Revista Fase de Juicio Oral

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JUICIO ORAL

¿EN QUÉ CONSISTE?

Preparado por:
Agudo Edwin
Ortega Fredy
Poveda Stacy
Reyes Yireika
Vega Marlyn

IINTRODUCCIÓN

Se realiza en base de la acusación, y se practican los principios de oralidad, publicidad, inmediación, contradictorio, igualdad de las partes

En Panamá la Fase de Juicio Oral es la etapa final del proceso Penal Acusatorio, donde se decide la culpabilidad o inocencia del acusado.

Esta fase se caracteriza por la presentación de pruebas de forma oral, el debate entre las partes (acusación y defensa) y la emisión de una sentencia por parte del tribunal, por lo que el juicio oral es crucial en el sistema penal, ya que permite garantizar los derechos del acusado y asegurar un juicio justo y equitativo

Aparte de garantizar los derechos del acusado al brindarle la oportunidad de defenderse ante lo que se le está acusando, y emitir una decisión justa en base a las pruebas y argumentos presentados, el juicio oral se basa en el principio de transparencia al ser público, permitiendo que la sociedad conozca el proceso y la decisión final emitida.

FASE DEL JUICIO ORAL

Es la etapa central del proceso penal, donde se presenta y debaten pruebas y alegaciones para determinar la culpabilidad o la inocencia de un acusado.

Es un debate público, contradictorio, e ininterrumpida donde la acusación y la defensa tienen la oportunidad de presentar su caso y cuestionar evidencias

ESTA FASE IMPLICA:

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Presentación de pruebas:

La acusación y defensaconvocana testigos, presentan documentos,peritajes, uotraspruebas,para sustentar sus argumentos

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Decisión final:

Después de la presentación de pruebasyalegatos,el juez o jurado deliberan y emiten unasentencia,que puede ser condenatoria o absolutoria

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Debate y contradicción:

Los abogados interrogan a los testigos, los contrainterrogan y realizanalegatospara convenceraljuezo jurado

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Principio clave:

Estafasesebasaen los principios de oralidad, publicidad, inmediación y la concentración

Caracteristicas del Juicio Oral en Panamá

➢ Sistema Penal Acusatorio (SPA):

Panamá adoptó un sistema acusatorio donde el juicio oral adquiere una centralidad aún mayor, donde el Ministerio Público es el encargado de las investigaciones, y el juez se enoca en la confrontacion de pruebas ante un juez o tribunal de juicio.

➢ Juez de Garantias:

Antes de llegar a juicio oral, existe una etapa de investigacion y una audiencia preliminar ante un juez de garantias, el cual decide se existen méritos suficientes para llevar el caso a juicio, una vez superada esta instancia el caso pasa a un tribunal de juicio

➢ Tribunales de Juicio:

El juicio oral se desarrolla ante un tribunal de juicio, que puede ser unipersonal (un solo juez) o colegiado (tres jueces), dependiendo de la gravedad del delito.

➢ Rol Activo del Juez:

Si bien el sistema es acusatorio, los jueces en Panamá tienen un rol mas activo en la dirección del debate, teniendo la oportunidad de realizar preguntas a los testigos y peritos para aclarar puntos y asegurar el cumplimiento de las normas del juicio

➢ Grabación Audiovisual:

Una caracteristica importante del SPA en Panamá es la grabación audiovisual de las audiencias, incluyendo el juicio oral, permitiendo tener un registro fiel de lo ocurrido y facilita la revisión en caso de apelación.

➢ Acuerdos de Pena y Salida Alternas:

Aunque el juicio oral es la etapa principal para determinar la responsabilidad, el SPA panameño contempla mecanismos como los acuerdos de pena y otras salidas alternas al juicio, buscando una solucion al conflicto de una manera mas rapida y eficiente.

