1_9788490860786

Page 1


COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH María José Añón Roig

Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia

Ana Belén Campuzano Laguillo

Catedrática de Derecho Mercantil de la Universidad CEU San Pablo

Víctor Moreno Catena

Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid

Francisco Muñoz Conde

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla

Jorge A. Cerdio Herrán

Angelika Nussberger

José Ramón Cossío Díaz

Héctor Olasolo Alonso

Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho. Instituto Tecnológico Autónomo de México Ministro de la Suprema Corte de Justicia de México

Owen M. Fiss

Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)

Luis López Guerra

Juez del Tribunal Europeo de Derechos Humanos Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid

Ángel M. López y López

Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla

Marta Lorente Sariñena

Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid

Javier de Lucas Martín

Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia

Jueza del Tribunal Europeo de Derechos Humanos Catedrática de Derecho Internacional de la Universidad de Colonia (Alemania) Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)

Luciano Parejo Alfonso

Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid

Tomás Sala Franco

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia

José Ignacio Sancho Gargallo

Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España

Tomás S. Vives Antón

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia

Ruth Zimmerling

Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)

Procedimiento de selección de originales, ver página web: http://www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales


REFORMA ENERGÉTICA ANÁLISIS Y CONSECUENCIAS

Jaime Cárdenas Gracia Coordinador

México D.F., 2015


Copyright ® 2015 Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito del autor y del editor. En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch México publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com/mex/

© Jaime Cárdenas Gracia

© TIRANT LO BLANCH MÉXICO EDITA: TIRANT LO BLANCH MÉXICO UNAM Río Tiber 66, PH Colonia Cuauhtémoc Delegación Cuauhtémoc CP 06500 MÉXICO D.F. Telf: (55) 65502317 infomex@tirant.com www.tirant.com/mex/ www.tirant.es ISBN: 978-84-9086-078-6 MAQUETA: Tink Factoría de Color Si tiene alguna queja o sugerencia, envíenos un mail a: atencioncliente@tirant.com. En caso de no ser atendida su sugerencia, por favor, lea en www.tirant.net/index.php/empresa/politicas-de-empresa nuestro Procedimiento de quejas.


PRESENTACIÓN REFORMA ENERGÉTICA: ANÁLISIS Y CONSECUENCIAS Este libro es producto de un encuentro académico que durante los primeros días del mes de octubre de 2013 tuvimos en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. Investigadores, analistas y políticos debatimos sobre la reforma energética y sus consecuencias. Las discusiones ocurrieron la víspera de la reforma energética. En nuestro encuentro se expusieron argumentos históricos, geopolíticos, medioambientales, centrados en los derechos de los pueblos originarios y, desde luego, también existieron reflexiones fiscales y económicas orientadas hacia el futuro de nuestro país. La finalidad de estos trabajos fue preguntarnos sobre el impacto de la reforma energética en la sociedad mexicana y en la pervivencia de nuestro Estado-nación. El profesor John Ackerman hace un análisis constitucional, histórico y político sobre la reforma constitucional energética. Expone el nacionalismo energético mexicano y su lucha frente a las ambiciones de los Estados Unidos y de las grandes empresas energéticas del mundo y, entiende que ese nacionalismo energético es imprescindible para que México sea un Estado soberano e independiente. A su juicio, la reforma constitucional energética a los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución, constituye un acto de rendición de la élite política nacional a favor de los intereses foráneos. Su postura es crítica respecto a la reforma energética y sostiene que las vías de lucha, tanto sociales como políticas y jurídicas emprendidas, y que se avecinan en los próximos meses, serán cruciales para la futura definición de la identidad de la sociedad y del Estado nacional. Daniel Márquez, en su ensayo que denomina: “Modelos históricojurídicos de contratación en petróleos mexicanos” realiza un recorrido histórico, desde el porfiriato hasta la reforma energética de 2008 e incluye el análisis de la iniciativa del titular del Poder Ejecutivo Federal, sobre la legislación en materia de hidrocarburos, específicamente la regulación en materia de concesiones y contratos petroleros. El profesor Márquez explica cómo las diferentes leyes reglamentarias del artículo 27 constitucional en el ramo del petróleo y sus reformas han fijado los alcances y límites de la contratación y de la participación


