Skip to main content

Edición 7 de Agosto 2013

Page 36

36

CLASIFICADOS / MIÉRCOLES, 7 DE AGOSTO DE 2013 El periódico de Puerto Rico

ED-9421 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE CAGUAS.

SUCESION DE FELIX BERNARD COTTO SUCESION DE AGRIPINA GONZALEZ FLORES Peticionarios

EXPARTE

CIVIL NUM.: EJV2013-0669 (507). SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO. EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los E.U.A. Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A LAS PERSONAS DESCONOCIDAS Y/O IGNORADAS A QUIENES PUDIERA PERJUDICAR LA INSCRIPCION DEL DOMINIO DEL INMUEBLE QUE SE DESCRIBE A CONTINUACION a favor de la parte Peticionaria: “RUSTICA: Predio de terreno compuesto de media cuerda, equivalente a diez y nueve áreas, diez y nueve sesenta y cinco centiáreas y diez y diez y nueve miliáreas, situado en el Barrio Toita de Cidra, Puerto Rico, colindante por el NORTE, con terrenos de Don Santos González; por el SUR, son el mismo Santos González; por el ESTE con Benito Cotto, antes Don Santos González y por el OESTE, con Don Santos González.” Enclavan sobre esta finca dos edificaciones para fines residenciales construidas en concreto. Catastro número 298-000005-25-000. Por este medio se les convoca para que comparezcan ante este Honorable Tribunal dentro del plazo improrrogable de veinte días (20) contados a partir de la última publicación de este edicto, a alegar lo que en derecho proceda en defensa de sus intereses. Deberán presentarse el original de su escrito al Tribunal y enviar copia del mismo, al representante legal de la parte peticionaria, Lcda. Evelyn López Díaz, PMB 1263 PO Box 6400, Cayey, PR 00737. Tel./Fax: (787) 535-7999. Se le advierte que de no hacer oposición alguna dentro del término antes expresado, la parte Peticionaria podrá obtener que se apruebe el expediente de dominio y el tribunal ordene la inscripción de la finca a su favor en el registro de la Propiedad, Sección II de Caguas. DADA en Caguas, Puerto Rico a 1ro de agosto de 2013. CARMEN ANA PEREIRA ORTIZ, SECRETARIA GENERAL. MARTA E. DONATE RESTO, SECRETARIA AUXILIAR. ED-9427 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.

L.A.C. CONSTRUCTION CORP. Demandante v.

EMPRESAS SABAER, INC.

Demandado(a) CIVIL NUM. K CD2012-2464. SALA: 505. SOBRE: COBRO DE DINERO. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: EMPRESAS SABAER, INC. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 24 de julio de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 29 de julio de 2013. EN SAN JUAN, Puerto Rico, el 29 de julio de 2013. GRISELDA RODRIGUEZ COLLADO, SECRETARIA. DENISE M. AMARO MACHUCA, SECRETARIA AUXILIAR. FIRMA SECRETARIA AUXILIAR.

ED-9422 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE MAYAGUEZ.

ED-9425 #BS-00009853189 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN, SALA SUPERIOR.

BANCO SANTANDER PUERTO RICO

BANCO SANTANDER PUERTO RICO

Demandante v.

EDGARDO LEBRON VAGU LUZ NEREIDA ZAPATA OQUENDO y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos

Demandado(a) CIVIL NUM.: ISCI201201316. SOBRE: COBRO DE DINERO . EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO ENMENDADA. A: EDGARDO LEBRON VAGU, LUZ NEREIDA ZAPATA OQUENDO y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 17 de julio de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 29 de julio de 2013. EN MAYAGUEZ, Puerto Rico, el 29 de julio de 2013. LCDA. NORMA G. SANTANA IRIZARRY. NOMBRE SECRETARIO(A). MARIA DEL C. ALICEA PEREZ. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.

Demandante v.