1. Apertura del juicio:

➢ El tribunal de juicio verifica la presencia de las partes (fiscal, querellante si existiese defensor, imputado)

➢ Se da la Lectura a la acusación presentada por el Ministerio Público

➢ El juez presidente declara abierto el debate

2. Alegatos de Apertura:

➢ El fiscal presenta su teoría del caso, indicando los hechos que probará y la evidencia que utilizará para demostrar la culpabilidad del acusado.

➢ El defensor presenta su teoría defensiva, anticipando como contrarrestará la acusación o presentará argumentos a favor de su cliente.

3. Recepción de pruebas:

➢ Prueba Testimonial: se presentan los testigos ofrecidos por las partes

➢ Prueba Pericial: Los peritos presentan sus informes y responden a las preguntas de las partes y del tribunal, explicando sus conocimientos especializados sobre aspectos relevantes del caso.

➢ Prueba Documental, Material y Otros Medios: Se incorporan los documentos, objetos, grabaciones u otros elementos de prueba que fueron admitidos en la audiencia preliminar.

4. Incidentes y Objeciones:

Durante la presentación de la prueba, las partes pueden plantear incidentes o realizar objeciones a la admisión de ciertas pruebas, si consideran que son ilegales, impertinentes o violan los derechos del imputado.

5. Alegatos de Conclusión:

➢ Una vez concluida la recepción de la prueba, las partes presentan sus alegatos finales, realizando un resumen de sus argumentos presentados anteriormente.

➢ Se le da una oportunidad al acusado de realizar una última conclusión

6. Deliberación y Sentencia:

➢ Una vez escuchados los alegatos finales, el tribunal de juicio se retira a deliberar en privado, analizan las pruebas, argumentos de las partes y aplican la ley al caso concreto.

➢ Posteriormente, el tribunal dicta la sentencia, que puede ser de condena o de absolución. La sentencia debe ser motivada, explicando los fundamentos de hecho y de derecho que llevaron a la decisión.

7. Lectura de la Sentencia:

La sentencia se lee en audiencia pública, notificando a las partes la decisión del tribunal y los razonamientos que la sustentan

A P A S D E L J U I C I O O R A L

REGLAS DE PROCEDIMIENTO DE UN JUICIO ORAL

Las reglas de procedimiento del juicio oral en Panamá están principalmente contenidas en el Código Procesal Penal de la República de Panamá (Ley 63 de 2008 y sus reformas). Además, existen reglamentos y acuerdos de la Corte Suprema de Justicia que complementan estas disposiciones.

PRINCIPIOS RECTORES

1. ORALIDAD: Las actuaciones y la presentación de pruebas se realizan de forma verbal, a excepción de la lectura de documentos

2. PUBLICIDAD: El juicio es público, salvo las excepciones legales para proteger a la víctima, testigos o la seguridad nacional

3. INMEDIACIÓN: Los jueces que dictan la sentencia deben presenciar directamente la producción de las pruebas

4. CONTRADICCIÓN: Las partes tienen el derecho de confrontar las pruebas de la contraparte, interrogar y contrainterrogar

5. CONTINUIDAD Y CONCENTRACIÓN: El juicio debe desarrollarse de forma continua concentrada en el menor número de audiencias posible

6. IGUALDAD DE LAS PARTES: Se garantiza la igualdad de oportunidades y trato a la fiscalía y a la defensa

7. LIBERTAD PROBATORIA: Se pueden utilizar todos los medios de prueba lícitos para fundar la decisión judicial

8. PRESUNCIÓN DE LA INOCENCIA: El acusado se presume inocente hasta que se pruebe su culpabilidad mas allá de toda duda razonable

REGLAS

ESPECÍFICAS

e) Instalación y apertura:

➢ El tribunal verifica la presencia de las partes

➢ Se da la lectura de la acusación

➢ El juez declara abierto el debate y concede la palabra a las partes para sus alegatos

f) Alegatos de apertura:

➢ La fiscalía presenta su teoría del caso y la prueba que ofrecerá

➢ La defensa presenta su teoría

➢ El querellante puede hacer un alegato similar a la fiscalía

g) Recepción de pruebas:

➢ Orden de presentación: Generalmente la fiscalía presenta sus pruebas primero, seguida por la defensa y luego el querellante.

