acompañados 119 87 206

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

De los 32,561 registros que el Gobierno de México tiene de niñas, niños o adolescentes canalizados por la autoridad migratoria, según continente, de enero a julio de 2022, 31,628 corresponden a niñas y niños del continente americano, de los cuales, el 61.7% proviene de América Central; 28.9% de América del Sur; el 9% de las Islas del Caribe; y 5% de América del Norte.

Gráfica: Eventos de niñas, niños o adolescentes canalizados por la autoridad migratoria de diferentes continentes, de enero a julio de 2022.

Fuente: Elaboración propia a partir de datos del Boletín Estadístico 3.1.5. con información de la Unidad de Política Migratoria, Registro e Identidad de Personas, SEGOB, con base en información registrada en las estaciones migratorias, oficinas centrales y locales del INM.

Sí, que a los niños les roban y les quitan todo lo que tienen adentro del cuerpo y luego los dejan tirados en alguna parte.-

Participante de la Aldea Infantil SOS Tijuana, 10 años de edad.

El 61.7% que proviene de América Central, representa a 19,505 niñas, niños y adolescentes, de los cuales el 40.8% proviene de Guatemala, otro 40.8% de Nicaragua, y un 10.1% de El Salvador.

La distribución por nacionalidad es la siguiente:

34
Continente/ nacionalidad/ grupos de edad y condición de viaje Hombre Mujer Total América Central 11,852 7,653 19,505 Belice 8 9 17 De 12 hasta 17 años 4 3 7 Acompañados - 3 7 No acompañados 4 - 4 De 0 hasta 11 años 4 6 10 América Europa América del Norte América central Islas del Caribe América del sur Asia Oceanía África 31,628 312 339 279 3 28.9 0.5 61.7 9.0
-¿Alguna vez has escuchado que en ocasiones las personas adultas le hacen daño a los niños y niñas?
35 Continente/ nacionalidad/ grupos de edad y condición de viaje Hombre Mujer Total América Central 11,852 7,653 19,505 Acompañados 2 5 7 No acompañados 2 1 3 Costa Rica 19 16 35 De 12 hasta 17 años 3 2 5 Acompañados 2 2 4 No acompañados 1 - 1 De 0 hasta 11 años 16 14 30 Acompañados 16 14 30 No acompañados - -El Salvador 1,062 913 1,975 De 12 hasta 17 años 559 368 927 Acompañados 173 132 305 No acompañados 386 236 622 De 0 hasta 11 años 503 545 1,048 Acompañados 477 502 979 No acompañados 26 43 69 Guatemala 5,191 2,772 7,963 De 12 hasta 17 años 3,747 1,525 5,272 Acompañados 613 407 1,020 No acompañados 3,134 1,118 4,252 De 0 hasta 11 años 1,444 1,247 2,691 Acompañados 1,339 1,185 2,524 No acompañados 105 62 167 Honduras 4,736 3,220 7,956 De 12 hasta 17 años 2,472 1,082 3,554 Acompañados 732 509 1,241 No acompañados 1,740 573 2,313 De 0 hasta 11 años 2,264 2,138 4,402 Acompañados 2,149 2,025 4,174 No acompañados 115 113 228 Nicaragua 785 675 1,460 De 12 hasta 17 años 304 251 555
Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

Finalmente, en cuanto a los eventos de niñas, niños o adolescentes canalizados por la autoridad migratoria, según entidad federativa, de enero-julio de 2022 el 33.8% proviene de Chiapas; el 18.2 en Baja California; y el 8.8 % en Veracruz.

Gráfica: Eventos de niñas, niños o adolescentes canalizados por la autoridad migratoria, según entidad federativa, de enero-julio de 2022

Fuente: Elaboración propia a partir de datos del Boletín Estadístico 3.1.4. con información de la Unidad de Política Migratoria, Registro e Identidad de Personas, SEGOB, con base en información registrada en las estaciones migratorias,

36
Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes
oficinas
y locales del INM. Continente/ nacionalidad/ grupos de edad y condición de viaje Hombre Mujer Total América Central 11,852 7,653 19,505 Acompañados 230 204 434 No acompañados 74 47 121 De 0 hasta 11 años 481 424 905 Acompañados 457 412 869 No acompañados 24 12 36 Panamá 51 48 99 De 12 hasta 17 años 5 1 6 Acompañados 4 1 5 No acompañados 1 - 1 De 0 hasta 11 años 46 47 93 Acompañados 44 46 90 No acompañados 2 1 3 Aguascalientes 0% Baja California 18% Baja California Sur 0% Campeche 0% Coahuila 4% Colima 0% Chiapas 34% Chihuahua 2% CDMX 1% Guanajuato 0% Guerrero 0% Hidalgo 0% Durango 0% Jalisco 0% México 1% Michoacán 0% Morelos 0% Nayarit 0% Nuevo León 7% Oaxaca 3% Puebla 2% Querétaro 0% Quintana Roo 0% San Luis Potosí 2% Sinaloa 1% Sonora 5% Tabasco 7% Tamaulipas 1% Tlaxcala 1% Veracruz 9% Yucatán 0% Zacatecas 0%
centrales

Contexto Político 05

37

Forma de gobierno y división administrativa

El Estado Mexicano es una república federal con tres poderes autónomos: Ejecutivo, legislativo y judicial; y tres órdenes de gobierno: Federal, estatal y municipal, los cuales tienen la función de gobiernos administrativos con la misma equivalencia jurídica respecto a las obligaciones esenciales del Estado. No obstante, la corresponsabilidad, coordinación, colaboración o alineación entre los diferentes niveles de gobierno ha sido limitada, lo que impacta de forma negativa en la eficacia de las políticas en los diferentes territorios del país.

En este mismo sentido, es importante reiterar que además de las administraciones federales, estatales y municipales, existen entidades corresponsables en la protección de los derechos de la niñez, entre las que se encuentran las familias, organizaciones sociales e incluso las empresas. El Estado es el garante de los derechos de todas las niñas y niños, es decir, todas las acciones deben respetar, proteger, garantizar y promover sus derechos para que les permita tener pleno desarrollo.

Para realizar el análisis del contexto político mexicano, es necesario saber que cuando se habla de política pública nos referimos a marcos normativos, instituciones y presupuestos. En consecuencia, un programa es distinto a una política pública y es mucho más compleja una política de Estado, esta última es de carácter transexenal, que logra su impacto después de varias décadas de implementación.

Actualmente se realizan múltiples acciones dirigidas a la niñez, pero de forma fragmentada, aislada y descoordinada; lo mismo sucede con los programas que no necesariamente están articulados, ocasionando un vacío de políticas públicas específicas para hacer transversal el enfoque de niñez y la perspectiva de género.

Es importante mencionar que la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), fue adoptada en 1989 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, ratificando México el instrumento el 21 de

septiembre de 1990, quedando obligado a adoptar todas las medidas administrativas, legislativas y de cualquier otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos en la CDN.

Respecto a las políticas públicas de niñez más importante en el país es la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA), aprobada en el 2014, ha representado un hito en normatividad de avanzada en materia de derechos humanos, no solo al reconocer a niñas, niños y adolescentes como titulares de derecho, sino al generar la integración, organización y funcionamiento de un Sistema Nacional de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA), a efecto de que el Estado cumpliera con sus responsabilidades constitucionales e internacionales.

Con esta legislación se crea el Sistema Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, que se instala el 2 de diciembre de 2015 y fue reinstalado el 30 de abril del 2019, siendo un organismo colegiado de carácter nacional presidido por el Presidente de la República e integrado por los titulares de las Secretarías de Gobernación, Relaciones Exteriores, Hacienda y Crédito Público, Bienestar, Educación Pública, Salud, Trabajo y Previsión Social, el Sistema Nacional de Desarrollo Integral de la Familia, las y los Gobernadores de las 32 Entidades Federativas, los titulares de organismos públicos como la Fiscalía General de la República, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el Instituto Federal de Telecomunicaciones y ocho representantes de organizaciones de la sociedad civil, como lo contempla el artículo 127 de la referida Ley.

Como parte de un sistema político, el cumplimiento de las leyes y el funcionamiento de las instituciones obedece a prioridades y presupuestos. A nueve años de haberse publicado la LGDNNA, y de acuerdo con el documento de evaluación en materia de diseño del programa presupuestario: “Coordinación con las instancias que integran el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes”9 la protección integral de los

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 38

derechos de niñas niños y adolescentes representa uno de los principales retos en la agenda pública del país y sin embargo, y a pesar de los avances, las acciones públicas para garantizar su pleno ejercicio y goce, continúan siendo un desafío.

En el caso de presupuesto dirigido a la niñez, en especial del Anexo 18 del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), al analizar la asignación real considerando la tasa de inflación anual, se

puede percibir una disminución significativa del gasto público en los últimos años. Se observa que, a pesar del aumento en pesos, solo del año 2021 al 2022 el presupuesto disminuye un -3.50% en el apartado los Recursos para la Atención de NNA. Pero particularmente, el SIPINNA ha sido el más afectado ya que en el mismo periodo su presupuesto asignado es de -6.37% respecto al año anterior.

Gráfica: Recursos para la atención de niñas, niños y adolescentes (pesos).

$840,000,000,000,00

$820,000,000,000,00

$800,000,000,000,00

$780,000,000,000,00

$760,000,000,000,00

$740,000,000,000,00

$720,000,000,000,00

Protección y restitución de los derechos de las niñas, niños y adolescentes

Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia

Coordinación con las instancias que integran el Sistema Nacional de Protección Integral niños, niñas y adolescentes

Elaboración propia con Presupuesto De Egresos De La Federación Para El Ejercicio Fiscal 2021 y 2022.

En el caso de normativas en el país, se han logrado grandes avances, en el 2020 fue aprobada la armonización de la Ley General de Migración con la LGDNNA en donde sus principales logros fueron: el interés superior de la niñez como principio rector, la no detención en estaciones migratorias de NNA, la unidad familiar, el papel del Sistema Nacional DIF y sus Procuradurías de Protección, así como la coordinación del Instituto Nacional de Migración con las diferentes dependencias involucradas en el proceso.

Esta reforma fue un gran paso para garantizar la protección de derechos de NNA en situación de

movilidad y sus familias, ya que busca la inmediata canalización de NNA a autoridades competentes como lo son las Procuradurías, para garantizar que sean ubicados en espacios adecuados y se pueda determinar lo antes posible las medidas de protección 10. Sin embargo, estos cambios no son suficientes ya que, con el incremento del flujo migratorio en el país y la limitada capacidad de las organizaciones gubernamentales, no se ha podido dar un cumplimiento adecuado. Aún queda pendiente el presupuesto suficiente para poder garantizar lo dispuesto en la reforma, la definición de procesos puntuales de coordinación entre dependencias, así como la sensibilización y

9 Documento disponible en URL: {https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/321183/Evaluacion_en_Materia_de_Diseno_P025.pdf}. Consultado en septiembre de 2022.

10 Información disponible en URL:{http://www.politicamigratoria.gob.mx/es/PoliticaMigratoria/CuadrosBOLETIN?Anual=2022&Secc=3}. Consultado en septiembre de 2022.

Estudio
Situación
Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 39
de la
de los
2020 2021 2021 -3.50 % -6.37 % 2022 2022 65,184,153 59,921,356 68,684,001 69,926,313 69,035,948 93,923,524

capacitación de autoridades que tengan contacto con niñas, niños y adolescentes separados, no acompañados y sus familias.

Otro cambio legislativo importante fue la prohibición del castigo físico y humillante como método de disciplina, para poder garantizar el derecho de niñas y niños a una crianza sin violencia. Esta reforma federal requiere complementarse con la armonización de leyes estatales y, sobre todo, con la activación de estrategias para promover la crianza positiva. Para lograrlo, es necesario que todos los niveles de gobierno asuman sus obligaciones jurídicas y éticas hacia las niñas y niños, que establezcan políticas públicas para promover la crianza con ternura, y para atender cualquier forma de violencia de manera oportuna, así como asignar presupuesto suficiente a estas tareas.

Por otra parte, respecto a los esfuerzos dirigidos hacia la garantía de derechos de las personas jóvenes, si bien la inclusión laboral de las y los jóvenes, es uno de los principales objetivos del actual gobierno a través del programa “Jóvenes construyendo el futuro” de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), se ha logrado alcanzar su meta sexenal, las personas jóvenes aprendices cuentan con un seguro del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que cubre las ramas de enfermedades, maternidad y riesgos de trabajo.

A pesar de este gran avance, aún es necesario seguir reforzando el enfoque de juventudes en la agenda política. El 24 de agosto de 2022, se emitió un acuerdo por el que se agrupa al Instituto Mexicano de la Juventud (IMJUVE), al sector coordinado por la STPS 11 , si bien la sectorización del IMJUVE a la STPS, coadyuva a los programas y políticas públicas en materia de jóvenes en el ámbito de competencia de la STPS, se acorta una agenda amplia de estudio y atención como son todas las personas jóvenes, y se limita el quehacer del IMJUVE careciendo de una visión holística de sus derechos.

Además, es importante mencionar que sigue pendiente la promulgación de una Ley en materia de Derechos de las Personas Jóvenes. Con la reforma Constitucional del 24 de diciembre del 2020 en materia de juventud se logró colocar de manera explícita los derechos de las juventudes a rango constitucional.

Gracias a esta reforma se estableció en su transitorio segundo que el Congreso de la Unión deberá de expedir la Ley General en materia de Personas Jóvenes, en el plazo de un año, a partir de la publicación de este Decreto. Lamentablemente, a dos años de esta reforma no se ha logrado avanzar en el proceso legislativo y contar con una normativa bajo el enfoque de libertad, inclusión, interculturalidad, igualdad de género, autonomía progresiva y participación de las juventudes.

Elecciones

La forma de elegir al gobierno es una democracia electoral, donde existe un mayor respeto de los derechos civiles de la ciudadanía, y la promesa de consolidación de instituciones sociales. Durante el proceso electoral del 2018, Aldeas Infantiles SOS y otras organizaciones sociales desarrollaron la estrategia “México por la niñez” buscando que la candidata y los candidatos a la presidencia de la República firmaran un compromiso público por los derechos de niñas, niños y adolescentes.

El candidato presidencial, ahora Presidente electo Andrés Manuel López Obrador, aceptó firmar el 30 de abril del mismo año, el día del niño y la niña.

De acuerdo a la siguiente tabla, se puede observar los compromisos firmados en campaña y el estatus general de cada uno:

11 Diario Oficial de la Federación. ACUERDO por el que se agrupa al Instituto Mexicano de la Juventud, al sector coordinado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Disponible en URL: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5662390&fecha=24/08/2022#gsc.tab=0}. Consultado en 2022.

Estudio de la Situación de
Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 40
los

Fortalecimiento institucional del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA).

Se mencionó en conferencia matutina12 sobre la presunta duplicidad de funciones con el Sistema DIF Nacional, para justificar su intención de desaparecerlo, al mismo tiempo, no se ha designado a la nueva persona Titular del Sistema.

El presupuesto asignado a SIPINNA es de -6.37% del 2020 al 2021.

Inversión pública para la niñez y adolescencia presupuesto participativo y equitativo.

Del año 2021 al 2022 el presupuesto del Anexo 18 disminuye un -3.50% en el apartado los Recursos para la atención de niñas, niños y adolescentes.

Disfrute del más alto nivel posible de salud.

La estrategia nacional para enfrentar el COVID-19 inició vacunación para niñas y niños en su etapa 513, misma que inició en los meses de Julio – marzo de 2022 e incluye a los niños de 5 años de edad o más que desean vacunarse14

De acuerdo con datos de Infancia Cuenta en México, se han incrementado las cifras de niñez desaparecida, pasando de 1,535 personas desaparecidas y no localizadas de entre 0 y 17 años de edad en 2020, a 2,086 en 2021.

Protección contra todas las formas de violencia e impunidad.

En lo que va de 2022, hay 1,495 personas en esta situación. De acuerdo con la misma fuente, de enero a agosto de 2022, 1,695 personas de entre 0 y 17 años fueron víctimas de homicidio a nivel nacional, lo cual representa un incremento de 5.5% con respecto a la cantidad registrada durante los mismos meses de 2021 (1,606)16.

Educación de calidad e incluyente para todas y todos.

Durante el largo confinamiento, 5.2 millones de niñas, niños y persona jóvenes abandonaron la escuela, según datos de la Encuesta para la medición del impacto COVID-19 en la educación (ECOVID-ED), del INEGI17

12 Extracto de la Conferencia matutina en El Universal, Disponible en URL:{https://youtu.be/S2DhBg7ae98}. Consultado en septiembre de 2022.

13 El Calendario de las etapas de vacunación para enfrentar COVID-19 está disponible en URL:{https://vacunacovid. gob.mx/calendario-vacunacion/}. Consultado en septiembre de 2022.

14 En junio de 2022, la Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos (FDA, por sus siglas en inglés) autorizó el uso de emergencia de la vacuna contra el COVID-19 de Moderna y la vacuna contra el COVID-19 de Pfizer-BioNTech para la prevención de dicha enfermedad y para incluir su aplicación en niños a partir de los seis meses de edad.Información disponible en URL: {https://www.fda.gov/news-events/press-announcements/actualizacion-sobre-el-coronavirus-covid-19-la-fda-autoriza-las-vacunas-contra-el-covid-19-de}. Consultado en septiembre de 2022.

15 Datos disponibles en URL: {https://infanciacuenta.org/visualizacion-de-datos/ninez-y-adolescencia-desaparecida-mexico-2021/}. Consultado en septiembre de 2022.

16 Boletín electrónico “HOMICIDIOS CONTRA LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA” Disponible en URL: {https://blog.derechosinfancia.org.mx/2022/09/22/homicidio-de-infancia-y-adolescencia-en-mexico-a-agosto-de-2022/}. Consultado en octubre de 2022.

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 41
Compromiso Estatus

Compromiso

Participación efectiva y sistemática de niñas, niños y adolescentes.

Estatus

La Consulta Infantil y Juvenil del INE continúa siendo el proceso participativo más estable en temporalidad, y si bien su metodología y por tanto resultados ha cambiado, es el ejercicio más representativo que tenemos. Sin embargo, aún carecemos de ejercicios participativos que influyan en la toma de decisiones.

Protección especial a niñas, niños y adolescentes en contextos de movilidad.

Uso de la Guardia Nacional como un aparato de control migratorio, contrario a las disposiciones normativas en materia migratoria18

Actualmente, los programas específicos para la niñez, consisten en estrategias para grupos en situación de discriminación, como personas migrantes o asistencia alimentaria.

Acciones afirmativas a grupos de niñez altamente excluidos.

Un grupo en particular que sufrió el cese de operaciones, fueron las niñas y niños que asistían a Estancias Infantiles; al cancelarse en 2019 el programa federal que apoyaba la operación de estancias en todo el país, para que madres y padres pudieran dejar a sus hijos bajo cuidado mientras trabajaban. De acuerdo con el Diagnóstico que la Secretaría del Bienestar realizó en 201819, operaban en ese entonces 9,566 estancias en el país.

Estimular el rol de la sociedad civil como Entidades de interés público.

Cambios en la ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) que limitarán de manera sustantiva la deducibilidad de donativos y disminuirá los recursos que las organizaciones de la sociedad civil podrán recibir para su operación20.

17 Datos citados en nota “COVID-19 incrementó el abandono escolar en México: 5.2 millones dejaron escuela” Periodico Expansión, versión digital. Disponible en URL: {https://politica.expansion.mx/mexico/2021/03/24/voces-covid-19-incremento-el-abandono-escolar-en-mexico-5-2-millones-dejaron-escuela}. Consultado en septiembre de 2022.

18 Consultar Boletín Boletín No. 144/2021 de la Secretaría de Relaciones Exteriores, disponible en URL: {https://www. gob.mx/inm/prensa/gobierno-de-mexico-despliega-operativo-en-frontera-sur-para-salvaguarda-de-ninez-migrante-267026}. Consultado en septiembre de 2022.

Revisar informe “MILITARIZACIÓN DE LA POLÍTICA MIGRATORIA EN MÉXICO” de Sin Fronteras, Disponible en URL: {https://sinfronteras.org.mx/wp-content/uploads/2020/02/Informe-Bajo-la-Bota_240522.pdf}. Consultado en septiembre de 2022.

19 Informe disponible en URL: {https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/583417/Programa_Estancias_Infantiles_Apoyar_Madres_Trabajadoras_2018.pdf}. Consultado en septiembre de 2022.

20 MCCI “gobierno federal amenaza el funcionamiento de sociedad civil” de mexicanos contra la Corrupción e Impunidad. Disponible en URL: {https://contralacorrupcion.mx/gobierno-federal-amenaza-funcionamiento-de-sociedad-civil}. Consultado en septiembre de 2022.

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 42

Por otra parte, es importante analizar las elecciones intermedias del 2021, una de las más grandes de la historia del país, donde se renovó la Cámara de Diputados (300 diputados de mayoría relativa y 200 plurinominales), 15 gubernaturas, 30 congresos locales y 1,900 ayuntamientos y juntas municipales. De acuerdo a las plataformas electorales de los 10 partidos políticos registrados para esta contienda, se pueden visibilizar más de 170 iniciativas que directamente involucran a la niñez [6]. Los siguientes datos son hallazgos que se pueden identificar del análisis de las propuestas bajo el enfoque de niñez:

Ø Un primer aspecto a observar es la inclusión del interés superior del niño como eje rector de toda política pública dirigida a la niñez. Solo tres plataformas lo integran en sus iniciativas.

Ø En su mayoría estas propuestas tienen que ver con temas de protección y educación, ya que ocupan el 78% de todas las iniciativas analizadas.

Ø En el caso de protección infantil, solo dos partidos incluyen en sus propuestas acciones para combatir la violencia sexual en contra de NNA.

Ø Solo se pueden identificar tres iniciativas dirigidas a la eliminación del trabajo infantil.

Ø Se propone acciones que involucran temas de género con siete iniciativas que hablan de igualdad, no discriminación, derechos sexuales, educación, acceso a los sistemas de justicia y combate a la violencia.

Ø En una propuesta se habla de la eliminación del “impuesto rosa” en los productos y servicios para mujeres, como lo son los productos de higiene femenina.

Ø Se menciona la creación de programas para la entrega, distribución y autogestión de productos de gestión menstrual.

Ø Por otra parte, se puede identificar la promoción del derecho a vivir en familia en solo una iniciativa concreta y otras dos que mencionan a la familia como un derecho de la niñez y como el espacio adecuado para desarrollarse.

