Manual de convivencia 2015

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ÍNDICE AGRADECIMIENTOS PRESENTACIÓN ACUERDO DE ADOPCIÓN MANUAL DE CONVIVENCIA JUSTIFICACIÓN MARCO LEGAL CAPITULO I A. IDENTIFICACIÓN B. POLÍTICA DE CONVIVENCIA C. MISIÓN D. VISIÓN E. PRINCIPIOS Y VALORES F. FILOSOFÍA G. POLÍTICAS GENERALES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA H. POLÍTICA DE CALIDAD I. POLÍTICA DE INCLUSIÓN J. BIOGRAFÍA MARÍA DE JESÚS MEJÍA CAPITULO II A. HISTORIA B. SÍMBOLOS 1. HIMNO 2. BANDERA 3. ESCUDO 4. CALIDAD 5. ACRÓSTICO DE CALIDAD CAPITULO III A. GOBIERNO ESCOLAR

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1. RECTOR 2. CONSEJO DIRECTIVO 3. CONSEJO ACADÉMICO B. ORGANISMOS DE PARTICIPACIÓN 1. COMITÉ DE CALIDAD 2. CONSEJO DE PROFESORES 3. CONSEJO PADRES DE FAMILIA 4. COORDINADOR 5. 5 DIRECTOR DE GRUPO 6. JEFE DE ÁREA 7. PERSONERO ESCOLAR 8. REPRESENTANTE DE ESTUDIANTES Y CONSEJERO ESCOLAR 9. CONSEJO DE ESTUDIANTES 10. CONTRALOR ESCOLAR 11. COMITÉ DE MEDIACIÓN 12. COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR 13. COMISIÓN DE CONVIVENCIA 14. COMUNIDAD EDUCATIVA 15. COMITÉ DE EGRESADOS 16. COMISIÓN DE PROMOCIÓN 17. REVOCATORIA DEL MANDATO CAPITULO IV A. DERECHOS Y DEBERES 1. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES 1.1 DERECHOS CONSTITUCIÓN POLÍTICA Y LEY 1098 DE 2006

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1.2 DERECHOS INSTITUCIONALES 1.3 DERECHOS ACADÉMICOS Y FORMATIVOS 1.4 DERECHOS CONVIVENCIA ESCOLAR 2. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 2.1 DEBERES ACADÉMICOS Y FORMATIVOS 2.2 DEBERES SOCIALES 2.3 DEBERES DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR 2.4 DEBERES DE LOS ESTUDIANTES POR FUERA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA 3. PERFIL DEL ESTUDIANTE 4. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES 5. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES 5.1 SEGÚN DECRETO No 1286 del 27 de abril de 2005 5.2 DEBERES INSTITUCIONALES 5.3 OBLIGACIONES DE LA FAMILIA SEGÚN CÓDIGO DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA 6. PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA 7. DERECHOS Y DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y SERVICIOS GENERALES 7.1 DERECHOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS GENERALES 7.2 DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS GENERALES 8. DEBERES Y DERECHOS DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES 8.1 DEBERES DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES 8.2 DERECHOS DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES

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8.3 PERFIL DEL DOCENTE

CAPITULO V A. RECONOCIMIENTO Y ESTÍMULOS A LOS ESTUDIANTES, DIRECTIVOS DOCENTES, DOCENTES, PADRES DE FAMILIA Y PERSONAL ADMINISTRATIVO 1. ESTÍMULOS PARA LOS ESTUDIANTES 2. ESTÍMULO PARA DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES 3. ESTÍMULO PADRE DE FAMILIA 4. ESTIMULO PERSONAL ADMINISTRATIVO CAPITULO VI A. OTROS REGLAMENTOS ESPECÍFICOS 1. NORMAS PARA EL USO DE SALAS Y EQUIPOS ESPECIALIZADOS 1.1 BIBLIOTECA 1.2 SALA DE INFORMÁTICA 1.3 SALA BILINGÜISMO 1.4 LABORATORIO 1.5 AULA DE DEPORTES 1.6 RESTAURANTE ESCOLAR 1.7 TIENDA ESCOLAR Y HELADOS 1.8 PAPELERÍA ESCOLAR 1.9 ASESORÍA DE CASOS CAPÍTULO VII A. ACUERDO DE NORMALIZACIÓN B. ASPECTO COMPORTAMENTAL DE LOS ESTUDIANTES 5


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ARTÍCULO 1: FALTAS LEVES ARTÍCULO 2. FALTAS GRAVES ARTÍCULO 3. FALTAS GRAVÍSIMAS C. PROCEDIMIENTO REGULAR IMPUNTUALIDAD O RETARDO AL INICIO DE LA JORNADA ESCOLAR D. PROCEDIMIENTO PARA REGULAR INASISTENCIA A LA INSTITUCIÓN E. PROCEDIMIENTO PARA REGULAR EL PORTE INADECUADO DEL UNIFORME O LA PRESENTACIÓN PERSONAL F. PROCEDIMIENTO PARA REGULAR ALGUNAS SITUACIONES ESPECIFICAS a. PERMISOS Y EXCUSAS b. FUNCIONAMIENTO DE LAS EXCUSAS c. FUNCIONAMIENTO DE LOS PERMISOS d. MATRICULA e. CONDUCTO REGULAR f. SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO g. UTILIZACIÓN Y CONSERVACIÓN DE BIENES DE USO PERSONAL Y COLECTIVO CAPITULO VIII PROCEDIMIENTO PARA EL SEGUIMIENTO COMPORTAMENTAL PREVIO AL PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO A. EJERCICIO DE LOS DERECHOS Y RESPONSABILIDADES CAPITULO IX ATAPAS DEL PROCESO DISCIPLINARIO CAPITULO X SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR ARTICULO 1 SITUACIONES TIPO I ARTICULO 2 SITUACIONES TIPO II ARTICULO 3 SITUACIONES TIPO III A. RUTA DE ATENCIÓN Y PREVENCIÓN

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1. ACCIONES DE PROMOCIÓN 2. ACCIONES DE PREVENCIÓN 3. ACCIONES DE ATENCIÓN 4. RUTAS DE ATENCIÓN EN SITUACIONES ESPECIALES a. ALCOHOL Y DROGAS USO, DISTRIBUCIÓN Y PORTE DE ALCOHOL Y OTRAS DROGAS (SUSTANCIAS PSICOACTIVAS) b. CONDUCTA INTENTO DE SUICIDIO c. ACOSO ESCOLAR BULLYING, CIBERBULLYING O CIBERACOSO d. ABUSO SEXUAL e. MALTRATO INFANTIL f. VIOLENCIA INTRAFAMILIAR g. ATENCIÓN ESTUDIANTES NECESIDADES EDUCATIVAS PERMANENTES h. ATENCIÓN ESTUDIANTES NECESIDADES EDUCATIVAS TRANSITORIAS i. ACTIVACIÓN DE LA RUTA DE ATENCIÓN B. DEBIDO PROCESO SITUACIONES TIPO I. II. III CAPITULO XI A. NORMAS DE HIGIENE GENERAL, PREVENCIÓN Y SALUD PÚBLICA B. NORMAS DE COMPORTAMIENTO EN RELACIÓN CON EL CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE C. NORMAS PRESENTACIÓN PERSONAL D. NORMAS GENERALES E. NORMAS PORTE UNIFORME DE GALA F. NORMAS PORTE UNIFORME EDUCACIÓN FÍSICA G. NORMAS PORTE UNIFORME PREESCOLAR

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H. NORMAS SALIDA PEDAGÓGICA CAPITULO XII OTRAS DISPOSICIONES Y/O POLÍTICAS INSTITUCIONALES CAPÍTULO XIII ADOPCIÓN DEL SISTEMA INTERNO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN INSTITUCIONAL (SIEPE) CAPÍTULO XIV PROCEDIMIENTO DE LA REFORMA DEL MANUAL ANEXOS GLOSARIO BIBLIOGRAFÍA

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AGRADECIMIENTOS La Institución Educativa María Jesús Mejía da los más sinceros agradecimientos por la labor de asesoría, acompañamiento y retroalimentación a la doctora Isabel Puerta y el doctor José Luís Builes docentes de la facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Antioquia y al Consultorio Jurídico Libardo Pérez de la Facultad de Derecho de la Universidad de Medellín por el servicio de capacitación a la comunidad educativa sensibilizándolos frente a la norma, la comunicación asertiva, los valores y solución de conflictos de manera amigable, haciendo posible el afianzamiento y profundización de este Manual de Convivencia como un proceso de construcción basado en la cultura de la participación y la convivencia. De igual manera al doctor Humberto Benavides por la capacitación, acompañamiento y conversatorios con los docentes sobre el debido proceso. En el año 2014 el trabajo de equipo de los orientadores escolares del municipio de Itagüí, con apoyo de la Secretaria de Educación a través de Consuelo Londoño, se construyó la ruta de atención e intervención para las situaciones tipo 1, 2, 3 de convivencia escolar con base en lo que exige la ley 1620 y su decreto reglamentario 1965 de 2013.

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PRESENTACIÓN El artículo 87 de la Ley General de Educación dispone que “Todos los establecimientos educativos tendrán un Reglamento Estudiantil, en el cual se definan los derechos y obligaciones de los estudiantes. “LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA MARÍA JESÚS MEJÍA” basada en este artículo diseñó el Manual de Convivencia, como un instrumento que permita y favorezca el ejercicio de la DEMOCRACIA y la CONVIVENCIA, fundamentado en el equilibrio que debe darse entre el cumplimiento cabal de los DEBERES y el respeto ineludible de los DERECHOS colectivos e individuales, fomentando un clima escolar de armonía y bienestar para todos los miembros de la comunidad educativa. Su función primordial será propiciar la vivencia de comportamientos socialmente aceptados y la modificación de aquellos que perturben la CONVIVENCIA ESCOLAR y el desarrollo personal de los educandos, apoyada en el sano ejercicio de la AUTORIDAD por parte de quienes intervienen en su formación integral generando acciones pedagógicas correctivas cuando se requieran. LA CONVIVENCIA es aprender a vivir juntos. Aprender a convivir con los demás. Es el respeto mutuo y la aceptación de unas normas comunes, otras opiniones y estilos de vida y la resolución por medios no violentos de las tensiones, conflictos y disputas. Cuando un grupo se reúne para trabajar en la búsqueda de un fin común que redunde en beneficio de todos, debe organizarse, para que, activando las mejores potencialidades de sus integrantes y respetando también las diferencias de cada uno, se puedan lograr los mejores resultados. Un factor importante de esta organización es la construcción de una pauta de comportamiento que contenga normas claras, precisas y razonables convenidas entre los miembros de la comunidad educativa que se vayan interiorizando gradualmente y lleguen a incorporarse al desenvolvimiento natural de la persona como ser eminentemente social. Es decir que comprenda que la norma es necesaria para mantener un orden social mediado por relaciones de afecto, de tolerancia, de asertividad, de lealtad, de solidaridad y de espíritu de superación.

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En la convivencia escolar cotidiana se presentan situaciones tipo 1,2 y 3que llevan necesariamente a una reflexión crítica de los conflictos para darle solución de acuerdo con la Ley 1620 de 2013, poniendo en práctica la ruta de atención y prevención. El educador es un líder que orienta a los estudiantes en todos los procesos mediante el diálogo, la comprensión y la persuasión, manejando criterios adecuados y desarrollando competencias ciudadanas con base en la participación, democracia y trabajo dentro de un ambiente acogedor generando aprendizajes significativos para la vida y el ejercicio para la conciliación, capacitando lideres escolares. El estudiante es una persona titular y sujeta de derechos, un ser en proceso de formación que contempla diferentes fases en su desarrollo cognitivo, afectivo y social. Un individuo inquieto por el aprendizaje y el descubrimiento del mundo, la ciencia y el entorno en el que convive. Un factor importante de la construcción de una pauta de comportamiento que contenga normas claras, precisas y razonables convenidas entre los miembros del grupo, que se vayan interiorizando gradualmente y lleguen a incorporarse al desenvolvimiento natural de la persona como ser eminentemente social, que entienda que su derecho individual debe articularse al derecho colectivo. Es decir que comprenda que la norma es necesaria para mantener un orden social mediado por relaciones de afecto, de tolerancia, de asertividad, de lealtad, de solidaridad y de espíritu de superación. La Institución Educativa María Jesús Mejía, cuenta con dos sedes de funcionamiento, distribuidas así:

SEDE ADMINISTRATIVA Carrera 47 No. 51 – 44 Barrio Los Naranjos TELÉFONO 373 12 40 FAX: 281 44 75 SEDE PRIMARIA Carrera 52 D No. 61 - 25 Parque del Artista TELÉFONO 277 73 44 FAX: 377 76 51

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INSTITUCIÓN EDUCATIVA MARÍA JESÚS MEJÍA. ITAGÜÍ Resolución 7879 del 01 de diciembre de 2008 “DESDE 1983 FORMANDO PERSONAS DE BIEN”

ACUERDO Nº 008 (Febrero 18 de 2015)

Por medio del cual se adopta el Manual de Convivencia Escolar para la Institución Educativa María Jesús Mejía. El Consejo Directivo de la Institución Educativa María Jesús Mejía de Itagüí en uso de sus funciones según la Ley 115/94, su Decreto reglamentario 1860/94, la Ley 1620 /2013 y su Decreto reglamentario 1965/ 2013, y

CONSIDERANDO

A. Que es función del Consejo Directivo según el artículo 22 numeral c del Decreto 1860 adoptar el Manual de Convivencia Escolar para la Institución Educativa María Jesús Mejía. B. Que después de haber llevado a cabo un proceso de construcción y articulación de los códigos y normatividad con la participación de la comunidad educativa representada en el Gobierno Escolar. C. Que el proceso de construcción tuvo varios espacios para la revisión y socialización o democratización con la comunidad educativa. D. Considerando que dicho Manual de Convivencia Escolar reúne las características exigidas por la ley y es el referente para el perfil del alumno que deseamos formar para la sana convivencia E. El manual de convivencia debe ser conocido y utilizado con frecuencia por la comunidad educativa como un instrumento que orienta los principios, valores, estrategias y actuaciones que favorezcan un clima 13


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escolar armónico entre los diferentes integrantes, fomentando el respeto y la valoración a la diversidad. F. Se debe reconocer en él la importancia de las formas de convivencia, las competencias ciudadanas, las formas de solución pacífica de conflictos, la construcción de identidad, planificación escolar desde las líneas de convivencia en el Proyecto Educativo Institucional y la filosofía institucional de la convivencia. G. Que todas las normas contenidas en el presente manual son coherentes con la Constitución Política de Colombia en sus artículos 1º., 2º. 15, 16, 23, 33, 41, 43, 67, 68, 70 y 95. Atiende la Ley 115 de 1994 en sus artículos 73,87 y 94. Está fundamentado en la Ley 1098 de 2006 Ley de Infancia y Adolescencia, en la Ley 12 de 1991 “Convención Internacional Sobre los Derechos de la Niñez”, Decreto 1108 de 1994 sobre el “Porte y consumo de estupefacientes”, Ley 1620 y su Decreto reglamentario 1965 de 2013 sobre “Comités de Convivencia Escolar”. H. Que el Manual de Convivencia contempla los propósitos de la evaluación del aprendizaje y los criterios de promoción de los estudiantes en aplicación del Decreto 1290 de abril 16 de 2009.

ACUERDA

Artículo 1º Adoptar el presente Manual de Convivencia Escolar como única norma que reglamenta la convivencia escolar en la institución educativa. (Ver anexo manual de convivencia). Artículo 2º Que toda modificación que sea necesaria hacerle a este Manual de Convivencia, debe ser reflexionado y acordado por el Gobierno Escolar para finalmente ser autorizado y adoptado por el Consejo Directivo. Artículo 3º Que los padres de familia y los estudiantes recibirán el Manual de Convivencia en forma gratuita por primera vez y en el evento de extraviarlo o dañarlo deberá consignar en la cuenta de ahorros del colegio la suma de $ 5.000 para obtenerlo nuevamente y al cancelar matricula deberá devolver el manual de convivencia.

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Dado en Itagüí, a los 13 días de marzo de 2014. Comuníquese y cúmplase.

OLGA AMPARO BETANCUR ARENAS Presidente Consejo Directivo C.C.No.32.520.908

JUSTIFICACIÓN En la convivencia escolar cotidiana se presentan situaciones que llevan necesariamente a una reflexión crítica de los conflictos para darle solución de acuerdo a la realidad de la comunidad educativa. El Manual de Convivencia Escolar es una herramienta de apoyo en el respeto mutuo y reconocimiento de las individualidades, los derechos propios y los de los demás como también la toma de conciencia de los deberes y responsabilidades. El docente es un facilitador que orienta a los estudiantes en todos los procesos mediante el diálogo, la comprensión y la persuasión, manejando criterios adecuados, creando hábitos de estudio y trabajo dentro de un ambiente escolar adecuado para generar aprendizajes significativos para la vida. La relación docente - padre de familia / madre de familia o acudiente está enmarcada dentro de unos mismos códigos en forma clara pero concertada que permitan y enriquezcan el desarrollo de la personalidad del estudiante para su vida. El Manual de Convivencia Escolar es la propuesta concertada con estudiantes, docentes, padres de familia, directivos docentes y personal administrativo, buscando una empatía, para dar solución pacífica a los conflictos con criterios éticos, que reafirma la misión educativa siendo coherentes en el marco jurídico. OBJETIVOS PARA FORTALECER LA CONVIVENCIA ESCOLAR:

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Orientar a los estudiantes, padres de familia y educadores en sus derechos y deberes en pro de una sana convivencia. Reconocer a los estudiantes como personas titulares de derechos y obligaciones. Ofrecer a los estudiantes oportunidades de perfeccionamiento de sus potencialidades humanas. Orientar a la niñez y juventud en forma integral para que comprendan debidamente los valores familiares, culturales, científicos, artísticos y éticos. Fomentar acciones que logren la superación personal, el bien de sí mismos y de la comunidad de la cual son parte integrante respetando los derechos y deberes. Generar en los estudiantes hábitos de vida saludables aportando al desarrollando humano. Proyectar a los hogares la filosofía de la Institución Educativa mediante diálogo individual, reuniones y participación de los padres de familia en las diferentes actividades de orientación familiar. Fortalecer el perfil de la Institución Educativa para darle proyección a la visión, misión, políticas y filosofía de la misma. Fortalecer la participación democrática a través del Gobierno Escolar para el ejercicio de sus derechos y deberes. Ser un instrumento de resolución de conflictos en las relaciones interpersonales de los miembros de la comunidad educativa. Determinar los estímulos y orientaciones pedagógicas que necesitan los estudiantes y reglamentar su aplicación. Propiciar en los estudiantes la adquisición de hábitos para la participación democrática y comunitaria fundamentada en el respeto y la dignidad.

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MARCO LEGAL El Manual de Convivencia debe estar enmarcado en lo dispuesto por la nueva Constitución Colombiana, en la Ley de Infancia y Adolescencia y las normas reglamentarias que los interpreten, y debe constituir la carta de principios morales, éticos y sociales que sirvan de base para formar, orientar, evaluar, corregir o estimular los comportamientos de los estudiantes. La Ley Nº 1098 de 2006 Código de la Infancia y la Adolescencia, reconoce el derecho a la educación como un derecho: fundamental, de alcance social, económico y cultural; como servicio público que tiene una función social y a fin de que se pueda ejercer progresivamente y en condiciones de igualdad de oportunidades se debe implantar la enseñanza básica primaria obligatoria y gratuita, el fomento de desarrollo de la enseñanza básica secundaria, que los niños dispongan de información educativa, entre otras; este derecho se consagra en los artículos 67, 68 y 69 de la Constitución Política y el 28 de la Convención Internacional de los derechos d los niños y de los jóvenes. La educación debe ser orientada al pleno desarrollo de la personalidad y de la integralidad de los niños, niñas y adolescentes, por lo tanto, el Estado, la sociedad y la familia comparten esta responsabilidad. LEY 12 DE 1991 Convención internacional sobre los derechos de la niñez La Ley 115 de 1994, Ley General de Educación, de conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, determina que la educación se desarrollará atendiendo los siguientes fines: (Artículo 5°) a.

b.

c. d.

El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le imponen los derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de formación integral, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica y demás valores humanos. La formación en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos:, la paz, los principios democráticos de convivencia, el pluralismo, la justicia, la solidaridad y la equidad, así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad. La formación en el respeto a la autoridad legítima y a la ley, a la cultura nacional, a la historia colombiana y a los símbolos patrios. La adquisición y generación de los conocimientos científicos y técnicos más avanzados, humanísticos, históricos, sociales, geográficos y

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estéticos, mediante la aprobación de hábitos intelectuales adecuados para el desarrollo del saber. e.

La formación para facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación. La formación en la práctica del trabajo, mediante los conocimientos técnicos y habilidades, así como en la valoración del mismo como fundamento del desarrollo individual y social.

f.

La Ley General de Educación, de acuerdo con el artículo 68 de la Constitución Política, consagra en su artículo 6° que "La comunidad educativa participará en la dirección de los establecimientos educativos". Se entiende que la comunidad educativa está conformada por estudiantes, educadores, padres de familia o acudientes de los estudiantes, egresados, directivos docentes, administrativos. Todos ellos participarán en el diseño, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional y en la buena marcha de la Institución Educativa. La Ley General de Educación en su artículo 7º establece que "La familia como núcleo fundamental de la sociedad y primer responsable de la educación de los hijos, hasta la mayoría de edad o hasta cuando ocurra cualquier otra clase o forma de autonomía", le corresponde: a. b. c.

Participar en las asociaciones de padres de familia. Informarse sobre el rendimiento de sus hijos y sobre la marcha de la Institución Educativa y En ambos casos, participar en las acciones de mejoramiento.

La Ley General de Educación en su artículo 8º determina que "La sociedad es responsable de la educación con la familia y el Estado. Colaborará con éste en la vigencia de la prestación del servicio educativo y en el cumplimiento de su función social". Dentro de los objetivos comunes a todos los niveles educativos, la Ley General de Educación establece en el artículo 13º que es objetivo primordial de todos y cada uno de los niveles el desarrollo integral de los educandos mediante acciones estructuradas encaminadas a:

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Formar la personalidad y la capacidad de asumir con responsabilidad y autonomía sus derechos y deberes; Proporcionar una sólida formación ética, moral y fomentar la práctica del respeto a los derechos humanos; Fomentar en la institución educativa, prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios, valores de la participación, organización ciudadana, estimular la autonomía y responsabilidad; Formar una conciencia educativa para el esfuerzo y el trabajo.

En cada año lectivo los estudiantes elegirán a uno de ellos del último grado que ofrezca la institución, para que actúe como Personero de los estudiantes promoviendo sus derechos y exigiendo sus deberes. (Art. 94 Ley 115/94). Todo niño(a) y adolescente debe ser protegido contra la drogadicción, siendo una responsabilidad de padres y maestros la orientación mediante programas de prevención e intervención externa en caso que amerite su proceso de rehabilitación como derecho a la salud (Decreto 1108/94). El Decreto 1108 de 1994, en su artículo 9, hace referencia al porte y consumo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas. Será obligación de los directivos, docentes y administrativos de los establecimientos educativos que detecten casos de tenencia o consumo de estupefacientes o sustancias psicotrópicas, informar de ello a las autoridades del establecimiento educativo; tratándose de un menor deberá comunicarse tal situación a los padres y al defensor de familia, y se procederá a decomiso de tales productos. Entre las medidas sancionatorias se contemplarán la amonestación, la suspensión y la exclusión del establecimiento, que se aplicarán teniendo en cuenta la gravedad de la infracción cometida y el procedimiento previsto en el manual. La Ley 30 de 1986 es referente al manejo Institucional de sustancias psicoactivas: Debe existir programas de educación en la primaria y secundaria con información sobre los riesgos de la farmacodependencia y las campañas de prevención contra el consumo de alcohol y tabaco. La Resolución 1956 (30 de mayo de 2008) del Ministerio de Protección restringe también el cigarrillo en instituciones educativas (preescolar, básica y media). La Resolución 7036 (Mayo 1991) del Ministerio de Salud, prohíbe el consumo de tabaco en sus instalaciones y entidades adscritas con el fin de proteger la salud de los trabajadores y usuarios de los servicios de salud.

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Convoca a los Alcaldes y Concejos Municipales para que adopten reglamentos especiales tendientes a prohibir el consumo de cigarrillo y tabaco en los hospitales, sanatorios, puestos y centros de enseñanza y en cualquier otro recinto cerrado con acceso al público que esté dedicado a actividades culturales o deportivas. La familia como institución básica de la sociedad y la escuela, son los ámbitos por excelencia para la formación individual y social de los hombres dentro de los principios de autonomía, participación, convivencia pacífica y reconocimiento de sus propias capacidades, valores, actitudes e intereses como seres biológicos, psicológicos y sociales. El Manual de Convivencia debe estar articulado con las políticas de inclusión educativa con base en el decreto 366 del 9 de febrero de 2009 y brindar las adecuaciones curriculares para la atención de las necesidades educativas especiales (NEE), tanto a estudiantes con discapacidad como talento. La Ley 1029/06, en todos los establecimientos oficiales o privados que ofrezcan educación formal es obligatoria en los niveles de la educación preescolar, básica y media y deben cumplir con: - El estudio, la comprensión y la práctica de la Constitución y la instrucción cívica, de conformidad con el art. 41 de la Constitución Política: jurisdicción de paz, mecanismos de solución de conflictos, derecho de familia, derecho laboral y contratos más usuales. - Aprovechamiento del tiempo libre, el fomento de las diversas culturas, práctica de la educación física, la recreación y el deporte formativo, para lo cual el Gobierno promoverá y estimulará su difusión o desarrollo. - La enseñanza de la protección del medio ambiente, la ecología y preservación de los recursos naturales. - La educación para la justicia, la paz, la democracia, la solidaridad, la confraternidad, el cooperativismo y la formación en valores humanos. - La educación sexual, impartida de acuerdo con las necesidades psíquicas, físicas y afectivas de lose educandos según su edad.

El decreto 1860, en su artículo 17: De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 73 y 87 de la ley 115 de 1994, todos los establecimientos educativos deben tener como parte integrante del Proyecto Educativo Institucional, un reglamento o Manual de Convivencia. Debe contemplar los siguientes aspectos:

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Reglas de higiene personal y de salud pública que preserven el bienestar de la comunidad educativa, la conservación individual de la salud y la prevención frente al consumo de sustancias psicotrópicas. Criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de bienes personales y de uso colectivo, tales como equipos, instalaciones e implementos. Pautas de comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente escolar. Normas de conducta de los alumnos y profesores que garanticen respeto mutuo y los procedimientos claros para la formulación de quejas o reclamos al respecto. Procedimientos para resolver con oportunidad y justicia los conflictos individuales o colectivos que se presenten entre miembros de la comunidad. Debe incluir instancias de diálogo y de conciliación. Pautas de presentación personal que preserven a los alumnos de discriminación por razones de apariencia. Definición de sanciones disciplinarias aplicables a los estudiantes, incluyendo el derecho a la defensa. Reglas para la elección del representante al Consejo Directivo y para la escogencia de voceros en los demás consejos previstos. Debe incluir el proceso de elección del personero de los estudiantes. Calidades y condiciones de los servicios de alimentación, transporte, recreación dirigida y demás conexos con el servicio de educación que ofrezca la institución a los alumnos. Funcionamiento y operación de los medios de comunicación interna del establecimiento, tales como periódicos, emisiones radiales, que sirvan de instrumentos afectivos al libre pensamiento y a la libre expresión. Encargos hechos al establecimiento para aprovisionar a los estudiantes de material didáctico de uso general. Reglas para el uso del bibliobanco y la biblioteca escolar.

Ordenanza 26 de 30 de diciembre de 2009: Por medio de la cual se establece la figura de contralor estudiantil. Circular 247 del 28 de junio de 2010: Mediante la cual se dan orientaciones para la elección e institucionalización del contralor estudiantil en la institución educativa del departamento de Antioquia.

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Ley 1620 de marzo de 2013: Por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Decreto 1965 de septiembre 2013: Por medio de la cual se reglamenta la ley 1620. Sentencia T-/9202, Corte Constitucional: “La institución no está obligada a mantener indefinidamente entre sus estudiantes a quienes de manera constante y reiterada quebranten el cumplimiento del manual de Convivencia”. Sentencia T-02 de 1992, Corte Constitucional: “El carácter fundamental del derecho a la educación no entraña una obligación de las directivas del plantel consistente en mantener indefinidamente entre sus discípulos a quienes de manera reiterada desconoce las directivas disciplinarias y el rendimiento académico.” “Siendo la educación un derecho fundamental, el cumplimiento de las acciones para el ejercicio del derecho, como seria en no responder el estudiante a sus obligaciones académicas y el cumplimiento exigidos por el reglamento, puede dar lugar a las sanciones establecidas en el ordenamiento jurídico para el caso.” La Corte Constitucional expresó: “De no atenderse este llamado de atención, la institución podrá disponer de severas sanciones que pueden llegar a la expulsión del alumno, ya quien se matricula en el centro educativo con el objeto de ejercer el derecho constitucional que lo ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones que cumplir”. “Cuando el colegio exige al estudiante respuesta en materias académicas, disciplinaria, moral, física, y demanda de una responsabilidades propias de su estado o impone sanciones proporcionales a las faltas, no viola sus garantías fundamentales.

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La convivencia es un reto que implica reconocer que los demás son otros, distintos de mí y con los mismos derechos.

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CAPITULO I A. IDENTIFICACIÓN La institución fue creada mediante el Decreto No. 0025 de enero 13 de 1983. Aprobado de 6º a 9º para la educación básica secundaria según Resoluciones No. 24003/83, 21724/85, 13367/86 y la 05039/90 y 10º y 11º del nivel de educación media académica según Ley General de Educación 115/94 y autorizados por la Resolución No. 001518 del 4 de noviembre de 1997. Tiene reconocimiento oficial como institución educativa a través de la Resolución No. 16072 del 25 de noviembre de 2002 ofreciendo los niveles de preescolar, básica primaria, básica secundaria, media académica y media técnica. Se actualiza la autorización oficial para ofrecer los servicios en educación formal en los niveles preescolar, básica primaria, básica secundaria, media académica y media técnica se le da reconocimiento oficial y se legalizan sus estudios a través de la Resolución 7879 de diciembre 1 de 2008 por el Municipio de Itagüí a través de la Secretaría de Educación Municipal. Naturaleza: Carácter: Calendario: Jornada: Nit. Número Registro ICFES DANE Niveles que ofrece

Página WEB Correo Electrónico

Público oficial Mixto A Mañana y tarde 811-017-209-9 04236 105360001063 Grado 0, Básica Primaria, Básica Secundaria, Media Académica y Media Técnica www.iemariajesusmejia.master2000.net olgamariajesus@hotmail.es

B. POLÍTICA DE CONVIVENCIA La Institución Educativa María Jesús Mejía promueve comportamientos y actitudes que fortalezcan el ambiente escolar reflejado en una sana convivencia, manejo oportuno de los conflictos, la atención a los casos especiales, con el fin de ser coherentes en la vivencia de los valores aportando

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a la formación de personas éticas en la toma de decisiones en el manejo y solución de problemas. C. MISIÓN La Institución Educativa María Jesús Mejía, propicia el aprendizaje aplicando un modelo integral con enfoque social basado en competencias, formando en valores, desde los niveles de preescolar, básica, media académica y media técnica, propiciando la inclusión y la atención a la diversidad, entregando a la sociedad personas capaces de solucionar problemas y mejorar su entorno. D. VISIÓN En el año 2015 la Institución Educativa María Jesús Mejía, será un establecimiento reconocido por su calidad educativa, la formación en valores que permitan la sana convivencia, la inclusión y la construcción de tejido social, permitiendo la transformación positiva de su entorno. E. PRINCIPIOS Y VALORES INSTITUCIONALES PRINCIPIOS: -

Formar en el conocimiento y desarrollo del pensamiento crítico Generar espacios participativos Reflexionar en el ser, hacer, sentir y en el actuar Fomentar el desarrollo humano, técnico y científico Aprender a aprender haciendo Formar hombres y mujeres que sean íntegros, autónomos y éticos

Para conseguir estos principios la institución educativa se apoya en los siguientes VALORES: Responsabilidad: Tomar decisiones conscientemente y aceptar las consecuencias de sus actos con disposición de rendir cuenta de ellos. Tolerancia: Capacidad de conceder la misma importancia a la forma de ser, de pensar, de vivir de los demás que a nuestra propia manera de ser.

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Autoestima: Quererse a sí mismo y querer a los demás. Significa saber que la persona es valiosa, digna, que vale la pena y que es capaz. Implica respetarse a sí mismo y enseñar a los demás a hacerlo. Solidaridad: Posibilidad de brindar una mano a aquella persona que resulta menos favorecida o que está en situación difícil. Respeto: Reconocimiento de los intereses y sentimientos del otro en una relación interpersonal o de grupo. Honestidad: Cualidad humana de comportarse y expresarse con coherencia y sinceridad, de acuerdo con los valores de la verdad y la justicia. Sentido de Pertenencia: Querer, valorar y reconocer la importancia que tiene la institución educativa en pro de la formación integral de los estudiantes. Disciplina: Capacidad de acción ordenada, perseverante para alcanzar un objetivo valioso. Orden: Comportase de acuerdo con unas normas lógicas, necesarias para el logro de un objetivo deseado y permite la organización de las cosas, su distribución en el tiempo y la realización de las actividades. Una cosa en su lugar y un lugar para cada cosa. Empatía: Capacidad de ponerse en el lugar del otro, la posibilidad de entender las razones del otro sin estar necesariamente de acuerdo con él. Poder comprender el sentir y pensar de la otra persona facilita mejor las reacciones, controlar las emociones y opiniones ajenas, e ir más allá de las diferencias, lo que nos hace más tolerantes en las interacciones sociales. Autonomía: Manejo y uso que se le da a la libertad para tomar decisiones y llegar a ser. F. FILOSOFÍA La Institución Educativa María Jesús Mejía es un establecimiento de naturaleza laica, cuyo lema es formar personas de bien.

