Penquista Ilustrado, edición N° 136, año 5

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Tribunales /

Concepción, Miércoles 19 de octubre de 2016

El Penquista Ilustrado | 9

Pablo Ramírez, cajero de Servipag:

“La Ley penal juvenil no sirve, es demasiado garantista con los menores de edad” •

A un máximo de 10 años podría ser condenado el menor I.N.M.P, hoy de 18 años, por el delito de robo con intento de homicidio.Un año y tres meses se le restarán de su condena total, por haber estado en prisión preventiva durante los últimos 15 meses. Karen velásquez

Por Karen Velásquez Sepúlveda

N

ervioso y siempre acompañado de su mujer, se vio a Pablo Ramírez Arias, el cajero de Servipag que fue quemado vivo el 29 de julio de 2015, luego de escuchar la condena para su agresor. La sentencia final se conocerá el 23 de octubre, a las 18:00 horas. “La Ley penal juvenil no sirve, con la violencia que cometió los delitos anteriores, mi agresor no debió haber estado fuera cuando me ocurrió el accidente; Muchas veces la ley es demasiado garantista con los menores de edad”, aseguró Ramírez Arias. La Ley penal juvenil adolescente establece como máxima condena diez años de prisión para los infractores, que se cumplen en dos tipos de regímenes -cerrado o semi cerrado- con el objetivo de buscar la reinserción social del menor de edad. También establece sanciones no privativas de libertad como la libertad asistida y asistida especial. Gonzalo Benavente Delgado, abogado defensor del menor identificado por sus iniciales I.N.M.P, de 18 años, declaró que “pese a que seguimos sosteniendo la inocencia del acusado, para este caso pedimos un régimen mixto, que incluya en primera instancia el régimen cerrado, para pasar al semi cerrado y, posteriormente, a libertad absoluta, considerando que él ya lleva 15 meses privado de libertad”. Por su parte, el fiscal Julián Muñoz Riveros, argumentó que “por ser uno de los delitos más graves, la sanción debe ser correspondiente al hecho. A nuestro juicio, la única sanción posible es la internación en régimen cerrado durante diez años, ya que, existe un historial de vida del acusado; él tuvo distintas oportunidades para reencausarse y lamentablemente fueron desechadas. Además, porque después de cometido este delito vuelve a cometer otro, por lo que se presenta como una persona absolutamente refractaria”. Veredicto Ante una gran audiencia, el 13 de octubre en el Tribunal Oral de lo Penal de Concepción, I.N.M.P fue acusadó por dos delitos y absuelto de un tercero. La primera sentencia

fue por el ilícito cometido el 29 de julio de 2015 contra Pablo Ramírez Arias, en calidad de autor del delito de robo con intento de homicidio. Asimismo, el tribunal dictó el veredicto condenatorio en contra del mismo menor, por el robo con intimación en contra de Pablo Humberto Cofré, guardia del Mall Plaza del Trébol, cometido el 31 de julio de 2015. Finalmente, quedó absuelto de todo cargo por falta de pruebas, como autor del tercer delito consumado de robo con intimidación a otra cajera de Servipag en agosto de 2014, según el Ministerio Público. De acuerdo a lo detallado por la fiscalía, el menor de edad cometió el primer delito

por el que fue condenado junto a su hermano Jorge Montecinos Pino de 27 años –fallecido en una cárcel de Chillán a la espera de condena-, alrededor de las 19:30 horas del 29 de julio en un Servipag, en Hualpén, en el que se encontraba trabajando Pablo Ramírez Arias, a quien amenazó con una botella de combustible para conseguir el dinero. Ante la negativa de Ramírez, el menor roció al trabajador a través de la ventanilla y prendió fuego. Posteriormente huyó del lugar sin apropiarse del dinero. Según detalló Ramírez Arias en una declaración anterior, “uno de los sujetos introdujo una manguera por la ranura de la ventanilla y sin de-

cir nada, me roció con combustible los brazos, cara, cuello y piernas. Quedé completamente rociado de combustible; me percaté de inmediato que era bencina, fue muy difícil, sentí mucho miedo”. Renato Fuentealba Macaya, abogado querellante, argumentó que “lo sufrido por Pablo Ramírez no hubiese ocurrido si el sistema penal hubiese funcionado correctamente. El acusado cometió el delito cumpliendo una condena por robo con intimidación; si el menor, en ese tiempo, hubiese tenido una sanción efectiva, estos hechos no hubiesen ocurrido”. La audiencia de comunicación de sentencia final -que será redactada por el magistra-

Pena máxima La ley penal juvenil adolescente establece una condena de 10 años de prisión, que se pueden cumplir en dos tipos de regímenes.

do Waldemar Koch Salazarpara el imputado I.N.M.P quedó fijada en primera instancia para el domingo 23 de octubre a la 18:00 horas.


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