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EL DERECHO A LA BUENA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Reflexiones para la construcción de un nuevo derecho administrativo de cara al ciudadano

COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH

María José Añón Roig

Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia

Ana Cañizares Laso

Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga

Jorge A. Cerdio Herrán

Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho.

Instituto Tecnológico Autónomo de México

José Ramón Cossío Díaz

Ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional

María Luisa Cuerda Arnau

Catedrática de Derecho Penal de la Universidad Jaume I de Castellón

Carmen Domínguez Hidalgo

Catedrática de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica de Chile

Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot

Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM

Owen Fiss

Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)

José Antonio García-Cruces González

Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED

José Luis González Cussac

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia

Luis López Guerra

Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid

Ángel M. López y López

Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla

Marta Lorente Sariñena

Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid

Javier de Lucas Martín

Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia

Víctor Moreno Catena

Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid

Francisco Muñoz Conde

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla

Angelika Nussberger

Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania)

Miembro de la Comisión de Venecia

Héctor Olasolo Alonso

Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)

Luciano Parejo Alfonso

Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid

Consuelo Ramón Chornet

Catedrática de Derecho Internacional

Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Valencia

Tomás Sala Franco

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia

Ignacio Sancho Gargallo

Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España

Elisa Speckmann Guerra

Directora del Instituto de Investigaciones

Históricas de la UNAM

Ruth Zimmerling

Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)

Fueron miembros de este Comité:

Emilio Beltrán Sánchez, Rosario Valpuesta Fernández y Tomás S. Vives Antón

Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales

EL DERECHO A LA BUENA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Reflexiones para la construcción de un nuevo derecho administrativo de cara al ciudadano

Editoras académicas:

VIVIANA DÍAZ PERILLA

DIANA CAROLINA VALENCIA-TELLO

tirant lo blanch

Bogotá, 2023

Copyright ® 2023

Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de los autores y del editor.

En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com.

El derecho a la buena administración pública reflexiones para la construcción de un nuevo derecho administrativo de cara al ciudadano / editoras académicas: Viviana Díaz Perilla y Diana Carolina Valencia-Tello; autor: Jaime Rodríguez-Arana… [y quince más]. -- Primera edición. -- Bogotá: Tirant lo Blanch, 2023. 510 páginas

Incluye referencias bibliográficas.

ISBN: 978-84-1169-736-1

1. Derecho administrativo. 2. Administración pública. 3. Administración de justicia. 4. Gobierno de internet. I. Díaz Perilla, Viviana, editora. II. Valencia-Tello, Diana Carolina, editora. III. Autores.

LC: JF1355

CDD: 351 ed. 23

Catalogación en publicación de la Biblioteca Carlos Gaviria Díaz

© TIRANT LO BLANCH

EDITA: TIRANT LO BLANCH

Calle 11 # 2-16 (Bogotá D.C.)

teléf.: 4660171

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Librería virtual: www.tirant.com/co/

ISBN: 978-84-1169-736-1

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© Viviana Díaz Perilla Diana Carolina Valencia-Tello

Listado de autores

Aldo Milano S.