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Donde participan: Un padre de familia que eduque a su hijo(a) en un ambiente de honestidad, respeto, buena comunicación y buen ejemplo. Además se identifique con la visión, la misión, las políticas y la filosofía de la institución. Un docente que se desempeñe con amor, respeto por la diferencia, paciencia, buen ejemplo, tolerante más no indiferente. Un(a) estudiante que valore el derecho a la educación, que haga reconocimiento de sus deberes para poder reclamar sus derechos, que maneje con asertividad los problemas y busque la solución de sus conflictos con madurez siguiendo el conducto regular. Teniendo presente lo anterior es importante interiorizar en el proceso de vida los siete principios de la convivencia que fortalecen la política de la convivencia: Aprender a no agredir al otro: valorar la vida del otro como la propia vida, resolviendo las diferencias. Aprender a comunicarse: Es conversar, expresarse, comprender, discrepar y comprometerse con asertividad, dándole gran valor a la escucha. Aprender a interactuar: Es saber acercarse al otro y aprender a vivir la intimidad, respetando a los demás. Aprender a decidir en grupo: Es proyectarse, concertar con otros los intereses, para tomar decisiones. Aprender a cuidarse: Es proteger la salud propia y la de los demás como un bien común social. Aprender a cuidar el entorno: Es valorar el planeta y el medio ambiente como fundamento de la supervivencia. Aprender a valorar el ser social: Es respetar la cultura, las costumbres, los valores, los símbolos, los ritos de una sociedad que los considera importantes para sobrevivir y proyectarse. G. POLITICAS GENERALES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

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Asumir el compromiso con los/as estudiantes, padres de familia, docentes y la comunidad en general garantizando la calidad pedagógica, curricular y administrativa, centrada en las expectativas y necesidades de dicha comunidad fortaleciendo los valores y las políticas de una educación inclusiva con calidad. Aprovechar proyectos y programas formativos de entidades que aportan beneficio a la comunidad educativa, en especial los de orientación familiar. Apoyar programas de prevención y promoción de Escuela Saludable. Apoyar programas externos e institucionales de recreación, deporte, cultura y uso del tiempo libre. Promover programas y proyectos profesional y proyecto de vida.

de orientación escolar, vocacional,

Acoger programas y proyectos de convivencia ciudadana y protección del medio ambiente. Asesorar a nivel psicológico los casos de necesidades educativas especiales con apoyo de EPS, ONG, el Estado y otras entidades. Acoger las propuestas externas de entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que ofrecen capacitación y actualización docente para obtener una calidad óptima del servicio. Gestionar recursos financieros para apoyar el desarrollo de las actividades institucionales. Generar espacios participativos que fortalezcan el quehacer del Gobierno Escolar. H. POLÍTICA DE CALIDAD La Institución Educativa María Jesús Mejía del municipio de Itagüí se compromete a elevar el nivel académico de los(as) estudiantes, a través del desarrollo de competencias aportando a la formación de personas de bien que contribuyan con su talento, actitudes, aptitudes y conocimiento al desarrollo de la sociedad, a la toma de decisiones en el manejo y solución de problemas. Por

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tal motivo se busca que los procesos de mejoramiento continuo de la gestión educativa garanticen una educación con calidad y el desarrollo de las habilidades del talento humano. I. POLITICA DE INCLUSIÓN: La Institución Educativa María Jesús Mejía es flexible en la atención a la diversidad con equidad ofreciendo adecuaciones curriculares para la atención de las necesidades educativas transitorias y permanentes con base al diagnóstico clínico por especialista externo, favoreciendo el aprendizaje y socialización. J. DATOS BIOGRÁFICOS DE MARÍA DE JESÚS MEJÍA ÁLVAREZ La Institución Educativa María Jesús Mejía surgió como reconocimiento a la educadora antioqueña María de Jesús Mejía.

Nació en Itagüi el 27 de marzo de 1876. Su consagración a la docencia no le permitió ganar otros horizontes a los cuales tenía derecho. Se graduó en Medellín en la Normal Antioqueña de Señoritas. Muchas generaciones de maestras se formaron bajo su dirección en la Escuela Normal Antioqueña.

Laboró sin descanso por espacio de 20 años en la Escuela Primaria en el municipio de Itagüi. Luego pasó a la Normal Antioqueña establecimiento encargado de la formación de maestras de la educación, entregándose en cuerpo y alma por un promedio de 20 años. Con motivo de las bodas de plata profesionales, la Normal Antioqueña le concedió la medalla de oro. Así mismo, la honorable Asamblea Departamental de Antioquia en el año 1947 concedió a María de Jesús Mejía el título de maestra de la juventud.

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De esta forma se hizo público reconocimiento a la tarea llevada a cabo por una mujer capaz, valerosa, inteligente y estructurada que entregó toda su vida al servicio de la educación antioqueña y aportando a la formación de nuevas maestras para la patria.

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Convivir es descubrir que los demás son una oportunidad para que todos y cada cual crezcamos en común. Así nadie tendrá que sobrevivir ni sentirse amenazado por el resto.

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CAPÍTULO II. A. HISTORIA

La Institución Educativa María Jesús Mejía antes Liceo Departamental María Jesús Mejía de Itagüi, inició labores el 16 de marzo de 1983 en el antiguo local de la Preparatoria María Jesús Mejía. Fue creado mediante decreto Nº 0025 de enero 13 de 1983. Empezó a funcionar con los grados de sexto a noveno en el mismo año. En 1985 fue trasladado a la carrera 48 Nº 48 - 48 compartiendo local con el Liceo Diego Echavarría Misas, hasta el año 2002; en este mismo año comenzó a funcionar la Media Vocacional según Decreto Nº 1748 de noviembre 27 de 1985; en 1986 se promovió la primera “cohorte” de Bachilleres. En 1992 el antiguo edificio fue reemplazado por una nueva edificación durante la administración del señor Alcalde Oscar Sánchez Franco. En el año 2002 a raíz de la reforma educativa, ley 715 de 2002, el Liceo María Jesús Mejía se fusionó con La Escuela Matilde Arango con reconocimiento oficial como Institución Educativa María Jesús Mejía, por Resolución No. 16072 del 25 de noviembre de 2002, ofreciendo los niveles de preescolar, básica primaria, básica secundaria, media técnica en ebanistería en convenio con el SENA y Media académica; aprobada por Resolución 7879 del 1 de diciembre de 2008 por la Secretaría de Educación del municipio de Itagüí. A partir del 2003 y hasta la fecha, la institución ocupa la sede proporcionada por las escuelas 20 de Julio y Diego Echavarría Misas en la carrera 47 No. 51 – 44 Barrio Los Naranjos y el preescolar y la básica primaria continuaron en la Sede Matilde Arango en el barrio las Acacias hasta junio 5 de 2009 que fue trasladada al edificio cedido en comodato por la empresa Coltejer, ubicado en la carrera 52 D No. 61 - 25, contiguo a la Urbanización Las Américas. En el año 2014 se tiene la Resolución No.

B. SÍMBOLOS

1. HIMNO Letra y Música: Luís Hernán Palacio L.

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Trascripción y arreglos musicales del Maestro Ildefonso Cardona Arango. Grabación en CD con voces los ex alumnos de la institución educativa y los Arreglos musicales son del Maestro John Mario Vargas

CORO En las aulas de nuestro colegio, Nos formamos personas de bien; Recorremos la senda marcada Con orgullo, amor y placer. I El escudo y nuestra bandera Simbolizan trabajo y virtud; Con la antorcha llevamos la ciencia Y en el libro la gran plenitud II Y Yo soy estudiante valioso A mi patria le quiero aportar, Con mi esfuerzo, trabajo y constancia Con mi estudio lo he de lograr

CORO En las aulas de nuestro colegio, Nos formamos personas de bien; Recorremos la senda marcada Con orgullo, amor y placer.

2. LA BANDERA

Diseñada por los educadores: José Vicente Ramírez Henao, Gildardo Reina Henao y el Hermano José González Muñoz.

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Consta de una franja en forma de triángulo blanco que se apoya en el asta y tres franjas iguales: la superior de color verde, la intermedia de color amarillo y la inferior de color rojo. El color blanco significa pureza, deseo de superación con ideales nobles. El color verde tiene el sentido de la esperanza para que la juventud apoyada en los avances científicos, culturales, sociales y ambientales, supere las dificultades. El amarillo da el significado de riqueza no sólo en lo material sino también en lo espiritual e intelectual. El color rojo significa energía, fortaleza, disposición, vigor y voluntad para culminar con éxito toda realización humana con proyección a la comunidad.

3. EL ESCUDO

Fue diseñado por el profesor Gildardo Reina Henao. El escudo significa la trascendencia de la cultura y la investigación, la economía básica en el municipio y el mantenimiento de valores tanto morales como deportivos. El escudo tiene una forma alargada terminando en su parte inferior en vértice y en su parte superior en forma aplanada. A los dos lados tiene dos pergaminos que enlazan las iníciales Inst. Educativa Ma. Jesús Mejía. En su interior parte izquierda vemos un libro el cual nos está invitando a la lectura, a la investigación, a la creatividad y a la sabiduría. Al lado derecho observamos una fábrica símbolo de nuestro pueblo trabajador, obrero, industrial catalogando a Itagüi como la cuidad industrial.

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En su parte inferior observamos una antorcha encendida, la cual nos está llamando a todos a ser deportistas; siendo el deporte un complemento importante para el proceso enseñanza, aprendizaje y enseñanza. El escudo lleva como colores de fondo el verde significa la esperanza dentro de la investigación y la cultura. El amarillo cuyo significado es el oro o riqueza de nuestro municipio. El rojo lo simbolizamos con la salud y el vigor de los estudiantes. Además, el amarillo, el verde y el rojo son los colores propios de la bandera de Itagüi.

4. CALIDAD

Diseñado por la coordinadora Luz Marina Arango Montoya, la profesional universitaria (Asesora Psicológica) Ana Cristina Posada Soto. Diagramación MaxColor. El lema lo conforma: dos manos simbolizando el esfuerzo y compromiso de todos los estamentos de la comunidad educativa. La letra C en mayúscula, que simboliza calidad. Meta que se ha trazado la institución en cada uno de sus procesos. Las letras MJM, son las iníciales de la institución educativa María Jesús Mejía. Dentro del círculo se encontraba el lema: Educación con calidad, compromiso de todos. Se encuentra dentro de un círculo que significa unidad, determinación, porque todos los integrantes de la comunidad deben involucrarse en el proceso. El círculo no tiene ni principio ni fin porque el proceso es continuo y permanente en pro de mejorar cada vez más.

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En su base se encuentra el nombre del comité, sobre quienes recae la responsabilidad del mejoramiento continuo en la institución educativa. 5. ACRÓSTICO DE CALIDAD Con calidad Amamos lo que construimos, Listos a prender, Investigamos y asumimos retos, Direccionamos metas, Acciones y procesos Desarrollando nuestro horizonte

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La convivencia es la condición de relacionarse con las demás personas a través de una comunicación permanente fundamentada en el afecto, respeto y tolerancia que permita convivir y compartir en armonía con los demás en las diferentes situaciones de la vida.

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CAPITULO III A. GOBIERNO ESCOLAR DEFINICIÓN: El Gobierno Escolar está fundamentado en la Ley 115, artículo 142 y en su Decreto reglamentario 1860 de 1994, Artículo 19: La obligatoriedad del gobierno escolar, que estará formado por los siguientes órganos: • El Rector. • El Consejo Directivo • El Consejo Académico. El Gobierno Escolar está provisto como la máxima autoridad escolar para articular procesos administrativos, académicos y de proyección comunitarias, todo en sintonía con los intereses propuestos, sugerencias de estamentos y miembros que forman la Comunidad Educativa. El Gobierno Escolar en nuestra comunidad está compuesto por los siguientes órganos: a. El Rector, como representante del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del Gobierno Escolar. b. El Consejo Directivo, como instancia directiva y de orientación académica y administrativa de la institución. c. El Consejo Académico, como máxima instancia en la orientación pedagógica de la institución.

1. DEFINICIÓN Y FUNCIONES DEL RECTOR. RECTOR: Es la primera autoridad administrativa y docente del plantel. Su responsabilidad es lograr que la Institución ofrezca los servicios educativos adecuados para que el estudiante alcance los fines propuestos en la Educación del Estado. Es el representante legal. Al rector (a) Le corresponde dar cumplimiento a las funciones estipuladas en la ley 715/01 artículo 10 y Decreto 1860 de 1994.

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Funciones: -

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Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones del Gobierno Escolar. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovechamiento de los recursos necesarios para el efecto Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación de la institución Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores de la institución y con la comunidad local, para el continuo progreso académico de la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyen la ley, los reglamentos y el manual de convivencia Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas a favor del mejoramiento del proyecto educativo institucional Promover actividades en beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad local Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, atinentes a la prestación del servicio público educativo Las demás funciones, afines o complementarias con las anteriores, que le atribuye el Proyecto Educativo Institución

2. DEFINICIÓN Y FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO El Consejo Directivo es el máximo organismo administrativo de la institución educativa. INTEGRANTES DEL CONSEJO DIRECTIVO: a. El Rector quien lo preside y convocará ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente cuando lo considere necesario. b. Dos representantes de los docentes, uno por la primaria y otro por la secundaria, elegidos por mayoría de votantes en Asamblea de Docentes.

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c. Dos representantes de los padres de familia, elegidos por Consejo de padres (Decreto 1286 Artículo 8) d. Un representante de los estudiantes que esté cursando el grado 11º, elegido por el Consejo de estudiantes. e. Un representante de los ex alumnos de la institución, elegido por el Consejo Directivo, teniendo preferencia por quien haya ejercido en el año anterior el cargo de Consejero (a) o personero estudiantil. f. Un representante del sector productivo. Será elegido por el Consejo Directivo, de candidatos propuestos por las respectivas organizaciones. Durante los primeros sesenta (60) días calendario siguiente al de la iniciación de clases de cada periodo lectivo anual, deberá quedar integrado el Consejo Directivo y entrar en ejecución de sus funciones. Con tal fin el rector (a) convocará con debida anticipación, a los diferentes estamentos para efectuar las elecciones correspondientes. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO: Según lo establecido en el Decreto 1860 Art. 23, el Consejo Directivo tiene las siguientes funciones: -

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Tomar decisiones concernientes al funcionamiento de la institución, que sean sometidas a su consideración por la autoridad competente. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos, con los alumnos de la institución educativa y después de haber agotado los procedimientos previos en el reglamento o manual de convivencia. Adoptar el Manual de Convivencia de la institución. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos estudiantes. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado. Adoptar el Comité de Calidad de la institución educativa. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el rector. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos.

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Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del estudiante que han de incorporarse en el reglamento o manual de convivencias. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución. Recomendar criterios de participación de la institución en las actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y estudiantes Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente decreto Velar por el adecuado manejo y utilización de los recursos d el institución. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y de los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos, uso de libro de texto y similares. Darse su propio reglamento.

Las decisiones se tomarán por mayoría simple, mediante votación. Si alguno de sus miembros no asiste a dos reuniones consecutivas sin causa justificada será relegado de su participación y se le pedirá a la instancia respectiva la elección de otro representante o envió del suplente si lo tuviere. Perfil de los integrantes del Consejo Directivo: -

Capacidad de análisis Escucha y concentración Creatividad Lealtad y honradez Liderazgo Conocimiento PEI Promover innovaciones positivas

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Saber leer y escribir

3. DEFINICIÓN Y FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO Definición: El Consejo Académico es el organismo encargado de organizar el plan de estudios; estudiar, modificar o ajustar el currículo y encargarse de la evaluación del rendimiento escolar. Está conformado por el rector quien lo preside y un docente representante de cada Área básica del conocimiento y los Coordinadores.

Funciones: -

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Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes de acuerdo al procedimiento previsto en el presente decreto. Organizar el Plan de Estudios y orientar su ejecución Participar en la evaluación institucional anual Integrar los Consejos de Docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los estudiantes para la promoción, y asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación. Recibir y decidir los reclamos de los estudiantes sobre la evaluación educativa. Velar por las adecuaciones curriculares que tengan necesidades educativas especiales. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Proyecto Educativo Institucional

Perfil: -

Capacidad de análisis Investigación Deseo de capacitación y actualización Creatividad Organización Puntualidad

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Innovación educativa

B. OTROS ORGANISMOS DE PARTICIPACIÓN 1. DEFINICIÓN Y FUNCIONES DEL COMITÉ DE CALIDAD: Definición: El Comité de Calidad es un órgano interno de apoyo a la gestión directiva en materia de planeación, programación, ejecución y evaluación de los diversos procesos que aportan a la gestión educativa y al mejoramiento institucional con base en las políticas educativas y las asesorías externas para el fortalecimiento de la institución y el servicio de una educación con calidad. Lo integran siete comisiones de trabajo: Directiva, coordinación, clima escolar, logística, evaluación – medición – seguimiento, conceptualización, comunicaciones, sistematización – documentación. En estas comisiones participan diferentes miembros de la comunidad educativa. Funciones: -

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Asesorar a la dirección en la planeación, programación, ejecución, control y evaluación de los procesos de la gestión educativa: académicos, directivos, administrativos y comunitarios con base en el Plan de Mejoramiento. Diseñar y actualizar el Plan de Mejoramiento institucional y hacer seguimiento a los procesos educativos. Recomendar a la dirección programas, acciones y tareas que se pueden desarrollar en pro de una educación con calidad en los diversos referentes de la gestión educativa. Conocer las acciones preventivas y correctivas de los procesos. Conocer los resultados de las auditorias que en materia de certificación o mantenimiento de la ley se ejecuten. Conocer y divulgar el Plan de Mejoramiento. Aprobar el reglamento interno del Comité de Calidad. Resolver las dudas que se presenten en el Plan de Mejoramiento. Acompañar el desarrollo de los procesos con base al perfil de las comisiones de trabajo.

Perfil:

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Conocimiento de la institución educativa: Proyecto Educativo Institucional, Plan de Mejoramiento, Procesos de la Gestión Educativa. Comunicación oportuna Apertura al cambio Flexibilidad en los procesos Identidad con el horizonte institucional Proyección a la comunidad educativa Liderazgo positivo Lealtad con la institución

2. DEFINICIÓN DEL CONSEJO DE PROFESORES. Definición Consejo de Profesores: es un órgano interno de apoyo a la institución, cuya función es liderar los procesos académicos, culturales, psicológicos, sociales y afectivos de los estudiantes, padres de familia o acudientes, de manera que puedan brindar toda su experiencia pedagógica direccionada a la solución concertada de dificultades que se vayan presentando en la convivencia escolar.

DEFINICIÓN Y FUNCIONES DEL EL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA: Definición Consejo de Padres: es un organismo colegiado de carácter natural, tiene la misión de asegurar la continua participación de los padres y acudientes en el proceso pedagógico del establecimiento velando por el servicio de la educación con calidad. El Consejo de Padres es reglamentado por el Decreto 1286 de 2005. Está integrado por uno y hasta tres representantes de los padres de familia de cada uno de los grados que ofrece la institución, elegido por votación entre ellos mismos. Funciones -

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Participar en las reuniones de Comité de Convivencia y las Comisiones Académicas de cada grado, de acuerdo a las normas legales vigentes o las que las sustituyan. Definir su propio reglamento.

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Llevar registro de actas de reuniones Estimular el buen funcionamiento de la institución. Velar por la calidad educativa Colaborar con el rector en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y pruebas de Estado. Ser veedor de los procesos educativos ejecutados en la institución Ser conciliador en las dificultades presentadas en las relaciones profesor – alumnos – padres de familia Investigar y estar actualizado en las políticas educativas vigentes Colaborar y ser gestor de Proyectos Educativos que afiancen el desarrollo integral de los estudiantes Apoyar actividades en el orden institucional: comunitarios, cívicos, pedagógicos, culturales, otros. Participar a través de un delegado en las reuniones de Consejo Directivo Participar en la elaboración de planes de Mejoramiento y en el logro de los objetivos propuestos. Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la institución educativa. Presentar propuestas de mejoramiento al Manual de Convivencia en el marco de la Constitución y la Ley. Presentar propuestas de mejoramiento al Proyecto Educativo Institucional, que surjan de los padres de familia, de conformidad con lo previsto en las normas legales vigentes o las que las sustituyas.

Perfil: -

Conocer la misión, visión, filosofía, valores y principios institucionales e identificarse con los mismos. Tener sentido de pertenencia con la institución educativa. Brindar un manejo asertivo en las relaciones humanas Tener prudencia frente al manejo de la información Manejar un liderazgo positivo Compromiso en las reuniones y participación en los procesos de una manera activa

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4. EL COORDINADOR: Es el directivo docente que colabora al rector en las labores propias de su cargo y en las funciones de disciplina de los alumnos o en funciones académicas o curriculares no lectivas (Artículo 6º del decreto Ley Nº 1278).

Funciones: -

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-

La atención a los estudiantes en aspectos académicos, de evaluación, promoción y disciplina. Para tal efecto los estudiantes se podrán agrupar por conjuntos de grados. Trabajar en el equipo directivo en el cumplimiento del horizonte institucional. La orientación en el proceso de diseño, elaboración, sistematización, implementación, del plan de estudios, los proyectos de aula y velar por su cumplimiento. La interacción y participación de la comunidad educativa para conseguir el bienestar colectivo de la misma. Para ello, podrá impulsar programas y proyectos que respondan a las necesidades y conveniencias. Velar por la disciplina y el cumplimiento de las normas de convivencia logrando el acompañamiento y exigencia de los docentes y padres de familia. Participar en comités donde sea requerido. Colaborar con el rector(a) en la planeación y evaluación institucional y evaluación de desempeño docente. Coordinar el proceso de dinamización, ejecución y divulgación del PEI en la comunidad educativa. Dirigir la planeación y programación académica, de acuerdo con los objetivos y competencias Establecer canales y mecanismos de comunicación. Orientar la implementación de acciones para el fortalecimiento del rendimiento académico. Asesorar permanentemente a los docentes y los diferentes estamentos de la comunidad en asuntos pedagógicos y de convivencia. Presidir las comisiones Académicas y de convivencia por delegación del rector (a). Dirigir reuniones de orden académico y de convivencia. Dirigir y supervisar la ejecución y evaluación de las actividades académicas. Hacer cumplir las normas académicas y propiciar un acompañamiento a los estudiantes, padres de familia y acudientes. Mantener informado al rector de la planeación académica y ejecución de la misma. 46


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Programar la asignación académica de los docentes y elaborar el horario general de clases de la institución y presentarlos a rectoría para su aprobación. Fomentar la investigación científica para el logro de los propósitos educativos. Administrar al personal a su cargo de acuerdo con las normas vigentes. Presentar a rectoría las necesidades de material didáctico. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo. Vigilar que los educadores apliquen las adecuaciones curriculares en los casos especiales que lo requieran. Favorecer la comunicación con todos los miembros y estamentos de la comunidad educativa. Llevar los registros y controles de acompañamiento académico y disciplinario de los estudiantes remitidos por los docentes, teniendo en cuenta el debido proceso. Mantener informado al recto (a) sobre las dificultades y aciertos que se presenten en la institución. Realizar reuniones periódicas con los docentes para planear, organizar y ejecutar las diferentes actividades institucionales. Escuchar las iniciativas y reclamos de los estudiantes con respeto y darle el trámite correspondiente según el debido proceso. Revisar los libros reglamentarios que llevan los docentes en la institución: Desarrollo curricular, diario de campo, plan de aula, hojas de vida, proyectos. Mantenerse actualizado de la programación de las actividades institucionales. Velar porque los criterios de evaluación y las estrategias metodológicas estén de acuerdo con el modelo pedagógico y el sistema institucional de evaluación. Participar en actividades que propicien el mejoramiento de la calidad en la institución. Cumplir con las demás funciones asignadas por el rector (a) en delegación de sus funciones. Armonizar la vida institucional buscando estrategias de acercamiento y participación con los miembros de la comunidad educativa. Acompañar las actividades comunitarias con la presencia de los docentes. Autorizar la salida de los estudiantes con verificación del acudiente o padre de familia.

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Asignar los acompañamientos de los docentes en los descansos pedagógicos de los estudiantes. Velar por el mobiliario y aseo de la planta física, con el acompañamiento de docentes y estudiantes. Citar a padres de familia y/o acudientes y estudiantes para acompañar el proceso de formación. Velar por el normal desarrollo de la jornada escolar. Coordinar el control de ingreso de los estudiantes en la primera hora de clase con el apoyo de los dicentes. Apoyar los consejos de estudiantes y de padres para fortalecer la participación y cumplimiento de sus funciones. Apoyar al personero en su plan de trabajo (en cuanto al cumplimiento de derechos y deberes). Conocer la problemática de los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales para ser tenidos en cuenta en las Comisiones de convivencia y académicas y hacer el seguimiento de su proceso formativo.

5. DIRECTOR DE GRUPO es el educador(a) encargado(a) de planear la administración de los alumnos de su grupo asignado, ejecutar programas de inducción y realizar acciones de carácter formativo así como de seguimiento en lo comportamental y académico, de sus alumnos. Funciones: -

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Hacer su Proyecto de Dirección de Grupo y administración de aula de clase. realizar la orientación de grupo según se propone. Informar oportunamente a los estudiantes sobre horarios y actividades escolares. Participar en la elaboración del planeamiento y programación de alumnos, teniendo en cuenta sus condiciones socioeconómicas y características personales Realizar un diagnóstico escolar completo teniendo en cuenta los lineamientos de la matrícula y la población vulnerable, entendiendo esta como desplazados, diagnóstico de necesidades educativas especiales, discapacidad, talentos. Hacer el diagnóstico del estilo y ritmo de aprendizaje de los estudiantes que integran su grupo a cargo. Ejecutar el programa de inducción de los estudiantes del grupo confiados a su dirección

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Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de sus efectos en los estudiantes Controlar la firma de entrega de los informes o notas enviadas a los padres de familia o acudientes por los mismos estudiantes. Promover el análisis de las situaciones conflictivas de los estudiantes y lograr en coordinación con otros estamentos, las soluciones más adecuadas como segunda instancia del conducto regular establecido en el Manual de Convivencia. Establecer comunicación permanente con los docentes y padres de familia o acudientes para coordinar la acción educativa Diligenciar las hojas de vida, el control y seguimiento de los estudiantes del grupo a su cargo, en coordinación con los servicios de bienestar. Participar en los programas de bienestar para los estudiantes del grupo a su cargo. Rendir periódicamente un informe de las actividades y programas realizados al coordinador(a) de la institución. Responder por el inventario de los enseres ubicados en su aula de clase. Socializar los diagnósticos y las sugerencias para el manejo escolar dadas por el profesional en salud. Vigilar que los educadores estén aplicando las adecuaciones curriculares a la población con discapacidad o necesidades educativas especiales y talentos. Socializar con los educadores diagnósticos especiales con las recomendaciones específicas y anexar dicho informe a la hoja de vida del alumno. Velar por la buena presentación del aula de clase. Las demás que a juicio del rector(a) o Gobierno Escolar sean necesarias. Diligenciar formatos, informes y demás que se soliciten a través de Secretaría de Educación y coordinadores.

6. DOCENTES JEFES DE AREA Es el educador(a) encargado(a) de coordinar el plan de estudios de asignatura o áreas del conocimiento.

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FUNCIONES DE LOS DOCENTES JEFES DE AREA -

Establecer comunicación directa y permanente con los docentes del área y los coordinadores. Conformar y dirigir comunidad académica. Revisar el plan de área y realizar los ajustes de ley (trabajo de equipo de área) Planear y ejecutar los proyectos de área con la participación de los docentes. Asignar responsabilidades entre los docentes del área y fortalecer el trabajo en equipo. Orientar el diseño de evaluaciones y talleres del área por grado. Asistir a las reuniones del Consejo Académico. Motivar la utilización de las Tic y estrategias metodológicas activas. Programar las salidas pedagógicas del área para presentarlas al Consejo Directivo para su aprobación. Buscar estrategias de gestión y alianzas para fortalecer el trabajo del área. Informar a los docentes del área los compromisos y responsabilidades asignadas. Dirigir y orientar las reuniones del área dejando evidencias del trabajo con las actas. Motivar la reflexión y evaluación permanente del proceso de aprendizaje del área. Motivar proyectos de investigación y sistematización de experiencias propias del área. Informar las fechas asignadas para las evaluaciones de periodo, actividades especiales d recuperación. Orientar la implementación de adecuaciones y adaptaciones para estudiantes con mayor dificultad. Realizar actas de reuniones y llevar evidencias del trabajo del área. Establecer indicadores de calidad desde el área, apuntando a las pruebas ICFES y pruebas SABER. Fortalecer el trabajo del área, formando comunidad académica.

7. EL PERSONERO ESCOLAR: es un alumno del grado 11º elegido por votación popular de todos los alumnos del establecimiento, para cumplir la función de promover el cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes.

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Funciones: -

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Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para ello podrá utilizar los medios de comunicación interna de la institución, pedir la colaboración del consejo estudiantil, organizar foros y otras formas de deliberación. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre lesiones de sus derechos y la que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes. Presentar ante el rector(a) o director administrativo, las solicitudes que considere necesarias para proteger los derechos del estudiante y facilitar el cumplimiento de sus deberes. Presentar los recursos necesarios o extraordinarios consagrados en la ley o en el manual de convivencia, ante los funcionarios o instancias correspondientes, respecto de las decisiones que nieguen o satisfagan completamente las solicitudes realizadas. Cuando considere necesario apelar ante el Consejo Directivo u organismo que haga sus veces, las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio. Participar en las reuniones de Consejo Directivo cuando sea invitado. Ser defensor de los derechos de los estudiantes y ser veedor de que se le esté aplicando el debido proceso. Debe contar con un espacio para la atención oportuna de las necesidades de los estudiantes y tener un horario estable para la atención al alumno.

Perfil del Personero Estudiantil: -

Ser un líder positivo, dinámico, creativo y que su programa sea realizable, coherente y acorde con la realidad institucional. Tener buenas relaciones con los diferentes miembros de la comunidad educativa Tener conocimiento del Manual de Convivencia Haber cursado en la institución por lo menos los dos últimos años inmediatamente anteriores, y conocer el entorno de la realidad escolar Presentar un proyecto de su plan de trabajo en rectoría, para lanzar su candidatura Cursar actualmente el grado decimoprimero

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Saber escuchar. Ser solidario y tolerante con todos, honesto, sincero y leal consigo mismo, con los compañeros y la institución. Conocer el debido proceso para poder opinar en los casos No tener en los dos últimos años contrato pedagógico o seguimiento académico o comportamental. Ser ejemplo en cumplimiento de deberes y derechos.

Es derecho de personero que le sean asignados trabajos académicos especiales cuando esté cumpliendo con sus funciones, lo cual no lo exime del cumplimiento de sus deberes. Debe asistir a las capacitaciones donde sea requerido para fortalecer su rol. 8. EL REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES Y CONSEJERO ESCOLAR: En los consejos directivos de los establecimientos de educación básica y media del Estado habrá un representante de los estudiantes de los tres (3) últimos grados, escogido por ellos mismos, de acuerdo con el reglamento de cada institución. En la organización interna de la institución, cada grupo tiene un representante cuya función básica es participar en la aplicación de correctivos contemplados en el Manual y en la evaluación del grupo en los aspectos académicos y de comportamiento general. Funciones: -

Asistir al Consejo Directivo Dirigir al Consejo Estudiantil Responsabilizarse de tramitar las propuestas de los estudiantes en el proceso de reforma del manual de convivencia Aportar desde su visión de estudiante en los temas y casos analizados en el Consejo Directivo. Es derecho del representante de estudiantes que le sean asignados trabajos académicos especiales cuando esté cumpliendo con sus funciones, lo cual no lo exime del cumplimiento de sus deberes.

Perfil Representante de Grupo: -

Ser un líder positivo Saber escuchar. Conocer el Manual de Convivencia

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Haber cursado en la institución por lo menos los dos últimos años inmediatamente anteriores, y tener conocimiento del entorno escolar Presentar un proyecto de su plan de trabajo en rectoría, para lanzar su candidatura Cursar actualmente el grado decimoprimero. Hacer buen uso del cargo de representante de grupo y representante estudiantil Ser puntual en las reuniones EL CONSEJO DE ESTUDIANTES es el órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos. Está integrado por los representantes de grupo.

Funciones: -

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Decidir su propia organización interna: elegir presidente, vicepresidente y secretario Colaborar al personero estudiantil Promover y sugerir actividades en bien de la formación integral de los estudiantes representándolos ante los diferentes estamentos de la comunidad educativa. Participar en la toma de decisiones del Consejo Directivo por medio del representante electo. Proponer reformas al Manual de Convivencia Llevar un libro de actas que de cuenta del proceso. Presentar balances periódicos de su gestión y un informe general al fin del año a la comunidad educativa Reunirse como mínimo una vez por mes para evaluar y proponer estrategias para el crecimiento personal y grupal de todos los estudiantes de la institución educativa. Darse su propio reglamento y organización interna Elegir y asesorar al Representante de los Estudiantes ante el Consejo Directivo y asesorarlo en el cumplimiento de su representación.

Perfil: -

Tener liderazgo positivo Conocer el Manual de Convivencia Conocer el entorno escolar Hacer buen uso del cargo de representante de grupo

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Saber escuchar Velar por un buen clima escolar Asistir puntualmente a las reuniones CONTRALOR ESCOLAR: Es el estudiante encargado de promover y actuar como veedor del buen uso de los recursos y de los bienes públicos de la institución educativa a la cual pertenece, como mecanismo de promoción y fortalecimiento de control social en la gestión educativa y espacio de participación de los estudiantes, con el fin de fomentar la transparencia en el manejo de los recursos públicos.

Funciones: -

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Contribuir a la creación de la cultura de control fiscal, del buen uso y manejo de los recursos públicos y bienes de la institución educativa. Velar porque los procesos de contratación que realiza la institución educativa, contribuyan al mejoramiento de la calidad. Propiciar acciones concretas y permanentes, de control social a la gestión de la institución educativa Promover la rendición de cuentas de la institución educativa Canalizar las inquietudes que tenga la comunidad educativa sobre deficiencias o irregularidades en la ejecución del presupuesto o el manejo de bienes de la institución educativa Poner en conocimiento del organismo de control competente, las denuncias que tengan merito, con el fin de que apliquen los procedimientos de investigación que resulten procedentes. Comunicar a la comunidad educativa los resultados de la gestión realizada durante el periodo Conocer el Proyecto Educativo Institucional, el Plan de Mejoramiento, el presupuesto y el plan de adquisiciones de la institución educativa Velar por el cuidado del medio ambiente Promover en la comunidad educativa programas que incentiven el uso racional de los recursos Presentar un plan de trabajo de su gestión, con base a las actividades y objetivos definidos en los instrumentos de la contraloría general. Seguir el conducto regular de comunicación frente a las presuntas inconsistencias surgidas por la contraloría general

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Conservar una actitud personal frente a las normas sociales, internas del Manual de Convivencia y en general mantener un buen comportamiento con sentido de pertenencia.

Perfil: -

Ser un líder positivo Tener conocimiento del Manual de Convivencia Tener conocimiento del Proyecto Educativo Institucional Tener conocimiento del Plan de Mejoramiento Tener conocimiento del Plan de Compras Ser un estudiante honesto, con sentido de pertenencia con la institución No tener contratos pedagógicos Ser respetuoso del conducto regular

11. COMITÉ DE MEDIACIÓN: Es un mecanismo alternativo de solución de conflictos a través del cual dos o más personas, gestionan por si mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral denominado conciliador o facilitador. Esta estrategia se plantea para el manejo del conflicto interpersonal entre pares con la posibilidad de transformación de la relación existente entre jóvenes que participan de una controversia, diferencia y del conflicto mismo. Funciones: -

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Tomar las decisiones y resolver en primera instancia los conflictos de convivencia que se presentan en la comunidad educativa. Diseñar, aplicar y hacer cumplir los instrumentos necesarios para desarrollar la conciliación. Presentar ante el Consejo Directivo programas que faciliten la toma de conciencia respecto a los valores humanos, derechos que sean coherentes con el bienestar social y personal y llevarlos a la práctica una vez sean aprobados. Presentar sugerencias para preservar la salud física y mental de los miembros de la comunidad educativa. Desarrollar estrategias que generen sentido de pertenencia en la comunidad educativa hacia la institución. Velar por la sana convivencia entre los miembros que conforman la institución educativa.

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Evaluar los procesos desarrollados verificando el impacto de la conciliación a las dificultades presentadas. Divulgar los derechos fundamentales, sexuales y reproductivos en pro de una formación integral. Velar porque se respete y se garantice el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes. Sistematizar el trabajo realizado e informar al comité de convivencia de los avances realizados.

