

ARGUMENTACIÓN JURÍDICA. FUNDAMENTOS TEÓRICOS Y ELEMENTOS PRÁCTICOS
COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH
María José Añón Roig
Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia
Ana Cañizares Laso Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga
Jorge A. Cerdio Herrán
Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho.
Instituto Tecnológico Autónomo de México
José Ramón Cossío Díaz
Ministro en retiro de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional
María Luisa Cuerda Arnau
Catedrática de Derecho Penal de la Universidad Jaume I de Castellón
Carmen Domínguez Hidalgo
Catedrática de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica de Chile
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
Owen Fiss
Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)
José Antonio García-Cruces González
Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED
José Luis González Cussac
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia
Luis López Guerra
Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid
Ángel M. López y López
Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla
Marta Lorente Sariñena
Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid
Javier de Lucas Martín
Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia
Víctor Moreno Catena
Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid
Francisco Muñoz Conde
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
Angelika Nussberger
Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania)
Miembro de la Comisión de Venecia
Héctor Olasolo Alonso
Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y
Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)
Luciano Parejo Alfonso
Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid
Consuelo Ramón Chornet
Catedrática de Derecho Internacional
Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Valencia
Tomás Sala Franco
Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia Ignacio Sancho Gargallo
Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España
Elisa Speckmann Guerra
Directora del Instituto de Investigaciones
Históricas de la UNAM
Ruth Zimmerling
Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)
Fueron miembros de este Comité:
Emilio Beltrán Sánchez, Rosario Valpuesta Fernández y Tomás S. Vives Antón
Procedimiento de selección de originales, ver página web: www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales
ARGUMENTACIÓN JURÍDICA. FUNDAMENTOS TEÓRICOS Y ELEMENTOS PRÁCTICOS
tirant lo blanch
Valencia, 2023
Juan Antonio García AmadoCopyright ® 2023
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EDITA: TIRANT LO BLANCH
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Lección 2
DEL MÉTODO JURÍDICO A LAS TEORÍAS DE LA ARGUMENTACIÓN
1. LA METODOLOGÍA JURÍDICA TRADICIONAL 65
1.1. Qué es un método, cuál es el problema central de la metodología de interpretación y aplicación del derecho y cómo se clasifican las doctrinas al respecto ......... 65
1.2. La metodología de interpretación y aplicación del derecho en el siglo XIX. Racionalismo logicista de la escuela de la exégesis (Francia) y de la jurisprudencia de conceptos (Alemania)
7
INTERPRETATIVOS (I). LA REGLA DE INTERPRETACIÓN LITERAL, GRAMATICAL O SEMÁNTICA: SIGNIFICADO Y ALCANCE
1. PARA SITUAR EL TEMA Y A MODO DE REPASO: QUÉ SON Y PARA QUÉ SIRVEN LOS
Lección 9
ARGUMENTOS QUE FUNCIONAN COMO REGLAS INTERPRETATIVAS
1. LA LLAMADA INTERPRETACIÓN CONFORME COMO EJEMPLO DE LA REGLA DE INTERPRETACIÓN
3.2. ¿Qué tal si ponderamos? ..................................................
3.3. Casos en que los tribunales ejercen una discrecionalidad que requiere ponderación de las circunstancias del caso concreto como modo de concretar el contenido de la decisión, dentro de los márgenes o umbrales marcados por la norma ..........................................................
Presentación
Siempre he entendido que una buen texto de introducción a una materia no tiene por qué ser una obra elemental, sino que debe permitir graduar la intensidad del trabajo y el nivel de profundización que quieran alcanzar docentes y discentes. Por eso en este libro se combinan lecciones de fuerte carga filosófica con otras de orientación mucho más práctica, para que cada cual pueda acomodar su lectura a sus propósitos, sean estos más teóricos o de fundamentos o estén más orientados a la adquisición de habilidades argumentativas en la práctica jurídica.
En esta obra he trabajado con normativa española y sentencias españolas. Pienso que los ejemplos, si son adecuados, trascienden lo puramente local y tienen valor de muestra extrapolable a otros sistemas jurídicos. Aquí no se trata de que nadie aprenda regulaciones de un país que no es el suyo, sino de observar cómo se articulan y cómo funcionan determinados elementos del derecho.
