Es Justo. Propiedad de la Tierra, Justicia Social y Progreso.

Page 152

%3 *534/ s 151

cedimiento, la ocupación sobre las parcelas de origen público ni las destinadas al uso comercial o industrial, así como las previstas en el artículo 9 de la presente Ordenanza. Notificación ARTÍCULO 67.- Cuando se trate de terrenos privados con la ocupación de asentamientos urbanos reconocidos, la Oficina Técnica Municipal ordenará la notificación de la persona natural o jurídica propietaria del bien inmueble objeto del procedimiento, mediante Acto Administrativo al cual le será anexado copia de la solicitud y su admisión, con indicación de que se dispondrá de un lapso de diez (10) días hábiles para que se presente y demuestre la titularidad. Modalidades de Notificación ARTÍCULO 68.- La notificación será entregada a la persona propietaria del bien inmueble objeto del procedimiento o a quien se encuentre en su domicilio o habitación. En caso de ser una persona jurídica, en el domicilio reconocido, dejando constancia del nombre y apellido de la persona a quien se le ha hecho entrega, quien deberá firmar su recibo con datos de identificación y será agregado al expediente del procedimiento. PARÁGRAFO ÚNICO.- La Oficina Técnica Municipal realizará las gestiones tendentes para conocer el domicilio de la persona natural o jurídica en los diferentes órganos y entes municipales o nacionales. Imposibilidad de notificación ARTÍCULO 69.- Si la persona a notificar no pudiere o no quisiere firmar el recibo, se dejará constancia en el expediente de haberse cumplido dicha actuación. Sin perjuicio de cumplir con el procedimiento previsto en el artículo siguiente. Notificación por carteles ARTÍCULO 70.- Si la notificación personal no fuere posible, se procederá a notificar por car-


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.