Edicion 26 de Marzo

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32 EL VOCERO / lunes, 26 de marzo de 2012

yo de 2012, a las 2:15 de la tarde en mi oficina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Santa Rosa situada en el Barrio Juan Sánchez de Bayamón, con el número del solar: “20” de la manzana “35”, con un área de 315.00 metros cuadrados. En lindes por el Norte, con el solar número 21 distancia de 21.00 metros cuadrados; por el Sur, con el solar número 19 distancia de 21.00 metros; por el Este, con el número 16 distancia de 15.00 metros y por el Oeste, con la calle número 25 distancia de 15.00 metros. Enclava una casa residencial para una familia. Inscrita al folio doscientos setenta y seis vuelto (276 vto.) del tomo mil sesenta (1,060) de Bayamón Sur, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera, finca número veintiún mil doscientos cuarenta y nueve (21,249), inscripción 17ma. La subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la suma de $87,300.58 de principal, intereses al 6 1/8% anual, desde el día 1ro. de marzo de 2010, hasta su completo pago, más la cantidad de $9,690.00 estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado, más recargos acumulados, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para el inmueble será la suma de $96,900.00 y de ser necesaria una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aquélla, o sea, la suma de $64,600.00 y de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la suma de $48,450.00. La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad hipotecada a ser ejecutada se encuentra afecta al siguiente gravamen posterior: Mandamiento de Embargo de fecha 18 de septiembre de 2009, seguido en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, Caso Civil No. DCD2006-1309, sobre Cobro de Dinero seguido por R-G Premier Bank of Puerto Rico versus José Luis Ortiz León y su esposa Iris Griselle Valentín Díaz, en el cual se solicita el pago de la deuda la cual asciende a la suma principal de $29,910.27, más costas, gas-

tos e intereses, presentado el día 17 de diciembre de 2009, al asiento 1317 del diario 1285 de Bayamón Sur, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera. Inscrita en virtud de la Ley número 216 del 27 de diciembre de 2010, la cual entró en vigor el día 10 de febrero de 2011. En testimonio de lo cual, expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en Bayamón, Puerto Rico, a DEC. 14 2011. ALG. FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLAZO, ALGUACIL TRIBUNAL, SALA SUPERIOR DE BAYAMON.

ED-19001 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE JUANA DIAZ.

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO VILLA COOP AGUSTIN BURGOS RIVERA Demandante vs.

RADAMES TORRES CORTES JESSENIA M. TORRES CORTES Demandados CASO NUMERO: JGCI201200019. SOBRE: COBRO DE DINERO (REGLA 60). NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: LCDO. CARLOS R. PADILLA MONTALVO, 951 Ave. Hostos Suite 101, Ponce, PR 00716-1103. RADAMES TORRES CORTES. Res. Enudio Negrón, Edif. 2 Apto 38 y/o Res. Enudio Negrón Blq. 1 Apto. 8, Villalba, PR. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que el 16 de marzo de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 16 de marzo de 2012. En Bayamón, Puerto Rico, el 16 de marzo de 2012. MIGDALIA RIVERA COLON. NOMBRE SECRETARIO(A). MARISOL RODRIGUEZ CANCEL. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. ED-17056 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMON.

SCOTIABANK DE PUERTO RICO Demandante vs.

LUIS ENRIQUE LOZANO SANTIAGO también conocido como LUIS LOZANO SANTIAGO Demandado CIVIL NUM. DCD 2010-2532 (503). SOBRE: COBRO DE DINERO (EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA). EDICTO DE SUBASTA. Al: Público en general. A: LUIS ENRIQUE LOZANO SANTIAGO, también conocido como LUIS LOZANO SANTIAGO. Yo, Alg. Freddy Omar Rodríguez Collazo, Alguacil de este Tribunal, a la parte demandada y a los acreedores y personas con interés sobre la propiedad que más adelante se describe, y al público en general, hago saber: Que el día 26 de abril de 2012, a las 10:30 de la mañana en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico, venderé en Pública Subasta la propiedad inmueble que más adelante se describe y cuya venta en pública subasta se ordenó por la vía ordinaria. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado, estarán de manifiesto en la Secretaría durante horas laborables. Que en caso de no producir remate ni adjudicación en la pri-

