Cartilla Legislación Comercial

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9.3.2 La Franquicia: Es un contrato entre una parte denominada el franquiciador y otra denominada el franquiciado, en donde el primero le permite al último hacer el mercadeo de un producto o servicio bajo su nombre o bajo su marca, contra el pago de un derecho de entrada o regalías o ambos. El franquiciado hace la inversión necesaria para el negocio, es independiente y no está subordinado al franquiciador. La independencia se traduce en que cada parte tiene sus propios empleados, inversión propia y asume sus propios riesgos. El franquiciador le ofrece al franquiciado la posibilidad de usar su marca, su nombre, sus colores, su sistema de publicidad y su conocimiento plenamente probado para alcanzar el éxito. (César Torrente Bayona y otros). En este contrato es importante tener en cuenta el Decreto 259 de 1992 en lo referente a registros. 9.3.3 El Factoring: Según Jaime Alberto Arrubla Paucar, el factoring es un acuerdo por el cual una empresa comercial, denominada cliente, contrata con una entidad financiera denominada compañía de facturación, para que ésta le preste un conjunto de servicios en los que incluye principalmente la financiación de sus créditos con sus clientes, asumiendo el riesgo de cobro, a cambio de una contraprestación. (Contratos Mercantiles, T.II, Biblioteca Juridica Diké, segunda edición, 1992, p.193.) 9.3.4 La Concesión: Para efectos de la contratación pública, el numeral 4 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993 define la Concesión como el que celebran las entidades estatales con el objeto de otorgar a una persona llamada concesionario la prestación, operación, explotación, organización, gestión -total o parcial- de un servicio público, o la construcción, explotación o conservación total o parcial de una obra o bien destinados al servicio o uso público, así como todas aquellas actividades necesarias para la adecuada prestación o funcionamiento de la obra o servicio por cuenta y riesgo del concesionario y bajo la vigilancia y control de la entidad concedente, a cambio de una remuneración que puede consistir en derechos, tarifas, tasas, valorización o en la participación que se le otorgue en la explotación del bien, o en una suma periódica, única o porcentual y, en general, en cualquier otra modalidad de contraprestación que las partes acuerden. En el país es bastante frecuente la denominada concesión de espacio, en la que el propietario de un establecimiento de comercio cede espacios del mismo a personas para que comercialicen sus productos o servicios.

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