Perfil: -

Generar un ambiente de confianza. Tener capacitación en conciliación de conflictos. Generar empatía. Capacidad de escucha Prudencia Liderazgo positivo

12. COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR: Todas las instituciones educativas y centros educativos oficiales y no oficiales del país deberán conformar el comité escolar de convivencia, encargado de apoyar la labor de promoción y seguimiento a la convivencia escolar, a la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, así como del desarrollo y aplicación del manual de convivencia y de la prevención y mitigación de la violencia escolar. Integrantes:

El Comité Escolar de Convivencia estará conformado por: -

El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité. El personero estudiantil. El docente con función de orientación. El coordinador cuando exista este cargo. El presidente del consejo de padres de familia. El presidente del consejo de estudiantes. Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.

Funciones:

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Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de la ley 1620, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Manual de Convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la

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Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía. Clasificación de las situaciones. Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los Derechos Humanos, sexuales y reproductivos, se clasifican en tres tipos: I, II, III. 1. Situaciones Tipo I. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud. 2. Situaciones Tipo II. Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características: a. Que se presenten de manera repetida o sistemática. b. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados. Situaciones Tipo III. Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro II de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la Ley penal Colombiana vigente. Protocolo para la atención de Situaciones Tipo III. Los protocolos de los establecimientos educativos para la atención de las situaciones tipo III a que se refiere el numeral 3 del artículo 40 del presente Decreto, deberán desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento: 1. En casos de daño al cuerpo o a la salud. Garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.

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2. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia. 3. El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia. 4. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del comité escolar de convivencia en los términos fijados en el manual de convivencia. De la citación se dejará constancia. S. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente. 6. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el comité escolar de convivencia adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia. 7. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del Comité Escolar de Convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el hecho. 13. COMISION DE CONVIVENCIA: Es el que analiza los casos de superación o dificultad disciplinaria del estudiantado. Lo preside el rector o en su delegación el coordinador y en él participan: los directores de grupo, el representante de grupo, el padre de familia elegido por el grupo. Funciones: - Identificar diferentes situaciones individuales y/o grupales de los estudiantes del grado en aspectos disciplinarios - Determinar las actividades pedagógicas especiales que se deben adelantar para superar las dificultades de comportamiento de los estudiantes y hacerle seguimiento

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Reconocer los estudiantes sobresalientes determinando quienes reciben estímulos especiales de parte de la institución con base al perfil del estudiante ideal Analizar de una manera crítica constructiva los casos que requieren seguimiento y control institucional por problemas de comportamiento Hacer las remisiones pertinentes para la asesoría de casos especiales de comportamiento Llevar registro de actas de reuniones Participar del juicio valorativo en conjunto con los demás miembros del gobierno Escolar al finalizar cada periodo Debe tener conocimiento de los casos con necesidades educativas especiales y sus adecuaciones curriculares o de aula para su manejo oportuno.

14. LA COMUNIDAD EDUCATIVA está constituida por las personas que tienen responsabilidades directas en la organización, desarrollo y evaluación del Proyecto Educativo Institucional que se ejecuta en un determinado establecimiento educativo. La integra: Directivos Docentes, Docentes, Administrativos, Alumnos, Padres de Familia, Exalumnos. 15. COMITÉ DE EGRESADOS está conformado por bachilleres de la institución. Tiene la función de propiciar y desarrollar acciones de orientación profesional en la Institución Educativa y, participar en las distintas actividades culturales de la institución educativa. Los organismos señalados en este capítulo tienen funciones determinadas por la ley, las normas de carácter nacional, departamental, municipal y las asignadas por el Consejo Directivo.

16. COMISIÓN DE PROMOCIÓN. Es la encargada de determinar la promoción o no de los estudiantes de cada grado, de acuerdo con los informes que entregue la comisión de evaluación, teniendo en cuenta los criterios establecidos para tal fin. Funciones: -

Analizar y decidir los casos de promoción de los estudiantes que hayan alcanzado los logros previstos para el respectivo grado

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Decidir la promoción anticipada de los estudiantes que demuestren persistentemente la superación de los logros previstos y el óptimo desarrollo de cada una de las dimensiones de desarrollo humano. Determinar la relación de las actividades especiales de recuperación en las áreas en las cuales se presentan deficiencias e insuficiencias significativas de acuerdo al comité de evaluación para ser presentadas en el mes de enero luego de terminado el año lectivo. Determinar la no promoción de los estudiantes según los términos de la legislación escolar y del reglamento interno.

17. REVOCATORIA DEL MANDATO: Los estudiantes elegidos por voto (personero y representantes estudiantiles), serán removidos de su cargo, cuando incumplan con el Manual de Convivencia, con las funciones propias de su cargo, manifiesten una actitud opuesta a la filosofía institucional, atenten contra los derechos y deberes de los estudiantes, directivas, educadores y empleados; también por el incumplimiento de sus programas o por bajo rendimiento académico o comportamental. Un representante estudiantil deberá renunciar a sus funciones cuando incumple con el perfil por el cual fue elegido y el respectivo director de grupo deberá convocar a una nueva elección.

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Convivencia es la acción de convivir: Vivir en compañía de otro u otros. En su definición más amplia, se trata de compartir la existencia pacífica y armoniosamente entre humanos en un mismo espacio.

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CAPITULO IV A. DERECHOS Y DEBERES 1. DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES: 1.1 Derechos Constitución Política y de la Ley 1098 de 2006 (Código de la Infancia y la Adolescencia): Los niños y los adolescentes tienen derecho: -

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A la vida con calidad y a un ambiente sano. Art. 17 A la integridad personal. Art. 18 A que se les apliquen las garantías del debido proceso. Art. 26 A una educación de calidad. Art. 28 Al descanso, esparcimiento, al juego y demás actividades recreativas propias de su ciclo vital y a participar en la vida cultural y las artes. Art. 30 A la atención de las adecuaciones curriculares para los niños y los adolescentes que presenten necesidades educativas especiales. Art. 36 A recibir un trato digno y de respeto por los miembros de la comunidad educativa. A que se le respete su identidad e intimidad personal y familiar. (Art: 20. C.P.) A que se le respete su buen nombre. (Art. 15. C.P.) A la honra (Art. 21. C.P.) Al libre desarrollo de la personalidad. Art. 16. C.P.) A la libertad de culto y conciencia religiosa (Art. 18,19. C.P.) A la igualdad, a no ser menospreciado, y por el contrario, a ser valorados por sus capacidades (Art. 13 C.P.) Al libre desarrollo de la personalidad. (Art. 16. C.P.)

1.2 Derechos Institucionales: -

A recibir un trato digno y de respeto por los miembros de la comunidad educativa. A tener los enseres necesarios para recibir un óptimo servicio educativo. A estudiar en un medio ambiente limpio que propicie la salud, el orden, la disciplina y el reciclaje. A recibir cuarenta (40) semanas de actividad lectiva, anualmente.

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A que se le oriente en el manejo y solución de problemas de manera oportuna y conciliadora. A participar de manera democrática en la elección del Gobierno Escolar A disfrutar de los descansos pedagógicos A recibir el título de Bachiller Académico o Bachiller Media Técnica. A recibir respeto a sus diferencias étnicas, religiosas e ideológicas A recibir asesoría psicológica cuando presente problemas que afectan su desarrollo y salud mental. A acceder al Restaurante Escolar dentro de los requisitos para tal beneficio. A representar la institución educativa en eventos culturales, académicos, científicos, artísticos, religiosos y otros. A identificarse en cualquier lugar como estudiante con el carne de la institución educativa. A Hacer sugerencias para la buena marcha de la institución. A disfrutar de la planta física, de sus implementos, de sus dependencias y servicios de acuerdo con el tiempo reglamentario. A usar los canales de comunicación que usa la institución. A participar en las diferentes agrupaciones de tipo institucional planeadas en el proyecto educativo institucional. A conocer el horizonte institucional para desarrollar el sentido de pertenencia institucional A solicitar certificados de valoración y constancias de estudio a la secretaria del plantel. Derechos Académicos y formativos

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o A conocer oportunamente el sistema de evaluación y promoción de la institución. A conocer oportunamente los logros académicos con la posibilidad de ser escuchado antes de aplicar un correctivo académico o pedagógico. A presentar actividades especiales de recuperación cuando sea necesario y citado. A evaluar con el docente las deficiencias y logros académicos asumiendo correctivos tempranos en prevención de la mortalidad académica. A tener en cuenta las excusas justificadas y presentadas oportunamente cuando no se pudo presentar una evaluación o trabajo. A recibir información oportuna sobre las actividades de la institución y una programación dosificada de las responsabilidades académicas

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.A Tener acceso a la ficha del estudiante para enterarse de la hoja de vida escolar. A participar en la autoevaluación personal. A ser premiado y reconocido públicamente por sus logros académicos y/o aspecto comportamental. A conocer los logros académicos de cada área por periodo. A presentar los trabajos o evaluaciones después de las ausencias justificadas dentro de las fechas y horas establecidas por el profesor del área y la coordinación académica A ser evaluado de forma justa y objetiva de acuerdo con las disposiciones legales y vigentes. A conocer las actividades curriculares, los horarios de clase y las fechas de evaluación. A recibir asesoría necesaria para un mejor rendimiento académico por parte del profesor. A tener de manera completa las clases de acuerdo con su intensidad horaria. A ser informado con la debida anticipación acerca de la modificación de horarios, entrega de implementos, equipos y de aquellos materiales que deben traerse o dejarse en casa para algunas actividades especiales. A recibir oportunamente sus evaluaciones para que pueda realizar los reclamos pertinentes. A solicitar su intervención en el Consejo Académico cuando lo considere necesario A utilizar el conducto regular: docente del área, docente titular, coordinación académica, rectoría; acompañado de su acudiente según el caso

1.4 Derechos de la convivencia escolar -

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A conocer el Manual de Convivencia institucional A ser informado sobre los comportamientos que afectan la convivencia escolar y que merecen recibir orientación, para dar solución a la situación problema o aplicación de correctivos A obtener de coordinación el permiso para ser excusado de ausencias de la institución por razones justas, suficientemente demostrada por escrito, enviado por sus padres o acudientes y debidamente firmado con número telefónico y cedula.

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A participar de las salidas pedagógicas autorizadas por Consejo Directivo A utilizar el conducto regular: docente de área, docente titular, coordinación, rectoría, acompañado de su acudiente según el caso. A recibir estimulo según su comportamiento. A Recibir un trato justo, respetuoso y cordial.

DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

2.1 Deberes Académicos y formativos -

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Presentar responsable y puntualmente evaluaciones, trabajos, tareas, consultas y demás actividades pedagógicas que se le asignen. Esforzarse por obtener un excelente rendimiento académico. Solicitar en la coordinación los permisos necesarios para ausentarse, llegar tarde o no asistir al plantel, solicitados directamente por padres o acudientes por escrito, debidamente firmado con número telefónico y cedula Ser retirado de la institución temporal o definitivamente por los padres o acudientes en forma personal y por causas justificadas. Permanecer en el aula de clase así no haya profesor y acatar las observaciones hechas por el representante de grupo. No permanecer por fuera del aula de clase, ni en los corredores. Permanecer durante los descansos previamente determinados, manteniendo el orden, la tranquilidad y los buenos modales. En caso de ausencia de la institución o de clase, el estudiante debe responder por los contenidos trabajados en ella y por las tareas propuestas, luego de presentar la excusa por escrito, enviada por los padres o acudientes y debidamente firmada con número telefónico y cedula. Cumplir con el horario de clase y las actividades recreativas, pedagógicas y culturales y demás que se programen en la institución. Participar activamente de las clases, fomentando ambientes tranquilos que favorezcan la concentración, escucha y aprendizaje. Una vez obtenido un diagnóstico entregar copia a la asesora psicológica y director de grupo para poder hacer las adecuaciones curriculares en pro del desarrollo humano y de aprendizaje del estudiante.

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Cuidar la decoración carteleras o avisos que se exhiban para informar o completar el proceso formativo Permanecer dentro del aula de clase mientras se están dictando las clases Ser puntual en la jornada establecida en la Institución Educativa. No ausentarse del aula de clase y de la institución sin previa autorización. Evitar traer o vender artículos como mp3, mp4, celulares y otros elementos similares a la institución ya que son factores de distracción del trabajo académico y alto riesgo de hurto por el cual la institución educativa no responde. Evitar perder tiempo o hacerlo perder a sus compañeros o docentes. Presentar cumplidamente las actividades especiales de recuperación asumidas con seriedad y compromiso. Participar de forma responsable y puntual en las actividades escolares y académicas. Desarrollar los logros académicos y observar el comportamiento esperados por la institución educativa de manera oportuna. Tener conocimiento de los reconocimientos por sus logros y de los correctivos con base en las faltas cometidas. Cumplir con las responsabilidades académicas y disciplinarias que exige el docente con base en la asesoría del profesor y orientación del mismo. Ser honesto en el manejo de la herramienta de autoevaluación. Mantener responsablemente sus útiles escolares y demás materiales de la institución, indispensables para el normal desarrollo de las áreas. Utilizar el conducto regular: docente del área, docente titular, coordinación, rectoría; acompañado de su acudiente según el caso. Considerar a sus profesores como guías y orientadores en el proceso formativo guardando respeto y confianza que se merece. Actuar con honestidad y rectitud evitando el fraude, la compra de trabajos, la suplantación y alteración de informes, presentar las evaluaciones de forma seria. Cumplir con el servicio social obligatorio: estudiantes de grado 10 y 11. Cumplir con los requisitos disciplinarios y académicos para graduarse en acto ceremonioso. De lo contrario, se gradúa por ventanilla

2.2 Deberes sociales -

Respetar la vida propia y de los demás.

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Contribuir con su comportamiento a la construcción de un clima escolar de bienestar. Mantener relaciones cordiales y respetuosas con docentes, compañeros, personal directivo, administrativo y de servicios generales. No consumir ni expender drogas. No generar ambiente de acoso u hostigamiento escolar. Tener hábitos de vida saludables. Abstenerse de portar y consumir cigarrillos o sustancias psicoactivas Participar en las actividades lúdicas, culturales, recreativas, artísticas a los cuales sea invitado con responsabilidad. Hacer buen uso del tiempo libre a través de la recreación, deporte, cultura, lectura, aportando a su sano desarrollo. Respetar los organismos democráticos que tiene la institución. No entrar a la Sala de Profesores si no esta autorizado. Valorar y comer los alimentos administrados en el Restaurante Escolar y tener el comportamiento idóneo en el comedor. Usar un vocabulario respetuoso y correcto. Dar a conocer su talento cultural, deportivo, artístico, académico, científico, otros para poder hacer uso del derecho de la participación. Cuidar los enseres del establecimiento y responder por los daños ocasionados. Mantener limpias las aulas de clase y las dependencias de la institución. No rayar paredes, ni pupitres. Portar permanentemente el carne estudiantil de la institución, EPS o Sisben. Proyectar en todo momento la buena imagen de la institución. Acatar las normas de convivencia y las orientaciones de los docentes, directivos docentes y administrativos en todos los lugares. Entregar a sus padres o acudientes los informes, circulares, citaciones envidas por la institución educativa, y regresar la citación firmada por el acudiente. Presentarse a diligenciar el proceso de matrícula en las fechas, horas señaladas y con todos los requisitos. Propender por el bien común. Asumir actitud de servicios frente a los demás y de solidaridad ante las calamidades que se presenten en la institución educativa. Respetar las diferencias individuales. Realizar el aseo del salón de clase.

2.3 Deberes de la convivencia escolar

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Conocer y cumplir las normas estipuladas en el Manual de Convivencia. Conocer el debido proceso y cumplir con el conducto regular para la solución del problema. Tener un buen comportamiento y respeto en las distintas dependencias de la institución. Contribuir con las cinco (5) eses (s) en el establecimiento educativo: salud, orden, aseo, utilidad, disciplina Informar si tiene una enfermedad contagiosa o infecto contagiosa. Mantener una buena higiene y presentación personal No hacer rifas, ni vender artículos dentro de la institución educativa Respetar los símbolos representativos de la Institución Educativa y de la Patria, sus valores culturales y étnicos Usar el uniforme de diario y de Educación Física de manera adecuada. Practicar los valores institucionales Estar dispuesto al diálogo asertivo para fortalecer las relaciones y superar los conflictos. Utilizar correctamente las instalaciones de la institución. Conservar el orden y el silencio en formaciones y actos comunitarios. Cumplir con las responsabilidades que implica ser elegido como integrante del Gobierno Escolar Consumir alimentos en las horas de descanso y no en las horas de clase. Permanecer en la institución durante toda la jornada escolar. Respetar los objetos ajenos y entregarlos al director de grupo o coordinación del plantel si se los encuentra Expresar de manera asertiva sus ideas y creencias sin perjuicio de los demás. Evitar practicar juegos bruscos que atenten contra la integridad física propia o ajena. Respetar a compañeros y profesores evitando poner apodos, amenazas verbales, telefónicas, escritas o insultos en cualquier medio electrónico: correo, facebook, msn, otros. Solicitar el servicio de asesoría psicológica y ser honesto en la descripción de su problema y sintomatología para ser realista en la remisión externa en caso de ser necesario y la acertada orientación a la solución del problema Evitar el porte de armas o el uso de útiles escolares como elementos agresivos, que puedan causar daños a la integridad de otros.

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No falsificar firmas de padres de familia, acudientes, compañeros, docentes o directivos. Reconocer y aceptar la ayuda que le proporcionan los compañeros, docentes y personas afines del proceso educativo. Celebrar los cumpleaños sin tirar huevos, harina, agua u otros materiales que sean desagradables. Guardar lealtad con la institución y sus miembros evitando comentarios y conductas que lesionen su buen nombre. Respetar las filas o turnos para la compra de alimentos, y fotocopias en cafetería y papelería Comprar en la cafetería y papelería solo durante los descansos Informar a coordinación o rectoría oportunamente las irregularidades que se presenten en los diferentes servicios institucionales No propiciar ni participar individual o colectivamente en peleas, ni actos vandálicos, dentro o fuera de la institución.

2.4 Deberes de los estudiantes por fuera de la institución educativa -

El comportamiento fuera de la institución debe corresponder a los principios de educación y de la institución educativa

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Participar en el tratamiento externo que se sugiere para la intervención de la necesidad educativa. Representar a la institución responsablemente en los eventos deportivos, culturales y otros a nivel municipal, departamental, nacional e internacional. En toda presentación por fuera del colegio, el estudiante debe mantener normas de buen comportamiento y buena presentación El comportamiento individual en la calle, en los medios de transporte y sitios públicos, debe ser ejemplar Evitar el uso del uniforme como traje de calle en actos no organizados por la institución Practicar todo tipo de regla de urbanidad que debe conservar un buen ciudadano No destruir el patrimonio cultural o bienes públicos Vivenciar los valores humanos inculcados por la institución Brindar buen trato a todas las personas Proyectar la buena imagen de la institución a la comunidad

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2. PERFIL ESTUDIANTE Nuestro estudiante lo soñamos como un ser autónomo, solidario, honesto, con una autoestima positiva, ordenado, con pensamiento crítico y analítico, reflexivo, empático, responsable, participativo, con motivación escolar, emprendedor y con exigencia académica alta en sus resultados, conquistador de su Proyecto de Vida.

4. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES Según Decreto Nº 1286 de abril de 2005 del Ministerio de Educación Nacional -

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Elegir el tipo de educación que, de acuerdo con sus convicciones, procure el desarrollo integral de los hijos, de conformidad con la Constitución y la Ley. Recibir información del Estado sobre los establecimientos educativos que se encuentran debidamente autorizados para prestar el servicio educativo. Conocer con anticipación o en el momento de la matrícula las características del establecimiento educativo, los principios que orientan el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, el plan de estudios, las estrategias pedagógicas básicas, el sistema de evaluación escolar y el plan de mejoramiento institucional. Expresar de manera respetuosa y por conducto regular sus opiniones respecto del proceso educativo de sus hijos, y sobre el grado de idoneidad del personal docente y directivo de la institución educativa. Participar en el proceso educativo que desarrolle el establecimiento en que están matriculados sus hijos y, de manera especial, en la construcción, ejecución y modificación del proyecto educativo institucional. Recibir respuesta suficiente y oportuna a sus requerimientos sobre la marcha del establecimiento y sobre los asuntos que afecten particularmente el proceso educativo de sus hijos. Recibir durante el año escolar y en forma periódica, información sobre el rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos. Conocer la información sobre los resultados de la pruebas de evaluación de la calidad del servicio educativo y, en particular, del establecimiento en que se encuentran matriculados sus hijos. Elegir y ser elegido para representar a los padres de familia en los órganos de gobierno escolar y ante las autoridades públicas, en los

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términos previstos en la Ley General de Educación y en sus reglamentos. 5. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y ACUDIENTES 5.1. Según Decreto Nº 1286 del 27 de abril de 2005 del Ministerio de Educación Nacional. Con el fin de asegurar el cumplimiento de los compromisos adquiridos con la educación de sus hijos, corresponden a los padres de familia los siguientes deberes: -

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Matricular oportunamente a sus hijos en establecimientos educativos debidamente reconocidos por el Estado y asegurar su permanencia durante su edad escolar obligatoria. Contribuir para que el servicio educativo sea armónico con el ejercicio del derecho a la educación y en cumplimiento de sus fines sociales y legales. Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el manual de convivencia, para facilitar el proceso de educativo. Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua que favorezca la educación de los hijos y la mejor relación entre los miembros de la comunidad educativa. Comunicar oportunamente, y en primer lugar a las autoridades del establecimiento educativo, las irregularidades de que tengan conocimiento, entre otras, en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas. En caso de no recibir pronta respuesta acudir a las autoridades competentes. Apoyar al establecimiento en el desarrollo de las acciones que conduzcan al mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes, especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de mejoramiento institucional. Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como primeros educadores de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos. Participar en el proceso de autoevaluación anual del establecimiento educativo.

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5.2. DEBERES INSTITUCIONALES DE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES. -

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Conocer las normas contempladas en el Manual de Convivencia y contribuir con los correctivos pedagógicos según la falta cometida. Informarse sobre el rendimiento académico y comportamental de su hijo o acudido. Participar en reuniones, capacitaciones y formaciones dirigidas a los padres de familias o acudientes en pro de un desarrollo humano integral y bienestar familiar, dejando firma de su asistencia para su seguimiento. Participar en la elección de Gobierno Escolar y si es elegido asistir a las reuniones que se le convoquen y cumplir con las labores que se le asignen. Participar como miembro activo en el Consejo Directivo, en Asociación de Padres de Familia, en el Consejo de Padres, Comité de Convivencia y otros que se organicen para mejorar el servicio educativo. Ser atendido adecuada y oportunamente por los diferentes integrantes de los estamentos de la institución educativa de acuerdo con el servicio solicitado y los horarios establecidos. Recibir apoyo psicopedagógico en la prevención de riesgos sobre situaciones que dañan la salud mental, rendimiento académico y comportamiento de su hijo o acudido. A ser escuchado por el organismo competente cuando se proceda con correctivos pedagógicos a su hijo o acudido cuando no sea de justicia. A ser informado en caso de que su hijo esté en riesgo de consumo de sustancias psicoactivas. Ser veedor de los procesos de calidad que se desarrollan en la institución educativa y exigir al hijo o acudido que responda a los parámetros de calidad. Asistir a las citas de evaluación y acudir al ente externo al cual fue remitidos para la obtención del diagnóstico y las adecuaciones curriculares según sea el caso Participar de las convivencias de padres de familia. Colaborar con la asistencia de sus hijos a las clases y demás actos programados por la institución, justificando oportunamente sus actividades institucionales. Ingresar a la institución para dialogar con los docentes solicitando cita con anterioridad. Acompañar a los estudiantes de preescolar y primero en el aseo y actividades institucionales.

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5.3. OBLIGACIONES DE LA FAMILIA SEGÚN EL CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA, CAPÍTULO 1, ARTÍCULOS 38 Y 39: La familia tendrá la obligación de promover la igualdad de derechos, el afecto, la solidaridad y el respeto recíproco entre todos sus integrantes. Cualquier forma de violencia en la familia se considera destructiva de su armonía y unidad y debe ser sancionada. Son obligaciones de la familia para garantizar los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes: -

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Protegerles contra cualquier acto que amenace o vulnere su vida, su dignidad y su integridad personal. Participar en los espacios democráticos de discusión, diseño, formulación y ejecución de políticas, planes, programas y proyectos de interés para la infancia, la adolescencia y la familia. Formarles, orientarles y estimularles en el ejercicio de sus derechos y responsabilidades y en el desarrollo de su autonomía. . Promover el ejercicio responsable de los derechos sexuales y reproductivos y colaborar con la escuela en la educación sobre este tema. Incluirlos en el sistema de salud y de seguridad social desde el momento de su nacimiento y llevarlos en forma oportuna a los con-troles periódicos de salud, a la vacunación y demás servicios médicos. Asegurarles desde su nacimiento el acceso a la educación y proveer las condiciones y medios para su adecuado desarrollo, garantizando su continuidad y permanencia en el ciclo educativo. Abstenerse de realizar todo acto y conducta que implique maltrato físico, sexual o psicológico, y asistir a los centros de orientación y tratamiento cuando sea requerida. Respetar las manifestaciones e inclinaciones culturales de los niños, niñas y adolescentes y estimular sus expresiones artísticas y sus habilidades científicas y tecnológicas. Brindarles las condiciones necesarias para la recreación y la participación en actividades deportivas y culturales de su interés. Prevenirles y mantenerles informados sobre los efectos nocivos del uso y el consumo de sustancias psicoactivas legales e ilegales. Proporcionarles a los niños, niñas y adolescentes con discapacidad un trato digno e igualitario con todos los miembros de la familia y generar condiciones de equidad de oportunidades y autonomía para que puedan

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ejercer sus derechos. Habilitar espacios adecuados y garantizarles su participación en los asuntos relacionados en su en-torno familiar y social. 6. PERFIL PADRE DE FAMILIA El padre de familia lo visionamos como una persona participativa e involucrada en los procesos de la gestión educativa y calidad. Honesta y leal con la institución. Conciliadora y asertiva en el manejo de los conflictos y abierta a la comunicación. Con un alto nivel de interés en participar de la capacitación e identificado con los espacios para participar en pro del desarrollo institucional y formación integral de sus hijos 7. DERECHOS Y DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y SERVICIOS GENERALES 7.1 DERECHOS DE PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS GENERALES -

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A recibir completa y adecuada información sobre cambios, política y estrategias de la propuesta pedagógica y administrativa de la institución en la que esté involucrado su cargo. A capacitación y actualización en beneficio del buen desempeño institucional. A la participación con sugerencias que competen a la buena marcha de la institución. A ser respetado, a recibir buen trato en la acción y en el vocabulario por parte de la comunidad educativa. A ser escuchado, acogido y valorado en todas sus expresiones respetuosas acerca del cumplimiento de su deber. A tener un trato civilizado y de diálogo con los miembros de la comunidad educativa. A recibir respetuosa y oportunamente las observaciones relacionadas con sus quehaceres laborales. A la equidad en todas las eventualidades institucionales. A conocer la evaluación de desempeño. Demás derechos que plantea la Constitución Política de 1991.

7.2 DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS GENERALES

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Conocer y vivenciar la filosofía, visión y misión institucional. Asumir con prudencia, respeto y solidaridad las determinaciones de las instancias que forman el gobierno escolar. Colaborar con el sano desarrollo de las acciones planeadas por la institución educativa. Tener capacitación y actualización permanente para su mejor desempeño institucional. Dar manejo respetuoso y adecuado de la información, comunicándole permanentemente las novedades al rector. Respetar el conducto regular como instancia mediadora de la comunicación institucional. Mantener comunicación permanente con las directivas. Responder con eficacia, eficiencia y creatividad a las responsabilidades asignadas pos las instancias administrativas. Dar trato respetuoso a cada unos de los miembros de la comunidad educativa. Asistir puntualmente y cumplir la jornada laboral. Informar al rector sobre las ausencias a la institución o llegadas tarde en la jornada laboral, incapacidad médica o calamidad doméstica. Registrar las salidas en Portería en Horario laboral

8. DEBERES Y DERECHOS DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES 8.1 DEBERES DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES Son deberes del personal docente: - Desempeñar con dignidad, eficacia, y lealtad las funciones inherentes al cargo. - Respetar la jurisdicción técnica, administrativa y disciplinaria, así como la vía jerárquica. - Observar una conducta acorde con la función educativa y no desempeñar actividad que afecta la dignidad docente. - Acrecentar su cultura y procurar el perfeccionamiento de su capacidad pedagógica. - Cumplir los reglamentos y disposiciones que se dicten para la mejor organización y gobierno de la enseñanza.

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Procurar que el ejercicio de su actividad se realice en las mejores condiciones pedagógicas, de local, higiene y material didáctico. Promover las 5 s (orden, aseo, disciplina, salud, utilidad) en los espacios donde ejerce su labor docente. Diseñar y aplicar las adecuaciones curriculares a los estudiantes que lo requieran y hacerles su seguimiento de manera oportuna retroalimentando sus avances. Administrar el aula de clase. Velar por su higiene personal y salud. Seguir el conducto regular para la solución de problemas. Ser prudente en el manejo de la información. Informar a rectoría anormalidades que afecten el buen funcionamiento institucional y/o formación educandos. Cumplir con la jornada académica y laboral. Participar de las jornadas pedagógicas. Velar por la disciplina en el aula de clase y otros ambientes escolares Brindar un trato digno a los miembros de la comunidad educativa Llevar de manera ordenada el diligenciamiento de la ficha observador del alumno. Llevar de manera ordenada el diligenciamiento de los libros reglamentarios: desarrollo curricular, diario de campo, hojas de vida, proyecto de aula y otros. Preparar y desarrollar sus clases de acuerdo a la exigencia del Plan de Estudios. Aplicar el Modelo Pedagógico de la institución Conocer y aplicar el Manual de Convivencia Participar de las Comisiones de Convivencia y Académicas Ser ético y responsable en el manejo de las acciones de las evaluaciones académicas No obstaculizar la evaluación docente Compartir información pedagógica que afiance la actualización docente. Aportar a un sano clima organizacional y escolar. Aceptar las sugerencias en pro de un mejor ejercicio docente Cumplir con la jornada escolar y presentar excusas medicas de manera oportuna Tener cuidado con los enseres y equipos de la institución. Contribuir con el Plan de Mejoramiento de Área e Institucional Apoyar los proyectos pedagógicos que desarrolla la institución Participar y comprometerse con los procesos de Calidad para la certificación de la institución

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Registrar las salidas en Portería en Horario laboral Informar al rector sobre las ausencias a la institución o llegadas tarde en la jornada laboral, incapacidad médica o calamidad doméstica.

8.2 DERECHOS DE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES -

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A recibir capacitación en temas de actualidad que inciden en el campo educativo. A participar en el Gobierno Escolar A ser informado de eventos en los cuales puede participar y hay permiso por parte de la Administración Municipal A ser escuchado para la solución oportuna de un problema o inquietud A conocer el Plan Operativo institucional A conocer los parámetros de evaluación con el cual va a ser evaluado A tener los implementos básicos para desarrollar las actividades pedagógicas A hacer buen uso de la Biblioteca A tener atención por riesgos profesionales diligenciando el formato respetando el plazo limite A participar en celebraciones especiales dentro de la institución (día del maestro, celebración 25 años de vida laboral, salidas de integración autorizadas, otras) Conocer los resultados de la evaluación docente A recibir un trato digno y respetuoso de los miembros de la comunidad educativa A que se le respete el debido proceso en asuntos disciplinarios, quejas, entre otras.

8.3 PERFIL DOCENTE El perfil del educador que requiere hoy la institución educativa es una persona abierta al cambio, siente gusto por la investigación y procesos de actualización, su cátedra es abierta, maneja proyectos, aplica las técnicas de información y comunicación a nivel tecnológico, dinámico, es conocedor de lo que está pasando en el mundo actual, le interesa la ciencia, las humanidades, respeta la diferencia, analiza las perspectivas geopolíticas del mundo, conoce la historia de su país, siente y vive el municipio y su país en el que desarrolla su talento, ocupa un lugar en la mediación del conflicto, siente y vive su vocación de ser maestro, es afectuoso y se exige metas en pro de mejorar su ejercicio docente, trabaja proyectos.

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Convivencia significa vivir en compañía de otros y, para poder hablar de "compañía", se tiene que dar una participación en los sentimientos del otro, una empatía. 79


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CAPITULO V A. RECONOCIMIENTO Y ESTÍMULOS A LOS ESTUDIANTES, DIRECTIVOS DOCENTES, DOCENTES, PADRES DE FAMILIA Y PERSONAL ADMINISTRATIVO

1. ESTIMULO PARA LOS ESTUDIANTES: -

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Reconocimiento escrito en la hoja de vida. Resaltar públicamente en actos cívico al estudiante y grupos que han obtenido méritos. Mención de honor al estudiante destacado por: el buen rendimiento académico, el sentido de pertenecía, la colaboración, el espíritu deportivo, los primeros puestos en la muestra de la creatividad y el emprendimiento, y otras actividades que merecen ser reconocidas públicamente Representación en actividades institucionales dentro y fuera de la institución. Salidas recreativas y pedagógicas. Reconocimiento al personero, a la consejera estudiantil y los líderes de grupo. Mención de honor para el bachiller integral y para el bachiller que obtenga el mejor puntaje en las pruebas ICFES.

2. ESTÍMULOS PARA DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES La Institución Educativa aplica los siguientes estímulos a los directivos docentes, docentes y personal administrativo: -

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Con el fin de velar por el clima organizacional y salud mental del personal directivo docente, docente y administrativo se realizan dos salidas recreativas. Facilitar la asistencia a Diplomados, congresos, seminarios y talleres de formación pedagógica. Los directivos docentes, docentes y personal administrativo que cumplan 25 años de labor en el sector oficial y estén laborando en la Institución Educativa María Jesús Mejía son condecorados y se les otorga una

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medalla de oro acompañada de un acuerdo del Consejo Directivo como reconocimiento a su ejercicio profesional. A reconocimiento público en actos con la comunidad educativa a sus esfuerzos y aportes especiales en los campos de la ciencia, la pedagogía, la convivencia, entre otros, por sus logros profesionales al servicios de la institución educativa. 3. ESTÍMULOS PARA LOS PADRES DE FAMILIA -

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Reconocimiento público y entrega de menciones por su colaboración y sentido de pertenencia, por la participación activa y leal en comités, comisiones, proyectos y actividades culturales y académicas en beneficio de la institución. Celebración del día de la familia. Participación en capacitaciones y talleres formativos.

4. ESTÍMULOS PARA EL PERSONAL ADMINISTRATIVO - Invitación para asistir a talleres, seminarios, y celebraciones importantes de la institución. - Reconocimiento en fechas especiales. - Permisos para capacitación en seminarios, talleres o reuniones citadas por sus directivas. - Reconocimiento especial por 25 años de servicio profesional. - Reconocimiento público por su alto desempeño y logros institucionales.