➢ Interrogatorio directo: La parte que ofrece eltestigo o perito lo interroga sobre hechos relevante.

➢ Contrainterrogatorio: La contraparte puede interrogar al testigo o perito para impugnar su credibilidad, aclarar su testimonio o destacar aspectos favorables a su teoría del caso.

➢ Re-directo y Re-contraindirecto: Permiten a las partes aclarar puntos surgidos en el contrainterrogatorio.

➢ Prueba documental y material: Se exhiben y se incorporanaljuiciolosdocumentosyobjetosadmitidos

➢ Objeciones: Las partes pueden objetar preguntas, pruebas o procedimientos que consideren improcedentes.

➢ Examen del acusado: El acusado puede declarar si lo desea, respondiendo a las preguntas de su defensor y luego a las demás partes si así lo decide

a) Incidentes:

Las partes pueden plantear incidentes durante el juicio para resolver cuestiones procesales

b) Alegatos de clausura:

➢ Una vez concluida la recepción de la prueba, las partes presentan sus argumentos finales

➢ El fiscal argumenta sobre la culpabilidad del acusado, El defensor argumenta por la inocencia o una pena menor, y se le concede al acusado la oportunidad de realizar una última declaración

c) Deliberación y Sentencia:

El tribunal delibera en privado, la sentencia se dicta y se lee en audiencia pública

d) Registro del juicio:

El juicio oral se registra de forma audiovisual

CONDUCTA DE LA AUDIENCIA

➢ El reglamento para el Acto de Audiencia Oral establece normas de conducta para todos los participantes, incluyendo el público.

Se exige respeto, orden y puntualidad.

➢ Las partes deben dirigirse al tribunal de pie, excepto cuando declaran.

➢ Las preguntas a los testigos y peritos deben se concisas, precisas, conducentes y pertinentes.

PRUEBA TESTIMONIAL

Testigos

MEDIOS DE PRUEBA

Persona que declara bajo juramento sobre hechos que han percibido directamente y que son relevantes para el caso

Victima La persona ofendida por el delito también puede rendir testimonio

PRUEBA PERICIAL

Peritos

Expertos en alguna ciencia, arte, técnica u oficio que emiten dictámenes o informes basados en sus conocimientos especializados en ilustrar al tribunal sobre aspectos técnicos del caso, deben ser imparciales y objetivos; explicar sus conclusiones y pueden ser interrogados

PRUEBA DOCUMENTAL

Documentos

Públicos o privados

Cualquier escrito que contenga información relevante para el caso (actas, cartas, contratos, informes), estos deben ser incorporador al juicio.

PRUEBA MATERIAL

Objetos, Instrumentos, Armas, Huellas, Rastros

Cualquier elemento físico relacionado con el delito que puede ser examinado y valorado por el tribunal, debe ser debidamente identificados y su cadena de custodia debe ser establecida para garantizar su autenticidad

OTROS MEDIOS DE PRUEBA

EL CÓDIGO PROCESAL PENAL, EN SU PRINCIPIO DE LIBERTAD PROBATORIA, NO LIMITA LOS MEDIOS DE PRUEBAS MENCIONADOS ANTERIORMENTE, CUALQUIER OTRO MEDIO DE PRUEBA QUE SEA LICITO, PERTINENTE Y UTIL PODRÁ SER UTILIZADO, COMO: GRABACIONES DE AUDIO O VIDEO, FOTOGRAFIAS, RECONSTRUCCIONES DE HECHOS, INSPECCIONES JUIDICIALES, ENTRE OTRAS.

