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VSUSAPLICACIONES

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TEORÍA DE LAS IMPLICATURAS Y SUS APLICACIONES
COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH
María José Añón Roig
Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia
Ana Cañizares Laso
Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga
Jorge A. Cerdio Herrán
Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México
José Ramón Cossío Díaz
Ministro en retiro de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional
María Luisa Cuerda Arnau
Catedrática de Derecho Penal de la Universidad Jaume I de Castellón
Manuel Díaz Martínez
Catedrático de Derecho Procesal de la UNED
Carmen Domínguez Hidalgo
Catedrática de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica de Chile
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
Owen Fiss
Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)
José Antonio García-Cruces González
Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED
José Luis González Cussac
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia
Luis López Guerra
Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid
Ángel M. López y López
Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla
Marta Lorente Sariñena
Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid
Javier de Lucas Martín
Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia
Víctor Moreno Catena
Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid
Francisco Muñoz Conde
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
Angelika Nussberger
Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania). Miembro de la Comisión de Venecia
Héctor Olasolo Alonso
Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y
Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)
Luciano Parejo Alfonso
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid
Consuelo Ramón Chornet
Catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Valencia
Tomás Sala Franco
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia Ignacio Sancho Gargallo
Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España
Elisa Speckmann Guerra
Directora del Instituto de Investigaciones
Históricas de la UNAM
Ruth Zimmerling
Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)
Fueron miembros de este Comité:
Emilio Beltrán Sánchez, Rosario Valpuesta Fernández y Tomás S. Vives Antón
Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales
TEORÍA DE LAS IMPLICATURAS Y SUS APLICACIONES
ULISES SCHMILL ORDÓÑEZ
tirant lo blanch
Ciudad de México, 2023
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ISBN: 978-84-1169-229-8
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Dedico este libro a mis hijos Carla y Ulises
PRÓLOGO
Este ensayo es como un caleidoscopio: las pequeñas piedras son los Principios de Cooperación y de Oposición expuestos al principio del texto. Son las piezas fundamentales de lo que se dirá en la exposición de las tesis de este ensayo, pero se requiere la existencia de los espejos para que el reflejo de las piezas forme las diversas y variadas figuras, en que consisten las imágenes que nos proporciona el aparato. En la vida humana, colectiva o individual, las diversas circunstancias y los múltiples entornos funcionan como los espejos en los que se reflejan las piezas fundamentales: hacen operativos empíricamente los dos Principios, para construir una serie de observaciones sobre la conducta humana, en cada ámbito o entorno, colectivo o particular.
Este libro está estructurado en dos partes distintas, aunque relacionadas entre sí: en la primera parte se exponen los conceptos utilizados en las explicaciones de las divisiones siguientes. En ella se explicitan los conceptos teóricos centrales del libro: el concepto de las implicaturas y los principios que las rigen. El creador de la teoría de las implicaturas Paul Grice (1913-1988) solamente expone lo que denominó Principio de Cooperación y sus máximas, con la finalidad de entender cómo es posible, en una situación de intercambio verbal entre sujetos presentes, que uno de ellos, el Oyente, entienda más cosas y reciba información mayor de la que contiene estrictamente la expresión verbal del Hablante. Ello es posible, según Grice, porque opera el Principio de Cooperación y sus máximas (PCm) en esta interacción verbal.
Por mi parte he extendido el concepto de las implicaturas a fenómenos más generales, como las situaciones de conflicto y las relaciones políticas, Por ejemplo,
considero que el gobernante asume el papel de Hablante y los súbditos el papel de Oyente, los que en situaciones de paz e internamente en grupos sociales constituidos, obtienen de la ideología sustentada por el gobernante las implicaturas aplicables a su situación particular, usando una generalización del Principio de Cooperación y sus máximas (PGCm), en el caso concreto expuesto.
Pero no sólo eso. También hay oposición y conflictos en los grupos sociales. Por ello, postulo un Principio de Oposición y sus máximas (POm) y lo generalizo al Principio General de Oposición y sus máximas (PGOm), lo que permite aplicarlo a la ideología de cualquier régimen y a los sentidos subjetivos de las conductas de los miembros del grupo y de los gobernantes. Con lo anterior estamos en posesión de los instrumentos teóricos necesarios para aplicarlos a diversos fenómenos sociales y políticos, tal como se encuentran relatados en la obra de Tucídides, Maquiavelo y Shakespeare.
