A nivel global, la prohibición de la tortura y malos tratos es una exigencia básica de cualquier régimen constitucional y democrático. Muestra de ello es que la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes ha sido ratificada por 172 países. Con todo, la tortura y los malos tratos se siguen cometiendo en manera recurrente en diversas latitudes, y aunque sus finalidades y manifestaciones se han transformado según la época y el lugar, siempre vulneran de manera intolerable la integridad personal y la dignidad humana. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó en 2014 el Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en asuntos que involucren hechos constitutivos de tortura y malos tratos. El Protocolo se articuló con base en estándares internacionales contenidos en tratados sobre la materia, así como en la interpretación de tales convenios.