10

Jaime Cárdenas Gracia

privada nacional y trasnacional en la industria energética nacional. Este trabajo destaca los momentos en los que nuestro país ha limitado la inversión privada en el ámbito energético y otros, como en el que vivimos, en donde se abren las posibilidades para ella, principalmente a la inversión privada extranjera. Para el Dr. Márquez está meridianamente claro en la historia reciente de la energía en nuestro país, cómo los gobiernos de los ex presidentes Ernesto Zedillo, Vicente Fox, Felipe Calderón y, el actual, que encabeza Enrique Peña Nieto, de manera consistente han impulsado reformas legales y ahora constitucionales para ampliar los márgenes de participación de la inversión extranjera en el sector energético. El estudio en análisis pone el acento en la importancia de los hidrocarburos y de la energía para el desarrollo de las economías nacionales y, de cómo los hidrocarburos son un elemento fundamental en la lucha por el poder mundial y la hegemonía sobre otros países que no controlan ni administran sus fuentes energéticas. En este sentido, el autor se manifiesta en contra de la reforma auspiciada y promovida por el gobierno de Enrique Peña Nieto porque limita la soberanía e independencia de México. La Dra. Claudia Sheinbaum analiza, entre otras, las consecuencias medioambientales de la reforma energética. Sostiene que el cambio constitucional tiene como principal objetivo ceder la explotación petrolera a empresas petroleras privadas principalmente trasnacionales y reducir la participación de Pemex en todos los ámbitos de la industria. Argumenta que con la reforma energética se disminuirán los recursos de la renta petrolera destinados al presupuesto federal pues se compartirán con las empresas privadas, aumentará la influencia de las empresas petroleras transnacionales en todos los ámbitos de la vida nacional y se incrementará la explotación de petróleo y gas convencional y no convencional a costa de los recursos naturales y el medio ambiente de nuestro país. Indica que la reforma energética está orientada a aumentar la seguridad energética de los Estados Unidos, a costa de la seguridad energética nacional, además de que no atiende el tema del cambio climático más que de una forma demagógica. El ensayo de la Dra. Marisol Anglés Hernández, sostiene que la apuesta del Estado mexicano por enfrentar la crisis energética mediante el impulso de un modelo centrado en la exploración y explotación de gas en yacimientos no convencionales contradice los compromisos asumidos en materia de reducción de GEI, a través de la Convención


Presentación

11

Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y reafirmados mediante la Ley General de Cambio Climático; además puede erigirse en el detonante de riesgos económicos, sociales y ambientales asociados al calentamiento global, cuyas consecuencias pueden ser devastadoras. Apunta que las acciones de México en el marco de la reforma energética son una muestra de la línea neoliberal a la que se da continuidad e impulso, los logros socio-ambientales construidos a lo largo del tiempo se diluyen ante el embate de la apertura comercial y el libre mercado que se centra en la explotación de hidrocarburos mediante la apertura a la participación privada; sin considerar como eje transversal del desarrollo nacional a la sustentabilidad. Indica que la reforma energética es resultado de la cooptación de las cúpulas de poder, incluso, las representativas, quienes mostraron una total desvinculación y desinterés por las implicaciones ambientales y sociales de la misma y se alinearon a los dictados hegemónicos que ponderan sobremanera la mercancía y desdeñan los derechos humanos. El interesante trabajo del Dr. Manuel Barquín titulado: “La reforma de energía 2013”, aborda la reforma energética con una mirada de futuro, el de la transición energética y el uso de las energías renovables y, la necesaria sustitución de las fuentes de energía convencionales, como el petróleo y el gas, por otras fuentes más sustentables y duraderas. El trabajo del Dr. Barquín cuestiona que las distintas escuelas de la ciencia económica no destaquen con suficiencia la trascendencia de la energía para entender el desarrollo y la productividad económica. Estima que la reforma en materia energética es necesaria porque el modelo actual de la industria energética nacional no ha dado resultados durante décadas. Además, la reforma es obligada en la medida en que en México comienza a escasear el petróleo y los hidrocarburos baratos o de fácil extracción. Expone que en nuestro país han existido cuatro modelos diferenciados sobre las relaciones energía-Estado y sociedad, éstos son: 1) El que fue el dominante hasta el fin de la dictadura porfiriana y que se desarrolla fundamentalmente con inversión privada extranjera mediante concesiones y escasa participación del Estado; 2) El modelo de la expropiación petrolera de 1938 que sin implicar la exclusión de la iniciativa privada nacional fortaleció el control del Estado sobre todas las fases de la industria nacional; 3) El modelo estatista que desde su punto de vista es consecuencia de las reformas al sector de 1958 y 1960, en donde el gobierno mexicano asumió el control casi