Ø En el caso de NNA en contexto de movilidad irregular algunas incluyen el tema de garantía de derechos a esta población, el principio de unidad familiar, la no detención en estaciones migratorias de NNA, así como la prohibición de la Guardia Nacional para la detención de migrantes.

Ø También se pueden identificar posturas opuestas como lo es el llamado “PIN Parental”, donde una plataforma se posiciona en contra de que los padres puedan influir en los contenidos educativos de sus hijos, en especial los que tengan que ver con orientación y educación sexual, y, por otro lado, en una plataforma diferente se propone en dos de sus iniciativas promover dicha PIN.

Ø Todos los partidos cuentan por lo menos con una iniciativa dirigida a la niñez. Sin embargo, lo importante no es la cantidad sino la calidad. Los compromisos deben de ser claros y con suficiente información para que el votante pueda hacer una mejor elección. En este sentido, el 47% de las propuestas son solo objetivos y no mencionan la forma de obtenerlos.

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 43

El 78 % de las propuestas se enfocan en temas protección y educación, pero no todas cuentan con suficiente información.

Conflictos internos

México, al igual que el resto del mundo, se está recuperando de una pandemia que ha tenido un profundo impacto económico y social. Conforme al informe “Balance de las tendencias democráticas en América Latina el Caribe antes y durante la pandemia de la COVID-19”21 de IDEA International, en 2019, América Latina fue testigo de una ola de movilizaciones que expresan el descontento de una gran parte de la población frente a estas cuestiones estructurales, a medidas económicas tomadas por los gobiernos de turno (IDEA, 2020: 3); no obstante, las protestas evidenciaron la gran fractura social histórica que se acentúa con las desigualdades socioeconómicas.

Conforme a la organización Armed Conflict Location & Event Data Project (ACLED), en 2019 se registraron 40,000 hechos violentos en América Latina y el Caribe, todos relacionados con la política y gobernabilidad 22 . En concreto, hubo más de 19,000 hechos de violencia política en la Región y más de 11,500 eventos violentos contra la población civil. La mayoría de estos ocurrieron en México y en Brasil.

Adicionalmente a estos datos preocupantes, más de 19,000 muertes se registraron en 2019 y dos terceras partes son civiles, producto de protestas o desórdenes relacionados con la política, la mitad

21 Disponible en URL: {https://www.idea.int/sites/default/files/publications/balance-tendencias-democraticas-america-latina-y-caribe-antes-y-durante-la-pandemia.pdf}. Consultado en agosto de 2022.

22 Comunicado disponible en URL: {https://acleddata.com/acleddatanew/wp-content/uploads/2020/02/ACLED_LATAM_PR-Spanish_2020.pdf}. Consultado en agosto de 2022.

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 44
10 puntos a discutir sobre las iniciativas que involucran a la niñez de los 10 partidos políticos registrados

se reportó en México y un tercio de estas muertes ocurrieron en escenarios de enfrentamientos entre fuerzas estatales u otros grupos armados no estatales como grupos de delincuencia organizada.

Adicionalmente, la población civil en América Latina se enfrenta con altos niveles de violencia política, y se reportó que al menos dos tercios del total de las víctimas mortales reportadas en 2019 son civiles y más de la mitad se registró en México. Si bien México registra constantemente una de las tasas más altas de violencia contra periodistas en el mundo, ha existido un repunte este año.

De acuerdo con el registro de la organización Propuesta Cívica, con datos al 30 de septiembre de 202223:

Ø Durante el sexenio actual han asesinado a 60 periodistas.

Ø Durante el sexenio actual han desaparecido a 4 periodistas.

Si vemos el índice de la Alianza Mundial CIVICUS24 2022, nueve países en América Latina tienen problemas de obstrucción y cinco de restricción del espacio cívico, entendiéndolo como el contexto que propicia que la sociedad civil desempeñe una función en la vida política, económica y social de nuestras sociedades. Para julio de 2022, México fue catalogado con el estatus de “represivo”, al considerar que las autoridades mexicanas han difamado y reducido el espacio de quienes reclaman cambios, les exigen responsabilidades y denuncian las violaciones de los derechos humanos.

Basta hacer una revisión al portal de ACLED data respecto a los últimos seis meses, para saber que existe un número considerable de manifestaciones pacíficas en México, y si bien su presencia es un sano símbolo de libertad democrática, también se presentan ataques de violencia política. Se muestra un registro de 125 ataques políticos en 30 de julio de 2022, y 110 protestas pacíficas para el 23 de julio de 2022, como se puede ver en la gráfica.

Gráfica: Incidente de violencia política en México en los últimos seis meses de 2022.

Fuente: Elaboración en virtual en el portal Eclad data con información del 29 de enero al 16 de julio de 2022.

23 Información actualizada disponible en URL: {https://propuestacivica.org.mx/mapa-de-casos?gclid=CjwKCAjwp9qZBhBkEiwAsYFsb6oOWpLA8v7xwcVqcM3p6Iiry2LvdABSh4yz-m6y7WaPUHv-w_8X7hoCALYQAvD_BwE}. Consultado en septiembre de 2022. 24 Índice disponible en URL: {https://monitor.civicus.org/quickfacts/}. Consultado en agosto de 2022.

Estudio
Derechos
Niños, Niñas y Adolescentes 45
de la Situación de los
de
Mob violence Armed clash Sexual violence Attack Air/drone strike Remote explosive/landmine/IED Grenade 5 de mar 16 de abr 28 de may Political Violence Demonstrations 9 de jul 5 de mar 16 de abr 28 de may 9 de jul Adbuction/forced disappearance 0.0 20.0 40.0 60.0 80.0 100.0 120.0 0 50 100 150 Protest with intervention Violent demonstration Excessive force against protesters Peaceful protest

Otro tema especialmente preocupante es la falta de una estrategia de seguridad eficaz. En 2011, en el marco del examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 8 del Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados, el CRC ya observaba al estado mexicano respecto “al gran número de violaciones de los derechos del niño y de niños víctimas (alrededor de 1,000 muertes de menores durante los últimos cuatro años) a causa de la lucha que mantiene el ejército contra la delincuencia organizada y debido a que no se investigan los delitos perpetrados por personal militar”

(CRC/C/OPAC/MEX/CO/1 párr. 29 (2011)).

De igual forma, el CRC recomendó al Estado adoptar todas las medidas necesarias para impedir que grupos armados no estatales recluten a niños, niñas y adolescentes, entre otras cosas, identificando y vigilando a los diversos grupos armados no estatales presentes en el país, incluidos los grupos paramilitares, los grupos de delincuencia organizada y las empresas de seguridad

(CRC/C/OPAC/MEX/CO/1 párr. 22 (2011)).

Las niñas, niños y adolescentes en México son víctimas de la violencia armada y de la militarización. Sus vidas no pueden ser reducidas a “daños colaterales” en una estrategia que el Comité de Derechos del Niño CRC-UN, ya ha llamado a revisar, para que las niñas y niños estén protegidos de la violencia.

46

Contexto Económico 06

47

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

Pobreza monetaria y alimentaria

En el contexto de la contingencia sanitaria causada por COVID-19 y de la crisis económica derivada de las medidas tomadas para controlar su propagación, INEGI compartió que, entre 2018 y 2020, el porcentaje de la población en situación de pobreza aumentó de 41.9% a 43.9% en México25. Además, el porcentaje de la población en situación de pobreza extrema presentó un incremento del 7.0% al 8.5% entre 2018 y 2020 y el número de personas en situación de pobreza extrema aumentó de 8.7 a 10.8 millones de personas.

Gráfica. Porcentaje de personas por indicador de pobreza en la población infantil, por grupo de edad, 2016 – 2020.

años 2020 2018 2016 2020 2018 2016 2020 2018 2016

51.0 21.4 24.7 8.3 7.9 11.7 11.0 10.0 9.3 8.7 8.3

50.8

9.0 18.6 47.8 49.0 52.8 52.3 54.3 52.5 52.8

23.8 16.8 19.1 18.0 20.2 22.0 20.6

Por su parte, la ENSANUT 2020 encontró datos en materia de seguridad alimentaria, donde 2 de cada 10 hogares a nivel nacional (20.6%) disminuyeron la cantidad de alimentos que habitualmente consumen o dejaron de comer en todo un día debido a la falta de dinero o recursos.

19.2 19.3 18.6 19.0 19.7 16.2 16.7 18.3

Población de 12 a 17 años Población de 6 a 11 0.0 20.0 40.0 60.0 80.0 100.0

Además, conforme a una cita de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura en el mismo documento, se espera que el alza en los precios de los alimentos, la disminución del abasto de alimentos básicos, la pérdida de programas sociales que atendían a

25 Comunicado No. 9 “CONEVAL PRESENTA LAS ESTIMACIONES DE POBREZA MULTIDIMENSIONAL 2018 y 2020”

Disponible en URL: {https://www.coneval.org.mx/SalaPrensa/Comunicadosprensa/Documents/2021/COMUNICADO_009_MEDICION_POBREZA_2020.pdf}. Consultado en septiembre de 2022.

48
Fuente: CONEVAL. ANEXO ESTADÍSTICO DE POBREZA EN MÉXICO 2016 - 2020. Población de 5 años o menos Población en situación de pobreza Población vulnerable por ingresos Población vulnerable por carencias sociales Población no pobre y no vulnerable
De acuerdo con datos de Infancia Cuenta, para 2020, el 52.6% de la población de entre 0 y 17 años de edad en México, vivía en situación de pobreza, disminuyendo en un 1.3% entre 2008 y 2020. Además, el 10.6% de las personas de entre 0 y 17 años de edad vivían en condiciones de pobreza extrema en México para 2020, disminuyendo 2.3% de 2008 a 2020.

población vulnerable (transferencias monetarias, raciones de alimentos distribuidos en guarderías o escuelas) agudizará la inseguridad alimentaria.

En términos de privaciones sociales, conforme a datos de CONEVAL, para 2020 existían 26.7 millones de niños, niñas y adolescentes con al menos una carencia social y 9 millones con al menos tres carencias sociales. Por grupo de edad, el más afectado es el de 12 a 17 años, con 72.4% de población en esa edad con al menos una carencia.

Acceso a servicios básicos y marginación

De acuerdo con datos del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), en términos de carencias sociales, entre 2018 y 2020, se observó una disminución a nivel nacional de los indicadores de la carencia por calidad y espacios de la vivienda y de la carencia por acceso a los servicios básicos en la vivienda con1.7%cada una; así como de la carencia por acceso a la seguridad social, con 1.4%.

El mayor cambio entre 2018 y 2020 es un aumento de 12% en la carencia por acceso a los servicios de salud, que pasó de 16.2% a 28.2%. El rezago educativo tuvo un incremento de 0.25% y la carencia por acceso a alimentación nutritiva y de calidad 0.31%.

En cuanto a la población de 0 a 17 años, para 2020, el 58% tiene carencia por acceso a la seguridad social; el 27.5% tiene carencia por acceso a servicios de salud; el 26.3% carencia por acceso a la alimentación nutritiva y de calidad; el 12.3% presenta rezago educativo; el 13.1% carencia por calidad y espacios de la vivienda; y el 21.5% carencia por servicios básicos de la

Como se puede ver en la gráfica, en el marco de la pandemia existió un alza para 2020 en prácticamente todas las carencias en la infancia:

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 49
Gráfica. Porcentaje de personas por privación social en la población infantil, 2016 – 2020. Fuente: Elaboración propia con datos de CONEVAL. ANEXO ESTADÍSTICO DE POBREZA EN MÉXICO 2016 - 2020.
vivienda.
0.0 20.0 40.0 60.0 80.0 100.0 120.0 Población de 12 a 17 años Población de 6 a 11 años Población de 5 años o menos Población con al menos una carencia social Población con al menos tres carencias sociales 2016 2018 2020 22.2 26.2 21.4 73.4 74.6 74.5 70.3 69.9 69.7 17.7 20.8 21.8 22.3 25.8 72.5 72.4 72.8 17.3 2016 2018 2020 2016 2018 2020

Carencia por acceso a la alimentación nutritiva y de calidad Carencia por acceso a la seguridad social

Carencia por acceso a los servicios básicos en la vivienda Carencia por acceso a los servicios de salud Carencia por calidad y espacios de la vivienda Rezago educativo

Nuevamente, la adolescencia es la población más afectada: el grupo de edad de 12 a 17 años con un 59.4% de carencia por acceso a la seguridad social, 27.2% con carencia por acceso a la alimentación nutritiva y de calidad y 26.4% con carencia por acceso a los servicios de salud.

El grupo de población de 5 años o menos, ha presentado varios retrasos en 2020 a comparación de 2016: en rezago educativo un porcentaje de 14.8% en 2020 a comparación de un 11.8% en 2016; y un porcentaje de 31.1% (2020) en población con carencia por acceso a los servicios de salud, en comparación con 15.8% (2016), siendo casi el doble.

En los tres grupos de edad, resaltan los retrasos por acceso a la alimentación nutritiva y de calidad: en el grupo de menores de 5 años, pasó de un 23.2% (2016) a un 24.4% en carencia (2020); en el grupo de 6 a 11 años de edad, pasó de 25.2% (2016) a 27% (2020); y en el grupo de adolescentes de 12 a 17 años, pasó de 25.6% (2016) a 27.2% (2020).

Producción e inversión

Según el reporte de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) “Fiscal Panorama of Latin America and the Caribbean 2021” la pandemia por COVID-19, continúa impactando a la región latinoamericana y caribeña con una deuda pública que subió durante 2020 y un déficit fiscal no visto antes. Para finales de 2020, el valor bruto central de la deuda pública del gobierno promedió 56,3% del PIB en América Latina, 10,7% más de 10 puntos en comparación con 2019. A nivel subregional, los niveles de deuda pública en América del Sur y el grupo de países integrado por Centroamérica, República Dominicana y México alcanzaron el 59,3% y el 53,2% del PIB, respectivamente, en el cuarto trimestre de 2020. (CEPAL, 2021: 30).

El informe mencionado, reflexiona sobre la necesidad de promover políticas tributarias que

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 50
Grafica. Porcentaje de personas con carencia social en la población infantil, 2016 – 2020. Fuente: Elaboración propia con datos de CONEVAL. ANEXO ESTADÍSTICO DE POBREZA EN MÉXICO 2016 - 2020.
0.0 20.0 40.0 60.0 80.0 100.0 120.0 140.0 160.0 180.0 Población de 12 a 17 años Población de 6 a 11 años Población de
años o menos
5
2016 2018 2020 14.8 1.6 1.6 26.4 25.7 31.1 58.5 56.2 13.1 21.5 21.2 11.7 59.4 27.0 27.7 14.9 21.8 24.4 2016 2018 2020 2016 2018 2020

amplíen el espacio fiscal, mejoren la distribución del ingreso y mantengan la sostenibilidad de las trayectorias de gasto, en particular por los efectos de la pandemia. Es importante recordar que de acuerdo con el artículo 4to de la Convención sobre los Derechos del Niño, en lo que respecta a los derechos económicos, sociales y culturales, se insta a los Estados Partes a adoptar medidas administrativas hasta el máximo de los recursos de que dispongan y, cuando sea necesario, dentro del marco de la cooperación internacional.

El mismo informe de la CEPAL, también señala que, si bien los países de la región implementaron medidas de desgravación fiscal, también aplicaron medidas administrativas y regímenes tributarios especiales de normalización para generar recursos adicionales a mitigar la caída de los ingresos públicos. El caso más llamativo, precisamente, fue el de México, donde el Servicio de Administración Tributaria (SAT) implementó una serie de medidas que generaron recursos adicionales equivalentes a aproximadamente el 2.2% del PIB.

Si bien la mayoría de los países latinoamericanos registraron una reducción significativa en términos de ingresos tributarios de 2020, en este rubro también destaca México positivamente, ya que, en tanto, los ingresos tributarios aumentaron en términos relativos (1.3% del PBI) y en términos absolutos (0.8% en términos reales) como resultado de los esfuerzos antes mencionados del SAT, la caída de los ingresos fiscales en 2020, aunque significativa, fue menor que lo observado durante la crisis de 2008-2009 en varios países de la región (CEPAL, 2021: 17).

Finalmente, los paquetes de medidas adoptados para hacer frente a la pandemia del COVID-19 supusieron un fuerte aumento del gasto público en 2020. De acuerdo con información de la plataforma Observatorio de Desarrollo Social 26 , México implementó al menos 12 medidas durante 2020 que incluyeron transferencias monetarias, especie o acceso a servicios para contener la pobreza, asegurar el acceso a salud y asegurar la nutrición.

Las siguientes medidas se focalizan en la niñez, adolescencia, juventud y/o en sus familias:

Fortalecimiento del “Programa Jóvenes Construyendo el Futuro”

Fortalecimiento del “Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras”

Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente

Es importante mencionar que los programas de transferencia monetaria se suelen considerar como una medida “paliativa” para afrontar contextos de emergencia, pero es necesaria una política integral enmarcada en un enfoque de derechos humanos, y de ser posible transexenal, para asegurar la salida de la pobreza y el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

26 Información disponible en URL:{ https://dds.cepal.org/observatorio/socialcovid19/listamedidas.php?id_pais=mex}. Consultado en septiembre de 2022.

51
Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes
Programa Tipo de medida Fecha de anuncia
Transferencia en especie 05/23/2020
Transferencia monetaria 04/23/2020
Transferencia monetaria 3/27/2020

Trabajo y desigualdad

Si bien la proyección de expansión de la economía en México es de un 1,9% en 2022 y un 2,1% en 2023 y se prevé que el consumo se verá favorecido por una mejora gradual del mercado de trabajo, así como por el aumento de la proporción de población vacunada 27, el estado mexicano continúa con el reto de una sociedad inequitativa, de trabajadoras y trabajadores en el mercado informal, la exclusión laboral de poblaciones en situación de vulnerabilidad, la corrupción y explotación laboral.

De acuerdo con los resultados de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOEN) 2021, se reportó una Tasa de Participación Económica de 57.2% de la población en edad para trabajar -tasas de Participación Económica de 74.3% hombres y 41.8% mujeres-, siendo 2.6%inferior a la de marzo del año anterior.

La ocupación informal en marzo de 2021 ascendió a 30.6 millones, al tiempo que la Tasa de Informalidad Laboral se situó en 56.8%; además, la población desocupada de 15 y más años como proporción de la población económicamente activa, representó 3.9% equivalente a 2.2 millones de personas.

Trabajo infantil

Conforme a datos de Infancia Cuenta, en el caso de la población infantil y juvenil, a nivel nacional, 2.2 millones de personas de entre 5 y 17 años (657 mil mujeres y 1.5 millones de hombres) se encontraban ocupadas en 2019. Esto representaba el 7.5% de las niñas, niños y adolescentes de la misma edad que habitaban en el país.

El 58.7% de las personas de entre 5 y 17 años que estaban ocupadas tenían de 15 a 17 años. En este rango de edad, el 11.6% de las mujeres adolescentes y el 25.1% de los hombres adolescentes se encontraban laborando.

Ø De acuerdo con datos del INEGI, dos millones de niños, niñas y adolescentes trabajaron en ocupaciones no permitidas; de estos, 71.2 % fueron hombres y 28.8 % mujeres.

Ø De los dos millones de niños, niñas y adolescentes que realizaron ocupaciones no permitidas, 43.5 % aportó ingresos a su hogar, 29.2 % no lo hizo porque no recibió remuneración, y 27.3 % no aportó, a pesar haber recibido un pago por su trabajo.

Ø El 29.1 % de las niños, niñas y adolescentes que realizaron ocupaciones no permitidas, lo hicieron porque su hogar necesita de su trabajo y de su aportación económica.

Estudio
52
de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes
27 Retomado de URL: {https://www.oecd.org/economy/panorama-economico-mexico/}. Consultado en septiembre de 2022.

Contexto Ambiental 07

53

Contaminación y cambio climático

De acuerdo con información publicada en 2018 por el Gobierno de la República28, en el país ya se pueden observar las siguientes consecuencias derivadas del cambio climático:

Ø El país se ha vuelto más cálido desde la década de 1960.

Ø Las temperaturas promedio a nivel nacional aumentaron 0.85º C y las temperaturas invernales 1.3ºC.

Ø Se ha reducido la cantidad de días más frescos desde los años sesenta del siglo pasado y hay más noches cálidas.

Ø La precipitación ha disminuido en la porción sureste desde hace medio siglo.

A nivel global, según el informe del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC), se estima que las actividades humanas han causado un calentamiento global de aproximadamente 1.0 °C con respecto a los niveles preindustriales, con un rango probable de 0.8 °C a 1.2 °C; en este sentido, es probable que el calentamiento global llegue a 1.5 °C entre 2030 y 2052 si continúa aumentando al ritmo actual.

Los riesgos relacionados con el clima para los sistemas naturales y humanos son mayores con un calentamiento global de 1.5 °C que los que existen actualmente, pero dependen de la magnitud y el ritmo del calentamiento, la ubicación geográfica y los niveles de desarrollo y vulnerabilidad (IPCC, 2018 pág. 7).

En este sentido, conforme al informe de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), señaló que:

“Lo que es aún más preocupante es que los efectos del cambio climático están poniendo en grave peligro los derechos humanos. Desde los derechos a la salud, a la alimentación, al agua, a la vivienda, a la educación y a una vida cultural hasta los derechos al desarrollo y a la propia vida, el cambio climático constituye una amenaza para nuestra supervivencia. Las dramáticas consecuencias del cambio climático resultan aún más agudas para las personas y grupos en situación de vulnerabilidad, entre ellos pueblos indígenas, mujeres, niños y niñas, jóvenes, migrantes, personas con discapacidad, comunidades ribereñas y grupos de bajos ingresos, que se ven desproporcionadamente afectados por aquellas”. (CEPAL, 2019 pág.7)

Por su parte, el Índice de Riesgo Climático de la Infancia (CCRI) del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) reveló que 1,000 millones de niños están expuestos a un “riesgo extremadamente alto” de sufrir las consecuencias del cambio climático:

Ø 55 millones de niños están expuestos a la escasez de agua;

Ø 60 millones de niños están expuestos a los ciclones;

Ø 85 millones de niños están expuestos al Zika;

Ø 115 millones de niños están expuestos al Dengue;

Ø 45 millones de niños están expuestos a las olas de calor;

Ø 105 millones de niños están expuestos a la contaminación atmosférica.

28 Boletín electrónico disponible en URL: {https://www.gob.mx/inecc/acciones-y-programas/efectos-del-cambio-climatico#:~:text=Efectos%20del%20Cambio%20Clim%C3%A1tico%20en%20M%C3%A9xico&text=El%20 pa%C3%ADs%20se%20ha%20vuelto,y%20hay%20m%C3%A1s%20noches%20c%C3%A1lidas.}. Consultado en agosto de 2022.

