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Comité Internacional de la Cruz Roja
El Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) nació del gesto solidario y de las ideas humanitarias de un hombre preocupado por el sufrimiento de las víctimas de las guerras de su época. A través de los años, el CICR ha sido consecuente con la acción inicial de su mentor: el suizo Jean Henri Dunant, y se ha esforzado para brindar protección y asistencia a las personas afectadas por los hechos bélicos y también en otras situaciones de violencia. Una de las actividades importantes que lleva a cabo el CICR para alcanzar su objetivo, es el desarrollo y la promoción del derecho internacional humanitario, rama del derecho internacional público que tiene por objeto reglamentar la conducción de las hostilidades con el fin de mitigar las consecuencias especialmente dañosas sobre quienes no participan o han dejado de participar en los conflictos armados.
El Comité Internacional de la Cruz Roja, fue fundado en 1863, trabaja en todo el mundo para prestar ayuda humanitaria a las personas afectadas por los conflictos y la violencia armada , y para promover las leyes por las que se protege a las víctimas de la guerra
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Es una Institución independiente y neutral, su cometido dimana esencialmente de los Convenios de Ginebra de 1949. Emplea a unas 21.000 personas en 100 países; su financiación estriba principalmente en los donativos voluntarios procedentes de los Gobiernos y de las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja. Desde su fundación, el CICR ha desempeñado una labor humanitaria, y trabaja para persuadir a los Estados de extender la protección jurídica de las víctimas de la guerra, a fin de limitar el sufrimiento Así mismo, El CICR está comprometido en el empeño humanitario de actuar con rapidez y eficacia para satisfacer las necesidades de las personas afectadas por conflictos armados o por un desastre natural que tiene lugar en una zona de conflicto.
El CICR ha procurado constantemente adaptar su acción a las nuevas realidades de la guerra ^por otra parte, ha dado cuenta de los problemas que iba encontrando y, sobre esta base, ha formulado propuestas concretas con miras a mejorar el Derecho Internacional Humanitario. y, por último, ha contribuido de cerca al proceso de codificación emprendido para examinar esas propuestas y que culminó con revisiones o desarrollos del Derecho Internacional Humanitario

El alcance de este cometido de " guardián " del Derecho Internacional Humanitario en el contexto contemporáneo, puede reseñarse de forma siguiente: Una función de " vigía " , con el examen constante de la adecuación de las normas humanitarias a las realidades de las situaciones de conflicto, a fin de preparar su adaptación y su desarrollo.
La función de "animación", instando, en particular en el marco de grupos de expertos, gubernamentales o no, a la reflexión sobre los problemas encontrados y sobre las soluciones que hay que darles, sean éstas o no de índole normativa.
La función de "promoción", abogando por este derecho, ayudando a su difusión y a su enseñanza, y alentando a los Estados a tomar, a nivel nacional, las medidas necesarias para su puesta en práctica.
La función de "ángel custodio", es decir, la defensa de ese derecho frente a los desarrollos normativos que ignoraran su existencia o tendieran a debilitarlo.
La función de "actor", mediante la contribución directa y concreta a la aplicación de ese derecho humanitario en las situaciones de conflicto armado
Y, por último, la función de "perro guardián" , pudiendo alertar, en primer lugar, no solamente a los Estados y a las demás partes directamente concernidas en un conflicto armado, sino luego también a toda la comunidad internacional, en caso de violaciones graves de este derecho.
Referencias
file:///C:/Users/lissg/Downloads/publicador ei,+Journal+manager,+19427-59197-1CE.pdf https://www.icrc.org/es/doc/resources/doc uments/misc/protocolo-iii.htm https://www.icrc.org/es/doc/resources/doc uments/misc/5tdle2.htm file:///C:/Users/lissg/Downloads/37305.pdf https://www.oas.org/es/sla/ddi/docs/public aciones_digital_xli_curso_derecho_interna cional_2014_ana_elizabeth_villalta_vizcar ra.pdf https://www.oas.org/csh/spanish/ncsdoc% 20soluc%20pacif.asp#:~:text=Son%20pro cedimientos%20pac%C3%ADficos%3A% 20la%20negociaci%C3%B3n,en%20cualq uier%20momento%20las%20Partes