12

Jaime Cárdenas Gracia

total de la industria energética; y, 4) El modelo neoliberal que inicia en la década de los ochenta del siglo XX y que paulatinamente ha ido ensanchando la influencia del sector privado, nacional y extranjero, en la industria energética. A su juicio, este último modelo continuará, pero en el marco de la transición energética hacia fuentes renovables y sustentables de energía, las que en el futuro serán el motor fundamental de la economía nacional y mundial. El artículo de la Dra. Rosío Vargas estudia cómo en las iniciativas de reforma energética de 2013 (la del titular del Poder Ejecutivo, la de los legisladores del PAN y la de los legisladores del PRD), no existió un análisis que tomara seriamente en cuenta la influencia y la hegemonía de los Estados Unidos en la industria energética mundial y la que podría tener en México acrecentada, a consecuencia de la reforma energética promulgada y publicada el 20 de diciembre de 2013. En el esquema del poder mundial, los Estados Unidos históricamente han pretendido salvaguardar ante todo su seguridad energética por encima de la seguridad energética de las otras naciones. Durante los meses de 2013, en los que se habló de la reforma energética, sus promotores mantuvieron que Estados Unidos en pocos años será autosuficiente en energía y no necesitaría más del petróleo y del gas de países como México. Esa aseveración es puesta en duda por la Dra. Vargas y con apoyo en información oficial del gobierno de los Estados Unidos, específicamente del Departamento de Energía de ese país, pone de manifiesto que los Estados Unidos continuarán siendo importadores de petróleo hasta, al menos, el año de 2040. En este sentido, aduce que ha sido penoso que el gobierno mexicano no reconozca que está reforma energética y su pretensión de incrementar diariamente la producción nacional en más de un millón de barriles de petróleo crudo tiene por propósito seguir abasteciendo al mercado de energía de los Estados Unidos. Desde su punto de vista, las consideraciones de interés nacional y de soberanía para México, quedan totalmente descartadas con la reforma energética. Opina que con esta reforma, México será, cada vez menos soberano e independiente, pues el fin último de la reforma energética de 2013 fue garantizar la seguridad energética de los Estados Unidos y no la de México. John Saxe Fernández realiza un análisis geopolítico de la reforma energética. Para él se trata de “flexibilizar” la Constitución para privatizar y extranjerizar la principal palanca del desarrollo del país.


Presentación

13

Explica en su aportación cómo inmediatamente después de la expropiación y nacionalización del petróleo de 1938, los Estados Unidos y las empresas petroleras expropiadas decidieron regresar y controlar la industria energética nacional. Expone que a los Estados Unidos siempre les ha preocupado que el vecino del sur contara con una industria energética de naturaleza pública y exitosa porque ese paradigma podría trasladarse a otras latitudes geográficas y, lo más grave para ellos, podría poner en riesgo la influencia y el poder de las grandes corporaciones norteamericanas en el mundo entero. El modelo mexicano de industria energética pública ha estado desde hace décadas en la mira del gobierno norteamericano y de los organismos financieros internacionales como el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional y, el Banco Interamericano de Desarrollo. Desde su punto de vista, el paradigma mexicano, comenzó a debilitarse desde el año de 1982, con la crisis de la deuda externa de México y su renegociación. Los Estados Unidos, a partir de esos años, han ido imponiendo condiciones a la industria energética nacional en aras de privatizarla y para que ya no sea el motor de la industrialización ni de la economía nacional y, en consecuencia deje de ser referente alternativo de desarrollo para otras naciones. Saxe Fernández demuestra que países como Brasil, que han realizado antes que México y parcialmente, la privatización de los recursos energéticos, no han obtenido para sus sociedades grandes beneficios y que por el contrario han sido expoliadas por los objetivos extractivos de las grandes empresas petroleras mundiales. En su trabajo describe, con fundamento en la obra de Steve Coll1, los roles de esas empresas trasnacionales y, las consecuencias negativas que para las sociedades de distintas naciones tienen. En síntesis, considera que la reforma constitucional energética de 2013, se hizo a la medida de los intereses de esas empresas y del gobierno de los Estados Unidos. En el ensayo del abogado Javier Jiménez Gutiérrez denominado: “La fortaleza de Pemex como eje rector de cualquier reforma energética. El duodécimo asalto de una pelea de campeonato mundial”, explica las diferencias entre contratos de servicios, contratos de riesgo y, concesiones o licencias en la industria energética. Señala que

1

Coll, Steve, Private Empire: Exxon Mobil and American Power, Londres-Nueva York, Penguin, 2013.


