1_9788491190790

Page 17

Derecho y metodología jurídicos

23

para la división del Derecho en ramas, clasificándolas en dos: disciplinas jurídicas informativas y ramas jurídicas autónomas. Las primeras “obedecen a finalidades esencialmente didácticas y sirven para la visión completa, aunque inorgánica, del complejo de normas reguladoras de una materia dada”, mientras que, una rama jurídica “se denomina autónoma cuando aparece integrada por un haz de relaciones jurídicas homogéneas, o, si se prefiere, cuando su contenido se constituye por normas de la misma especie jurídica”29. En conclusión, sintetizó las exigencias para la división del Derecho en ramas, en dos: “cuando las normas se aplican a un sector bien acotado de la realidad social y se fundamentan en un conjunto de principios propios”30. A su vez, el profesor Rodríguez Bereijo refiriéndose a esta cuestión considera como justificación y fundamento de la división en ramas del Derecho: 1º) que exista un ámbito de la realidad social bien acotado, 2º) un conjunto de normas y relaciones homogéneas y 3º) existencia de unos principios generales propios31. Una vez vistos estos aspectos generales del Derecho, aceptada la existencia de un concepto único y unívoco del mismo y visto su alcance, queda por hacer referencia a la segunda cuestión que planteábamos al principio que es la relativa al método. Su análisis, en sus dos aspectos, como estructurador del concepto y como camino o vía de conocimiento, inseparables e indisociables y perpetuamente unidos, completará el estudio del concepto y nos acercará al verdadero significado y alcance del Derecho.

Sainz de Bujanda, F.: Sistema de Derecho Financiero, tomo I, volumen I, obra citada, pp. 396397. 30 Ibídem, p. 397. 31 Rodríguez Bereijo, A.: Introducción al estudio del Derecho Financiero, edit. Instituto de Estudios Fiscales, Madrid, 1976, pp. 125-126. 29


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.