PRIMER EJERCICIO FASE OPOSICIÓN PARA ACCESO AL CUERPO DE INGENIEROS TÉCNICOS DE OBRAS PUBLICAS (FOM/1131/2015) ALEGACIONES A LA PLANTILLA PROVISIONAL PUBLICADA EL 02/10/2015 Pregunta 7: Según el PG-3 ¿los residuos y subproductos pueden ser utilizados? La plantilla provisional presenta como correcta la respuesta: (C) Si, SIEMPRE que cumplan con los MISMOS REQUISITOS Y ESPECIFICACIONES que el RESTO de materiales de construcción Sin embargo NO ES CIERTA. Es necesario aplicar a los residuos unos tratamientos previos y/o inspecciones específicas que el resto de los productos de construcción están exentos. A modo de ejemplo, en el artículo 551 según redacción dada en la orden FOM/2523/2014 (PG-3 vigente) que regula el hormigón magro vibrado se admite la utilización de materiales procedentes de residuos de construcción y demolición (productos
inertes
de
desecho)
SIEMPRE
Y
CUANDO
hayan
sido
tratados
adecuadamente para satisfacer las especificaciones técnicas establecidas y fijadas expresamente en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. Ello es prueba de que los residuos deben cumplir requisitos específicos de carácter adicional no exigidos al resto de materiales de construcción según prescripciones del correspondiente artículo del PG-3. Es por lo que las palabras “SIEMPRE”, “MISMOS” y “RESTO” impiden su veracidad. Sin embargo la respuesta D es correcta tal y como se desarrolla a continuación. La primera parte de la respuesta (los residuos no pueden) se ha demostrado en el párrafo anterior ya que en caso de ser admisibles por el PG-3 precisan unas condiciones de preparación y tratamiento que deben establecerse en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, y que el enunciado de la pregunta omite. Veamos la segunda parte de la respuesta D que dice "los subproductos si pueden". Todo radica en la distinción entre el concepto RESIDUO Y SUBPRODUCTO. En atención a la Ley 22/2011 se considera SUBPRODUCTO (y no residuo) cuando se puede utilizar DIRECTAMENTE SIN TENER QUE SOMETERSE A UNA TRANSFORMACIÓN ULTERIOR DISTINTA DE LA PRÁCTICA HABITUAL Y EL USO ULTERIOR CUMPLE TODOS LOS REQUISITOS PERTINENTES RELATIVOS A LOS PRODUCTOS. Los propios requisitos que legislativamente se le exigen a un subproducto para que pueda ser considerado como tal avalan que “los subproductos pueden ser utilizados DIRECTAMENTE sin exigirle condiciones adicionales como ocurre en el caso de los residuos” De acuerdo a lo anteriormente expuesto, se entiende suficientemente justificado que "los residuos no pueden y los subproductos si pueden” ser utilizados para la construcción de carreteras, y en consecuencia, se avala que la única opción correcta a la pregunta 7 en cuestión es la OPCIÓN D.