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CUANDO PIENSAS EN TUS DERECHOS, TU SEXUALIDAD, TU PROYECTO DE VIDA, EL FACTOR DE LA CONVIVENCIA SE VUELVE ESENCIAL…. POR ESO MISMO, SÉ CONSCIENTE CON LO QUE ELIGES Y LAS CONSECUENCIAS DE TUS DECISIONES. NADIE PUEDE RESPONDER POR TUS ACTOS: SOLO TU!

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CAPITULO VI A. OTROS REGLAMENTOS ESPECÍFICOS 1. NORMAS PARA EL USO DE LAS SALAS Y EQUIPOS ESPECIALIZADOS Las salas y equipos de bilingüismo, informática, audito tíos, deportes, cocineta, unidad administrativa y docente, servicios generales, restaurante escolar, biblioteca y objetos de cuidado. 1.1 LA BIBLIOTECA -

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La Biblioteca presta servicio de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 12:00 p.m. y de 1:00 a 5:00 p.m. y podrán hacer uso de ella los estudiantes, docentes y directivas. Para las consultas solo se debe traer lápiz o lapicero, sacapuntas, borrador, una hoja o un cuaderno. Para el préstamo de libros y otros materiales los usuarios son registrados en la base de datos en el archivo de préstamos y entregan el carné estudiantil. Los libros de colección general se prestan por quince días, los cuales podrán ser renovados por otro periodo de tiempo igual, siempre y cuando no estén ya reservados por otro usuario. Cada usuario podrá solicitar en préstamo hasta tres libros. El material de referencia no podrá ser retirado de la biblioteca. Los usuarios tienen derecho a renovar el material y entrar en la lista de espera cuando existan otras reservas anteriores. La devolución del material debe hacerse exclusivamente en la sección de circulación y préstamo y debe realizarse a más tardar, el día que se le indique en la ficha de vencimiento. En la sección de entrada, debe dejar los morrales, sacos o chaquetas y otros objetos en la sección asignada para ello. No se debe introducir ni consumir alimentos. El silencio es indispensable para establecer un ambiente de tranquilidad y concentración. No arrojar basuras y fomentar el reciclaje Está prohibido fumar y el consumo de sustancias psicoactivas.

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No rayar las mesas, sillas, y otros elementos de utilización de la biblioteca. Al terminar la consulta o lectura, los libros, revistas y documentos deben dejarse sobre la mesa. Para uso de la biblioteca es importante la reserva del espacio con un día de anticipación. Los usuarios en el momento de retiro de la institución, deben estar a paz y salvo. No rayar, dañar o maltratar los textos y/o materiales bibliográficos y otros. Para el empleo del Biblionet se debe vacunar disquetes, memorias USB, CD, y es de uso de investigación, consulta. No se puede chatear, ni observar pornografía.

Sanciones por el mal servicio: -

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El usuario que no devuelva el material prestado en la fecha asignada para ello, será incluido en la lista de morosos y no podrá retirar material hasta que esté a paz y salvo con la biblioteca. Quien pierda cualquier clase de material (libro, revista, video…) deberá reemplazarlo por un ejemplar igual. Quien mutile o raye cualquier tipo de material deberá reponerlo porque lo recibió en perfecto estado. Se le suspenderá el servicio temporal o definitivamente por causar daño a los materiales bibliográficos o por comportarse incorrectamente. Podrá ser retirado por no hacer silencio Incumplir con las demás normas del Manual de Convivencia Escolar. Hacer buen uso del biblionet para la investigación y consulta. Si no acata la norma la bibliotecaria lo puede retirar del computador.

1.2 -

LA SALA DE INFORMÁTICA

Hacer formación fuera del aula antes del ingreso. Tener las manos y el uniforme limpios, para evitar que deterioren teclados y otras partes del computador. Doblar los forros del teclado, CPU y monitor y colocarlos encima de la CPU. Aplicar el manual vigente para el buen uso y mantenimiento de los computadores.

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No consumir alimentos y bebidas, ni comer o masticar chicle. No gritar. Trabajar en silencio y no retirarse de la sala sin autorización del docente. No rayar las mesas, sillas, paredes, computador y otros elementos de utilización del aula. Utilizar de manera adecuada y cuidadosa todos los enseres de la sala: equipos, mesas, sillas, ventiladores, libros entre otros. No retirar la bola del mouse, ni intercambiar periféricos. Quien lo haga incurrirá en una falta y recibirá el respectivo correctivo. Revisar los equipos antes de comenzar la actividad y reportar cualquier anomalía al docente. No instalar programas sin la debida autorización del profesor encargado. Utilizar audífonos personales para el uso de la multimedia y de los CD de música. No eliminar archivos ni carpetas de su lugar de origen. No guardar en las carpetas personales fotos o videos que incluyan pornografía o inciten a la violencia. Si estos archivos son descubiertos la carpeta será eliminada y el dueño será sancionado según el caso. No cambiar la configuración estándar de Windows de la pantalla. Siempre debe permanecer un docente acompañando el proceso de los estudiantes en la sala, por ningún motivo los estudiantes pueden estar solos. La sala debe permanecer siempre limpia y ordenada. Los estudiantes no deben manejar llaves de la sala, solo el docente encargado de la sala, el coordinador o rector. No colocar objetos sobre las CPU, monitores o teclados. Ubicarse en los sitios designados por el profesor. Traer a la sala solo los materiales solicitados por el docente. Al terminar la actividad la sala debe quedar en perfectas condiciones. (sala limpia, computadores tapados, tablero borrado, materiales de aseo lavados y colocados en el lugar adecuado, ventanas cerradas y luces apagadas)

1.3. SALA BILINGÜISMO -

Los equipos solo pueden ser manipulados por el docente Entrar en completo orden al laboratorio No rayar las cabinas ni hacer mal uso de los audífonos No comer en clase ni tomar bebidas

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Tener un comportamiento acorde sin gritos, charlas, ruidos, otros Evitar el ingreso de maletas, morrales al laboratorio. En caso de ser necesario colocarlos en el lugar indicado. No se permite el ingreso de teléfonos celulares, equipos de sonido, walkman, MP3, MP4. Los estudiantes serán ubicados en orden de lista y deben responder por los daños en la cabina y en los audífonos a su cargo. Revisar los equipos antes de comenzar la actividad y reportar cualquier anomalía al docente. No se permite fumar, ni entrar bajo efectos de licor y sustancias psicoactivas. No arrojar basuras ni papeles al piso. Dejar en completo orden y aseo el salón después de su uso. Siempre debe permanecer un docente acompañando el proceso de los estudiantes en la sala, por ningún motivo los estudiantes pueden estar solos. La sala debe permanecer siempre limpia y ordenada. Los estudiantes no deben manejar llaves de la sala, solo el docente encargado de la sala, el coordinador o rector. Al terminar la actividad la sala debe quedar en perfectas condiciones. (sala limpia, tablero borrado, materiales de aseo lavados y colocados en el lugar adecuado, ventanas cerradas y luces apagadas)

1.4 LABORATORIO -

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Es indispensable en todos los trabajos de química: limpieza, exactitud, paciencia, extremada prudencia, y anotar la más ligera observación. Usar siempre blusa blanca, limpia y en buen estado, el cabello recogido, evitando el uso de accesorios colgantes. Las manos deben lavarse cuidadosamente después de cualquier manipulación de elementos o sustancias Se debe utilizar guantes apropiados para evitar el contacto con sustancias químicas o material biológico. No se permite pipetear con la boca. Siempre que sea necesario proteger lo ojos y la cara de salpicaduras o impactos utilizando anteojos de seguridad, viseras o pantallas faciales u otros dispositivos de protección. Cuando se manipulen productos químicos que emitan vapores o puedan provocar proyecciones se evitara el uso de lentes de contacto.

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Todo producto corrosivo, inflamable, oxidante, radioactivo, explosivo o nocivo deberá estar etiquetado. No se permiten instalaciones eléctricas precarias o provisional. Leer cuidadosamente el contenido de la guía de laboratorio antes de iniciar el trabajo Se deberá conocer la ubicación de los elementos de seguridad en el lugar de trabajo para prevenir accidentes No se debe guardar alimentos en le laboratorio. Está prohibido descartar líquidos inflamables, tóxicos, corrosivos o material biológico por los desagües de los sanitarios o recipientes comunes de residuos. En cada caso se deberán seguir los procedimientos para la gestión de residuos. No se permite comer, fumar, maquillarse. Seguir al pie de la letra las indicaciones del docente. Está terminante prohibido fumar o comer dentro del laboratorio Utilizar de manera adecuada los recipientes y productos químicos. El laboratorio debe mantenerse en perfecto orden y limpieza. El laboratorio deberá contar con un botiquín de primeros auxilios con los elementos indispensables para atender casos de emergencia.

1.5 AULA DE DEPORTES. -

No entrar comidas ni bebidas No utilizar los diferentes aparatos sin autorización del profesor No jugar en el gimnasio, y mucho menos con balones Hablar moderadamente dentro del gimnasio Mantener limpias las paredes, cuadros y trofeos Entrar y salir en forma ordenada Utilizar adecuadamente los diferentes implementos y aparatos Dejar el gimnasio limpio y ordenado Depositar las basuras en los recipientes para ellas No ingresar al gimnasio si no es solicitado por el profesor Portar o lucir correctamente el uniforme conforme con el Manual de Convivencia Escolar

1.6 RESTAURANTE ESCOLAR

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Para seleccionar los niños usuarios del Restaurante Escolar, se deben tener en cuanta los siguientes criterios: -

Estar en los grados de preescolar, primero, segundo y tercero de primaria. Presentar desnutrición aguda en cualquier grado o desnutrición crónica en grado leve, o ambos tipos de desnutrición, con nivel 1 y 2 del Sisben. Hijos de desplazados, de mujeres cabeza de familia o de padres sin empleo. Estudiantes en estado de embarazo. La distancia al lugar de su residencia, especialmente aquellos que viven en la zona suburbana.

Los usuarios deben: -

-

Entrar en forma organizada y moderada al Restaurante en el horario establecido Consumir los alimentos que se ofrecen dentro del lugar o donde el docente les indique a los estudiantes. Evitar jugar con la comida o tirarla al piso o basurero. Cuidar los bienes e implementos. Manejar buenos modales en la mesa. No agredir a ningún compañero. Dejar el lugar limpio y organizado. Asistir en el horario asignado. Tratar adecuadamente a las manipuladoras. Al terminar de consumir el alimento, depositar las basuras en las canecas según la clasificación y agradecer a las manipuladoras como norma de cortesía. Evitar hablar con los compañeros mientras se consume el alimento. Es una norma de la buena mesa. Al refrigero solo ingresan las profesoras responsables del refrigerio y los estudiantes. Las demás personas deberán tener una autorización especial por las directivas de la institución.

1.7 LA TIENDA ESCOLAR Y HELADOS -

El estudiante solamente puede comprar en los horarios establecidos para los descansos y realizar la respectiva fila. Dejar los envases en los sitios asignados para éstos.

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Mantener aseado el lugar. Los residuos serán depositados en las canecas respectivas para el reciclaje. Emplear un vocabulario respetuoso. Los estudiantes que mediante acciones engañosas atenten contra los bienes o patrimonio económico de la tienda escolar serán informados a Coordinación donde se le seguirá el proceso disciplinario. No se permite chantaje ni vacunas a los usuarios. No entregar dinero falso (Será destruido) El incumplimiento a las disposiciones anteriores dará lugar a una sanción estipulada por la institución educativa. El personal de la tienda escolar cuando detecte dinero falso está autorizado para destruirlo o retenerlo según sea el caso. Respetar y dar buen trato a los empleados de la tienda escolar. Respetar el turno. El personal de la tienda escolar no puede vender en horario de clases sino en los descansos. Deben estar exhibidos los precios de los productos de la tienda escolar. Utilizar adecuadamente las mesas y las sillas. No Permanecer en la tienda escolar en horarios de clases. El hurto será sancionado conforme al conducto regular. Observar las demás normas del Manual de Convivencia Escolar.

NORMAS PARA LAS PERSONAS QUE PRESTAN EL SERVICIO EN LA CAFETERÍA ESCOLAR Y HELADOS -

Prestar un excelente servicio en atención y calidad de los productos. Preparar los alimentos en óptimas condiciones higiénicas. Utilizar gorro y uniforme. Mantener los precios exhibidos a la comunidad educativa. Mantener los productos almacenados en óptimas condiciones en congeladores, recipientes o vitrinas. Utilizar pinzas en el manejo y distribución de los productos. Atender a los estudiantes, docentes y comunidad educativa en forma cordial y respetuosa. Entregar al usuario las devoluciones de manera correcta. Mantener el lugar en excelentes condiciones de higiene y limpieza.

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Mantener dispuestas las canecas para que los usuarios depositen las basuras según las normas del reciclaje.

PROHIBICIONES DE LA CAFETERÍA ESCOLAR Y HELADOS. -

Se prohíbe abrir crédito a los estudiantes tomando objetos personales de éstos como aval. Almacenar o expender bebidas embriagantes. Vender cigarrillos, chicles, pitos, bombas o elementos que perjudiquen la disciplina de la institución. Alterar los precios sin autorización del Consejo Directivo. Abrir la cafetería en días y horas en que la institución no este laborando, salvo actividades programadas. Efectuar reformas al local destinado para la cafetería escolar, salvo con autorización del Consejo Directivo o entidad responsable (Obras Públicas).

1.8 PAPELERIA ESCOLAR: -

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El estudiante solamente puede comprar en los horarios establecidos para los descansos y realizar la respectiva fila. Los residuos de papel serán depositados en las canecas respectivas para el reciclaje. Emplear un vocabulario respetuoso. Los estudiantes que mediante acciones engañosas atenten contra los bienes o patrimonio económico de la papelería escolar serán informados a Coordinación donde se le seguirá el proceso disciplinario. El incumplimiento a las disposiciones anteriores dará lugar a una sanción estipulada por la institución educativa. El personal de la papelería escolar cuando detecte dinero falso está autorizado para destruirlo o retenerlo según sea el caso. Respetar y dar buen trato a los empleados de la papelería escolar. El personal de la papelería escolar no puede vender en horario de clases sino en los descansos. Deben estar exhibidos los precios de los productos. Respetar el turno. No se permite chantaje ni vacunas a los usuarios. (esta conducta es una falta gravísima) se tratará según el Manual como tal. Observar las demás normas del Manual de Convivencia Escolar.

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PROHIBICIONES DE LA PAPELERÍA -

Se prohíbe dar crédito a los estudiantes tomando objetos personales de estos como aval. Abrir el local de la papelería en días y horas en que la institución no este laborando, salvo en actividades programadas. Vender objetos que perjudiquen la disciplina de la institución, como bombas, pitos, entre otros. Alterar los precios sin autorización del Consejo Directivo. Efectuar reformas al local destinado para la papelería escolar, salvo con autorización del Consejo Directivo o entidad responsable (Obras Públicas).

1.9 ASESORIA DE CASOS: ATENCION A LAS EDUCATIVAS ESPECIALES Y DE COMPORTAMIENTO

NECESIDADES

Se entiende por necesidad educativa especial al estudiante que presenta una discapacidad o déficit que se refleja en las limitaciones de su desempeño dentro del contexto escolar, lo cual le representa una desventaja ante los demás, debido a sus barreras físicas, ambientales, culturales, comunicativas, lingüísticas, sociales que se encuentran en dicho entorno. La discapacidad puede ser de tipo sensorial como sordera, hipoacusia, ceguera, baja visión, sordo-ceguera; de tipo motor o físico, de tipo cognitivo u otras discapacidades caracterizadas por limitaciones significativas en el desarrollo intelectual y en la conducta adaptativa, o por presentar características que afectan su capacidad de comunicarse y de relacionarse como el síndrome de asperger, el autismo y la discapacidad múltiple. Se entiende por estudiante con capacidades o con talentos excepcionales aquel que presenta una capacidad global que le permite obtener sobresalientes resultados en pruebas que miden la capacidad intelectual y los conocimientos generales, o un desempeño superior y precoz en un área específica. El estudiante que presente alguna necesidad educativa especial puede ser remitidos por la profesional universitaria o educador de la Institución Educativa para ser evaluados y tratados por la EPS, Sisben, Universidad o profesional idóneo: psiquiatra, neurólogo, neuropsicólogo, entre otros.

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Los estudiantes que presenten necesidades educativas y tengan un diagnóstico deben traer copia del diagnóstico profesional para las adecuaciones curriculares pertinentes y favorecer el desarrollo de aprendizaje y ambiente de aula significativo. Este diagnóstico debe estar en la hoja de vida del estudiante y los educadores deben aplicar las recomendaciones dadas por el profesional. Es responsabilidad de los docentes conocer estos estudiantes y aplicar adecuaciones curriculares con base en el diagnóstico o recomendación del profesional e implementar estrategias de apoyo que favorezcan sus conocimientos y es deber del alumno responder a las acciones curriculares y programa del docente. El alumno debe tener claro que contar con un diagnóstico no lo excluye de los procedimientos disciplinarios o académicos que contempla este Manual de Convivencia, ni del cumplimiento de sus deberes. El padre de familia debe comprometerse con buscar los recursos para la atención de su hijo(a) en caso de tener una necesidad educativa especial. El estudiante que sea medicado debe ser responsable de tomar la medicina como lo indica el médico. El alumno que presente patología mental debe asumir su tratamiento con la EPS e informar al director de grupo para las estrategias socioafectivas, velando por un buen clima escolar porque el bien colectivo prima sobre el individual. Los estudiantes que sean remitidos para evaluación por el presunto consumo de sustancias psicoactivas deben asumir el compromiso en compañía de los padres de familia o acudientes. En caso de ser sorprendidos consumiendo o traficando drogas serán procesados disciplinariamente y podrán ser sancionados de acuerdo con la gravedad de la falta. De igual manera la institución educativa puede solicitar registro pedagógico con las autoridades competentes. La institución cuenta con una profesional universitaria para apoyar a la dirección en la formación de los docentes, la asesoría psicológica a los estudiantes y en las orientaciones pertinentes a las familias de acuerdo a las necesidades de éstas.

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Para ellos, a lo largo del año escolar se realizan observaciones, seguimientos, de acuerdo con las necesidades presentadas por alguno de los miembros de la comunidad educativa, de manera que se asesore en el manejo de cada una de ellas. La asesora psicológica no hace diagnósticos ni hace intervención terapéutica, se remite a profesionales externos encargados del caso.

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NUESTRA INSTITUCIÓN EDUCATIVA: UN LUGAR PARA SER FELIZ!

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CAPITULO VII A. ACUERDO SOBRE NORMALIZACIÓN Se entiende por normalización el estilo de vida personal y comunitarios que están orientados por los principios y valores éticos, que son consensuados e interiorizados por la comunidad y que permiten actuar por convicción en un ambiente escolar que fortalezca la sana convivencia, la responsabilidad social y la realización humana. La normalización trasciende y humaniza el sentido de la disciplina, convirtiéndola en una oportunidad para formar en la libertad y la autonomía con responsabilidad. La comunidad educativa que se caracteriza por la práctica de las normas de convivencia contempladas en este Manual de Convivencia tiene el deber de evaluar a los estudiantes en su normalización. El informe sobre el comportamiento será descriptivo en el boletín de calificaciones y en la hoja de vida al finalizar cada periodo. B. DEL ASPECTO COMPORTAMENTAL DE LOS ESTUDIANTES El comportamiento del estudiante debe ser siempre ajustado a las normas vigentes y sanas costumbres de convivencia. Los actos que vayan en contra de lo establecido y acordado en este manual son considerados como FALTAS. Las faltas son clasificadas en leves, graves y muy graves. El Rector (a) en uso de sus facultades legales y reglamentarias podrá disponer de otros medios correctivos según su criterio y manteniendo siempre el objetivo de formar de manera integra al estudiantado, prevaleciendo siempre el bien común sobre el bien particular y buscando el cumplimiento de la normatividad institucional, la Misión y la Visión de la institución educativa. Así mismo velará por el cumplimiento de la unidad de criterios, garantizando el derecho fundamental al debido proceso y observando plenamente el conducto regular. Todo reporte informativo va acompañado de un espacio pedagógico de obligatoriedad por parte del estudiante.

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ARTÍCULO 1. Se consideran faltas LEVES: Todo tipo de actitudes que impiden el normal desarrollo de las actividades pedagógicas. Son prácticas que no contribuyen al mantenimiento del orden colectivo y dificultan el desarrollo de hábitos de estudio, organización y respeto hacia cada uno de los miembros que conforman la comunidad educativa. Son faltas leves de la Institución Educativa, entre otras:

1. Faltar con los implementos necesarios para las clases 2. Mostrar negligencia para tomar notas de las actividades, tareas o responsabilidades durante el periodo académico 3. Incumplir con la entrega de tareas, talleres, consultas o trabajos asignados 4. Incumplir con la realización de actividades propuestas durantes las clases y las asignadas para la casa. 5. Asistir tardíamente a la jornada académica 6. Desatender las indicaciones del trabajo dadas por los docentes 7. Inasistencia a las clases y eventos programados por la institución sin justificación 8. Llegar tarde al salón de clases después de los descansos 9. Perturbar el normal desarrollo de clases o actividades académicas o culturales, mediante conversaciones no autorizadas, gritos, risas, burlas, juegos, gestos, silbidos, remedos, circulación por el aula, o por el auditorio en momentos inadecuados, etc. 10. Permanecer fuera del aula en horas de clase, negarse a ingresar al aula, o ausentarse de la misma sin autorización del docente. 11. Desacatar las instrucciones y órdenes que se le imparta por los docentes o directivos docentes de la Institución. 12. Ingresar y permanecer en el aula de clase en momentos de los descansos 13. Irrespetar la individualidad de miembros de la comunidad educativa, mediante burlas, apodos, comentarios ofensivos o de cualquier otra forma 14. Incumplir las normas establecidas para los diferentes espacios como biblioteca, oficinas, laboratorio, actos comunitarios, auditorio, baños, canchas, tienda escolar, otras dependencias o durante salidas institucionales 15. Copiar de otros compañeros, sin haber hecho el esfuerzo de hacerlas por si mismo

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16. Arrojar basuras al piso 17. Escribir en las paredes 18. Desacato a las observaciones o llamada de atención que se le hacen 19. Mostrar negligencia para mejorar actitudes o comportamientos inadecuados 20. Comportamientos inadecuados en lugares y eventos en los que participe 21. Comer y/o beber alimentos y golosinas en clase o durante la realización de eventos oficiales de la institución 22. Esconder o arrojar las maletas, morrales y objetos personales de sus compañeros 23. Dejar desaseado y en desorden el aula de clase al terminar la jornada escolar. 24. Negarse a participar en las campañas y turnos de aseo. 25. Interrumpir la participación oral de los compañeros 26. Manejo ineficaz del tiempo 27. Incumplir con la culminación de las actividades en el tiempo estipulado 28. Realizar actividades diferentes propias de la clase 29. Hacer comentarios inoportunos al momento de trabajar 30. Gritar o tirar objetos, alimentos o saliva a sus compañeros durante el desarrollo de la clase o en cualquier lugar de la institución 31. Salir del salón sin autorización 32. El uso de vocabulario soez u ofensivo 33. La práctica de juegos violentos 34. Presentarse a la institución portando incorrectamente el uniforme de la Institución o no portarlo sin justificación 35. Escuchar radio u otro tipo de aparatos de reproducción de música durante las clases o en actos oficiales de la Institución; igualmente hacer uso de teléfonos celulares en las mismas circunstancias. 36. Permanecer en el plantel en horarios diferentes al de la jornada escolar sin justificación, salvo autorización expresa 37. Ingresar sin autorización a las áreas o zonas de tránsito restringido, tales como: Rectoría, Secretaría, Coordinaciones, Sala de Profesores, Laboratorios, etc. 38. Realizar, participar o propiciar desordenes en clase o actos comunitarios 39. Dar mal uso a los elementos facilitados por el plantel 40. Promover o fomentar el desorden e irrespetar el turno en espacios de usos comunitarios como: tienda, restaurante escolar y uso de los baños y/o sanitarios

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41. Celebrar inadecuadamente cualquier evento, arrojando huevos, harina, agua, o haciendo bromas que atenten contra el aseo y seguridad de compañeros y de la institución. 42. Organizar, realizar y participar en paseos y salidas, durante la jornada escolar sin el correspondiente permiso del rector. 43. Manifestaciones amorosas o de excesivo cariño entre compañeros, durante la jornada escolar o mientras porten el uniforme 44. Crear falsas alarmas tendientes a provocar pánico 45. Irrespetar las decisiones institucionales haciendo comentarios negativos 46. Participar en desordenes o saboteos dentro o fuera de clase 47. Realizar ventas de mercancías o comestibles sin previa autorización en la institución. 48. Esconder o arrojar las maletas, morrales y objetos personales de sus compañeros Las faltas leves cometidas de manera reiterada iguales o diferentes, o cuando se sea reincidente en la falta, se convierten en falta grave. COMPETENCIAS PARA ESTABLECER CORRECTIVOS PARA LAS FALTAS LEVES:

1. Competencias: La competencia para la atención y actuación ante este tipo de faltas corresponde: • Al docente o directivo docente que encuentre en flagrancia al infractor (actuación oficiosa) • Al docente o directivo docente que reciba la denuncia de cualquier miembro de la comunidad educativa, o de los testigos de la falta. 2. Términos para actuar: Se debe actuar y aplicar la sanción el mismo día de conocido el hecho, o a más tardar al día siguiente al que se cometió la falta o se tuvo conocimiento de la falta. (Oficiosamente en el caso de flagrancia) 3. Procedimiento procedimientos.

a

seguir:

Se

deben

observar

los

siguientes

a) Diálogo con el implicado, amonestación verbal e invitación a modificar su comportamiento

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b) Si la amonestación verbal no produce efecto, se aplicará una acción pedagógica o de servicio social, acorde con la falta cometida. No se podrán hacer amonestaciones por escrito en el observador por faltas leves, sin antes haber realizado acciones de diálogo o compromisos pedagógicos. c) Si el sancionado incumple el convenio señalado (dentro del término acordado: días, semanas, meses, etc.) o reincide en la falta, se elaborará una amonestación escrita en el observador. El inculpado puede hacer los descargos correspondientes y ejercer el derecho a la defensa antes de firmar la observación. d) Una quinta (5ª) amonestación escrita por una falta leve (reincidencia u ocurrencia de 5 faltas diferentes) constituye por sí misma una falta grave y deberá sancionarse y procederse de conformidad con esa calificación.

Articulo 2. SE CONSIDERAN FALTAS GRAVES: todo tipo de comportamiento que atenta contra los principios institucionales, perturbando el normal desarrollo de las actividades, y que afectan gravemente las normas disciplinarias de carácter general y particular de la Institución Educativa. Son faltas graves de la Institución Educativa, entre otras: 1. Reincidir, o reiterar en faltas leves, en más de tres oportunidades 2. Actuar en forma desafiante o irreverente frente a llamados de atención. 3. Resolver las dificultades con los otros, de manera irrespetuosa e inadecuada. 4. Agredir verbalmente o gestualmente a cualquier miembro de la comunidad educativa o a cualquier persona perteneciente al entorno escolar 5. Entorpecer o impedir la comunicación entre la institución educativa y los padres y/o acudientes del estudiante. 6. Atentar contra la honra y el buen nombre de cualquier integrante de la comunidad educativa 7. Atentar contra el patrimonio cultural o ecológico de la institución 8. Rebelarse verbalmente y de forma agresiva frente a las instituciones, observaciones y/o recomendaciones de docentes y directivos docentes de la institución. 9. Programar y/o participar, dentro o fuera del plantel en actividades extracurriculares que afecten el buen nombre de la Institución educativa

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10. Dañar de manera intencional cualquier implemento entregado en custodia o para su uso por parte de la institución 11. Tener relaciones sexuales dentro de la institución 12. Inducir, manipular u obligar a otra (s) persona (s) a realizar actos indebidos de cualquier tipo. 13. Dejar de asistir o ausentarse de la institución sin la debida autorización de su padre o acudiente 14. Dar información falsa a los docentes o directivos docentes 15. Presentar un comportamiento indebido durante las salidas pedagógicas, deteriorando el buen nombre de la institución 16. Dificultad para solucionar conflictos a través del diálogo 17. Resolver dificultades con los otros, de manera agresiva e irrespetuosa 18. Retener información de manera temporal o definitiva (firmada o diligenciada) solicitada por la institución: carpeta de informes, notas, circulares, citaciones, otros 19. Ocultar u omitir información enviada por escrito a la familia evitando que ésta la conozca 20. Irrespetar símbolos patrios, religiosos, institucionales 21. Ausencia de la institución durante la jornada escolar sin autorización 22. Evadirse de la institución utilizando las mallas, barandas o portería 23. Utilizar vocabulario soez y ofensivo, como respuesta a situaciones de conflicto. 24. Dañar candados, carteleras, puertas, muebles, enseres, paredes y otros de la institución, así como rayar o pintar esos elementos 25. Escribe mensajes insultantes, desafiantes o vulgares, en cualquier medio, contra integrantes de la comunidad educativa 26. Hace mal uso de la Internet con mensajes obscenos o de intimidación contra personas de la institución 27. Hacer uso irresponsable de las pruebas externas (Saber – Icfes). Se aclara que el estudiante de grado 11 que por irresponsabilidad en el manejo de la pruebas Saber ICFES obtenga un puntaje inferior no se proclamará en acto público solemne, en su defecto su diploma de bachiller le será entregado por ventanilla. Las faltas graves cometidas de manera reiterada, o cuando sea reincidente en la falta, se convierten en falta muy grave o gravísima. COMPETENCIAS PARA ESTABLECER CORRECTIVOS PARA LAS FALTAS GRAVES:

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Sanciones aplicables: Para este tipo de faltas o conductas deben aplicar las siguientes sanciones: Suspensión de las actividades académicas entre uno (1) y tres (3) días, dependiendo de la falta y atendiendo a las circunstancias atenuantes o agravantes. Además, se deberá elaborar una Acta de suspensión y compromiso de cambio incluido en el observador; el sancionado deberá ejercer acciones de reivindicación y reparación de la falta. 1. Competencias: La competencia para atender este tipo de faltas corresponde al Coordinador de la jornada escolar, en la que se cometió la falta, o se tuvo conocimiento del hecho. Los directores de grupo o docentes carecen de competencia para impedir la entrada o devolver a su casa al estudiante que haya cometido una falta grave. Los coordinadores podrán imponer como sanción máxima la suspensión de tres (3) días al inculpado. Las suspensiones superiores a tres (3) días son exclusivas del Rector. 2. Términos: Para la atención de estas faltas se dispone de un término máximo de tres (3) días lectivos, contados a partir de la ocurrencia de la falta o se tenga noticia de la ocurrencia de la misma. El término podrá prorrogarse cuando las circunstancias para la obtención de pruebas, interrogación de testigos, solicitar información así lo amerite. Se debe iniciar el proceso disciplinario, el inculpado de estar acompañado de sus padres o acudientes y hacerse presente en la oficina del Coordinador o Rector según el caso. 3. Procedimiento a seguir: Ante la ocurrencia de una falta de esta clase se deberán observar las siguientes etapas procesales tendientes a garantizar el derecho a la defensa del o los implicados: •

Dialogar con el implicado, o con cada uno de los implicados y sus respectivos padres o acudientes, además de interrogar a los testigos con la finalidad de reconstruir los hechos, verificar información, etc. De los hechos constitutivos de la falta debe quedar constancia escrita en un acta, la que debe contener la descripción de la falta, las circunstancias atenuantes o agravantes de la conducta e incluir en ella la sanción a imponer; además debe celebrarse un compromiso con el implicado a fin de modificar su conducta y mejorar su comportamiento. Esa acta debe estar firmada por el implicado, sus

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padres o acudientes, por el coordinador y el rector, y se archivará en el observador (hoja correspondiente al alumno implicado). •

La sanción para las faltas graves, deben ser señaladas por el Manual de Convivencia. La dosificación de la falta pueden ser modificada por el coordinador, según el caso, atendiendo a las circunstancias atenuantes o agravantes. Recuérdese que la sanción de desescolarización no puede sobrepasar el límite de tres (3) días, cuando por delegación la adopte el coordinador.

El suspendido deberá, además, obtener de parte de sus compañeros la información necesaria sobre las actividades académicas para que cuando se reintegre esté totalmente al día. Si durante el período de suspensión se realizan evaluaciones orales o escritas y el no está presente, las mismas serán aplazadas para las fechas de refuerzo durante el correspondiente período o final de año, según el caso.

La suspensión de actividades escolares, no necesariamente debe ejecutar en la casa del suspendido, él o los implicados pueden cumplir la sanción al interior de la Institución Educativa.

Articulo 3. SE CONSIDERAN FALTAS GRAVISIMAS: toda conducta o actitud que lesiona en gran medida los valores individuales y colectivos de la Institución Educativa, así como aquellas conductas que son consideradas como delitos en la Legislación Penal Colombiana.

Son faltas gravísimas de la Institución Educativa, entre otras: 1. Reincidir o cometer tres (3) faltas graves 2. Agredir físicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa 3. Portar, exhibir o guardar armas o explosivos, u objetos con los que se pueda atentar contra la integridad física de los demás 4. Portar, Consumir o Distribuir a cualquier título (gratuito u oneroso) dentro de la institución sustancias alucinógenas, psicotrópicas que causen adicción. (Decreto Nº 1108 de 1994, Código Nacional de Policía). Hacerse presente a la Institución bajo los efectos de bebidas alcohólica. Portar, consumir o distribuir a cualquier título ese tipo de bebidas dentro de la Institución.

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5. Amenazar o intimidar de palabra o de hecho a cualquier miembro de la comunidad educativa. 6. Planear, liderar, estimular, apoyar o participar en actos de vandalismo u otro tipo de conductas violentas dentro de la Institución. 7. Incumplir un contrato pedagógico (de alcance disciplinario) previamente firmado por él y su acudiente. 8. Hurtar dinero, artículos u objetos a cualquier miembro de la comunidad educativa, o a la institución. Dependiendo del daño o perjuicio se entenderá como falta de mayor entidad 9. Retener y/o secuestrar a algún miembro de la comunidad educativa 10. Extorsionar o chantajear a cualquier miembro de la comunidad educativa. 11. Conformar o hacer parte de pandillas o bandas de la institución con fines delictivos o para crear un mal ambiente escolar. 12. Acosar, provocar, abusar y violar sexualmente a cualquier miembro de la comunidad educativa. 13. Fomentar y/o participar de cualquier actividad que afecte la integridad física y/o psicológica a los estudiantes de la institución (brujería, prostitución, etc.). 14. Cualquier acto que de una u otra forma atenten contra el derecho fundamental a la vida. 15. Falsificar firmas, alterar libros, archivos, informes de desempeño, libros reglamentarios, registros de calificaciones, informes de desempeño y documentos de cualquier tipo. 16. Suplantar a compañeros(as) o hacerse suplantar para evadir responsabilidades disciplinarias o con el objeto de presentar pruebas de carácter académico. 17. Cualquier conducta tipificada como delito en el Código Penal Colombiano, salvo por delitos políticos o culposos. (Delitos culposos son aquellos en los que no ha existido la intención de hacer daño, pero que se presentaron por descuido o negligencia del infractor). 18. Elaborar, exhibir o distribuir a cualquier título material de contenido inmoral, ofensivo o pornográfico. 19. Cometer fraude en evaluaciones, talleres o trabajos asignados 20. Retener objetos ajenos sin la autorización de su propietario 21. Calumniar o difamar a cualquier miembro de la comunidad educativa, afectando su honra y buen nombre. 22. Participar o promover actividades de fanatismo, hechicería o espiritismo 23. Presentarse a la institución en estado de embriaguez o drogadicción

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24. Incumplimiento del compromiso pedagógico previamente firmado por el estudiante y acudiente. 25. Participar en actividades que perjudiquen la sana convivencia 26. Promover actividades dirigidas a la consecución de dinero para eventos que comprometan el buen nombre de la institución sin su autorización. 27. Atentar contra la vida o integridad de cualquier persona. 28. Comportamientos dentro o fuera de la institución, que van en contra de la filosofía institucional. 29. Utilizar el nombre de la institución para cualquier actividad que no haya sido programada o autorizada expresamente por sus directivos. 30. Provocar peleas, disturbios, actos vandálicos y participar en ellos tanto dentro como fuera de la institución. 31. Consumo, distribución, o porte de bebidas embriagantes, cigarrillos y sustancias alucinógenas, enervantes, depresivas o psicoactivas. 32. Continuar presentando dificultades en el comportamiento por las cuales se firmó el compromiso u otras dificultades que interfieren con su proceso de formación. 33. Omitir las sugerencias hechas por la institución para la superación de las dificultades. 34. Cualquier conducta tipificada como delito en el Código Penal Colombiano, salvo por los delitos políticos o culposos. 35. Introducir, comercializar, distribuir y/o activar explosivos dentro o a los alrededores de la institución. 36. Portar, exhibir, guardar armas, explosivos u otros objetos con los que se pueda atentar contra la integridad física de los demás. PARÁGRAFO. Las faltas consideradas graves y muy graves pueden llevar a la pérdida del derecho a la renovación de la matrícula, en todo caso respetando el debido proceso y teniendo en cuenta al Consejo Directivo, quienes deben participar en el momento del análisis del caso específico para la perdida de tal derecho.