14

Jaime Cárdenas Gracia

los contratos de servicios son aquéllos en donde la empresa privada presta un servicio y se le retribuye un precio determinado y en dinero, calculado con base en el costo del servicio y un retorno razonable en la inversión, lo que hace que la contraprestación no dependa del éxito de la explotación, es decir, de la cantidad de petróleo que se extrae o del valor que éste pueda tener en el mercado. En los contratos de riesgo, la empresa privada no es un mero prestador de servicios sino que se convierte en un socio; se llaman de riesgo porque el inversionista paga la totalidad o una parte de la inversión en la explotación del yacimiento pero en contrapartida comparte el éxito de la explotación, lo que se puede hacer: otorgándole un porcentaje del petróleo extraído (production sharing agreements), un pago equivalente al valor del mercado del petróleo extraído (profit sharing agreements), una cuota determinada por barril, etcétera. En la mayoría de los contratos de riesgo se pacta como parte de la fórmula de precios la recuperación o el reembolso de los costos o inversiones. A través de las concesiones o licencias se le otorga a la empresa privada el derecho de explotar directamente un yacimiento, esto es, extraer el crudo y venderlo, a cambio del pago de determinado porcentaje del precio de venta de ese producto, mismo que se cobra a través de regalías e impuestos. El trabajo de Javier Jiménez Gutiérrez es muy importante porque destaca el éxito relativo y en algunos casos el fracaso de las privatizaciones. Comenta cómo la liberalización parcial de Petrobras no resultó exitosa en términos de ingresos para el Estado brasileño. Describe el caso noruego de Statoil, en donde se dio, más que una privatización, un esquema de asociaciones en donde lo primordial no fue la producción de crudo sino la transferencia tecnológica. Expone el fracaso de los “contratos de servicios” en Venezuela en donde los inversionistas privados se llevaban la mitad de la producción y no contribuían con suficiencia al fisco. Al describir el caso de Ecuador explica como los inversionistas privados que asumían todos los costos de la producción se quedaban con el 70% de la producción. Finalmente abunda sobre el yacimiento Kashagan en Kasajistán en donde el Estado sólo recibió el equivalente al 2% de la producción. El ensayo de Miriam Grunstein que titula “Reforma petrolera: pasos y tropiezos del proceso de México”, se desarrolla a partir de dos preguntas: ¿Para qué abrir? y ¿Cómo abrir? Sostiene que las respuestas del gobierno mexicano a la primera pregunta fueron falsas y


Presentación

15

superficiales. El gobierno de nuestro país dijo que abría o liberalizaba el sector porque: la producción es insuficiente, porque se acaba el crudo, porque se requerían recursos frescos para invertir o que se abría porque se carecía de tecnología. Respecto a la segunda pregunta, la autora critica los “contratos de utilidad compartida” porque son un esquema de contratación que ha fracasado en el mundo dado que lo propiedad sobre el crudo se mantiene en manos del Estado y, ello propicia que a los inversionistas no les interese el mecanismo. La autora propone un esquema de flexibilización contractual que produzca beneficios tanto para el Estado como para los inversionistas. La clave de las relaciones contractuales en materia de hidrocarburos depende de la compatibilización de los incentivos entre las partes, armonización que no es fácil de conseguir, tanto por la inestabilidad del mercado mundial de los hidrocarburos como por la complejidad de las condiciones institucionales, políticas y sociales de cada Estado. En un interesante estudio, el Dr. Víctor Rodríguez Padilla expone la taxonomía de los contratos petroleros en la industria mundial de los hidrocarburos. El Dr. Rodríguez señala que los riesgos de los contratos petroleros son numerosos y difíciles de administrar. Estima que el uso de las diversas formas de contratación de los contratos de riesgo es desaconsejable, pues el Estado perdería el control de la explotación y se cancela la lógica de beneficio colectivo. El autor es contundente: “El sistema de concesiones y contratos se basa en un sistema de penas e incentivos, de garrotes y zanahorias, donde el cabildeo y la negociación son permanentes, donde ganará el que tenga una mayor posición de fuerza dependiendo de las circunstancias del momento. Para una compañía petrolera guiada por el lucro y la ganancia jamás habrá incentivos que la llenen, siempre pedirá más y más, con el agravante de que en todo momento blandirá la amenaza de dejar el país y llamar a su embajada; el lloriqueo y el chantaje es permanente. En ese sistema los objetivos del Estado son pasados por el rasero y el tamiz de lo que impongan los mercados. Cada una de las cláusulas contractuales tendrá que ser diseñada para no inhibir ni incomodar a los potenciales inversionistas. El Estado mexicano siempre estará en competencia con otros Estados para ver quien se pone de rodillas y agacha la cabeza más abajo, con el argumento de no perder competitividad. Al final, los derechos de explotación otorgados por un Estado soberano se


