ESTATUTOS CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, DOMICILIO, DURACIÓN, OBJETO, MÉTODO Y NACIONALIDAD ARTÍCULO PRIMERO:- La denominación de la Asociación es “MOVIMIENTO SCOUT CATOLICO MEXICANO”, denominación que irá seguida de las palabras “ASOCIACION CIVIL” o de sus iniciales “A.C.”
ARTÍCULO SEGUNDO:- El domicilio de la Sociedad es en la Ciudad de GUADALUPE, NUEVO LEON, pudiendo establecer dependencias, representaciones u oficinas en cualquier lugar dentro o fuera de la República Mexicana.
ARTÍCULO TERCERO:- La duración de la Sociedad es de 99 (noventa y nueve) años, contados a partir de la fecha de firma de esta escritura constitutiva, sin perjuicio de que los Asociados puedan prolongar o disminuir este plazo.
ARTÍCULO CUARTO:- La asociación tiene por objeto: a. Contribuir a la formación integral de los niños, niñas y jóvenes que la componen, ayudándoles a desarrollar plenamente sus posibilidades intelectuales, sociales, físicas, afectivas y espirituales, como personas y como ciudadanos responsables comprometidos con su familia y con su comunidad local, nacional e Internacional; mediante la metodología, el espíritu y principios del Movimiento Scout fundado por Robert Baden Powell el 1° de Agosto de 1907 en la Isla de Brownsea, Inglaterra. b. Ayudar a las personas a enriquecer su alma promoviendo la formación y el desarrollo de los valores y virtudes Cristianas y comprometiéndose con su Fe a trabajar para construir una sociedad más fraterna y justa. La Asociación se declara Católica, pero está abierta a toda persona de cualquier otra religión. c. Cooperar con otras organizaciones que pugnen por los derechos humanos y por el desarrollo de sistemas educacionales, culturales y artísticos y por el mantenimiento de la Paz. d. Adquirir los bienes muebles e inmuebles necesarios para la realización del objeto de la Asociación y en general celebrar todos los actos y contratos necesarios o convenientes para llevar a cabo los objetivos expuestos. La Asociación en sus diversas actividades no tendrá fines de lucro.
ARTÍCULO QUINTO:- La Asociación, para el desarrollo de sus fines, se atiene al Método Scout como sistema de autoeducación progresiva fundado sobre: a. La Ley y la Promesa Scout. b. Educación por la acción. c. Programas progresivos y atrayentes desarrollados principalmente en contacto con la Naturaleza, tal como vienen definidos en la Constitución Scout Mundial, a la cual se adhiere en todos sus postulados.
ARTÍCULO SEXTO:- La Asociación tiene la Nacionalidad Mexicana quedando por lo tanto, sujeta a las Leyes y Tribunales Mexicanos; conviniéndose desde ahora en que todo extranjero que en el acto de la constitución o en cualquier tiempo ulterior, adquiera un interés o participación social en la Asociación, se considerará por ese simple hecho como mexicano respecto de uno y otra, y se entenderá que conviene en no invocar la protección de su Gobierno, bajo la pena, en caso de faltar a su convenio de perder dicho interés o participación en beneficio de la Nación.
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