Joaquín Alcaide Fernández Desde la entrada en vigor de la Corte Penal Internacional (2002) a la fecha, han ocurrido una plétora de acontecimientos de probada relevancia para el Derecho internacional penal. Descuella, entre todos ellos la definición del crimen de agresión incluida en el Estatuto de Roma en virtud de la Conferencia de Revisión del Estatuto de Roma realizada en Kampala, Uganda del 31 de mayo al 11 de junio de 2010. Este solo evento justifica de lleno emprender un nuevo proceso de edición y actualización de la obra, y si a esto le sumamos el raudal de obras académicas que han surgido a partir de la definición del crimen de agresión en Kampala, entonces la presente edición no solo resulta justificada sino necesaria. Por si fuera poco, en su decimosexto período de sesiones, llevado a cabo los días 4 a 14 de diciembre de 2017, en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York, la Asamblea de Estados Partes adoptó por consenso la resolución ICC-ASP/16/Res.5, en la cual se determina que se activa la competencia de la Corte Penal respecto del crimen de agresión para el 17 de julio de 2018.
Luis Ernesto Orozco Torres
La inclusión del “inacabado” crimen de agresión en el Estatuto de Roma (1998) fue una solución de compromiso que creó más problemas de los que resolvió, pero trajo consigo el compromiso de los Estados de trabajar denodadamente en la búsqueda de una definición del crimen de agresión. Y por fin se llegó a Kampala, la principal razón de ser de esta 2ª edición de esta obra. No es la definición ideal, pero como reconoce el Dr. Orozco, constituye un hito normativo del Derecho internacional penal, general y “de Roma”. Y tantos años de espera para, en buena medida, “regresar al futuro” de la resolución 3314 (XXIV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
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LUIS ERNESTO OROZCO TORRES
EL CRIMEN DE AGRESIÓN EN DERECHO INTERNACIONAL CONTEMPORÁNEO
monografías
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Dr. Luis Ernesto Orozco
EL CRIMEN DE AGRESIÓN EN DERECHO INTERNACIONAL CONTEMPORÁNEO Prólogo:
Joaquín Alcaide Fernández