Universidad Latinoamericana de Ciencia y Tecnología. San José de Costa Rica

Corina Duque Ayala

Universidad Santo Tomás

Diana Carolina Valencia-Tello

Universidad del Rosario

Henry Jiménez Guanipa

Universidad de Heidelberg

Hugo Alejandro Sánchez

Hernández

Universidad Santo Tomas

Hugo Andrés Arenas Mendoza

Universidad del Rosario

Isaac Augusto Damsky

Universidad de Buenos Aires

Jaime Rodríguez-Arana

Universidad de A Coruña

José Sebastián Kurlat Aimar

Universidad de Buenos Aires

Juli Ponce Solé

Universidad de Barcelona

Manuel Alberto Restrepo Medina

Universidad del Rosario

Marilyn del Rosario

Solano Caparroso

Universidad de Cartagena

Miguel Alejandro López Olvera

Universidad Nacional Autónoma de México

Myrna Araceli García Morón

Comisión de Derechos Humanos del Estado de México

Oscar Gabriel Palacios Sanabria

Universidad del Rosario

Pablo Schiavi

Universidad de Montevideo

Rhita Bousta

Universidad de Lille

Sandra Rodríguez Mora

Universidad del Rosario

Viviana Diaz Perilla

Universidad del Rosario

Zulima Sánchez

Universidad de Salamanca

Índice Índice 9 Presentación de la Obra .................................................................... 17 Viviana Diaz Perilla y Diana Carolina Valencia-Tello
I. GENERAL Capítulo 1. El derecho fundamental a la buena administración y la centralidad del ciudadano en el Derecho Administrativo ............... 25 Jaime Rodríguez-Arana I. INTRODUCCIÓN 25 II. UN NUEVO DERECHO ADMINISTRATIVO ................................................. 26 III. SERVICIO OBJETIVO AL INTERÉS GENERAL Y DERECHO A LA BUENA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA .................................................................. 28 IV. EL DERECHO A LA BUENA ADMINISTRACIÓN EN EL DERECHO ADMINISTRATIVO CONSTITUCIONAL ............................................................ 38 V. EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA BUENA ADMINISTRACIÓN EN LA CARTA EUROPEA DE DERECHOS FUNDAMENTALES ....................... 40 VI. EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA BUENA ADMINISTRACIÓN Y LOS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO........................................................................................... 49 VII. REFERENCIAS 55 Capítulo 2. Una mirada europea y española a los principios jurídicos de buen gobierno y el derecho subjetivo a una buena administración. El establecimiento de una fórmula precisa para definir la buena administración .................................................................................... 57 Juli Ponce Solé 1. INTRODUCCIÓN 57 2. BUENA GOBERNANZA, BUEN GOBIERNO, BUENA ADMINISTRACIÓN 59 3. EL FUTURO DEL BUEN GOBIERNO Y DE LA BUENA ADMINISTRACIÓN EN EL MARCO DE LA EPIDEMIA DE COVID-19 .............................. 85 4. REFERENCIAS 87
PARTE

PARTE II.