Después de haber construido las generalizaciones de los dos Principios de las implicaturas, me pareció pertinente utilizar el concepto de la dominación, tal como lo expone el gran sociólogo Max Weber, concepto que contiene como concepto central determinante el de mandato. Existe el fenómeno de la dominación siempre que estemos en presencia de un mandato (o si se quiere una norma) que es obedecido y en el caso de una norma si es ejecutada o aplicada. Todo régimen político es una estructura de dominación, un orden normativo.
Con la finalidad de obtener un concepto más preciso de la dominación, cuya extensión lógica comprende a la casi totalidad de la conducta humana, si se analiza con cuidado, concluyo esta primera parte con la exposición del concepto weberiano de la dominación, que incluye el concepto del mandato, lo que me conduce a exponer la
tesis sobre la normatividad del jurista inglés John Austin (1790-1859) y de Hans Kelsen (1881-1973). El concepto de la dominación me permite hacer una relación con la tesis de las extensiones del cuerpo de Marshall MacLuhan (1911-1980). Estas son las bases de una teoría general de la dominación.
Las tesis contenidas en este ensayo son expuestas de una manera que quizá sorprenda al lector: cada tesis es ilustrada con la transcripción de los textos pertinentes de tres grandes autores, Tucídides, Maquiavelo y Shakespeare.
La segunda parte del libro, como continuación de lo expuesto, está dedicada a la exposición de algunos fenómenos en los que se pueden hacer intervenir nuestros dos Principios Generales: el de Cooperación y sus máximas y el Principio General de Oposición y sus máximas: me refiero a la teoría de las guerras internas (stasis) de Tucídides (c.460 a. C. – c.396 a. C), tal como ha sido elaborada por Jonathan J. Price (1956) en su libro Thucydides and Internal War (2001). Esta teoría dibuja un modelo de los síntomas de loa conflictos internos y su desembocadura en los horrores de la guerra interna. Aunque el historiador griego hace ocasionalmente comentarios y se refiere a individuos particulares, siempre está subyacente el concepto del grupo social y los fenómenos propios de ellos. Tucídides no se ocupa, más que ocasionalmente, de los destinos personales de los individuos que menciona en su narración.
Todo lo anterior es utilizado para fundamentar las tesis de Nicolás Maquiavelo (1469-1527) contenidas en su libro más famoso El Príncipe (1513), para posteriormente, por indicaciones del propio William Shakespeare (15641616), exponer el sentido de la Tragedia de Ricardo III, tal como supongo la concibió el poeta inglés. Así como el
autor florentino ilustra la conducta de los poderosos con ejemplos históricos obtenidos de las obras de la historiografía clásica y con sus propias experiencias, he ilustrado las teorías de este libro, con escenas de la gran obra mencionada de Shakespeare.
Dicho lo anterior, debe preguntarse: ¿cuál es el sentido de someter a las tesis de la teoría general sobre la dominación, los contenidos de la obra de Maquiavelo, para posteriormente exponer el sentido de la Tragedia de Ricardo III? Esta es una ejemplificación muy importante, debido a que los personajes de la obra teatral se convierten en modelos intuitivos de las tesis generales sobre la dominación. El lector podrá percatarse de la novedad que entrañan estos modelos teóricos y podrá ver ilustrados los conceptos obtenidos de ellas.
Por lo tanto, es posible distinguir a lo largo de la exposición dos partes claramente diferenciadas. Una consiste en la exposición de los fundamentos teóricos en los que se basan las consideraciones que se harán sobre la obra de Tucídides, Shakespeare y las tesis de Maquiavelo y las posibles relaciones entre ellas. La otra parte consiste en la explicación de la conducta y el destino individual de algunos de los gobernantes que han ejercido el poder absoluto, tal como están descritas en los libros de referencia y las condiciones que determinan las clases de conductas en las que se involucran, en especial las crueles y definitivas.
La última parte presta atención a los destinos individuales de las personas que detentan el poder, para mostrar la verdad de las palabras de Weber: quien ejerce el poder y hace uso de la coacción en sus relaciones con sus congéneres, celebra un pacto con el diablo. La ilustración de esto encuentra su existencia literaria en las obras mencionadas de Maquiavelo y Shakespeare.