COMPETENCIAS PARA ESTABLECER CORRECTIVOS PARA FALTAS GRAVÍSIMAS: 1. Sanciones aplicables: Ante la ocurrencia de este tipo de faltas, se aplicarán las siguientes sanciones:

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Suspensión de actividades académicas durante un período comprendido entre: cuatro (4) y treinta (30) días, sanción notificada mediante Resolución Rectoral debidamente motivada a) Contrato Pedagógico-Disciplinario, firmado por el estudiante, sus padres o acudientes, Coordinado y/o Rector según el caso. b) Desescolarización por el año en curso y pérdida del cupo para el año siguiente, si ha transcurrido más del 50% del año lectivo. c) Cancelación de la matrícula d) En el caso de que el implicado sea un estudiante del decimoprimero grado (11), no será proclamado como bachiller en el acto comunitario de graduación. e) Cuando el sancionado sea deportista activo, y cometa una falta gravísima en desarrollo de un encuentro deportivo, además de la sanción queda automáticamente excluido del equipo deportivo y no podrá seguir participando en las competencias deportivas, dentro o fuera de la Institución Educativa representando al grado o a la Institución incompetencias locales, municipales, departamentales y nacionales. 2. Competencias: La atención de este tipo de faltas corresponde al Rector de la Institución Educativa, o en su defecto el delegado, quien debe ser el coordinador, la delegación debe ser siempre escrita, indicando el alcance de la misma; el Rector posee la competencia para aplicar sanciones entre cuatro (4) y ocho (8) días de suspensión. Cuando las faltas sean de gran entidad, corresponderá exclusivamente adoptarlas al Consejo Directivo de la Institución, o sea aquellas que conlleven más de ocho (8) días de suspensión. La adopción de la sanción se consignará en un Acuerdo del Consejo Directivo, debidamente motivado y será notificado al sancionado mediante una Resolución Rectoral, igualmente motivada debidamente a los padres o acudientes del sancionado. Términos: La adopción de estas medidas, se debe hacer dentro de los ocho (8) días lectivos siguientes a la comisión de la falta, o se tenga conocimiento de la comisión de la misma. La prórroga de los términos solo será posible, cuando por razones de investigación o práctica de pruebas.

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3. Procedimiento a seguir: Para la iniciación del proceso disciplinario, bien por parte del Rector o del Consejo Directivo, se deben observar los siguientes pasos: a) Interrogar al implicado o implicados sobre el hecho; realizar reconstrucción de los hechos constitutivos de la falta, presentar descargos y analizar las circunstancias atenuantes o agravantes según el caso. Una vez analizadas las causas y se haya dado cumplimiento al debido proceso, el competente (Rector o Consejo Directivo) adoptarán la sanción, indicando cuantos días de suspensión se aplicarán dentro del rango de 4 a 30 días. De la actuación debe quedar prueba escrita, mediante la suscripción del acta del Consejo Directivo en la que se dejen explícitamente narradas las circunstancia de tiempo, modo y lugar de la ocurrencia de la falta; el acta será firmada por el Presidente y Secretario del Consejo Directivo, el implicado y sus padres o acudientes. Esa acta será la base de la Resolución Rectoral que aplicará la sanción. Copia de los documentos: acta del consejo directivo y resolución rectoral se archivarán en el observador del sancionado y en su hoja de vida. b) Además de la adopción de la sanción, se deberá suscribir un contrato pedagógico y/o disciplinario firmado por el Rector, el implicado, sus padres y/o acudientes, en el que se comprometa el estudiante a modificar su conducta y solicitar ayuda psicológica dentro de la Institución, (si existe el servicios), o fuera de ella si fuera necesario. Además debe quedar claro que los padres o acudientes aceptan la cancelación de la matrícula, cuando se presente la reincidencia de la falta, o la comisión de una nueva falta grave o gravísima. Igualmente si hay una violación a los compromisos adquiridos en el Contrato Pedagógico. c) Durante los días de suspensión, el alumno deberá indagar con sus compañeros sobre las actividades de tipo académico y se compromete realizar sus actividades al orden del día. Para las evaluaciones orales o escritas realizadas en los días de suspensión, implicado las presentará en los días en que se programen los refuerzos del período o final del año. d) Cuando la falta amerite la desescolarización del alumno por el tiempo faltante para terminación del año lectivo, el acudiente deberá representarlo ante los docentes de las respectivas áreas, para recibir y devolver dentro de los plazos fijados por ellos, (semanal, quincenal o mensualmente) los trabajos, talleres, etc. que le sean ordenados para su elaboración. El acatamiento de los trabajos, o su no realización se consignarán en un acta que deberá ser suscrita por el docente y el

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representante o acudiente del estudiante. Copia de esas actas se archivaran en el observador y hoja de vida del estudiante. e) Cuando el sancionado sea un estudiante de grado 11, no será proclamado bachiller en el acto público para tal fin. Él deberá reclamar su diploma y acta de grado, al día siguiente (lectivo o hábil) en que se haya efectuado la ceremonia de proclamación de de los estudiantes de grado once (11), graduados con el título de bachilleres. Al llegar a esta instancia, es indispensable e inaplazable referirnos a términos y alcance de expresiones señaladas en los trámites y procedimientos para la adopción de sanciones. Nota: De acuerdo con la falta cometida por el alumno, se pondrá en conocimiento de la autoridad judicial competente el caso, sin perjuicio de la respectiva sanción institucional. C. PROCEDIMIENTO PARA REGULAR LA IMPUNTUALIDAD YO RETARDO AL INICIO DE LA JORNADA ESCOLAR PASOS

PROCEDIMIENTO

1

Al iniciar la jornada escolar se registra en la planilla los estudiantes que llegaron tarde Si se acumulan tres (3) retardos se envía un llamado de atención por escrito a los padres de familia y se deja constancia escrita en la ficha observador del alumno Si se acumulan cuatro (4) retardos en el mismo periodo, se suspende la actividad académica por un (1) día y se informa personalmente o por escrito a la familia. Se deja constancia escrita en la ficha observador del alumno Si se acumulan cuatro (4) retardos más en el mismo periodo se suspende por dos (2) días. Los estudiantes suspendidos deberán presentar a cada docente las actividades asignadas. Se deja constancia escrita en la ficha observador

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PERSONAS COMPETENTES Docente encargado

Director de grupo

Coordinador

Coordinador

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del alumno Si acumula dos retardos (2) más, se cita acudiente y firma compromiso. Suspensión por tres (3) días. Se deja constancia escrita en la ficha observador del alumno Si incumple compromiso se cita acudiente y se notifica que el caso será pasado a Comisaría de Familia para continuar con el procedimiento de faltas gravísimas

Coordinador

Coordinador

D. PROCEDIMIENTO PARA REGULAR LA INASISTENCIA A LA INSTITUCIÓN PASOS

PROCEDIMIENTO

1

Se registra por escrito en la planilla la inasistencia en la primera hora de clases Por reincidencia por tercera vez se comunica telefónicamente a la casa del estudiante para consultar el motivo de la inasistencia y si es preciso se asumen los correctivos pertinentes (procedimiento conducto regular) iniciando con falta leve. Si se ausento por enfermedad, debe presentar la incapacidad médica. Mensualmente se registran los días de inasistencia en la planilla Al finalizar cada periodo académico se analizan los casos especiales de inasistencia Casos especiales de inasistencia que no tienen justificación serán notificados por escrito al acudiente y si no son mejorados serán informados a la Comisaría de Familia En cada periodo se reportara en el informe de resultados académicos de cada alumno el total de inasistencia en todas las asignaturas y/o áreas.

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PERSONAS COMPETENTES Docentes Director de grupo

Acudiente y alumno Director de grupo Coordinador y Consejo Académico Rectoría

Docente de cada área

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Estudiantes que hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 20% de las actividades académicas reprobaran el grado. Se reportará a ICBF inasistencia escolar injustificada por más de 15 días de inasistencia escolar, dejando copia de la misma en secretaría

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Comisión de evaluación y promoción

Director de Grupo

E. PROCEDIMIENTO PARA REGULAR EL PORTE INADECUADO DEL UNIFORME O LA PRESENTACIÓN PERSONAL PASOS

PROCEDIMIENTO

1

El docente de la primera hora de clase revisa el porte del uniforme, reporta a los estudiantes que presentan uso indebido del mismo y lo consignara en una planilla de novedades de uniforme y firman el docente y el estudiante. Finalizada la semana, se pasa dicha planilla al director de grupo, para analizar los casos de reincidencia e iniciar el proceso así: Con tres registros en la planilla, el director de grupo hará amonestación verbal o dialogo con el alumno, dejando evidencia escrita en forma de falta leve en la ficha observador del alumno Si el estudiante no acata las sugerencias verbales y reincide en el porte indebido del uniforme se hace la respectiva anotación en la ficha observador del alumno y se informa a coordinación Si reincide en la falta se cita al padre de familia para informar sobre la dificultad y elaborar la acción de mejoramiento pertinente Si no hay cambios favorables después de este proceso descrito, se le notifica al

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PERSONAS COMPETENTES Docente o director de grupo

Docente director de grupo

Coordinador

Coordinador y padre de familia

Coordinador

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estudiante que la falta pasa a ser atendida con procedimiento para falta grave.

NOTA: LOS CORRECTIVOS PEDAGÓGICOS son acciones educativas mediante las cuales se busca que el educando reflexione sobre su proceso de crecimiento personal con el objeto de generar cambios de actitud, que le permitan ser más conscientes de la responsabilidad personal ante su propia formación, renovar y consolidar su sentido de pertenencia a la comunidad educativa. Los correctivos deben ser empleados por los docentes o directivos docentes para reorientar el comportamiento, antes de que incurran en alguna falta a la disciplina o de conducta; igualmente, cuando se trata de un hecho que por su trascendencia y efecto sobre la comunidad educativa o en el público en general, no amerite sanción disciplinaria. Los correctivos pedagógicos no tienen el carácter de sanción sino fundamentalmente, tienen una finalidad preventiva y orientadora del comportamiento de los educandos. Se deben utilizar, en consecuencia, como mecanismos orientadores, disuasivos; de diálogo y conciliación. En el proceso de evaluación permanente de los educandos, los correctivos pedagógicos se pueden manifestar a través de las siguientes modalidades: 1. Instrucción verbal, directa y personal dirigida a prevenir comportamientos anormales y reducir conductas que no estén de acuerdo con el Manual de Convivencia. 2. Diálogo reflexivo y analítico con el educando sobre sus actitudes o comportamientos que deban ser mejorados o transformados. 3. Información evaluativa en lo académico, y, descriptiva del comportamiento dirigida a los padres y/o acudientes del educando 4. Compromiso personal con el estudiante que fije objetivos concretos para cumplirse en un tiempo o período prudencial. El Acta de compromiso debe estar firmada por el Padre o Acudiente, el Educando, y el Docente o Directivo Docente respectivo.

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PROCEDIMIENTOS ESPECÍFICAS.

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PARA

REGULAR

ALGUNAS

SITUACIONES

a. Procedimientos para regular permisos y excusas. La puntualidad es un elemento fundamental para la asistencia de los estudiantes a la institución. Para acceder a los permisos o excusas se debe diligenciar el formato estipulado por la institución o enviar estas por escrito y debe estar firmada por el padre de familia o acudiente responsable del estudiante con su correspondiente documento de identidad y teléfono. Es tarea del profesor o coordinador verificar la veracidad de esta información y autorizarlo con su respectiva firma. b. Funcionamiento de las excusas. La insistencia a la institución debe justificarse por escrito ante las respectivas directivas y/o profesores quienes autorizan por escrito, para que el estudiante tenga derecho a la presentación de talleres o evaluaciones y demás actividades realizadas durante la ausencia.  La excusa debe ser presentada dentro de los tres (3) primeros días s ala ausencia.  Las excusas sólo tendrán validez para efectos académicos; pero serán registradas ene l control de asistencia e informe de periodo.  Si la excusa es por motivos de salud y la ausencia sobrepasa los tres (3) días debe ser avalada por la incapacidad médica.  Serán consideradas las excusas por calamidad doméstica aquellas que impliquen: • Muerte de un familiar por 3ª grado de consanguinidad • Enfermedad o incapacidad de la persona responsable del estudiante (padres o acudiente. • El imprevisto de un desastre natural o accidente. Parágrafo 1: La excusa sólo es validad para poder presentar trabajos, talleres y evaluaciones. Parágrafo 2: El estudiante que no presente excusa debidamente diligenciada por escrito ene le tiempo estipulado perderá el derecho a 111


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ser evaluado o a entregar trabajos u otros. El titular de grupo debe registrar este suceso en el observador, y si es reincidente ratificar con las fiemas del estudiante y padre de familia o acudiente. c. Funcionamiento de los permisos.  Cuando se programa una salida pedagógica o curricular es responsabilidad de la institución enviar circular con la invitación a dicho evento la cual deber ser devuelta con su desprendible debidamente diligenciado y firmado por el padre de familia y/o acudiente responsable del estudiante en el tiempo estipulado.  Para salir de la institución por un imprevisto (enfermedad o accidente) el titular de grupo o profesor que se encuentre en el momento deberá enviarlo a coordinación para llamar a la casa para que lo recoja un adulto responsable.  Cuando un estudiante solicita un permiso por cita medica u odontológica este deberá presentarla por escrito al profesor o coordinador para que este verifique su veracidad y así autorizarlo siempre y cuando sea recogido por un adulto responsable autorizado.  Para solicitar un permiso se debe presentar con un día de anticipación o al inicio de la jornada y después de ser aprobado, presentarlo a los docentes de las asignaturas dadas durante el día.  Cuando requiera ausentarse por más de tres (3) días se hace por medio de carta dirigida a la coordinación y a la rectoría por parte del padre de familia o acudiente con un plazo de ocho (8) días, anteriores al permiso. Esta carta debe ser entregada de manera personal por el padre de familia o acudiente en coordinación. El rector es quien aprueba el permiso y comunica al coordinador o docente titular del grupo.  Cuando el estudiante durante la jornada escolar requiera salir solo de la institución deberá presentar en coordinación la solicitud por escrito efectuada por el padre de familia o acudiente.  El estudiante que deje de presentar una actividad escolar por inasistencia debidamente justificada, tendrá derecho a que se le fije la fecha y hora para la presentación o evaluación de dicha actividad, lo cual deberá solicitar inmediatamente reingrese a la institución.  En portería no se recibirán trabajos u objetos escolares olvidados para los estudiantes debido a que se está formando en la responsabilidad y demás valores. d. Matrícula

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Para matricular a un estudiante antiguo y nuevo se debe cumplir con los siguientes requisitos: Copia tarjeta identidad o cedula ampliada a 150 Copia carné EPS o Sisben Registro civil original Copia de la cédula padre de familia o acudiente Certificado de desplazado en caso de que lo sea Ficha observador del alumno Certificado de calificaciones de los años cursados en papel membrete para estudiantes nuevos Boletín de calificaciones del año anterior (alumnos antiguos) Una foto tipo documento para los alumnos nuevos Diagnóstico clínico de Necesidad Educativa Especial (discapacidad o talento) en caso afirmativo Carné de vacunas para los niños de preescolar Calificaciones en papel membrete de años anteriores Paz y salvo para alumnos provenientes de colegios privados Una vez matriculado el estudiante, se asume que el padre de familia o acudiente y estudiante aceptan y se comprometen a llevar a cabo el Manual de Convivencia. e. Conducto regular El conducto regular corresponde a las diferentes instancias que deben seguirse para la solución de una situación sea de tipo académico, comportamental o de convivencia en la vida escolar: 1. 2. 3. 4. 5. 6.

Estudiante Educador Director de Grupo Coordinador Rectoría Consejo Académico o Directivo

f. Servicio Social Obligatorio

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El servicio social obligatorio está reglamentado según lo dispuesto por el gobierno por medio del Ministerio de Educación Nacional según Resolución 4210 de 1996 por la cual se reglamenta el servicio social estudiantil de carácter obligatorio, la ley 115 de 1994, el decreto 1860 de 1994 posibilitando la vinculación de los estudiantes de los grados 10 y 11 al trabajo comunitario, mediante el díselo de proyectos pedagógicos que respondan a las necesidades y expectativas de la comunidad. Es deber del estudiante de toda institución educativa cumplir con un programa de servicio social y es deber de la institución velar que este se cumpla en un plan de 80 horas prácticas, las cuales son requisito para su graduación. Lo anterior de acuerdo al decreto 1860 de la ley general de educación. g. Utilización y conservación de los bienes de uso personal y colectivo El estudiante debe: -

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Respetar y cuidar los bienes y elementos propios de la institución educativa y de sus compañeros, procediendo con honradez y veracidad reparando o respondiendo por los daños causados, devolviendo oportunamente lo que haya sido prestado o encontrado. Utilizar los servicios de la biblioteca, laboratorio, sala de computadores, salón de bilingüismo, tienda escolar, restaurante escolar, entre otros, dentro del horario establecido y cumplir con las horas fijadas para estos servicios. Llevar consigo permanentemente el carne estudiantil, carne de eps o sisben y documento de identidad para acceder a servicios según la necesidad. Evitar que personas ajenas a la institución educativa utilicen el uniforme Responder por el material que se asigne para el desarrollo de las actividades pedagógicas y educativas Acogerse a las normas que estipule la empresa transportadora cuando se programen salidas pedagógicas o recreativas. Los estudiantes deben firmar una planilla donde se responsabilizan del cuidado de la silla y la reparación en caso de daño de la misma. Deben aplicar las 5 s en el ambiente escolar: salud, disciplina, orden, aseo y utilidad. En caso de que el estudiante lleve a la institución educativa aparatos como mp3, mp4, celular, cámara, otros asume la responsabilidad de

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cuidado personal. En caso de pérdida o robo la institución educativa no se hace responsable.

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¿CUÁL ES TU APORTE PARA SER UNA PERSONA FELIZ Y CONTRIBUIR A UNA SANA CONVIVENCIA ESCOLAR?

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CAPITULO VIII PROCEDIMIENTO PARA EL SEGUIMIENTO COMPORTAMENTAL PREVIO AL PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO. En caso de que un estudiante cometa una falta disciplinaria y acorde con lo definido por el código de la infancia y la adolescencia en su Artículo 15, la sanción deberá tener prioritariamente un sentido pedagógico: “Artículo 15. A. EJERCICIO DE LOS DERECHOS Y RESPONSABILIDADES. Es obligación de la familia, de la sociedad y del Estado, formar a los niños y los adolescentes en el ejercicio responsable de los derechos. Las autoridades contribuirán con este propósito a través de las decisiones oportunas y eficaces y con claro sentido pedagógico”. El niño o el adolescente tendrán o deberá cumplir las obligaciones cívicas y sociales que correspondan a un individuo de su desarrollo. En decisiones jurisdiccionales o administrativas, sobre el ejercicio de los derechos o la infracción de los deberes se tomarán en cuenta los dictámenes de especialistas”. Sentido Pedagógico de la Sanción: Desde nuestra forma de interpretarlo como institución, el sentido pedagógico de la sanción procede, en el caso de niños y adolescentes, mediante la aplicación en principio de unos procedimientos que definimos así: 1. Establecimiento de la verdad en torno a lo ocurrido, favoreciéndose en todo caso y prioritariamente las formas de comunicación y conciliación democráticas sin intimidación alguna entre las partes. 2. Reparación de las personas y los bienes afectados y por la falta procedente de la conciliación, en caso de no ser gravísimas. 3. Realización de actividades que lleven al implicado a lograr un aprendizaje significativo sobre la naturaleza de la falta cometida. Estas actividades deben constituirse en un aprendizaje para la vida y deben atenerse a la prohibición expresa en el Código de la Infancia y la Adolescencia en su Artículo 45 que dice: “…los directores y educadores

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de los centros públicos o privados de educación formal, no formal e informal, no podrán imponer sanciones que conlleven maltrato físico o psicológico de los estudiantes a su cargo, o adoptar medidas que de alguna manera afecten su dignidad. Así mismo, queda prohibida su inclusión bajo cualquier modalidad, en los manuales de convivencia escolar. En caso de que no sea posible la aplicación de los anteriores tres pasos, se aplicará el proceso disciplinario como es definido a continuación. Proceso Institucional: Dialogo privado. Todo acto de indisciplina o contra la conducta o bajo rendimiento académico, será encausado por el educador que se enteró de la falta, dejando constancia en el diario de campo del docente. Se describe la falta y como ocurrieron los hechos y el correctivo pedagógico. La constancia de la falta será firmada por el educador y el estudiante en el momento que sucede la falta. Amonestación Privada por escrito. Se aplicará cuando el estudiante persista en el incumplimiento de la misma falta o no haya manifestado cambio positivo en su comportamiento. El procedimiento lo aplica el docente, haciendo constar el correctivo pedagógico en la ficha observador del estudiante, (La Ficha Observador del Alumno es de exclusivo manejo del director de grupo – Artículo 9º Resolución Nº 2624 de 1951, Ministerio de Educación Nacional) La constancia de la amonestación será firmada por el educador y el educando en el momento que suceda la falta. La falta debe ser descrita tal cual sucedieron los hechos. Se aclara que las hojas que contienen la ficha observador del estudiante deben estar numeradas en orden cronológico y debe tener la información completa. Citación del Padre de Familia o Acudiente. Cuando en la ficha observador del estudiante se acumulen tres: 3 amonestaciones, se citará al padre de familia o acudiente, para realizar conjuntamente la orientación pedagógica conforme a lo establecido en el presente manual, según competencia del responsable como director de grupo o coordinador.

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La citación al acudiente o padre de familia debe llevar el visto bueno del coordinador de la institución educativa o rectoría si fuese necesario. La citación al acudiente o padre de familia se hará constar en la ficha observador del estudiante. Debe contemplar los siguientes datos: nombre del padre de familia o acudiente, dirección, teléfono como debe figurar en su hoja de vida: datos actualizados. Cuando el problema sea de índole académico, la citación llevará el visto bueno del coordinador o de rectoría si fuese necesario. El padre de familia o acudiente tiene un plazo de tres: 3 días para presentarse en la Institución Educativa a cooperar en la solución del problema teniendo en cuenta la jornada de estudio del establecimiento. Vencido el término, el estudiante tendrá el correctivo pedagógico establecido por la institución educativa para ser cumplido dentro del plantel.

Correctivo pedagógico por 2 ó 3 días. Se aplicará este correctivo pedagógico al estudiante que reincida en faltas que se consideran leves o una falta grave, según lo establecido en este manual. El correctivo pedagógico debe ser claro y debe responder a la reparación de la falta. Contrato Pedagógico. Es un condicionamiento de permanencia del educando en la institución educativa. El estudiante firmará junto con su padre de familia o acudiente un contrato pedagógico cuando se haga necesario, bien por circunstancias de orden disciplinario como por deficiencias académicas. Este correctivo lo aplica rectoría y debe quedar copia en la ficha observador del estudiante con los compromisos que se adquieren y los correctivos pedagógicos. La vigencia y razón de ser del Contrato Pedagógico, se hará efectiva hasta tanto se subsanen las circunstancias que le dieron origen. En caso de incumplimiento de los compromisos dará lugar a la aplicación de las sanciones pertinentes. Correctivo pedagógico por 3 a 30 días. Se aplicará este correctivo pedagógico al estudiante que reincida en faltas que se consideran

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gravísimas, según lo establecido en este manual. El correctivo pedagógico debe ser claro y debe responder a la reparación de la falta. Cancelación del contrato de matrícula. Cuando teniendo y habiendo firmado y convenido un contrato pedagógico, se cometiera la falta o faltas que atentan contra el mismo o el colectivo se da inicio al debido proceso para la cancelación de la matrícula. Esta sanción es notificada por rectoría a través de Resolución rectoral ya que no hay más correctivos para el manejo del caso. La institución educativa ya agotó todos los recursos y procedimientos para que el estudiante modificara su comportamiento. El Debido Proceso Institucional garantiza al estudiante que haya cometido una falta, los siguientes derechos: 1. Se le explica en un lenguaje que entienda, en qué consiste la falta cometida y se le muestra que la falta está definida en el manual de Convivencia Institucional. También se le debe explicar cómo la falta afecta la vida de la institución. El tiempo estipulado para hacerlo es el mismo día o dentro de las 24 horas siguientes a la comisión de la falta. 2. Realizar declaración de las partes involucradas en la comisión de la falta frente al Director(a) de grupo o en su defecto un delegado por un Coordinador de cada sede, dentro del término de dos (2) días. Dicha declaración puede ser utilizada como medio de defensa o medio probatorio. 3. Las partes pueden solicitar la práctica de pruebas tendientes a la demostración de los hechos y a su posterior responsabilidad, dentro de los tres (3) días siguientes a la declaración ante el director(a) de grupo. 4. Dentro del término probatorio, las partes podrán solicitar la presencia del acudiente y/o padre de familia para garantizar su derecho a la defensa. En todo caso, según la falta, el director(a) de grupo podrá disponer de la presencia o no de los acudientes y/o padre de familia. También puede ser solicitado el Personero(a) de los estudiantes, quien acompañará a los estudiantes para que se les garanticen sus derechos. 5. Agotado el término probatorio, se dará traslado al coordinador de cada sede y al rector para que se tome la respectiva decisión frente a los hechos ocurridos, dentro de dos (2) días siguientes al traslado. 6. En caso de encontrar algún tipo de responsabilidad, el implicado podrá alegar circunstancias de atenuación para la sanción a imponer.

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7. Las partes podrán hacer uso de los recursos de Reposición dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de la decisión y Apelación a nivel de un funcionario superior una vez seguido el conducto regular. Nota: En todo momento se debe seguir el conducto regular: Cuando se presente una dificultad que altere la convivencia de la siguiente manera: estudiante, docente que conoce la falta, director(a) de grupo, coordinador(a), rector y por último Consejo Directivo. Circunstancias atenuantes o que eximen: Se consideran además como circunstancias que atenúan o eximen la responsabilidad del estudiante en las faltas que cometa que van en contra de la sana convivencia las siguientes: 1. Su edad, desarrollo psicoafectivo, mental, volitivo y sus circunstancias personales, familiares y sociales. 2. El haber obrado por motivos nobles o altruistas. 3. El haber observado un buen comportamiento anterior. 4. El haber sido inducido a cometer la falta por alguien mayor de edad y/o inmadurez psicoafectiva. 5. Cometer la falta en estado de alteración, motivado por circunstancias que le causen dolor físico o psíquico. 6. Procurar voluntariamente después de cometida la falta, anular o disminuir sus consecuencias.

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CULTIVEMOS EMPATÍA, PROPONGAMOS TOLERANCIA. SEMBREMOS AMISTAD, GENEREMOS INCLUSIÓN. CONSTRUYAMOS COMPRENSIÓN, ALENTEMOS ACEPTACIÓN. FORMEMOSEN RESPONSABILIDAD, ENSEÑEMOS EN VALORES. ALENTEMOS LA COMUNICACIÓN, PERMITAMOS LA SINCERIDAD.

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CAPITULO IX ETAPAS DEL PROCESO DISCIPLINARIO Serán etapas del proceso disciplinario: 1. Diligencias Preliminares; 2. Investigación Disciplinaria, y 3. Decisión Final. El inicio de un proceso disciplinario, se materializa a través de las Diligencias Preliminares:  DILIGENCIAS PRELIMINARES: Una vez conocido un hecho que puede dar lugar a una sanción disciplinaria, el Coordinador (a) valorará la situación para determinar si hay mérito o no para iniciar un proceso disciplinario. En caso de duda, dispondrá de la apertura de diligencias preliminares, que tendrán un término máximo de cinco (5) días, lapso en el que se recibirá versión libre del implicado (a) o implicada (as) presuntamente responsables si él o (ella) lo desean. Se escuchará al Director (a) de grupo o curso al que el sindicado (a) pertenece, y se recibirá declaración a todas las personas que pudieran tener información que aclare o amplíe los hechos objeto de la investigación. La versión libre es un derecho del sindicado al que él puede renunciar. Si el sindicado (a) renuncia a ese derecho, deberá dejarse constancia escrita de ello, de todas maneras, el investigador debe intentar tal diligencia. Una vez vencidos los términos de las diligencias preliminares, se debe expedir una Resolución motivada que archive el caso si no existe mérito para la iniciación del proceso disciplinario, o de lo contrario lo declare abierto.  INVESTIGACIÓN DISCIPLINARIA: Una vez concluidas las diligencias preliminares, o cuando los hechos mismos lo ameriten, se abrirá la investigación disciplinaria por parte del Coordinador (a) , con el objeto de establecer: 1. Si realmente se ha cometido un acto que amerite un correctivo de carácter disciplinario.

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2. Quien o quienes son los autores del hecho, lo mismo que sus partícipes. 3. Los motivos determinantes y demás factores que pudieran influir en la comisión de la falta 4. Las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se realizó el hecho que presumiblemente requiere un correctivo disciplinario. 5. Las condiciones personales y académicas de o la (s) implicados, su conducta anterior y sus antecedentes disciplinarios. La Resolución de Apertura de una Investigación Disciplinaria, decretará la práctica de las pruebas a que haya lugar, para el pleno esclarecimiento de los hechos investigados. Tanto la Resolución que archive el caso, como aquella que ordene la apertura del proceso disciplinario, deberá ser notificada al educando (a) investigado (a), a través de sus padres o acudientes y/o personalmente según el caso. A los padres y/o acudientes del o los sindicados, se les deberá informar la apertura del proceso disciplinario, como parte del proceso formativo del educando, acorde con las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias TRÁMITE Para el trámite del proceso disciplinario el Coordinador (a) a quien haya correspondido la indagación preliminar podrá designar una comisión para que adelante la investigación, comisión compuesta por: El Director (a) de Grupo al que pertenezca el investigado (a); El Personero (a) estudiantil y un representante de los padres de familia. (La Asociación de Padres de Familia y/o Concejo de Padres, designarán el delegado). Esta comisión, o el Coordinador (a) según el caso, dispondrán de un término máximo de diez (10) días hábiles o lectivos para establecer si se ha cometido una falta disciplinaria; quien o quienes son sus autores o partícipes; las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se realizó el hecho y las condiciones académicas y de conducta anteriores de los (as) presuntos (as) responsables. Podrá igualmente recibir declaración libre y espontánea al o los (as) investigados (as), si así lo desea (n). PLIEGO DE CARGOS

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La Comisión Investigadora o el Coordinador (a), según el caso, pondrán en conocimiento del sindicado (a), de sus padres y/o acudientes los hechos que presuntamente pueden dar lugar a la adopción de sanciones disciplinarias, para que en un término máximo de cinco (5) días hábiles o lectivos, contados a partir de la notificación respectiva, puedan presentar los descargos correspondientes y solicitar las pruebas pertinentes. Si se solicitan las pruebas, ellas se practicarán dentro de los diez (10) días hábiles o lectivos siguientes, siempre que las mismas sean pertinentes y conducentes dentro de la investigación. DECISIÓN FINAL Vencido el término para los descargos, y los de la etapa probatoria, si hubo lugar a ella, el Coordinador (a) remitirá toda la documentación al Rector (a) para que él o ella, según el caso, y previa calificación de la falta y estando probados los hechos, determine la sanción disciplinaria correspondiente. Para ello se dispondrá de un término de tres (3) días hábiles. De acuerdo con los mandatos legales, la decisión final se adoptará mediante la expedición de la Resolución Rectoral, la cual debe contener al menos: 1. Identificación del sancionado; 2. Descripción sucinta de los hechos y de los descargos realizados por los (as) presuntos (as) responsables; 3. Un análisis de las pruebas allegadas, las normas infringidas y la calificación de la (s) falta (s) y el correctivo disciplinario a imponer o las razones en las que se sustenta la exoneración de responsabilidad. La Resolución Rectoral que pone fin a un proceso disciplinario se notificará personalmente al responsable (s), y a sus padres y/o acudientes. Contra la Resolución Rectoral que imponga una sanción disciplinaria, caben los recursos de Ley. El de Reposición ante el o la Rectora y el de Apelación ante el Consejo Directivo de la Institución, como máxima autoridad escolar, y conforme con lo dispuesto por las funciones del Consejo Directivo. 1. RECUSO DE REPOSICIÓN: Este Recurso se presenta ante el funcionario competente que emitió la sanción con el objeto de que la

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revise, modifique o revoque. (RE: prefijo latino = repetición, recobrar, reabrir- Artículo N° 50 Código Contencioso Administrativo.) 2. RECURSO DE APELACIÓN: Este Recurso se presenta ante el superior jerárquico de quien produjo la sanción con la finalidad de que la aclare, modifique o revoque la decisión del subordinado, Artículo N° 50 Código Contenciosos Administrativo.

