Edición 2 de Septiembre 2013

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CLASIFICADOS / LUNES, 2 DE SEPTIEMBRE DE 2013 El periódico de Puerto Rico

CB-3159 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMON

LUZ C. NUÑEZ MALDONADO DEMANDANTE VS.

EDWIN ESQUERDO MARTINEZ, ROSA MARIA ESQUERDO MARTINEZ, RAQUEL ESPERANZA ESQUERDO MARTINEZ, MARTA ANTONIA ESQUERDO MARTINEZ, CARLOS ESQUERDO MARTINEZ, NANCY ESTHER ESQUERDO MARTINEZ Y VICTOR LUIS ESQUERDO MARTINEZ

6768 Abogada de la parte demandante, cuya dirección es la que deja indicada, con copia de la Demanda, copia de la cual le es servida en este acto, dentro de los treinta (30) días de haberse publicado este edicto, apercibiéndosele que en caso de no hacerlo así podrá dictarse sentencia en rebeldía en contra suya, concediendo el remedio solicitado en la solicitud. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA Y EL SELLO DEL TRIBUNAL hoy día 23 de agosto de 2013. Ruth N. Aponte Cotto, Secretario. Ida Seda Pagán, Secretaria Auxiliar. Sub-Secretario CB-3161 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR

DORAL BANK Parte Demandante VS

LARRY FRITZ KERSTING; SU ESPOSA DEBORAH ANN BERGERON T/C/C DEBORAH ANN KERSTING T/C/C DEBORAH ANN KERSTING BERGERSON T/C/C DEBORAH ANN BERGERON SMALLWOOD Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES CONSTITUIDA POR AMBOS; KEVIN ARTHUR BEANE SCOTT T/C/C KEVIN A. BEANE SCOTT T/C/C KEVIN A. BEANE T/C/C KEVIN ARTHUR BEANE; SU ESPOSA MELINDA SALAZAR Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES CONSTITUIDA POR AMBOS

DEMANDADOS CIVIL NUM.: D AC2013-0482 (401) SOBRE: LIQUIDACION DE COMUNIDAD Y PARTICION DE HERENCIA EDICTO A: Edwin Esquerdo Martínez PO Box 17013, Philadelphia, PA 19107 O sea, la parte demandada arriba mencionada POR LA PRESENTE, se le avisa que se ha radicado una Demanda para que el Tribunal conceda el la Partición de Herencia a favor de la demandante Luz C. Núñez Maldonado en el caso de epígrafe, en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas. Se le emplaza y requiere para que conteste esta Demanda, radicándola contestación de la misma ante el Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Caguas y enviando copia a la: Lcda. Idalia N. León Landrau Colegiada Núm. 6645 Rua 5315 Urb. Villa del Rey 4 G-18 Calle 2 Caguas, PR 00727 Tel. / Fax (787) 743-6768 Abogada de la parte demandante, cuya dirección es la que deja indicada, con copia de la Demanda, copia de la cual le es servida en este acto, dentro de los treinta (30) días de haberse publicado este edicto, apercibiéndosele que en caso de no hacerlo así podrá dictarse sentencia en rebeldía en contra suya, concediendo el remedio solicitado en la solicitud. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA Y EL SELLO DEL TRIBUNAL hoy día 23 de agosto de 2013. Ruth N. Aponte Cotto, Secretario. Ida SeParte Demandada da Pagán, Secretaria Auxiliar. CIVIL NUM.: DCD2011-0094 SASub-Secretario LON NÚM.: 703 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOCB-3160 ESTADO LIBRE ASO- TECA POR LA VIA ORDINARIA CIADO DE PUERTO RICO TRI- AVISO DE SUBASTA A: LARRY BUNAL DE PRIMERA INSTAN- FRITZ KERSTING; SU ESPOSA CIA SALA SUPERIOR DE BA- DEBORAH ANN BERGERON YAMON T/C/C DEBORAH ANN KERSTING T/C/C DEBORAH ANN KERSTING BERGERSON T/C/C DEBORAH ANN BERGERON SMALLWOOD Y LA SOCIEDAD DEMANDANTE LEGAL DE GANANCIALES VS. CONSTITUIDA POR AMBOS; KEVIN ARTHUR BEANE SCOTT T/C/C KEVIN A. BEANE SCOTT T/C/C KEVIN A. BEANE T/C/C KEVIN ARTHUR BEANE; SU ESPOSA MELINDA SALAZAR Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES CONSTITUIDA POR AMBOS; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico, hago saber, a la parte demandada y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 13 de febrero de 2013, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: URBANA: Solar en el Barrio Obrero Nueva Caparra de Guaynabo, DEMANDADOS CIVIL NUM.: D AC2013-0482 Número 4 Avenida H del plano (401) SOBRE: LIQUIDACION Nueva Caparra de 200.00 meDE COMUNIDAD Y PARTICION tros cuadrados, colindando al DE HERENCIA EDICTO A: frente en diez metros, con la Nancy E. Esquerdo Martínez Avenida A; por la derecha en133385 Powers Rd., Hamshire, trando en veinte metros, con soTx 77622 O sea, la parte deman- lar número 6 de la Avenida H y al dada arriba mencionada POR LA fondo en diez metros, con el soPRESENTE, se le avisa que se lar 0 (así consta) de la Avenida ha radicado una Demanda para G. Enclava una casa de madera que el Tribunal conceda el la techada de zinc. Propiedad insPartición de Herencia a favor de crita al folio 211 del tomo 18 de la demandante Luz C. Núñez Guaynabo, Registro de la ProMaldonado en el caso de epígra- piedad de Guaynabo, Finca núfe, en el Tribunal de Primera Ins- mero 1,035. El producto de la sutancia, Sala de Caguas. Se le basta se destinará a satisfacer al emplaza y requiere para que demandante hasta donde alcanconteste esta Demanda, radicán- ce, la suma de $80,150.39 de dola contestación de la misma principal, más intereses al 6.75% ante el Tribunal Superior de anual desde el día 1ro. de junio Puerto Rico, Sala de Caguas y de 2010 , más la suma de enviando copia a la: Lcda. Idalia $8,640.00, por concepto de hoN. León Landrau Colegiada norarios de abogado y costas Núm. 6645 Rua 5315 Urb. Villa autorizadas por el Tribunal, más del Rey 4 G-18 Calle 2 Caguas, las cantidades que se adeudan PR 00727 Tel. / Fax (787) 743- mensualmente desde la fecha