REGLAS

PARA PRUEBA TESTIMONIAL:

ANTES DE DECLARAR LOS TESTIGOS DEBEN PRESTAR JURAMENTO O PROMESA DE DECIR LA VERDAD

SE DEBE IDENTIFICAR PLENAMENTE AL TESTIGO

SE SIGLEN LAS REGLAS DEL INTERROGATORIO Y CONTRAINTERROGATORIO

PARA LA ADMISIÓN Y VALORACIÓN DE LA PRUEBA:

SOLO TIENEN VALOR LAS PRUEBAS OBTENIDAS POR MEDIO LÍCITO Y PRACTICADAS

ANTE ORGANISMOS JURISDICCIONALES

LA PRUEBA DEBE ESTAR RELACIONADA CON HECHOS QUE SE PRETENDEN PROBAR

LA PRUEBA DEBE SER CAPAZ DE CONTRIBUIR AL ESCLARECIMIENTO DE LOS HECHOS

TESTIMONIOS

Los testimonios siguen las mismas dinámicas y propósitos descritos en la página anterior, pero dentro del marco especifico del Código Procesal Penal de Panamá.

Aquí detallamos como se desarrollan en un juicio oral panameño

1) Citación y Obligación de Comparecer

Los testigos son citados de manera formal por el tribunal a petición de las partes

Existe la obligación legal de comparecer y declarar, a menos que se configure alguna de las causas de excusa previstas en la ley

Si un testigo debidamente citado no comparece sin justificación, el tribunal puede ordenar su conducción forzosa.

2) Identificación y

Juramento o Promesa

Antes de iniciar su declaración el testigo es identificado por el tribunal

Se le toma juramento o promesa solemne de decir la verdad y nada más que la verdad

3) Interrogatorio Directo

La parte que ofreció al testigo es la primera en interrogarlo

El objetivo es que el testigo relate de manera libre y espontanea los hechos relevantes que percibió

Las preguntas deben ser abiertas, no se permiten preguntas sugestivas, y se puede utilizar preguntas introductorias o de transición

4) Contrainterrogatorio

Una vez finalizado el interrogatorio directo la parte contraria tiene la oportunidad de contrainterrogar al testigo

El objetivo es impugnar la credibilidad del testigo y aclarar o modificar el testimonio

5) Re-directo

Después del contrainterrogatorio, la parte que ofreció al testigo puede realizar un interrogatorio re-directo para aclarar puntos que hayan surgido en el contrainterrogatorio y que puedan haber generado confusión o una impresión correcta, por lo que las preguntas deben limitarse a los temas abordados en el contrainterrogatorio.

6) Re-contrainterrogatorio

De manera excepcional, el tribunal puede permitir un re-contrainterrogatorio si en el re-directo se han introducido nuevos aspectos relevantes

7) Preguntas del tribunal

Los jueces del tribunal de juicio tienen la facultad de realizar preguntas a los testigos en cualquier momento de su declaración

8) Incorporación de declaraciones previas

Las declaraciones previas de los testigos, no se leen como prueba principal en el juicio oral

9) Valoración del testimonio

El tribunal valora la credibilidad y fiabilidad del testimonio de cada testigo aplicando las reglas de la sana critica, y considerando la coherencia del relato, actitud del testigo, capacidad de recordar, entre otras cosas

PERITAJE

El procedimientode los peritajes en un juicio oral en Panamá, regulado principalmente por los artículos 406 del Código Procesal Penal, se desarrolla de la siguiente manera :

1) Ofrecimiento y Admisión de la Prueba Pericial:

3) Contrainterrogatorio al Perito:

➢ La parte contraria tiene derecho de contrainterrogar al perito, con el objetivo de impugnar la credibilidad del perito, cuestionar la validez de sus métodos, poner en duda sus conclusiones, señalar posibles errores o sesgos, o destacar aspectos que favorezcan su propia teoría del caso

4) Re-directo y Re-contrainterrogatorio:

➢ De manera similar a los testigos, se puede permitir un interrogatorio re-directo por la parte que ofreció al perito, y excepcionalmente se puede autorizar un recontrainterrogatorio si en el re-directo se introducen nuevos temas