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 54

El Comité recomienda que el Estado parte: Evalúe el impacto que la contaminación del aire, el agua, el suelo y la contaminación electromagnética tienen sobre la salud infantil y materna, como base para diseñar una estrategia en los niveles federal, estatal y local que esté provista de recursos, y que se realice en consulta con todas las comunidades y los pueblos indígenas en particular, para remediar la situación y reducir drásticamente la exposición a los contaminantes.

CRC/C/MEX/CO/4-5, párr. 52 (2015)

El Climate Action Tracker (CAT) es un análisis científico independiente que rastrea la acción climática de los gobiernos y crea una medición en relación con el objetivo del Acuerdo de París acordado a nivel mundial de mantener el calentamiento muy por debajo de los 2 °C y continuar los esfuerzos para limitar el calentamiento a 1.5 °C. Para agosto de 2022, fecha en que fue verificado este sitio29 México estaba ponderado como “Muy insuficiente” en la calificación general otorgada a través de esta medición, principalmente porque se considera que el actual gobierno prioriza el uso de combustibles fósiles y se han desmantelado las políticas e instituciones relacionadas con el clima.

Hablar de estos temas prioritarios para la infancia, se muestra necesario conocer su opinión. El 31 de octubre de 2021 inició la Conferencia de las Partes (COP, por sus siglas en inglés), de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) en la cual, se presentó la Declaración Global de la Juventud, que contó con 47,479 firmas de jóvenes de todo el mundo para exigir un cambio a los líderes mundiales y donde exigieron a los gobiernos que diseñen políticas climáticas efectivas alineadas con la

orientación científica, así como mecanismos de implementación que estén coordinados con la gobernanza local, que incluyan a todos los grupos sociales y que sean exigibles a largo plazo 30 .

Fenómenos naturales

Como se establece en el boletín “Protección social de la infancia frente a los desastres” de la CEPAL31, la infancia en América Latina y el Caribe, particularmente los que viven en contextos de pobreza, son altamente vulnerables a los desastres y experimentan sus efectos en forma desproporcionada y creciente.

Los efectos de los desastres incluyen enfermedades, lesiones, pérdidas de vidas humanas y daños en la infraestructura, además, provocan traumas debido al pánico y el estrés de vivir una experiencia catastrófica, la separación familiar, la interrupción de la normalidad de la vida cotidiana causada por el cambio de vivienda y escuela y la alteración de la dieta alimenticia (CEPAL, 2014).

Con el objetivo de contextualizar los debates sobre política climática en curso, especialmente las negociaciones climáticas internacionales, Germanwatch desarrolla el Índice Global de Riesgo Climático (IGRC), el cual es un análisis basado en uno de los conjuntos de datos más confiables disponibles sobre los impactos de eventos climáticos extremos y datos socioeconómicos asociados.

Los países con la clasificación más alta, son los más afectados por los fenómenos meteorológicos extremos y deben considerar el IGRC como una señal de advertencia de que están en riesgo de sufrir fenómenos frecuentes o catástrofes raras pero extraordinarias.

29 Climate Action Tracker. Disponible en URL: {https://climateactiontracker.org/countries/mexico/}. Consultado en agosto de 2022.

30 Global Youth Statement. Disponible en URL: {https://ukcoy16.org/global-youth-statement}. Consultado en septiembre de 2022.

31 Boletín disponible en URL {https://www.cepal.org/es/enfoques/proteccion-social-la-infancia-frente-desastres}. Consultado en agosto de 2022.

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 55

México se ubicaba en 2019 en la posición 54 del índice con un puntaje de 59.50 -que podría ser considerado como un término medio-, con un rango de 31 fatalidades promedio por cada 100,000 habitantes.

Por su parte, el Centro de Estudios de la Auditoría Superior de la Federación, emitió el estudio número 1522-gb “La agenda internacional y las acciones de México ante el cambio climático”, en 2020, donde incluye los siguientes datos:

Ø En 2013, la OCDE estimó que alrededor de 15.0% del territorio de México, 68.0% de su población y 71.0% de su PIB están expuestos a los efectos negativos del cambio climático.

Ø De acuerdo con el CENAPRED, los desastres se miden por los impactos económicos que generan daños y pérdidas, así como por las afectaciones en el ámbito social (personas heridas y defunciones; casas, escuelas y hospitales dañados, entre otros).

Ø De 2000 a 2020, la población afectada alcanzó 59.2 millones de personas evacuadas, heridas o desaparecidas; los daños fueron en 2,103,595 viviendas, 41,405 escuelas y 1,874 unidades de salud y los costos estimados ascendieron a 576,311 millones de pesos (MDP) corrientes.

En 2019, UNICEF, en conjunto con el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, el Fondo para la Comunicación y la Educación Ambiental A.C., y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, elaboraron los Manuales para estudiantes y docentes de secundaria titulados “El Cambio Climático y mis derechos”32 que contiene un apartado sobre “Escuela preparada. Escuela Segura”, buscando fomentar una cultura de prevención, y brindando elementos para responder en caso de emergencias y desastres.

28 Manuales disponibles para descarga en URL{https:// www.unicef.org/mexico/informes/el-cambio-clim%C3%A1tico-y-mis-derechos}. Consultado en agosto de 2022.

56

08

Análisis de niñas, niños y adolescentes en riesgo y sin cuidados parentales

57

Hubiera estado bastante bueno que alguien hablara con mi mamá. Sí, aunque no sé qué habría sido bueno, no sé, algo como alguna plática reconstructiva de cómo entenderse en familia, porque pues al menos de mi parte, sé que eso es muy bueno. Mi mamá siempre decía que debían escuchar a los niños y darles su espacio o su lugar es necesario-.

Participante de la Aldea Infantil SOS Tuxtla, 15 años de edad.

Composición de población en alojamientos asistenciales

Según el apartado sobre Alojamientos de asistencia social en México del Censo de Población y Vivienda 2020, en los 8,500 alojamientos en el país, se tiene una población usuaria total de 194,284 personas.

Acotando este universo a las Casas hogar para menores de edad tenemos un total de 1,000 centros con una población usuaria de 24,574 personas, de las cuales el 46.7% son hombres y 53.3% son mujeres, además de 11,465 trabajadoras y trabajadores y 8,933 voluntarias y voluntarios.

Estudio de la Situación de
Derechos
Niños, Niñas
Adolescentes 58
los
de
y
Tabla. Alojamientos de asistencia social, población usuaria, trabajadores y voluntarios por entidad federativa y clase de alojamiento según sexo, 2020.
Clase de alojamiento Alojamientos de asistencia social Población usuaria Trabajadoras(es) Voluntarias(os) Total Hombres % Mujeres % Total Hombres % Mujeres % Total Hombres % Mujeres % Total 8500 194,284 67.68 32.32 61,612 37.80 62.20 51,840 52.52 47.48 Casa hogar para niños, niñas y adolescentes 1,000 24,574 49.79 53.21 11,465 22.62 77.38 8,933 35.64 64.36
Fuente: INEGI. Tabulados del Características de los Alojamientos de Asistencia Social 2020.
Niñas, Niños y Adolescentes que perdieron el cuidado familiar
Desde tu experiencia, imaginando antes de que tú, desafortunadamente tuvieras que irte con tus hermanos a la Aldea de Tuxtla, ¿qué te hubiera gustado que alguien hablara con tu mamá?

Sin embargo, las niñas y niños no solamente están en las casas hogar, pues tenemos de esta forma una población total de 52,917 niños, niñas y adolescentes, en todo tipo de alojamientos.

Tabla. Población usuaria total a nivel nacional en alojamientos de asistencia social y población de 0 a 17 años por clase de alojamiento y según sexo, 2020.

59
Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes
Alojamiento Población usuaria total Proporción de población usuaria total de 0 a 17 años Población usuaria total de 0 a 17 años Proporción de 0 a 17 años femenina Proporción de 0 a 17 años masculina TODOS 192,832 27.44 52,917 47.58 52.42 Casa hogar para niños, niñas y adolescentes 24,574 89.42 21,973 52.30 47.70 Albergue para indígenas 20,100 85.17 17,119 49.01 50.99 Albergue para migrantes 8,661 29.97 2,596 47.15 52.85 Albergue para mujeres o víctimas de violencia intrafamiliar 830 49.88 414 77.78 22.22 Albergue o dormitorio público para personas en situación de calle 3,907 7.19 281 56.94 43.06 Centro de rehabilitación para personas con adicciones 89,883 7.04 6,329 23.70 76.30 Hospital psiquiátrico, centro o residencia para personas con trastornos mentales o discapacidad mental 5,075 3.72 189 42.33 57.67 Hospital o residencia para personas con enfermedades incurables o terminales 2,153 6.13 132 50.76 49.24 Albergue para familiares de personas hospitalizadas o que reciben tratamiento médico en hospitales 2,680 13.02 349 49.57 50.43 Otra clase de albergue para población vulnerable 7,379 47.01 3,469 50.27 49.73 Casa hogar para adultos mayores 27,590 0.24 66 42.42 57.58
Fuente: INEGI. Tabulados del Características de los Alojamientos de Asistencia Social 2020.

En primer lugar, podemos ver que de la población total de 24,574 personas en casas hogar -sin contar a personal trabajador y voluntariado-, 21,973 son personas tienen entre 0 y 17 años, por lo que poco más del 10% de la población usuaria es mayor de edad.

Por otro lado, resalta que hay un alto número de niñas, niños y adolescentes en albergues para personas indígenas, representando el 85% de la población usuaria de estos centros de alojamiento.

De igual forma, la población de niños, niñas y adolescentes es casi la mitad de las personas usuarias en albergues para mujeres o víctimas de violencia intrafamiliar (49.8%) y en otra clase de albergues para población vulnerable (47%).

En estos casos, es importante hacer un análisis aparte respecto a por qué estas niñas, niños y adolescentes, por el solo hecho de ya estar en un alojamiento de asistencia social, son susceptibles a una pérdida de cuidado familiar.

En el caso de otra clase de albergues para población vulnerable, el INEGI los define como establecimientos o edificaciones que se improvisa para proporcionar alojamiento temporal comunitario a población afectada por diversas situaciones, como catástrofes, que ha sido obligada a dejar sus viviendas particulares por intimidación o violencia. Sobre estos alojamientos, la población de niños, niñas y adolescentes, el 9.8% tiene entre 0 y 5 años de edad, el 36.6% entre 6 y 11 años de edad, y el 53.5% está en la adolescencia.

También es necesario destacar las diferencias de género. Si bien puede parecer evidente que en un albergue para mujeres o víctimas de violencia intrafamiliar el 77.78% de la población usuaria sea una niña o adolescente, es importante ver que el 25.6% de la población usuaria total de estos centros, son adolescentes, y el 91% es mujer adolescente, por lo cual posiblemente no este acompañando a una persona adulta, sino sea víctima directa de la violencia.

En el caso de los albergues para personas migrantes, la población infantil representa casi el 30% de la población usuaria, y si bien parece haber una paridad en la distribución entre grupos de edad (36.2% tiene entre 0 y 5 años; 31.7% 6 y 11 años; y 32.01% de 12 a 17 años), podemos notar las diferencias de género entre la población adolescente, pues de este grupo, casi el 60% es un niño o adolescente, el cual, podría estar viajando solo.

Finalmente, se destaca que los Centros de rehabilitación para personas con adicciones atienden a casi la mitad (46.6%) de la totalidad de la población usuaria de alojamientos sociales en México. Si bien solo el 7% de la población usuaria en centros de adicciones es menor de edad, el 96% de ellas y ellos está en la adolescencia, mostrándonos la importancia de la prevención, además de destacar que, de este grupo, el 76% es un niño o adolescente.

En cuanto al origen de las niñas, niños y adolescentes, revisando su país de procedencia, notamos que la mayoría de quienes están en los centros son de origen mexicano, a excepción únicamente de la población que está en albergues para migrantes, donde el 47.45% de las niñas y niños tienen registro de nacimiento en otro país.

Estudio
Situación
60
de la
de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

Tabla. Proporción de población usuaria por entidad federativa, clase de alojamiento y grupos de edad según condición de registro de nacimiento, 2020.

Fuente: INEGI. Tabulados del Características de los Alojamientos de Asistencia Social 2020.

61
Clase de alojamiento Grupos de edad Población usuaria Con registro en el país Sin registro Con registro en otro país No especificado Casa hogar para niños, niñas y adolescentes Total 24,574 94.04 1.80 1.32 2.84 00-09 años 9,218 91.35 3.32 0.75 4.58 10-17 años 12,755 95.47 0.89 1.48 2.16 18-24 años 1,452 98.14 0.83 0.96 0.07 Albergue para indígenas Total 20,100 97.46 0.24 0.26 2.03 00-09 años 4,166 96.40 0.58 0.05 2.98 10-17 años 12,953 97.53 0.08 0.34 2.05 18-24 años 1,906 98.53 0.26 0.26 0.94 Albergue para migrantes Total 8,661 47.45 1.12 43.03 8.39 00-09 años 1,517 54.25 1.85 37.05 6.86 10-17 años 1,079 48.29 1.02 45.69 5.00 18-24 años 1,606 48.01 0.75 40.85 10.40 Albergue para mujeres o víctimas de violencia intrafamiliar Total 830 95.18 2.05 2.05 0.72 00-09 años 160 90.63 6.88 1.88 0.63 10-17 años 254 95.67 0.79 3.15 0.39 18-24 años 141 97.16 0.00 1.42 1.42 Otra clase de albergue para población vulnerable Total 7,379 91.98 1.11 1.98 4.93 00-09 años 1,085 84.52 1.75 2.30 11.43 10-17 años 2,384 89.81 1.05 2.31 6.84 18-24 años 1,428 95.66 0.35 0.98 3.01 Refugio para mujeres, sus hijas e hijos en situación de violencia Total 1,452 94.08 2.55 2.69 0.69 00-09 años 658 93.16 3.65 1.82 1.37 10-17 años 287 92.68 3.83 3.48 0.00 18-24 años 166 93.37 1.20 5.42 0.00

Egresos

Ay no, la verdad. Yo creería que ya no seguiría estudiando, porque la prioridad sería cómo encontrar un trabajo para poder pagar una renta. Es que no tengo nada. Afortunadamente, pues salí a una comunidad donde tuve techo seguro.”-

Participante de Comunidad Juvenil en Morelia. 18 años de edad.

Los tiempos de estancia en estos centros también son variados: en una casa hogar, el 18.1% de las personas usuarias permanece entre 4 meses a menos de un año; el 16.5% un año, y el 17.1% entre 6 y más años.

Gráfica. Tiempo de residencia en el albergue casa hogar para menores de edad, 2020.

a 3 meses

1 semana a menos de 1 mes

Fuente: Elaboración propia con datos de INEGI. Tabulados del Características de los Alojamientos de Asistencia Social 2020.

Sobre la población afrodescendiente, en México, solamente el 3.7 % de la población usuaria de alojamientos de asistencia social se considera afromexicana o afrodescendiente, un porcentaje muy similar a la población usuaria en casas hogar (3.3%). Las entidades con mayor población identificada como afrodescendiente en casas hogar para personas menores de edad, están en los alojamientos de Baja California Sur (21.2%) y Tamaulipas (14.91%).

A nivel nacional el porcentaje más alto de autoadscripción de población usuaria lo encontramos en albergues para migrantes, con un 12.9% de población que se considera afromexicana o afrodescendiente.

Estudio de la Situación de
Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 62
los
0.0 5.0 10.0 15.0 20.0 No especificado 1,54 5,52 6,62 8,96 14,09 16,58 18,19 7,83 2,03 1,50 17,14 6
5
4
3
2
1
y más años
años
años
años
años 1 año 4 meses a menos de 1 año
Menos
de una semana
“ “
¿Te imaginas que hubiera sido de ti si no existiera la Comunidad Juvenil? ¿Qué crees que hubiera sido de ti?

Educación

El 85% de la población usuaria de casas de hogar, de las edades de 3 a 29 años, presentan condición de asistencia escolar (el 53.5% de la población usuaria que asiste es mujer y el 46.4% es hombre). Revisando por grupos de edad, podemos ver que del grupo de 3 a 5 años la asistencia total es del 72.1%, regularizándose para el grupo de 6 a 12 años con un 90.8%, bajando en el grupo de edad de 13 a 17 (86.4%) y decayendo aún más en el grupo de 18 a 22 años con un 65% y más con el grupo de 23 a 29 años con un 28.6%

Gráfica. Porcentaje de población usuaria de 3 a 29 años en casas hogar para niños, niñas y adolescentes con condición de asistencia escolar, según grupos de edad y sexo, 2020.

Fuente: Elaboración propia con datos de INEGI. Tabulados del Características de los Alojamientos de Asistencia Social 2020.

En cuanto al nivel educativo en el resto de alojamientos de asistencia social, el 61.12% de las y los usuarios de 15 años y más, cuenta con educación básica, el 18.5% cuenta con educación media superior y el 7.42% con educación superior, a nivel nacional. En las casas hogar para niños, niñas y adolescentes, solo el 55.43% de la población de 15 años y más, tiene educación básica.

Los alojamientos que presentan mayor porcentaje de educación básica, son los centros para personas con adicciones, donde el 70% de las personas usuarias de 15 años y más tienen estos estudios, seguidos por los albergues para migrantes con el 69.2%, y el 68.2% de la población en centros para mujeres, sus hijas e hijos.

Estudio
Situación
Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 63
de la
de los
0.0 20.0 10.0 30.0 40.0 50.0 60.0 70.0 80.0 90.0 100.0 Asisten total Asisten hombres Asisten mujeres 3-5 años 85,02 46,47 53,53 72,11 48,67 51,33 90,89 48,05 51,95 86,42 44,37 55,63 64,80 38,86 61,14 28,63 39,13 60,87 6-12
13-17
18-22
23-29
años
años
años
años

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

Gráfica. Población usuaria de 15 años y más a nivel nacional por clase de alojamiento según nivel de escolaridad básica, 2020.

Por el contrario, respecto a los alojamientos en donde las personas presentan mayor incidencia de No escolaridad, es en los alojamientos para personas con trastornos mentales con un 49.1% de las personas usuarias de 15 años y más sin estudios, el 42.2% en los hospitales o residencia para personas con enfermedades incurables o terminales y el 33.9% de la población en alojamientos para personas en situación de calle.

Autosuficiencia

En las casas hogar para niños, niñas y adolescentes, se proporcionan diversos servicios que pueden ayudar a detectar habilidades para las personas egresadas, sin embargo, no hay datos oficiales acerca de la implementación de planes de vida, y mucho menos sobre la condición de empleo de las personas egresadas de los centros.

En este sentido, 88.6% de las casas ofrecen servicios educativos y 79.2% talleres de manualidades.

64
Fuente: Elaboración propia con datos de INEGI. Tabulados del Características de los Alojamientos de Asistencia Social 2020.
0.0 10.0 20.0 30.0 40.0 50.0 60.0 70.0 80.0 Para mujeres, sus hijas e hijos 22,13 17,53 32,18 10,65 19,32 24,78 29,53 23,77 41,03 10,06 32,60 14,57 25,27 6,80 28,63 15,31 25,00 1,35 11,57 12,78 27,87 5,82 22,13 8,96 27,61 4,00 16,63 8,00 36,97 2,85 10,64 1,93 12,58 2,87 30,85 8,65 5,88 18,83 36,94 Para población vulnerable Para familiares de personas hospitalizadas Hospital o residencia Para personas con trastornos mentales Para personas con adicciones Para personas en situación de calle Para mujeres Para migrantes Para indígenas Para adultos mayores Para menores de edad
Total
Preescolar Primaria Secundaria incompleta Secundaria completa Secundaria no especificado

Orientación

Desafortunadamente, no tenemos datos sobre otro tipo de capacitaciones que sirvan para la autosuficiencia de las y los jóvenes durante su estancia en los centros de alojamiento, ni posterior a su egreso. Si bien los tabulados nos indican la disponibilidad de servicios importantes como orientación en salud sexual y reproductiva (79.4); terapia grupal o pláticas grupales (85.1); y apoyo psicológico (89.1); no encontramos orientación vocacional para las y los jóvenes y/o apoyos para la transición a la vida adulta, como becas.

Fuentes de sostenimiento CAS

Por otro lado, podemos ver que, como fuente de sostenimiento de los alojamientos, un 13% de las casas hogar elabora productos hechos por las y los residentes, al igual que el 17.2% de quienes residen en albergues para mujeres o víctimas de violencia intrafamiliar y un 9.26% de los refugios para mujeres, sus hijas e hijos en situación de violencia.

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 65
Gráfica. Proporción de servicios para las(os) usuarias(os) de Casas Hogar en México, 2020. Fuente: Elaboración propia con datos de INEGI. Tabulados del Características de los Alojamientos de Asistencia Social 2020.
0.0 20.0 40.0 60.0 80.0 100.0 120.0 Transporte o traslados 98,00 88,40 88,30 88,40 88,60 79,20 79,40 79,10 81,00 85,10 89,10 70,80 93,30 66,10 33,50 20,20 20,50 18,60 14,50 10,50 1,60 11,20 11,20 11,00 20,40 28,80 6,30 11,30
religiosa Apoyo psicológico Terapia grupal o pláticas grupales Orientación en salud sexual y reproductiva Apoyo jurídico o en derechos humanos Actividades recreativas Ejercicio o terapia física Talleres de manualidades Servicios educativos Medicamentos Servicio médico Vestido o calzado Alimentos Estados Unidos Mexicanos

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

Tabla. Alojamientos de asistencia social por clase de alojamiento y proporción según fuentes de sostenimiento disponibles en el último año, 2020.

Fuente: Elaboración propia con datos de INEGI. Tabulados del Características de los Alojamientos de Asistencia Social 2020.

66

Adopciones

De acuerdo con cifras de los reportes semestrales de adopción del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF), en México se pasó de 214 solicitudes (recibidas y en trámite) en 2015, a 172 en 2021; en el primer semestre de 2022, el SNDIF tuvo 110 solicitudes en total.

Únicamente en los años 2018 y 2019 se tuvieron menos de 100 trámites. Si bien se puede detectar que no existe una variación importante en el periodo de 2015 a 2020, si es importante visibilizar que las solicitudes en trámite mantienen índices altos.

Gráfica. Solicitudes recibidas y solicitudes en trámite de adopción nacional e internacional, 2015-2022.

Fuente: Elaboración propia con datos del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.