10 Índice general Capítulo 3. Para una definición restrictiva de la «buena administración»: análisis crítico de su estatuto de «derecho subjetivo» 95 Rhita Bousta INTRODUCCIÓN 95 CONCLUSIÓN PROSPECTIVA............................................................................... 117
COLOMBIA Capítulo 4. El derecho humano a la buena administración pública. Una aproximación a los derechos componentes en el ordenamiento jurídico mexicano ............................................................................ 123 Miguel Alejandro López Olvera Myrna Araceli García Morón I. INTRODUCCIÓN ........................................................................................... 123 II. UNIVERSALIDAD DE LA BUENA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 125 III. DERECHO A LA PROFESIONALIZACIÓN.................................................. 128 IV. DEBIDO PROCESO ADMINISTRATIVO 135 V. RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL 139 VI. CONCLUSIONES ........................................................................................... 143 VII. REFERENCIAS 143 Capítulo 5. Derecho a la buena administración: la variante del caso costarricense.................................................... 147 Aldo Milano S. I. LA CONFIGURACIÓN PRETORIANA DEL DERECHO FUNDAMENTAL ATÍPICO A UNA BUENA ADMINISTRACIÓN 147 II. EL DERECHO FUNDAMENTAL A UNA BUENA ADMINISTRACIÓN EN EL DERECHO PÚBLICO COSTARRICENSE .............................................. 154
DESDE COSTA RICA, MÉXICO, ARGENTINA Y
11 Índice
Capítulo 6. La buena administración pública: Entendimiento por la Corte Constitucional colombiana antes y después de su declaración como Derecho Fundamental por la Carta Ibeoramericana de los Derechos y Deberes del Ciudadano en relación con la Administración Pública.................................................................... 177 Manuel Alberto Restrepo Medina PLANTEAMIENTO DE LA CUESTIÓN ................................................................. 177 LA JURISPRUDENCIA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL SOBRE LA BUENA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ANTES DE SU DECLARACIÓN COMO DERECHO FUNDAMENTAL POR LA CARTA IBEROAMERICANA DE DERECHOS Y DEBERES DEL CIUDADANO EN RELACIÓN CON LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ........................................................................................................ 182 LA JURISPRUDENCIA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL SOBRE LA BUENA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DESPUÉS DE SU DECLARACIÓN COMO DERECHO FUNDAMENTAL POR LA CARTA IBEROAMERICANA DE DERECHOS Y DEBERES DEL CIUDADANO EN RELACIÓN CON LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 185 REFLEXIONES FINALES ........................................................................................ 188 REFERENCIAS 189 Capítulo 7. Los entes reguladores en Argentina: reformas necesarias de cara a la buena administración .................................................................. 193 José Sebastián Kurlat Aimar* INTRODUCCIÓN..................................................................................................... 193 § I.- CONCEPTUALIZACIÓN DE LOS ENTES REGULADORES 195 § II.- LA NORMA DE CREACIÓN DEL ENTE REGULADOR 212 § III.- EL ALCANCE DEL CONTROL ADMINISTRATIVO .................................. 222 § IV.- CONCLUSIÓN 231 Capítulo 8. Sobre la Buena Administración y la participación de las personas en los procedimientos administrativos como un derecho componente ....................................................... 233 Isaac Augusto Damsky I.- ES CON TODOS O CON NADIE 234 II.- EL ENTORNO TECNOLÓGICO DE LA BUENA ADMINISTRACIÓN ..... 235 III.- DE LA MALADMINISTRACIÓN A LA BUENA ADMINISTRACIÓN 239 IV.- LA PARTICIPACIÓN PENDIENTE................................................................ 243
general
12 Índice general V.- DE VUELTA SOBRE LA CRISIS DE LA REPRESENTACIÓN 245 VI.- ERIGIENDO UNA BABEL PARTICIPATIVA................................................. 249 VII.- DESDE HABERMAS. RAZONES PARA UNA IRRUPCIÓN PARTICIPATIVA. FORTALEZAS, MANIPULACIÓN Y RIESGOS EN LA RED DE REDES 257 VIII.- LOS DERECHOS EN ESPERA 264 IX.- EL DERECHO A TENER DERECHOS 268 PARTE III. RETOS DEL SIGLO XXI. ENTORNOS DIGITALES, COVID-19 Y CAMBIO CLIMÁTICO Capítulo 9. Buena administración electrónica ................................................... 275 Pablo Schiavi I) SOCIEDAD DEL CONOCIMIENTO, DE LA INFORMACIÓN Y DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS Y GOBERNANZA: CARACTERIZACIÓN ......... 276 II) GOBIERNO ABIERTO COMO CULTURA DE GOBERNANZA: PRINCIPIOS DE TRANSPARENCIA, INTEGRIDAD, RENDICIÓN DE CUENTAS Y PARTICIPACIÓN ......................................................................................... 279
GOBIERNO ABIERTO EN URUGUAY: TRANSPARENCIA, COLABORACIÓN Y PARTICIPACIÓN COMO PILARES BÁSICOS................................ 283 IV) LA BUENA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA: SU IMPORTANCIA EN UN GOBIERNO ABIERTO 286 V) BUENAS PRÁCTICAS DE ACTUACIÓN EN LA FUNCIÓN PÚBLICA EN UN GOBIERNO ABIERTO 294 VI) TRANSPARENCIA: LA IMPORTANCIA DE LA CAPACITACIÓN Y COMUNICACIÓN EN LAS ORGANIZACIONES PÚBLICAS 298 VII) REFLEXIONES FINALES ............................................................................... 301 Capítulo
¿Qué
colombiano
de buena administración en
la implementación de políticas de
government y transparencia?........................................................... 303 Oscar Gabriel Palacios Sanabria REVISIÓN
INFORME
DE
VERNMENT PARTNERSHIP 303 REVISIÓN Y DESCRIPCIÓN DE COLOMBIA EN MATERIA DE TRANSPARENCIA, INFORME DE TRANSPARENCIA INTERNACIONAL Y TRANSPARENCIA POR COLOMBIA 313 BIBLIOGRAFÍA ........................................................................................................ 318
III)
10.
ha sucedido con el estado
en materia
cuanto
open
Y DESCRIPCIÓN DEL IV PLAN DE ACCIÓN NACIONAL DE ESTADO ABIERTO 2020-2022 E
DE LA ASOCIACIÓN
OPEN GO-
13
Capítulo 11. El derecho fundamental a la buena administración pública en el marco de la emergencia sanitaria por Covid-19 321 Sandra Rodríguez Mora INTRODUCCIÓN 321 APROXIMACIÓN AL DERECHO FUNDAMENTAL A LA BUENA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ............................................................................................... 323 DEL DERECHO A LA BUENA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COLOMBIANO ................................................. 325 PRINCIPIOS DEL DERECHO A LA BUENA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN EL DERECHO COLOMBIANO .............................................................................. 327 REFORMAS A LA LEY 1537 DE 2011 EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA DECLARADA EN COLOMBIA POR COVID-19 – LEY 2080 DE 2021 330 LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES EN EL GOBIERNO 340 LAS REFORMAS TICS DE LA LEY 2080 DE 2021 AL CPACA EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA POR COVID-19 Y SU IMPACTO EN LA GARANTÍA AL DERECHO FUNDAMENTAL A LA BUENA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN COLOMBIA ...................................................................................... 341 CONCLUSIONES 345 REFERENCIAS .......................................................................................................... 349 Capítulo 12. El control inmediato de legalidad ejercido por el Consejo de Estado en el marco de la pandemia del Covid-19 y sus desafíos frente al derecho a la buena administración .................................. 351 Marilyn del Rosario Solano Caparroso, Corina Duque Ayala y Hugo Alejandro Sánchez Hernández INTRODUCCIÓN..................................................................................................... 352 1. LOS RETOS DE LA BUENA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN TIEMPOS DE PANDEMIA Y EL CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD ...... 356 2. JURISPRUDENCIA DEL CONSEJO DE ESTADO SOBRE EL CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD ...................................................................... 374 CONCLUSIONES 380 REFERENCIAS .......................................................................................................... 384
Índice general