16

Jaime Cárdenas Gracia

convierten en una simple mercancía que se valora y transfiere entre compañías de acuerdo con los vaivenes del mercado”. Francisco López Bárcenas explica en su artículo titulado: “La segunda etapa de la revolución de los ricos. La reforma energética y los derechos de los pueblos indígenas”, que la reforma energética representa una continuidad de la revolución de los ricos, tal como la llaman Carlos Tello y Jorge Ibarra2. La revolución de los ricos entraña que las instituciones, el orden jurídico y el Estado son diseñados y trabajan a favor de la acumulación del capital, lo que favorece a unas cuantas personas que componen la oligarquía nacional con afectación a los derechos de las mayorías sociales, sobre todo de los más débiles y marginados. López Bárcenas explica que la primera etapa de la revolución de los ricos se inició durante los años ochenta del siglo XX con algunas medidas administrativas y legislativas del gobierno mexicano que se aprobaron en sentido contrario a los principios sociales de la Constitución de 1917. La primera etapa de la revolución de los ricos concluye, desde su punto de vista, con la aprobación y entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio con Norteamérica y de otras reformas constitucionales que profundizaron el modelo neoliberal, en particular con la aprobación del capítulo XI de ese Tratado que nulifica los efectos de la cláusula Calvo prevista en el artículo 27 de la Carta Magna. López Bárcenas ubica en la segunda etapa de la revolución de los ricos la reforma energética. En esta segunda etapa se ahonda en el modelo económico neoliberal impuesto por los organismos financieros internacionales y los recursos naturales se entregan a la inversión privada, fundamentalmente extranjera. López Bárcenas destaca el papel de las reformas constitucionales en materia indígena de nuestro país y la función que el Convenio 169 de la OIT debe tener en los nuevos escenarios. El autor argumenta a favor de un derecho preferente de los pueblos y comunidades indígenas sobre los hidrocarburos y sostiene la obligación del Estado para garantizar los procedimientos del derecho a la consulta de los pueblos originarios antes de realizar cualquier acto o medida tendente a la administración, uso o disposición de los recursos del subsuelo.

2

Tello, Carlos e Ibarra, Jorge, La revolución de los ricos, UNAM, Facultad de Economía, 2012.


Presentación

17

El trabajo del Dr. Ruperto Patiño Manffer polemiza en torno a las consecuencias de la reforma constitucional en materia energética y su relación con los acuerdos comerciales que firmado y ratificado nuestro país. Sostiene que la reforma constitucional energética no implica necesariamente la renuncia en automático o “ipso iure” del Estado mexicano a la reserva incorporada en el anexo III del Tratado de Libre Comercio con Norteamérica para que los hidrocarburos y la electricidad no sean parte de las reglas del TLCAN. Desde su punto de vista, la reserva permanece, a menos que el Estado mexicano decida renunciar unilateral y expresamente a ella, aunque reconoce que los gobiernos de Estados Unidos y Canadá la solicitarán y el gobierno mexicano accederá a esas peticiones. De ser así, y una vez derogada la reserva que México estableció en el anexo III del TLCAN, todas las inversiones provenientes de Estados Unidos y Canadá en materia de hidrocarburos y electricidad quedarán amparadas y protegidas por el capítulo XI de ese Tratado. El mismo esquema se replicaría respecto al resto de Tratados Comerciales firmados y ratificados por nuestro país. La ponencia del Dr. Alberto Montoya Martín del Campo elabora una disección de la reforma constitucional en materia energética. El autor asegura que con esta reforma constitucional, nuestro país pierde independencia y soberanía y se subordina a los Estados Unidos. Desde su análisis, los cambios aprobados conducen a la dependencia energética; al agotamiento acelerado de nuestras pocas reservas probadas de petróleo para abastecer el mercado estadounidense; a la reducción de la renta petrolera para los mexicanos; a la dependencia industrial, tecnológica y comercial; a la reducción drástica del aporte fiscal de Pemex y CFE al erario, lo que será compensado con mayor deuda pública y mayores impuestos para los mexicanos; y, a la sustitución de los organismos energéticos del Estado mexicano por corporaciones globales que obtendrán los beneficios de la renta y las ganancias de la explotación de los hidrocarburos y la electricidad. Los argumentos del Dr. Montoya vienen acompañados por un examen pormenorizado de las modificaciones a los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución y a los veintiuno artículos transitorios que se aprobaron con ellas. El ensayo del coordinador de la obra analiza pormenorizadamente las normas de carácter constitucional que conforman la reforma energética. Sostiene que el debate continuará durante años, pues aún está