LUZ C. NUÑEZ MALDONADO

EDWIN ESQUERDO MARTINEZ, ROSA MARIA ESQUERDO MARTINEZ, RAQUEL ESPERANZA ESQUERDO MARTINEZ, MARTA ANTONIA ESQUERDO MARTINEZ, CARLOS ESQUERDO MARTINEZ, NANCY ESTHER ESQUERDO MARTINEZ Y VICTOR LUIS ESQUERDO MARTINEZ

antes mencionada, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca, todo ello, según surge de la SENTENCIA dictada en este caso el 13 de agosto de 2012. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 30 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 9:45 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $86,400.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 7 DE OCTUBRE DE 2013 A LA 1:45 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $57,600.00 equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 14 DE OCTUBRE DE 2013 A LA 1:45 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $43,200.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte, a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborales. EXPIDO, el presente EDICTO, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 18 de abril de 2013. Alg. Freddy Omar Rodríguez Collazo Alguacil División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Bayamón. CB-3162 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR

DORAL BANK Parte Demandante VS

ANGEL BLASINI RUBERO; ANAMARI CASANOVA CRUZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Parte Demandada CIVIL NUM.: DCD2011-3382 SALON NÚM.: 701 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: ANGEL BLASINI RUBERO; ANAMARI CASANOVA CRUZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANAN-

CIALES COMPUESTA POR AMBOS; ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, al PUBLICO EN GENERAL; y a el (los) siguiente(s) gravámen(es) posterior(es): ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO: A cuyo favor aparece anotado un Embargo, por concepto de contribuciones sobre ingresos, por la suma de $5,920.57, según certificación de fecha 31 de mayo de 2011, expedida por Colector de Rentas Internas. Anotado al folio 112, número de orden 445 del Libro de Embargos Estatales (Ley 12) de Bayamón Norte, el 6 de junio de 2006, finca número 8,056. Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 1 de febrero de 2013, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Parcela de terreno de forma irregular denominada número uno (1), radicado en el Barrio Hato Rejas de Bayamón, Puerto Rico, con una cabida superficial de 562.75 metros cuadrados. Colinda por el Norte, en 12.95 metros, con terrenos del Cementerio Nacional de Puerto Rico; por el Sur, en 12.80 metros, con Avenida Memorial Drive; por el Este, en 45.73 metros, con el solar número 13 del plano de inscripción de la Urbanización Quintas del Bulevard; y por el Oeste, en 42.20 metros, con el solar número 11 del plano de inscripción de la Urbanización Quintas de Boulevard. Enclava una casa para fines residenciales. Inscrita al folio 56 del tomo 170 de Bayamón Norte, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección III, finca número 8,056. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 7 de noviembre de 2012, en el presente caso civil, a saber la suma de $135,313.01 de principal, más intereses al 8.00% anual desde el día 1ro. de febrero de 2009, más la suma de $15,200.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente a partir del día 1ro. de marzo de 2009, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 30 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $152,000.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 7 DE OCTUBRE DE 2013 A LA 3:00 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $101,333.33, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 14 DE OCTUBRE DE 2013 A LA 3:00 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $76,000.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad

adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría de este Tribunal, durante las horas laborables. EXPIDO, el presente EDICTO, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 18 de abril de 2013. Alg. Freddy Omar Rodríguez Collazo, Alguacil Supervisor División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Bayamón . CB-3163 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR

DORAL BANK Parte Demandante VS

PABLO GONZALEZ RIVERA, SU ESPOSA DEELVOYOANN GIMENEZ DIAZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES Parte Demandada CIVIL NUM.: DCD2011-3137 SALON NÚM.: 506 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: PABLO GONZALEZ RIVERA, SU ESPOSA DEELVOYOANN GIMENEZ DIAZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES; SECRETARY OF HOUSING AND URBAN DEVELOPMENT; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, al PUBLICO EN GENERAL; y a el (los) siguiente(s) gravámen(es) posterior(es): SECRETARY OF HOUSING AND URBAN DEVELOPMENT: A cuyo favor aparece inscrito un pagaré por la suma de $9,239.02, sin intereses y vencedero el 1 de julio de 2030, según escritura número 174, otorgada en San Juan, el 23 de mayo de 2003, ante el notario Luis Fernando Castillo Cruz. Inscrita como asiento abreviado, el 20 de julio de 2011, al folio 92 del tomo 1748 de Bayamón. Inscripción octava, finca número 9,836. Nota: Según documento presentado, los constituyentes son Pablo González Rivera y su esposa, Deelvoyoann Giménez Díaz. Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 25 de febrero de 2013, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar 24 del bloque AA, Hato Tejas, Bayamón, Villa Rica, con un área de 350.00 metros cuadrados, lindando por el Norte, en 14.00 metros con calle N; por el Sur, en igual medida con solar número 12; por el Este, en 25.00 metros con el solar número 25; y por el Oeste, en igual medida con el solar número 23. Enclava una casa de concreto dedicada a vivienda familiar. EDIFICACION: Enclava una casa (segunda planta) de concreto armado y bloques, que consta de tres cuartos dormitorios, sala-comedor, cocina, un baño y balcón, con un valor de $30,000.00, según escritura numero 16, otorgada en Bayamón, el 7 de abril de 1999, ante el notario Angel Luis Montañez Cruz. Inscrita al folio móvil del tomo 1767 de Bayamón. Inscripción sexta. Inscrita al folio 111 del tomo 200, Registro de la Propiedad de Bayamón, Finca Número 9,836. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 2 de noviembre de 2012, en el presente caso civil, a saber la suma

de $134,938.17 de principal, más intereses al 9.00% anual desde el día 1ro. de septiembre de 2009, más la suma de $14,875.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente a partir del día 1ro. de octubre de 2009, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 30 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 10:45 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $148,750.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 7 DE OCTUBRE DE 2013 A LA 2:45 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $99,166.67, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 14 DE OCTUBRE DE 2013 A LA 2:45 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $74,375.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría de este Tribunal, durante las horas laborables. EXPIDO, el presente EDICTO, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 18 de abril de 2013. Alg. Freddy Omar Rodríguez Collazo, Alguacil Supervisor División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Bayamón. CB-3164 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE HUMACAO SALA SUPERIOR

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.

JULIO CESAR ORTIZ GARCIA, JACKELINE ALGARIN ROMERO y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta

por ambos Demandados CIVIL NUM: HSCI2012-00929 (205) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA) ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 17 de diciembre de 2012, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 3 de octubre de 2013, a las 10:00 de la mañana en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE HUMACAO. Siendo ésta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $142,658.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 10 de octubre de 2013, a las 10:00 de la mañana en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $95,105.33. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE HUMACAO. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 17 de octubre de 2013, a las 10:00 de la mañana en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: ---“URBANA: Lote de terreno localizado en la calle CUATRO (4) de la Urbanización Palma Royale en el barrio Río del municipio de Las Piedras, Puerto Rico, identificado en el plano de inscripción aprobado por la Administración de Reglamentos y Permisos para la Urbanización como solar CINCUENTA y NUEVE (59). El mismo tiene una cabida superficial de TRESCIENTOS SIETE punto SETENTA (307.70) metros cuadrados, colindando por el Norte, con solar CINCUENTA y OCHO (58); por el Sur, con solar SESENTA (60); por el Este, con calle número CUATRO (4); y por el Oeste, con solares SETENTA y DOS (72) y SETENTA y TRES (73). En el solar enclava una estructura de hormigón armado y bloques. La misma consta de tres (3) cuartos dormitorios, (2) baños, sala, comedor, cocina marquesina doble y demás dependencias. El solar está afectado por una servidumbre de paso de UNO p unto CINCUENTA y DOS (1.52) metros, equivalentes a CINCO (5.00) pies de ancho en colindancia con calle CUATRO (4) para infraestructura de cable y telefonía”. DIRECCION: 59 PALMA ROYALE LAS PIEDRAS, PUERTO RICO Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $137,770.29 más intereses sobre dicha suma al tipo del 5.000% anual, desde el día 1 de mayo de 2011, hasta su total y completo pago, más la suma estipulada de $14,265.80 para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en HUMACAO, Puerto Rico, hoy día 30 de julio de 2013. María del Pilar Rivera Rivera, Alguacil Regional. Alguacil. Por: Wilnelia Rivera Delgado, Alg. Aux. 249

