Edición del 18 de enero de 2018

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sumas adeudadas por concepto de seguros y/o contribuciones, la suma de $37.50 por concepto de adelantos, más la suma de $1,500.00, por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado, según pactados. Las subastas de dicha propiedad se llevarán a efecto en mi oficina situada en el local que ocupa este Tribunal en el Tribunal de Carolina, advirtiéndose que el que obtuviere la buena pro de dicha propiedad consignará en el acto del remate el importe de su oferta en moneda legal de los Estados Unidos de América, en adición a los gastos de la subasta, siendo éste el mejor postor. En cualquier momento luego de haberse comenzado el acto de la subasta, el Alguacil podrá requerir de los licitadores que le evidencien la capacidad de pago de sus posturas. Del producto obtenido en dicha venta, el Alguacil pagará en primer término los gastos del Alguacil, en segundo término las costas, gastos y honorarios de abogados hasta la suma convenida, en tercer término los intereses acumulados hasta la fecha de la subasta según pactados hasta su total y completo pago, en cuarto término, las sumas establecidas para el pago de recargos por demora hasta la fecha de la subasta y en quinto término la suma principal adeudada. Disponiéndose, que si quedare algún remanente luego de pagarse las sumas mencionadas, el mismo deberá ser depositado en la Secretaría del Tribunal para ser entregado a la parte demandada, previa solicitud y orden del Tribunal. Sobre el inmueble anteriormente descrito se encuentra presentado el siguiente gravamen posterior: ANOTACIÓN PREVENTIVA DE DEMANDA radicada en el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Canóvanas en Río Grande, Civil Número FBC201600376, sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria fechada 28 de marzo de 2016, seguida por Firstbank Puerto Rico (Demandante) Vs. Mónica Fuentes Fred (De mandados). Por la misma se reclama el pago de la suma de $135,860.00 y otras sumas, presentado Asiento 2016022261-CR03 del Sistema Karibe el día 4 de abril de 2016, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Tercera de Carolina, el cual es objeto de ejecución en la presente causa de acción. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito e j e c u t a n t e , s i l o s h u b i e r e, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, toda vez que el precio de remate no se destina a su extinción. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría del Tribunal d e Primera Instancia, Sala Superior de Canóvanas en Río Grande, durante horas laborables. Y PARA LA CONCURRENCIA, de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en el Tribunal Superior de Puerto Rico, Alcaldía y la Colecturía de Rentas Internas del Municipio donde se celebará la subasta por espacio de dos semanas y en un periódico de circulación general del Estado Libre Asociado de Puerto Rico por espacio de dos semanas y por lo menos una vez por semana. En Carolina, Puerto Rico, a 5 de diciembre de 2017. Manuel Villafañe Blanco ALGUACIL SUPERIOR

42< CLASIFICADOS

SG-1306 ESTADO LIBRE ASOC IADO DE PUERTO RIC O TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE BAYAMON

FIRSTBANK PUERTO RICO Parte Demandante Vs.

JOEL ANTONIO PELEGRIN LUPERSON

Parte Demandada CIVIL NÚM. D CD2017-0728 SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA EDICTO DE SUBASTA ESTADOS UNIDOS DE AMERICA } EL PRESIDENTE DE LOS E.E.U.U. } EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R. } A: JOEL ANTONIO PELEGRIN LUPERSON FISICA: AK-23, SANTA JUANITA DEV., BAYAMON, PR 00959 POSTAL: URB. FLAMBOYAN GARDENS, 030 CALLE 119, BAYAMON, PR 009595729 PUBLICO EN GENERAL El Alguacil del Tribunal que suscribe anuncia y hace constar: A. Que en cumplimiento del Mandamiento que me ha sido dirigido por la Secretaria del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Bayamón, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor de contado y en moneda de curso legal y corriente de los Estados Unidos de América, todo derecho, título o interés que tenga la Parte Demandada en el bien inmueble que se describe a continuación: URBANA: Solar número veintitrés (23) del bloque "AK" de la Urbanización Santa