mera subasta a celebrarse, se celebrará una segunda subasta para la venta de la susodicha propiedad, el día 3 de mayo de 2012, a las 2:30 de la tarde; y en caso de no producir remate ni adjudicación, se celebrará una tercera subasta el día 10 de mayo de 2012, a las 2:30 de la tarde en mi oficina sita en el lugar antes indicado. La propiedad a venderse en pública subasta se describe como sigue: RUSTICA: Parcela localizada en el Barrio Santa Olaya del término municipal de Bayamón, Puerto Rico, con una cabida superficial de dos mil quinientos sesenta y seis punto nueve mil ochenta y ocho metros cuadrados (2,566.9088 M.C.), la cual lleva el número Cuatro (4) del plano de inscripción preparado por el Agrimensor Justo García; colindando por el Norte, con la Sucesión de doña Paula González; por el Sur, con las parcelas número Uno (1), número Dos (2) y número Tres (3) del mismo plano referido al igual que con parte de un terreno dedicado a uso público; por el Este, con la parcela número Cinco (5) del referido plano; y por el Oeste, con terrenos de don Lorenzo Rosario. Inscrita al folio setenta y ocho (78) del tomo seiscientos setenta y tres (673) de Bayamón Sur, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera, finca número treinta y un mil cincuenta y ocho (31,058), inscripción primera. La subasta se llevará a efecto para satisfacer a la parte demandante la suma de $132,554.00 de principal, intereses al 5.50% anual, desde el día 1ro. de primero de febrero de 2010, hasta su completo pago, más la cantidad de $13,255.40 estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado, más recargos acumulados, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Que la cantidad mínima de licitación en la primera subasta para el inmueble será la suma de $132,554.00 y de ser necesaria una segunda subasta, la cantidad mínima será equivalente a 2/3 partes de aquélla, o sea, la suma de $88,369.33 y de ser necesaria una tercera subasta, la cantidad mínima será la mitad del precio pactado, es decir, la suma de $66,277.00. La propiedad se adjudicará al mejor postor, quien deberá satisfacer el importe de su oferta en moneda legal y corriente de los Estados Unidos de América en el momento de la adjudicación y que las cargas y gravámenes preferentes, si los hubiese, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. En testimonio de lo cual, expido el presente Edicto para conocimiento y comparecencia de los licitadores, bajo mi firma y sello del Tribunal, en Bayamón, Puerto Rico, a DEC. 14 2011. ALG. FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLAZO, ALGUACIL TRIBUNAL, SALA SUPERIOR DE BAYAMON.

escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $42,968.00. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE AGUADILLA. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 17 de mayo de 2012, a las 10:00 de la mañana en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: "RÚSTICA: Sito en el Barrio Bejucos del término municipal de Isabela, Puerto Rico, con una cabida superficial de trescientos diecinueve punto siete mil metros cuadrados (319.7000 mc) en lindes al NORTE, en 13.90 metros con solar O11; SUR, en 13.90 metros con la calle D; ESTE, en 23.00 metros con solar O-1 y por el OESTE, en 23.00 metros con solar O-3." Inscrita al folio movil del tomo 463 de Isabela, finca número 25337 del Registro de la Propiedad Aguadilla. Surge del Estudio de Título efectuado en el caso de epígrafe que sobre la finca descrita anteriormente, no pesan gravámenes posteriores a la primera hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $57,862.30 de principal, más los intereses acumulados a razón del 7.000% anual computados desde el 1 de julio de 2010 hasta su total saldo, recargos por demora y la suma de $6,445.20 por costas, gastos y honorarios de abogado, más los cargos por demora, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato.Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaria de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta.EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en AGUADILLA, Puerto Rico, hoy día 13 de febrero de 2012. Carlos Rivera López. Alguacil ALGUACIL DIVISIÓN DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE AGUADILLA

MR-5537 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE AGUADILLA SALA SUPERIOR

BANCO SANTANDER PUERTO RICO

DORAL BANK Demandante V.