18

Jaime Cárdenas Gracia

pendiente la aprobación de la legislación secundaria de esa reforma, su aplicación por parte de las autoridades y, las consecuencias que tendrá en términos de beneficios para la economía nacional —para algunos— o de pérdida de soberanía nacional e independencia —para los otros—. Es importante mencionar que la reforma constitucional energética producirá un cambio trascendental en las características de nuestro Estado-nación y, en ese sentido no es sólo una reforma energética. Se trata de un cambio constitucional que redefine las características del Estado mexicano en términos de soberanía e independencia frente a otros Estados porque las fuentes fundamentales de la energía en México y, por tanto, de la economía, no estarán totalmente controladas ni administradas por el gobierno sino por grandes empresas energéticas trasnacionales que con su poder económico y político son capaces de establecer y desestabilizar gobiernos en el mundo entero. La reforma constitucional energética tiene también como consecuencia el fortalecimiento del ejecutivo nacional y la pérdida de competencias del Poder Legislativo y Judicial del país. Se concentran competencias en el ejecutivo porque la reforma incrementa las burocracias y los poderes de esas burocracias que forman parte de él, por ejemplo, se fortalece a la Comisión Nacional de Hidrocarburos y a la Comisión Reguladora de Energía y, se crea el Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, instituciones que además de ser parte del ejecutivo, tendrán un régimen jurídico diferente en materia de remuneraciones, adquisiciones, responsabilidades, transparencia, etcétera, en donde los poderes de control del legislativo y judicial disminuirán. Además, las controversias jurídicas del Estado mexicano con las empresas energéticas no se decidirán por el Poder Judicial Federal sino por instancias arbitrales foráneas y se aplicará para resolverlas no el derecho nacional sino el derecho de los tratados y convenciones de libre comercio. La ponencia del Senador Manuel Bartlett Díaz describe la evolución política y jurídica de los hidrocarburos y de la electricidad en México. Bartlett comenta que a México le costó mucho expropiar y nacionalizar los hidrocarburos y nacionalizar la electricidad. La reforma energética constituye una traición a los principios políticos fundamentales contemplados en la Constitución de 1917 y a las reformas que se aprobaron con posterioridad —1940, 1960 y 1983— en la misma línea del Constituyente. Desde su punto de vista, la reforma es