A. Que en cumplimiento del Mandamiento que me ha sido dirigido por la Secretaria del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Bayamón, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor de contado y en moneda de curso legal y corriente de los Estados Unidos de América, todo derecho, título o interés que tenga la Parte Demandada en el bien inmueble que se describe a continuación: URBANA: Solar número veintitrés (23) del bloque "AK" de la Urbanización Santa Juanita, radicada en el Barrio Minillas de Bayamón, Puerto Rico, que comprende un área de trescientos dos punto noventa y tres metros cuadrados (302.93 MC), colindando por el Norte, con el solar número veintidós (22) del bloque "AK"; por el Sur, con el solar número veinticuatro (24) del bloque "AK"; por el Este, con la Avenida Santa Juanita; y por el Oeste, con el solar número veinticinco (25) del bloque "AK". Consta inscrito al Folio setenta y siete (77) del Tomo mil trescientos cuarenta y tres (1343) de Bayamón, finca veinte mil cuatrocientos cuarenta y uno (20,441), del Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera. B. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado están de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables bajo el epígrafe de este caso. C. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematente los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. D. Que la Propiedad se encuentra afecta al siguiente gravamen anterior o posterior: -NINGUNO. E. Dicha subasta se llevará a cabo para satisfacer a la parte demandante el importe de la sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $90,662.51 de principal al 1ro. de diciembre de 2016, $6,368.25 por concepto de siete (7) mensualidades en atrasos al 6.50% desde el 1ro. de diciembre de 2016 hasta el 14 de junio de 2017 más los que se acumulen de esta fecha en adelante, $937.85 por cargos por demora computados hasta el 14 de junio de 2017 y los que se venzan desde esa fecha en adelante, $0.00 por Sobregiro en Cuenta de Reserva, y la cantidad de $10,750.00 equivalente al 10% del principal por honorarios de abogado pactados, la propiedad garantiza una cantidad igual por intereses vencidos que se acumulen hasta dicho monto, la propiedad garantiza una cantidad igual por adelanto, si algunos, que tenga que incurrir el acreedor. Se fija como tipo mínimo para la primera subasta la cantidad de $107,500.00. La primera subasta se celebrará el día 28 de febrero de 2018 a las 9:45 de la mañana en la Oficina del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia de Bayamón, por el tipo mínimo de $107,500.00 De declararse desierta dicha subasta se celebrará una segunda subasta el día 7 de marzo de 2018 a las 9:45 de la mañana en el mismo lugar antes mencionado. El precio para la segunda subasta lo será 2/3 partes del precio mínimo de la primera, o sea, $71,666.67 De declararse desierta dicha segunda subasta, se celebrará una tercera subasta el día 14 de marzo de 2018 a las 9:45 de la mañana en el mismo lugar antes mencionado. El precio para la tercera subasta lo será 1/2 del precio mínimo de la primera, o sea, $53,750.00 Y PARA QUE ASÍ CONSTE, y para su publicación en un periódico de circulación general y por un término de veinte (20) días en los sitios públicos conforme a la ley, expido la presente bajo mi firma y sello de este tribunal, hoy 16 de enero de 2018 en Bayamón, Puerto Rico. FRANCES TORRES CONTRERAS 325 SG-1307 ESTADO LIBRE ASOC IADO DE PUERTO RIC O TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE BAYAMON

FIRSTBANK PUERTO RICO

PO BOX 9146, SAN JUAN, PR 00918-0146 (787) 282-1100 Parte Demandante Vs.

SUCESIÓN DESCONOCIDA DE ISABELO MEDINA FONSECA, COMPUESTA POR FULANO DE TAL Y MENGANA DE TAL DEPARTAMENTO DE HACIENDA, CENTRO