HILDA DAMARIS SERRANO SOSA

ED-19002 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE BAYAMON.

Demandante v.

LA SUCESION DE CELIA RODRIGUEZ SEMPRIT t/c/c CELIA IRIS RODRIGUEZ SEMPRIT compuesta por su hijo LEONARDO CABRANESS RODRIGUEZ FULANO DE TAL y MENGANO DE TAL como posibles herederos desconocidos de la SUCESION de CELIA RODRIGUEZ SEMPRIT t/c/c CELIA IRIS RODRIGUEZ SEMPRIT DEPARTAMENTO DE HACIENDA CENTRO DE RECAUDACIONES DE INGRESOS MUNICIPALES

Demandados CIVIL NÚM. ACD 2008-0149 SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA (VÍA ORDINARIA) ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU.) SSEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO) EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 19 de septiembre de 2008, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 3 de mayo de 2012, a las 10:00 de la mañana en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE AGUADILLA. Siendo esta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $64,452.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 10 de mayo de 2012, a las 10:00 de la mañana en la Demandados cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras par- CIVIL NUM. DCD2012-0396. tes del tipo mínimo pactado en la SOBRE: COBRO DE DINERO Y

EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de PR ss. A: FULANO DE TAL y MENGANO DE TAL, herederos desconocidos de la SUCESION DE CELIA RODRIGUEZ SEMPRIT t/c/c CELIA IRIS RODRIGUEZ SEMPRIT. Por la presente se le notifica que la parte demandante Banco Santander-Puerto Rico, ha presentado ante este Tribunal una demanda contra usted, solicitando la concesión del siguiente remedio: Cobro de Dinero: Préstamo Núm. 9429492, $93,829.14 de principal; intereses al 6% anual, los cuales se acumulan hasta el saldo total de la deuda; $367.00 por concepto de cargos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta su total pago, más la suma de $10,272.00 por concepto de honorarios de abogado. La demanda en su totalidad puede ser examinada en este Tribunal. El abogado de la parte demandante lo es el Lcdo. Sergio A. Ramírez de Arellano, con oficinas en el Banco Popular Center, Suite 1022, Ave. Muñoz Rivera 209, San Juan, Puerto Rico 009191009; teléfonos (787) 765-2988; (787) 764-6392; Fax (787) 7652973, a quienes deberán notificar copia de la contestación a la demanda dentro de los treinta (30) días desde la publicación de este edicto presentado dentro de dicho término el original de la contestación en este Tribunal. Se le apercibe que de así no hacerlo, el Tribunal podrá conceder el remedio solicitado en la demanda transcurridos los treinta (30) días después de la publicación del Edicto, se le anotará la rebeldía y se le dictará sentencia, sin más citarle ni oírle. Dado bajo mi firma y con el sello oficial del Tribunal en Bayamón, Puerto Rico, a MAR. 16 de 2012. MIGDALIA RIVERA COLON, SEC. REGIONAL INTERINA. POR: IVELYS PAGAN VIVAS, SECRETARIA AUXILIAR. k

ED-17057 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE BAYAMON.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante vs.