Cuando la sanción sea adoptada por el Coordinador, el estudio de la Apelación corresponderá al Rector; cuando la sanción la imponga el Rector, corresponderá al Consejo Directivo resolver la Apelación. Cuando la sanción sea adoptada por el Consejo Directivo como máxima autoridad del gobierno escolar, solo procederá el Recurso de Reposición. En la comunicación escrita de la sanción, se deberá expresar que recursos se conceden, ante cual autoridad y los términos para interponerlos. Dada la importancia del proceso educativo, se conceden los siguientes términos para presentar y resolver los recursos: • Para presentar el recurso: Tres (3) días hábiles. • Para resolver el recurso: Máximo Cinco (5) días hábiles. Para el caso de cancelación de la matrícula de un estudiante o negación de cupo escolar para el año siguiente, esa determinación es de exclusiva competencia del Consejo Directivo. Esta sanción opera solo para los estudiantes que cometieron faltas gravísimas, o aquellos que han perdido el año (no fueron promovidos) en dos (2) oportunidades consecutivamente. La pérdida de cupo para los repitentes será solo de un año; para los sancionados por faltas gravísimas será definitiva la pérdida de cupo. REPONER: Volver a poner, asignar a una persona una cosa o empleo, lugar o estado que antes tenía. APELAR: (Latín Apellare) Recurrir a un juez o tribunal para que enmiende o anule la sentencia de un inferior. De acuerdo con la ley, cuando se interponen los recursos (Reposición y/o Apelación), ellos se conceden en carácter suspensivo de la sanción, es decir,

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que mientras se atienden los mismos, la sanción no se puede adoptar. Esa disposición está contenida en el artículo Nº 55 del Código Contencioso Administrativo, que señala: “Artículo 55.- Efecto suspensivo.- Los recursos se concederán en el efecto suspensivo”. En esta ritualidad hay que observar el máximo cuidado, ya que es este aspecto el eje del proceso disciplinario mismo. La Jurisprudencia de la Corte Constitucional, específicamente la Sentencia T-301 de 1996, refiriéndose al Proceso Disciplinario como parte del Manual de Convivencia, señaló: “Sentencia T-301 de 1996.1. Las faltas a la disciplina y las sanciones por ellas, deben estar determinadas en el Manual. 2. El Manual debe señalar el procedimiento disciplinario a seguir a) Comunicando la forma de la apertura del proceso; b) La necesidad de la formulación de cargos, tipos de conductas sancionables, la norma afectada con la actuación, la calificación d la falta, o y las sanciones aplicables. c) Ordena el traslado al imputado de todas y cada una de las pruebas que hay en su contra d) La indicación de los términos durante los cuales el imputado podrá presentar descargos, contravenir las pruebas presentadas en contra de él y allegar las que él considere necesarias para su defensa e) El pronunciamiento oficial de la autoridad competente, mediante acto motivado y congruente. f) Notificación de la imposición de la sanción, que debe ser proporcional al acto cometido, y g) La posibilidad del sentenciado de controvertir el fallo, mediante el uso de los recursos de ley (Reposición y/o Apelación) de cada una de las decisiones adoptadas. De igual manera, la Corte Constitucional en fallo de 1993, y mediante Sentencia T-538, consideró: “Sentencia No. T-538/93.- REGLAMENTO. – Contenido”.

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“El alumno tiene un derecho inherente a su naturaleza no sólo de persona sino en su condición de estudiante, según el cual, antes de ser objeto de las sanciones previstas en el reglamento del establecimiento educativo, se dé pleno cumplimiento a los procedimientos allí previstos en orden a garantizar su legítimo derecho de defensa y la observancia del debido proceso, en aras a desvirtuar e impedir que la medida adoptada por la autoridad administrativa sea arbitraria o injustificada”. PRESUNCIÓN DE INOCENCIA “Toda persona tiene derecho a que se presuma su inocencia y a que en caso de sindicaciones en su contra, no se deduzcan sus responsabilidades sin haberla oído y vencido en el curso de un proceso dentro del cual haya podido, cuando menos, exponer sus propias razones, dar su versión de los hechos, esgrimir las pruebas que la favorecen y controvertir aquellas que la condenan. La presunción de inocencia tiene que ser desvirtuada como requisito indispensable para que se haga posible la imposición de penas o de sanciones”. Precisados los términos y los alcances de las disposiciones legales, debemos detenernos en la forma en que se adelantará el proceso disciplinario, conforme a la clase de la falta (leve, grave o gravísima). PARA LAS FALTAS LEVES: 1. Sanciones Aplicables: Para este tipo de faltas se deben aplicar las siguientes sanciones: • Amonestación oral en privado • Ordenación de acciones de reparación o reivindicación de la falta • Correctivos pedagógicos • Amonestación escrita en el observador cuando se incumplan compromisos de mejoramiento 2. Competencias: La competencia para la atención y actuación ante este tipo de faltas corresponde: • Al docente o directivo docente que encuentre en flagrancia al infractor (actuación oficiosa)

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Al docente o directivo docente que reciba la denuncia de cualquier miembro de la comunidad educativa, o de los testigos de la falta.

3. Términos para actuar: Se debe actuar y aplicar la sanción el mismo día de conocido el hecho, o a más tardar al día siguiente al que se cometió la falta o se tuvo conocimiento de la falta. (Oficiosamente en el caso de flagrancia) 4. Procedimiento procedimientos.

a

seguir:

Se

deben

observar

los

siguientes

a) Diálogo con el implicado, amonestación verbal e invitación a modificar su comportamiento b) Si la amonestación verbal no produce efecto, se aplicará una acción pedagógica o de servicio social, acorde con la falta cometida. No se podrán hacer amonestaciones por escrito en el observador por faltas leves, sin antes haber realizado acciones de diálogo o compromisos pedagógicos. c) Si el sancionado incumple el convenio señalado (dentro del término acordado: días, semanas, meses, etc.) o reincide en la falta, se elaborará una amonestación escrita en el observador. El inculpado puede hacer los descargos correspondientes y ejercer el derecho a la defensa antes de firmar la observación. d) Una quinta (5ª) amonestación escrita por una falta leve (reincidencia u ocurrencia de 5 faltas diferentes) constituye por sí misma una falta grave y deberá sancionarse y procederse de conformidad con esa calificación. PARA LAS FALTAS GRAVES: 1. Sanciones aplicables: Para este tipo de faltas o conductas deben aplicar las siguientes sanciones: •

Suspensión de las actividades académicas entre uno (1) y tres (3) días, dependiendo de la falta y atendiendo a las circunstancias atenuantes o agravantes. Además, se deberá elaborar una Acta de suspensión y compromiso de cambio incluido en el observador; el sancionado deberá ejercer acciones de reivindicación y reparación de la falta.

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2. Competencias: La competencia para atender este tipo de faltas corresponde al Coordinador de la jornada escolar, en la que se cometió la falta, o se tuvo conocimiento del hecho. Los directores de grupo o docentes carecen de competencia para impedir la entrada o devolver a su casa al estudiante que haya cometido una falta grave. Los coordinadores podrán imponer como sanción máxima la suspensión de tres (3) días al inculpado. Las suspensiones superiores a tres (3) días son exclusivas del Rector. 3. Términos: Para la atención de estas faltas se dispone de un término máximo de tres (3) días lectivos, contados a partir de la ocurrencia de la falta o se tenga noticia de la ocurrencia de la misma. El término podrá prorrogarse cuando las circunstancias para la obtención de pruebas, interrogación de testigos, solicitar información así lo amerite. Se debe iniciar el proceso disciplinario, el inculpado de estar acompañado de sus padres o acudientes y hacerse presente en la oficina del Coordinador o Rector según el caso. 4. Procedimiento a seguir: Ante la ocurrencia de una falta de esta clase se deberán observar las siguientes etapas procesales tendientes a garantizar el derecho a la defensa del o los implicados: •

Dialogar con el implicado, o con cada uno de los implicados y sus respectivos padres o acudientes, además de interrogar a los testigos con la finalidad de reconstruir los hechos, verificar información, etc. De los hechos constitutivos de la falta debe quedar constancia escrita en un acta, la que debe contener la descripción de la falta, las circunstancias atenuantes o agravantes de la conducta e incluir en ella la sanción a imponer; además debe celebrarse un compromiso con el implicado a fin de modificar su conducta y mejorar su comportamiento. Esa acta debe estar firmada por el implicado, sus padres o acudientes, por el coordinador y el rector, y se archivará en el observador (hoja correspondiente al alumno implicado).

La sanción para las faltas graves, deben ser señaladas por el Manual de Convivencia. La dosificación de la falta pueden ser modificada por el coordinador, según el caso, atendiendo a las circunstancias atenuantes o agravantes. Recuérdese que la sanción de desescolarización no puede sobrepasar el límite de tres (3) días, cuando por delegación la adopte el coordinador.

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El suspendido deberá, además, obtener de parte de sus compañeros la información necesaria sobre las actividades académicas para que cuando se reintegre esté totalmente al día. Si durante el período de suspensión se realizan evaluaciones orales o escritas y el no está presente, las mismas serán aplazadas para las fechas de refuerzo durante el correspondiente período o final de año, según el caso.

La suspensión de actividades escolares, no necesariamente debe ejecutar en la casa del suspendido, él o los implicados pueden cumplir la sanción al interior de la Institución Educativa. PARA FALTAS GRAVÍSIMAS:

1. Sanciones aplicables: Ante la ocurrencia de este tipo de faltas, se aplicarán las siguientes sanciones: Suspensión de actividades académicas durante un período comprendido entre: cuatro (4) y treinta (30) días, sanción notificada mediante Resolución Rectoral debidamente motivada a) Contrato Pedagógico-Disciplinario, firmado por el estudiante, sus padres o acudientes, Coordinado y/o Rector según el caso. b) Desescolarización por el año en curso y pérdida del cupo para el año siguiente, si ha transcurrido más del 50% del año lectivo. c) Cancelación de la matrícula d) En el caso de que el implicado sea un estudiante del decimoprimero grado (11), no será proclamado como bachiller en el acto comunitario de graduación. e) Cuando el sancionado sea deportista activo, y cometa una falta gravísima en desarrollo de un encuentro deportivo, además de la sanción queda automáticamente excluido del equipo deportivo y no podrá seguir participando en las competencias deportivas, dentro o fuera de la Institución Educativa representando al grado o a la Institución incompetencias locales, municipales, departamentales y nacionales. 2. Competencias: La atención de este tipo de faltas corresponde al Rector de la Institución Educativa, o en su defecto el delegado, quien debe ser el coordinador, la delegación debe ser siempre escrita, indicando el

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alcance de la misma; el Rector posee la competencia para aplicar sanciones entre cuatro (4) y ocho (8) días de suspensión. Cuando las faltas sean de gran entidad, corresponderá exclusivamente adoptarlas al Consejo Directivo de la Institución, o sea aquellas que conlleven más de ocho (8) días de suspensión. La adopción de la sanción se consignará en un Acuerdo del Consejo Directivo, debidamente motivado y será notificado al sancionado mediante una Resolución Rectoral, igualmente motivada debidamente a los padres o acudientes del sancionado. Términos: La adopción de estas medidas, se debe hacer dentro de los ocho (8) días lectivos siguientes a la comisión de la falta, o se tenga conocimiento de la comisión de la misma. La prórroga de los términos solo será posible, cuando por razones de investigación o práctica de pruebas. 3. Procedimiento a seguir: Para la iniciación del proceso disciplinario, bien por parte del Rector o del Consejo Directivo, se deben observar los siguientes pasos: a) Interrogar al implicado o implicados sobre el hecho; realizar reconstrucción de los hechos constitutivos de la falta, presentar descargos y analizar las circunstancias atenuantes o agravantes según el caso. Una vez analizadas las causas y se haya dado cumplimiento al debido proceso, el competente (Rector o Consejo Directivo) adoptarán la sanción, indicando cuantos días de suspensión se aplicarán dentro del rango de 4 a 30 días. De la actuación debe quedar prueba escrita, mediante la suscripción del acta del Consejo Directivo en la que se dejen explícitamente narradas las circunstancia de tiempo, modo y lugar de la ocurrencia de la falta; el acta será firmada por el Presidente y Secretario del Consejo Directivo, el implicado y sus padres o acudientes. Esa acta será la base de la Resolución Rectoral que aplicará la sanción. Copia de los documentos: acta del consejo directivo y resolución rectoral se archivarán en el observador del sancionado y en su hoja de vida. b) Además de la adopción de la sanción, se deberá suscribir un contrato pedagógico y/o disciplinario firmado por el Rector, el implicado, sus padres y/o acudientes, en el que se comprometa el estudiante a modificar su conducta y solicitar ayuda psicológica

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dentro de la Institución, (si existe el servicios), o fuera de ella si fuera necesario. Además debe quedar claro que los padres o acudientes aceptan la cancelación de la matrícula, cuando se presente la reincidencia de la falta, o la comisión de una nueva falta grave o gravísima. Igualmente si hay una violación a los compromisos adquiridos en el Contrato Pedagógico. c) Durante los días de suspensión, el alumno deberá indagar con sus compañeros sobre las actividades de tipo académico y se compromete realizar sus actividades al orden del día. Para las evaluaciones orales o escritas realizadas en los días de suspensión, implicado las presentará en los días en que se programen los refuerzos del período o final del año. Cuando la falta amerite la desescolarización del alumno por el tiempo faltante para terminación del año lectivo, el acudiente deberá representarlo ante los docentes de las respectivas áreas, para recibir y devolver dentro de los plazos fijados por ellos, (semanal, quincenal o mensualmente) los trabajos, talleres, etc. que le sean ordenados para su elaboración. El acatamiento de los trabajos, o su no realización se consignarán en un acta que deberá ser suscrita por el docente y el representante o acudiente del estudiante. Copia de esas actas se archivaran en el observador y hoja de vida del estudiante. f) Cuando el sancionado sea un estudiante de grado 11, no será proclamado bachiller en el acto público para tal fin. Él deberá reclamar su diploma y acta de grado, al día siguiente (lectivo o hábil) en que se haya efectuado la ceremonia de proclamación de de los estudiantes de grado once (11), graduados con el título de bachilleres. Al llegar a esta instancia, es indispensable e inaplazable referirnos a términos y alcance de expresiones señaladas en los trámites y procedimientos para la adopción de sanciones.

CONTRATO PEDAGÓGICO

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I - POR BAJO RENDIMIENTO ACADÉMICO El “Contrato Pedagógico” celebrado por esta causa debe entenderse como una estrategia que busca la superación académica del alumno que se manifiesta por la pérdida de áreas fundamentales y obligatorias del conocimiento y/o áreas optativas, según el caso. Es este un instrumento mediante el cual el estudiante se obliga, con el oportuno acompañamiento de sus padres y/o acudientes y con la continua y constante asesoría y orientación de la Institución o Colegio, para mejorar su rendimiento académico según lo dispuesto por la institución o colegio, de acuerdo con las normas legales y reglamentarias vigentes. II - PROBLEMAS COMPORTAMENTALES El Contrato Pedagógico (por mal comportamiento o disciplinario) es una estrategia pedagógica que busca la superación de actitudes o comportamientos que contravienen el Manual de Convivencia y vulneran los derechos de otros miembros de la comunidad educativa, afectando negativamente los espacios académicos y sociales de la institución (o colegio). Es este un instrumento mediante el cual el estudiante se obliga con la institución (o colegio), bajo la continua asesoría y orientación de esta (e), a adoptar comportamientos acordes con las disposiciones reglamentarias vigentes, en especial lo señalado por el manual de Convivencia.

III- CONTRATO PEDAGÓGICO ESPECIAL Esta es una herramienta pedagógica diseñada para estudiantes con necesidades educativas especiales. Su propósito es el de ofrecer un acompañamiento educativo y pertinente al estudiante y a la familia de este, para que en equipo con la institución (o colegio), se potencie al estudiante en el propósito de superar las deficiencias académicas o de sus comportamientos alterados. Conducto Regular en lo Disciplinario o Convivencia. La iniciación y el desarrollo del procedimiento para las faltas de los estudiantes, tendrá el siguiente curso: a. Dialogo con el educador y el estudiante b. Intervención del director de grupo si no hubo solución o acuerdo inicial. c. Intervención del coordinador(a), si persiste el problema d. Si el coordinador(a) no logra la conciliación, el caso pasará a rectoría

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e. Análisis del caso a cargo del Consejo Directivo y notificado por medio de acuerdo PARÁGRAFO 1. El procedimiento lo aplica el Consejo Directivo Mediante acuerdo, previo análisis de las decisiones tomadas al respecto por el Gobierno Escolar, en la reunión para la evaluación del aspecto socio afectivo que tiene lugar al finalizar el año lectivo escolar.

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EL ÉXITO NO SE LOGRA SÓLO CON CUALIDADES ESPECIALES. ES SOBRE TODO UN TRABAJO DE CONSTANCIA, DE MÉTODO Y DE ORGANIZACIÓN

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CAPITULO X A.

SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVECIA ESCOLAR

El comportamiento del estudiante debe ser siempre ajustado a las normas vigentes y sanas costumbres de convivencia. Los actos que vayan en contra de lo establecido y acordado en este manual son considerados como SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR. Estas situaciones se clasifican en Tipo I, tipo II, tipo III. El Rector (a) en uso de sus facultades legales y reglamentarias podrá disponer de otros medios correctivos según su criterio y manteniendo siempre el objetivo de formar de manera integra al estudiantado, prevaleciendo siempre el bien común sobre el bien particular y buscando el cumplimiento de la normatividad institucional, la Misión y la Visión de la institución educativa. Así mismo velará por el cumplimiento de la unidad de criterios, garantizando el derecho fundamental al debido proceso y observando plenamente el conducto regular. Todo reporte informativo va acompañado de un espacio pedagógico de obligatoriedad por parte del estudiante. ARTÍCULO 1. Se consideran SITUACIONES TIPO I: Se considera situación tipo I, todo comportamiento, actitud y/o acción de un estudiante que afecta el funcionamiento y la convivencia de la comunidad; los conflictos manejados inadecuadamente, así como aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar y que en ningún caso generen daños al cuerpo o a la salud. Son situaciones tipo I: a. Emplea vocabulario inadecuado con sus compañeros, docentes, directivos y personal administración. b. Realiza actos o tiene actitudes propias de la intimidad de pareja en público. c. Realiza actos contra la integridad personal, en las celebraciones de cumpleaños, despedidas, actos culturales, religiosos, deportivos o cualquier otra manifestación de alegría utilizando pólvora, maicena, huevos, espumas y similares. No se puede perturbar a la comunidad educativa dentro ni fuera de la institución.

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d. Traer o participar en juegos de azar que implique uso de dinero. e. Cometer actos que propicien la pérdida o extravío de materiales escolares, elementos deportivos o de cualquier otra naturaleza. f. Todo acto escrito que sea difamación o calumnia que atente contra la dignidad de las personas o que debilite el principio de autoridad y buen nombre de los directivos, docentes, administrativos y el resto de la comunidad educativa. g. Usar expresiones irrespetuosas y vocabulario soez en cualquier ocasión, contra compañeros, docentes, directivos, administrativos, o demás personas de la institución. h. Apropiarse de ideas, creaciones o producciones de otras personas (copia de trabajos realizados por otros). i. Portar, usar o compartir material pornográfico (revistas, libros, fotos, memorias, videos, entre otros) dentro de la institución. j. Tomar irregularmente dinero, prendas y materiales ajenos. PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN SITUACIÓN TIPO I: PROCEDIMIENTO Reunión inmediata con las partes involucradas en el conflicto Intervención por medio de la cual cada parte expone su punto de vista Buscar entre las personas involucradas para reparar los daños causados, restablecer los derechos e iniciar una mediación Fijar una solución de manera imparcial y equitativa. Dejar constancia de dicha solución. En esta instancia se debe dar participación a los estudiantes

CONDUCTO REGULAR EVIDENCIA Docente de área y/o Formato de atención de director de grupo situaciones tipo I que afecta la convivencia Docente de área y/o Formato de atención de director de grupo situaciones tipo I que afecta la convivencia Docente de área y/o Formato de atención de director de grupo situaciones tipo I que afecta la convivencia

Docente de área y/o Formato de atención de director de grupo. situaciones tipo I que afecta la convivencia Estudiantes mediadores

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capacitadores en mediación. Si la situación sucedió en presencia del grupo de clase se debe realizar una reflexión pedagógica al respecto, corta y pertinente. Realizar seguimiento al caso y a los compromisos establecidos Si no alcanza el objetivo con las acciones pedagógicas, se cita a los padres de familia para generar compromisos A la tercera reincidencia en situaciones de este tipo se remite a coordinación para acciones pedagógicas, con el anexo No. 1 Coordinación cita a la familia para un diálogo con el estudiante y el director de grupo. Se hará una reflexión, se definirá una sanción y/o reparación proporcional al daño causado y se establecerán las fechas de seguimiento Si las reincidencias agotan las acciones pedagógicas y no presenta cambios desde la sanción, el caso debe ser consultado con otras instancias institucionales

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Docente de área y/o Formato de atención de director de grupo. situaciones tipo I que afecta la convivencia

Docente de área y/o Formato de atención de director de grupo. situaciones tipo I que afecta la convivencia Director de grupo

Director de coordinación

grupo

Registro Hoja de Vida

y Registro Hoja de Vida

Coordinación

Registro Hoja de Vida

Coordinación

Registro Hoja de Vida

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(rectoría, profesional en psicología, comité de convivencia escolar, consejo directivo). NOTA: Si en coordinación se determina que el estudiante tiene condiciones que indiquen riesgo psicosocial, podrá remitirlo simultáneamente al profesional en psicología, para que se realice la remisión pertinente.

ANEXO 1: ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO I QUE AFECTAN LO RELACIONADO CON LA CONVIVENCIA Situación presentada de acuerdo al Manual de Convivencia:

Fecha: ACCIONES

REGISTRO DESCRIPTIVO DE LA SITUACIÓN

FIRMAS PARTICIPANTES

Se reúne inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto Se realiza una intervención por medio de la cual cada parte expone su punto de vista Se busca entre las partes involucradas la estrategia para reparar los daños causados, restablecer los derechos e iniciar una mediación o negociación Se fija una solución de manera imparcial y equitativa dejando constancia de los compromisos y fechas de seguimiento 140


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Si el hecho sucede en el grupo , se efectúa una reflexión pedagógica, corta y pertinente Se hace seguimiento al caso y a los compromisos establecidos (se sugiere tres seguimientos)

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Fecha: Observaciones:

ARTÍCULO 2. SE CONSIDERAN SITUACIONES TIPO II: Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying y ciberacoso) que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características: 1. Que se presenten de manera repetida y sistemática 2. Que causen daños al cuerpo o a la salud, sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados. Entre las situaciones frecuentes que pueden presentarse y afectar la sana convivencia escolar tenemos: -

Rechazo y discriminación sistemática hacia un estudiante u otro miembro de la comunidad educativa. Ofensas o golpes proferidos a un estudiante Amenazas, ofensas, presiones recibidas a través de las redes sociales Amenazas, ofensas, presiones hechas a un compañero Daños intencionados a la propiedad ajena o a las instalaciones de la institución educativa Peleas o conflictos que involucran a estudiantes de diferentes instituciones educativas Peleas o conflictos que involucran a estudiantes de la institución educativa Acoso escolar de estudiantes a docentes Acoso escolar de docentes a estudiantes Presión para acceder a algún tipo de actividad sexual entre pares Inducir para la práctica de actividades sexuales que atenten a la integridad humana

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-

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Intimidación y presión tanto a los compañeros como a los demás miembros de la comunidad educativa Consumo de sustancias psicoactivas dentro de la institución Discriminación de un miembro de la comunidad educativa por su orientación sexual Agresiones verbales entre compañeros Chismes y murmuraciones persistentes que afectan a los compañeros Apropiarse de las pertenencias de cualquier miembro de la comunidad educativa donde esté involucrado un estudiante Agresiones físicas entre compañeros Agresiones verbales de estudiantes a profesores Agresiones verbales de profesores a estudiantes Agresiones físicas de estudiantes hacia los profesores Agresiones físicas de profesores a estudiantes Agresiones verbales y/o físicas de estudiantes a cualquier miembro de la comunidad educativa Agresiones verbales y/o físicas entre docentes Agresiones verbales y/o físicas de padres de familia a estudiantes Uso indebido de implementos escolares para atentar contra la integridad de cualquier miembro de la comunidad educativa Ausentismo de un estudiante por miedo a ser acosado por alguien al interior de la institución Intimidación, presiones o agresiones camino de ida o vuelta del colegio Venta y consumo de alcohol a menores en el entorno cercano Cercanía de establecimientos de juegos que favorecen la ludopatía Toma de los parques cercanos por las pandillas, adictos y delincuencia común. Amenazas a docentes por parte de los estudiantes Presencia de sitios dedicados a la prostitución cercanos al colegio Ventas ambulantes que trafican con sustancia psicoactivas

PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO II Teniendo en cuenta lo trabajado en los componentes de promoción y prevención, es importante dejar claro que todas las situaciones que se presentan en el entorno cercano a la institución y que afectan la convivencia escolar, deben ser reportadas desde el CEC al CMC para que desde su competencia se intervenga a través de la acción de las diferentes instituciones vinculadas a la Ruta de atención integral (Policía de infancia y adolescencia,

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Comisarías, Personería, Secretaría de gobierno, Fiscalía, entre otras y de este modo mitigar y/o erradicar dichas situaciones que no está en manos de la I.E intervenirlas pero que tampoco podemos hacer caso omiso de esos riesgos que están ahí y afectan la sana convivencia institucional. Para hacer el seguimiento a estas situaciones, el CEC solicitará retroalimentación escrita al CMC que servirá como evidencia de que esta situación puntual fue reportada por la institución a las instancias competentes. PROTOCOLO de situaciones tipo II que afectan la convivencia escolar al interior de la institución: 1. Recepción del caso por parte del coordinador de convivencia o su delegado. 2. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y/o mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia. 3.

Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia. Es importante dejar claro que el agresor también es un sujeto de derechos, motivo por el cual también se le debe proteger.

4. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia. -

Una vez garantizada la atención requerida, el coordinador de convivencia debe citar a las partes involucradas, a los padres. madres o acudientes de los estudiantes, para que puedan exponer y precisar lo acontecido. preservando en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos, dando lugar a la formulación de los respectivos descargos que deben dejar por escrito.

-

Esta atención se realizará de manera individual con cada una de las partes para evitar confrontaciones y garantizar la seguridad de los involucrados.

-

El coordinador de convivencia señalará la falta en la que se incurrió de acuerdo al Manual de convivencia, les informará acerca de las opciones

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de ir a la negociación directa, a la mediación o de someterse a un proceso disciplinario. Se les explica en qué consiste cada opción. 5. Si las partes involucradas aceptan la opción de negociación directa o mediación, se determinarán conjuntamente las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada. Anexar estrategias de negociación, mediación y acciones formativas – pedagógicas para la solución de conflictos. ACTA DE MEDIACIÓN ESCOLAR ENTRE PARES DÍA: ________ MES: ___________ AÑO: _____ Hacen presencia los estudiantes________________ y ___________________ para resolver el siguiente conflicto_________________________________________________________ _______________________________________________________________ _______________________________________________________________ _________________________________________ el cual ocurrió el día ___ del mes ____ en lugar________________________ Luego de llevado a cabo el proceso de mediación se establecen los siguientes acuerdos: 1. _____________________________________________________________ _______________________________________________________________ 2. _____________________________________________________________ _______________________________________________________________ 3. _____________________________________________________________ _______________________________________________________________ 4. _____________________________________________________________ _______________________________________________________________ 144


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Los anteriores acuerdos serán revisados el día___ del mes____ a la hora____ Observaciones___________________________________________________ _______________________________________________________________ ______________________________________________________________ Para constancia firman, Estudiante: ______________________________________________________ Estudiante: ______________________________________________________ Mediador: _______________________________________________________

6. Si se dio una adecuada solución del conflicto, el coordinador de convivencia deberá informar por escrito al Comité Convivencia Escolar lo sucedido y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento a fin de verificar si la solución fue efectiva. Si las partes no aceptan la negociación directa ni la mediación, el coordinador de convivencia deberá remitir el hecho al Comité de Convivencia escolar en el formato dispuesto para ello. 7. El Comité de Convivencia escolar una vez reciba el caso procederá a establecer el debido proceso así: a. Hacer una indagación preliminar para determinar asuntos como si realmente hubo una violación de las normas; la ubicación de la situación en mención dentro del Manual de convivencia; los presuntos responsables, las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos u omisiones; las pruebas existentes. En ultimas si hay necesidad de acudir al proceso disciplinario. Los padres o acudientes deben estar acompañando a sus hijos o acudidos en estas diligencias. b. Si no hay lugar para abrir un proceso disciplinario el Comité de Convivencia escolar lo archiva. Si hay mérito para abrirlo, el Comité de Convivencia escolar formula pliego de cargos a los presuntos implicados, por medio de una resolución. c. El Comité de Convivencia escolar notifica el pliego de cargos a los presuntos implicados entregándoles una copia de la resolución, más la copia de los anexos si los hubiere, ellos firman el recibido. El CEC debe 145


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abrir un expediente que contiene cada una de las actuaciones que se suceden en el proceso. d. Los presuntos implicados presentan descargos dentro del término de 5 días hábiles al Comité de Convivencia escolar. e. Se practican las pruebas ordenadas por el Comité de Convivencia escolar y las solicitadas por los presuntos implicados, quienes pueden estar presentes durante la práctica de tales pruebas y pueden controvertirlas. El personero de los estudiantes debe acompañarlo en estas diligencias y estar pendiente de que no se violen los derechos fundamentales. f. El Comité de Convivencia escolar concede un término al presunto implicado de 5 días hábiles, para que presente los debidos alegatos de conclusión, en donde, de forma escrita consigna todos los asuntos, que de acuerdo con las pruebas practicadas y según su criterio, muestran que no existió la falta, que es inocente o que existe una causal que justifica el hecho u omisión, atenúa o excluye la sanción. Nuevamente el personero de los estudiantes puede apoyarlo con este escrito. g. El Comité de Convivencia escolar expide una resolución donde decide acerca de la responsabilidad del presunto implicado: si considera que no es responsable lo absuelve y archiva el expediente. Notifica la información al implicado e informa a los padres o acudientes. h. Si lo considera responsable expide una resolución, se la notifica y da lugar a que interponga por escrito en 5 días hábiles, los recursos y defensas últimas del implicado. Informa a los padres o acudientes. i. El Comité de Convivencia escolar dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes del CEC. j. El presidente del Comité de Convivencia escolar reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar. k. El Comité de Convivencia escolar hará seguimiento a las soluciones planteadas a fin de verificar que se hubiera hecho una reparación integral y se haya resuelto el conflicto de manera efectiva, ciñéndose al debido proceso.

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Parágrafo. Cuando el Comité de Convivencia escolar adopte como acciones o medidas la remisión de la situación al ICBF para el restablecimiento de derechos, o al Sistema de Seguridad Social para la atención en salud integral, estas entidades cumplirán con lo dispuesto en el artículo 45 del Decreto 1965 de 2013 y además deberán dar cuenta de su intervención en los plazos establecidos desde el Comité Municipal de convivencia. Se consideran SITUACIONES TIPO III aquellas situaciones que rompen el equilibrio entre los miembros de la comunidad y que afectan en forma directa y evidente los principios, normas y buenas costumbres que impone la convivencia estudiantil y/o situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro II de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.

AFECTACIÓN A LOS DERECHOS HUMANOS: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.

Homicidio Secuestro Extorsión Porte ilegal de armas de fuego Tortura Desaparición forzada Constreñimiento para delinquir Explotación laboral Consumo, porte y/o distribución sustancias psicoactivas

AFECTACIÓN A REPRODUCTIVOS:

LOS

DERECHOS

HUMANOS

SEXUALES

Y

1. Casos en los que existan indicios de que un niño o niña ha sido víctima de violación, ya sea por parte de una persona adulta o de un menor de edad. 2. Niñas, niños y adolescentes que son abusados sexualmente por un miembro de la familia.

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3. Situación en la que una niña, niño y adolescente ha sido víctima de caricias o manoseos, y en la que la persona agresora se ha valido de la fuerza física, el engaño o la intimidación. 4. Situaciones en las que la víctima ha sido abusada sexualmente luego de haber ingerido cualquier sustancia que la haya puesto en incapacidad de resistir u oponerse a la actividad sexual. 5. Actividad sexual con niña, niño y adolescente en situación de discapacidad cognitiva, en donde la persona agresora se sirve de su limitación para consentir o comprender la naturaleza de la actividad. 6. Cualquier situación de actividad sexual que involucre a una persona adulta y a un menor de 14 años. 7. Niña, niño y adolescente que, obligados por un tercero, permiten que sus compañeras o compañeros de clase toquen partes de su cuerpo a cambio de dinero. 8. Niña, niño y adolescente que son ofrecidos con fines sexuales a una persona adulta a cambio de dinero. 9. Niña, niño y adolescente que son hostigados o asediados con fines sexuales por una persona adulta. 10. Niña, niño y adolescente que han sido contactados por personas adultas a través de redes sociales para participar en actividades sexuales. 11. Niña, niño y adolescente que prestan servicios sexuales a través de una red de tráfico de personas. 12. Niña, niño y adolescente que son forzados por actores armados a mantener relaciones sexuales. PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO III Procedimiento 1

Garantía de atención inmediata en salud física o mental Remisión a las personas involucradas al servicio de salud.

Se solicita el servicio de ambulancia de bomberos.

Conducto regular CEC Rector o miembros del comité que se encuentren presente. Personal administrativ o de la I. E

Evidencia Se deja constancia escrita Formato de remisión externa

Copia de informe de bomberos.

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La remisión se podrá acompañar por el acudiente del estudiante o un docente.

2

3.

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Las personas involucradas que no requieren remisión a servicio de salud deben ser acompañadas por coordinación hasta que llegue el acudiente o la autoridad competente. Denuncia de la situación a la autoridad competente Llamar al número asignado por el cuadrante de la Policía nacional o de infancia y adolescencia para la atención de la situación

Entrega de la denuncia escrita del suceso a la autoridad competente Comunicación por escrito a los representantes legales de las personas involucradas las medidas tomadas para el manejo de la situación Convocatoria al comité de convivencia Citación a los integrantes del comité de convivencia El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente. El comité construye los mecanismos de garantía de protección para la víctima, el agresor y las personas denunciantes. De tal manera que se respete sus derechos (intimidad, buen

Docente – padre de familia Coordinador

Rector Rector o miembros del comité que se encuentren presente. Rector coordinador

Se deja constancia escrita

Remisión externa Se deja constancia escrita

Rector Rector Rector

CEC

Se deja constancia escrita Acta de comité de convivencia

Acta de comité de convivencia

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nombre, educación, y que no sean estigmatizados, entre otros). Aplicación de estrategias pedagógicas y didácticas Citar a los acudientes y estudiantes involucrados de manera individual en los casos que aplique, para hacer seguimiento a la situación. El comité determina la necesidad de remisión a apoyos clínicos y psicosociales externos. El comité determina la necesidad de apoyos pedagógicos y académicos extracurriculares. El comité determina la remisión a consejo directivo de acuerdo a las necesidades que se analicen. Reporte del caso al sistema de información unificado

CEC

Acta de comité de convivencia Acta de comité de convivencia

Rector

Informe virtual.

OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES Es imperativo que frente a una presunta situación de violencia sexual, todas las personas que conforman la comunidad educativa conozcan y apliquen las siguientes directrices: • No enfrente a la víctima con la persona agresora, esto aumenta la vulnerabilidad de la víctima. • No intente ningún tipo de mediación. La violencia no es negociable. • No haga entrevistas ni trate de recoger pruebas o adelantar investigaciones sobre el caso, esto puede re-victimizar a la niña o al niño y alterar los elementos materiales de prueba del caso. • No niegue su apoyo a la víctima frente al proceso de restablecimiento de los Derechos Humanos. B. RUTA DE ATENCION Y PREVENCIÓN Acciones formativas generales para una sana convivencia: El comportamiento social de los estudiantes en la institución será orientado, observado y evaluado por procesos que contribuyan a formar su personalidad. Se establecen como acciones formativas generales para la convivencia:

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Socialización del Manual de Convivencia y exigencia de su cumplimiento Direcciones de grupo Seguimiento de casos de acuerdo con el conducto regular establecido Atención a estudiantes cuando sea solicitada o en casos críticos a cargo del Comité de Convivencia Escolar Actividades formativas propias de los proyectos de prevención de consumo de sustancias psicoactivas, educación sexual y ciudadanía Actividades propias de coordinación y/o Comité de Convivencia Actas de compromisos 1. Acciones de promoción: Se consideran acciones de promoción las políticas institucionales que se concentran en el fomento de la convivencia y en el mejoramiento del clima escolar, con el fin de generar un entorno para el ejercicio real y efectivo de los derechos humanos sexuales y reproductivos en los términos establecidos en la ley 1620/2013. En virtud del componente de promoción, el Comité de Convivencia Escolar adelantará las siguientes acciones:

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Liderará el ajuste del Manual de Convivencia conforme a lo establecido en el artículo 21 de la ley 1620 de 2013 y en el título III de su decreto reglamentario 1965. Propondrá políticas institucionales que favorezcan el bienestar individual y colectivo, que se puedan desarrollar en el marco del Proyecto Educativo Institucional, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 73 de la ley 115/1994. Liderará el desarrollo de iniciativas de formación de la comunidad educativa en temáticas como derechos humanos, sexuales y reproductivos, sexualidad, competencias ciudadanas, desarrollo infantil y adolescente, convivencia, conciliación de conflictos. Fortalecerá la implementación y evaluación de proyectos pedagógicos de educación para la sexualidad y construcción de la ciudadanía desde preescolar, que correspondan a las particularidades socioculturales del contexto. Estos proyectos deben garantizar que los estudiantes reciban información fundamentada en evidencia científica con el fin de que, progresivamente, vayan desarrollando las competencias que facilitan la toma de decisiones autónomas frente al ejercicio de la sexualidad y la realización de proyectos de vida. Articulará el diseño, implementación, seguimiento y evaluación del proyecto transversal, para el desarrollo de competencias ciudadanas

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orientados a fortalecer un clima escolar y de aula positivos que aborden como mínimo temas relacionados con la clasificación de normas, definición de estrategias para la toma de decisiones, la concertación y negociación de objetivos e intereses, el ejercicio de habilidades comunicativas, emocionales y cognitivas a favor de la convivencia escolar, entre otros. Generar mecanismos y herramientas para que el desarrollo de competencias ciudadanas y la formación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos se lleve a cabo de manera transversal en todas las áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la formación establecidas en el PEI.

3. Acciones de prevención: Son las acciones que buscan intervenir oportunamente en los comportamientos que podrían afectar la realización efectiva de los derechos humanos, sexuales y reproductivos con el fin de evitar que se constituyan en patrones de interacción que alteren la convivencia de los miembros de la comunidad educativa. Hacen parte de estas acciones preventivas: -

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La identificación de riesgos de ocurrencia de las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, a partir de las particularidades del clima escolar y el análisis de las características familiares, sociales, económicas, políticas, culturales, que incidan en las relaciones interpersonales de la comunidad educativa. Diseño e implementación de acciones pedagógicas que contribuirán a la mitigación y prevención de situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, identificadas a partir de las particularidades. El diseño e implementación de protocolos para la atención oportuna e integral de las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

4. Acciones de atención: Son aquellas que permiten asistir a los miembros de la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, mediante la implementación y aplicación de protocolos internos de la institución educativa y la activación que tengan

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implementados por parte de los demás actores que integran el Sistema Nacional de Convivencia.

RUTAS DE ATENCIÓN EN SITUACIONES ESPECIALES:

a. ALCOHOL Y DROGAS USO, DISTRIBUCIÓN Y PORTE DE ALCOHOL Y OTRAS DROGAS (SUSTANCIAS PSICOACTIVAS) -

Para efectos de los fines educativos, se prohíbe el porte y consumo de estupefacientes o sustancias psicotrópicas (son todas aquellas sustancias poseen acción directa sobre el sistema nervioso central, por lo que son capaces de modificar de forma sustancial las actitudes mentales, morales y físicas, de las personas quienes la consumen, así mismo generan daños irreversibles a la salud individual, publica y social). Será obligación de los directivos, docentes y administrativos de los establecimientos educativos que detecten casos de tenencia o consumo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, informar de ello a la autoridad de la institución educativa, tratándose de un menor deberá comunicar tal situación al padre de familia y al defensor de familia, y se procederá al decomiso de tales productos (decreto 1108 de 1994, mayo 31 Capitulo III).

-

Fumar, portar, consumir o expender derivados del tabaco, licor o drogas psicoactivas dentro de la Institución o en actividades que involucren el nombre de la misma. Utilización indebida de medicamentos formulados o el uso, posesión, distribución o venta de drogas controladas, no recetadas o de sustancias alucinógenas, enervantes o que generen dependencia, dentro y fuera de la institución educativa. Presentarse a estudiar bajo efecto del alcohol y/o sustancias psicoactivas ilegales o legales que no estén prescritas por médico debidamente registrado ante las autoridades legales competentes. Incumplir o negarse a realizar valoraciones o tratamientos de rehabilitación cuando se ha detectado o se tiene la presunción del consumo de las sustancias anteriormente mencionadas. Negativa del

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estudiante o no autorización de la familia, a someterse a inspecciones, pruebas, valoraciones médicas o exámenes de laboratorio, cuando se presume su posesión o consumo. Ruta de atención al consumo de sustancias psicoactivas (SPA): 1. Persona que identifica la situación o a quien se dirija el estudiante, informa a la coordinación. 2. Se cita y escucha al estudiante. 3. Citación al padre de familia o acudiente para informarle sobre el debido proceso situación tipo III 4. Acta de compromiso del padre y estudiante. 5. Remisión interna a psicología 6. Entrevista con el estudiante y padre de familia 7. Remisión externa para valoración y diagnóstico integral 8. Aplicación y/o desarrollo de medidas preventivas 9. Si el consumo es descartado se cierra el caso 10. Si el consumo es confirmado se continua en seguimiento si se estudiante asumió el tratamiento externo con base a la remisión externa que hizo la institución 11. En caso de negligencia se reporta el caso a ICBF 12. El incumplimiento de los compromisos genera remisión al Comité de Convivencia y Consejo Directivo. Con relación a la remisión externa por sospecha o detección de consumo de spa (sustancias psicoactivas), se llevará a cabo el siguiente procedimiento: -

-

Los alumnos que tienen Sisben nivel 1, deben consultar en el Hospital del Sur. En atención al usuario, el servicio no puede pasar de 3 días la cita. Se puede solicitar por teléfono o atención al usuario. Se envía al médico remisión externa con la descripción de antecedentes familiares, personales o de otra índole que incide en el problema. El médico general debe remitir a Sabia Salud, tiempo no mayor de dos meses para ser atendido por toxicología o psiquiatría. Si pasa dos meses sin ser atendido, debe haber una respuesta. En caso de negación poner tutela.

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Los alumnos que tienen EPS el médico general remite a especialista para evaluación y tratamiento, una vez se haya analizado la remisión externa de la institución educativa.

Ruta de atención en caso de porte y/o distribución de sustancias psicoactivas: 1. El docente o quien conozca la situación, informa a coordinación 2. Entrevista con el estudiante 3. Citación e informe al padre de familia o acudiente elaborando el acta respectiva 4. Remisión al comité de convivencia escolar 5. Notificación Policía de infancia y adolescencia, ICBF del caso b. Ruta de atención en caso de conductas de intento suicida: 1. La persona que identifica la situación o a quien se dirija el estudiante en riesgo, informa a coordinación o psicología 2. Elaboración de remisión interna 3. Entrevista y atención inmediata al estudiante, citación padre de familia o acudiente 4. Remisión externa a entidad prestadora de salud (EPS, Sisben) 5. Aplicación y /o desarrollo de medidas preventivas 6. Si hay resultados positivos, se realiza seguimiento a la cuarta semana y ante resultado negativo (persistir con la conducta) se remite a Comité de Convivencia Municipal e ICBF. c. Ruta de atención en caso de acoso escolar bullying, ciberbullying o Ciberacoso: 1. El docente o quien conozca la situación o a quien el estudiante se dirige, informa a coordinación 2. Se cita y escucha al estudiante afectado 3. Se cita y escucha al agresor 4. Citación a padre de familia o acudiente para informar sobre el debido proceso situación tipo III 5. Remisión interna a psicología 6. Citación a padres o acudientes y diseño de estrategia preventiva o correctiva 155


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7. Remisión externa psicoterapia de apoyo 8. Si existen resultados positivos se realiza seguimiento a la segunda y cuarta semana, de lo contrario, remisión a coordinación, para continuar con el debido proceso 9. Reporte al Comité de Convivencia Escolar Municipal d. Ruta de atención en caso de abuso sexual 1. Recepción de la situación por parte de persona que identifica la situación o a quien el estudiante se dirige 2. La primera persona que se entera de la situación debe denunciar el caso 3. Remisión a psicología 4. Remisión externa para terapia de apoyo 5. Rectoría reporte del caso al Comité de Convivencia Municipal

e.

Ruta de atención en caso de maltrato infantil: 1. El docente o quien conozca la situación o a quien el estudiante se dirige, informa a coordinación 2. Rectoría reporta el caso al Comité de Convivencia Municipal e ICBF 3. Si la situación de maltrato infantil se descarta se cierra el caso 4. Si la situación de maltrato infantil se confirma se hace seguimiento a la primera y tercera semana de ocurrida la situación, si persiste la situación se hace seguimiento con nueva citación a los padres o acudiente, si mejora la situación se realiza seguimiento a los dos y tres meses. f.

Ruta de atención en caso de violencia intrafamiliar:

1. Recepción del caso por parte de la persona que identifica la situación o a quien el estudiante se dirige 2. Remisión interna a psicología 3. Remisión externa o Reporte a ICBF o Comisaria de Familia de la situación 4. Si la situación de violencia intrafamiliar se descarta se cierra el caso 5. Si la situación de violencia intrafamiliar se confirma se realizará seguimiento a la primera y tercera semana de ocurrida la situación, si persiste la situación se hace seguimiento con nueva citación a padre de

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familia o acudiente, si mejora la situación se realiza seguimiento a los dos y tres meses. g. Ruta de atención a casos de estudiantes con necesidades educativas permanentes: 1. Detección por parte del docente de la necesidad educativa (permanente o transitoria) 2. Remisión interna a psicología 3. Entrevista con estudiante para realizar valoración psicopedagógica por parte de orientación 4. Citación acudiente para informarle la situación y participación en el manejo del caso 5. Remisión externa para evaluación y/o apoyos requeridos respecto al diagnóstico y tratamiento 6. Los resultados de la evaluación y recomendaciones serán socializadas con el director de grupo, para el adecuado manejo del caso 7. Diseño curricular flexible por docente de área 8. Plan de mejoramiento académico con las adecuaciones curriculares pertinentes y su seguimiento

h.

Ruta de atención a casos de estudiantes con necesidades educativas transitorias:

1. Detección por parte del docente de la necesidad educativa (permanente o transitoria) 2. Remisión interna a psicología 3. Entrevista con estudiante y acudiente o padre de familia 4. Remisión externa para evaluación y/o apoyos requeridos respecto a la valoración 5. Los resultados de la evaluación y recomendaciones serán socializadas con el director de grupo, para el adecuado manejo del caso 6. Diseño curricular flexible por docente de área 7. Estudiante y padre recibe orientación y apoyo pedagógico 8. Si la situación mejora se continua con el seguimiento de director de grupo

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9. Si la situación no mejora , se remite a entidad de salud para valoración de especialista, se continua con apoyo pedagógico y asesoría al padre de familia o acudiente i.Ruta de atención estudiantes embarazadas: 7. Reporte identidad prestadora de salud 8. Reporte ICBF 9. En caso de requerir incapacidad por alto riesgo, entregar talleres al acudiente, el cual se responsabiliza de entregarlos resueltos en las fechas predeterminadas en la institución educativa 10. Sustentación de trabajo previo acuerdo con coordinación Parágrafo: La no asistencia de los padres de familia o acudientes a las citaciones requerirá denuncia ante ICBF. RUTA DE ATENCIÓN

PREVENCIÓN La Institución Educativa maría Jesús Mejía llevará a cabo acciones y programas de: - Proyecto de prevención de sustancias psicoactivas. - La identificación de riesgos de ocurrencia de las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

ATENCIÓN Coordinación Psicología Director de grupo Personero estudiantil Estudiantes lideres

Observación Comunicación Indagación Clasificación de la situación

Situación

tipo

I

Para situaciones tipo II coordinación después de evaluar la situación presentada actuará de acuerdo al protocolo de la ruta de atención integral. Para situaciones tipo III coordinación informará a rectoría y quien presida el comité de convivencia convocará al mismo para tomar decisiones y activar la ruta de atención. En las situaciones

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Diseño e implementación de acciones pedagógicas que contribuirán a la mitigación y prevención de situaciones que afectan la convivencia escolar. El diseño e implementación de protocolos para la atención oportuna e integral de las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar. Escuela de Padres. Direcciones de Grupo. Capacitación docente.

solución por conciliación o por toma de decisiones del Manual de Convivencia

tipo III donde existe afectación física o psicológica se remite a entidades pertinentes

RUTA EXTERNA

Policía

Fiscalía

Comisaria de Familia

ICBF

Comité Municipal

i.Activación de la Ruta de Atención: Actas Comité de Convivencia Escolar: De todas las sesiones que adelante el Comité de Convivencia Escolar se deberá elaborar un acta, la cual deberá contener como mínimo los siguientes requisitos: - Lugar y fecha de la sesión

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Registro de los miembros del Comité de Convivencia Escolar, que asistieron a la sesión, precisando que rol representan y verificación del quórum Registro de los miembros del Comité que presentaron excusa debidamente justificada para no asistir a la sesión Síntesis de los temas tratados en la reunión, así como las acciones, medidas recomendaciones, conceptos adoptados. Firma del presidente del comité y de sus demás miembros

-

Parágrafo: El Comité de Convivencia Escolar deberá garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los datos personales que sean tratados en el marco de las actuaciones que éste adelante, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política, ley 1098 de 2006, y demás normas aplicables a la materia. Acciones y decisiones: El Comité de Convivencia Escolar, en el ámbito de sus competencias, desarrollará acciones para la promoción y fortalecimiento de la formación para la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos; para la prevención y mitigación de la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia, y para la atención de las situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos a partir de la implementación, desarrollo y aplicación de estrategias y programas trazados .

B.

DEBIDO PROCESO SITUACIONES TIPO I, II Y III:

El debido proceso es el conjunto de etapas formales e imprescindibles dentro de un proceso con el propósito de regular las relaciones dentro de la comunidad educativa, y para sancionar disciplinariamente el incumplimiento las normas establecidas en este manual de convivencia. En los presentes casos se procederá según la normatividad vigente: Ley 1620/13 y su Decreto Reglamentario 1965 de 11 de septiembre de 2013. En consecuencia, en caso de situaciones que afecten la convivencia, la institución agotará las siguientes etapas: Situaciones de impacto tipo l: -

El docente que conoce la situación, reúne inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto con el propósito de mediar de manera

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pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo. Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado o en el establecimiento educativo.

-

Asignar una acción formativa y pedagógica que tienda a que el estudiante modifique su actuar. De esta actuación se dejará constancia, (Hoja de Vida del Estudiante).

-

Informe al Comité Escolar de Convivencia e inicio de seguimiento y monitoreo al cumplimiento de acuerdos y decisiones.

Situaciones de impacto tipo ll: -

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En caso de situaciones de impacto grave (tipo ll), además de las acciones realizadas en las situaciones de tipo l, se informará al Director de grupo quien hará llamado de atención, dialogará con el estudiante y señalará las normas que consagran tales (situaciones) y las consecuencias que estas pueden acarrear. Garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión interna a psicología y remisión externa a las entidades competentes, si la situación lo amerita. Citar e Informar de manera inmediata los padres, madres o acudientes de los estudiantes involucrados. Remisión al Comité Escolar de Convivencia para seguimiento, monitoreo de acuerdos y decisiones, intervienen en este proceso los involucrados. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra. Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres, madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido. Preservando en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos. Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación 161


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dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada. Parágrafo: De cada una de las actuaciones se dejará constancia, (elaboración de acta o registro en la hoja de vida del estudiante).

Situaciones de impacto tipo III: -

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Garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión externa a las entidades competentes. Informar de manera inmediata a los padres o acudientes de todos los estudiantes involucrados. Remisión al Comité Escolar de Convivencia, el presidente del comité informará a los participantes, los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así mismo, de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Infancia y Adolescencia. El Comité Escolar de Convivencia adoptará de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada. El Comité Escolar de Convivencia adoptará decisiones que promuevan el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Manual de Convivencia, o impondrá una sanción proporcional a los hechos si fuera necesario y que en todos los casos tendrá en cuenta:

 La edad del infractor y su grado de madurez psicológica.  El contexto dentro del cual se cometió la falta.  Las condiciones personales y familiares del alumno.  La existencia de medidas de carácter preventivo en la institución educativa. 162


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 Las consecuencias prácticas que la sanción impuesta puede ocasionarle al estudiante en su futuro educativo.  La obligación que tiene el estado de garantizarles a los estudiantes su permanencia en el sistema educativo. -

Activación del componente de atención de la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite. Parágrafo: De cada una de las actuaciones se dejará constancia, (elaboración de acta u hoja de vida del estudiante). Recursos Procesales. Durante el proceso la estudiante o los padres podrán interponer los recursos de reposición ante quien toma la determinación y recurso de apelación ante el inmediato superior, de acuerdo con el Conducto Regular. Ruta de atención integral para la convivencia institucional: Mediación El conflicto es una situación natural entre los seres humanos, que se presenta debido al desacuerdo entre varias partes por una divergencia de intereses, valores o acciones. Puede requerir la intervención de un tercero a través de un proceso de mediación, para lograr una solución al conflicto por medio del diálogo, la reflexión y el compromiso de las partes. Interviene un mediador de carácter imparcial. Condiciones para que se dé la mediación  Voluntad de las partes  Imparcialidad  Confidencialidad  Capacidad de reflexión  Confianza mutua. Partes que intervienen en la mediación Implicados Mediador Propósitos de la mediación - Proponer alternativas de solución

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- Facilitar la sana convivencia - Cumplir con los compromisos pactados - Prevenir la trascendencia de los conflictos

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UN SISTEMA ESCOLAR QUE NO TENGA A LOS PADRES COMO CIMIENTO ES IGUAL A UNA CUBETA CON UN AGUJERO EN EL FONDO

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CAPITULO XI

C.

NORMAS DE HIGIENE GENERAL, PREVENCIÓN Y SALUD PÚBLICA. Toda la comunidad educativa de la institución educativa María Jesús Mejía, deberá practicar las reglas de higiene personal, de prevención y de salud pública que a continuación se indican: -

Demostrar actitud de respeto y limpieza consigo mismo y con los lugares que habita. - Practicar hábitos para cuidar la salud. - Acatar pautas de prevención del alcoholismo, drogadicción y tabaquismo. - Identificar y abstenerse de consumir productos que contengan sustancias psicoactivas. - Informarse y analizar las creencias, actitudes y conceptos que se tienen cerca de las consecuencias y efectos colaterales que producen en el organismo el consumo de alcohol, drogas o tabaco. - Desarrollar estrategias para enfrentar la presión de personas que inducen al consumo de tales sustancias, a fin de rechazar su ofrecimiento. - Buscar información de leyes vigentes como el Decreto 1108/94 (disposiciones en relación con el porte y consumo de estupefacientes y sustancias sicotrópicas) y la Ley 1098/06 de infancia y Adolescencia. - Participar y contribuir en la conservación de la salud pública con actitudes tales como: a. La práctica del reciclaje. b. Abstenerse de contaminar o dañar corrientes de agua, alimentos y en general bienes de uso común. c. Aplicarse las vacunas y medicamentos que requiera para prevenir enfermedades o restablecer la salud. d. Procurar la afiliación a una entidad prestadora de servicios de salud, o SISBEN. e. Usar correctamente los baños públicos de la institución.

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f. Informar si tiene problemas de salud infectocontagiosas que pongan en riesgo a otras personas y problemas de plagas como piojos, garrapatas, pulgas y otros que de igual manera exponen a la comunidad.

-

-

-

Los estudiantes de la Institución Educativa María Jesús Mejía deben presentarse al establecimiento en completo orden y limpieza personal: Bañarse todos los días Atender al cuidado de uñas, dientes, oídos, cabellos Efectuar cambio permanente de ropa (uniforme, medias, ropa interior) para evitar enfermedades infecciosas. Lavar los uniformes. No rayar los uniformes de la institución educativa. Estar al día con vacunas correspondientes a su edad para su bienestar En caso de epidemia de piojos, se debe proceder al tratamiento para desparasitarse, mientras tenga la epidemia debe evitar ir a la institución para prevenir contagio y asumir trabajo pedagógico extraescolar. Hacerse los tratamientos médicos adecuados para curar y prevenir enfermedades que afecten su desarrollo educativo En caso de requerir o sugerir tratamiento externo psicológico, debe presentar las evidencias de lo que está recibiendo. D. NORMAS DE COMPORTAMIENTO EN RELACIÓN CON EL CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE. Todo integrante de la comunidad educativa debe ser consciente de la vital importancia y trascendencia que tiene la conservación del medio ambiente. Por ello se comprometen a:

 Comprender que el ambiente es patrimonio común y que en consecuencia, todos debemos participar en su cuidado y conservación.  Lograr la preservación y restauración del medio en general y del escolar en particular, así como la conservación, mejoramiento y utilización racional de los recursos naturales.  Prevenir y controlar los efectos nocivos de la explotación de los recursos naturales no renovables.  Preocuparse y ejercer acciones directas para preservar la atmósfera, el agua, la tierra, el suelo y el subsuelo, la flora, la fauna, las fuentes primarias de energía, los recursos geotérmicos y los de paisaje, evitando especialmente:  No desperdiciar el agua, dejando las llaves abiertas.

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 E.

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No desperdiciar la energía eléctrica dejando luces, ventiladores o equipos eléctricos prendidos cuando no se requiere su utilización. no destruir la vegetación, plantas y árboles. NORMAS DE PRESENTACIÓN PERSONAL

Las normas de presentación personal están contempladas en el manual de convivencia en el Decreto 1860 de 1994 el artículo 17, numeral 6, como uno de los aspectos que debe tener el Manual de Convivencia. (Pautas de presentación personal que preserven al estudiantado de la discriminación por razones de apariencia). Es un acuerdo interno del colegio, cuya finalidad es el orden y la identidad con la institución. La Institución Educativa María Jesús Mejía adopta un uniforme como símbolo de identidad institucional además de disminuir costos a los padres de familia o acudientes. Este uniforme es de carácter obligatorio y servirá de referente estético en la presentación personal de los estudiantes. F.

NORMAS GENERALES Para el ingreso a la institución los estudiantes deben portar el uniforme de acuerdo al horario de clase.  Para el acto de proclamación de los bachilleres, los estudiantes deberán portar adecuadamente el uniforme de gala de la institución. El uniforme de gala y el de educación física deben llevarse con la camiseta respectiva y usarse únicamente en los horarios establecidos. Dentro y fuera de la institución debe llevarse muy bien el uniforme, con el fin de reflejar una excelente imagen y un gran sentido de pertenencia. Abstenerse de usar el uniforme en eventos o sitios públicos como bares, cantinas, centros comerciales, teatros, entre otros. En caso de usar camiseta interior, esta debe ser totalmente blanca. En el adecuado porte del uniforme no se permite la mezcla de prendas entre uniforme de gala y el de educación física. 

-

G.

NORMAS PARA EL PORTE DEL UNIFORME DE GALA

1. Hombres.

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 Camiseta blanca con manga corta y cuello, debe llevar el escudo al lado izquierdo y llevada dentro del pantalón con correa negra  Jean clásico azul oscuro, cinco bolsillos y sin adornos  Medias blancas o azules  Zapatos clásico colegial de color negro  Buzo o suéter azul oscuro sin letreros ni dibujos.  El estuante debe llevar el uniforme f. completo limpio y de acuerdo con su talla.  El buzo azul oscuro institucional, debe llevarse bien puesto, no amarrado, ni al revés.  El cabello debe estar limpio y ordenado.  Las uñas deben mantenerse limpias y cortas.

2. Mujeres.  Yomber de cuadros rojos y azules oscuros según modelo: con cuatro tablas adelante y cuatro tablas atrás plisadas hasta la cadera y debe ir a la altura de la rodilla.  La blusa blanca con manga ¾ y cuello sport.  Media – medias blancas  Zapatos negros de atadura  Buzo o suéter azul oscuro sin letreros, dibujos y no debe llevarse al revés.  La estudiante debe llevar el uniforme completo, ordenado, limpio y de acuerdo con su talla.  El cabello y las uñas deben lucir organizadas y limpias. PARÁGRAFO. Las estudiantes que se encuentren en embarazo llevarán sudadera materna con el mismo corte de la empleada en el uniforme de educación física, con el escudo de la institución y tenis blancos.

H.

NORMAS PARA EL PORTE DEL UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA

El uniforme de educación física, tanto para los hombres como para las mujeres es una sudadera y camiseta (uniforme municipal), medias blancas media pierna (no tobilleras ni taloneras), tenis blancos de cordones. I.

NORMAS PARA EL PORTE DEL UNIFORME DE PREESCOLAR

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El Uniforme Preescolar: Igual que el masculino y femenino, sólo que deben llevar delantal de tela escocesa roja de cuadros rojos y blancos. J.

NORMAS PARA LAS SALIDAS PEDAGÓGICAS De acuerdo con el Artículo 171 de la Ley 115 de 1994, corresponde a los alcaldes de los municipios certificas, a través de las respectivas secretarías de educación, ejercer la inspección y vigilancia de la educación en su jurisdicción territorial. Por lo tanto, el siguiente será el procedimiento a seguir en las salidas pedagógicas de los planteles educativos del municipio de Itagüí. •

• • • •

Si la salida pedagógica está programada dentro de la jurisdicción municipal, es competencia del Consejo Directivo de la respectiva institución concederlo o negarlo, previo procedimiento establecido en Proyecto Educativo Institucional y normas de convivencia. Las salidas pedagógicas fuera del área metropolitana deben contar con el respectivo visto bueno de la Secretaría de educación Municipal. El vehículo que preste el servicio debe cumplir con todas las normas de tránsito. Se debe contar con el permiso del padre de familia o acudiente, el cual se hace por escrito. Las salidas deben responder a una programación institucional y estar acompañadas de un docente y en lo posible un padre de familia. Entregar al inicio del año la programación para anexar al Plan Operativo Anual.

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NUESTRAS ACCIONES HABLAN SOBRE NOSOTROS TANTO COMO NOSOTROS SOBRE ELLAS

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CAPITULO XII OTRAS DISPOSICIONES Y/O POLÍTICAS INSTITUCIONALES La institución educativa exigirá como requerimiento de matrícula la presentación de la hoja de vida original del estudiante y el compromiso del padre de familia como veedor del derecho de la educación. Admisión de estudiantes matriculados: Todo estudiante que pertenezca a la institución educativa debidamente matriculado conservará su cupo dentro del cumplimiento de las normas del Manual de Convivencia siempre y cuando cumpla oportunamente con el calendario establecido por la institución educativa para el proceso de la matrícula. Para la admisión de alumnos nuevos se tendrá en cuenta: a. Disponibilidad del cupo b. Las políticas institucionales de orden académico y disciplinario expuesto en otras disposiciones del capítulo c. Se tendrán en cuenta prioritariamente los hermanos de los estudiantes ya matriculados d. La cercanía a la institución educativa e. Los criterios establecidos por el ente municipal o Ministerio de Educación Nacional.

La educación es la puerta para todos los 172


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demás derechos humanos.

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CAPITULO XIII ADOPCION DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES

DOCUMENTO SISTEMA INTERNO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR - SIEPE La Institución Educativa María Jesús Mejía, El Consejo Académico, se permite presentar a la comunidad educativa la propuesta del SISTEMA INTERNO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES (SIEPE), en ACUERDO DEL CONSEJO DIRECTIVO, el cual es el producto final de construcción colectiva de los actores de la comunidad educativa y socializado antes de finalizar el presente año. Este modelo de sistema de evaluación contiene un conjunto de criterios, procedimientos, instrumentos y orientaciones en torno a la aplicación del decreto 1290 de 2009.

ACUERDO Nº 008 (Febrero 18 de 2015)

Por medio del cual se reglamenta y adopta el Sistema Interno de Evaluación y Promoción de Estudiantes, SIEPE, de la INSTITUCION EDUCATIVA MARIA JESUS MEJIA del Municipio de Itagüí a partir del año 2013. El Consejo Directivo de la Institución Educativa MARIA JESUS MEJIA, en uso de sus funciones conferidas por el Decreto 1860 de 1994 y en especial las señaladas en el Decreto 1290 de 2009, y CONSIDERANDO 1.

Que el Decreto 1290 de 2009 estableció los lineamientos generales y específicos para los procesos de Evaluación y Promoción de los estudiantes a partir del año 2010.

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2. Que atendiendo las recomendaciones del Consejo Académico y la Comunidad Educativa en general, se han observado los pasos y procedimientos requeridos para la construcción del Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de los Estudiantes, SIEPE. 3. Que corresponde al Consejo Directivo adoptar el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de Estudiantes, SIEPE, de acuerdo a la estructura y requerimientos señalados específicamente en el Artículo 4° del Decreto 1290 de 2009. 4. Que después de estudiar las propuestas del Consejo Académico, en sesión del 25 de abril de 2013, según consta en el Acta del Consejo Directivo N° 010, este Consejo adopta oficialmente el SIEPE y en consecuencia. ACUERDA Establecer un sistema de evaluación para los estudiantes de la Institución Educativa María Jesús Mejía, en los niveles de Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria y Media Académica. I. ELEMENTOS NORMATIVOS (Normas que hacen posible la aplicación del Sistema Institucional de Evaluación-SIEPE) CONSTITUCIÓN POLÍTICA Artículo 44. Contempla los derechos fundamentales de los niños, incluyendo la educación y la cultura. La familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás Artículo 67. La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social. El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y que comprenderá como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica. Corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos; garantizar

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el adecuado cubrimiento del servicio y asegurar a los menores las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo. Artículo 70. El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional.

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, LEY 115 DE 1994. Artículo 1º.- Objeto de la Ley. La educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y de sus deberes. La presente Ley señala las normas generales para regular el Servicio Público de la Educación que cumple una función social acorde con las necesidades e intereses de las personas, de la familia y de la sociedad. Se fundamenta en los principios de la Constitución Política sobre el derecho a la educación que tiene toda persona, en las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra y en su carácter de servicio público. Artículo 3º.- Prestación del Servicio Educativo. El servicio educativo será prestado en las instituciones educativas del Estado. Artículo 4º.- Calidad y cubrimiento del servicio. Corresponde al Estado, a la sociedad y a la familia velar por la calidad de la educación y promover el acceso al servicio público educativo, y es responsabilidad de la Nación y de las entidades territoriales, garantizar su cubrimiento. Artículo 5º.- Fines de la educación. De conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, la educación se desarrollará atendiendo a los siguientes fines: 1. El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le imponen los derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de formación integral, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica y demás valores humanos.

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2. La formación en el respecto a la vida y a los demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad. 3. La adquisición y generación de los conocimientos científicos y técnicos más avanzados, humanísticos, históricos, sociales, geográficos y estéticos, mediante la apropiación de hábitos intelectuales adecuados para el desarrollo del saber. 4. El estudio y la comprensión crítica de la cultura nacional y de la diversidad étnica y cultural del país, como fundamento de la unidad nacional y de su identidad. 5. El acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de la cultura, el fomento de la investigación y el estímulo a la creación artísticas en sus diferentes manifestaciones. 6. El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica que fortalezca el avance científico y tecnológico nacional, orientado con prioridad al mejoramiento cultural y de la calidad de la vida de la población, a la participación en la búsqueda de alternativas de solución a los problemas y al progreso social y económico del país. 7. La adquisición de una conciencia para la conservación, protección y mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de la vida, del uso racional de los recursos naturales, de la prevención de desastres, dentro de una cultura ecológica y del riesgo y de la defensa del patrimonio cultural de la Nación. 8. La formación en la práctica del trabajo, mediante los conocimientos técnicos y habilidades, así como en la valoración del mismo como fundamento del desarrollo individual y social. 9. La formación para la promoción y preservación de la salud y la higiene, la prevención integral de problemas socialmente relevantes, la educación física, la recreación, el deporte y la utilización adecuada del tiempo libre, y 10. La promoción en la persona y en la sociedad de la capacidad para crear, investigar, adoptar la tecnología que se requiere en los procesos de desarrollo del país y le permita al educando ingresar al sector productivo. Artículo 21º.- Objetivos específicos de la educación básica en el ciclo de primaria. Los cinco (5) primeros grados de la educación básica que constituyen el ciclo de primaria, tendrán como objetivos específicos los siguientes: a) La formación de los valores fundamentales para la convivencia en una sociedad democrática, participativa y pluralista;

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b) El fomento del deseo de saber, de la iniciativa personal frente al conocimiento y frente a la realidad social, así como del espíritu crítico. c) El desarrollo de las habilidades comunicativas básicas para leer, comprender, escribir, escuchar, hablar y expresarse correctamente en lengua castellana. d) El desarrollo de la capacidad para apreciar y utilizar la lengua como medio de expresión estética; e) El desarrollo de los conocimientos matemáticos necesarios para manejar y utilizar operaciones simples de cálculo y procedimientos lógicos elementales en diferentes situaciones, así como la capacidad para solucionar problemas que impliquen estos conocimientos. g) La asimilación de conceptos científicos en las áreas de conocimiento que sean objeto de estudio, de acuerdo con el desarrollo intelectual y la edad; h) La valoración de la higiene y la salud del propio cuerpo y la formación para la protección de la naturaleza y el ambiente; i) El conocimiento y ejercitación del propio cuerpo, mediante la práctica de la educación física, la recreación y los deportes adecuados a su edad y conducentes a un desarrollo físico y armónico; j) La formación para la participación y organización infantil y la utilización adecuada del tiempo libre; k) El desarrollo de valores civiles, éticos y morales, de organización social y de convivencia humana; l) La formación artística mediante la expresión corporal, la representación, la música, la plástica y la literatura; m) La adquisición de elementos de conversación y de lectura al menos en una lengua extranjera; n) La iniciación en el conocimiento de la Constitución Política, y ñ) La adquisición de habilidades para desempeñarse con autonomía en la sociedad. DECRETO 1860 DE 1994. Artículo 4o. El servicio de educación básica. Todos los residentes en el país sin discriminación alguna, recibirán como mínimo un año de educación preescolar y nueve años de educación básica que se podrán cursar directamente en establecimientos educativos de carácter estatal Artículo 34. Áreas. En el Plan de Estudios se incluirán las áreas del conocimiento definidas como obligatorias y fundamentales en los nueve grupos. Además, incluirá grupos de áreas o asignaturas que adicionalmente

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podrá seleccionar el establecimiento educativo para lograr los objetivos del proyecto educativo institucional, sin sobrepasar el veinte por ciento de las áreas establecidas en el plan de estudios. Las áreas pueden concursarse por asignaturas y proyectos pedagógicos en períodos lectivos anuales, semestrales o trimestrales. Estas se distribuirán en uno o varios grados. LEY 715 DE 2002: Capítulo III, Artículo 9°. Instituciones educativas. Institución educativa es un conjunto de personas y bienes promovida por las autoridades públicas o por particulares, cuya finalidad será prestar un año de educación preescolar y nueve grados de educación básica como mínimo, y la media. Las instituciones educativas combinarán los recursos para brindar una educación de calidad, la evaluación permanente, el mejoramiento continuo del servicio educativo y los resultados del aprendizaje, en el marco de su Programa Educativo Institucional.

