Reglamento Alumnos Licenciatura Unitec

Page 24

ARTÍCULO 61.

Los alumnos que se encuentran cursando asignaturas en algún programa de intercambio se consideran alumnos inscritos en nuestra Institución, conforme a lo dispuesto en el Artículo 45 del presente reglamento.

ARTÍCULO 62.

El alumno que desee darse de baja del programa de intercambio en el que está inscrito, se sujetará a las disposiciones que establece el Artículo 131 y demás aplicables de este reglamento.

ARTÍCULO 63

El alumno que se encuentre inscrito en algún programa de intercambio deberá sujetarse a los reglamentos y demás disposiciones que establezca la universidad huésped y, en caso de violación a dichas disposiciones, deberá cumplir las sanciones que se le impongan, independientemente de las sanciones a que se haga acreedor por parte de la Universidad Tecnológica de México, de acuerdo a lo que determine el Consejo Universitario y demás disposiciones reglamentarias.

ARTÍCULO 64.

Los estudiantes inscritos en programas de intercambio, deberán entregar, en la Dirección de Servicios Escolares, el reporte oficial de calificaciones en un plazo máximo de una semana después de que la institución receptora los emita. La Dirección de Servicios Escolares realizará la equivalencia respectiva con la escala de calificaciones de la Universidad Tecnológica de México y asentará la calificación respectiva. En caso de incumplimiento tendrán calificación reprobatoria en las asignaturas que hayan cursado durante el intercambio.

ARTÍCULO 65.

Los alumnos inscritos en programa de intercambio serán responsables de reinscribirse al siguiente periodo escolar en la Universidad Tecnológica de México, sujetándose a las disposiciones del capítulo «De las Inscripciones y de las Reinscripciones» del presente reglamento.

ARTÍCULO 66.

Los estudiantes de la Universidad Tecnológica de México interesados en realizar estudios en cualquiera de nuestros campus durante un período académico, podrán hacerlo siempre y cuando lo soliciten y reciban la autorización correspondiente de la Dirección de Servicios Escolares.

ARTÍCULO 67.

Los alumnos interesados en realizar un cambio de campus definitivo podrán realizar el trámite en la Dirección de Servicios Escolares, siempre y cuando no tengan adeudo de colegiaturas, documentos o biblioteca. Si el cambio es al mismo plan de estudios no será necesario hacer el trámite de equivalencia de estudios. 23


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.
Reglamento Alumnos Licenciatura Unitec by Universidad Tecnológica de México UNITEC - Issuu