DE RECAUDACION DE INGRESOS MUNI-

PUESTA POR FULANO DE TAL Y MENGANA DE TAL DEPARTAMENTO DE HACIENDA, CENTRO DE RECAUDACION DE INGRESOS MUNICIPALES

Parte Demandada CIVIL NÚM. DCD2015-1528 (502) SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA ESTADOS UNIDOS DE AMERICA } EL PRESIDENTE DE LOS E.E.U.U. } EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R. } A: SUCESION DESCONOCIDA DE ISABELO MEDINA FONSECA, COMPUESTA POR FULANO DE TAL Y MENGANA DE TAL DEPARTAMENTO DE HACIENDA CENTRO DE RECAUDACION DE INGRESOS MUNICIPALES FISICA: EQ-2 ROBLE ST. SANTA JUANITA, BAYAMON, PR 00956 POSTAL: URB. SANTA JUANITA, EQ-2 CALLE ROBLE N, BAYAMON, PR 00956-5228 PUBLICO EN GENERAL El Alguacil del Tribunal que suscribe anuncia y hace constar: A. Que en cumplimiento del Mandamiento que me ha sido dirigido por la Secretaria del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Bayamón, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor de contado y en moneda de curso legal y corriente de los Estados Unidos de América y cuyo pago se efectuará en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, todo derecho, título o interés que tenga la Parte Demandada en el bien inmueble que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número Dos del Bloque EQ del plano de Inscripción de la Urbanización Santa Juanita radicada en el Barrio Minillas del término municipal de Bayamón con una cabida superficial de Trescientos uno punto treinta metros cuadrados (301.30). Colinda por el Norte con solar Tres; por el Sur con solar Uno; por el Este, con solar Diecisiete; por el Oeste, con calle Roble Norte. Enclava edificación. Inscrita al folio 244 del tomo 659 de Bayamón Sur, finca número 30495. Registro de la Propiedad de Bayamón, Primera Sección. B. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado están de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables bajo el epígrafe de este caso. C. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematente los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. D. Que el licitador y/o mejor postor pagará el importe de su oferta en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal. E. Que la Propiedad se encuentra afecta al siguiente gravamen anterior pendiente de cancelación: HIPOTECa constituida por ISABELO MEDINA FONSECA, soltero en garantía de un pagaré, a favor de Doral Mortgage Corp., o a su orden, por $10,400.00 al 14. 95%, vencedero en de diciembre de 2011, según Esc. #287 en San Juan a 8 de noviembre de 2001 ante Javier De León Colón, inscrita al folio 245 del tomo 659 de Bayamón Sur, finca #30495 inscripción 7ma.- POSTERIOR: -NINGUNO- F. Dicha subasta se llvará a cabo para satisfacer a la parte demandante las sumas dispuestas en la sentencia. Se fijó como tipo mínimo para la primera subasta la cantidad de $88,500.00. La primera subasta se celebrará el día 28 de febrero de 2018 a las 9:30 de la mañana en la Oficina del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia de Bayamón. De declararse desierta dicha subasta se celebrará una segunda subasta el día 7 de marzo de 2018 a las 9:30 de la mañana en el mismo lugar antes mencionado. El precio para la segunda subasta lo será 2/3, o sea, $59,000.00 partes del precio mínimo de la primera. De declararse desierta dicha segunda subasta, se celebrará una tercera subasta el día 14 de marzo de 2018 a las 9:30 de la mañana en el mismo lugar antes mencionado. El precio para la tercera subasta lo será ½, o sea, $44,250.00 del precio mínimo de la primera. Y PARA QUE ASÍ CONSTE, y para su publicación en un periódico de circulación general y por un término de veinte (20) días en los sitios públicos conforme a la ley, expido la presente bajo mi firma y sello de este tribunal, hoy 16 de enero de 2018 en Bayamón, Puerto Rico. FRANCES TORRES CONTRERAS 325 ALGUACIL

cionado. El precio para la tercera subasta lo será ½, o sea, $44,250.00 del precio mínimo de la primera. Y PARA QUE ASÍ CONSTE, y para su publicación en un periódico de circulación general y por un término de veinte (20) días en los sitios públicos conforme a la ley, expido la presente bajo mi firma y sello de este tribunal, hoy 16 de enero de 2018 en Bayamón, Puerto Rico. FRANCES TORRES CONTRERAS 325 ALGUACIL SS-2388 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RIC O TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE SAN JUAN

FIRSTBANK PUERTO RICO Parte Demandante Vs.

CARLOS MANUEL ESCUDERO GONZALEZ, AMINTA GONZALEZ QUIÑONEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES POR ELLOS COMPUESTA