He decidido prescindir de los habituales repertorios de bibliografía tras cada capítulo o al final del libro. En nuestro tiempo, y por fortuna, son ya enormes las posibilidades de acceder a textos sobre cualquier tema jurídico y al estudiante realmente capaz e interesado conviene incentivarlo para que por su cuenta explore en repertorios físicos o virtuales de libros y artículos sobre todo tipo de cuestiones. Eso es parte de la buena labor intelectual y acicate adicional para el que quiera ampliar conocimientos o contrastar ideas. Por ejemplo, en la lección sobre Th. Viehweg y Ch. Perelman como precursores de las teorías de la argumentación jurídica habría resultado muy sencillo enumerar las obras principales de esos dos autores o los trabajos que mejor los resumen y comentan, pero he preferido no hacerlo así, confiando en que el buen lector sabrá moverse agilmente en Internet o usar lugares virtuales
Juan Antonio García Amado
como Google Académico o bases de datos como Dialnet y tantas otras, a fin de experimentar esa fascinante sensación de la exploración bibliográfica personal y de la valoración y catalogación de los siempre sorprendentes hallazgos.
En León (España), a 8 de marzo de 2023
Juan Antonio García Amado
Lección 1
Conceptos básicos de teoría de la argumentación
1. QUÉ ES ARGUMENTAR Y QUÉ ES UN ARGUMENTO

Un argumento es un enunciado o acción significativa que pretende justificar algo. La argumentación es la actividad consistente en argumentar, en dar argumentos. Argumentar es dar razones que justifican algo, razones que responden a un porqué real o eventual.
Si decimos que un argumento es una razón que justifica algo, debemos distinguir entre lo que con argumentos se justifica o defiende y los argumentos mismos. A lo primero lo llamaremos tesis. Así pues, la tesis es aquello que mediante argumentos se justifica o se defiende.
Un sencillo ejemplo. Usted ha decidido viajar a Alaska el próximo mes y así se lo comunica a un amigo, el cual, en lugar de mostrarse completamente indiferente a esa decisión suya o de aceptarla sin cuestionamiento ni dudas, le pregunta por qué hace usted semejante viaje. Entonces usted, porque desea de alguna manera ser comprendido por él o que él esté de acuerdo con su decisión, le da estas dos razones: porque es un viejo anhelo suyo viajar a Alaska y porque al fin tiene el dinero suficiente para pagarse el viaje.
Bien evidente parece que una tesis estará tanto mejor justificada cuantos más sean los argumentos con que se defiende o avala y cuanto más reúnan esos argumentos condiciones como las siguientes: validez, admisibilidad, pertinencia, fuerza persuasiva, aceptación, credibilidad….
Entre la tesis y los argumentos debe haber alguna relación que permita que, precisamente, estos tengan algún valor justificatorio de aquella. Si, por ejemplo, quien ha decidido ir a Alaska le dice a su amigo que va porque le ha salido un grano en la oreja derecha, estaremos todos de acuerdo en que ese no es un argumento para esa tesis, lo que es igual que decir que eso no justifica de ningún modo la decisión de viajar a Alaska y, así, sin más, es como si se dijera que se va a Alaska porque el río Sena pasa por París. Pero pueden formarse cadenas argumentativas en las que al final acabe teniendo sentido y valor argumentativo, justificatorio, un argumento que al principio no lo tenía. Imaginemos.
— Juan: He decidido viajar a Alaska el próximo mes.
— Antonio: ¿Por qué haces ese viaje tan extraño el próximo mes?
— Juan: Porque me ha salido un grano en la oreja derecha.
— Antonio: ¿Y qué tiene que ver una cosa con la otra?
— Juan: es que me ha dicho un médico que el frío extremo puede ser un buen remedio para que desaparezcan los granos de las orejas.
Una buena manera de comprender qué es y cómo funciona la argumentación consiste en dar a toda argumentación la forma de un diálogo, pues en el fondo late siempre algo así como un diálogo que, como mínimo, es presupuesto. Todo argumento es un porqué de algo (de una tesis) y alguien puede dar un argumento por alguno de estos motivos: porque se lo han pedido expresamente, porque alguien ha manifestado alguna duda, incomprensión, desacuerdo o rechazo o porque quiere el argumentante acentuar o asegurar la aceptación del otro para la tesis, aunque ese otro no haya expresado ni duda ni incomprensión ni rechazo ni nada por el estilo.