Respecto al porcentaje de solicitudes de adopción con resolución sobre la no emisión del Certificado de Idoneidad, en relación tanto a las solicitudes recibidas y las solicitudes en trámite, en 2021 el porcentaje de solicitudes de adopción con resolución sobre la no emisión del Certificado en adopciones nacionales, fue de 4.3%; mientras que en 2021 fue de 18.7 %; y en 2020 de un 23.4%.

En cuanto a las solicitudes de adopción con resolución sobre la improcedencia, en relación tanto a las solicitudes recibidas y las solicitudes en trámite, en 2021 el porcentaje de solicitudes de adopción con resolución sobre la improcedencia en adopciones internacionales, ha sido de 0% de 2020 a la fecha, sin embargo, en 2019 el porcentaje se elevó a 14.3%.

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 67
2015 Internacional 2015 Nacional 2016 Internacional Solicitudes recibidas Solicitudes en trámite 2016 Nacional 2017 Internacional 2017 Nacional 2018 Internacional 2018 Nacional 2019 Internacional 2019 Nacional 2020 Internacional 2020 Nacional 2021 Internacional 2021 Nacional 2022 Internacional (Enero-... 2022 Nacional (Enero-Junio... 5 69 128 12 5 12 5 4 3 4 4 5 3 7 5 5 97 102 28 45 29 35 29 62 79 83 53 47 6 19 21 127 0 40 20 60 80 100 120 140

Finalmente, el porcentaje de adopciones nacionales concluidas en 2022, en relación tanto a las solicitudes recibidas y las solicitudes en trámite, es de un 12% en lo que va del año, a comparación de solo el 6.2% en 2021.

Respecto al sexo de las niñas y de los niños cuyos procesos de adopción fueron concluidos, como se puede ver en las gráficas, se detecta una prevalencia en la adopción a niñas, sin embargo, tampoco existe un equilibro en la serie de datos disponibles de 2015 a 2022, pues salvo que en el año 2018 el 100% de las adopciones fueron niños, en el resto de los años los porcentajes varían. En lo que va de 2022, el 25% de las adopciones han sido niños y el 75% niñas.

Gráfica. Proporción de adopciones nacionales por sexo, 2015-2022.

Fuente: Elaboración propia con datos del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.

En cuanto a las adopciones nacionales de las niñas, los datos del SNDIF establecen tres grupos de edad. Podemos ver que en la serie de 2015 a 2022, hay un predominio en la adopción de las niñas entre 0 y 8 años 11 meses de edad, pues solamente en 2018 y 2020, se presentaron adopciones de niñas adolescentes. En el primer semestre de 2022, el 66.7% de las adopciones de niñas tienen entre 5 y 8 años 11 meses de edad; y el 33.3% entre 0 y 4 años 11 meses de edad:

Gráfica. Proporción de adopciones nacionales en niñas, por grupo de edad de 2015-2022.

Fuente: Elaboración propia con datos del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.

Estudio
68
de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes
2022 (Enero-Junio) 2021 2020 2019 2018 2017 2016 2015 Niñas Niños 0.0 20.0 40.0 60.0 80.0 100.0 120.0 140.0 160.0 25,0 75,0 50,0 50,0 45,0 45,0 80,0 20,0 80,0 20,0 87,5 12,5 85,7 14,3 50,0 100,0 2022 (Enero-Junio) 2021 2020 2019 2018 2017 2016 2015 Niñas de 0 - 4 años 11 meses Niñas de 5 - 8 años 11 meses Niñas y adolescentes mujeres de 9 - 18 años 0.0 50.0 100.0 150.0 33,3 66,7 40,0 60,0 40,0 40,0 20,0 25,0 75,0 25,0 50,0 28,6 42,9 16,7 83,3 14,3 28,6 57,1

Respecto a los niños, los datos del SNDIF establecen cuatro grupos de edad en las adopciones nacionales. Podemos ver que en la serie de 2015 a 2022, hay un predominio en la adopción de los niños entre 0 y 8 años 11 meses de edad, coincidiendo en la edad predominante de adopción de las niñas. Sin embargo, a diferencia de las niñas, y si bien con un comportamiento atípico, un poco más de adopciones de niños adolescentes adoptados a partir de 2018. Para el primer semestre de 2022, el 66.7% de los niños adoptados a nivel nacional tiene entre 0 y 4 años 11 meses de edad; el 22.2% entre 5 y 8 años 11 meses de edad, y el 11.1% entre 9 y 13 años de edad.

Finalmente, no se detecta un patrón respecto al sexo o las edades en las adopciones tanto a nivel nacional como internacional:

Gráfica. Proporción de adopciones nacionales en niños, por grupo de edad de 2015-2022.

Niños y adolescentes hombres de 14 - 18 años

Niños de 0 - 4 años 11 meses

Niños de 5 - 8 años 11 meses Niños y adolescentes hombres de 9 - 13 años

Finalmente, no se detecta un patrón respecto al sexo o las edades en las adopciones tanto a nivel nacional como internacional:

Gráfica. Número de adopciones concluidas a nivel internacional, por sexo y grupo de edad, 2015-2022.

11

11

Fuente: Elaboración propia con datos del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.

Estudio de la Situación de
Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 69
los
2022 (Enero-Junio) 2021 2020 2019 2018 2017 2016 2015 0.0 20.0 40.0 60.0 80.0 100.0 120.0 66,7 22,2 11,1 80,0 20,0 20,0 40,0 40,0 100,0 100,0 100,0 100,0 50,0 28,6 7,1 14,3
Periodo Total de Niñas Niñas de 04 años 11 meses Niñas de 5-8 años
meses Niñas y adolescentes mujeres de
años Total de Niños Niños de
meses Niños
meses Niños
adolescentes hombre de
años Niños y adolescentes hombres de 14
años 2022 0 0 0 0 0 0 0 0 0 2021 0 0 0 0 0 0 0 0 0 2020 7 0 6 1 5 0 4 1 0 2019 0 0 0 0 2 0 2 0 0 2018 0 0 0 0 0 0 0 1 0 2017 0 0 0 0 0 2016 0 0 0 0 0 0 0 0 0 2015 0 0 0 0 1 0 0 1 0
11
9 -18
04 años
de 5-8 años
y
913
18

Infancias en orfandad en la coyuntura del COVID-19

- La pandemia profundizó un modelo que dejó a un costado a los niños y debemos aprender que una respuesta a un problema de la entidad como fue el COVID, necesita de una respuesta holística y los niños tienen que tener un lugar específico, siendo el punto de los niños institucionalizados también, el aislamiento profundizó el aislamiento de estos niños institucionalizados, y eso es un evento grave. Ya lo decíamos, los niños necesitan tener contacto con otros niños, compartir con otros niños, la socialización es central en la etapa de la vida que están viviendo, y privarlos de eso fue grave, y es más grave cuando en niños que ya están segregados la segregación se vuelve todavía mucho más dura y violenta, por decirlo de alguna forma-.

Luis Pedernera, Integrante del Comité de los Derechos del Niño.

En el entendido de que las pandemias tienen efectos secundarios, como niñez sin cuidado parental por motivos de orfandad, The Lancet realiza unas estimaciones de la magnitud de este problema resultante de COVID-19.

Su metodología consiste en datos de mortalidad y fertilidad para modelar estimaciones mínimas y tasas de muertes asociadas con COVID-19 de cuidadores primarios o secundarios de niños menores de 18 años en 21 países, considerando a los padres como a la personas cuidadores principales o abuelos custodios; y los abuelos o parientes mayores que residen juntos como cuidadores secundarios34.

México era uno de los primeros países donde al menos 1 de cada 1,000 niños había perdido a su cuidador principal.

El número de niñas y niños huérfanos superó el número de muertes entre los de 15 a 50 años.

Entre dos y cinco veces más niñas y niños, tenían padres fallecidos, que madres fallecidas.

34 Nota metodología completa disponible en URL: {https://www.thelancet.com/action/showPdf?pii=S0140-6736%2821%2901253-8}. Consultado al 14 de agosto de 2022.

Estudio
Situación
70
de la
de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes
“ “

Para agosto de 2022, según estas estimaciones, en México hay un total de 213,700 niñas, niños y adolescentes que perdieron a uno o ambos padres o madres; 227,600 que perdieron a ambos padres o un/a abuelos custodio; y, 315,800 que perdieron a uno o ambos padres, muerte de los abuelos con custodia y/o muerte de otros abuelos convivientes.

Más allá de las necesarias cifras de niñas, niños y adolescentes que han perdido a familia a causa del COVID, como bien apunta el estudio, la gravedad se encuentra en que estas infancias corren un mayor riesgo de separación familiar e institucionalización.

Infancias en orfandad por feminicidio

En agosto de 2021, Segob, SNDIF, Inmujeres y Conavim presentaron el Protocolo Nacional de Atención Integral a Niñas, Niños y Adolescentes en Condición de Orfandad por Feminicidio, con el fin de orientar y facilitar la actuación del personal encargado de la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en situación de orfandad por feminicidio, y garantizar su restitución mediante la prestación de servicios legales, médicos y de asistencia social.

A continuación, se presentan las cifras ubicadas respecto a la orfandad por feminicidio, según diversas fuentes y/o notas periodísticas, y la explicación de sus cálculos:

Ø

CNDH: “LAS VÍCTIMAS INDIRECTAS DE FEMINICIDIO EN LAS LEYES DE VÍCTIMAS. EL CASO DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES”35. “En fuentes periodísticas se ha estimado que la cifra de niñas, niños y adolescentes en orfandad por feminicidio en 2018 pudo haber llegado a ser de más de 3,300. “La anterior cifra se obtuvo de multiplicar los feminicidios y homicidios dolosos contra mujeres, 1,500 según el registro del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), por la tasa de natalidad, de 2.21 hijos por mujer según la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica (ENADID). Siguiendo esta lógica, el año pasado [2018] hubo más de 8,100 huérfanos. Algunas mujeres asesinadas no tenían hijos, pero otras tenían hasta cinco, por lo cual incluso estimaciones a la baja, de quienes cuentan un niño por mujer, dan más de 3,600 huérfanos en 2018” (pág. 2).

Ø ONCE NOTICIAS DIGITAL “Niños huérfanos son la otra cara de los feminicidios” 36

35 Boletín disponible en URL: {https://igualdaddegenero.cndh.org.mx/Content/doc/Observancia/RML_orfandad-feminicidio.pdf}. Consultado en septiembre de 2022.

36 Disponible en URL: { https://oncenoticias.digital/reportajes-especiales/ninos-huerfanos-son-la-otra-cara-de-los-feminicidios/#:~:text=En%20tanto%20que%2C%20el%20Gobierno,Prevenir%20y%20Erradicar%20la%20Violencia}. Consultado en agosto de 2022

Estudio
Adolescentes 71
de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y
97,951 Solo padre 33,342 Solo madre 5,342 4,429
Abuelo
Ilustración 1: Pérdida de cuidadores primarios por muertes asociadas por COVID-19 de marzo 2020 a abril 2021 en México.
Solo abuela con custodia
con custodia

“En tanto que, el Gobierno de México ha censado a 4,966 niños, niñas y adolescentes en orfandad por el asesinato de sus madres a manos de sus parejas o exparejas desde diciembre de 2018 hasta marzo de 2021, según datos de las fiscalías de los estados, recabados por la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim). El informe del organismo, dependiente de la Secretaría de Gobernación (Segob), muestra que, si se suman los datos provisionales de abril (104 niños y adolescentes más), la cifra alcanza los 5,072 huérfanos por feminicidios en México”.

Ø DESINFORMEMONOS.ORG “México arrastra pendientes con infancia en orfandad por feminicidio” 37.

“Hasta marzo de 2021, el Instituto Nacional

de las Mujeres (Inmujeres) ubicó, por medio de solicitudes de información a las fiscalías locales, 796 casos de niñas, niños y adolescentes en orfandad por feminicidio. Este dato corresponde al registro de enero a diciembre de 2019 y solo es de 23 de los 32 estados de la República, ya que –de acuerdo con declaraciones de la presidenta del Inmujeres, Nadine Gasman Zylbermann — no todas las instituciones atendieron la solicitud de entrega de datos y muchas entidades tenían múltiples registros sin formatos claros. Por otra parte, el Registro Nacional de Víctimas (Renavi), de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, contabilizó de 2014 al 13 de febrero de 2020 a 59 niños, niñas y adolescentes como víctimas indirectas de feminicidio. Es decir, en 6 años el Renavi apenas incluyó cerca de 7% del total de casos localizados en 2019 por el Inmujeres.”

Niñas, niños y adolescentes en riesgo de perder el cuidado familiar

…hay una población en riesgo de perder los cuidados parentales en donde las intervenciones son más específicas y que va más en el sentido de protección del derecho. Se necesita de intervenciones técnicas, pero también apoyos, no solo técnicos, sino también financieros, de infraestructura, de traslado, de garantías alimenticias, rendimientos, etc. Todos aquellos apoyos necesarios para que la familia, ya sea de origen, o incluso extensa, pueda hacerse cargo de su rol. Y un tercer nivel que tiene que ver más con la sustitución de la familia de origen, y bueno, ahí tenemos todo un abanico de cosas que van desde las adopciones, que yo creo que son muy limitadas ... La familia solidaria y de acogida, que es la experiencia que esta en este momento, que parece tener mucho potencial, pero no se ha desarrollado aún como para competir realmente con la propia institucionalización; la familia extensa en términos morales; y las instituciones de institucionalización que es algo que toda la evidencia muestra que es negativo y es cara, pero que sin embargo, se mantiene y que cuesta mucho disminuirlo.

Disponible en URL: {https://desinformemonos.org/mexico-arrastra-pendientes-con-infancia-en-orfandad-por-feminicidio/}. Consultado en agosto de 2022.

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 72
37
Víctor Giorgi, Director General del Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescentes (IIN).
“ “

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

Pronunciamiento sobre la situación del derecho a vivir en familia de los niños, niñas y adolescentes en América Latina y el Caribe.

Los principales motivos de separación identificados entre los factores socioculturales están:

Negligencia Ausencia de cuidador/a adulto /a por abandono, migración, o privación de libertad

Consumo problemático de sustancias psicoactivas

Maltrato infantil

Violencia intrafamiliar Abuso y explotación sexual

Discapacidad severa Trastornos de salud mental

73

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

Según datos de la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU)38, el porcentaje de la población de 18 años y más que durante junio de 2022 se sintió insegura en su ciudad es de un 67.4%.

Además, en la misma encuesta, el porcentaje de la población de 18 años y más que cambió su hábito de permitir que niñas, niños y adolescentes salieran de su vivienda por temor a ser víctima de la delincuencia, es de casi la mitad de la población (48.9%).

A continuación, se presentan problemáticas que pueden presentarse a nivel internacional, nacional, local, e incluso en cada vivienda donde habitan niñas, niños y adolescentes.

Maltrato infantil

De acuerdo a la Consulta Infantil y Juvenil 202139 que organizó el Instituto Nacional Electoral (INE), en la Consulta Infantil y Juvenil 2021 (CIJ 2021), los resultados que se muestran a continuación.

Del grupo de 3 a 5 años, respondió que recibe cuidado de personas adultas en su contexto familiar (más del 60 % recibe cuidados de las madres y 37 % del padre).

Poco más del 19 % (casi la quinta parte) reciben cuidado de sus hermanas o hermanos.

2.6 % de participantes entre 3 y 5 años les cuida otra persona (familia extensa, vecinos, guardería).

En cuanto al grupo de 6 a 9 años, cuando se le preguntó: ¿Cómo te sientes cuando están con ciertas personas? Las dos figuras con quienes niñas y niños de estas edades sienten más felicidad, miedo y tristeza se presentan en la siguiente gráfica:

39 Este ejercicio congregó a 6,976,839 niñas, niños y adolescentes de entre 3 y 17 años de edad, mediante cuatro versiones de boletas diseñadas de acuerdo con las características específicas de desarrollo cognitivo y socioemocional de los siguientes grupos etarios: 1) 3 a 5; 2) 6 a 9; 3) 10 a 13; y, 4) 14 a 17 años. La aplicación fue en modalidad mixta: virtual o presencial.

74

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

Sobre el grupo de grupo de 10 a 13 años, respecto a la pregunta ¿Quiénes te cuidan mejor? Respondieron lo siguiente: Madre

75
Él o ella misma
Padre 42 %
%
Madre Felicidad Abuela Abuelo Padre 24 % 26 % 25 % 25 % Madre Tristeza Abuela Abuelo Padre Madre Miedo Abuela Abuelo Padre Hermano Hermana 22 % 21 % 16 % 14 % 10 % 9 % 8 % 57 % 16 % 14 % 13 % Madre Felicidad Abuela Abuelo Padre 24 % 26 % 25 % 25 % Madre Tristeza Abuela Abuelo Padre Madre Miedo Abuela Abuelo Padre Hermano Hermana 22 % 21 % 16 % 14 % 10 % 9 % 8 % 57 % 16 % 14 % 13 % Madre Felicidad Abuela Abuelo Padre 24 % 26 % 25 % 25 % Madre Tristeza Abuela Abuelo Padre Madre Miedo Abuela Abuelo Padre Hermano Hermana 22 % 21 % 16 % 14 % 10 % 9 % 8 % 57 % 16 % 14 % 13 % Gráfica. Cuidado.
Abuelo
11
19 % 28 %

Sobre este grupo de edad, se recibieron 12,505 respuestas (0.48% del total del grupo) expresando que no les cuida nadie; 0.5% de las niñas y las adolescentes, y 0.48% de los niños y los adolescentes.

Quienes tienen entre 14 y 17 años muestran un patrón similar, aunque aumentan las proporciones de quienes marcan que no les cuida nadie (0.87%) o que se cuidan mejor por sí mismas y por sí mismos (27.02%).

Si quisiéramos hacer un comparativo histórico, en la misma consulta, en 2012, un total el 12.8% niñas y niños de 6 a 9 años que participaron, respondieron Sí a la afirmación: “Yo siento que en mi casa me maltratan y me pegan”; para el rango de edad de 10 a 12 años, el 8.2% señaló la misma afirmación; y el 6.4% del grupo de 13 a 15 años.

Por otra parte, el 11.1% de niñas y niños de 6 a 9 años respondieron que Sí a la afirmación “Yo siento que en mi casa tocan mi cuerpo y me dicen que no lo cuente”, al igual que el 7.5% del grupo de 10 a 12 años, y un 6.3% del grupo de 13 a 15 años.

Para la consulta de 2015, se cambió la estructura de las afirmaciones en las consultas, omitiendo la referente al abuso sexual en la población de 6 a 9 años. El segundo grupo se extendió quedando de 10 a 13 años y el tercer grupo de edad correspondió a las y los adolescentes de 14 a 17 años. Así mismo, los resultados presentados no mostraron desagregación en las respuestas por sexo.

De esta manera, la afirmación en común para los tres grupos de edad corresponde a la frase “No me siento segura (o seguro) en mi casa” que obtuvo un 3.9% de respuesta afirmativa en el grupo de 6 a 9 años; 2.9% en el caso de la población de 10 a 13 años; y un 4.4% en las y los adolescentes de 14 a 17 años.

En el caso de la población de 10 a 13 años, la consulta presentaba datos sobre diversos tipos de violencia que reciben en casa, destacando la violencia verbal con el 16.4% de respuesta afirmativa, seguido por violencia física con 9%, violencia emocional con 6.6% y violencia sexual con 2.6%.

De acuerdo con la ENSANUT 2020 sobre COVID-19, el 53.5% de las personas adolescentes que sufrieron daños a su salud por violencia experimentó golpes, patadas y puñetazos. Las riñas son el principal motivo de violencia (35.8%); seguido por otro tipo de motivos (20%); y por robos o asaltos (17.7%). El 7.2% de los eventos tuvo como motivación la violencia con familiares.

Además, de acuerdo con datos de Infancia Cuenta, de enero a diciembre de 2020 el Secretariado Ejecutivo SESNSP ha registrado 24,808 casos de víctimas de delitos de entre 0 y 17 años de edad. Esta cifra es inferior a la registrada en 2019 durante los mismos meses (28,147 casos), sin embargo, 2019 había sido el año con más delitos registrados contra niñas, niños y adolescentes desde 2015.

Los registros habían disminuido significativamente a partir de la fecha en que inició la pandemia, sin embargo, desde el mes de mayo los delitos contra personas de 0 a 17 años incrementaron mes con mes, particularmente la corrupción de menores (1,669 casos en 2020) y las lesiones (12,177 en 2020). Otros delitos que aumentaron desde el mes de abril son: la extorsión (206 casos en 2020); el rapto (110 casos en 2020) y la trata de personas (262 casos en 2020).

Además, cada día, 9 personas de entre 0 y 17 años se reportaron desaparecidas, no localizadas o localizadas durante 2021. Desde que se tiene registro, 73,884 niñas, niños y adolescentes han sido reportadas en esta situación, y una de cada cinco de estas personas continuaban desaparecidas o no localizadas hasta el 16 de abril de 2021 (14,698 en total).

Estudio
76
de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

Corrupción de menores

El Código Penal Federal establece en su artículo 201, que quien: “Comete el delito de corrupción de menores, quien obligue, induzca, facilite o procure a una o varias personas menores de 18 años de edad o a una o varias personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho a una o varias personas que no tienen capacidad para resistirlo a realizar cualquiera de los siguientes actos:

1. Consumo habitual de bebidas alcohólicas;

2. Consumo de sustancias tóxicas o al consumo de alguno de los narcóticos a que se refiere el párrafo primero del artículo 193 de este Código o a la fármaco dependencia;

3. Mendicidad con fines de explotación;

4. Comisión de algún delito;

5. Formar parte de una asociación delictuosa

6. Realizar actos de exhibicionismo corporal o sexuales simulados o no, con fin lascivo o sexual.

De acuerdo con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), conforme a los reportes de víctimas 40 , en México ha existido un ascenso desafortunado respecto a esta incidencia delictiva, teniendo tan solo en los últimos seis meses del presente año 1,189 reportes de este delito, en comparación con los 1,356 reportes en todo 2015.

Gráfica. Casos de corrupción de personas de entre 0 y 17 años a nivel nacional. 2015 -2022.

Fuente: Elaboración propia con datos del SESNSP. Descarga de los datos de víctimas del fuero común, con fecha de actualización: 20 de julio de 2022.

40 Se refiere a la presunta ocurrencia de delitos registrados en averiguaciones previas iniciadas o carpetas de investigación, reportadas por las Procuradurías de Justicia y Fiscalías Generales de las entidades federativas en el caso. Datos disponibles en URL:{ https://www.gob.mx/sesnsp/acciones-y-programas/victimas-nueva-metodologia?state=published}. Consultado en agosto de 2022.

