LA RETRIBUCIÓN FLEXIBLE
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efectos de la cotización a la seguridad social y la aplicación del IRPF, aspectos estos últimos que, como veremos, tienen una especial importancia a efectos de este estudio. Esta trascendente cuestión no ha sido abordada directamente por nuestra legislación laboral, de modo que la doctrina judicial ha entendido que, en defecto de fijación por las propias partes —que a su vez habría de atender a valores reales o verosímiles, evitando fraudes de ley— cabe atender a los valores que establece la normativa tributaria. 6. Las normas legales sobre la estructura salarial Respecto de la estructura del salario, el Art. 26.3 del ET establece lo siguiente: a) En primer lugar, que se fijará en la negociación colectiva o, en su caso, en el contrato individual de trabajo. b) En segundo lugar, que la estructura salarial deberá comprender en todo caso el “salario base” (esto es, la parte de la retribución salarial del trabajador fijada “por unidad de tiempo o de obra”, sin tener en cuenta otras circunstancias que puedan dar lugar a complementos salariales, incluidas las pagas extraordinarias) y, en su caso, los “complementos salariales”, que podrán ser de tres clases: – Complementos salariales “por circunstancias relativas a condiciones personales del trabajador”, tales como los pluses de antigüedad, los pluses de idiomas (aunque puede ser también un complemento de puesto: STS de 20 de octubre de 2008 (Tol 1407895), de conocimientos especiales o de aplicación de títulos, etc. – Complementos salariales “por circunstancias relativas al trabajo realizado”, tales como los pluses de residencia (que es complemento salarial y no extrasalarial: STS de 17 de julio de 1997, Rec. 2871997), de destino, de zona de guerra, de disponibilidad, de responsabilidad (STS de 20 de diciembre de 1994, Rec. 2920/1993), de dirección o mando, de asistencia, de puntualidad, de horas extraordinarias, de vuelo, de máquinas, de conducción de vehículos, de penosidad, de peligrosidad, de suciedad, de toxicidad, etc., las primas o incentivos a la producción