5) Preguntas del Tribunal:

➢ Los jueces del tribunal de juicio también pueden formular preguntas al perito

6) Valoración de la Prueba Pericial:

➢ El tribunal valora la prueba pericial según la sana critica, tomando en cuenta la idoneidad del perito, la claridad y precisión de su informe, la solidez de su fundamentación, coherencia de sus respuestas en el juicio

➢ Las partes ofrecen la prueba pericial durante la etapa intermedia del proceso, presentando el informe pericial o anunciando la necesidad de su práctica, el juez de garantías admite o inadmite la prueba pericial según su pertinencia, utilidad y licitud.

2) Comparecencia del Perito al Juicio Oral:

➢ El perito citado, debe comparecer al juicio oral, su presencia es fundamental para que su dictamen tenga validez probatoria

7) Juramentación e identificación del Perito:

➢ Al inicio de su declaración, el perito es juramentado por el juez del tribunal, comprometiéndose a decir la verdad

➢ Se interroga al perito sobre su identidad personal y sus circunstancias generales, para buscar establecer su idoneidad y competencia en la materia.

8) Exposición del Informe Pericial:

➢ El juez presidente indica al perito que exponga brevemente el contenido y las conclusiones de su pericia, para ello el perito puede consultar su informe escrito o valerse de elementos auxiliares

9) Interrogatorio Directo al Perito:

➢ La parte que ofreció la prueba pericial realiza el interrogatorio directo, formulando preguntas dirigidas a clasificar los aspectos relevantes del informe pericial, la metodología utilizada, los fundamentos científicos o técnicos de sus conclusiones y cualquier otra información que respalde su dictamen.

➢ Se busca que el perito explique de manera clara y comprensible para los jueces los aspectos técnicos de su pericia.

Requisitos y Características

Licitud de la obtención del documento

Deben ser relevantes para los hechos que se investigan y para teoría del caso

Deben ser auténticos en base a lo que la parte que lo ofrece dice que es. Debe presentarse completo, sin alteraciones o manipulaciones

Deben ser legibles y comprensibles

Los documentos e informes se ofrecen como prueba durante la etapa intermedia y son admitidos por el juez

Procedimiento de incorporación

1) Exhibición:

El documento o informe se exhibe a las partes y al tribunal para su reconocimiento

2) Reconocimiento o Autenticación:

❖ Testimonial: se presenta un testigo que pueda reconocer el documento

❖ Pericial: si se cuestiona a la autenticidad, se presenta un perito calígrafo

❖ Reconocimiento por la contraparte: si esta reconoce la autenticidad del documento no es necesario un testigo

3) Oralización del Contenido Relevante:

El testigo que reconoce el documento o al perito, describe oralmente el contenido (no se lee el documento completo, sino las partes esenciales que sustenten la teoría de la parte oferente)

4) Exhibición para el tribunal:

El documento se pone a disposición del tribunal para su examen directo durante la deliberación.

SeexceptúanlaincorporaciónporlecturaaDocumentosde granextensión,pruebasdocumentalesqueporsunaturalezano puedeserdescritadeformaoral,einformespericialesencasos específicos mencionados en el Articulo 407 del Código ProcesalPenaldePanamá.

El Tribunal valora los documentos en base a:

❖ Su autenticidad y credibilidad

❖ Su contenido y relevancia

❖ Su integridad

❖ Su contexto

INFORMES

OTROS MEDIOS DE PRUEBA

Además de los testimonios, peritajes, documentos e informes, se pueden admitir otros medios de prueba siempre y cuando estos cumplan con los requisitos de licitud, pertinencia y utilidad.

La forma en que estos se valoren y presenten dependerá de su naturaleza.

