2014
La Seguridad no es solo una necesidad, no solo un bien pĂşblico...
...es un
derecho
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ATRIBUCIÓN DE LA CRSP: Diseñar y proponer el proyecto de creación de la inspectoría general del sistema nacional de seguridad pública, con amplia participación ciudadana. (Decreto 4-2012 / Artículo 4, numeral 16) El Sistema de Selección y Evaluación (SSE) será un mecanismo que cumplirá dos funciones principales: la primera, salvaguardar la probidad en la función pública mediante la escogencia de los profesionales idóneos para ocupar los cargos de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, Fiscal General y Adjunto, Magistrados del Tribunal Superior de Cuentas, Procuraduría General de la República, Comisionado Nacional de los Derechos Humanos y los demás electos en segundo grado por el Congreso Nacional; y la segunda, la evaluación del desempeño de dichos funcionarios en el ámbito público y privado a efecto de que los mismos protejan durante su desempeño los intereses más altos de la República.
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PROPUESTA DE REFORMA CONSTITUCIONAL PARA LA CREACIÓN DEL SISTEMA DE SELECCIÓN Y EVALUACIÓN
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ATRIBUCIONES DE LA CRSP: 1) diseñar y proponer al Consejo Nacional de Defensa y Seguridad la creación de una nueva estructura policial; 2) proponer un mecanismo de institucionalización del control ciudadano sobre la policía nacional, en el cual los representantes sean versados en los temas de seguridad pública y las instancias de control ciudadano, sean decisorias y no nada más asesoras; y, 3) presentar propuestas para la formación profesional y académica de policías en todos los niveles, así como la desconcentración de la universidad nacional de policía, funciones y atribuciones de esta. (Decreto 4-2012 / Artículo 4, numerales 4, 6, 14)
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PROPUESTA DE LEY DE LA POLICÍA NACIONAL
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ATRIBUCIONES DE LA CRSP: 1) presentar propuestas para reformar, transformar y modernizar el proceso de reclutamiento y selección de los aspirantes a ingresar a la carrera policial. 2) revisar y fortalecer el régimen disciplinario y sancionatorio. (Decreto 4-2012 / Artículo 4, numerales 5 y 11) Es decir, mediante esta propuesta se regula la organización y funcionamiento de la carrera policial, los procedimientos de selección de personal, los requisitos para los nombramientos o ascensos, promociones de grado en el escalafón e insignias; la estabilidad y demás derechos del personal; los deberes y obligaciones; evaluación del desempeño; certificación, reconocimientos y condecoraciones; las medidas disciplinarias y el despido.
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PROPUESTA DE LEY DE LA CARRERA POLICIAL
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ATRIBUCIÓN DE LA CRSP: Diseñar, planificar y certificar el proceso de reforma integral de la seguridad pública, así como las recomendaciones para la readecuación de la normativa legal relacionada. (Decreto 4-2012 / Artículo 1) La propuesta excluye del ámbito de competencia de los jueces de lo contencioso administrativo la revisión de las resoluciones de la autoridad policial, para que en estos casos sea la Justicia Constitucional la que revise si el acto emitido en materia de personal es adjetiva o sustantivamente violatorio o no de la Constitución de la República, a efecto de obtener, en primer lugar, pronta respuesta y, en segundo, la sujeción al ordenamiento jurídico de este tipo de decisiones.
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PROPUESTA DE REFORMA A LA LEY DE LA JURISDICCIÓN DE LO CONTENCIOSOADMINISTRATIVO
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ATRIBUCIÓN DE LA CRSP: Formular propuestas para que el Ministerio Público y los órganos de investigación criminal, sean herramientas efectivas en el combate del delito y su impunidad. (Decreto 4-2012 / Artículo 4, numeral 2) Se enmarca en el Sistema de Selección y Evaluación (SSE) propuesto mediante reforma constitucional. Con esta propuesta se instituye el concurso para la selección del Fiscal General y Fiscal General Adjunto, en el que se comprobarán los méritos personales y profesionales de los aspirantes, a efecto de seleccionar a los más idóneos de entre todos ellos. La misma regla se aplica para los que ocuparán la titularidad de las Direcciones, Fiscalías Especiales y demás órganos.
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PROPUESTA DE REFORMAS A LA LEY DEL MINISTERIO PÚBLICO
MAYO Lunes
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Esta propuesta tiene como objetivo garantizar la imparcialidad y el mérito en la selección y el reclutamiento del personal de esta institución.Además, busca la objetividad en la evaluación de los servicios, el reconocimiento y disfrute de los derechos de los servidores, el rendimiento eficiente y eficaz en la prestación de los servicios y la estabilidad en el ejercicio de los cargos, se crea la clasificación de puestos o cargos en el Ministerio Público, los que se detallarán en un Manual aprobado por el Fiscal General.