77
2022 (Enero-Junio) 2021 2020 2019 2018 2017 2016 2015 Niño Niña Total 0 500 1000 1500 2000 2500 493 1356 1340 1410 1487 1858 1684 1923 1189 863 465 875 490 920 452 1035 578 1280 416 1268 521 1402 521 829

También es importante señalar la diferencia proporcional entre los reportes de niñas y niños, pues casi el 70% de los reportes en estos ocho años son casos de niñas y poco más del 30% corresponden a niños.

Trata de personas

De acuerdo al Protocolo de las Naciones Unidas para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niño, se entiende por Trata de personas, la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos.

De acuerdo a declaraciones de la entonces titular de la Fiscalía Especial para Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (Fevimtra), Ángela Quiroga Quiroga, en el boletín electrónico “Las mujeres menores de edad, principales víctimas de la trata de personas en México” 41 , emitido en 2016, la trata de personas es difícil de combatir no solo porque las víctimas no denuncian, sino porque en México existe una estructura muy bien montada para trasladar a mujeres de Tlaxcala, Puebla, Veracruz, Chiapas, Tamaulipas, Baja California, Chihuahua y Sonora hacia Estados Unidos, y desde la frontera sur a México.

Por su parte, en 2019, la Comisión Nacional de Derechos Humanos presentó el Diagnóstico Sobre la Situación de la Trata de Personas en México, el cual abarcaba el periodo del 15 de junio de 2012 al el 31 de julio de 2017. Entre la información analizada,

se reportó que las Procuradurías y Fiscalías Generales identificaron a 5,245 víctimas de los delitos en materia de trata de personas, siendo el 85% niñas y mujeres y el 15% niños y hombres.

Para 2021, se presentó el diagnóstico sobre la situación de la trata de personas en México 2021, donde el mismo organismo señalaba que en el período comprendido entre el 01 de agosto de 2017 al 31 de julio de 2021, 19 órganos jurisdiccionales reportaron víctimas derivadas de sentencias condenatorias firmes: se reportaron 292 víctimas derivadas de sentencias condenatorias firmes de los delitos en materia de trata de personas, de las cuales 225 son mujeres adultas y de menos de 18 años de edad; 29 hombres adultos y de menos de 18 años de edad; de 38, se desconoce esta información. Del total de las víctimas reportadas, el 45% provenían de sentencias dictadas en la Ciudad de México, el 14% de Guanajuato y el 8% de Chihuahua; el resto lo reportan 22 órganos jurisdiccionales locales.

Finalmente, del total de las víctimas (292), se cuenta con la nacionalidad de 111, las cuales representan el 38%. De ellas, se observa que la mayoría son mexicanas (106), dado que se registraron únicamente cinco víctimas extranjeras: tres de ellas originarias de Honduras, una de Guatemala y una de República Dominicana.

Es importante destacar que estos datos deben de revisarse con la reserva de que el delito de la trata, al ser operado por redes profesionales y con alto poder, es difícilmente denunciado y por ello aparece invisible pese a los esfuerzos por priorizar su combate.

En este sentido, se presentan los datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), conforme a los reportes de víctimas de trata de personas:

El Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire define, conforme a su

Estudio
78
de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes
41 Disponible en URL:{
https://www.gob.mx/conavim/articulos/las-mujeres-menores-de-edad-principales-victimas-de-la-trata-de-personas-en-mexico }. Consultado en agosto de 2022.

Artículo 3 inciso a, el tráfico de personas como la facilitación de la entrada ilegal de una persona en un Estado Parte del cual dicha persona no sea nacional o residente permanente con el fin de obtener, directa o indirectamente, un beneficio financiero u otro beneficio de orden material.

Usualmente, el tráfico de personas se encuentra estrechamente vinculado a la trata de personas, pues muchos migrantes pueden ser víctimas de trabajos forzosos a lo largo del viaje. Los traficantes pueden forzar a los migrantes a trabajar en condiciones inhumanas con el fin de pagar el paso ilegal entre fronteras.

Gráfica. Casos de Trata de personas de entre 0 y 17 años a nivel nacional. 2015 -2022.

Fuente: Elaboración propia con datos del SESNSP. Descarga de los datos de víctimas del fuero común, con fecha de actualización: 20 de julio de 2022.

Por su parte, el Departamento de Estado de Estados Unidos, emitió el 2021 Trafficking in Persons Report , donde señaló que el gobierno de México no cumple en su totalidad con los estándares mínimos para la eliminación de la trata, pero está haciendo esfuerzos significativos para lograrlo, por lo cual permaneció en el Nivel 2 de su estándar, considerando el impacto de la pandemia de COVID-19.

Los esfuerzos señalados incluyeron condenar a más traficantes; proporcionar fondos a tres ONG’s

que operan refugios; y aumentar los esfuerzos de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda para recopilar inteligencia en apoyo de las investigaciones y enjuiciamientos de trata; sin embargo, el gobierno no procesó ni condenó a ningún funcionario público por complicidad en delitos de trata; tomó medidas limitadas para investigar y enjuiciar los delitos de trabajo forzoso; y no asignó fondos a un fondo de asistencia a las víctimas legalmente requerido.

De acuerdo con el Global Report on Trafficking in Persons 2020, de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, el número de niños y niñas entre las víctimas de trata se ha triplicado en el mundo en los últimos 15 años, y el porcentaje de niños se ha multiplicado por cinco: las niñas son tratadas principalmente con fines de explotación sexual, mientras que los niños son utilizados para trabajos forzados.

Estudio
Niñas y Adolescentes 79
de la Situación de los Derechos de Niños,
2022 (Enero-Junio) 2021 2020 2019 2018 2017 2016 2015 Niño Niña 0 100 200 300 400 84 142 23 123 28 109 82 154 61 206 112 262 47 167 54 154

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

Conforme a los datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), los reportes de víctimas de tráfico de personas, son los siguientes:

Tabla. Víctimas del delito de Tráfico de personas entre 0 y 17 años a nivel nacional. 2015 -2022.

Fuente: Datos del SESNSP. Descarga de los datos de víctimas del fuero común, con fecha de actualización: 20 de julio de 2022.

Rapto

El rapto es el delito en el cual se sustrae o retiene a una persona por medio de la fuerza, intimidación o fraude, con un fin sexual. Si bien no está tipificado en el Código Penal Federal – a diferencia de algunos códigos locales-, este delito sí podría configurar un riesgo de separación y está contabilizado por el SESNSP.

80
Año Niño Niña Total 2015 30 37 67 2016 71 62 133 2017 106 96 202 2018 10 11 21 2019 8 6 15 2020 3 6 9 2021 11 7 18 2022 (datos a junio) 1 2 3

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

Tabla. Víctimas del delito de Rapto en niños, niñas y adolescentes a nivel nacional y proporción por sexo. 2015 -2022.

Fuente: Datos del SESNSP. Descarga de los datos de víctimas del fuero común, con fecha de actualización: 20 de julio de 2022.

Como se puede observar, la proporción por sexo es avasallante en el porcentaje de niñas víctimas de este delito, con un alto impacto físico y mental para ellas.

Abuso sexual

Conforme a un artículo de México Evalúa, donde se citan datos de la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU), se enuncia lo siguiente:

Entre julio y diciembre de 2020, el 98.6 % de los casos de violencia sexual que sufrieron las mujeres mayores de 18 años no fueron denunciados o no se inició una investigación.

Durante el primer semestre de 2022, 16.9 % de la población de 18 años y más, enfrentó alguna situación de acoso y/o violencia sexual en lugares públicos.

81
Año Niño Niña Total 2015 223 99.1 0.9 2016 206 99.0 1.0 2017 168 97.6 2.4 2018 92 98.9 1.1 2019 90 98.9 1.1 2020 110 98.9 1.8 2021 108 100.0 0.0 2022 (datos a junio) 46 100., 0.0

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

Adolescentes en conflicto con la ley

De acuerdo con las cifras del Censo Nacional de Sistemas Penitenciarios Estatales 2021 que publicó INEGI, para 2020, ingresaron 1,696 adolescentes a los centros penitenciarios federales, estatales y centros especializados de tratamiento o internamiento para adolescentes y para el mismo año, se reportó que egresaron 1,616 adolescentes.

Al cierre de 2020, el total de población privada de la libertad internada en los centros penitenciarios federales, estatales y centros especializados de tratamiento o internamiento para adolescentes era de 211,169 (209,783 adultos y 1,386 adolescentes).

Violencia intrafamiliar

En relación a la violencia en el hogar, los datos que brindó la entonces Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia (figura incorporada al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, y que precede a las Procuradurías de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes) señaló que en 2011 se recibieron 21,031 reportes de maltrato infantil en los SEDIF, y se comprobaron 14,289; sin embargo, solamente uno de cada diez casos comprobados tienen consecuencia jurídica, es decir, son levantados ante el Ministerio Público.

Si bien las denuncias solo dan cuenta parcial de la magnitud del maltrato, debido a que muchas niñas, niños y adolescentes no siempre tienen acceso a mecanismos de denuncia, sí nos da una ilustración de la situación a nivel nacional. A partir de la Ley General de Protección de Derechos de Niñas y Niños de 2013 y de las modificaciones dentro del SNDIF, estas cifras dejaron de ser publicadas.

Pese a que los niveles de maltrato infantil habían mantenido una tendencia de 2009 a 2012, es apenas en los últimos dos años que empezamos a ver una canalización de casos para la atención de las víctimas, probablemente, porque estos mecanismos especializados empezaban a surgir.

82
Tabla. Reportes atendidos de maltrato infantil 2009 – 2012.
AÑO 2012 2011 2010 2009 Reportes concluidos en su totalidad 506 568 466 557 Denuncias realizadas ante la fiscalía central de investigación para la atención de las niñas, niños y adolescentes 47 15 22 11 Seguimiento en terapias psicológicas e investigación de trabajo social 26 0 0 0 Reportes canalizados a psicología 28 4 1 11 Reportes por atender 0 0 0 0
Fuente: Datos de la Dirección General Jurídica y de Enlace Institucional del DIF Nacional de 2009 a 2012.

Según datos de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2021, entre las adolescentes de 15 a 18 años42:

Ø En México, 70.1 % de las mujeres de 15 años y más ha experimentado, al menos, una situación de violencia a lo largo de la vida. La violencia psicológica fue la de mayor prevalencia (51.6%), seguida de la violencia sexual (49.7 %).

Ø En el ámbito comunitario es donde viven mayor violencia (45.6%), seguido de la relación de pareja (39.9 %).

Ø Entre octubre de 2020 y octubre de 2021, 42.8% de las mujeres de 15 años y más experimentó, al menos, una situación de violencia. Destaca la violencia psicológica como la más alta (29.4 %), seguida de la violencia sexual (23.3 %).

Ø 41.8% de las mujeres de 15 años y más experimentó algún incidente de violencia en la infancia. La principal persona agresora fue un tío o tía.

Ø Alrededor de 5.2 % de las mujeres de 15 años y más percibió que los conflictos en su relación de pareja iniciaron o aumentaron durante la emergencia sanitaria por la COVID-19. En el ámbito familiar, la cifra ascendió a 8.5%.

Ø En cuanto a los datos presentados del SESNSP con información reportada por los Centros de Atención de Llamadas de Emergencia (CALLE) de las 32 entidades federativas, en lo que va de 2022, se han cometido un total de 135,458 relacionada con incidentes de violencia de pareja y se han recibido un total de 313,140 llamadas emergencia relacionadas con incidentes de violencia familiar a nivel nacional43.

Fuente: Elaboración propia con datos del SESNSP. Información sobre violencia contra las mujeres. Datos con corte al 30 de junio de 2022.

42 Información conforme a boletín de prensa disponible en URL: {https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/ boletines/2022/endireh/Endireh2021_Nal.pdf}. Consultado en septiembre de 2022.

43 Información disponible en URL: {https://drive.google.com/file/d/1ZYIIcpOfrINFGxGWJUjUEqeMhevqrKn4/view}. Consultado en julio de 2022.

Estudio
Situación
Derechos
Niños, Niñas y Adolescentes 83
de la
de los
de
Gráfica. Llamadas de emergencia relacionadas con incidentes de violencia contra las mujeres. 2016 -2022.
2022 (Enero-Junio) 2021 2020 2019 2018 2017 2016 Llamadas de emergencia relacionadas con incidentes de violencia familiar 0 100.000 200.000 300.000 400.000 500.000 600.000 700.000 800.000 721.771 159.581 689.885 202.177 647.940 295.471 718.019 274.487 689.338 236.562 690.295 259.452 313.140 131.061

Finalmente, en lo que va de este año, se tienen 135,458 presuntos delitos de violencia familiar a nivel nacional, conforme a datos de SESNSP-CNI con información reportada por las Procuradurías o Fiscalías de las 32 entidades federativas.

Gráfica. Presuntos delitos de violencia familiar por año, 2015-2022.

Fuente: Elaboración propia con datos del SESNSP-CNI. Información con corte al 30 de junio de 2022.

Es notorio el aumento anual de los delitos de violencia familiar a nivel nacional, pues conforme al comparativo de los primeros seis meses del año, existe un aumento de más de 6,000 llamadas en 2022 a comparación del 2021.

Por otro lado, la Dirección General de Epidemiología de la Secretaría de Salud capta información sobre casos diagnosticados con sospecha de violencia intrafamiliar44

Los datos preliminares de 2022, con fecha de corte al 04 de julio de 2022, indican que, del total de casos diagnosticados, el 13.5% es catalogado con sospecha de violencia intrafamiliar y de estos

casos, casi el 18% corresponde a la población menor de edad, representando más de nueve mil casos tan solo en la primera mitad del año. Además, el 88.4% corresponde a casos de niñas y adolescentes, muy posiblemente, correspondiente a violencia por parte de cónyuge, pareja o novio, más que por parte de madres y/o padres.

Esta tendencia de predominancia en casos correspondientes a niñas y adolescentes en los casos de violencia intrafamiliar, se mantiene superior a un 80% en la población femenina desde 2015, como puede verse en la gráfica de la siguiente página.

44 Son casos que se registraron como sospecha diagnóstica en apego al criterio del médico(a) tratante. Información disponible en URL: {http://www.dgis.salud.gob.mx/contenidos/basesdedatos/da_lesiones_gobmx. html}. Consultado en julio de 2022.

Estudio
84
de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes
2022
2021 2020 2019 2018 2017 2016 2015 127,424 154,272 169,579 210,189 220,031 253,736 135,458 180,187
(Enero-Junio)

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

Gráfica. Proporción de casos diagnosticados con sospecha de violencia intrafamiliar en personas menores de edad, por sexo y año. 2015-2022.

Fuente: Elaboración propia con datos de DGIS - Secretaría de Salud. Información con corte al 4 de julio de 2022.

Además, es importante señalar las diferencias entre grupos de edad, pues de acuerdo con estos datos, casi el 80% de los casos en el primer semestre de 2022, corresponden a la población adolescente (de los 12 a los 17 años), porcentaje similar a 2021 (80.02) y 2020 (80.48).

Podemos ver que existe un patrón de 2015 al 2022 de acuerdo a estos registros, pues si bien existe una predominancia de las y los adolescentes en estos registros, no podemos minimizar la violencia ocurrida durante la primera infancia, que representa más de 1,000 casos tan solo en 2022 y que ha sido similar en el resto de los años.

Gráfica. Proporción de casos diagnosticados con sospecha de violencia intrafamiliar en personas menores de edad, por grupos quinquenales y año. 2015-2022.

Fuente: Elaboración propia con datos de DGIS - Secretaría de Salud. Información con corte al 4 de julio de 2022.

Otro desafortunado patrón, es que de 2015 a 2021, los casos catalogados como violencia intrafamiliar en personas menores de edad han aumentado un 142% en este periodo, pasando de 10,631 a 15,192 casos. Este patrón seguramente continuará en 2022, pues de acuerdo a las cifras, tan solo comparando el primer semestre de 2022 con el de 2021, el actual año ya supera en más de mil quinientos casos.

85
2022 2021 2020 2019 2018 2017 2016 2015 Niña Niño Otro 0.0 20.0 40.0 60.0 80.0 100.0 120.0 81.19 18.81 83.23 10,631 13,225 12,108 14,029 17,064 10,613 15,192 9,108 16.77 83.75 16.24 85.77 14.23 88.28 11.71 88.42 11.50 88.51 11.45 88.43 11.55 1 a 5 años 6 a 10 años 11 a 15 años 16 y 17 años 2022 2021 2020 2019 2018 2017 2016 2015 41.43 42.94 44.19 44.51 45.43 44.08 42.17 39.51 0.0 10.0 20.0 30.0 40.0 50.0

Finalmente es importante señalar el parentesco que existe con el agresor, y reafirmar, conforme a las cifras presentadas previamente por género, que la mayor parte corresponde a cónyuges, parejas o novios. Para 2022, el 37.35% de los agresores de los casos con sospecha de violencia intrafamiliar en personas menores de edad, fue la pareja. Este porcentaje es similar en todos los años, superando

el 30% de los casos, a pesar de la prohibición legal del matrimonio infantil en México, al haber fijado las 32 entidades federativas los 18 años como la edad mínima para casarse sin que se permitan excepciones. Si bien no necesariamente puede existir un contrato de matrimonio, es de alarmar el porcentaje de violencia ejercida por las parejas.

Gráfica. Proporción de casos diagnosticados con sospecha de violencia intrafamiliar en personas menores de edad, por parentesco del agresor y año. 2015-202245.

Fuente: Elaboración propia con datos de DGIS - Secretaría de Salud. Información con corte al 4 de julio de 2022.

En cuanto a otros integrantes de la familia, el 15.22% de los agresores son el padre y el 8.09% la madre para 2022, seguido por un 18.8% donde la persona agresora es “otro pariente”.

Existe una leve disminución entre el porcentaje de casos donde el agresor es la mamá o el papá, pues pasamos de un 32.49% en 2015 a un 23.67% en 2021, y que es cercano a lo capturado durante el primer semestre de 2022.

45 En la categoría de “otro” se suman las clasificaciones de DGSI SS de: Otro; No especificado; No aplica; Conocido sin parentesco; Desconocido; Sin especificar. Estas clasificaciones corresponden a cada documento “descriptor de la base de datos de lesiones y causas de violencia” por año.

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 86
Padre Madre Cónyuge/Pareja/Novio Padrastro Madrastra Hijo/a Otro pariente Otro 2018 2017 2016 2015 19,40 34,04 29,60 13,09 3,57 0,12 0,18 0 0.0 10.0 20.0 30.0 40.0 50.0 20,79 37,86 25,93 11,63 3,46 0,10 0,13 0 17,82 40,32 24,70 10,37 3,21 0,12 0,19 3,27 17,77 42,00 12,73 10,27 4,02 0,16 0,08 12,97 17,57 0.0 10.0 20.0 30.0 40.0 50.0 2022 2021 2020 2019 17,57 40,50 13,87 9,22 4,05 0,12 0,06 14,61 14,11 42,83 21,26 8,17 5,43 0,13 0,21 7,86 15,48 40,81 17,77 8,19 5,93 0,14 0,08 11,60 15,22 37,35 18,80 8,09 6,05 0,11 0,08 14,31

09

Análisis de las respuestas del Estado

87

Recomendaciones del Sistema de Naciones Unidas

El artículo 43 de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), tratado internacional ratificado por el Estado mexicano en 1990, establece que, con la finalidad de examinar los progresos realizados en el cumplimiento de las obligaciones contraídas por los Estados Partes, se establecerá un Comité de los Derechos del Niño (CRC).

El Comité destacó en su Observación General Nº 2 de 2002, el papel de las instituciones nacionales independientes de derechos humanos en la promoción y protección de los derechos del niño, que todos los Estados necesitan una institución de derechos humanos independiente encargada de promover y proteger los derechos del niño; las facultades, indistintamente de la forma de la institución, son vigilar, promover y proteger los derechos del niño con independencia y eficacia.

En México, la implementación de Defensorías o Procuradurías especializadas en derechos de niñas y niños estuvo identificada en la figura de las Procuradurías de la Defensa del Menor y la Familia (PDMF), como parte de un programa público federal del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF), llamado Programa de Fortalecimiento de las Procuradurías de la Defensa del Menor y la Familia.

Esta suplencia de una Institución protectora de derechos de la infancia, por una serie de acciones derivadas de uno o varios programas federales y estatales, derivó en una ausencia de objetivos comunes y por tanto en el pleno ejercicio de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

Para 2014, y derivado de la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA), se dio la creación de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PFPNNA), adscrita al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF o DIF Nacional), y las Procuradurías de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes dependientes de los Sistemas Estatales DIF (SEDIF).

Además, se instauró el Sistema Nacional de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA), a efecto de que el Estado cumpla con su responsabilidad de garantizar la protección, prevención y restitución integrales de los derechos de niñas, niños y adolescentes que hayan sido vulnerados.

El artículo 142 de la LGDNNA también establece la elaboración de un Programa Nacional (conocido como PRONAPINNA) con las políticas, objetivos, estrategias y líneas de acción prioritarias en materia de ejercicio, respeto, promoción y protección integral de niñas, niños y adolescentes.

Estudio de la Situación
Adolescentes 88
de los Derechos de Niños, Niñas y

Gráfico. Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes.

SISTEMA NACIONAL DE PROTECCIÓN INTEGRAL Y DE LOS SISTEMAS LOCALES DE PROTECCIÓN INTEGRAL

Programa Nacional (Acorde al Plan Nacional de Desarrollo)

Órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación

CONEVAL Los resultados de la evaluación de las políticas de desarrollo social vinculadas con la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, serán entregados a las Cámaras de Diputados y de Senadores del Congreso de la Unión.

Conformado por dependencias y entidades de la Administración Pública

I. El Presidente de la República, quien lo presidirá:

II. El Secretario de Gobernación;

III. El Secretario de Relaciones Exteriores;

IV. El Secretario de Hacienda y Crédito Público;

V. El Secretario del Desarrollo Social;

VI. El Secretario de Educación Pública;

VII. El Secretario de Salud;

VIII. El Secretario del Trabajo y Previsión Social, y

IX. El Titular del Sistema Nacional DIF;

Secretaría Ejecutiva

Sistema de información a nivel nacional (Art. 125 frac XV)

B. Entidades Federativas:

I. Los Gobernadores de los Estados, y

II. El Jefe de Gobierno del Distrito Federal.

C. Organismos Públicos:

I. El Fiscal General de la República;

II. El Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y

III. El Comisionado Presidente del Instituto Federal de Telecomunicaciones.

Coordinar las acciones entre las dependencias y las entidades competentes de la Administracion Pública Federal que deriven de la presente Ley. Elaborar el anteproyecto del Programa Nacional para someterlo a consideración de los miembros del Sistema.

Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia DIF Estatales

Impulsa la cooperación y coordinación de las autoridades federales, de las Entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales en materia de protección y restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes para establecer los mecanismos necesarios para ello.

Procuradurías de Protección Estatales

Fuente: Elaboración propia a partir de la LGDNNA.

Las entidades federativas deberían contar con Procuradurías de Protección, cuya adscripción orgánica y naturaleza jurídica será determinada en términos de las disposiciones que para tal efecto emitan.

Es en este marco, que se realizó una revisión de las recomendaciones del CRC, en particular las realizadas al Estado Mexicano en los últimos años, teniendo más de 100 recomendaciones de los últimos tres informes, y donde destacan principalmente los temas de homologación legislativa a la CDN y problemáticas como la trata, explotación sexual y abusos sexuales.

89
Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

Estudio
90 RECOMENDACIONES DEL SISTEMA DE NACIONES UNIDAS COMITÉ DE DERECHOS DEL NIÑO MÉXICO 102 Observaciones finales Informe País 34 En 2006 35 En 2011 33 En 2015 No. Año Tema 1 1 (2006) Administración de la justicia penal juvenil 5 1 (2006) 1 (2011) 3 (2015) Asignación de recursos 2 1 (2006) 1 (2015) Castigos corporales 4 1 (2006) 1 (2011) 2 (2015) Cooperación con la sociedad civil 3 1 (2006) 2 (2011) Coordinación 4 1 (2006) 1 (2011) 2 (2015) Derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo 2 1 (2006) 1 (2015) Derecho a un nivel de vida adecuado 1 1 (2006) Descanso, esparcimiento, juego y actividades recreativas 4 1 (2006) 1 (2011) 2 (2015) Difusión, capacitación y sensibilización 4 1 (2006) 2 (2011) 1 (2015) Educación, formación y orientación profesional 4 4 (2006) Entorno familiar 2 1 (2006) 1 (2015) Explotación económica con inclusión del trabajo infantil 2 1 (2006) 1 (2015) Inscripción del nacimiento 2 1 (2006) 1 (2015) Interés superior del niño 14 3 (2006) 3 (2011) 8 (2015) Legislación 2 2 (2006) Malos tratos y descuidos 2 1 (2006) 1 (2015) NNA con alguna discapacidad 2 2 (2015) NNA refugiados o solicitantes de asilo no acompañados 5 2 (2006) 3 (2015) No discriminación e igualdad ante la ley 1 1 (2006) Plan Nacional de Acción 2 2 (2011) 1 (2015) Recolección de datos 1 1 (2006) Respeto de las opiniones de NNA 7 4 (2006) 3 (2015) Salud y acceso a los servicios de salud 1 1 (2006) Tortura y tratos inhumanos o degradantes 23 1 (2006) 22 (2011) Trata, explotación sexual y abusos sexuales 2 1 (2006) 1 (2015) Vigilancia independiente

En cuestiones de familia, destacan las que principalmente se orientan a asistir en la crianza y la prohibición del castigo corporal, además, de evaluar el número y la situación de niñas y niños que viven en instituciones.

AÑO TEMA / DERECHO AFECTADO 1 TEMA / DERECHO AFECTADO 2 OBSERVACIÓN /

El Comité, teniendo en cuenta su Observación general Nº 8 (2006) sobre el derecho del niño a la protección contra el castigo corporal y otros tipos de castigo crueles y degradantes, recomienda que el Estado Parte:

2006 Castigos corporales Legislación

a) Enmiende todas las leyes federales y estatales pertinentes para asegurarse de que el castigo corporal se prohíbe explícitamente en todos los entornos, incluso en el seno de la familia, las escuelas, las instituciones penales y otros centros alternativos, y vele por la aplicación efectiva de esas leyes;

b) Adopte medidas eficaces, incluso con campañas de información, para promover castigos alternativos, positivos, participativos y no violentos.

2006 Entorno familiar Recolección de datos

El Comité recomienda que el Estado Parte refuerce las medidas vigentes para impedir la separación de los niños de sus familias y que adopte medidas eficaces para evaluar el número y la situación de los niños que viven en instituciones, incluso en instituciones administradas por el sector privado. En particular, el Comité recomienda que el Estado Parte establezca reglamentos basados en los derechos del niño y apruebe un programa para reforzar y aumentar las oportunidades para que los niños tengan otros tipos de tutela, por ejemplo, promulgando leyes eficaces, fortaleciendo las estructuras existentes como la de la familia extensa, capacitando mejor al personal y asignando más recursos a los órganos pertinentes. El Comité alienta al Estado Parte a que pida asistencia técnica para cumplir esas tareas al UNICEF, al Instituto Interamericano del Niño y a otros organismos.

91
Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes
RECOMENDACIÓN /SANCIÓN RECIBIDA

2006 Entorno familiar

También recomienda que el Estado Parte prevea y ponga en práctica un sistema alternativo y adecuado de tutela para los niños sacados de la cárcel, que se supervisará periódicamente y permitirá a esos niños mantener relaciones personales y tener un contacto directo con el padre que siga en la cárcel.

El Comité recomienda que el Estado Parte:

a) Vele por su legislación y práctica sobre las adopciones nacionales e internacionales sean compatibles con la Convención y con el Convenio de La Haya sobre la Protección de los Niños y la Cooperación en materia de Adopción Internacional de 1993, que el Estado Parte ratificó en 1994;

b) Establezca y afiance mecanismos de examen, vigilancia y seguimiento de las adopciones de niños;

c) Escuche sistemáticamente las opiniones de los niños y las niñas sobre su colocación y asegurar que el interés superior del niño sea el principio que rija todas las adopciones.

d) Asegure que la autoridad competente que decide la adopción del niño verifique que se haya hecho todo lo posible para que el niño continúe manteniendo relaciones con su familia extensa y comunidad, y que la adopción sea el último recurso.

Estudio
Situación
92
de la / RECOMENDACIÓN /SANCIÓN RECIBIDA
de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes
AÑO TEMA / DERECHO AFECTADO 1
TEMA / DERECHO AFECTADO 2 OBSERVACIÓN
2006 Entorno familiar Otros tipos de tutela
El Comité recomienda que el Estado Parte elabore y aplique directrices claras sobre la colocación de los niños con su padre o madre en la cárcel en los casos en que se considere que responde al interés superior de esos niños (en atención, por ejemplo, a su edad, la duración de la estancia, su contacto con el mundo exterior y su circulación dentro y fuera de la cárcel) y que vele por que las condiciones de vida de esos niños en la cárcel, incluida la atención sanitaria, sean adecuadas para su desarrollo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Convención.

2015 Castigos corporales

Tortura y tratos inhumanos o degradantes

El Comité recomienda que el Estado Parte redoble sus esfuerzos para proporcionar asistencia a los niños de la calle, en particular servicios de atención de la salud; servicios de reintegración a los niños víctimas de malos tratos, abuso sexual y uso indebido de sustancias, y a los niños con problemas de salud mental; servicios para la reconciliación con las familias; enseñanza, en particular capacitación profesional y preparación para la vida. El Comité también recomienda que el Estado Parte adopte medidas para prevenir la violencia contra los niños de la calle y proteger sus derechos. El Comité recomienda además que el Estado Parte coopere y coordine sus esfuerzos con la sociedad civil y realice periódicamente estudios comparativos sobre el carácter y la magnitud del problema. También alienta al Estado Parte a que estreche su cooperación técnica con el UNICEF, entre otras organizaciones.

32. A la luz de su observación general núm. 8 (2006) sobre el derecho del niño a la protección contra los castigos corporales y otras formas de castigo crueles o degradantes y su observación general núm. 13 (2011) sobre el derecho del niño a no ser objeto de ninguna forma de violencia, el Comité insta al Estado parte a aprobar en el plano federal y estatal leyes y políticas integrales para prevenir y sancionar todas las formas de violencia y proteger y asistir a los niños que sean víctimas. El Estado parte también debe: a) Armonizar la definición del delito de tortura en todos los estados, de conformidad con las normas internacionales, y velar por que en los protocolos relacionados con la investigación y el enjuiciamiento de los casos de tortura se tengan en cuenta los derechos del niño. b) Lograr que queden expresamente prohibidos los castigos corporales en todos los entornos, tanto a nivel federal como estatal, y que se derogue el “derecho a corregir” de los códigos civiles federal y estatales. El Estado parte también debe dar a conocer formas positivas, no violentas y participativas de criar a los hijos.

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 93 AÑO
/ RECOMENDACIÓN /SANCIÓN RECIBIDA
Entorno
Salud y acceso a los servicios de salud
TEMA / DERECHO AFECTADO 1 TEMA / DERECHO AFECTADO 2 OBSERVACIÓN
2006
familiar

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

Por otro lado, el Examen Periódico Universal (EPU) es un proceso único que implica una revisión de los registros de derechos humanos de todos los Estados miembros de la ONU, impulsado por los Estados bajo los auspicios del Consejo de Derechos Humanos, brinda la oportunidad a cada Estado de declarar qué acciones ha tomado para mejorar la situación de los derechos humanos en sus países y cumplir con sus obligaciones en materia de derechos humanos.

El EPU también ha realizado recomendaciones a México en cuestiones de niñas, niños y adolescentes:

RECOMENDACIONES DEL SISTEMA DE NACIONES UNIDAS

Fuente: Plataforma Regional para el Monitoreo del cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas desde los sistemas Universal e Interamericano de Derechos Humanos. InfanciaLatina.org

94
EXAMEN PERIÓDICO UNIVERSAL MÉXICO 79 Recomendaciones 11 En 2009 13 En 2013 55 En 2018 No. Año Tema 6 1 (2013) 5 (2018) Asignación de recursos 1 1 (2019) Castigos corporales 2 2 (2018) Cooperación con la sociedad civil 22 22 (2018) Coordinación 14 3 (2009) 5 (2013) 6 (2018) Educación, formación y orientación profesional 1 1 (2019) Entorno familiar 2 2 (2013) Garantías judiciales y protección judicial 14 2 (2019) 3 (2013) 9 (2018) Legislación 1 1 (2019) Malos tratos y descuido 1 1 (2019) No discriminación e igualdad ante la ley 2 2 (2018) Plan nacional de acción 2 2 (2013) Salud y acceso a los servicios de salud 10 2 (2009) 8 (2018) Trata, explotación sexual y abusos sexuales 1 1 (2018) Vigilancia independiente

Al igual que las recomendaciones del CRC, destacan las recomendaciones respecto a la prohibición del castigo corporal:

País Año Tema / Derecho afectado 1

16. Proseguir los esfuerzos por resolver y erradicar los casos de violencia contra la mujer (Indonesia, Suecia), violencia doméstica (Argelia) y maltrato infantil (Argelia, Indonesia);

30. Reducir la incidencia de los castigos corporales de los niños, en consonancia con la labor internacional de lucha contra esos delitos que lleva a cabo México (Bangladesh) y adoptar medidas para garantizar que los niños estén plenamente protegidos contra los castigos corporales y otras formas de violencia o explotación (Suecia);

31. Tratar de resolver los problemas de los niños de la calle proporcionándoles protección estatal y formación profesional (Pakistán);

Recomendaciones México 2009

Malos tratos y descuido

Recomendaciones México 2009 Castigos corporales

Recomendaciones México 2009 Entorno familiar

Fuente: Plataforma Regional para el Monitoreo del cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas desde los sistemas Universal e Interamericano de Derechos Humanos. InfanciaLatina.org

Recomendaciones del Sistema Interamericano de Derechos Humanos

Por otro lado, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, es un órgano judicial autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), de la cual México forma parte. El propósito de la Corte es aplicar e interpretar la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros tratados de derechos humanos a los cuales se somete el llamado Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

La Corte ha emitido diversas sentencias y opiniones consultivas, que sirven de interpretación a los derechos de niñas, niños, adolescentes, su familia, y de orientación ante posibles situaciones de separación familiar. Si bien no todas las sentencias son sobre casos del Estado mexicano, atañe la aplicación de criterios jurisprudenciales contenidos en la jurisprudencia interamericana, a todos los Estados parte, con independencia de que un Estado haya sido parte o no en el litigio:

Caso Abstracto

Caso Chitay Nech y otros Vs. Guatemala. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 25 de mayo de 2010. Párr. 159

Asunto L.M. respecto Paraguay. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 01 de julio de 2011. Párr. 14

En el presente caso, la Corte además reconoce el significado especial que tiene la convivencia familiar en el contexto de la familia indígena, la cual no se limita al núcleo familiar, sino que incluye a las distintas generaciones que la componen e incluso a la comunidad de la cual forma parte. (...).

(...) Además, dado que en su primera infancia los niños ejercen sus derechos por conducto de sus familiares y que la familia tiene un rol esencial en su desarrollo, la separación de los padres biológicos de un menor de edad puede afectar su derecho a la integridad personal, contenido en el artículo 5.1 de la Convención, en la medida que puede poner en riesgo su desarrollo.

Estudio
Adolescentes 95
de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y
Contenido Clasificación

Caso Abstracto

Este Tribunal ha dicho anteriormente que en la Convención Americana no se encuentra determinado un concepto cerrado de familia, ni mucho menos se protege solo un modelo de la misma.

Caso Fornerón e hija Vs. Argentina. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 27 de abril de 2012. Párr. 98

Adicionalmente la Corte Interamericana ha establecido que el término “familiares” debe entenderse en sentido amplio, abarcando a todas las personas vinculadas por un parentesco cercano. Por otra parte, no hay nada que indique que las familias monoparentales no puedan brindar cuidado, sustento y cariño a los niños. La realidad demuestra cotidianamente que no en toda familia existe una figura materna o una paterna, sin que ello obste a que esta pueda brindar el bienestar necesario para el desarrollo de niños y niñas.

Caso Vélez Restrepo y Familiares Vs. Colombia. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 3 de septiembre de 2012. Párr. 225

El artículo 17 de la Convención Americana reconoce que la familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y el Estado. Dada la importancia del derecho a la protección a la familia, la Corte ha establecido que el Estado se encuentra obligado a favorecer el desarrollo y la fortaleza del núcleo familiar. Asimismo, ha afirmado que implica el derecho de toda persona a recibir protección contra injerencias arbitrarias o ilegales en su familia, así como también que los Estados tienen obligaciones positivas a favor del respeto efectivo de la vida familiar.

Caso Familia Pacheco Tineo Vs. Bolivia. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 25 de noviembre de 2013. Párr. 226

En cuanto al segundo aspecto, en lo que se refiere al procedimiento de expulsión de la familia Pacheco Tineo relacionado con la calidad de extranjeros en situación irregular, la Corte recuerda la relación intrínseca existente entre el derecho a la protección de la familia y los derechos de niños y niñas. En ese sentido, el Tribunal ha estimado que el derecho a que se proteja la familia y a vivir en ella, reconocido en el artículo 17 de la Convención, conlleva que el Estado está obligado no solo a disponer y ejecutar directamente medidas de protección de los niños, sino también a favorecer, de la manera más amplia, el desarrollo y la fortaleza del núcleo familiar. Por ende, la separación de niños de su familia constituye, bajo ciertas condiciones, una violación del citado derecho, pues inclusive las separaciones legales del niño de su familia solo pueden proceder si están debidamente justificadas en el interés superior del niño, son excepcionales y, en lo posible, temporales.

Caso Rochac Hernández y otros Vs. El Salvador.

Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 14 de octubre de 2014

104. El artículo 17 de la Convención Americana reconoce que la familia es el elemento fundamental de la sociedad y que debe ser protegida. La familia a la que toda niña y niño tiene derecho es, principalmente, a su familia biológica, incluyendo a los familiares más cercanos, la cual debe brindar la protección a la niña y al niño y, a su vez, debe ser objeto primordial de medidas de protección por parte del Estado. La Corte ya ha señalado que este derecho implica no solo disponer y ejecutar directamente medidas de protección de las niñas y niños, sino también favorecer, de la manera más amplia, el desarrollo y la fortaleza del núcleo familiar, toda vez que el disfrute mutuo de la convivencia entre padres e hijos constituye un elemento fundamental en la vida de familia. La Corte ya ha establecido en su jurisprudencia que la separación de las niñas y los niños de sus familias constituye, bajo ciertas condiciones, una violación del derecho en cuestión.

105. La Corte también ha precisado que el artículo 11.2 de la Convención Americana, el cual reconoce el derecho de toda persona a recibir protección contra injerencias arbitrarias o abusivas en la vida de familia –también denominada “vida familiar”– forma parte, implícitamente, del derecho a la protección de la familia.

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 96

Caso Abstracto

Opinión Consultiva OC-17/02. Condición Jurídica y Derechos Humanos del Niño. Resolución de 28 de agosto de 2002, solicitada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Párr. 71

El niño tiene derecho a vivir con su familia, llamada a satisfacer sus necesidades materiales, afectivas y psicológicas. El derecho de toda persona a recibir protección contra injerencias arbitrarias o ilegales en su familia, forma parte, implícitamente, del derecho a la protección de la familia y del niño, y además está expresamente reconocido por los artículos 12.1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, V de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, 17 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, 11.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos. Estas disposiciones poseen especial relevancia cuando se analiza la separación del niño de su familia.

Opinión Consultiva OC-17/02. Condición Jurídica y Derechos Humanos del Niño. Resolución de 28 de agosto de 2002, solicitada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Párr. 73

Cualquier decisión relativa a la separación del niño de su familia debe estar justificada por el interés del niño. Al respecto, la Directriz 14 de Riad ha establecido que cuando no exista un ambiente familiar de estabilidad y bienestar, los intentos de la comunidad por ayudar a los padres en este aspecto hayan fracasado y la familia extensa no pueda ya cumplir esta función, se deberá recurrir a otras posibles modalidades de colocación familiar, entre ellas los hogares de guarda y la adopción, que en la medida de lo posible deberán reproducir un ambiente familiar de estabilidad y bienestar y, al mismo tiempo, crear en los niños un sentimiento de permanencia, para evitar los problemas relacionados con el “desplazamiento” de un lugar a otro.

Opinión Consultiva OC-17/02.

Condición Jurídica y Derechos

Humanos del Niño.

Resolución de 28 de agosto de 2002, solicitada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Párr. 75

Esta Corte destaca los travaux préparatoires de la Convención sobre los Derechos del Niño, que ponderaron la necesidad de que las separaciones de este con respecto a su núcleo familiar fueran debidamente justificadas y tuvieran preferentemente duración temporal, y que el niño fuese devuelto a sus padres tan pronto lo permitieran las circunstancias. En el mismo sentido se pronuncian las Reglas de Beijing (17, 18 y 46).

Opinión Consultiva OC-17/02.

Condición Jurídica y Derechos

Humanos del Niño. Resolución de 28 de agosto de 2002, solicitada por la Comisión Interamericana de Derechos

Humanos. Párr. 76

Opinión Consultiva OC-17/02.

Condición Jurídica y Derechos

Humanos del Niño. Resolución de 28 de agosto de 2002, solicitada por la Comisión

Interamericana de Derechos

Humanos. Párr. 77

La carencia de recursos materiales no puede ser el único fundamento para una decisión judicial o administrativa que suponga la separación del niño con respecto a su familia, y la consecuente privación de otros derechos consagrados en la Convención.

En conclusión, el niño debe permanecer en su núcleo familiar, salvo que existan razones determinantes, en función del interés superior de aquél, para optar por separarlo de su familia. En todo caso, la separación debe ser excepcional y, preferentemente, temporal.

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 97

Por otro lado, la Corte también se ha pronunciado en los casos de niñas, niños y adolescentes en centros de acogimiento:

Caso Abstracto

Caso de las Hermanas

Serrano Cruz Vs. El Salvador. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 1 de marzo de 2005.

91. La Corte ha constatado que tanto en el proceso de hábeas corpus como en el proceso penal no se tomaron en cuenta las particularidades de los hechos denunciados y la situación de conflicto armado en que se encontraba El Salvador en la época en que supuestamente ocurrieron los hechos que investigaban, así como las distintas situaciones en las cuales se ha reencontrado a personas que desaparecieron durante el conflicto armado cuando eran niños o niñas [...]. Por ejemplo, a pesar de que a muchos niños o niñas que ingresaron a hogares de acogida u orfanatos durante el conflicto armado y que carecían de documentos que los identificaran, se les inscribía en las Alcaldías con otros nombres y apellidos [...], los referidos jueces y la fiscalía no tomaron en consideración esta particularidad al momento de investigar sobre el paradero de las presuntas víctimas y al solicitar información al Comité Internacional de la Cruz Roja, a la Cruz Roja salvadoreña, a un hospital, a la Fuerza Armada y a la Procuraduría General de la República, de forma tal que basaron las indagaciones y solicitudes en los nombres y apellidos de las presuntas víctimas [...].

Opinión Consultiva

OC-17/02. Condición

Jurídica y Derechos

Humanos del Niño. Resolución de 28 de agosto de 2002, solicitada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

78. La eficaz y oportuna protección de los intereses del niño y la familia debe brindarse con la intervención de instituciones debidamente calificadas para ello, que dispongan de personal adecuado, instalaciones suficientes, medios idóneos y experiencia probada en este género de tareas. En fin, no basta con que se trate de organismos jurisdiccionales o administrativos; es preciso que estos cuenten con todos los elementos necesarios para salvaguardar el interés superior del niño. En este sentido, el inciso tercero del artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño determina lo siguiente: [...]

3. Los Estados Partes se asegurarán de que las instituciones, servicios y establecimientos encargados del cuidado o la protección de los niños cumplan las normas establecidas por las autoridades competentes, especialmente en materia de seguridad, sanidad, número y competencia de su personal, así como en relación con la existencia de una supervisión adecuada.

Caso “Instituto de Reeducación del Menor”

Vs. Paraguay. Excepciones

Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 2 de septiembre de 2004

174. Está también probado que el Estado no brindó a los niños internos la educación que estos requerían y a la cual aquél estaba obligado, tanto en razón de la protección del derecho a la vida entendido en el sentido señalado anteriormente, como por la disposición del artículo 13 del Protocolo Adicional a la Convención Americana en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. El programa educativo que se ofrecía en el Instituto era deficiente, ya que carecía de maestros y recursos adecuados [...]. Este incumplimiento del Estado causa consecuencias todavía más serias cuando los niños privados de libertad provienen de sectores marginales de la sociedad, como ocurre en el presente caso, pues ello les limita sus posibilidades de reinserción efectiva en la sociedad y el desarrollo de sus proyectos de vida.