JOSE RAFAEL JAVARIZ RIVERA también conocido como JOSE JAVARIZ RIVERA

Demandado CIVIL NUM: KCD2012-2075 (503). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA). EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: JOSE RAFAEL JAVARIZ RIVERA también conocido como JOSE JAVARIZ RIVERA. Se notifica a ustedes que se ha radicado en esta Secretaría una demanda en la que se ejecuta una hipoteca por la suma principal de $576,000.00, la cual está reducida a la cantidad de $527,791.30, al 6.375% de interés anual, adeudando intereses desde el día 1 de febrero de 2013, sobre la propiedad que se describe a continuación: ---”URBANA: Apartamento 11-A Condominio Palma Real San Juan, Puerto Rico (con una cabida de 116.1 metros cuadrados). Se les emplaza y requiere que contesten la demanda radicando el original de la contestación en la Secretaría de la Sala Superior de San Juan y notificando copia de dicha contestación a los abogados de la parte demandante: VELMA E. DIAZ CARRASQUILLO, Unión Plaza, Ave. Ponce De León #416, Suite 001-A, Hato Rey, Puerto Rico 00918; PO Box 361508, San Juan, PR 009361508; Teléfono: 753-0619, dentro del término de treinta (30) días de haberse radicado este edicto, descontando la fecha de la publicación del edicto. Si dejaren de contestar la demanda dentro del plazo y la forma expresada, se procederá a dictar sentencia en su contra concediendo el remedio solicitado en la demanda sin más citarle ni oírle. EXPEDIDO bajo la firma y sello de este Tribunal, en SALA SUPERIOR DE SAN JUAN, Puerto Rico, hoy día JUL 19 2013. GRISELDA RODRIGUEZ COLLAZO, SECRETARIO. POR: VIRGINIA REYES FELIX, SEC. SERV. SALA.

ED-9424 #BS-00009467629 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE ARECIBO, SALA SUPERIOR. MR-6844 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR Demandante CAROLINA v.

BANCO SANTANDER PUERTO RICO

WILFREDO LAUREANO HERNANDEZ Demandado CIVIL NUM: C CD2013-0266 (401). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA). EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: WILFREDO LAUREANO HERNANDEZ. Se notifica a USTEDES que se ha radicado en esta Secretaría una demanda en la que se ejecuta una hipoteca por la suma principal de $183,600.00, la cual está reducida a la cantidad de $170,728.42, al 7.250% de interés anual, adeudando intereses desde el día 1 de agosto de 2012, sobre la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Calle Zeus #34, Urbanización Manatí Chalets, Manatí, Puerto Rico (con una cabida de 614.88 metros cuadrados). Se les emplaza y requiere que contesten la demanda radicando el original de la contestación en la Secretaría de la SALA SUPERIOR DE ARECIBO y notificando copia de dicha contestación a los abogados de la parte demandante: VELMA E. DIAZ CARRASQUILLO, Unión Plaza, Ave. Ponce De León #416, Suite 001-A, Hato Rey, Puerto Rico 00918; PO Box 361408, San Juan, PR 009361508; Teléfono: 753-0619, dentro del término de treinta (30) días de haberse radicado este edicto, descontando la fecha de la publicación del edicto. Si dejaren de contestar la demanda dentro al plazo y la forma expresada, se procederá a dictar sentencia en su contra concediendo el remedio solicitado en la demanda sin más citarle ni oírle. EXPEDIDO bajo la firma y sello de este Tribunal, en ARECIBO, Puerto Rico, hoy día JUL 19 2013. MARILUZ DIAZ RODRIGUEZ, SEC. REG. POR: BRUNILDA HERNANDEZ MENDEZ, SECRETARIA AUXILIAR.

BANCO SANTANDER DE PUERTO RICO Demandante v.

MONICA BELAVAL UMPIERRE T/C/C MONICA BELAVAR UMPIERRE Demandado(a) CIVIL NUM. FCD2013-0154 SALA (403) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. (Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto). A: MONICA BELAVAL UMPIERRE T/C/C MONICA BELAVAR UMPIERRE. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 17 de julio de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 31 de julio de 2013. En CAROLINA, Puerto Rico, el 31 de julio de 2013. MIRIAM ROSA MALDONADO Nombre Secretario(a). ROSA M. VIERA VELAZQUEZ Nombre Secretario(a) Auxiliar. Firma Secretario(a) Auxiliar.

