Resoluciones 002 d gadpzch 2014 fiestas viceprefecta provincial

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PREFECTURA

RESOLUCIÓN No. 002-D-GADPZCH-2014 SOC. SALVADOR QUISHPE LOZANO PREFECTO PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Constitución de la República, establece dentro de los deberes primordiales del Estado la de garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales, en particular la educación, enfatizando en el artículo 52 establece el derecho de las personas a disponer de bienes y servicios de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a una información precisa y no engañosa sobre su contenido y características; Que, el artículo 250 de la Constitución de la República del Ecuador, prescribe que: “El territorio de las provincias amazónicas forma parte de un ecosistema necesario para el equilibrio ambiental del planeta. Este territorio constituirá una circunscripción territorial especial para la que existirá una planificación integral recogida en una ley que incluirá aspectos sociales, económicos, ambientales y culturales, con un ordenamiento territorial que garantice la conservación y protección de sus ecosistemas y el principio del sumak kawsay”; Que, el artículo 57 de la Carta Suprema, reconoce y garantiza a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, de conformidad con la Constitución y con los pactos, convenios, declaraciones y demás instrumentos internacionales de derechos humanos, los siguientes derechos colectivos: 1. Mantener, desarrollar y fortalecer libremente su identidad, sentido de pertenencia, tradiciones ancestrales y formas de organización social; 2. No ser objeto de racismo y de ninguna forma de discriminación fundada en su origen, identidad étnica o cultural; 8. Conservar y promover sus prácticas de manejo de la biodiversidad y de su entorno natural. El Estado establecerá y ejecutará programas, con la participación de la comunidad, para asegurar la conservación y utilización sustentable de la biodiversidad; 12. Mantener, proteger y desarrollar los conocimientos colectivos; sus ciencias, tecnologías y saberes ancestrales; los recursos genéticos que contienen la diversidad biológica y la agrobiodiversidad; sus medicinas y prácticas de medicina tradicional, con inclusión del derecho a recuperar, promover y proteger los lugares rituales y sagrados, así como plantas, animales, minerales y ecosistemas dentro de sus territorios; y el conocimiento de los recursos y propiedades de la fauna y la flora.- Se prohíbe toda forma de apropiación sobre sus conocimientos, innovaciones y prácticas; 13. Mantener, recuperar, proteger, desarrollar y preservar su patrimonio cultural e histórico como parte indivisible del patrimonio del Ecuador.- El Estado proveerá los recursos para el efecto; 19. Impulsar el uso de las vestimentas, los símbolos y los emblemas que los identifiquen; Que, el artículo 377 de la Constitución establece que “El sistema nacional de cultura

tiene como finalidad fortalecer la identidad nacional; proteger y promover la diversidad de las expresiones culturales; incentivar la libre creación artística y la producción, difusión, distribución y disfrute de bienes y servicios culturales; y salvaguardar la memoria social y el patrimonio cultural. Se garantiza el ejercicio pleno de los derechos culturales”;

Que, el artículo 380 ibídem dentro de las responsabilidades del Estado, en los 1


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