Ejemplos de otros medios de prueba y su manejo:

a) Grabaciones de Audio y Video:

❖ Debe acreditarse su autenticidad, es decir que no han sido editadas o manipuladas

❖ Deben mostrar que son relevante para el caso

❖ Se reproducen en la sala de audiencias para que el tribunal y las partes puedan observarlas y escucharlas

❖ Se requiere el testimonio de alguien que explique el contexto de la grabación, origen y su relevancia para el caso.

b) Fotografías:

❖ Debe acreditarse que es una representación fiel de lo que capturaron

❖ Deben ilustrar aspectos relevantes de la escena del crimen, objetos, personas, etc.

c) Reconstrucciones de hechos:

❖ Requieren autorización judicial y deben realizarse bajo supervisión

❖ Deben intentar recrear las condiciones del momento de los hechos de la manera más fiel posible

❖ Se documentan mediante actas, grabaciones de video y fotografías

❖ Las personas que participaron en la reconstrucción, deben testificar sobre lo que se recreo y las conclusiones que se puedan extraer.

d) Inspecciones judiciales

❖ Son ordenadas por el tribunal para constatar directamente hechos o circunstancias relevantes

❖ Se levanta un acta detallada de lo observado por el tribunal

❖ Los jueces pueden interrogar a las partes o testigos presentes durante la inspección

e) Prueba Genética:

❖ Se debe asegurar la cadena de custodia de las muestras para garantizar su autenticidad y evitar la contaminación

❖ Se presenta el informe pericial que analiza las muestras y establece la relación genética.

f) Prueba Dactiloscópica:

❖ Se deben seguir los protocolos adecuados para la recolección y el análisis de huellas dactilares

❖ Un perito dactiloscópico presenta un informe comparativo

Para la presentación de estos medios de pruebas se debe establecer qué medio es y garantizar su autenticidad a través de testimonios de testigos, peritos o la propia naturaleza del elemento.

DELIBERACIÓN DE LAS PRUEBAS

Este es un proceso que realizan los jueces del tribunal de juicio una vez que han concluido los alegatos de clausura de las partes, con el objetivo de analizar exhaustivamente toda la prueba presentada durante el juicio para llegar a una decisión justa y fundamentada sobre la responsabilidad penal del acusado

a) PRINCIPIOS

❖ Colegialidad: cuando en el juicio se celebra ante un tribunal con tres jueces, la deliberación debe ser realizada en acto conjunto

❖ La deliberación debe llevarse a cabo en secreto y reserva, sin presencia de las partes

❖ Los jueces deben deliberar de manera imparcial, sin perjuicios ni ideas preconcebidas

❖ La decisión final debe explicarse de manera clara y lógica las razones de hecho y derecho que llevaron al tribunal a esa conclusión

b) PROCESO

❖ Los jueces deben revisar y analizar todas las pruebas admitidas y practicadas en el juicio

❖ Deben tener en cuenta los argumentos y conclusiones de las partes

❖ Los jueces deben discutir y debatir sobre las pruebas y alegatos, cuestiones de hecho y de derecho durante la clausura de alegatos

❖ Basándose en el análisis de la prueba, los jueces deben determinar cuales hechos se consideran probados y cuáles no.

❖ Una vez establecidos los hechos privados, los jueces deben determinar si los hechos constituyen el delito por el cual se acusó al imputado

❖ Finalmente, los jueces toman la decisión de sentencia condenatoria o sentencia absolutoria.

❖ Si la sentencia es condenatoria, el tribunal debe determinar la pena que se impondrá al acusado

❖ Una vez tomada la decisión, se procede a la redacción de la sentencia., que debe contener:

1) Los datos de identificación del acusado y de las partes

2) La relación con los hechos probatorios

3) Los fundamentos de hecho y de derecho que motivas la decisión

4) La decisión absolutoria o de condena con la pena impuesta

5) La firma de los jueces.