2. SOBRE QUÉ SE ARGUMENTA
Eso que se justifica, esa tesis que se argumenta, puede ser una aseveración sobre estados de cosas en el mundo, puede ser la expresión de algo subjetivo o puede ser un enunciado normativo. Pongamos algún ejemplo de cada uno de los tres tipos.
2.1. Sobre hechos del mundo, de “ahí afuera”
Si yo digo que en aquella casa hay en estos momentos cinco personas o que en aquella botella hay medio litro de vino, puedo verme compelido o motivado para dar razón de por qué eso es así o de por qué yo sé que es así. Diré, por ejemplo, que sé que en la casa hay cinco personas porque yo las vi entrar a todas y las fui contando, o que en la botella hay medio litro de vino porque eso es lo máximo que cabe, medio litro, y la botella está llena. Con eso estoy dando un tipo de argumentos que son argumentos explicativos. Mediante un argumento explicativo trato de justificar por qué digo que cierta cosa es o no es de determinada manera.
Si mi pareja afirma que he olvidado que hoy es nuestro aniversario de boda y dice que lo sabe porque no la felicité durante el desayuno, tenemos ahí una afirmación sobre algo que ha ocurrido o no ha ocurrido en el mundo (que yo no me acordé del aniversario) y un argumento para justificar que es verdadero el enunciado que dice que eso ha ocurrido. Si mi pareja afirmó que yo no recordé nuestro aniversario, yo podría preguntarle por qué lo sabe. Sea como respuesta a esa pregunta o sea anticipándose eventualmente a ella, mi pareja da un argumento que respalda su afirmación de que olvidé el aniversario: el argumento de que no la felicité durante el desayuno. El fondo de su razonamiento puede resumirse así:
(i) Cuando recuerdo que es nuestro aniversario, la felicito.
(ii) No la felicité.
(iii) No recordé que es nuestro aniversario
Más allá de que pueda verse o no como lógicamente correcto, ese razonamiento de mi pareja refleja que hay una asociación entre dos hechos que siempre se han dado juntos o que comúnmente se dan juntos: que el día del aniversario lo recuerdo y que felicito a mi pareja. El primer hecho es un antecedente fáctico sin el cual no se daría el segundo: si no tengo conciencia de que es nuestro aniversario, no puedo felicitar a mi pareja por ser nuestro aniversario. Pero en sentido contrario no funciona igual: puedo haberme acordado de que era nuestro aniversario y, pese a ello, no haberla felicitado, rompiendo así lo que era un hábito o una pauta normalmente seguida.
Si nos preguntamos qué actitud puedo tomar ante esa afirmación de mi pareja, hay varias posibilidades. Puedo asumir que tiene razón, y en ese sentido se podría aplicar aquello de que el que calla otorga; o puedo tener mis personales motivos para no hacer caso de lo que mi pareja ha afirmado, motivos como que no me importa lo que ella piense, que prefiero que no se siga hablando entre nosotros de ese tema, etc. Pero también podría preguntarle que por qué afirma que me olvidé del aniversario, que de dónde saca tal idea; y si me ha dicho que la base de su afirmación está en que no la felicité durante el desayuno, puedo también contraargumentar, bien con un argumento que desactive el suyo contradiciéndolo, bien con un argumento que desactive o deje sin valor el suyo compensándolo.
Así, podré decirle que sí la felicité, pero que no me oyó porque estaba demasiado distraída. Y hasta puedo contraatacar más añadiendo que distraída es como suele estar cada mañana, sin hacerme caso ni atender a lo que le digo. De ese modo he contradicho su argumento. Mi pareja ha dicho que olvidé el aniversario y que lo sabe porque no la felicité al desayunar y yo digo que no lo olvidé y que la prueba es que sí la felicité, aunque no se enteró.
El esquema de la argumentación de mi pareja podríamos representarlo así:
No-X porque No-Y