Moción upyd responsabilidad legal cargos publicos

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MOCIÓN Grupo Municipal UPyD Collado Villalba

Adjunto remito “Moción para la asunción de responsabilidades legales por parte de los cargos públicos”, para su inclusión en el Orden del Día del próximo Pleno Ordinario del mes de abril de 2015. Ruego su inclusión como Moción y su debate previo en la junta de Portavoces o en la Comisión Informativa correspondiente. Así como se facilite copia de la misma a todos los Grupos Municipales.

Collado Villalba, a 17 de April de 2015 Firmado: Fernando Tellado Portavoz Grupo Municipal UPyD

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MOCIÓN Grupo Municipal UPyD Collado Villalba D. Fernando Tellado, portavoz del grupo municipal UPyD, al amparo de lo establecido por la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y el RD 568/1986 de 29 de Noviembre por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, artículo 97.3, presenta la siguiente: MOCIÓN PARA LA ASUNCIÓN DE RESPONSABILIDADES LEGALES POR PARTE DE LOS CARGOS PÚBLICOS EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Dadas las múltiples acciones legales que actualmente hay emprendidas contra el consistorio a causa de decisiones del actual y anterior gobierno de la ciudad y visto que pueden terminar afectando al patrimonio municipal desde UPyD proponemos que, cuando se detecte que se trata de acciones dolosas, culpables o gravemente negligentes, sean los políticos responsables de dichas acciones los que finalmente tengan que asumir las consecuencias económicas derivadas, respondiendo con su patrimonio personal, y no el propio consistorio, o sea, los vecinos con sus impuestos. Es decir, que el ayuntamiento quede protegido de ese tipo de acciones de los gestores políticos que puedan causar un perjuicio económico al ayuntamiento, más grave aún en la difícil situación financiera. Como resulta notorio, la abultada deuda actual hará que cualquier pago adicional por temas judiciales, y para los que resultará casi imposible acudir a financiación ajena, cause tremendas dificultades a la hora de hacer frente a los pagos de personal y proveedores. Además, ello acarreará, con mucha probabilidad y dependiendo de la cuantía, que no se puedan prestar ni siquiera los servicios básicos municipales. No estamos hablando de una mala actuación o de falta de previsión de la administración municipal en su conjunto, aunque sea ésta la que, en primer lugar, ha de responder de los daños causados. Hablamos de actuaciones que, con evidente temeridad, se realizan ignorando informes previos de carácter técnico jurídico o similares previamente emitidos, o incluso judiciales, por lo que la responsabilidad económica debería recaer exclusivamente en los responsables que hayan decidido continuar por ese camino cuando, claramente, no era el más adecuado. Las mismas consecuencias deberá suponer la actuación realizada sin solicitar Página 2 de 5


MOCIÓN Grupo Municipal UPyD Collado Villalba tales informes cuando fueran preceptivos. Como los causantes no son los vecinos ni el personal al servicio del Ayuntamiento, sea funcionario o laboral, tampoco deberían ser estos quienes carguen con las consecuencias. Actualmente, ante situaciones que hayan sido provocadas por la irresponsabilidad y temeridad, por acción u omisión, de unas pocas personas y cuyas consecuencias pueden causar un gran perjuicio, son los vecinos de Collado Villalba y su administración municipal quienes deben pagar y hacer frente a las sanciones, cuando es algo que no parece razonable y no debemos resignarnos a pagar las consecuencias de una mala gestión. De hecho, no existe la más mínima argumentación que pueda explicar a nuestros vecinos, que son los que resultan afectados y perjudicados, porque no se han tomado acciones para proteger el patrimonio municipal frente a cualquier mala gestión manifiesta. Proponemos actuar, de acuerdo con lo expuesto, con la potestad que otorga al Pleno el artículo 22.2.j de la Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local y tomando como base lo previsto en los artículos 145 y 146 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, donde se especifica lo siguiente: Artículo 145 Exigencia de la responsabilidad patrimonial de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas 1. Para hacer efectiva la responsabilidad patrimonial a que se refiere el Capítulo I de este Título, los particulares exigirán directamente a la Administración Pública correspondiente las indemnizaciones por los daños y perjuicios causados por las autoridades y personal a su servicio. 2. La Administración correspondiente, cuando hubiere indemnizado a los lesionados, exigirá de oficio de sus autoridades y demás personal a su servicio la responsabilidad en que hubieran incurrido por dolo, o culpa o negligencia graves, previa instrucción del procedimiento que reglamentariamente se establezca. 3. Para la exigencia de dicha responsabilidad se ponderarán, entre otros, los siguientes criterios: el resultado dañoso producido, la existencia o no de intencionalidad, la responsabilidad profesional del personal al servicio de las Administraciones públicas y su relación con la producción del resultado dañoso. 4. Asimismo,

la

Administración

instruirá

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igual

procedimiento

a

las


MOCIÓN Grupo Municipal UPyD Collado Villalba autoridades y demás personal a su servicio por los daños y perjuicios causados en sus bienes o derechos cuando hubiera concurrido dolo, o culpa o negligencia graves. Artículo 146 Responsabilidad penal 1. La responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones públicas, así como la responsabilidad civil derivada del delito se exigirá de acuerdo con lo previsto en la legislación correspondiente. 2. La exigencia de responsabilidad penal del personal al servicio de las Administraciones públicas no suspenderá los procedimientos de reconocimiento de responsabilidad patrimonial que se instruyan, salvo que la determinación de los hechos en el orden jurisdiccional penal sea necesaria para la fijación de la responsabilidad patrimonial.

Por todo ello, el Grupo Municipal UPyD presenta la siguiente MOCIÓN para que Página 4 de 5


MOCIÓN Grupo Municipal UPyD Collado Villalba sea aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Collado Villalba con arreglo a la siguiente resolución: ACUERDOS 1. Cuando una acción o actuación administrativa se haya llevado a cabo en contra de previos dictámenes, informes técnicos o jurídicos, o sin solicitud de los mismos si ésta fuera preceptiva, que lleven al convencimiento razonable de que se ha actuado con dolo, culpa o negligencia grave, se ejercitarán las acciones administrativas y, en su caso, judiciales correspondientes para exigir que los cargos públicos que hayan incurrido en tal conducta respondan con su patrimonio personal para hacer frente a las indemnizaciones, sanciones y gastos que se puedan originar por su mala gestión. 2. Los cargos públicos que sean declarados administrativa o judicialmente responsables por las situaciones descritas anteriormente responderán con su patrimonio personal de todos los perjuicios que se generen para el ayuntamiento como consecuencia de los distintos asuntos por los que hubieran sido condenados. En Collado Villalba a 17 de April de 2015 Firmado: Fernando Tellado Portavoz Grupo Municipal UPyD

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