Capítulo 13.

Las autoridades públicas, las entidades privadas y el derecho a

IV. LA BUENA ADMINISTRACIÓN

Capítulo

14 Índice general
buena administración
acuerdo de escazú y la convención de aarhus ...................................................................... 387 Henry Jiménez Guanipa Zulima Sánchez INTRODUCCIÓN 388 LA AUTORIDAD COMPETENTE: ALCANCE Y OBLIGACIONES MEDIOAMBIENTALES EN EL MARCO DEL ACUERDO DE ESCAZÚ 389 LA AUTORIDAD PÚBLICA: ALCANCE Y OBLIGACIONES MEDIOAMBIENTALES EN EL MARCO DE LA CONVENCIÓN DE AARHUS 397 BUENA ADMINISTRACIÓN Y CONTROL JUDICIAL DE ARBITRARIEDAD: IMPORTANCIA DE LA INFORMACIÓN PÚBLICA EN MATERIA MEDIOAMBIENTAL 402 LA INFORMACIÓN Y LA PARTICIPACIÓN COMO PRESUPUESTOS DEL DERECHO A LA BUENA ADMINISTRACIÓN Y PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE 409 CONCLUSIONES ..................................................................................................... 413 REFERENCIAS 415 PARTE
EN EL CONTROL Y LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO
la
en el marco del
El ombudsman como garante del derecho a la buena administración pública, una manifestación de la gobernanza 421 Viviana Diaz Perilla INTRODUCCIÓN 421 I. EL PASO DEL GOBIERNO A LA GOBERNANZA COMO FACTOR PROPICIO AL SURGIMIENTO DEL DERECHO A UNA BUENA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 423 II. EL DERECHO A LA BUENA ADMINISTRACIÓN COMO EXPRESIÓN DE LA GOBERNANZA 426 III. EL ROL DEL OMBUDSMAN EN LA MATERIALIZACIÓN DEL DERECHO A LA BUENA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA..................................... 438 REFERENCIAS 447
14.