Estudio
Situación
Adolescentes 98
de la
de los Derechos de Niños, Niñas y

Programa Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PRONAPINNA) 2021-2024

El PRONAPINNA 2021-2024 tuvo como referente para su diseño y elaboración, los derechos establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño y está compuesto por objetivos que derivan en 21 estrategias y en 145 acciones:

Ø Objetivo 1: Estrategia 1 (5 acciones) E2, (7acciones) E3 (7 acciones) E4 (10 acciones) E5 (10 acciones).

Ø Objetivo 2: Estrategia 1(9a), E2(7a), E3(7a), E4(5a).

Ø Objetivo 3: Estrategia 1(10a), E2(10a), E3(8a) E4(5a), E5(9a), E6(6a).

Ø Objetivo 4: Estrategia 1 (4a), E2(6a), E3(4a), E4(4a), E5(5a), E6(7a).

Para este documento se presentará el análisis del contenido conforme a la siguiente estructura a partir de la Convención sobre los Derechos del Niño:

A. Niñas, niños y adolescentes en riesgo de perder los cuidados parentales.

Acciones que se desprenden del Art. 18 de la CDN, “Obligaciones comunes de los padres y asistencia del Estado”

A.1 Mecanismos de denuncia de maltrato.

B. Determinación y aplicación de las medidas especiales.

Acciones que se desprenden de los Art. 18, 19, 20 y 21 de la CDN

C. Niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales.

Acciones que se desprenden del Art. 20 de la CDN, “Derechos de los Niños privados de su medio familiar”

C.1 Estándares administrativos para la prestación de servicios en el acogimiento.

A.2 Intervenciones de apoyo y/o educativas sobre métodos positivos de crianza, no violentas y participativas, para padres, madres y tutores.

B.1 Aplicación de los principios para la determinación y aplicación de las medidas especiales de protección que impliquen separación de la familia

C.2 Plan de atención a niñas y niños en la modalidad de acogimiento.

C.3 Supervisión de los servicios de acogida.

El PRONAPINNA contiene un Objetivo prioritario 3, dedicado a “Proteger integralmente y restituir los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes que han sido vulnerados o que han sido víctimas de delitos”, dentro de este objetivo, se encuentra:

Estrategia prioritaria 3.1 Fortalecer los entornos familiares, disminuir la institucionalización de niñas, niños y adolescentes, homologar procedimientos de adopción y regularizar los Centros de Asistencia Social, para garantizarles condiciones de bienestar y un sano desarrollo integral.

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 99

A. Niñas, niños y adolescentes en riesgo de perder los cuidados parentales.

A.1 Mecanismos de denuncia de maltrato. No hay

A.2 Intervenciones de apoyo y/o educativas sobre métodos positivos de crianza, no violentas y participativas, para padres, madres y tutores.

Acción puntual del PRONAPINNA

3.1.1 Acciones de prevención de separación innecesaria de la familia.

3.1.2 Promover capacidades de cuidado familiar y comunitario.

Dependencia o Entidad coordinadora conforme PRONAPINNA

Como se puede observar, esta estrategia está orientada a disminuir la institucionalización, realizando acciones de prevención, sin embargo, existe un factor que pocas veces es identificado como mecanismo preventivo y por tanto suele ser diseñado bajo el enfoque de atención, y es sobre líneas de ayuda donde, niñas, niños, adolescentes e incluso madres y padres, podrían pedir asesoría desde sus hogares. Además, están las líneas de ayuda como mecanismos de denuncia de maltrato, para quien ya es víctima de violencia.

Incluso, las recomendaciones finales del Comité de los Derechos del Niño a México de 2015, invitaban a facilitar mecanismos de denuncia amigables para niñas y niños (CRC/C/MEX/CO/4-5, 2015: Párr. 16 y 32 inciso d), ante la elevada incidencia de castigo corporal de niñas y niños, la violencia doméstica y la violencia de género y la falta de acceso a la justicia para niñas y niños víctimas (CRC/C/MEX/CO/4-5, 2015: Párr. 31 inciso b).

Los mecanismos de denuncia deben permitir el acceso de la infancia al asesoramiento y consejo médico confidencial sin el consentimiento de sus familiares, precisamente porque puede ser en este núcleo en donde se está consumando la violencia (CRC, 2009: Párr. 101); además, dada la prevalencia violencia contra mujeres y niñas en México, los mecanismos deberán de reconocer las actitudes patriarcales y los estereotipos de género persistentes y que son discriminatorios frente a las niñas y las mujeres, (CRC/C/MEX/CO/4-5, 2015: Párr. 17).

El Objetivo prioritario 3, tiene además otra estrategia (3.5) dedicada a intervenciones preventivas y de apoyo a la familia:

Estrategia prioritaria 3.5 Implementar acciones en materia de prevención, protección, atención y respuesta a la violencia en contra de niñas, niños y adolescentes, para garantizarles el derecho a la integridad personal.

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 100
N/A
SNDIF
SNDIF

A. Niñas, niños y adolescentes en riesgo de perder los cuidados parentales.

Acción puntual del PRONAPINNA Dependencia o Entidad coordinadora conforme PRONAPINNA

A.2 Intervenciones de apoyo y/o educativas sobre métodos positivos de crianza, no violentas y participativas, para padres, madres y tutores.

3.5.5 Promover la prevención y atención de la violencia en todos los entornos, incluyendo el escolar, familiar, comunitario, digital e institucional.

3.5.7 Impulsar el fortalecimiento de habilidades familiares de madres, padres y personas cuidadoras para una crianza positiva de niñas, niños y adolescentes y libre de violencias.

En cuestiones de aplicación de los principios de la CDN para la determinación y aplicación de las medidas especiales de protección que impliquen separación de la familia, el Objetivo prioritario 3, desarrolla en la estrategia 3.1, lo concerniente a cuidados alternativos, adopción e incluso casos donde las madres y padres estén privados de la libertad.

Seguridad y Protección Ciudadana

B. Aplicación de los principios para la determinación y aplicación de las medidas especiales de protección que impliquen separación de la familia.

SNDIF

Estrategia prioritaria 3.1 Fortalecer los entornos familiares, disminuir la institucionalización de niñas, niños y adolescentes, homologar procedimientos de adopción y regularizar los Centros de Asistencia Social, para garantizarles condiciones de bienestar y un sano desarrollo integral.

Acción puntual del PRONAPINNA

Dependencia o Entidad coordinadora conforme PRONAPINNA

3.1.3 Fortalecer las modalidades de cuidados alternativos, incluyendo el acogimiento familiar por familiares y familias ajenas, cuidado residencial y adopciones SNDIF

3.1.4 Homologación de procedimientos de adopción nacional e internacional SNDIF

3.1.9 Definir medidas de protección Integral para hijas e hijos de personas privadas de la libertad SNDIF

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 101

Finalmente, el Objetivo prioritario 3, en la misma estrategia prioritaria 3.1, contiene acciones respecto estándares administrativos para la prestación de servicios en el acogimiento y supervisión de los servicios de acogida:

C. Niñas, niños y adolescentes

parentales. Acción puntual del PRONAPINNA

3.1.5 Autorización, registro, certificación y supervisión de los Centros de Asistencia Social y otros.

3.1.10 Generar datos confiables, actualizados y con periodicidad sobre niñas, niños, adolescentes y jóvenes, que son atendidos en los CAS, que den cuenta de la calidad del cuidado y del proyecto de vida hacia la vida autónoma.

3.1.8 Acompañamiento emocional a adolescentes y a jóvenes, en relación con el proceso deegreso de CAS y la vida autónoma e independiente.

Dependencia o Entidad coordinadora conforme PRONAPINNA

Plan Estratégico de Acciones para la Atención a Niñas, Niños y Adolescentes en Situación de Movilidad (PEAANNAM)

2021

Es una propuesta estratégica de acciones coordinadas y articuladas para la protección de niñas, niños y adolescentes en situación de movilidad en el contexto actual, se integra por dos componentes rectores: acciones estratégicas y órganos colegiados.

Tiene una estrategia particular “Acciones NNA en general, Alojamiento de NNA en albergues” compuesta por lo siguiente:

Ø Promoción de la protección de derechos de niñas, niños y adolescentes en albergues.

Ø Diseño y difusión de materiales digitales y físicos dirigidos a contrapartes, así como desarrollo de rutas de acción.

Ø Proporcionar capacitaciones a albergues sobre temas relacionados con tráfico ilícito de personas migrantes, trata de personas, salud y salud mental, emergencias.

Ø Proyecto Promoción de orientación para una alimentación correcta (nutritiva, suficiente y de calidad) para niñas, niños y adolescentes en situación de migración en los centros de asistencia social.

Ø Proyecto Promoción del modelo de cuidados alternativos para niñas, niños y adolescentes SNDIF-UNICEF en todo México.

Estudio de
Situación de
Derechos
Niñas
Adolescentes 102
la
los
de Niños,
y
sin cuidados C.1 Estándares administrativos para la prestación de servicios en el acogimiento.
SNDIF
SNDIF
SNDIF
C.2 Plan de atención a niñas y niños en la modalidad de acogimiento. 3.1.6 Modalidades alternativas de cuidado de niñas, niños y adolescentes en CAS y otros. SNDIF C.3 Supervisión de los servicios de acogida. 3.1.7 Armonización de registros de los Centros de Desarrollo Integral Infantil. SNDIF

Ø Plan para incrementar el número de familias de acogida que reciben a niñas, niños y adolescentes en situación de movilidad.

Ø Programa para el desarrollo de actividades psicosociales en albergues que reciben a niñas, niños y adolescentes en situación de movilidad.

Como se puede ver, está orientada a satisfacer los derechos de niñas, niños y adolescentes, durante su estancia en los albergues.

Estrategia Nacional de Atención a la Primera infancia (ENAPI)

Tiene el objetivo de garantizar a niñas y niños menores de 6 años, el ejercicio efectivo de sus derechos a la supervivencia, desarrollo integral y prosperidad, educación, protección, participación y vida libre de violencia, atendiendo las brechas de desigualdad existentes entre estratos sociales, regiones geográficas y géneros, así como a la diversidad inherente a cada persona.

El documento contiene un conjunto de 29 servicios e intervenciones se organiza en cuatro componentes interrelacionados del desarrollo integral de Niñas y Niños: (i) Salud y nutrición; (ii) Educación y cuidados y; (iii) Protección; y (iv) Bienestar. Cada una de ellas corresponde a un eje estratégico y cuenta con líneas de acción y resultados:

Eje rector 1: Salud y nutrición

Líneas de acción:

1. Salud sexual y reproductiva.

2. Servicios de salud para niños, niñas y sus madres.

3. Programas y servicios de nutrición para niños, niñas y sus madres.

Como parte de los resultados de esta acción, se espera el acceso universal y de calidad a servicios de planificación familiar, entre otros.

Eje rector 2: Educación y cuidados

Líneas de acción:

1. Cuidado cariñoso y sensible a niñas y niños de 0 a 5 años cumplidos.

2. Educación inicial.

3. Educación preescolar.

Como parte de los resultados se realizará, la entrega de cartilla de cuidados para la atención de la primera infancia, se espera el fortalecimiento de servicios públicos, sociales y privados de habilidades parentales, crianza positiva y compartida, la focalización de población para acercar modalidades de educación a niñas, niños y sus familias, y la creación y fomento de redes de apoyo a la educación inicial.

Si bien se realiza un énfasis en poblaciones marginadas/excluidas y en la focalización de la población con mayor grado de vulnerabilidad, no se mencionan las herramientas a utilizar para llegar a toda esta población.

Eje rector 3: Protección

Líneas de acción:

1. Identidad y registro de nacimiento de niños y niñas.

2. Protección especial y para una vida libre de violencia para niñas y niños.

3. Asegurar el funcionamiento eficiente de las Procuradurías de Protección a niños, niñas y adolescentes,destinando recursos a una agenda específica para atender la problemática de violencia en cualquiera de sus modalidades, que afecta a la primera infancia.

4. Fortalecer las capacidades de los Centros de Asistencia Social públicos y privados, para que se consoliden como instancias capaces de brindar atención psicosocial a la primera infancia migrante.

En términos de protección, no se abunda sobre las acciones diferenciadas entre prevención y atención sobre la problemática de violencia en cualquiera de sus modalidades.

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 103

Eje rector 4: Bienestar

Líneas de acción:

1. Cobertura y acceso a programas sociales

2. Conciliación trabajo-familia

3. Espacios y entornos familiares y comunitarios sanos y seguros

La ENAPI cuenta con un importante número de indicadores, además de documentos complementarios muy completos como Hojas de Ruta y una caja de Herramientas con guías sobre elaboración de planes, guías y formatos de participación infantil, mapeos de ofertas y bienes, registro de indicadores, entre otros.

Para la elaboración del presente informe no se localizó algún informe, mismo que será interesante, en particular el seguimiento a los indicadores, pues existen algunos que pretenden medir, por ejemplo, “la mejoría en la relación vida-trabajo en el último año calendario” y si bien esto se puede obtener a través de una encuesta, no se encontró la estructura de indicadores de proceso y resultado, y su respectiva vinculación a instrumentos de medición.

Estrategia Nacional para la Prevención del Embarazo en Adolescentes (ENAPEA)

La ENAPEA tiene por objeto reducir el número de embarazos en adolescentes en México, con absoluto respeto a los derechos humanos, particularmente los derechos sexuales y reproductivos. Es coordinada por la Secretaría General del Consejo Nacional de Población (CONAPO) y por la Secretaría Técnica está a cargo del Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES).

Actualmente, el trabajo de la ENAPEA se distribuye a través de un Grupo Interinstitucional para la Prevención del Embarazo en Adolescentes (GIPEA) y de diversos Subgrupos de Trabajo:

Ø Subgrupo de Indicadores para Monitoreo y Evaluación de la ENAPEA.

Ø Subgrupo de Acompañamiento a Grupos Estatales para la Prevención de Embarazo en Adolescentes (GEPEA) .

Ø Subgrupo para disminuir a cero los embarazos y nacimientos en niñas y adolescentes menores de 15 años .

Ø Grupo Estatal representante de los 32 Grupos Estatales para la Prevención del Embarazo en Adolescentes.

Las acciones están a su vez distribuidas por diversos componentes, donde participan otras instituciones:

Componente 1. Educación inclusiva, integral y flexible

Descripción: Oportunidades educativas en México para niñas, niños y adolescentes ampliadas en todos los niveles educativos de gestión pública con enfoque en la formación de habilidades para la vida y participación social en un entorno intercultural, contribuyendo al desarrollo progresivo y de bienestar.

Las acciones que se desarrollaron corresponden a las siguientes instancias: SEP, UNAM (FACMED), INPI, CNEGSR y CENSIDA.

Este componente se subdivide en tres subcomponentes, orientados al sector educativo, como actualización de planes, regularización escolar y apoyos para la inclusión.

Componente 2. Educación Integral en Sexualidad progresiva e inclusiva

Descripción: Educación integral en sexualidad otorgada desde la infancia que favorece la adquisición gradual, avance, uso de información y conocimientos necesarios para el desarrollo de habilidades y actitudes apropiadas para vivir una vida plena y saludable, así como reducir riesgos en materia de salud sexual y reproductiva, con enfoque participativo, intercultural, de género y derechos humanos, en todos los niveles educativos de gestión pública y privada.

104
Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

Las acciones que se desarrollaron corresponden a las siguientes instancias: SEP, INSP, UNAM (FACMED), IMSS, CNEGSR, INMUJERES, ISSSTE, CENSIDA, CONAPO, UNICEF e IMJUVE.

Este componente se subdivide en tres subcomponentes, orientados a la inclusión de contenidos de Educación Integral en Sexualidad, capacitación y formación al personal docente, y fomento de liderazgos adolescentes y juveniles.

Componente 3. Oportunidades laborales apropiadas para la edad y acordes a las capacidades.

Descripción: Oportunidades laborales para las y los adolescentes en edad legal de trabajar en México, que les permitan un ingreso suficiente para una vida sin carencias, y así asegurar que concluyan la educación obligatoria y ejerzan su participación social.

Las acciones que se desarrollaron corresponden a las siguientes instancias: SNE y SEP.

Este componente se subdivide en tres subcomponentes, orientados a capacitación para el empleo y autoempleo, servicios de orientación y asesoría laboral, oportunidades laborales apropiadas para la edad y acordes a las capacidades.

Componente 4. Entorno habilitante

Descripción. Entorno legal, social y regulatorio habilitante propiciado bajo un esquema de participación social que favorezca las decisiones libres e informadas de niñas, niños y adolescentes, y se les reconozca su autonomía y capacidades evolutivas respecto al ejercicio de su sexualidad de manera libre y placentera y la toma de decisiones respecto a su salud sexual y reproductiva.

Las acciones que se desarrollaron corresponden a las siguientes instancias: CNEGSR, INMUJERES, INDESOL, IMSS, SEP, SE-SIPINNA, ELIGE RED, IMJUVE, SGCONAPO, INSP, CENSIDA, SNDIF, UNICEF, INPI y UNFPA.

Este componente se subdivide en tres subcomponentes, orientados a la protección contra la violencia sexual y reproductiva, promoción de

derechos para prevenir el embarazo con visión intercultural y proyectos de investigación para el cambio de normas sociales para la generación de entornos habilitantes.

Componente 5. Servicios de salud amigables, resolutivos, inclusivos y versátiles

Descripción: Servicios de prevención y promoción de salud con énfasis en la salud sexual y reproductiva de calidad, de acuerdo con las necesidades de la población de 10 a 19 años, en apego a la normatividad; además se incrementa la demanda fomentando la participación social y se asegura el acceso a una gama completa de métodos anticonceptivos, incluyendo los reversibles de acción prolongada (ARAP) para garantizar una elección libre e informada y la corresponsabilidad del varón en el ejercicio de la sexualidad.

Las acciones que se desarrollaron corresponden a las siguientes instancias: CNEGSR, IMSS, ISSSTE, INPER, CENSIDA, ELIGE RED, IMJUVE y UNFPA.

Este componente se subdivide en cinco subcomponentes, dedicados a provisión de métodos anticonceptivos dentro y fuera de IMSSBienestar, acciones de mercadeo social de los servicios disponibles, servicios amigables, y prevención de embarazos subsiguientes.

Componente 6. Detección Temprana y Atención de la Violencia Sexual contra niñas, niños y adolescentes

Descripción: Acciones para la identificación temprana de la violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes y se implementan servicios para su atención oportuna e integral.

Las acciones que se desarrollaron corresponden a las siguientes instancias: IMSS, CNEGSR, SEP, INPI, IMJUVE, ISSSTE, INMUJERES, INAFED, CONAVIM, SE-SIPINNA, SNDIF y UNFPA.

Este componente se subdivide en dos subcomponentes, con acciones orientadas a identificación y atención oportuna sobre casos de violencia sexual en niñas, niños y adolescentes, además de acciones de protección y restitución de derechos de víctimas de violencia sexual.

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 105

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

Finalmente, se presenta a continuación una relación en torno a los programas y estrategias federales que contemplan en sus documentos principales, acciones para niñas, niños y adolescentes en riesgo de perder el cuidado parental y/o quienes ya lo han perdido:

Documento

Programa Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PRONAPINNA) 2021-2024

Niñas, niños y adolescentes en riesgo de perder el cuidado parental

Niñas, niños y adolescentes que han perdido el cuidado parental

Plan Estratégico de Acciones para la Atención a Niñas, Niños y Adolescentes en Situación de Movilidad PEAANNAM Nov 2021 - -

Estrategia Nacional de Atención a la Primera infancia (ENAPI) -

Estrategia Nacional para la Prevención del Embarazo en Adolescentes (ENAPEA) - -

106

Plan Rector Aldeas Infantiles SOS

107
10

Derecho a vivir en familia

En la mayoría de las culturas, la integración y diversidad de familias están orientadas a cumplir un fin social de reproducción biológica, económica y política desde el sistema patriarcal, génesis de la desigualdad. En las últimas décadas, la dinámica económica ha transformado las formas de “ser familia”, en este contexto las luchas feministas y de la comunidad LGTBIQ+ han tenido un papel central en la búsqueda de la diversidad familiar buscando la igualdad sustantiva.

La vieja idea de la familia nuclear integrada por papá, mamá e hijo/s, ha transitado a otros tipos de familia: monoparentales, biparentales sin hijos, familias biparentales con hijos, familias homoparentales, familias reconstituidas, familias, familias de acogida, familias adoptivas y familias extensas.

Sin embargo, las personas adultas como la mamá, papá o cuidador primario tienen obligaciones parentales que cumplir más allá del tipo de familia que constituyan:

Ø Derecho a la vida y a la integridad personal

Ø Derecho a la libertad personal.

Ø Derecho a la salud física y mental

Ø Derecho a la alimentación.

Ø Derecho a la educación y a la recreación

Aldeas Infantiles SOS en sus más de 70 años de trayectoria ha tenido un papel relevante para hacer visible la interdependencia de derechos de la niñez en riesgo y aquella que ya perdieron los cuidados parentales. Esta interdependecia implica no jerarquizar los derechos, sino asumir que están articulados en su garantía, de tal manera que se deben realizar acciones tendientes al goce del mayor número posible de derechos establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño:

Artículo 1: La definición del niño en la legislación y en la práctica debe tener en cuenta la “evolución de las facultades” del niño

Artículo 2: Todos los derechos deben ser reconocidos a todos los niños sujetos a la jurisdicción del Estado sin discriminación por motivo alguno

Artículo 3.1: El interés superior del niño debe ser una consideración primordial en todas las medidas concernientes al niño

Artículo 6: El derecho a la vida y a la supervivencia y al desarrollo en la máxima medida posible

Artículo 7: Registro del nacimiento, derecho a un nombre y una nacionalidad, y a conocer a sus padres y ser cuidado por ellos

Artículo 9: No separación del niño de sus padres, excepto si es necesario en el interés superior

Artículo 10: Reunión internacional de la familia

Artículo 11: Protección contra el traslado ilícito de niños al extranjero y contra la retención ilícita de niños en el extranjero

Artículo 12: El respeto de las opiniones del niño en todos los asuntos que le afectan; la oportunidad de ser escuchado en todo procedimiento judicial o administrativo que le afecte

Artículo 16: Protección contra injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia y su domicilio

Artículo 18: Responsabilidad conjunta de ambos padres

Artículo 19: Protección contra toda forma de violencia

Artículo 20: Niños privados de su medio familiar

Sin limitación sobre el número de derechos, son el marco de actuación programática con indicadores de avance, esenciales para evaluar el impacto del Estado mexicano y de las propias acciones de Aldeas Infantiles SOS a lo largo del tiempo.

