EL VOCERO / CLASIFICADOS / VIERNES, 7 DE JUNIO DE 2013 ED-8575 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE CAGUAS.
DORAL BANK Demandante Vs
LA SUCESION DE ANA LUZ VALENTIN MEDINA compuesta por LUZ A. VALENTIN MEDINA FULANO DE TAL y SUTANA DE TAL como posibles herederos desconocidos DEPARTAMENTO DE HACIENDA DIVISION DE CAUDALES RELICTOS Y CENTRO DE RECAUDACIONES DE INGRESOS MUNICIPALES (CRIM)
Demandados CIVIL NUM.: E CD2012-1383. SALA: 612. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: LA SUCESION DE ANA LUZ VALENTIN MEDINA compuesta por LUZ A. VALENTIN MEDINA; FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL como posibles herederos desconocidos; DEPARTAMENTO DE HACIENDA DIVISION DE CAUDALES RELICTOS Y CENTRO DE RECAUDACIONES DE INGRESOS MUNICIPALES (CRIM). EL(LA) SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 10 de mayo de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia o Sentencia Parcial en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia o Sentencia Parcial, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 29 de mayo de 2013. En CAGUAS, Puerto Rico, el 29 de mayo de 2013. CARMEN I. GARCIA PEREZ. NOMBRE SECRETARIO(A) REGIONAL. MARIA A. ALICEA LOPEZ. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. CB-2534 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMON
DORAL BANK Parte Demandante v.
JUAN ANTONIO HUERTAS SIERRA, t/c/c JUAN A. HUERTAS SIERRA Parte Demandada CIVIL NÚM: D CD2012-0217 (401) SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA (VÍA ORDINARIA) ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU. SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 17 de mayo de 2012, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se
describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 3 de julio de 2013, a las 9:45 de la mañana en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE BAYAMÓN. Siendo esta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $128,000.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 10 de julio de 2013, a la 1:45 de la tarde en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $85,333.33. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE BAYAMÓN. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 17 de julio de 2013, a la 1:45 de la tarde en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: "URBANA: Solar radicado en la Urbanización María del Carmen, situada en el Barrio Palmarejo del término municipal de Corozal, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción de la Urbanización con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: solar número seis (6) del bloque O (O-6); área del solar doscientos once punto sesenta y cuatro (211.64) metros cuadrados: en lindes por el Norte, con el solar O-Cinco (O-5) en una distancia de diecisiete punto ochenta y tres (17.83) metros; por el Sur, con el solar O-Siete (O-7) en una distancia de dieciocho punto cincuenta y cinco (18.55) metros; por el Este, con los solares OOnce (O-11) y O-Doce (O-12) en una distancia de trece punto ochenta y seis (13.86) metros y por el Oeste, con una servidumbre de paso de la calle once (11) en una distancia de un arco de nueve punto sesenta y nueve (9.69) metros. FINCA NÚMERO: 8,096 inscrita al folio 152 del tomo 153 de Corozal, Registro de la Propiedad, Sección de Barranquitas. Surge del Estudio de Título efectuado en el caso de epígrafe que sobre la finca descrita anteriormente, pesa el gravamen posterior a la primera hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento, el que se relaciona más adelante, y a cuyos tenedores se les notifica mediante este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta, de la ejecución de la primera hipoteca, para que comparezcan a la subasta en la fecha, hora y sitio antes indicados, a proteger sus derechos, si así lo estiman a bien: (1) Embargo: A favor del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, (CFSE) contra Juan Huertas Sierra, por la suma principal de $293,630.86, bajo el #9216000148, según certificación del 8 de enero de 2008, anotado al folio 21 #81, Embargos del ELA #14 de Corozal. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $94,199.59 de principal, con intereses al 6.95% anual desde el 1 de julio de 2011, hasta su completo pago mas la suma pactada de $12,800.00 en concepto de costas, gastos y honorarios de abogado, más los cargos por demora, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Dichos pagos se efectuarán en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del (de la) Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaria de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en BAYAMÓN, Puerto Rico, hoy día 9 de enero de 2013. Alg. Freddy Omar Rodríguez Collazo ALGUACIL SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN.
ED-8590 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.
BT (RECOVERY) CORP. Demandante VS.