Índice general

Capítulo 15.

15
Los desafíos de la buena administración en el control a la gestión de las entidades públicas colombianas 451 Diana Carolina Valencia-Tello INTRODUCCIÓN 451 MARCO TEÓRICO DE LA BUENA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ................... 453 PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DE LA BUENA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 459 ANTECEDENTES DEL CONTROL A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN COLOMBIA 462 LA BÚSQUEDA POR EL FORTALECIMIENTO DEL CONTROL A LA GESTIÓN EN COLOMBIA 468 CONCLUSIONES ..................................................................................................... 471
16. La buena administración en la responsabilidad del estado por los daños causados por la administración de justicia: Privación de la libertad, error jurisdiccional, defectuoso funcionamiento y por el sistema carcelario ............................................................................. 475 Hugo Andrés Arenas Mendoza INTRODUCCIÓN..................................................................................................... 475
LA POSIBLE APLICACIÓN DE LA BUENA ADMINISTRACIÓN EN LA RESPONSABILIDAD POR LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA ............ 484
LA CONVENIENCIA DE IMPLEMENTAR UNA BUENA ADMINISTRACIÓN EN LA RESPONSABILIDAD ESTATAL POR EL SISTEMA CARCELARIO Y PENITENCIARIO............................................................................ 493 CONCLUSIONES 503 REFERENCIAS 505
Capítulo
1.
2.

Presentación de la Obra

Históricamente, el derecho administrativo surgió de una posición de superioridad del Estado y de las autoridades públicas sobre la sociedad, debido a la necesidad de orden y seguridad jurídica, luego de las revoluciones liberales. Por ello, en el inicio de los Estados modernos, muchas instituciones administrativas no tuvieron en cuenta, de forma alguna, las necesidades y expectativas de los ciudadanos, tampoco las desigualdades existentes en las sociedades. La igualdad formal de todos los ciudadanos, que pregonaba el Estado liberal, buscaba la consolidación de un orden jurídico sin privilegios, aunque los privilegios y las prerrogativas impersonales de las administraciones públicas fueron necesarias en todo momento, para garantizar el funcionamiento de la sociedad y la economía.

En el Estado liberal, la imposibilidad de garantizar los derechos fundamentales y la inaplicación de la Constitución, causa que la ley sea la fuente principal del derecho del Estado, pues es la ley la que determina las competencias necesarias para la actuación de las administraciones públicas, mientras que los individuos no cuentan con mayores herramientas para defender sus derechos y peticiones. En este modelo inicial de Estado y de administración pública, existió una gran distancia entre las autoridades públicas y los individuos, lo que impidió la efectiva participación y comunicación entre personas interesadas por asuntos públicos.

Sin embargo, en las últimas décadas, diversos cambios sociales, económicos y tecnológicos han transformado los equilibrios del poder existentes por siglos entre las autoridades públicas y la sociedad, ya que, gracias a las nuevas tecnologías, que impulsan nuevos procesos económicos y culturales en las sociedades, el Estado ha perdido la centralidad que tuvo en épocas anteriores y, por tanto, las practicas autoritarias o poco justificadas quedan al descubierto más fácilmente.

Por ello, desde finales del siglo XX se han adelantado diversas reformas al Estado y a las administraciones públicas, con la finalidad de entregar mejores bienes y servicios, así como también, se busca mejorar la comunicación entre las personas y las administraciones públicas para fortalecer los procesos de gobernanza entre actores interesados.