Parte Demandada CIVIL NÚM. KCD2015-1771 (508) SOBRE: COBRO DE DINERO EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS E.E.U.U. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R. A: CARLOS MANUEL ESCUDERO GONZALEZ, AMINTA GONZALEZ QUIÑONEZ Y LA SOCIEDA LEGAL DE GANANCIALES POR ELLOS COMPUESTA FISICA: 1805 NORTH GALLERY PLAZA, SAN JUAN, PR 00917 POSTAL: PO BOX 927, UTUADO, PR 00641 PUBLICO EN GENERAL El Alguacil del Tribunal que suscribe anuncia y hace constar: A. Que en cumplimiento del Mandamiento que me ha sido dirigido por la Secretaria del Tribunal d e Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de San Juan, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor de contado y en moneda de curso legal y corriente de los Estados Unidos de América y cuyo pago se efectuará en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, todo derecho, título o interés que tenga la Parte Demandada en el bien inmueble que se describe a continuación: ---APARTAMENTO NUMERO DIECIOCHO CERO CINCO N (1805-N). PROPIEPAD HORIZONTAL: Apartamiento Número Dieciocho Cero Cinco Norte (1805 N) localizado en el piso dieciocho (18) de la Torre Norte del Condominio Gallery Plaza, cuyo condominio está localizado en el Barrio Santurce Norte de San Juan, Puerto Rico. ---Consiste de un apartamiento residencial de un piso, con un área superficial de aproximadamente novecientos cincuenta punto cero cero pies cuadrados (950.00 p.c.), equivalentes a ochenta y ocho punto veinticinco metros cuadrados (88.25 m.c.). ---El Apartamiento Número Dieciocho Cero Cinco Norte (1805 N) se compone de un recibidor, área de sala y comedor, área de estudio, cocina; área de lavandería ("laundry”), un baño, un dormitorio principal ("master bedroom") con área de pasillo con un closet, closet con pasillo ("walk-in closet”) y baño. ---La entrada principal de este apartamiento está localizada en su lindero Oeste dándole acceso al apartamiento desde el pasillo del piso dieciocho (18) de la Torre Norte del Condominio Gallery Plaza, e1 cual es un elemento común general del Condominio Gallery Plaza. ---Colinda por el Norte, con pared común que lo separa del Apartamiento Número Dieciocho Cero Cuatro Norte (1804 N) y elemento común general interior, en una distancia de veintiséis pies nueve pulgadas (26' 9"); por el Sur, con pared común que lo separa del Apartamiento Número Dieciocho Cero Seis Norte (1806 N) y elemento común general interior, en una distancia de veinticuatro pies siete pulgadas (24'7”); por el Este, con pared común que lo separa de elemento común general exterior, en una distancia de treinta y cinco pies cuatro pulgadas (35'4"); y por el Oeste, con pared común que lo separa de elemento común general interior, en una distancia de treinta y cuatro pies cuatro pulgadas (34'4") . ---Este apartamiento tiene una participación de cero punto treinta y cuatro cuarenta y cuatro veintiocho cincuenta y siete por ciento (0.34442857%) en los elementos comunes generales del Condominio Gallery Plaza. ---Este apartamiento tiene a su favor una servidumbre perpetua e irrevocable de uso sobre un espacio de estacionamiento del área de estacionamiento residencial del edificio De Diego Gallery, identificado con el número trescientos ochenta y ocho (388) y el derecho a estacionar un segundo automóvil en el espacio que está disponible de acuerdo al sistema de "valet parking" del estacionamiento residencial del edificio De Diego Gallery. ---A cada apartamiento

erales del Condominio Gallery Plaza. ---Este apartamiento tiene a su favor una servidumbre perpetua e irrevocable de uso sobre un espacio de estacionamiento del área de estacionamiento residencial del edificio De Diego Gallery, identificado con el número trescientos ochenta y ocho (388) y el derecho a estacionar un segundo automóvil en el espacio que está disponible de acuerdo al sistema de "valet parking" del estacionamiento residencial del edificio De Diego Gallery. ---A cada apartamiento le corresponde aportar al presupuesto de los gastos de conservación y mantenimiento del área de estacionamientos en "De Diego Gallery", según lo dispuesto en la Cláusula Novena anterior, ---Presentado el Régimen de Propiedad Horizontal para su inscripción al diario mil ochenta y cuatro (1084), Asiento setecientos setenta y dos (772), Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Primera. --Consta inscrito al folio #197 del tomo 1209 de Santurce Norte, finca #46,430, Registro de la Propiedad de San Juan, Primera Sección.Dirección Física: 1805 NORTH GALLERY PLAZA, SAN JUAN, PR 00917. B. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado están de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables bajo el epígrafe de este caso. C. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematente los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. D. Que el licitador y/o mejor postor pagará el importe de su oferta en efectivo, cheque certificado o giro postal a nombre del Alguacil del Tribunal. E. Que la Propiedad se encuentra afecta al siguiente gravamen anterior y/o posterior: -NINGUNO- F. Dicha subasta se llevará a cabo para satisfacer a la parte demandante las sumas dispuestas en la sentencia que se ha obtenido ascendente a la suma de $428,012.49 de principal al 1ro. de abril de 2014, $12,884.64 por concepto de cinco (5) mensualidades en atrasos al #5.75% desdePara el 1ro.publicación de abril de 2014 de hasta el 5 de agosto de 2015, $474.52 de cargos por demora hasta el 5 de agosto de 2015, $0.00 en sobregiro de cuenta de reserva, $476.25 de adelantos corporativos y tres cantidades de $44,000.00 equivalente al diez (10%) del principal original por honorarios de abogado pactados. La propiedad garantiza una cantidad igual por intereses vencidos que se acumulen hasta dicho monto. La propiedad garantiza una cantidad igual por adelanto, si algunos, que tenga que incurrir el acreedor. Se fija como tipo mínimo para la primera subasta la cantidad de $448,585.74 La primera subasta se celebrará el día 25 de enero de 2018 a las 9:30 de la mañana en la Oficina del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia de San Juan. De declararse desierta dicha subasta se celebará una segunda subasta el día 1 de febrero de 2018 a las 9:30 de la mañana en el mismo lugar antes mencionado. El precio para la segunda subasta lo será 2/3 partes del precio mínimo de la primera, o sea, $299,057.16. De declararse desierta dicha segunda subasta, se celebrará una tercera subasta el día 8 de febrero de 2018 a las 9:30 de la mañana en el mismo lugar antes mencionado. El precio para la tercera subasta lo será ½ del precio mínimo de la primera, o sea, $224,292.87. Y PARA QUE ASÍ CONSTE, y para su publicación en un periódico de circulación general y por un término de catorce (14) días en los sitios públicos conforme a la ley, expido la presente bajo mi firma y sello de este tribunal, hoy 9 de enero de 2018 en San Juan, Puerto Rico. PEDRO HIEYE GONZALEZ Alguacil