ED-9426 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMON.

AIDA ROMERO GONZALEZ y MERCEDES CORTES GONZALEZ Demandante V.

JOSE LUIS ROMERO GONZALEZ y MARIA ISABEL CORTES GONZALEZ

Demandado CIVIL NUMERO: DCD20131126. SOBRE: ACCION CIVIL. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estado Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: JOSE LUIS ROMERO GONZALEZ. Casa #11, Calle Principal, Valle de Salomón, entrada el Espino, La Chorera, Panamá República de Panamá. Por la presente se les notifica que la parte demandante, AIDA ROMERO GONZALEZ y MERCEDES CORTES GONZALEZ, ha radicado Demanda sobre reembolso y alimentos a persona avanzada; más el pago de las costas, gastos del procedimiento y una suma por concepto de honorarios de abogado. Por la presente se le emplaza y notifica que deberán contestar la demanda dentro del término de treinta (30) días contados a partir de la publicación del presente edicto, radicando el original de la contestación ante el Tribunal y sala que se menciona en el epígrafe de este edicto, con copia a la parte aquí demandante. Se les apercibe que de no contestar la demanda dentro del aquí estipulado, se les anotará la rebeldía y se procederá a celebrar la vista en su fondo, en la cual se podrá dictar sentencia en su contra, sin más citarle ni oírle. La abogada de la parte demandante es la Lcda. Saideth Cristóbal Martínez, PO BOX 9022173, San Juan, PR 009022173. Teléfono (787) 329-0059, (787) 367-0412; Fax (787) 3290050. Correo electrónico: cristóbal.saideth815@gmail.com. Expido este Edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal, hoy MAY 30 2013. MIGDALIA RIVERA COLON, SECRETARIA REGIONAL. POR: MARIA D. MEDINA, SECRETARIA AUXILIAR. ED-9428 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA, SALA SUPERIOR DE MAYAGUEZ.

SUCESION MIRIAM RAMIREZ VICENTY Demandante v.

YI KANG CHENG XIAO HUA LIN y la Sociedad de Bienes Gananciales compuesta por ambos y/o la comunidad de bienes compuesta por ellos Demandado(a) CIVIL NUM. ISCI201200247. SOBRE: INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO. EJECUCION. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: YI KANG CHENG, XIAO HUA LIN y la Sociedad de Bienes Gananciales compuesta por ambos, y/o la comunidad de bienes compuesta por ellos. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 24 de mayo de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 29 de julio de 2013. EN MAYA-

GUEZ, Puerto Rico, el 29 de julio de 2013. LCDA. NORMA G SANTANA IRIZARRY. NOMBRE SECRETARIO(A). MARITZA LEBRON ROSADO. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. CB-2857 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR

DORAL BANK Parte Demandante VS

CARLOS FERNANDEZ FERNANDEZ Y SU ESPOSA JOSEPHINE GONZALEZ RIVERA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Parte Demandada CIVIL NUM.: KCD2009-1856 SALON NÚM.: 505 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: CARLOS FERNANDEZ FERNANDEZ Y SU ESPOSA JOSEPHINE GONZALEZ RIVERA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de San Juan, San Juan, Puerto Rico, hago saber, a la parte demandada y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 12 de junio de 2013, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: URB. LA SIERRA DEL RIO II, 19M CALLE 4, SAN JUAN, PR 00926 URBANA: Solar radicado en la Urbanización La Sierra del Río II, localizada en el Barrio Monacillos Este y Cinco del término municipal de Río Piedras, San Juan, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: Solar #19 del Bloque M, con un área de 490.00 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en distancia de 28.00 metros lineales con el solar #18 del mismo bloque; por el SUR, en distancia de 28.00 metros lineales, con el solar #20 de mismo bloque; por el ESTE, en distancia de 17.50 metros lineales con el remanente de la finca principal de la cual se segrega y por el OESTE, en distancia de 17.50 metros lineales con la calle #4 de la urbanización. Enclava casa.--- --- Inscrita al sector 84 de Monacillos Este y Cinco, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección V, finca número 7,349. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la suma de $410,587.67 rebajada mediante plan de pagos a la suma de $405,148.62 de principal, más intereses al 5.875% anual desde el día 1ro. de julio de 2009, más la suma de $44,000.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente desde la fecha antes mencionada, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca, todo ello, según surge de la SENTENCIA dictada en este caso el 7 de julio de 2009. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 3 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de San Juan, San Juan, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $440,000.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 10 DE

SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 10:30 DE LA MAÑANA,, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $293,333.33 equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 17 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 10:30 DE LA MAÑANA,, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $220,000.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721). Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte, a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborales. EXPIDO, el presente EDICTO, en San Juan, Puerto Rico, hoy día 02 de agosto de 2013. Diana I. Navarro Cruz Alguacil Auxiliar Alguacil División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Juan. CB-2856 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR

DORAL BANK Parte Demandante VS.

BLANCA IBIS RIVERA CINTRON T/C/C BLANCA I. RIVERA CINTRON Parte Demandada CIVIL NUM.: KCD2009-4029 SALÓN NÚM. 902 SOBRE EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA IN REM

DORAL BANK Parte Demandante VS

BLANCA IBIS RIVERA CINTRON Parte Demandada CIVIL NUM.: KCD2009-4030 SALÓN NÚM. 902 SOBRE EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA IN REM CASOS CONSOLIDADOS AVISO DE SUBASTA A: BLANCA IBIS RIVERA CINTRON T/C/C BLANCA I. RIVERA CINTRON; JOHN DOE; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de San Juan, San Juan, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, al PUBLICO EN GENERAL; y a el (los) siguiente(s) gravámen(es) posterior(es): JOHN DOE: A cuyo favor aparece inscrito un Pagaré por la suma de $25,000.00, intereses al 8% anual y a vencer el 1 de diciembre del año 2009, según consta de la escritura #1443, otorgada en San Juan, el 11 de octubre de 1999, ante el Notario Luis A. Archilla Díaz, inscrito al folio 26 del tomo 753 de Monacillos, finca #23,166, inscripción 7ma. Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 25 de junio de 2013, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: CONDOMINIO SAN IGNACIO, APTO. M-11, RIO PIEDRAS, PR 00927: --- URBANA: Propiedad Horizontal: Apartamento M-11 destinado a vivienda en la undécima planta del Condominio San Ignacio, o sea el inmueble situado en la esquina Sureste de la intersección de la Avenida San Ignacio y la Carretera Estatal

