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¿Y si me están grabando mientras trabajo? Jorge Guelbenzu, director general de Infoempleo Probablemente te has hecho esta pregunta en alguna ocasión, y si no lo has hecho, quizás sea un buen momento para planteártela, dado que cada vez más empresas y centros de trabajo emplean estos medios y esto puede afectarte, y mucho, a tu actividad diaria. Allá dónde vayamos hay cámaras que vigilan. Son recursos que se emplean para mantener la seguridad y tener constancia de lo que está pasando en tiempo real. Seguro que te has dado cuenta de que están muy presentes. Nos acompañan en aeropuertos, medios de transporte, tiendas e incluso, en el trabajo. Vamos a centrarnos por un momento en este último caso porque últimamente esta cuestión ha suscitado una gran controversia. ¿Tiene mi empresa derecho a estar vigilando lo que hago o dejo de hacer?, ¿no se trata de una intromisión en mi privacidad? , ¿sirven esas imágenes como prueba ante un futuro despido? Muchas dudas que trataremos de despejar a continuación y un ejemplo nos servirán para aclarar la cuestión. Hablamos del caso de unas trabajadoras que fueron despedidas del supermercado en el que trabajaban en 2006, como consecuencia de las imágenes grabadas por una de estas cámaras de vídeovigilan-
cia. En ellas se observaba cómo estaban robando o ayudaban a otros a cometer esos actos. Como probablemente pienses, este despido está justificado. Lo cierto es que estas trabajadoras no lo vieron tan claro y decidieron denunciar el uso de esas grabaciones por violar su derecho a la intimidad y por considerar que no se había llevado a cabo un juicio justo. La cuestión llegó hasta el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo, que se pronunció indicando que era preciso indemnizarlas porque, efectivamente, esas cámaras violentaban su intimidad al no tener las empleadas conocimiento de su existencia. No obstante, fueron despedidas de igual manera porque se dictaminó que el juicio fue acorde a la Ley y el despido se sustentó en otras pruebas. Lo que nos enseña este caso y a la conclusión que podemos llegar es que la presencia de cámaras es un hecho, pero su uso no puede ser desproporcionado. Existen límites que la empresa no puede traspasar. Si el objetivo es controlar que los trabajadores no falten, que cumplan con un horario o con sus obligaciones, velar por la seguridad ,etc, tendría que avisarlo expresamente y dar detalles sobre el uso de las mismas, así como las circunstancias en las que se podrían poner a disposición judicial.
Concluye el Programa formativo en Dirección y Gestión de Colegios Profesionales de Unión Profesional y EOI El pasado 26 de enero, José Antonio Galdón, presidente en funciones de Unión Profesional, introdujo la sesión de presentación de proyectos finales del Programa formativo en Dirección y Gestión de Colegios Profesionales de Unión Profesional y EOI. En su intervención destacó la necesidad de programas formativos como el diseñado por Unión Profesional junto a EOI para trasladar a las organizaciones colegiales, y a la sociedad, los principios y valores de las profesiones. Galdón agradeció a la organización y al alumnado, «que está haciendo un gran esfuerzo en formarse a la vez que trabaja», su implicación en este proyecto formativo, que ya va por su cuarta edición. Asimismo, destacó la idoneidad de los proyectos finales del Programa, «pues todos ellos están fundamentados desde la esencia de las profesiones»; desde la importancia de la comunicación como pilar estratégico para trasladar el carácter colegial, pasando por temas tan imprescindibles como la financiación o la mediación, así como la deontología, razón de ser de los Colegios Profesionales. 42 g Profesiones
Cada uno de los proyectos presentados el pasado viernes, una vez se aprueben, serán trasladados al equipo de Unión Profesional, tal y como apuntó Galdón, con el propósito de sumar este conocimiento y experiencia al cuerpo filosófico de la organización. Dado el éxito de esta cuarta edición, se prevé que EOI y Unión Profesional lancen, en breve, una nueva convocatoria.
nº 171 g enero-febrero 2018