A LA SALA DE LO CIVIL Y PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA DON MARCO ANTONIO BONATERRA SILVANI, Procurador de los Tribunales de Barcelona, actuando en nombre y representación del SINDICATO COLECTIVO DE FUNCIONARIOS PUBLICOS MANOS LIMPIAS (en adelante Manos Limpias), según acredito debidamente mediante la Escritura Pública Notarial de poder general y especial para pleitos que acompaño unida al presente escrito como documento número 1; y asistido del Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid DON PEDRO FRANCISCO MUÑOZ LORITE, letrado apoderado, que en ejercicio de las facultades de sustitución que se contienen en el antedicho poder, nombra como procurador en este procedimiento a quien encabeza este escrito, y como mejor proceda en Derecho, DIGO: I.- Que, por medio del presente escrito; al amparo de lo dispuesto en los artículos 270, siguientes y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y en ejercicio de la acción penal popular, prevista en los artículos 125 de la Constitución Española, 19 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 101 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal; estando especialmente facultado para ello en la Escritura Pública Notarial de poder general y especial para pleitos que se adjunta, y siguiendo expresas instrucciones de mi mandante, vengo a interponer QUERELLA, contra las personas que, a lo largo de la instrucción resulten responsables de los hechos que se describen, por la presunta comisión de los delitos de PREVARICACIÓN, tipificado en el artículo 404 del Código Penal, complementariamente, al delito de DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD JUDICIAL, contenido en el artículo 410 del Código Penal, además del delito de REBELIÓN contenido en el artículo 472 en relación con el 473 del mismo código, y alternativamente a este último, por delito de SEDICIÓN tipificado en el artículo 544 en relación al 545 del Código Penal. II.- Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 277 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, vengo a formular la citada querella, con sustento en los siguientes extremos: I COMPETENCIA Conforme a las reglas de aforamiento, prevalentes en el presente supuesto al forum delicti commissi, se presenta este escrito ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, al amparo del artículo 73.3.b) de la Ley Orgánica del Poder Judicial en relación con el artículo 70.2 del Estatuto de Autonomía da Cataluña; por cuanto se trata del Presidente de la Generalitat de Cataluña. II QUERELLANTE El querellante, que es mi representado, “SINDICATO COLECTIVO DE FUNCIONARIOS PUBLICOS MANOS LIMPIAS”, con CIF G-81428252 y domicilio en 28008, Ferraz nº 13, 1º B. Madrid. III QUERELLADO La presente querella criminal se dirige contra: DON ARTUR MAS I GAVARRÓ, Presidente de la Generalitat de Cataluña, mayor de edad, vecino de Barcelona, con domicilio a efecto de citaciones en el propio Departamento de la Presidencia de la Generalitat de Cataluña, situado en la Plaça de Sant Jaume nº4, 08002, Barcelona. IV PROCEDIMIENTO