Profesiones 189

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La Carta Social Europea, sesenta años después El penúltimo Consejo de Ministros del año 2020 aprobaba un Acuerdo por el que se autorizaba la firma del Protocolo Adicional número 3 de la Carta Social Europea en el que se establece un sistema de reclamaciones colectivas: «Con la firma y ratificación de este Protocolo Adicional, España terminaría de adoptar todo el sistema de la Carta Social Europea y permitiría desarrollar nuevas medidas para mejorar la aplicación efectiva de los derechos sociales garantizados por la Carta». Con la adhesión a este Protocolo Adicional, España se une a un total de 19 estados, 15 de los cuales incluso ya lo han ratificado. Mediante la misma, se permitirá que organizaciones internacionales de empleadores y trabajadores, organizaciones internacionales no gubernamentales y organizaciones nacionales representativas de empleadores y trabajadores, puedan presentar reclamaciones al Secretario General del Consejo de Europa, respecto de las materias en las que se les haya reconocido especial competencia, en las que se denuncie la aplicación insatisfactoria de la Carta. Derechos sociales y económicos para la UE El sistema de Carta Social Europea está compuesto por varios documentos: la Carta Social Europea, la Carta Social Europea revisada y tres protocolos. Tras la Carta Social Europea, abierta a la firma en Turín el 18 de octubre de 1961, y por la que se garantiza derechos sociales y económicos fundamentales, que fue ratificada por España el 6 de mayo 1980, entrando en vigor para nuestro país el 5 de junio de ese mismo año, en 1999 entraba en vigor la Carta Social Europea revisada. Firmada por nuestro país en el año 2000, en estos momentos, se encuentra en pleno proceso de ratificación. Mediante este documento revisado, cuyo propósito es ir sustituyendo paulatinamente la primera Carta Social Europea, los gobiernos firmantes se comprometen a «salvaguardar y promover los ideales y principios que son su patrimonio común, y favorecer su progreso económico y social, en particular mediante la defensa y desarrollo de los Derechos Humanos y de las libertades fundamentales». Dividida en cinco partes, la Carta Social Europea revisada incluye en su parte II, concretamente en el artículo 9 el derecho a la orientación profesional, comprometiéndose los estados firmantes a establecer o facilitar un servicio que ayude a todas las personas «a resolver los problemas que plantea la elección de una profesión o la promoción profesional, teniendo en cuenta las características del interesado y su relación con las posibilidades del mercado de empleo». Dicho servicio será prestado de manera gratuita. 40 g Profesiones

Además, en su artículo 10 se recomienda la consulta a organizaciones profesionales «de empleadores y trabajadores, y a arbitrar medios que permitan el acceso a la enseñanza técnica superior y a la enseñanza universitaria, con base únicamente en el criterio de la aptitud individual», así como también se advierte de la necesidad de consultar previamente con las organizaciones profesionales de empleadores y trabajadores, con el fin de garantizar la eficacia del sistema de aprendizaje y de cualquier otro sistema de formación para trabajadores jóvenes y, en general, de la adecuada protección a los trabajadores jóvenes. Las profesiones vuelven a estar presentes en el artículo 20, mencionado en la parte III como uno de los nueve artículos, seis de ellos de obligado cumplimiento, avalando el derecho a la igualdad de oportunidades y de trato en materia de empleo y de profesión, sin discriminación por razón de sexo, incluyendo en este apartado la reinserción y readaptación profesional, así como el desarrollo y la promoción profesional. El Consejo de Ministros del pasado 10 de noviembre acordaba enviar al Congreso de los Diputados la ratificación de este tratado con el propósito de que las Cortes Generales respalden la adhesión a este marco de derechos sociales y económicos, pendiente desde el año 1996. Por su parte, la Comisión de Asuntos Exteriores de la Cámara Baja acordaba con fecha de 30 de diciembre del 2020 elevar a Pleno esta cuestión internacional proAcceso a la Carta Social Europea Revisada puesta por el Gobierno. nº 189 g enero-febrero 2021


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