CENTRO DE INVESTIGACIONES INDIGENAS DE PUERTO RICO MARIA LUISA PEREZ DE ROCA t/c/c MARIA LUISA ROCA por sí y en su calidad de heredero y la Sucesión de GASPAR ROCA NATALI compuesta por MIGUEL ROCA PEREZ LUIS ROCA MARIANA ROCA CARLOS ROCA DIANA ROCA ANA MARIE ROCA
Demandado CIVIL: K CD2009-3929. SALA: 506. SOBRE: COBRO DE DINERO. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: CENTRO DE INVESTIGACIONES INDIGENAS DE PUERTO RICO Y ANA MARIE ROCA. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 16 de mayo de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 29 de mayo de 2013. EN SAN JUAN, Puerto Rico, el 29 de mayo de 2013. LCDA. REBECCA RIVERA TORRES. NOMBRE SECRETARIO(A) REGIONAL. HANIA L. ROSA CRUZ. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. CB-2535 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMON
DORAL BANK Parte Demandante v.
JULIO GONZÁLEZ FORTUÑO Parte Demandada CIVIL NÚM: D CD2011-3223 (501) SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA (VÍA ORDINARIA) ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU. SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 2 de agosto de 2012, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 3 de julio de 2013, a las 9:30 de la mañana en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE BAYAMÓN. Siendo esta la PRIMERA
SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $223,000.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 10 de julio de 2013, a la 1:30 de la tarde en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $148,666.67. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE BAYAMÓN. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 17 de julio de 2013, a la 1:30 de la tarde en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: "URBANA: Solar No. 55 de la URBANIZACIÓN LINDA GARDENS DEVELOPMENT, localizado en el Barrio Río del término municipal de Guaynabo, Puerto Rico, con un área superficial de 2,552.56 metros cuadrados. En lindes por el Norte, en 68.56 metros, con el solar número 54 del referido desarrollo Linda Gardens Development; por el Sur, con la Calle número 4 de la Comunidad, en 34.14 metros; por el Este, en 65.52 metros, con la Calle número 4 de Linda Gardens Development; y por el Oeste, con el solar número 56 de Linda Gardens Development, en 35.91 metros cuadrados." Inscrita al folio 222 del tomo 1334 de Guaynabo, finca número 30,632, Registro de la Propiedad, Sección de Guaynabo. Surge del Estudio de Título efectuado en el caso de epígrafe que sobre la finca descrita anteriormente, pesa el gravamen posterior a la primera hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento, el que se relaciona más adelante, y a cuyos tenedores se les notifica mediante este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta, de la ejecución de la primera hipoteca, para que comparezcan a la subasta en la fecha, hora y sitio antes indicados, a proteger sus derechos, si así lo estiman a bien: 1) Doral Bank, a cuyo favor hay una hipoteca en garantía de un pagaré, por la suma principal de $220,000.00 con intereses al 7_% y vencimiento a la presentación, constituida mediante la escritura #6, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 27 de abril de 2005, ante el Notario Público William A. Power, inscrita al folio 222 del tomo 1334 de Guaynabo, finca #30,632, inscripción 8ª. 2) Embargo: Associates International Holdings Corporation, haciendo negocios como, Citicapital, hoy General Electric Capital Corporation of Puerto Rico contra el Titular, solicitando pago de deuda por la suma principal de $52,000.00, más honorarios, gastos e intereses, Según Orden y Mandamiento fechado 19 de diciembre de 2011 y anotado el 24 de enero de 2012, al folio 222 del tomo 1334 de Guaynabo, finca #30,632, anotación A. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $163,433.50 de principal, con intereses al 5.75% anual desde el 1 de diciembre de 2009, cargos por demoras mensuales, las contribuciones e impuestos, primas de seguro contra riesgo y seguro de hipoteca hasta su completo pago mas la suma pactada de $22,300.00 en concepto de costas, gastos y honorarios de abogado, más los cargos por demora, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Dichos pagos se efectuarán en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del (de la) Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaria de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en BAYAMÓN, Puerto Rico, hoy día 9 de enero de 2013. Alg. Freddy Omar Rodríguez Collazo ALGUACIL SALA SUPERIOR DE BAYAMÓN