Presentación

19

consecuencia del modelo económico neoliberal y de las necesidades energéticas de los Estados Unidos. El gobierno de ese país necesita que México lo abastezca todos los días con más de un millón y medio de barriles de crudo para mantener en funcionamiento su economía y su influencia mundial. Para Bartlett no había razón nacional para la reforma. Los argumentos esgrimidos por el gobierno para la liberalización, tales como la falta de recursos o de tecnología, eran perfectamente subsanables con medios nacionales y sin aprobar una reforma constitucional. Las razones para la reforma energética son externas y obedecieron al interés foráneo y a la complicidad de la elite política y económica con esos intereses. La ponencia del Senador Lavalle aborda las posibilidades de crecimiento económico que propiciará la reforma energética. El Senador Lavalle argumenta a favor de la inversión privada en el sector energético así como en la necesidad que tiene nuestro país para adquirir la tecnología que le permita el desarrollo de la industria de los hidrocarburos. En su análisis considera que la reforma energética constituye un gran reto, pero que sus beneficios y ventajas, serán mayores a sus desventajas. El Dr. Lorenzo Meyer expone la epopeya de la expropiación y nacionalización del petróleo. Explica cómo ese acto jurídico y político del General Cárdenas nos dio independencia y soberanía. Su tesis es que con la reforma energética que impulsa el actual gobierno, perderemos la independencia y la soberanía que ganamos con la expropiación petrolera de 1938. Afirma Meyer que México con la reforma energética dejará de ser menos Estado y consolidará su dependencia hacia los Estados Unidos. La intervención del Dr. Rodrigo Gutiérrez pone el acento en el modelo económico neoextractivista, producto del neoliberalismo imperante en el mundo desde hace más de treinta años. Estima que ese modelo económico es el responsable del incremento de la pobreza y de la desigualdad en los países del Tercer Mundo. El Dr. Gutiérrez ubica a la reforma energética como pieza del modelo neoextractivista y señala que las consecuencias de esa reforma serán nocivas para el país, pero principalmente para los pueblos y comunidades indígenas. Sostiene en su intervención, que los pueblos deben organizarse para resistir la reforma energética y, propone, con fundamento en el Con-


20

Jaime Cárdenas Gracia

venio 169 de la OIT, la Declaración Universal de los Pueblos Originarios, y decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que el derecho al consentimiento previo, libre e informado, merece ser potenciado como vía de lucha jurídica en contra de la reforma energética y sus consecuencias. Heberto Barrios coincide con los argumentos que sostienen que la reforma energética implicará la pérdida de la soberanía y de la seguridad energética de México. Es consciente que la reforma energética hará más difícil la vida para la sociedad mexicana. El déficit fiscal que propiciará la reforma energética se cubrirá con más impuestos y con el incremento de los precios de los servicios y de los bienes púbicos. Concluimos señalando que la reforma constitucional en materia energética está a prueba. En los próximos años se comprobará si las reflexiones que componen este libro fueron acertadas o desacertadas, pues solo los hechos corroborarán o desvirtuarán estas reflexiones. Ciudad Universitaria Jaime Cárdenas Gracia


PONENCIAS


PRIVATIZACIÓN, PETRÓLEO Y DEMOCRACIA EN MÉXICO John M. Ackerman1 SUMARIO: I. Introducción; II. Victoria pírrica; III. Constitucionalismo Revolucionario; IV. La ideología del autoritarismo (neo) liberal; V. Democracia en crisis.

I. INTRODUCCIÓN El pasado 20 de diciembre de 2013, Enrique Peña Nieto, retrasó el reloj 76 años al promulgar una reforma constitucional que devolvería el control sobre la industria petrolera a las mismas empresas transnacionales que fueron expropiadas por el padre del moderno Estado mexicano, el Presidente Lázaro Cárdenas del Río, en 1938. Desde hace tres décadas la nueva camada de políticos neoliberales que gobierna al país había fracasado en su intento por desmantelar el monopolio estatal de Petróleos Mexicanos (Pemex) y privatizar la renta petrolera. Pero ahora, casi sin debate alguno y como un explosivo rayo en el cielo, requirieron menos de dos semanas para pactar los votos requeridos para lograr esta transformación histórica a la Carta Magna2. Hasta antes de la reforma, la industria petrolera mexicana era una de las más “nacionales” en el mundo, ya que incluía una estricta prohibición constitucional en contra de cualquier “contrato” con el sector privado que permitiera control directo o derechos de propiedad

1

2

Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Director Editorial de la Mexican Law Review y columnista de la Revista Proceso y el periódico La Jornada. Correo: ackerman@ unam.mx Blog: www.johnackerman.blogspot.com Twitter: @JohnMAckerman. De acuerdo con al artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para aprobar una modificación a la misma Constitución se requiere del voto favorable de dos terceras partes del Senado de la República y de la Cámara de Diputados, así como de la aprobación, por mayoría simple, de la mayoría de las 31 legislaturas estatales.


