EDUCACIÓN Y CIENCIA l
Del juramento hipocrático al contrato con la sociedad Esther Plaza Alba En su ponencia, Arcadi Gual, médico y catedrático de fisiología en la Facultad de Medicina de la Universidad de Barcelona, hilvanó un recorrido preciso entre el juramento hipocrático y el contrato tácito del profesional con la ciudadanía. «El juramento hipocrático nos pone encima de la mesa conceptos como: beneficiencia, compasión, compromiso, confidencialidad, excelencia, formación, justicia social, no maleficiencia, valor de la vida. Todos valores profesionales, todos válidos para la mayor parte, por no decir, todas las profesiones», comenzaba el Dr. Gual en su intervención.
Los colegios profesionales son una delegación del poder del Estado, nacen por la delegación de la autoridad legislativa ante la dificultad de regular una actividad especial y exclusiva En su paseo por la historia, quiso detenerse en la figura de Enrique VIII, el primer monarca que delegó poder en los colegios profesionales: «los colegios profesionales son una delegación del poder del Estado, nacen por la delegación de la autoridad legislativa ante la dificultad de regular una actividad especial y exclusiva». Por lo que, su origen y la razón de ser de estas corporaciones «está en la función reguladora de su práctica profesional». Perder esta función conllevaría perder su razón de ser. Instalados en el Estado del Bienestar, las necesidades básicas son transformadas en derechos civiles, de forma que el derecho público regula cada vez más la relación profesional. Lo que supone la entrada en crisis de los valores tradicionales propios de una relación privada (confianza, benevolencia...), esto es, de los valores profesionales.
En las sociedades democráticas, los ciudadanos necesitan menos leyes y más autorregulación «No todas las conductas podrán ser reguladas por la ley», precisaba el ponente, subrayando lo dicho previamente por el coordinador del Eje sobre Desarrollo Profesional Continuo (DPC), el Dr. Rodríguez Sendín: «En las sociedades democráticas, los ciudadanos necesitan menos leyes y más autorregulación». 40 g Profesiones
La aproximación al contrato se va gestando cuando el profesional se compromete a una serie de aspectos y en contrapartida, el ciudadano le otorga su respeto, su aprecio, su consideración y la capacidad de autorregularse. Es entonces cuando aparece el contrato tácito en el que «el ciudadano me da su confianza porque yo me he comprometido a una serie de valores». Arcadi Gual terminaba su ponencia, antes de dar paso a la mesa de debate sobre el DPC, enumerando una serie de deberes a cumplir por los colegios profesionales: enseñar a la sociedad sus códigos deontológicos, transparentar sus conductas, sus juramentos, sus contratos, sus normas, sus recertificaciones, sus mecanismos; facilitar la formación continuada, el DPC, «porque los profesionales deben tender a la excelencia»; y mantener el registro de los profesionales 'profesionales', «recertificándoles periódicamente (Validación Periódica Colegial)», para saber si cumple las normas deontológicas de la profesión, para saber si «los actos profesionales se adecúan a los códigos».
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nº 171 g enero-febrero 2018
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