CB-2609 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN LORENZO
DORAL BANK COMO AGENTE DE SERVICIO DE SCOTIABANK DE PUERTO RICO Parte Demandante VS
LYDIA TERESA ORTIZ ORTIZ T/C/C LYDIA ORTIZ ORTIZ POR SI Y COMO MIEMBRO DE LA SUCESION DE ANIBAL SANABRIA CANALES COMPUESTA POR: ANIBAL SANABRIA; YOLANDA SANABRIA; JOHN DOE Y RICHARD ROE COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS Parte Demandada Caso Núm. E2CI2012-0377 SALON NUM. ACCION CIVIL DE COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. A: LYDIA TERESA ORTIZ ORTIZ T/C/C LYDIA ORTIZ ORTIZ POR SI Y COMO MIEMBRO DE LA SUCESION DE ANIBAL SANABRIA CANALES COMPUESTA POR: ANIBAL SANABRIA; YOLANDA SANABRIA; JOHN DOE Y RICHARD ROE COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTOS El Secretario que suscribe notifica a usted que el 19 de abril de 2013 este Tribunal ha dictado SENTENCIA declarando con lugar la demanda de este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Y, siendo o representando usted la parte perjudicada por la sentencia, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación, dentro del término de treinta (30) días antes de que ésta advenga final y firme, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la última publicación de este edicto. Dicho edicto deberá publicarse una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 29 de mayo de 2013. En San Lorenzo, Puerto Rico, a 29 de mayo de 2013. Maribel Barreiro Maymí, Secretaria del Tribunal Confidencial II. Secretaria General Por: Mignorys Cuadrado López, Secretaria Auxiliar del Tribunal I. Sub-Secretaria. CB-2536 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE GUAYAMA
DORAL BANK Demandante v.
ILIABEL DELGADO ALVARADO Demandados CIVIL NÚM: G CD2009-0182 (306) SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA (VÍA ORDINARIA) ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU. SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 22 de octubre de 2009, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 2 de julio de 2013, a las 10:00 de la mañana en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE GUAYAMA. Siendo esta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitu-
ción de Hipoteca, o sea, la suma de $64,452.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 9 de julio de 2013, a las 10:00 de la mañana en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $42,968.00. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE GUAYAMA. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 16 de julio de 2013, a las 10:00 de la mañana en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: "URBANA: Solar marcado con el número 15 del Bloque B del plano de inscripción de la urbanización vista del Sol, radicada en el Barrio Machete del término municipal de Guayama, Puerto Rico, con una cabida de 330.5613 M.C., en lindes; por el Norte, en 2 alineaciones de 9.50 mts y 1 arco de 5.50 mts con la Calle 2; por el Sur, en 13.00 mts con el solar B-14; por el Este en 22.13 mts con la Calle número 1; por el Oeste, en 25.63 mts con el solar número B-16. Enclava una casa de concreto dedicada a vivienda." Inscrita al folio móvil del tomo 445 de Guayama, finca número 16,064, Registro de la Propiedad Sección de Guayama. DIRECCIÓN: URB. VISTA DEL SOL #B-15 GUAYAMA, PR
00781 Surge del Estudio de Título efectuado en el caso de epígrafe que sobre la finca descrita anteriormente, no pesan gravámenes posteriores a la primera hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $57,021.45 de principal, con intereses al 7.000% anual desde el 1 de mayo de 2010, cargos por demoras mensuales, las contribuciones e impuestos, primas de seguro contra riesgo y seguro de hipoteca hasta su completo pago mas la suma pactada de $6,445.20 en concepto de costas, gastos y honorarios de abogado, más los cargos por demora, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Dichos pagos se efectuarán en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del (de la) Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaria de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en GUAYAMA, Puerto Rico, hoy día 25 de abril de 2013. Myriam Ñeco ALGUACIL – Placa 107 SALA SUPERIOR DE GUAYAMA
CB-2550 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE DISTRITO DE TOA ALTA
ALFREDO RODRIGUEZ NIEVES e IRIS DELIA RODRIGUEZ
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NIEVES DEMANDANTE VS.