ROBERT DAVID SALA ROKACH t/c/c ROBERT D. SALA ROKACH Demandada CIVIL NUM.: DCD2007-2060. SALON: 503. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. A: ROBERT DAVID SALA ROKACH t/c/c ROBERT D. SALA ROKACH. Cond. La Floresta, Apartamento 1622, 2da. Planta Módulo 16, Bo. Juan Sánchez, Bayamón, PR 00956. AL PUBLICO EN GENERAL: El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de una sentencia dictada en el caso del epígrafe el día 18 de agosto de 2008, procederá a vender el día 30 de abril de 2012 a las 10:00 de la a.m. en mi oficina localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, al mejor postor y por dinero en efectivo, cheque de gerente o letra bancaria con similar garantía, todo título, derecho o interés de los demandados de epígrafe sobre el inmueble que se describe a continuación: URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento residencial número 1622 de forma irregular, constituido por un nivel localizado en la segunda planta del módulo 16 del Condominio La Floresta que está situado en el barrio Juan Sánchez del término municipal de Bayamón, Puerto Rico. Consta de un nivel, siendo sus linderos los siguientes: por el Norte, con el apartamento número 1621, área común y espacio exterior, en una distancia de 14.71 metros lineales; por el Sur, con el apartamento número 1711, en una distancia de 13.16 metros lineales; por el Este, con espacio exterior, en una distancia de 9.55 metros lineales; y por el Oeste, con área común y espacio exterior, en una distancia de 9.55 metros lineales. Consta el mismo de 3 habitaciones con sus respectivos closets, sala-comedor, cocina, dos baños, área de almacenar, laundry y terraza. Los baños están equipados con bañera, lavamanos y servicio sanitario. Se incluye bidet en el baño principal. El área total del apartamento es de 109.53 metros cuadrados. La puerta de entrada de este apartamento está situado en su lindero Sur y por ella se sale a la escalera de circulación del proyecto. Este apartamento tiene una participación de 0.5145% en los elementos comunes generales del condominio. Le corresponde como elemento común limitado los estacionamientos identificados con

los números 256 y 257. Se encuentra presentada al Asiento 3 del Diario 1225, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera. Se separa de la finca número 10956, inscrita al folio 120 del tomo 250 de Bayamón. La hipoteca se encuentra debidamente presentada para su inscripción al Asiento 780 del Diario 1263 Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Primera. Dicha subasta se llevará a cabo para satisfacer a la parte demandante el importe de la sentencia que ha obtenido ascendente al 1ro de febrero de 2007 a la suma de $162,523.68 por concepto de principal, más los intereses acumulados al 7.625% anual desde esa fecha en adelante, más los recargos por mora pactados y las partidas por seguro hipotecario, más cualesquiera otras cantidades pactadas en las escrituras de hipoteca, más una cantidad equivalente al 10% del principal original del pagaré, para gastos, costas y honorarios de abogado, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud del pagaré y la escritura de hipoteca. La hipoteca ejecutada en el caso de epígrafe se describe de la siguiente manera: HIPOTECA: Constituida por Robert David Sala Rokach (soltero), en garantía de un pagaré a favor de POPULAR MORTGAGE, INC., o a su orden, por la suma de $163,000.00, con intereses al 7.625% anual y vencedero el 1 de octubre de 2036, según escritura número 640, otorgada en San Juan, el 28 de septiembre del 2006, ante el notario Héctor M. Lugaro Figueroa. Inscrita al folio 77 del tomo 1878 de Toa Alta. Inscripción cuarta. Los autos y todos los demás documentos correspondientes al procedimiento iniciado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Bayamón, durante horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los referentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistiendo, entendiéndose que el rematante los acepta y queda responsable de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. Esto incluye las contribuciones sobre la propiedad inmueble si es que existe alguna. Se informa, Además, a toda persona con interés sobre el inmueble a ser subastado y a todo posible licitador, que el inmueble antes descrito ha sido tasado en la suma de $163,000.00 para que dicha suma sirva de tipo mínimo en la primera subasta a celebrarse. Se le notifica y advierte por este medio a los Acreedores con créditos de inferior rango al de la parte ejecutante, que pueden concurrir a la subasta si les conviniere y/o que pueden satisfacer el importe del crédito en subasta, con sus intereses, costas y honorarios de abogado asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del Acreedor ejecutante. De no producirse remate ni adjudicación en la primera subasta del antedicho inmueble, se celebrará una segunda subasta en el mismo lugar antes mencionado el día 7 de mayo de 2012 a las 2:00 de la p.m. sirviendo de tipo mínimo para dicha segunda subasta, las 2/3 partes del antes mencionado tipo mínimo. De no producirse remate ni adjudicación en la segunda subasta del antedicho inmueble, se celebrará una tercera subasta también en el mismo lugar, el día 14 de mayo de 2012 a las 2:00 de la p.m., sirviendo como tipo mínimo para dicha tercera subasta, la mitad (1/2) del tipo mínimo, fijada para la primera subasta. Este Edicto se publicará en el Tablón de Edictos de este Tribunal y en dos lugares públicos del Municipio de Bayamón, donde se celebrarán las subastas señaladas. Se publicará, además en un periódico de circulación general en dos ocasiones. Este aviso será enviado mediante correo certificado a la última dirección conocida de la parte demandada. En Bayamón, Puerto Rico, hoy NOV. 30 2011. ALG. FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLAZO, ALGUACIL.