El cambio efectivamente no es menor, pues han sido siglos de modelos autoritarios de gobierno, que impiden la comunicación efectiva y la rendición de cuentas sobre el uso del poder. En este contexto, el derecho a la buena administración surge como una importante herramienta que busca analizar y motivar las transformaciones requeridas en las administraciones públicas y en el derecho administrativo para centrar su actuación en el ciudadano, conforme los derechos fundamentales reconocidos en las Constituciones.

Teniendo en cuenta la importancia del derecho a la buena administración para los procesos de gobernanza en la actualidad, la presente obra colectiva reúne importantes reflexiones e investigaciones de tratadistas reconocidos de Europa y América Latina que analizan el impacto de este nuevo derecho para el adecuado funcionamiento de las instituciones públicas en los diversos países de la región.

Así, los primeros tres capítulos reúnen las reflexiones de reconocidos profesores europeos que analizan la importancia y los límites del derecho a la buena administración en los sistemas jurídicos de Europa continental. El primer capítulo escrito por Jaime Rodríguez Arana realiza un profundo análisis sobre el derecho fundamental a la buena administración y la centralidad del ciudadano, para la construcción de un nuevo derecho administrativo, que busque el interés general y garantice los derechos fundamentales de las personas, mediante la mejora de las condiciones de vida de la población y la construcción de una concepción más justa y humana del poder.

En el segundo capítulo escrito por Juli Ponce Solé, se plantea una nueva mirada a la administración y al derecho administrativo, para la debida aplicación de los principios jurídicos del buen gobierno y el derecho subjetivo a una buena administración. Para esto, resalta como el ejercicio del poder público ya no puede ser ejercido de cualquier modo, lo que supone una auténtica revolución conceptual y un cambio de paradigma.

18

El tercer capítulo de Rhita Bousta es realizado un análisis crítico del derecho subjetivo a la buena administración, que aporta importantes herramientas para comprender los antecedentes de este derecho en Europa continental, especialmente teniendo en cuenta el desarrollo de los deberes impuestos a las administraciones públicas desde la segunda mitad del siglo XX.

Teniendo en cuenta las consideraciones generales planteadas en los primeros capítulos, en los siguientes escritos son reunidas las reflexiones de profesores e investigadores de América Latina conforme su ordenamiento jurídico. Así, el cuarto capitulo desarrollado por Miguel López Olvera y Myrna Araceli García Morón es analizado el caso mexicano, destacando las diferentes fuentes del ordenamiento jurídico, que reconocen el derecho humano a la buena administración pública.

En el quinto capitulo, Aldo Milano nos presenta el caso costarricense, donde, aunque la Constitución no reconoce expresamente el derecho a la buena administración, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia se ha referido a este derecho en diversas sentencias, para luego ser incorporado como parámetro de legalidad por la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

De forma similar, en el sexto capítulo, Manuel Alberto Restrepo Medina analiza la forma en que la Corte Constitucional Colombiana ha garantizado el derecho a la buena administración pública en diversas sentencias desde 1992, aunque el referido derecho no se encuentre expresamente determinado en la Constitución de 1991.

En el séptimo capítulo José Sebastián Kurlat Aimar realiza una robusta investigación sobre los desafíos de los entes reguladores en Argentina para la buena administración. Con esto, problematiza el rol de órganos administrativos dotados de independencia, que reúnen las funciones administrativas, legislativas y jurisdiccionales para el adecuado ejercicio del poder conforme el interés general.

A partir del octavo capitulo, se presentan investigaciones relacionadas a diversos retos que tienen las administraciones públicas en el siglo XXI. Así, Isaac Augusto Damsky nos presenta un interesante análisis sobre los nuevos contornos que adquiere la participación de las personas en los procedimientos administrativos, cuando se tienen en cuenta los principios de la buena administración pública, pues

19 Presentación de la Obra

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