CB-3079 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE ARECIBO

ANGEL MANUEL REY GARCIA y MARIA ESTHER RAMIREZ BORGES y la SLG por ellos compuesta PETICIONARIOS

EX PARTE CIVIL NUMERO: CJV2012-0707 SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO EDICTO EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: BLANCA ROSA RIVERA VALLEJO, RUTH JOANNE RIVERA MIRANDA, JOSE RAFAEL RIVERA MIRANDA, FELIX ANTONIO RIVERA FIGUEROA, LYSBETH RIVERA FIGUEROA, su sucesión, sucesores o causahabientes (anteriores dueños); La sucesión de RAMONA VALLEJO SANCHEZ, compuesta por: BLANCA ROSA RIVERA VALLEJO, JOSE MANUEL RIVERA VALLEJO, RUTH JOANNE RIVERA MIRANDA, JOSE RAFAEL RIVERA MIRANDA, FELIX ANTONIO RIVERA FIGUEROA y LYSBETH RIVERA FIGUEROA (anterior dueña); (N) JULIO CLASS, (S/E) FELIPE NEGRON, antes, hoy, su sucesión, (O) RAFAEL RODRIGUEZ, (O) JOSE MIGUEL RIVERA VALLEJO, su sucesión, sucesores o causahabientes (colindantes), Autoridad de Carreteras, FULANO DE TAL Y MENGANO DE TAL. Por la presente se les notifica si creyeren que les conviene, para que comparezcan ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días a partir de la publicación de este edicto y exponer lo que a sus derechos convenga, en el expediente promovido por los PETICIONARIOS para adquirir su dominio sobre el inmueble que se describe a continuación: RUSTICA: Parcela de terreno radicada en el Barrio Río Arriba Saliente, Sector Pugnado, Manatí, Puerto Rico, con una cabida superficial de TRES MIL TRESCIENTOS PUNTO TRESCIENTOS DIEZ Y SEIS METROS CUADRADOS (3,300.16MC), equivalentes a cero punto ocho mil cuatrocientos veinte y siete diezmilésimas de una cuerda (0.8427crds.), en lindes por el NORTE, en una alineación de treinta y dos punto quinientos noventa y cuatro metros lineales (32.594ml), con propiedad de Julio Class, por el SUR, en tres alineaciones continuas que suman sesenta y nueve punto quinientos sesenta y cinco metros lineales (69.565ml), con propiedad de Felipe Negrón, antes, hoy, su sucesión, por el ESTE, en dos alineaciones continuas que suman cuarenta y cuatro punto doscientos ochenta y dos metros lineales (44.282ml), con propiedad de Felipe Negrón, antes, hoy, su sucesión y por el OESTE, en una alineación de cuarenta y dos punto trescientos nueve metros lineales (42.309ml), con propiedad de Rafael Rodríguez, y otra alineación de cuarenta y cinco punto setecientos treinta y cuatro metros lineales (45.734ml), con propiedad de José Miguel Rivera Vallejo. Sobre dicha parcela enclava una estructura de concreto armado, bloques de concreto, de una sola planta y para fines residenciales. La parcela de terreno antes descrita tiene acceso a vía pública, a través de una calle municipal asfaltada, que transcurre en dirección de ESTE a OESTE, desde la carretera estatal 643 hasta la propiedad o predio de terreno antes descrita. Carece de título inscribible en el Registro de la Propiedad. Está libre de cargas y gravámenes. Deberán notificar con copia de sus alegaciones todo el que tenga algún derecho real sobre el inmueble descrito anteriormente, mediante el correspondiente escrito, los causahabientes o herederos de las personas arriba mencionadas a quienes pueda perjudicar la pretensión de los PETICIONARIOS y en general, a toda persona que desee oponerse, al LCDO. PEDRO TRINIDAD PAGAN, CALLE BETANCES #12, APARTADO 135, MANATI PUERTO RICO 00674, TELEFAX 854-2670. Email: ptrinidadpagan@yahoo.com. En Arecibo, Puerto Rico, hoy DEC 20 de 2012 Mariluz Díaz Rodríguez, Secretaria Regional. Secretario. Gisela Serrano Pérez, Secretaria Auxiliar Sub-Secretario.


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Edición 2 de Septiembre 2013 by El Vocero de Puerto Rico - Issuu