Demandada CIVIL NUM.: N3CI 2011-00613. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. ss. A: MONSERRATE ROBLES PEREZ, por sí y en representación de la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta con JOSE MEDINA GONZALEZ t/c/c JOSE MIGUEL MEDINA GONZALEZ. Por la presente les notifica que se ha radicado en su contra una Demanda en Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria. En dicha demanda se solicita el pago de $161,895.59, de principal, más los intereses acumulados al 6 1/2% anual desde el 1 de julio de 2010 y los que se acumulen de esa fecha en adelante, más los recargos por mora pactados y las partidas por seguro hipotecario; más 10% de la suma original del pagaré por concepto de las costas, gastos y honorarios de abogado; más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. Dicha deuda se encuentra garantizada con una hipoteca sobre un inmueble ubicado en: Bo. Ciénaga Alta, RD 958 Km. 7.7, Río Grande, PR 00745, la cual será ejecutada y vendida en pública subasta de no realizarse el pago por la suma adeudada. Se le emplaza y requiere para que notifique al Lcdo. Carlos R. Sosa Padró, PO Box 191682, San Juan, Puerto Rico 00919-1682; Tel. (787) 2500081, abogados del Banco Popular de Puerto Rico, con copia de la Contestación a la Demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto y radicar el original de dicha contestación en este Tribunal en donde podrá enterarse de su contenido. Si dejare de hacerlo, podrá anotársele la rebeldía y se le dictará sentencia concediendo el remedio solicitado sin más citarle ni oírle. Expedido bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. En Río Grande, Puerto Rico hoy 29 de diciembre de 2011. MARILYN SANCHEZ CORDERO, SECRETARIO(A) INT. LYDIA FERRER MONTAÑEZ, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I. ED-19004 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE TOA ALTA.

FUENTES SELF SERVICES CORPORATION rep. por su PRESIDENTE CARLOS R. FUENTES FELICIANO Demandante VS

BANCO DE SAN JUAN t/c/c ROYAL BANK DE PUERTO RICO t/c/c BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA PUERTO RICO JOHN DOE y MARY DOE

Demandado(a) CASO CIVIL NUM. CD20111515. SOBRE: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: BANCO DE SAN JUAN t/c/c ROYAL BANK DE PUERTO RICO t/c/c BANCO BILBAO VIZCAYA PUERTO RICO y como BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA PUERTO RICO - Ave. Muñoz Rivera #254, Hato Rey, PR 00918. JOHN DOE y MARY DOE. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que el 1 de marzo de 2012, este Tribunal ha dictaED-9912 ESTADO LIBRE ASO- do Sentencia, Sentencia Parcial CIADO DE PUERTO RICO. TRI- o Resolución en este caso, que BUNAL DE PRIMERA INSTAN- ha sido debidamente registrada y CIA, SALA DE RIO GRANDE. archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de cirDemandante culación general en la Isla de vs. Puerto Rico, dentro de los (10) días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de (30) días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO

JOSE MEDINA GONZALEZ t/c/c JOSE MIGUEL MEDINA GONZALEZ su esposa MONSERRATE ROBLES PEREZ y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales por ambos compuesta

12 de marzo de 2012. En Toa Alta, Puerto Rico, el 12 de marzo de 2012. C: LCDO. ARISTIDES CAPO FIGUEROA - Apartado 2928, Bayamón, PR 009602928. MIGDALIA MARRERO CALDERON, SECRETARIA DEL TRIBUNAL CONF. II. ELINNETTE MARRERO CRUZ, SECRETARIA AUXILIAR TRIBUNAL I. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. ED-17059 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE BAYAMON.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante vs.

IRIS CABRERA SANTIAGO su esposo ISRAEL CARRION VALDERRAMA y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos Demandada CIVIL NUM.: DCD2009-1097. SALON: 505. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. A: IRIS CABRERA SANTIAGO, su esposo ISRAEL CARRION VALDERRAMA y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos. Urb. Alhambra B13, calle Bilbao, Bo. Cerro Gordo, Bayamón, PR 00967. A: DORAL MORTGAGE CORPORATION. Y: AL PUBLICO EN GENERAL: El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de una sentencia dictada en el caso del epígrafe el día 11 de junio de 2009, procederá a vender el día 30 de abril de 2012 a las 10:15 de la a.m. en mi oficina localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, al mejor postor y por dinero en efectivo, cheque de gerente o letra bancaria con similar garantía, todo título, derecho o interés de los demandados de epígrafe sobre el inmueble que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Alhambra del Barrio Cerro Gordo de Bayamón, con una cabida de 340.66 metros cuadrados. En lindes: por el Norte, en 24.85 metros con el solar número 14; por el Sur, en 25.73 metros con el solar número 12; por el Este, en 1194 metros con el solar número 34; y por el Oeste, en 15.00 metros con la Calle H. Finca 22,712, inscrita al Folio 121 del tomo 499 de Bayamón, Registro de Bayamón, Sección I. La hipoteca se encuentra inscrita al Folio 241 vuelto del Tomo 1417 de Bayamón. Inscripción séptima. Los autos y todos los demás documentos correspondientes al procedimiento iniciado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Bayamón, durante horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistiendo, entendiéndose que el rematante los acepta y queda responsable de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. Esto incluye las contribuciones sobre la propiedad inmueble si es que existe alguna. Se informa, además, a toda persona con interés sobre el inmueble a ser subastado y a todo posible licitador, que el inmueble antes descrito ha sido tasado en la suma de $112,800.00 para que dicha suma sirva de tipo mínimo en la primera subasta a celebrarse. De las actas del Registro de la Propiedad de la Sección I de Bayamón, Puerto Rico, consta que sobre esta propiedad pesa un gravamen anterior y otro posterior a la hipoteca que por la presente se ejecuta consistente en: HIPOTECA: (anterior) Constituida por Iris Cabrera Santiago (soltera), en garantía a un pagaré a favor de DORAL MORTGAGE CORPORATION, o a su orden, por la suma de $7,500.00, con intereses al 10 3/4% anual y vencedero el 1 de febrero de 1993, según escritura 5, otorgada en San Juan, el 25 de enero de 1988, ante el notario Edgardo Canales Ydrach. Inscrita al folio 240 del tomo 1417 de Bayamón. Inscripción quinta. HIPOTECA: (posterior). Constituida por Iris Cabrera Santiago, casada con Israel Carrión Valderrama, en garantía a un pagaré a favor de DORAL MORTGAGE CORPORATION, o a su orden, por la suma de $25,000.00, con intereses al 8.95% anual y vencedero el 1 de abril del 2035, según escritura número 179, otorgada en San Juan, el 31 de marzo del 2005, ante la notario Ivonne González Medrano. Inscrita al folio 104 del


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