Martes,06de mayode2025

Audiencia

Lectura de Sentencia

Laaudienciadelectura de sentencia en un juiciooralenPanamá es un acto público y formalmedianteelcual el tribunal de juicio comunicaalas partes (físcalia, querellante, acusado) la decisión final sobre la responsabilidad penal del acusado y los fundamentos que llevaron a esa determinación. Entre las caracteristicas claves de esta audiencia, tenemos: 1. Debe seguir el procedimiento establecido en el CódigoProcesalPenal 2. Garantiza la transparencia del sistema judicial 3.Comunicaladecisión del tribunal y sus fundamentoslaspartes 4.Aseguraelderecho delaspartesaconocer ladecisiónyaejercer los recursos legales correspondientes

FORMALIDADESYDESARROLLO

1. Presencia de las partes: Es obligatoria la presencia del acusado, su defensor y el representante del Ministerio Público y la del querellante (si hubiese).

2. Publicidad: La audiencia de lectura de sentencia es pública, lo que significa que cualquier persona puede presenciarla, salvo excepciones legales.

3. Juez presidente: El juez presidente del tribunal de juicio dirige la audiencia y es quien da lectura a la sentencia

4. Verificación de la decisión: Antes de iniciar la lectura, el juez presidente dbe asegurarse de que la sentencia ha sido debidamente deliberada y firmada por todos los jueces que integran el tribunal.

5. Lectura de sentencia: El juez presidente o delegado procede a dar lectura a la sentencia, detallando los datos del acusado y las partes, la relacion de los hechos con el acusado y pretensiones de las partes, los fundamentos de hecho y de derecho que motivan la decisión del tribunal, la decision adsolutoria o condenatoria con la pena impuesta, decisiones sobre la responsabilidad civil derivada del delito, decisiones sobre costas procesales y la indicación de los recursos que proceden contra la sentencia y plazo para imponerlos

6. Explicación de la sentencia: Despues de la lectura, el juez presidente puede realizar una breve explicación de los aspectos más relevantes de la sentencia, especialmente los fundamentos de la decisión y la pena impuesta

7. Entrega de copia de la sentencia

Se debe entregar una copia integra y firmada de la sentencia a cada una de las partes presentes

8. Advertencia sobre los recursos

El juez presidente debe advertir a las partes sobre los recursos legales que pueden interponer contra la sentencia y el plazo para hacerlo

9. Fijación de audiencia de individualización de la pena (si es necesario)

En algunos casos de delitos complejos o con multiples acusados, el tribunal puede fijar una audiencia posterior para individualizar la pena, donde detallará la pena especifica que se impodrá a cada acusado Página0

En la fase de juicio oral en Panamá, las conclusiones o alegatos finales son un trámite esencial donde las partes (Ministerio Público y Defensa) tienen la oportunidad de argumentar sobre la valoración de la prueba presentada, buscando persuadir al tribunal sobre su versión de los hechos.

Durante el juicio oral, se presentan las pruebas pertinentes para que el tribunal las evalúe, lo que permite que se garantice tanto el derecho de la victima como del acusado al poder demostrar ambos en el primer caso la culpabilidad del acusado por la afectación consecuencias del delito cometido, y en el segundo caso su inocencia en el hecho que se le acusa

En esta etapa, se busca convencer al tribunal de que la prueba presentada respalda la teoría del caso de cada parte, ya sea la acusación o la defensa. Por lo que escuchadas ambas, el tribunal entra en deliberación para decidir si el acusado es culpable o inocente, basándose en lo acontecido en el juicio oral, como las pruebas, argumentos, testimonios, informes, así como las actitudes que adoptaron cada una de las partes.

El o los jueces del tribunal del juicio desarrollan un papel de suma importancia ya que, al dictar una sentencia, aunque esta sea condenatoria deben seguir el procedimiento y las normativas establecidas en nuestro código y la misma también debe velar por los derechos fundamentales que están contenidos en nuestra constitución y en convenios y tratados internacionales.

BIBLIOGRAFÍA

Ministerio Público de Panamá. (2025). Código Procesal Penal. https://ministeriopublico.gob.pa/wpcontent/uploads/2018/08/CODIGO-PROCESALPENAL-Comentado-COMPLETO-20-AGO-2018.pdf

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