PROYECTO DE LEY DE GESTION DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO

Page 1

PROYECTO DE LEY GESTIÓN PÚBLICA DE AGUA POTABLE

DIPUTADO FABIÁN II YAKSIC

PROYECTO LEY DE GESTIÓN PÚBLICA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Mediante Decreto Ley N° 07597 de 20 de abril de 1966, se creó el Servicio Autónomo Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (SAMAPA), habiéndose establecido que la H. Alcaldía Municipal de La Paz, transfiera en favor de dicha empresa, todos los bienes, acciones, derechos y concesiones que poseía, para el suministro de agua potable, alcantarillado y desagües pluviales, como aporte para su organización. Mediante Decreto Supremo N° 24573 de 19 de abril de 1997, se autorizó a SAMAPA llevar a cabo el proceso de participación privada en la prestación del servicio de agua potable y alcantarillado, arrendar sus bienes inmuebles y transferir sus bienes muebles o constituir un derecho de explotación sobre el conjunto de sus bienes necesarios al servicio público; también, por el mismo Decreto Supremo se autorizó efectuar la Licitación Pública Internacional para las concesiones de aprovechamiento de aguas y del servicio público de agua potable y alcantarillado en las ciudades de La Paz, El Alto y sus alrededores. En ese contexto, el Estado Boliviano otorgó en concesión la provisión del servicio de agua potable y alcantarillado sanitario de las ciudades de La Paz y El Alto a la Empresa Aguas del Illimani Sociedad Anónima (AISA), habiendo en el contrato de concesión incluido el contrato de arrendamiento de bienes, correspondientes a las instalaciones que posee SAMAPA. En virtud al incumplimiento del contrato de concesión del 24 de julio de 1997 suscrito entre la Superintendencia de Saneamiento Básico y la empresa Aguas del Illimani (AISA), el gobierno nacional, mediante Decreto Supremo Nº 27973 de 12 de enero de 2005, instruyó a la Superintendencia de Saneamiento Básico (SISAB), terminar el mencionado contrato; es así que mediante Decreto Supremo Nº 28933 de 22 de noviembre de 2006, se autorizó la suscripción del Acuerdo Marco de Terminación de Disputas, que tiene por objeto resolver de manera definitiva las controversias entre los Accionistas de la Empresa Aguas del Illimani S.A. (AISA) y el Estado boliviano. Realizadas las gestiones correspondientes se firmó el Acuerdo Marco de Terminación de Disputas y conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 28985 de 22 de diciembre de 2006, los accionistas de AISA transfirieron las acciones en fideicomiso al Ministerio del Agua como Beneficiario y al FNDR como Fiduciario, asimismo, de acuerdo a la Disposición Final Primera del citado Decreto Supremo, se instruyó al Ministerio del Agua iniciar los trámites correspondientes para la creación de una Nueva Empresa Prestadora de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario en las ciudades de La Paz, El Alto y sus alrededores, para que se haga cargo de la dotación de estos servicios. 1


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.
PROYECTO DE LEY DE GESTION DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO by Fabian Yaksic - Issuu