CARMEN MARIA NEGRON LOPEZ JOHN DOE Y RICHARD ROE DEMANDADO CIVIL NUM: CD13-217 SOBRE: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PR A: JOHN DOE Y RICHARD ROE Por la presente se le emplaza y requiere para que notifique al licenciado Salvador Maldonado Miranda Calle Gándara #30-A Corozal, Puerto Rico 00783. Que es abogado de la parte demandante con copia de su contestación a la demanda, copia de la cual es servida en este acto, dentro de los treinta (30) días de la publicación de este edicto, apercibiéndole que de no contestar radicando el original de la contestación en el Tribunal correspondiente con copia a la demandante, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia concediendo la cancelación del pagaré por la suma de VEINTE Y OCHO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO DOLARES ($28,245.00), a favor de CARMEN MARIA NEGRON LOPEZ, según la inscripción séptima, con intereses al 7 1/2% anual. Hipoteca en garantía de 3 pagareses por $9,415.00 cada uno, vence el primero para el 6 de junio de 1998, el segundo para el 6 de junio de 1999 y el tercero para el 6 de junio de 2000. Al folio 84 del tomo 183. Sin más citarle ni oírle. Extendido bajo mi firma y el sello del Tribunal. En Toa Alta, Puerto Rico, a 19 de marzo 2013. Migdalia Marrero Calderón, Secretaria del Tribunal. Secretario. Linnette Marrero Cruz, Secretaria Auxiliar Tribunal. SubSecretario
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
AVISO VISTA PUBLICA Para conocimiento del público en general y de conformidad con las disposiciones del Artículo 8.6 de la Ley Núm. 161 del 1 de diciembre de 2009, según enmendada, conocida como “Ley para la Reforma de Proceso de Permisos de Puerto Rico”, el Reglamento Conjunto de Permisos Para Obras de Construcción y Usos de Terrenos, vigente al 29 de noviembre de 2010, conocido como Reglamento Conjunto, el Reglamento de Ordenación del Municipio Autónomo de San Juan, vigente desde el 13 de marzo de 2003, y cualquier otra disposición de la ley aplicable se informa que la Oficina de Gerencia de Permisos celebrará vista pública para el caso que se describe a continuación: Peticionario: Yonatan Coello Rufner
Lugar: Centro Gubernamental
Dueño de la propiedad: Carlos Cruz Romanacce
Roberto Sánchez Vilella
Fecha: 24 junio de 2013
Ave. De Diego
Hora: 8:30 a.m.
Santurce, Puerto Rico
Caso Núm.: 2013-PUS-00578
Clasificación: C-1
Edificio Sur, Piso 2
Se interesa discutir, pero sin limitarse una solicitud de permiso de uso vía variación para operar restaurante con venta de bebidas alcoholícas al detal, a nivel de segunda planta. El predio bajo consideración está localizado en la Ave. Winston Churchill # 164, Urb. Crown Hills en el Municipio de San Juan. El mismo ubica dentro de un distrito de calificación C-1 según el mapa de calificación vigente para el Municipio de San Juan. La solicitud se evaluará a tenor con pero sin limitarse a, las Secciones 8.03 y 16.01 del Reglamento de Ordenación Territorial de San Juan. Se invita a vecinos del proyecto y a los propietarios de terrenos que radiquen dentro de los límites territoriales circundantes, a las agencias gubernamentales y al público en general a comparecer y participar en dicha vista. Es mandatorio que el proponente y/o dueño de la propiedad o su representante autorizado asista a la vista pública, de no asistir se procederá con el archivo de la solicitud. Se advierte que las partes podrán comparecer asistidas por abogados, pero no estarán obligadas a estar así representadas incluyendo corporaciones y sociedades. El Oficial Examinador que presida la vista no podrá suspenderla una vez señalada, salvo que se solicite por escrito con expresión de las causas sometidas, con no menos de cinco (5) dias de antelación a la fecha de celebración de la vista, expresando las razones que justifican la suspensión o posposición, acompañado por un giro postal y/o cheque de gerente por la cantidad de $50.00 a nombre del Secretario de Hacienda. La petición de suspensión o transferencia deberá ser radicada ante la OGPE. El peticionario notificará copia de la solicitud a las otras partes e interventores en el procedimiento dentro de los cinco (5) días señalados. Si la suspensión no fue motivada por el incumplimiento de un requisito legal, el solicitante se comprometará a pagar los costos que conlleve la notificación de la suspensión y anunciar el nuevo señalamiento mediante la publicación de un aviso de prensa. El expediente de vista estará disponible para inspección de las partes en la Oficina de la OGPE, ubicada en el Piso P, Edificio World Plaza (antiguo Westerbank), Ave. Muñoz Rivera # 268. Hato Rey, Puerto Rico. En San Juan, Puerto Rico hoy 6 de mayo de 2013. Arq. Alberto Lastra Power Director Ejecutivo