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PROPUESTA DE LEY DE LA CARRERA DEL SERVIDOR DEL MINISTERIO PÚBLICO
JUNIO Domingo
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El Consejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial estará integrado por cinco Consejeros electos por el Congreso Nacional de la nómina de diez candidatos que remitirá el Sistema de Selección y Evaluación (SSE), seleccionados de los que ocupen los primeros lugares en el concurso. Los miembros del Consejo durarán cinco años en el ejercicio de sus cargos, la presidencia de este órgano será rotativa anualmente y será electo por la mayoría de sus miembros. Se prohíbe la reelección.
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PROPUESTA DE REFORMAS A LA LEY DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA Y DE LA CARRERA JUDICIAL
JULIO Jueves
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Atribución de la CRSP: Formular una política anticorrupción al interior de los servicios policiales. (Decreto 04-2012 / Artículo 4, numeral 9) La CRSP reconoce que la policía es un órgano clave en el logro de los objetivos de seguridad, y que el desafío consiste en construir instituciones policiales eficaces que cumplan un conjunto de exigencias ya consensuadas a nivel del hemisferio: apoliticidad partidista, organización no militarizada, además del control de los órganos superiores y de la misma sociedad sobre las actuaciones policiales. Debido a ello, ha trabajado, en las bases para presentar a futuro una propuesta de Ley Anticorrupción para la Policía Nacional. El objetivo es transformar la institución policial bajo el régimen de policía comunitaria. Se requiere de un policía con voluntad de servicio, orgulloso de pertenecer a la institución y entregado por convicción a la protección y defensa de la persona humana y sus bienes.
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BASES PARA UNA POLÍTICA ANTICORRUPCION PARA LA POLICÍA NACIONAL
AGOSTO Domingo
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Para prevenir la corrupción es importante desarrollar capacidades dentro del órgano policial para gobernarse y cumplir sus finalidades adecuadamente. Es necesario establecer mecanismos de transparencia, fomentar la denuncia y crear condiciones y medios para garantizar la protección de los denunciantes de actos de corrupción policial. Los mecanismos que se proponen se ordenan alrededor de cinco ejes asociados a implementar políticas anticorrupción, a fortalecer la carrera policial, a mejorar los sistemas de control de la policía, aumentar la transparencia, la participación social y la rendición de cuentas, y a alcanzar una mayor capacidad de decisión estratégica en el sector.
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PROPUESTA DE MECANISMOS DE PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN EN LA POLICÍA NACIONAL
SEPTIEMBRE Martes
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Atribución de la CRSP: Formular la propuesta de creación del Consejo Superior de Ética Policial y elaborar y proponer un nuevo Código de Ética de la Policía. (Decreto 04-2012 / Artículo 4, numeral 17) La CRSP, en atención al mandato que le ha sido conferido, propone la implementación de un Código de Conducta para la Policía Nacional, como un mecanismo preventivo de la corrupción, destinado a fortalecer éticamente a la institución y dar mayores garantías del debido ejercicio de la función policial. El Código será un instrumento jurídico disciplinario que dispone deberes y obligaciones de los miembros del escalafón policial, su infracción acarreará la responsabilidad administrativa y, en tal sentido, será de obligatoria observancia para aspirantes, cadetes, funcionarios policiales en ejercicio, suspendidos o con licencia, y en general para todos los que integran el escalafón policial.
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PROPUESTA DE CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LA POLICÍA NACIONAL
OCTUBRE Viernes
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Atribución de la CRSP: Revisar y fortalecer el régimen disciplinario y sancionatorio. (Decreto 04-2012 / Artículo 4, numeral 11) La propuesta de Reglamento está orientada a regular el procedimiento disciplinario por el cual la Policía Nacional sancionará administrativamente las conductas que sean contrarias a los deberes y obligaciones del servicio. El procedimiento disciplinario se aplicará a todo el personal del escalafón policial, excepto a las investigaciones que por hechos constitutivos de delitos o faltas penales realice la Dirección de Investigación y Evaluación de la Carrera Policial (DIECP).
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REGLAMENTO SOBRE EL PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO
NOVIEMBRE Domingo
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Su diseño y concepción responden a la necesidad de formar un nuevo tipo de policía en Honduras, un ciudadano uniformado que goce de la confianza pública y ejerza con la responsabilidad debida el mandato estatal de “servir y proteger” a los habitantes de nuestro país. El sistema educativo debe formar el policía que Honduras necesita, dotado de los conocimientos y destrezas necesarios para cumplir la función policial, pero también con la suficiente formación humanística y social y las nociones básicas en materia de ciudadanía y Estado de derecho. Ese es el perfil que, a juicio de la Comisión de Reforma, debe tener el nuevo policía de Honduras.
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DICIEMBRE Miércoles
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PROPUESTA PLAN DE ESTUDIOS DE LA CARRERA DE SERVICIOS POLICIALES