La CE establece que todos los ciudadanos tienen derecho a sindicarse libremente art 28 CE, recogiendo en el art. 7 la importancia de los sindicatos La LOLS de 1985 desarrolla el mandato constitucional y establece que el derecho a la libre sindicación corresponde a: › Trabajadores por cuenta
ajena › Trabajadores en paro › Trabajadores incapacitados o jubilados › Trabajadores por cuenta propia, sin asalariados