R/N: B02010/SSJ/AL/XMB/GC
Jordi Gutiérrez Roldán Director de Comunicación Casa de Su Majestad el Rey Palacio de La Zarzuela Carretera del Pardo s/n 28071 Madrid
Distinguido señor,
A raíz de los atentados terroristas sufridos los pasados 17 y 18 de agosto en las poblaciones de Barcelona y Cambrils, y del eco que se ha hecho en los diferentes medios de comunicación, esta Dirección General ha tenido conocimiento de la difusión de imágenes de los hechos en las que aparecen víctimas menores de edad. La utilización de imágenes de personas menores de edad que han vivido experiencias traumáticas está expresamente prohibida en nuestra legislación de protección de la infancia y adolescencia, al afectar a su derecho a la dignidad y la privacidad. Concretamente, el artículo 36 de la Ley 14/2014, de 27 de mayo, de los derechos y las oportunidades en la infancia y la adolescencia, prevé que “hay que preservar a los niños y a los adolescentes de la difusión de sus datos personales, de la difusión de imágenes que atentan contra su dignidad y de la explotación económica de su imagen.” Así mismo, establece que “los poderes públicos deben velar, con especial interés, por el derecho a la intimidad y al honor de los niños y adolescentes, especialmente de aquellos que han sido objeto de agresiones sexuales, maltratos o cualquier otra experiencia traumática.” Este derecho también está garantizado en el artículo 16 de la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, que dispone: “1. Ningún niño será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia ni de ataques ilegales a su honra o a su reputación. 2. El niño tiene derechos a la protección de la ley contra esas injerencias o ataques.”
Avinguda del Paral·lel, 50-52 08001 Barcelona Tel. 93 483 10 00