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 108

La mirada global de Aldeas

Infantiles SOS

Durante el desarrollo de sus acciones, por siete décadas en todo el mundo, Aldeas Infantiles SOS ha logrado construir y actualizar constantemente un marco conceptual y programático que orienta sus acciones a lo largo del tiempo.

En los documentos institucionales vigentes se ha establecido dos grandes objetivos hacia el año 2030:

Ø Primer objetivo: A 2030, nos aseguraremos de que muchos más niños y niñas tengan un hogar protector e igualdad de oportunidades de triunfar en la vida.

Ø Segundo objetivo: Lideraremos el movimiento de cuidado infantil más eficaz del mundo para asegurarnos de que “ningún niño o niña deba crecer solo”.

Para acercarse al cumplimiento de la “Estrategia a 2030” se establecieron siete iniciativas estratégicas46:

Innovaremos y haremos crecer el cuidado alternativo y profundizaremos su integración en la comunidad. A 2030, el 95% de nuestros programas de cuidado alternativo tendrá familias integradas en la comunidad u ofrecerá acogimiento en hogares de guarda, lo cual garantizará que los niños, niñas y jóvenes en nuestros programas sean miembros integrados de la sociedad.

Fortaleceremos a las familias al centrarnos más en la prevención de la separación familiar y en

la respuesta ante situaciones de emergencia. A 2030, queremos que el 85% de las familias sea autosuficiente al salir de los programas de fortalecimiento familiar.

Empoderaremos a los jóvenes al fortalecer su cuidado y mejorar su empleabilidad. A 2030, el 95% de jóvenes tendrá un avance satisfactorio en la educación y el 90% será autosuficiente al dejar el cuidado alternativo.

Le daremos voz a niñas, niños y adolescentes de nuestro grupo meta y acrecentaremos nuestro impacto en la abogacía. A 2030, seguiremos contribuyendo a mejorar las políticas públicas en pro de nuestro grupo meta en todos los países con presencia de Aldeas Infantiles SOS.

Crearemos un movimiento al movilizar a la gente a favor de un cuidado infantil de calidad y compartir nuestras experiencias y conocimientos. A 2030, 150 programas de Aldeas Infantiles SOS también establecerán alianzas de cuidado alternativo con los gobiernos u otros proveedores.

Simplificaremos a SOS. Tener una organización más simple, ágil y digital supone ejecutar una cuota mayor de nuestros fondos para apoyar a los niños, niñas y jóvenes.

Información disponible en URL: {https://drive.google.com/file/d/1ZYIIcpOfrINFGxGWJUjUEqeMhevqrKn4/view}. Consultado en julio de 2022.

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 109
43
Creamos entornos familiares para los niños y niñas necesitados, les ayudamos a formar su propio futuro y participamos en el desarrollo de sus comunidades. Cada niña y cada niño pertenece a una familia y crece con amor, respeto y seguridad. Confianza Audacia Compromiso Responsabilidad MISIÓN VISIÓN VALORES

Aumentaremos significativamente el financiamiento de la Federación para hacer posible el cambio que imaginamos.

Iniciativa Estratégica 1: Ofrecer un cuidado alternativo a los niños y niñas sin cuidadores adecuados.

Iniciativa Estratégica 2: Fortalecer a las familias y comunidades para prevenir la separación.

Iniciativa Estratégica 3: Fortalecer la empleabilidad de los jóvenes.

Iniciativa Estratégica 4: Involucrar a niñas, niños y adolescentes (grupo meta) en la abogacía para mejorar los sistemas de protección gubernamentales.

Más de 70 AÑOS DE IMPACTO Mejora en la vida de los niños y niñas sin cuidado parental Adecuado 1949-2019

Nuestra contribución proyectada con los ODS al 2030

El impacto en las vidas de los ex participantes que estuvieron en los estudios fue extrapolado a toda la población de participantes a los que Aldeas Infantiles SOS atendió entre 1949 y 2019, así como aquellos que se espera que se atiende entre 2020 y 2030. Para aquellos que serán atendidos en el futuro, esto está basado en la suposición conservadora de que la cantidad de participantes en cada programa permanecerá igual hasta 2030.

El impacto positivo proyectado en los niños, niñas, adolescentes y jóvenes en diferentes áreas de la vida al 2030 fue luego mapeado con las metas relacionadas en los ODS seleccionados que son los más directamente pertinentes para nuestro trabajo.

Nuestro impacto en las comunidades

Se evaluaron los cambios en la situación de la comunidad generados por el programa.

La evidencia se ha recopilado de 13 localidades de los programas en 12 países como parte de nuestras evaluaciones de impacto social recientes y en curso. Investigadores independientes llevaron a cabo entrevistas y debates en grupos focales con actores involucrados comunitarios pertinentes, incluidas autoridades, aliados y personal del programa.

Las dimensiones clave evaluadas son:

Sensibilización comunitaria: Los actores involucrados están sensibilizados de la situación de niños, niñas y familias en condición de vulnerabilidad y tienen una clara idea de cómo mejorar la situación.

Sistemas de apoyo comunitarios, que incluyen:

Ø Participación cívica en términos de miembros comunitarios individuales que actúan en pro de niños, niñas y familias en situación de vulnerabilidad.

Ø Las redes comunitarias formales que llevan a cabo acciones coordinadas para apoyar a los niños, niñas y familias en situación de vulnerabilidad.

Ø Los mecanismos de protección infantil en la comunidad que responden y abordan las violaciones de los derechos de los niños y niñas.

Progreso hacia la sostenibilidad: Donde existan aliados en la implementación, estos podrían continuar las actividades para apoyar a los niños, niñas o familias en situación de vulnerabilidad en la comunidad si Aldeas Infantiles SOS se retira.

Cuidado alternativo: La cantidad de niños y niñas en cuidado alternativo se ha reducido desde que

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 110

dieron inicio los servicios. A partir de las bases sólidas de crecimiento en las últimas décadas, prevemos que Aldeas Infantiles SOS continuará teniendo un impacto positivo y significativo en las vidas de millones de niños y niñas en los años venideros. Esto debe lograrse no solo con el trabajo directo con los niños y niñas, sus familias y comunidades y con trabajo adicional de abogacía a nivel nacional, regional y global, sino también al liderar una movilización social para tener un movimiento más amplio que garantice el derecho de todos los niños y niñas a un cuidado de calidad.

Centrarse en prevenir la separación de los niños y niñas de su familia y promover la calidad del cuidado en la familia.

Fortalecimiento familiar

Diseñar sólidos sistemas de apoyo en la comunidad junto con nuestros aliados para obtener servicios de apoyo más coordinados y mayor sostenibilidad.

Introducir servicios especializados (junto con los aliados) para subgrupos específicos cuando sea necesario, tal como madres y padres solteros.

Aliarse en pro del empoderamiento económico, apoyo en el alojamiento y otros servicios básicos con otras organizaciones que están más especializadas en estas áreas de trabajo.

Contar con recursos adecuados, inclusive una proporción de personal y participantes manejable para atender de mejor manera las necesidades de las familias (y el empoderamiento comunitario respectivo).

Gestionar las expectativas, incluida la comunicación eficaz con los y las participantes desde inicio del programa sobre objetivos, duración, tipos de servicios y finalización. Esto incluye un plan de desarrollo estructurado profesionalmente con duración adecuada de la participación en el programa.

111
Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

Cuidado similar al familiar

Fortalecer las relaciones con las familias de origen y la reintegración de los niños y niñas cuando atienda al interés superior del niño y la niña.

Fortalecer la integración comunitaria del cuidado similar al familiar, garantizar que nuestros programas estén bien integrados en las comunidades en las cuales operamos.

Seguir mejorando la empleabilidad de jóvenes mediante alianzas y redes de apoyo pertinentes, tales como YouthCan! y otras iniciativas.

Apoyar a profesionales del cuidado con desarrollo de capacidades, supervisión y capacitación constantes.

Dar más apoyo adaptado a las necesidades para preparar a los y las jóvenes en su transitar a la vida independiente.

Ofrecer un mayor cuidado posterior a la acogida y apoyo de seguimiento, incluidas relaciones más cercanas con aquellos que han finalizado su acogida.

112
Estudio

Plan Rector CRSA 2018

Visión del plan

Contar con un programa articulado de acciones incluyentes de bienestar social, que respondan a las necesidades y problemáticas de niñas, niños y adolescentes que han perdido el cuidado parental o están en riesgo de perderlo, en su calidad de fenómeno social prevenible.

Objetivo general del plan rector Generar propuestas de intervención para prevenir la pérdida del cuidado parental o en su caso, atender a niñas y niños que lo perdieron; lo anterior, de acuerdo a las Directrices sobre las Modalidades Alternativas de Cuidado de la Niñez y a través de un plan de trabajo de corto, mediano y largo plazo.

Prioridades y objetivos específicos

PRIORIDAD 1: Prevenir la desintegración familiar

Esta primera prioridad requiere de la consecución de los siguientes objetivos:

1. Promover la cultura del respeto a los derechos de niñas, niños y adolescentes.

2. Detectar oportunamente las situaciones de riesgo.

3. Reforzar las bases comunitarias de prevención de la pérdida del cuidado parental, a través de servicios de atención comunitaria con enfoque a grupos de riesgo.

4. Gestión y seguimiento individualizado de casos en materia de prevención de la pérdida del cuidado parental.

PRIORIDAD 2: Desarrollar y evaluar modelos alternativos de cuidado

La prioridad se define en torno a los siguientes objetivos propuestos:

1. Reforzar el modelo familia SOS.

2. Implementar nuevos modelos de cuidado.

PRIORIDAD 3: Educación y participación para una vida independiente

Con el objetivo de acompañar e impulsar una correcta incorporación de los jóvenes en la transición hacia la vida adulta, los objetivos propuestos fueron:

1. Preparar y educar para una vida independiente.

2. Acompañar en la transición a la vida independiente e incorporación laboral.

3. Seguimiento y evaluación de la integración exitosa.

Propuesta de actualización del plan rector de Aldeas

Infantiles SOS en México CRSA 2022

Visión del plan

Contar con un programa articulado de acciones enfocadas desde el derecho de niñas, niños y adolescentes a vivir en familia para fortalecer su participación activa, junto con familias y comunidades en la prevención de los factores de riesgo de separación, desarrollar habilidades de responsabilidad parental y en la abogacía por mejorar el sistema nacional de protección integral del Estado mexicano.

Objetivo general del plan rector actualizado Generar acciones de corto, mediano y largo plazo para prevenir la separación familiar o en su caso, atender a la niñez sin cuidados parentales; a través de acciones basadas en la participación activa de niñas, niños, adolescentes, familias y comunidades involucradas en la movilización social a favor del derecho a vivir en familia, el cuidado infantil de calidad y por mayores esfuerzos gubernamentales.

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 113

Prioridades y objetivos específicos:

PRIORIDAD 1: Prevenir la separación familiar de niñas, niños y adolescentes

1. Promover la promoción y respeto a los derechos de niñas, niños y adolescentes, especialmente el derecho a vivir en familias democráticas que estimulen su autonomía progresiva.

Desarrollar campañas de comunicación específicas para cada sector de la población (población abierta, familias, escuelas, autoridades, etc.) recuperando las voces de niñas, niños y adolescentes para promover un hogar protector e igualdad de oportunidades de triunfar en la vida.

Indicador: Número de campañas implantadas con medición de impacto en la movilización social.

Implementar canales de comunicación diferenciados, con un kit de materiales divulgativos, para atender a los liderazgos comunitarios, líderes de opinión, niñez y personas jóvenes que respondan al llamado de acción para sumarse al movimiento social a favor de un cuidado infantil de calidad.

Indicador: Número de solicitudes de participación según el canal de comunicación diferenciado.

2. Promover las habilidades y responsabilidad parental al interior las diversas familias que acompañamos.

Elaborar un programa de formación híbrida sobre ¿Cómo formar una familia con amor, respeto y seguridad? (Derechos de la niñez a vivir en familia a través de la Visión de Aldeas Infantiles SOS).

Indicador: Número de personas participantes que concluyen la formación en presencial o línea.

Crear espacios de acompañamiento a hombres que buscan ejercer paternidades positivas, en alianza con organizaciones expertas.

Indicador: Número de hombres participantes de forma presencial o línea.

Desarrollar materiales creativos y virales para difundir los mensajes claves del derecho a vivir en familia y responsabilidad parental a través de las personas participantes en los distintos programas.

Indicador: Número de impactos digitales registrados con los materiales creativos.

3. Reforzar la participación comunitaria en la prevención de la pérdida del cuidado parental a través de mecanismos de alerta temprana y respuestas articuladas a favor de la niñez en riesgo.

Elaborar y estandarizar un protocolo de detección y derivación de casos de vulnerabilidad, violencia o abuso contra niñas, niños y adolescentes.

Indicador: Número de casos identificados y canalizados mediante el protocolo de detección y derivación.

Implementar y evaluar servicios de atención comunitaria para niñez en riesgo en alianza con socios locales. (Menores de tres años, madres adolescentes, abandono escolar, entre otros).

Indicador: Número de niñas, niños y adolescentes atendidos de acuerdo a las alianzas y programas específicos de atención comunitaria.

Crear y evaluar un modelo de “casa segura”, gestionada en los domicilios de liderazgos locales, donde niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia pueden recurrir las 24 horas en busca de contención y derivación a servicios de protección integral.

Indicador: Número de “casas seguras” establecidas y número de niñas, niños y adolescentes atendidos y derivados a las autoridades locales.

Estudio
Situación
Adolescentes 114
de la
de los Derechos de Niños, Niñas y

4. Seguimiento individualizado de casos de riesgo de pérdida del cuidado parental, buscando la restitución de sus derechos.

Desarrollar y evaluar programas de acompañamiento familiar en el domicilio, con enfoque de derechos humanos y perspectiva de género.

Indicador: Número de familias participantes del programa.

Implementar planes de restitución de derechos, junto con las autoridades locales, para seguimiento personalizado de casos.

Indicador: Número de planes de restitución de derechos en colaboración con las autoridades locales.

PRIORIDAD 2: Desarrollar y evaluar modelos alternativos de cuidado

1. Renovar los programas de Aldeas Infantiles SOS con la participación activa de niñas, niños y adolescentes en riesgo y sin cuidados parentales.

Crear espacios institucionales de participación infantil y juvenil para invitarles a convertirse en “Asesores Infantiles SOS” en la revisión y ajuste de algunos programas.

Indicador: Número de niñas, niños y adolescentes que participan como “Asesores infantiles SOS” de forma presencial o línea.

Sistematizar los aportes de las y los “Asesores Infantiles SOS” para la renovación de los programas considerados en este ejercicio de participación infantil e informarles cómo fue considerada debidamente su opinión.

Indicador: Número de aportes sustanciales retomados por Aldeas Infantiles de “Asesores Infantiles SOS”.

2. Ampliar el número de niñas y niños en el modelo de familias solidarias, dentro de las comunidades donde Aldeas Infantiles SOS realiza sus acciones para familias de acogida.

Desarrollar y evaluar una campaña de sensibilización del modelo de familias solidarias y sus aportes en el cuidado infantil de calidad.

Indicador: Número de materiales compartidos.

Desarrollar y evaluar una estrategia de selección y capacitación de familias solidarias en las comunidades en coordinación con las autoridades responsables.

Indicador: Número de familias solidarias participantes.

3. Establecer alianzas de cuidado alternativo con organizaciones comunitarias y gobiernos locales.

Desarrollar un mapa de servicios locales y de organizaciones comunitarias cercanas a la agenda de derechos de la niñez en riesgo para identificar posibles sinergias locales.

Indicador: Número de organizaciones comunitarias identificadas.

Fortalecer alianzas con experiencias comunitarias existentes que aporten a los cuidados infantiles de calidad en sinergia con las cuatro iniciativas estratégicas de la “Estrategia a 2030”.

Indicador: Número de experiencias comunitarias locales fortalecidas.

Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes 115

PRIORIDAD 3: Participación comunitaria para la vida independiente de las personas jóvenes.

1. Preparar a los adolescentes y jóvenes de nuestros programas residenciales a través de modelos comunitarios para la transición a una vida independiente.

Generar espacios de colaboración con organizaciones comunitarias para el desarrollo de las capacidades de resiliencia. (Servicios a la comunidad, organización de fiestas tradicionales, etc).

Indicador: Número de adolescentes y jóvenes participantes.

Implementar un programa de desarrollo de habilidades y capacidades para la vida adulta (autocuidado, finanzas, auto sustento, etc.) con apoyo de organizaciones locales de mujeres, medio ambiente o emprendedores sociales.

Indicador: Número de programas de desarrollo de habilidades desarrollados por periodo.

2. Acompañar la transición a la vida independiente e incorporación laboral con el apoyo de liderazgos comunitarios.

Generar espacios de colaboración con emprendedores locales, organizaciones comunitarias y autoridades locales para que adolescentes y personas jóvenes de los

programas residenciales de Aldeas Infantiles vivan experiencias laborales en sus periodos vacacionales.

Indicador: Número de adolescentes y jóvenes participantes.

Desarrollar una alianza para la creación de espacios laborales para jóvenes en organizaciones comunitarias o autoridades locales.

Indicador: Número de programas de jóvenes contratados.

1. Seguimiento y evaluación de los procesos de integración exitosa a la vida independiente de las y los jóvenes dentro de las comunidades

Fortalecer y estandarizar el programa de departamentos en comunidad.

Indicador: Número de jóvenes que usan el programa de departamentos en comunidad.

Implantar proceso de seguimiento y evaluación sistematizada hasta dos años después de la integración definitiva.

Indicador: Número de seguimientos y evaluaciones realizadas por periodo.

116
Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

Bibliografía

Ø Auditoría Superior de la Federación (ASF). La Agenda Internacional y las Acciones de México ante el Cambio Climático. México, 2019.

Ø Beloff, Mary, Algunas confusiones en torno a las consecuencias jurídicas de la conducta transgresora de la ley penal en los nuevos sistemas de justicia juvenil latinoamericanos, en García Méndez, Emilio, Adolescentes y responsabi lidad penal, Ad Hoc, Buenos Aires, 2001.

Ø Centro Internacional para el Desarrollo del Niño del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), El Trabajo del Defensor de los Niños, Innocent Digest 1, 1999, pp. 1-20.

Ø CNDH. DIAGNÓSTICO SOBRE LA SITUACIÓN DE LA TRATA DE PERSONAS EN MÉXICO 2021 PROCURACIÓN E IMPARTICIÓN DE JUSTICIA. QUINTA VISITADURÍA GENERAL. Programa contra la Trata de Personas. 2021.

Ø Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) “Fiscal Panorama of Latin America and the Caribbean” 2021.

Ø Comisión Económica para América Latina y el Caribe/Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (CEPAL/ACNUDH), Cambio climático y derechos humanos: contribuciones desde y para América Latina y el Caribe (LC/TS.2019/94/Corr.1), Santiago, 2019.

Ø Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, Organización de los Estados Americanos, El derecho del niño y la niña a la familia, Cuidado alternativo. Poniendo fin a la institucionalización en las Américas. 2013.

Ø DÍA DE DEBATE GENERAL COMITÉ DE LOS DERECHOS DEL NIÑO NACIONES UNIDAS. Los derechos de la infancia y el cuidado alternativo. HUB Regional de América Latina y el Caribe con la revisión y aportes de jóvenes del YAT (Young person Advisory Team for the Day of General Discussion) 2020.

Ø Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), Procuradurías de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes. Informe sobre su costo y propuesta. 2019.

Ø González, Luis y Ortega, Ricardo (2013). El impacto diferenciado en las afectaciones a los derechos humanos de niñas y niños: una categoría de análisis propia desde una perspectiva de infancia. ANUARIO DE DERECHOS HUMANOS No. 9, pp. 101-112.

Ø Herrera, Coral; El mito de la familia feliz, en el Coral Herrera Gómez Blog, 16 de agosto de 2020, https://bit.ly/3dpP7HF

Ø International Bar Association’s Human Rights Institute, Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, Sede México. Violaciones, derechos humanos y contexto: herramientas propuestas para documentar e investigar. Manual de Análisis de Contexto para Casos de Violaciones a los Derechos Humanos. 2017

117
Estudio de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes

Ø IPCC, 2018: Resumen para responsables de políticas. En: Calentamiento global de 1,5 °C, Informe especial del IPCC sobre los impactos del calentamiento global de 1,5 ºC con respecto a los niveles preindustriales y las trayectorias correspondientes que deberían seguir las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero, en el contexto del reforzamiento de la respuesta mundial a la amenaza del cambio climático, el desarrollo sostenible y los esfuerzos por erradicar la pobreza [Masson-Delmotte V., P. Zhai, H.-O. Pörtner, D. Roberts, J. Skea, P.R. Shukla, A. Pirani, W. Moufouma-Okia, C. Péan, R. Pidcock, S. Connors, J.B.R. Matthews, Y. Chen, X. Zhou, M.I. Gomis, E. Lonnoy, T. Maycock, M. Tignor y T. Waterfield (eds.)].

Ø Kaufman, Michael; Los hombres, el feminismo y las experiencias contradictorias del poder entre los hombres, en Luz G. Arango, Magdalena León, Mara Viveros (comp.), Género e identidad. Ensayos sobre lo femenino y lo masculino, Bogotá, Tercer Mundo, 1995.

Ø La crisis climática es una crisis de los derechos de la infancia: Presentación del Índice de Riesgo Climático de la Infancia. Nueva York: Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), 2021.

Ø Pérez García Juan Martín, Diagnóstico de los derechos humanos de las poblaciones callejeras en la ciudad, en el marco del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal (PDHDF, 2007)

Ø Shamah-Levy T, Romero-Martínez M, Barrientos-Gutiérrez T, Cuevas-Nasu L, BautistaArredondo S, Colchero MA, Gaona-Pineda EB, Lazcano-Ponce E, Martínez-Barnetche J, Alpuche-Arana C, Rivera-Dommarco J. Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2020 sobre Covid-19. Resultados nacionales. Cuernavaca, México: Instituto Nacional de Salud Pública, 2021.

Ø UNHCR Guidelines on Formal Determination of the Best Interests of the Child. 2006.

Ø UNODC, Global Report on Trafficking in Persons 2020.

Estudio
Adolescentes 118
de la Situación de los Derechos de Niños, Niñas y
Oficina Nacional Avenida Morelos #43, Col. Rosas del Tepeyac, Alcaldía Gustavo A. Madero, C.P. 07010, Ciudad de México, México. www.aldeasinfantiles.org.mx (Child Rights Situation Analysis) @AldeaSOSMX Aldeas Infantiles SOS México Aldeas Infantiles SOS México @aldeasmx
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.