24

John M. Ackerman

sobre cualquier etapa de la extracción, refinación o comercialización del petróleo. Con las reformas a los artículos 25, 27 y 28 de la histórica Constitución mexicana de 1917, PEMEX ahora se convierte en un contratista más de la Secretaría de Energía y el Presidente de la República decidirá, previa licitación pero sin intervención alguna del Poder Legislativo, el reparto de los diferentes campos petroleros entre las empresas interesadas. La reforma también abre la puerta para la masiva expansión de la práctica de fracturación hidráulica, o “Fracking”, a lo largo y ancho del territorio mexicano para la extracción del petróleo y el gas natural. The Washington Post inmediatamente celebró estas reformas con gran emoción: “As Venezuela’s economy implodes and Brazil’s growth stalls, Mexico is becoming the Latin oil producer to watchand a model of how democracy can serve a developing country”3. The Financial Times también aplaudió “Mexico’s historic vote to open its oil and gas sector to private investment after 75 years yoked to the state is a political coup for Enrique Peña Nieto”4. La revista Forbes ya había anticipado que aunque el Presidente anterior Felipe Calderón y sus antecesores “may have pushed for real oil reforms, it´s Peña Nieto who will get the spot in the history books”5. El desbordado júbilo de la prensa internacional y financiera contrasta con el escepticismo de la opinión pública en México. Todos los estudios demuestran que una clara mayoría de la población está en contra de la privatización de la industria petrolera6. Este rechazo es lógico y justificable dada la larga historia de privatizaciones corruptas a lo largo de las últimas dos décadas en México. De manera similar a la fallida “liberalización” de la economía Rusa durante la década de

3

4

5

6

Editorial Board, “Mexico’s oil breakthrough opens the door”, The Washington Post, 15 de diciembre de 2013. Webber, Jude, “Mexico turns to the hard business of delivering energy reform”, Financial Times, 15 de diciembre de 2013. Helman, Christopher y Fontevecchia, Agustino, “Mexico’s Enrique Peña Nieto Is Leading An Oil Revolution Worth Billions”, Forbes, 30 de octubre de 2013. Véase: Méndez, Enrique, “Rechazan ciudadanos la inversión privada en Pemex, revela encuesta”, La Jornada, 22 de julio de 2013; Parametría, Carta Paramétrica: La privatización petrolera divide a mexicanos, http://ow.ly/sa54O; Helman, Christopher y Fontevecchia, Agustino, “Mexico’s Enrique Peña Nieto Is Leading An Oil Revolution Worth Billions”, Forbes, 30 de octubre de 2013.


Privatización, petróleo y democracia en México

25

los 1990s, el principal legado de las desincorporaciones mexicanas en los sectores de telecomunicaciones, bancos, carreteras, aerolíneas, y minas, entre otros, ha sido el enriquecimiento de un puñado de familias que hoy constituyen una oligarquía abusiva y corrupta que controla todos los aspectos políticos y económicos del país7. En el año 279 aC, el rey Pirro superó al Ejército Romano en la batalla de Ásculo pero a un costo tan enorme para sus propias tropas que el líder se quejó de que otra victoria similar lo destruiría por completo. De allí la expresión “victoria pírrica” que significa, en pocas palabras, ganar una batalla para después perder la guerra. Este tipo de victorias no se celebran, sino que se sufren porque constituyen la antesala de una contundente derrota. Así, la “victoria” de Peña Nieto en materia energética podría significar el principio del fin de la “democracia simulada” que hoy mantiene en sus cargos a toda la caduca clase política.

II. VICTORIA PÍRRICA El argumento principal de quienes defienden las modificaciones constitucionales es que Pemex se ha convertido en una empresa ineficiente y corrupta supuestamente incapaz de sacar provecho de las enormes reservas de petróleo y gas natural con las que cuenta el país. México hoy tiene reservas que suman aproximadamente 30 mil millones de barriles de petróleo y 500 trillones de pies cuadrados de gas natural8. En el mundo, solamente el Árctico tendría mayores reservas de crudo inexplorados. Sin embargo, la producción del petróleo en México se ha reducido en los últimos años de un punto alto de 3.5 millones barriles por día a solamente 2.5 millones en la actualidad. Se

7

8

Para un detallado análisis del caso del sector bancario, por ejemplo, véase: Ballesteros, Saldoval, Irma Erendira, Crisis, rentismo e intervencionismo neoliberal en la banca: México (1982-1999), México, Centro de Estudios Espinosa Yglesias, 2011; sobre telecomunicaciones véase: MacLeod, Dag, Downsizing the State. Privatization and the Limits of Neoliberal Reform in Mexico, Pennsylvania, Penn State Press, 2004. Helman, Christopher & … ob. cit.


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.