Es pertinente hacer la siguiente observación: en Tucídides encontramos el relato trágico del imperio ateniense, asediado por todo tipo de rebeliones y defecciones, que terminaron por destruir a la democracia, con el régimen político conocido como “los treinta tiranos”. El enfoque general es narrar los acontecimientos de la guerra que sufrió Atenas y su destino, entendidos como sucesos de colectividades en sus relaciones recíprocas. La perspectiva de toda la narración considera a las unidades políticas de las distintas ciudades-estados griegas, sin descender a la descripción pormenorizada de las experiencias individuales de los sujetos que impulsaron esas decisiones colectivas, como Pericles, Cleón, Nicias, Alcibíades, etc. Es la asunción del punto de vista de la colectividad, contrariamente a la preocupación por los destinos individuales de los personajes que impulsaron esas políticas.
Con ello, entremos in medias res.
I. LAS IMPLICATURAS
I.1. Las implicaturas de Paul Grice. Principio de Cooperación (PCm)
Paul Grice, filósofo inglés, al analizar las conversaciones entre personas presentes, encontró que el Oyente, uno de los interlocutores, entiende y recibe más información de las enunciadas literalmente por el Hablante, el otro interlocutor. Aquél recibe un plus de información, que no está verbalizada en lo que dice de manera expresa su interlocutor. Esto es profundamente intrigante y para explicarlo postuló un principio, al que denominó de “cooperación”, junto con unas máximas que lo explicitaban. La aplicación del Principio de Cooperación y sus máximas (abreviado de aquí en adelante como PCm) determinan lo que se dice y lo que se entiende, el quantum de comunicación. El Principio de Cooperación y sus máximas PCm son reglas de conducta que operan silenciosamente en los intercambios verbales. El Oyente entiende mayor número de cosas de lo que el Hablante expresa en su locución o expresión verbal literal. Eso adicional que entiende el Oyente lo obtiene porque supone que la conducta de su interlocutor se guía por el Principio de Cooperación y sus máximas PCm.
Expondré a continuación un ejemplo muy sencillo y elemental, para que el lector comprenda con facilidad la forma como opera el PCm y la obtención de las implicaturas correspondientes por parte del Oyente. El ejemplo está tomado del libro de Levinson (1947) P.
Si en una mañana al salir de su casa un sujeto, el Oyente, pregunta a su vecino por la hora y éste, el Hablante, le
dice que “el lechero ya pasó”, aquél obtiene información adicional a lo dicho expresamente por su vecino y puede inferir la hora de la mañana por la que pregunta. Hay un contexto empírico que posibilita al Oyente obtener la información que solicita. Es claro para los hablantes del idioma que lo comunicado en tal intercambio es mayor que lo dicho verbalmente de manera explícita. (Cf. Levinson P: 98) Todo lo que entiende el Oyente forma parte de lo comunicado en el intercambio verbal, pero es notorio que no todo lo que se comunicó fue dicho. ¿Cómo es esto posible?
La propuesta de Grice es que existe un conjunto de supuestos o reglas que guían y determinan la conducta verbal en la conversación. Dice Levinson: Estos [supuestos o reglas], según parece, surgen de consideraciones racionales básicas y pueden ser formuladas como guías maestras para el uso efectivo y eficiente del lenguaje en las conversaciones para fines cooperativos ulteriores. (Levinson P: 101)
Estos supuestos que guían y determinan la conducta verbal pueden ser formulados en un conjunto de reglas o máximas de la conversación y en un principio general cooperativo que las abarca y comprende.
En un intercambio verbal entre dos personas que se encuentran presentes, el Hablante y el Oyente, las reglas del Principio de Cooperación y sus méximas (PCm) rigen para ambos, uno al hablar y otro al entender más de lo que linguísticamente se dice de manera expresa. Grice formula el Principio de Cooperación y sus máximas (PCm) como reglas de la conducta del Hablante en el intercambio verbal con el Oyente, reglas que aplica éste a las locuciones de aquél. Si una de las máximas propone que el Hablante debe decir lo que considere verdadero, esta es una regla que el Oyente aplica a lo dicho por su interlocutor, aceptando lo dicho como verdadero. Puede