--Consta inscrito al folio #197 del pagará el importe de su oferta hasta dicho monto. La propiedad tomo 1209 de Santurce Norte, en efectivo, cheque certificado o garantiza una cantidad igual por finca #46,430, Registro de la giro postal a nombre del Algua- adelanto, si algunos, que tenga Propiedad de San Juan, Primera cil del Tribunal. E. Que la que incurrir el acreedor. Se fija Sección.Dirección Física: 1805 Propiedad se encuentra afecta c o m o t i p o m í n i m o p a r a l a NORTH GALLERY PLAZA, SAN al siguiente gravamen anterior primera subasta la cantidad de JUAN, PR 00917. B. Que los y/o posterior: -NINGUNO- F. Di- $448,585.74 La primera subasta celebrará el día 25DE de 2018 enero cha subasta se llevará a cabo se 18 autos y todos EL los VOCERO documentosDE PUERTO RICO > JUEVES, DE ENERO correspondientes al procedimi- para satisfacer a la parte de- de 2018 a las 9:30 de la mañana ento incoado están de manifi- mandante las sumas dispuestas en la Oficina del Alguacil del e s t o e n l a S e c r e t a r í a d e l en la sentencia que se ha obten- Tribunal de Primera Instancia de Tribunal durante las horas labor- ido ascendente a la suma de S a n J u a n . D e d e c l a r a r s e ables bajo el epígrafe de este $428,012.49 de principal al 1ro. desierta dicha subasta se celebcaso. C. Que se entenderá que de abril de 2014, $12,884.64 por ará una segunda subasta el día todo licitador acepta como concepto de cinco (5) mensual- 1 de febrero de 2018 a las 9:30 bastante la titularidad y que las idades en atrasos al #5.75% de la mañana en el mismo lugar cargas y gravámenes anteriores desde el 1ro. de abril de 2014 antes mencionado. El precio y los preferentes, si los hubiere, hasta el 5 de agosto de 2015, para la segunda subasta lo será a l c r é d i t o e j e c u t a n t e , $474.52 de cargos por demora 2/3 partes del precio mínimo de c o n t i n u a r á n s u b s i s t e n t e s , hasta el 5 de agosto de 2015, la primera, o sea, $299,057.16. entendiéndose que el rematente $0.00 en sobregiro de cuenta de De declararse desierta dicha selos acepta y queda subrogado reserva, $476.25 de adelantos gunda subasta, se celebrará una en la responsabilidad de los mis- corporativos y tres cantidades tercera subasta el día 8 de febm o s , s i n d e s t i n a r s e a s u de $44,000.00 equivalente al rero de 2018 a las 9:30 de la extinción el precio del remate. diez (10%) del principal original mañana en el mismo lugar antes La propiedad a ser ejecutada se por honorarios de abogado mencionado. El precio para la adquirirá libre de cargas y pactados. La propiedad garant- tercera subasta lo será ½ del gravámenes posteriores. D. Que iza una cantidad igual por inter- precio mínimo de la primera, o el licitador y/o mejor postor eses vencidos que se acumulen sea, $224,292.87. Y PARA QUE pagará el importe de su oferta hasta dicho monto. La propiedad A S Í C O N S T E , y p a r a s u en efectivo, cheque certificado o garantiza una cantidad igual por publicación en un periódico de giro postal a nombre del Algua- adelanto, si algunos, que tenga circulación general y por un cil del Tribunal. E. Que la que incurrir el acreedor. Se fija término de catorce (14) días en Propiedad se encuentra afecta c o m o t i p o m í n i m o p a r a l a los sitios públicos conforme a la al siguiente gravamen anterior primera