Normas periciales

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TEMA Nº 2: NORMAS APLICADAS AL PERITAJE 1. NORMATIVA DEL PERITAJE CONTABLE El Peritaje Contable Judicial, como toda disciplina, debe regirse por ciertas normas o reglas o guías que establezcan las condiciones y requisitos básicos de calidad que deben poseer y cumplir los peritos contables judiciales, los mismos que están en la obligación de conocerlas y cumplirlas en la elaboración de los respectivos informes periciales. Las normas periciales son el conjunto de reglas o principios fundamentales que debe reunir y cumplir el Perito Contable Judicial, tanto en su condición y actitud personal como en la ejecución de su trabajo pericial y en la preparación de su informe o dictamen pericial. Son reglas, verdades fundamentales o disposiciones que regulan los requisitos mínimos que debe reunir el Perito Contable en el proceso de ejecución del Informe Pericial y en la presentación del mismo. Las normas que se presentan han sido aprobadas en el XIII Congreso Nacional de Contadores Públicos que se realizó en la ciudad de Iquitos en el año 1992; pero en el año 1994 se llevó a cabo el XIV Congreso Nacional de Contadores Públicos en la ciudad de Tacna, donde se mejoraron las mismas; y son las siguientes: 1.1.Normativa para el ejercicio del Peritaje Judicial Tal y como menciona Alipio (2014) en la recopilación y publicación del texto Ejemplos de Peritaje Contable muestra: 1.1.1. Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial Faculta a los Colegios Profesionales remitir anualmente a la Corte Superior del Distrito Judicial correspondiente, la nómina de sus miembros que consideren idóneos para desempeñarse como peritos judiciales. Las nóminas son transcritas a los Juzgados para que éstos designen rotativamente en cada caso y en presencia de las partes o de sus abogados a quienes actuarán como tales. Las Cortes Superiores pueden solicitar, de ser conveniente el aumento del número de peritos que figuren en las nóminas. Las irregularidades cometidas por los peritos son puestas en conocimiento de las instituciones profesionales que los propusieron. Los honorarios de los peritos, en los peritajes solicitados por las partes, se fijan y pagan con arreglo a las disposiciones procesales pertinentes. Quienes solicitan una pericia deben consignar previamente los honorarios correspondientes, conforme al arancel vigente. (p.62)

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