#21 en el Barrio Monacillos de Sector de Río Piedras, Municipio de San Juan, Puerto Rico. Este apartamento está situado en la parte Sur del edificio y midiendo un área superficial de 789.97 pies cuadrados equivalentes a 73.41 metros cuadrados incluyendo el área de las paredes interiores. En lindes por el NORTE, en parte con la escalera en una longitud de 14.66 pies equivalentes a 4.46 metros y en otra parte formando parte de la fachada interior en una longitud de 11.84 pies equivalentes a 360 centímetros; por el SUR, con el apartamento L-11, en una longitud de 17.33 pies equivalentes a 5.31 metros correspondiente a las habitaciones y en una longitud de 5.83 pies equivalentes a 1.71 metros que corresponde al baño; por el ESTE, con parte del cuarto de electricidad en una longitud de 5.42 pies equivalentes a 1.65 metros, una longitud de 28.08 pies equivalentes a 8.56 metros que corresponde al corredor donde se encuentra la puerta de entrada al apartamento y por el OESTE, formando parte de la fachada, en 2 planos con longitud de 13.00 pies equivalentes a 3.96 metros que corresponde a la sala-comedor, el otro en una longitud de 20.50 pies equivalentes a 6.25 metros que corresponde a las habitaciones. Consta de sala-comedor con un área de 243.04 pies cuadrados equivalentes a 22.49 metros, terraza con área de 60.00 pies cuadrados equivalentes a 5.00 metros, pasillo con un área de 33.00 pies equivalentes a 3.07 metros, una habitación con un área de 120.00 pies cuadrados equivalentes a 11.15 metros, otra habitación con un área de 90.00 pies cuadrados equivalentes a 8.36 metros, 2 closets con área cada uno de 14.28 pies equivalentes a 1.33 metros, otro closet con área de 8.14 pies equivalentes a 0.76 centímetros, baño con área de 36.90 pies equivalente a 3.42 metros. Cocina con área de 75.00 pies cuadrados equivalentes a 6.97 metros. Su puerta principal da acceso al pasillo que conduce al vestíbulo de los ascensores y a la escalera que a su vez conducen a la vía pública. Forma parte integrante este apartamento como anejo al mismo el espacio de estacionamiento marcado con el #29 en la hoja A-3 de los folios del edificio. Le corresponde un área de 0.6451% en los elementos comunes generales. --- Finca numero 23,166, inscrita al folio 21 del tomo 753 de Monacillos, sección III de San Juan. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 30 de junio del 2010, en el presente caso civil, a saber la suma de $5,081.88 y $45,398.89 de principal, más intereses al 9.250% y 8.75% anual desde el día 1ro. de junio de 2008, más la suma de $2,500.00 y $5,200.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente a partir del día 1ro. de julio de 2008, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 3 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA,, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de San Juan, San Juan, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es la suma de $25,000.00 y $52,000.00 para un total de $77,000.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 10 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA,, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será la suma de $16,666.66 y $34,666.66 para un total de $51,333.32, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 17 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA,, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBAS-

TA será la suma de $12,500.00 y $26,000.00 para un total de $38,500.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría de este Tribunal, durante las horas laborables. EXPIDO, el presente EDICTO, en San Juan, Puerto Rico, hoy día 2 de agosto de 2013. Pedro Hieye González Alguacil Alguacil Supervisor División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Juan ED-9423 #BS-00009465014 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA, SALA SUPERIOR.

BANCO SANTANDER PUERTO RICO Demandante v.

ALMIDA HERNANDEZ HERNANDEZ ALEJANDRO HERNANDEZ LEBRON SARIBEL SANCHEZ TORRES y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos Demandados CIVIL NUM: FCD2013-0848 (406). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA). EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. SS. A: ALMIDA HERNANDEZ HERNANDEZ. Se notifica a USTEDES que se ha radicado en esta Secretaría una demanda en la que se ejecuta una hipoteca por la suma principal de $122,000.00, la cual está reducida a la cantidad de $112,703.60, al 7.250% de interés anual, adeudando intereses desde el día 1 de noviembre de 2012, sobre la propiedad que se describe a continuación: ---“URBANA: Calle Ycaro #517 Urbanización De Parque Carolina, Puerto Rico (con una cabida de 284.66 metros cuadrados). Se les emplaza y requiere que contesten la demanda radicando el original de la contestación en la Secretaría de la SALA SUPERIOR DE CAROLINA y notificando copia de dicha contestación a los abogados de la parte demandante: VELMA E. DIAZ CARRASQUILLO, Unión Plaza, Ave. Ponce De León #416, Suite 001-A, Hato Rey, Puerto Rico 00918; PO Box 361508, San Juan, PR 00936-1508; Teléfono: 753-0619, dentro del término de treinta (30) días de haberse radicado este edicto, descontando la fecha de la publicación del edicto. Si dejaren de contestar la demanda dentro del plazo y la forma expresada, se procederá a dictar sentencia en su contra concediendo el remedio solicitado en la demanda sin más citarle ni oírle. EXPEDIDO bajo la firma y sello de este Tribunal, en CAROLINA, Puerto Rico, hoy día JUL 22 2013. MIRIAM ROSA MALDONADO, SECRETARIA REGIONAL. POR: MYRIAM I. FIGUEROA PASTRANA, SECRETARIA AUXILIAR.


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Edición 7 de Agosto 2013 by El Vocero de Puerto Rico - Issuu