subasta la cantidad de ley, expido la presente bajo mi y/o posterior: -NINGUNO- F. Di- $448,585.74 La primera subasta firma y sello de este tribunal, hoy cha subasta se llevará a cabo se celebrará el día 25 de enero 9 de enero de 2018 en San para satisfacer a la parte de- de 2018 a las 9:30 de la mañana Juan, Puerto Rico. PEDRO mandante las sumas dispuestas en la Oficina del Alguacil del HIEYE GONZALEZ Alguacil en la sentencia que se ha obten- Tribunal de Primera Instancia de ido ascendente a la suma de S a n J u a n . D e d e c l a r a r s e $428,012.49 de principal al 1ro. desierta dicha subasta se celebde abril de 2014, $12,884.64 por ará una segunda subasta el día concepto de cinco (5) mensual- 1 de febrero de 2018 a las 9:30 idades en atrasos al #5.75% de la mañana en el mismo lugar desde el 1ro. de abril de 2014 antes mencionado. El precio hasta el 5 de agosto de 2015, para la segunda subasta lo será $474.52 de cargos por demora 2/3 partes del precio mínimo de hasta el 5 de agosto de 2015, la primera, o sea, $299,057.16. $0.00 en sobregiro de cuenta de De declararse desierta dicha sereserva, $476.25 de adelantos gunda subasta, se celebrará una corporativos y tres cantidades tercera subasta el día 8 de febde $44,000.00 equivalente al rero de 2018 a las 9:30 de la diez (10%) del principal original mañana en el mismo lugar antes por honorarios de abogado mencionado. El precio para la pactados. La propiedad garant- tercera subasta lo será ½ del iza una cantidad igual por inter- precio mínimo de la primera, o eses vencidos que se acumulen sea, $224,292.87. Y PARA QUE hasta dicho monto. La propiedad A S Í C O N S T E , y p a r a s u garantiza una cantidad igual por publicación en un periódico de adelanto, si algunos, que tenga circulación general y por un que incurrir el acreedor. Se fija término de catorce (14) días en c o m o t i p o m í n i m o p a r a l a los sitios públicos conforme a la primera subasta la cantidad de ley, expido la presente bajo mi $448,585.74 La primera subasta firma y sello de este tribunal, hoy se celebrará el día 25 de enero 9 de enero de 2018 en San de 2018 a las 9:30 de la mañana Juan, Puerto Rico. PEDRO en la Oficina del Alguacil del HIEYE GONZALEZ Alguacil Tribunal de Primera Instancia de San Juan. De declararse desierta dicha subasta se celebará una segunda subasta el día 1 de febrero de 2018 a las 9:30 de la mañana en el mismo lugar antes mencionado. precio se puedeEl comunicar al (787) 622-2300 ext 1013 ó (787) 724-1485; para la segunda subasta lo será 2/3 partes deloprecio mínimo envíenos de si lo prefiere la información a clasificados@elvocero.com la primera, o sea, $299,057.16. Horario: Lunes a viernes de 9:00 AM a 6:00 PM De declararse desierta dicha segunda subasta, se celebrará una tercera subasta el día 8 de febrero de 2018 a las 9:30 de la mañana en el mismo lugar antes mencionado. El precio para la tercera subasta lo será ½ del precio mínimo de la primera, o sea, $224,292.87. Y PARA QUE ASÍ CONSTE, y para su publicación en un periódico de circulación general y por un término de catorce (14) días en los sitios públicos conforme a la ley, expido la presente bajo mi firma y sello de este tribunal, hoy 9 de enero de 2018 en San Juan, Puerto Rico. PEDRO HIEYE GONZALEZ Alguacil

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