Artículo 8. Comisiones de Evaluación y Promoción. El Consejo Académico conformará, para cada grado, una Comisión de Evaluación y Promoción integrada por un número de hasta tres docentes, un representante de los padres de familia que no sea docente de la institución y el rector o su delegado, quien la convocará y la presidirá, con el fin de definir la promoción de los educando y hacer recomendaciones de actividades de refuerzo y superación para estudiante que presenten dificultades. En la reunión que tendrá la Comisión de Evaluación y Promoción al finalizar cada período escolar, se analizarán los casos de educando con evaluación Insuficiente o Deficiente en cualquiera de las áreas y se harán recomendaciones generales o particulares a los profesores, o a otras instancias del establecimiento educativo, en términos de actividades de refuerzo y superación. Analizadas las condiciones de los educandos, se convocará a los padres de familia o acudientes, al educando y al educador con el fin de presentarles un informe junto con el plan de refuerzo, y acordar los compromisos por parte de los involucrados. Las Comisiones, además, analizarán los casos de los educandos con desempeños excepcionalmente altos con el fin de recomendar actividades especiales de motivación, o promoción anticipada. Igualmente se establecerá si educadores y educandos siguieron las recomendaciones y cumplieron los

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compromisos del período anterior. Las decisiones, observaciones y recomendaciones de cada Comisión se consignarán en actas y éstas constituirán evidencia para posteriores decisiones acerca de la promoción de educandos. Decreto 3055 de diciembre 12 de 2002. Por el cual se adiciona el artículo 9° del Decreto 230 de 2002. Artículo 1°. Modificase el artículo 9° del Decreto 230 de 2002 el cual quedará así: “Artículo 9°. Promoción de los educandos. Los establecimientos educativos tienen que garantizar un mínimo de promoción del 95% del total de los educandos que finalicen el año escolar en la institución educativa. Al finalizar el año, la Comisión de Evaluación y Promoción de cada grado será la encargada de determinar cuáles educandos deberán repetir un grado determinado. Se considerarán para la repetición de un grado cualquiera de los siguientes educandos: a) Educandos con valoración final Insuficiente o Deficiente en tres o más áreas; b) Educandos que hayan obtenido valoración final Insuficiente o Deficiente en matemáticas y lenguaje durante dos o más grados consecutivos de la Educación Básica; c) Educandos que hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 25% de las actividades académicas durante el año escolar. Es responsabilidad de la Comisión de Evaluación y Promoción estudiar el caso de cada uno de los educandos considerados para la repetición de un grado y decidir acerca de esta, pero en ningún caso excediendo el límite del 5% del número de educandos que finalicen el año escolar en la institución educativa. Los demás educandos serán promovidos al siguiente grado, pero sus evaluaciones finales no se podrán modificar. Parágrafo. Si al aplicar el porcentaje mínimo de promoción, es decir, el noventa y cinco por ciento, al número de alumnos de la institución educativa y la operación da como resultado un número fraccionario, se tendrá como mínimo de promoción el número entero de educandos anterior a la fracción.”

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DECRETO 1290 DE 2009 EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES Evaluación de los estudiantes. La evaluación de los aprendizajes de los estudiantes se realiza en los siguientes ámbitos: INTERNACIONAL. El Estado promoverá la participación de los estudiantes del país en pruebas que den cuenta de la calidad de la educación frente a estándares internacionales: TIMSS: Evalúa y compara lo que los estudiantes saben. (Matemáticas y ciencias en 4° y 8°); PISA: Evalúa y compara lo que los estudiantes pueden hacer con lo que saben. (Lectura, matemáticas y ciencias en jóvenes 15 años); SERCE: Evalúa y compara los rendimientos alcanzados por los estudiantes latinoamericanos (Lectura, escritura, matemáticas y Ciencias, en 3° y 6°) NACIONAL. El Ministerio de Educación Nacional y el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior -ICFES-, realizarán pruebas censales con el fin de monitorear la calidad de la educación de los establecimientos educativos con fundamento en los estándares básicos. Las pruebas nacionales que se aplican al finalizar el grado undécimo permiten, además, el acceso de los estudiantes a la educación superior. De igual manera se aplican pruebas Saber en los grados 3, 5 y 9. INSTITUCIONAL. La evaluación del aprendizaje de los estudiantes realizada en los establecimientos de educación básica y media, es el proceso permanente y objetivo para valorar el nivel de desempeño de los estudiantes. II. OBJETO, PROPÓSITO, DEFINICIÓN Y CARACTERISTICAS DE LA EVALUACIÓN A. OBJETO: El presente acuerdo reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria, Media Académica y Media Técnica que deben realizar en la institución educativa. B. PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN: Tiene como propósitos frente a la evaluación de los estudiantes: 1. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances. 2. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante.

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3. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo. 4. Determinar la promoción de estudiantes. 5. Aportar información para el ajuste e implementación del Plan de Mejoramiento Institucional. C. DEFINICIÓN DE EVALUACIÓN La evaluación es un pproceso permanente y objetivo de información y reflexión sobre la producción del aprendizaje para valorar el nivel de desempeño de los estudiantes. Es una actividad sistemática y continua como el mismo proceso educativo, un subsistema integrado dentro del propio sistema de la enseñanza y tiene como misión especial recoger información fidedigna en su conjunto para ayudar a mejorar el propio proceso, y dentro de él, los programas, las técnicas de aprendizaje, los recursos, los métodos etc. La evaluación debe servir de ayuda para elevar la calidad del aprendizaje y aumentar el rendimiento de los estudiantes. La evaluación en la I.E. MARIA JESÚS MEJIA, está basada en desarrollo de competencias, es parte inherente de la misma práctica y se hace explicita desde el momento mismo del diseño de situaciones didácticas, se convierte de esa manera en un proceso abierto, compartido, transparente, cuyos resultados se conocen de inmediato y va enfocado a la toma de decisiones pertinentes en el momento más propicio. La evaluación de competencias es un proceso funcional, sistemático, continuo, integral, orientador y cooperativo, para obtener información sobre la manera en que el estudiante demuestra ser competente a través de sus desempeños, sobre los que se emiten juicios de valor referidos a ciertos criterios (indicadores) para llegar a una toma de decisiones educativas que lleven a la mejora En el entendido de que cuando se dice hacia la mejora es también en términos de evidencias que den cuenta de que efectivamente tales decisiones contribuyen a mejorar las condiciones de aprendizaje del alumno, por tanto el docente debe contar con una amplia gama de posibles decisiones que lleven a “ésa” mejora. LA EVALUACION, PROCESO INHERENTE AL SER HUMANO. Todos los seres humanos desarrollamos paulatinamente la facultad de evaluar, de emitir juicios, valorar comparar, tomar decisiones, la evaluación como 182


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proceso cognitivo, es inherente a todos nosotros, es uno de los procesos psicológicos superiores más importantes, se relaciona con la capacidad de juicio que toda persona desarrolla a lo largo de su vida, se inicia en la infancia, extendiéndose hasta la adolescencia y la vida adulta casi al mismo tiempo que el pensamiento lógico. El acto de evaluar, lo realizamos cotidianamente aún sin darnos cuenta; ello nos permite tomar decisiones, trascendentes o triviales si se quiere, pero finalmente el proceso cognitivo de evaluar y tomar decisiones nos acompaña día con día. Cuando los procesos de evaluación se trasladan hacia otros objetos (objetos de evaluación) o hacia otras personas (sujetos de evaluación) la situación se torna más compleja y requiere de tiempo y esfuerzo; sobre todo porque en ese caso se necesita una sistematización más o menos convencional de ciertos pasos metodológicos para realizar tales evaluaciones fuera de nuestra psique. Así encontraremos evaluación educativa, evaluación de la calidad, evaluación del desempeño docente, evaluación de las competencias, evaluación de las actitudes, evaluación de sistemas, evaluación institucional entre otras más. No podemos dejar de enfatizar que el proceso de evaluación en su expresión más general siempre inicia con la obtención de información, y para hacerse llegar la información el evaluador puede utilizar múltiples y variadas vías, como por ejemplo una encuesta, un inventario de actitudes, un examen objetivo, una guía de observación, una rúbrica, una escala estimativa, un portafolios de evidencias, entre muchas más. Formalizando el concepto, tenemos que la evaluación es un proceso destinado a obtener información sobre un fenómeno, sujeto u objeto; emitir juicios de valor al respecto y, con base en ellos tomar decisiones, de preferencia, tendientes a la mejora de lo que se evalúa. Esta definición genérica se pude aplicar a cualquier situación, ya sea educativa o de aprendizaje, de las competencias, u otros componentes del sistema social-económico-político ene l que nos desarrollemos. LA EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE: Se define también como un proceso funcional, sistemático, continuo, integral, orientador y cooperativo, que implica la obtención de información, sobre el logro de los objetivos curriculares o programáticos por parte de estudiante; que se enjuicia o valora con parámetros previamente establecidos en el diseño curricular, para llegar a una toma de decisiones educativas tales como la promoción, la nivelación o actividades especiales de recuperación, que tienden a una mejora del proceso mismo de la enseñanza aprendizaje.

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EVALUACIÓN DE LAS COMPETENCIAS: Partiendo del concepto de competencias, donde se sabe que ésta surge de una necesidad que lleva al individuo a movilizar sus conceptos, sus procedimientos y actitudes en exhibiciones reales y con criterios de calidad o exigencia previamente definidos conocidos como indicadores evaluables. Entonces podemos definir a la evaluación de competencias como la recopilación de información, sobre la manera en que el estudiante evidencia la movilización conceptual, procedimental y actitudinal a través de desempeños, observables, referidos al diseño curricular, para que se emitan juicios valorativos sobre dichas evidencias y se tomen decisiones educativas al respecto. La evaluación de competencias requiere de instrumentos cualitativos acordes con los desempeños requeridos por el programa de estudios, así como una exacta definición de los indicadores que evidencian estos desempeños y no solamente los que corresponden a la esfera conceptual. Es necesario, conocer y dominar una gama de instrumentos y herramientas cualitativas, para logra verdaderamente las competencias. Existen algunas razones muy valederas que justifican el enfoque por competencias en la educación. 1. Las generaciones de adultos han perdido el dominio de los secretos y de la vida: esta afirmación tiene implicaciones profundas para la educación porque el énfasis ya no puede estar más en la transmisión de información , ni siquiera en el dominio de las asignaturas o una área del conocimiento , pues ante la gran cantidad de información que se genera de manera tan rápida, la importancia reside en lo que se hace con ella, es decir; dónde se encuentra, cómo se procesa, cómo se puede distinguir la que es confiable y la que no, cómo se procesa, de qué manera se analiza; etc. Ante tal situación, la figura del maestro erudito, poseedor casi del conocimiento pierde fuerza. Hoy la información y los saberes están presentes a través de diversos medios a los que hay que acceder con relativa facilidad. 2. Los educandos de hoy son diferentes a los de otros tiempos: Hay indicadores muy claros que manifiestan que se comportan distinto y tienen formas de aprender también diferentes, la excesiva estimulación sensorial a la que han estado expuestos los chicos de este tiempo han modificado sus esquemas de atención y percepción; por otra parte los patrones de crianza y los cambios que ha tenido la familia actual han sido determinantes de actitudes, valores, y comportamientos que han incrementado la dificultad que existe para formarlos de acuerdo a ciertos parámetros de referencia que tiene sus padres.

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3. El mundo ha derribado fronteras y se debe formar a los ciudadanos para desenvolverse en un entorno globalizado. Cada día son más evidentes los dignos de la globalización, hoy las redes sociales permiten una comunicación fluida en la que las fronteras no existen y es tal su impacto que en fechas recientes han sido medio para unir conciencias y provocar movimientos sociales de diferente índole, por ello es importante aportarle desde la escuela a la formación de competencias para la vida. LAS COMPETENCIAS VISTAS DESDE DISTINTAS PERSPECTIVAS: Las definiciones de competencia que nos ofrecen distintas fuentes podemos observar que tienen algunos aspectos en común y que ante todo se justifican por la necesidad que hay en la actualidad de poseer no solamente conocimientos sino también otros elementos que en su conjunto nos lleven a la toma de decisiones y a implementar acciones pertinentes y certeras para resolver las situaciones que depara el momento en un contexto determinado. ALGUNAS DEFINICIONES DE COMPETENCIAS: Monereo, (2005) estrategia es una acción específica para resolver un tipo contextualizado de problemas, la competencia seria el dominio de un amplio repertorio de estrategias en un determinado ámbito o escenario de la actividad humana. Perrenaud, (2001) es la aptitud para enfrentar eficazmente una familia de situaciones análogas, movilizando a conciencia y de manera a la vez rápida, pertinente y creativa, múltiples recursos cognitivos: saberes, capacidades, micro competencias, informaciones, valores, actitudes, esquemas de percepción de evaluación y de razonamiento. Zavala y Arnaud, (2008) es la capacidad o habilidad de efectuar tareas o hacer frente a situaciones diversas de forma eficaz en un contexto determinado. Y para ello es necesario movilizar actitudes, habilidades y conocimientos al mismo tiempo y de manera interrelacionada. En el ámbito educativo la definición de competencia que permite orientar los procesos de planeación y evaluación quedará de la siguiente manera: “Frente a una necesidad, es la capacidad del individuo para movilizar sus recursos (conceptuales, procedimentales y actitudinales) en una sola exhibición, que la resuelve en términos de un criterio de calidad o exigencia y se manifiesta a través de indicadores evaluables” (Frola 2011) En la anterior definición se pueden visualizar tres elementos que componen a la competencia:

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1. Una necesidad en el entorno- que genera o dispara la competencia 2. La demostración en vivo de tres elementos: conceptual, procedimental y actitudinal, también conocido como performance o ejecución. 3. El cierre de la competencia: los niveles de exigencia con que se debe ejecutar, conocidos como indicadores o evaluables. Ante esta conceptualización, podemos inferir que para poder afirmar que trabajemos por competencias tendríamos que empezar a abandonar a la mecánica de dictar “los temas” para que los alumnos “anoten” los conceptos y definiciones. Esto apunta a pasar de trabajar en dos dimensiones, en plano o en plano o en papel; a trabajar en tres dimensiones, en vivo y a través de desempeños o “performances” reales. Para la institución educativa María Jesús Mejía las competencias se definen como el proceso de aprehensión y aplicación del conocimiento en la solución de problemas de la vida real a nivel social o individual con eficiencia. Destrezas y habilidades cognitivas, emocionales y afectivas que le permiten al estudiante actuar en un contexto determinado, aplicar sus conocimientos y solucionar sus problemas. Se refiere al saber hacer en contexto. Ser competente se traduce en ser capaz de actuar en coherencia con un saber específico. Cada área debe aspirar al desarrollo de algunas competencias propias del saber disciplinar que le es propio.

¿CÓMO SE EVALÚAN LAS COMPETENCIAS? Retomado los componentes de las competencias podemos darnos cuenta que las competencias de entrada implican una acción y una intervención eficaz e inmediata a través de la movilización de distintos recursos constituidos por esquemas de actuación que integran al mismo tiempo conocimientos, procedimientos y actitudes, aquí cabría preguntarnos ¿Es posible actuar de manera eficaz si los propios esquemas de actuación y sus componentes no han sido adquiridos? La respuesta inequívoca a este cuestionario es: no, pues no se pude ser competente si el aprendizaje de los componentes necesarios para la acción han sido aprendidos de manera mecánica. La evaluación de las competencias no puede realizarse de manera tradicional, dado que involucra además de aspectos conceptuales, otros de carácter procedimental y actitudinal, los cuales solamente pueden ser evidenciables con ejecuciones en vivo, “fuera de pupitre”. Otra precisión importante al respecto es darnos cuenta que la evaluación de las competencias no puede estar desvinculada de la forma en que los estudiantes se apropian de los contenidos según su tipología, es decir, un contenido de aprendizaje puede ser de carácter conceptual, procedimental o actitudinal y

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cada uno por su naturaleza requiere de un abordaje metodológico distinto; al respecto hay pocas fuentes que profundizan en este hecho, una de ellas es el citado Zavala y Arnaud (2008) titulado “Cómo enseñar y aprender competencias” en el que se hacen algunas aportaciones interesantes al respecto. Ellos afirman que el aprendizaje de los hechos y los conceptos son procesos distintos pues un hecho se ha aprendido una vez comprendido el concepto asociado y puede ser utilizado en una actuación competente al reproducirlo literalmente. EL APRENDIZAJE Y EVALUACIÓN DE LOS CONCEPTOS: Respecto al aprendizaje de los conceptos es importante destacar que éstos se aprenden cuando se ha entendido su significado. Se puede decir que estos contenidos se han aprendido no cuando se es capaz de repetir su definición, sino cuando se es capaz de utilizarlos para la interpretación, comprensión o exposición de un fenómeno o situación, o bien cuando se es capaz de situar los hechos, objetos o situaciones concretos en aquel concepto que los incluye. Es más, podemos afirmar que este tipo de aprendizajes difícilmente pueden considerarse acabados, ya que siempre existe la posibilidad de ampliar o profundizar su conocimiento, de hacerlo más significativo. Se trata de actividades complejas que promuevan un verdadero proceso de elaboración y construcción personal del concepto; que faciliten que los nuevos contenidos de aprendizaje se relacionen con los conocimientos previos; que promuevan una fuerte actividad mental que facilite dichas relaciones; que otorguen significatividad y funcionalidad a los nuevos conceptos y principios; que supongan un reto ajustado a las posibilidades reales, etc. En definitiva, actividades que favorezcan la comprensión del concepto a fin de utilizarlo para la interpretación o el conocimiento de situaciones, o la construcción de otras ideas. La evaluación del aprendizaje de los conceptos también es posible hacerla a través de instrumentos cuantitativos, principalmente pruebas objetivas ya que se centran en construcciones mentales que pueden ser fácilmente evidenciadas a través de las respuestas elegidas o enunciadas en una evaluación escrita. El aprendizaje y la evaluación de los procedimientos y actitudes en cambio requiere de ejecuciones en vivo, de revisión de procesos además de productos, lo cual nos lleva a un terrenos distinto que es necesario conocer a fondo para poder abordarlo con un enfoque metodológico acorde a las exigencias de este tipo de contenido. Analicemos todo lo que implica.

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EL APRENDIZAJE Y EVALUACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS: Una primera afirmación que podemos hacer y que tiene mucha lógica es que los contenidos procedimentales se aprenden mediante un proceso de ejercitación tutelada y reflexiva a partir de modelos expertos. Es decir, una vez observadas las acciones que los constituyen, para que estos procedimientos sean aprendidos es indispensable que los alumnos realicen las acciones observadas, de forma que puedan practicar la ejercitación múltiple guiada, o sea, una ejercitación de carácter progresivo de mayor a menor ayuda externa. Acompañado todo ello de una reflexión sobre la misma actividad que permite tomar conciencia de la propia actuación, es decir, ser capaces de reflexionar acerca de cómo ésta se realiza y cuáles son las condiciones ideales de su uso. Consideración ésta que nos permite atribuir importancia, por un lado, a los componentes teóricos de los contenidos procedimentales que hay que aprender y, por el otro, a la necesidad de que dichos conocimientos estén en función del uso, es decir, de su funcionalidad. Proceso de aprendizaje que se refuerza con la aplicación de lo aprendido en contextos diferenciados para que sea más útil en la medida en que podamos utilizarlo en situaciones no siempre previsibles. Si las ejercitaciones son numerosas y se realizan en contextos diferentes, los aprendizajes podrán ser transferidos más fácilmente en ocasiones futuras. La evaluación de los contenidos procedimentales por lo tanto no puede hacerse con instrumentos escritos a base de papel y lápiz, es necesario recurrir a los desempeños, observar su proceso y de ser posible llegar incluso a la capacidad delos individuos para la aplicación de lo aprendido en contextos diversos. El énfasis entonces está tanto en el proceso como en el producto ya que en ambos momentos se evidencian aspectos relevantes del aprendizaje. EL APRENDIZAJE Y EVALUACIÓN DE LAS ACTITUDES El proceso de aprendizaje de las actitudes implica elaboraciones complejas de carácter personal con una gran vinculación afectiva. Se aprenden las actitudes a partir de modelos o mediante las vivencias continuadas en entornos con grandes implicaciones afectivas: querer ser como alguien al que se admira o querer vivir según las pautas de un grupo social para poder permanecer en él. Dos formas de aprendizaje que promueve la heteronomía moral, es decir, querer ser no por uno mismo, sino para ser como otros o para poder vivir con otros. Se aprende también y especialmente mediante procesos de reflexión y posicionamiento personal ante situaciones conflictivas que obligan al establecimiento de pautas de comportamiento. En este caso se actúa y se es no por querer ser o tener que ser como los demás, sino por propio

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convencimiento, porque se asume dicha actitud como principio de actuación personal, o sea, se actúa con autonomía moral. El aprendizaje de los contenidos actitudinales supone un conocimiento y una reflexión sobre los posibles modelos, un análisis y una valoración de las normas, una apropiación y elaboración del contenido, que implica el análisis de los factores positivos y negativos, una toma de posición, una implicación afectiva y una revisión y valoración de la propia actuación. Su evaluación dadas las características anteriores es compleja y en definitiva, su metodología implica echar mano de situaciones reales que permitan evidenciar el comportamiento de las personas involucradas ante los dilemas, retos, casos o problemas planteados, lo cual nos lleva a inferir que se requiere de ejecuciones en vivo, actividades fuera de pupitre, desempeños ante determinadas circunstancias etc. Con la información anterior estamos ya en posibilidad de dar una respuesta concreta, clara y fundamentada a la pregunta con que inicia este apartado: ¿CÓMO SE EVALÚAN LAS COMPETENCIAS? La respuesta se torna ya más lógica; la única forma de evaluar las competencias es a través de formas e instrumentos de evaluación de corte cualitativo como pueden ser la dramatización, el debate, el estudio de casos, la resolución de problemas, un programa radiofónico, elaboración de un cartel y una variedad inmensa de formas que tengan como característica partir de necesidades y la construcción social del conocimiento a partir de la movilización de conceptos, procedimientos y actitudes, todo en una sola exhibición, cumpliendo con los criterios de exigencia previamente definidos y evidenciables a través de herramientas de calificación que en el enfoque por competencias pueden ser tres: lista de verificación, escala estimativa y rúbrica. Tomado de: ttp://www.slideshare.net/kat_irene/evaluacion-cualitativa-del-aprendizaje. CARACTERÍSTICAS DE LA EVALUACIÓN En el ámbito educativo el proceso de evaluación implica también la obtención de información, a través de instrumentos (encuestas, inventarios, cuestionarios, pruebas, entre otros), la emisión de juicios una vez procesada la información y la consecuente toma de decisiones tendientes a la mejora de los procesos y servicios. La evaluación educativa entonces puede dirigirse a cualquier componente o segmento del sistema educativo y debe tener varias características entre ellas las siguientes: 1. Funcional: En tanto que se realiza para alcanzar o cumplir con ciertos propósitos, se evalúa para tener información relevante, enjuiciarla y tomar decisiones mejor fundamentadas.

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2. Sistemática: se realiza la evaluación teniendo en cuenta los principios pedagógicos y que guarde relación con los fines, objetivos de la educación, la visión y misión del plantel, los estándares de competencias de las diferentes áreas, los logros, indicadores de logro, lineamientos curriculares o estructura científica de las áreas, los contenidos, métodos y otros factores asociados al proceso de formación integral de los estudiantes. Requiere de cierta organización, control, regulación y evidencias de los pasos metodológicos necesarios para realizarla; también resulta sistémica pues siempre inserta o se concatena con otros sistemas de avaluación amplios y globales, donde pasa a formar parte de insumos para estos últimos. 3. Continua: no solamente al final de un ciclo o unidad, sino como una actividad en diferentes momentos y con diferentes propósitos y a explorar cómo llegan los estudiantes o bien para medir de que contenidos curriculares se apropiaron después de un bloque temático. Es decir que se realiza en forma permanente haciendo un seguimiento al estudiante, que permita observar el progreso y las dificultades que se presenten en su proceso de formación. Se hará al final de cada tema, unidad, período, clase o proceso. 4. Integral. Considerando no solamente los aspectos cognoscitivos sino también los psicomotores y los afectivos, es decir se tienen en cuenta todos los aspectos o dimensiones del desarrollo del estudiante, los cuales a través de todo tipo de pruebas orales o escritas, permiten evidenciar el proceso de aprendizajes y organización del conocimiento. Se le aplicarán las pruebas que permitan la consulta de textos, notas, solución de problemas y situaciones, ensayos, análisis, interpretación, proposición, conclusiones, y otras formas que los docentes consideren pertinentes y que independicen los resultados de factores relacionados solamente con simples recordaciones o memorización de palabras, nombres, fechas, datos, cifras, resultado final, sin tener en cuenta el proceso del ejercicio y que no se encuentren relacionadas con la constatación de conceptos y factores cognoscitivos. 5. Holística y orientadora que permite descubrir falencias, errores o fallas en nuestro plantel permitiendo que sea útil y oportuna. Es decir que sirva para mejorar, reorientar y remediar la práctica educativa; solo puede mejorarse aquello que se evalúa. Debe de servir para guiar el proceso de los estudiantes en lugar de eliminar o excluir a algunos de ellos.

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6. Cooperativa: debe ser un proceso socializado desde su concepción, sus fases y procedimientos. 7. Democrática y no autocrática: que posee diversas dinámicas como la auto-evaluación, coevaluación y heteroevaluación, donde se dan procesos de diálogo, comprensión y mejoramiento. Su sentido es la formación significativa de una comunidad social pluralista, justa, divergente, progresista, donde se comprende, se convive y se valora al sujeto, a la comunidad y al entorno, conforme a los principios institucionales. A. La observación de comportamientos, actitudes, valores, aptitudes, desempeños cotidianos, conocimientos, registrando en detalle los indicadores de logros en los cuales se desarrollan, y que demuestren los cambios de índole cultural, personal y social del estudiante. B. El diálogo con el estudiante y padre de familia, como elemento de reflexión y análisis, para obtener información que complemente la obtenida en la observación y en las pruebas escritas. C. Se permitirá la autoevaluación por parte de los mismos estudiantes, y la participación de los padres de familia en la evaluación de sus hijos a través de tareas formativas dejadas para la casa, y sobre las que los padres evaluarán por escrito el cumplimiento de las mismas en los cuadernos de los estudiantes. D. Conversatorios con la misma intención del diálogo, realizados entre el profesor y el educando o un grupo de ellos. 8. Cualitativa: teniendo como fin la mejora de la calidad en un contexto educativo que supone un proceso complejo que atiende sistemas de planeación, diseño, ejecución o aplicaciones, aunque se exprese en conceptos numéricos, simbólicos o gráficos. 9. Flexible: se tienen en cuenta los ritmos de desarrollo del estudiante en sus distintos aspectos de interés, capacidades, ritmos de aprendizaje, dificultades, limitaciones de tipo afectivo, familiar, nutricional, entorno social, físicas, discapacidad de cualquier índole, estilos propios, dando un manejo diferencial y especial según las problemáticas relevantes o diagnosticadas por profesionales. Los profesores identificarán las características personales de sus estudiantes en especial las destrezas, posibilidades y limitaciones, para

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darles un trato justo y equitativo en las evaluaciones de acuerdo con la problemática detectada, y en especial ofreciéndole oportunidad para aprender del acierto, del error y de la experiencia de vida. 10. Interpretativa: se permite que los estudiantes comprendan el significado de los procesos y los resultados que obtienen, y junto con el profesor, hagan reflexiones sobre los alcances y las fallas para establecer correctivos pedagógicos que le permitan avanzar en su desarrollo de manera normal. Las evaluaciones y sus resultados serán tan claros en su intención e interpretación, que no lleven a conflictos de interés entre alumnos contra profesores o viceversa. 11. Participativa: se involucra en la evaluación al estudiante, docente, padre de familia y otras instancias que aporten a realizar unos buenos métodos en los que sean los estudiantes quienes desarrollen las clases, los trabajos en foros, mesa redonda, trabajo en grupo, debate, seminario, exposiciones, prácticas de campo y de taller, con el fin de que alcancen entre otras las competencias de analizar, interpretar y proponer, con la orientación y acompañamiento del profesor. 12. Formativa: nos permite reorientar los procesos y metodologías educativas, cuando se presenten indicios de reprobación en alguna área, analizando las causas y buscando que lo aprendido en clase, incida en el comportamiento y actitudes de los alumnos en el salón, en la calle, en el hogar y en la comunidad en que se desenvuelve. III. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN EN LA CONSTRUCCIÓN Y SOCIALIZACIÓN DEL SIEPE Los mecanismos de participación de la comunidad en la construcción del SIEPE se basan en una construcción continua donde participan todos los estamentos que conforman la institución y todos los diferentes órganos del Gobierno Escolar. Por lo tanto es necesario que en su discusión y mejoramiento participen el Consejo Directivo, el Consejo Académico, el Consejo de Padres, los Docentes, el Consejo Estudiantil, a través de las instancias señaladas en el Decreto 1290 de 2009. Se le harán ajustes siempre que sean producto de evaluaciones continuas y permanentes originados por la participación de los estamentos que conforman la comunidad educativa.

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1.

• • • •

AL CONSEJO institucional, le siguientes:

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DIRECTIVO, como la máxima autoridad corresponden, entre otras funciones las

Articulación del SIEPE con el PEI. Aprobación y validación del SIEPE. Socializar el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de Estudiantes Garantizar que los Directivos Docentes y Docentes del establecimiento educativo cumplan con los procesos evaluativos estipulados en el Sistema Institucional de Evaluación, SIEPE. Servir de instancia decisoria sobre reclamaciones que presenten los estudiantes o sus padres de familia en relación con la evaluación y promoción. Facultar a otros órganos que atiendan en primera instancia las reclamaciones y lleguen a su seno solo los casos que una vez transitado por todos eses mecanismos no encuentren una solución adecuada. Definir y divulgar los procedimientos y mecanismos de reclamaciones de los estudiantes y la Comunidad educativa.

2. AL CONSEJO ACADÉMICO: Como órgano consultivo del Consejo Directivo y quien vela por el estudio del currículo y el proceso enseñanza aprendizaje a nivel institucional, le corresponde, entre otras las siguientes funciones: • • • • •

3. •

Realizar el estudio del SIEPE y hace los ajustes pertinentes con base al marco legal y normativo vigente. Definir estrategias para solución de problemas. Establecer controles que garanticen el debido proceso en la evaluación. Indicar el procedimiento, los estamentos y los tiempos en los que se pueden realizar las reclamaciones y en los que se debe decidir. Garantizar a toda la comunidad el reconocimiento de los derechos al debido proceso, a la educación y a la diferencia en los ritmos de aprendizaje. AL CONSEJO DE PADRES le corresponde: Participar en la construcción del SIEPE.

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• •

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Participar conjuntamente con los otros integrantes del SIEPE, en las Comisiones que se integren y convoquen para el efecto. Asistir a las reuniones de evaluación que se realicen en la Institución que convoque el Consejo Académico.

4.

AL CONSEJO DE ESTUDIANTES le corresponde:

• • •

Participar en la construcción del SIEPE. Nombrar sus representantes. Estudio y socialización del SIEPE.

5.

AL PERSONERO le corresponde: • • •

Ser quien garantiza los derechos de los estudiantes. Velar porque se observe el cumplimiento de los derechos de los estudiantes. Recibir y dar trámite a los reclamos que se presenten en el proceso.

6. RESPONSABILIDADES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL En cumplimiento de las funciones establecidas en la ley, el Ministerio de Educación Nacional debe: A. Publicar información clara y oportuna sobre los resultados de las pruebas externas tanto internacionales como nacionales, de manera que sean un insumo para la construcción del Sistema Institucional de Evaluación de los estudiantes y el mejoramiento de la calidad de la educación. B. Expedir y actualizar orientaciones para la implementación del Sistema Institucional de Evaluación. C. Orientar y acompañar a la implementación del presente decreto.

Secretaría

de

Educación

en

la

D. Evaluar la efectividad de los diferentes Sistemas Institucionales de Evaluación de los estudiantes. 7. RESPONSABILIDADES DE LAS SECRETARÍAS DE EDUCACIÓN DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES CERTIFICADAS En cumplimiento de las funciones establecidas en la ley, la entidad territorial certificada debe:

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A. Analizar los resultados de las pruebas externas de los establecimientos educativos de su jurisdicción y contrastarlos con los resultados de las evaluaciones de los Sistemas Institucionales de Evaluación de los estudiantes. B. Orientar, acompañar y realizar seguimiento a los establecimientos educativos de su jurisdicción en la definición e implementación del Sistema Institucional de Evaluación de estudiantes. C. Trabajar en equipo con los directivos docentes de los establecimientos educativos de su jurisdicción para facilitar la divulgación e implementación de las disposiciones del decreto 1290. D. Resolver las reclamaciones que se presenten con respecto a la movilidad de estudiantes entre establecimientos educativos de su jurisdicción. 8. RESPONSABILIDADES DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO En cumplimiento de las funciones establecidas en la ley, el establecimiento educativo, debe: A. Definir, adoptar y divulgar el Sistema Institucional de Evaluación de estudiantes, después de su aprobación por el Consejo Académico. B. Incorporar en el Proyecto Educativo Institucional los criterios, procesos y procedimientos de evaluación; estrategias para la superación de debilidades y promoción de los estudiantes, definidos por el Consejo Directivo. C. Realizar reuniones de docentes y directivos docentes para analizar, diseñar e implementar estrategias permanentes de evaluación y de apoyo para la superación de debilidades de los estudiantes y dar recomendaciones a estudiantes, padres de familia y docentes. D. Promover y mantener la interlocución con los padres de familia y el estudiante, con el fin de presentar los informes periódicos de evaluación, el plan de actividades de apoyo para la superación de las debilidades, y acordar los compromisos por parte de todos los involucrados. E. Crear comisiones u otras instancias para realizar el seguimiento de los procesos de evaluación y promoción de los estudiantes si lo considera pertinente.

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F. Atender los requerimientos de los padres de familia y de los estudiantes, y programar reuniones con ellos cuando sea necesario. G. A través de Consejo Directivo servir de instancia para decidir sobre reclamaciones que presenten los estudiantes o sus padres de familia en relación con la evaluación o promoción. H. Analizar periódicamente los informes de evaluación con el fin de identificar prácticas escolares que puedan estar afectando el desempeño de los estudiantes, e introducir las modificaciones que sean necesarias para mejorar. I. Presentar a las pruebas censales del ICFES la totalidad de los estudiantes que se encuentren matriculados en los grados evaluados, y colaborar con éste en los procesos de inscripción y aplicación de las pruebas, según se le requiera. 9.

DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

El estudiante, para el mejor desarrollo de su proceso formativo, tiene derecho a: A. Ser evaluado de manera integral en todos los aspectos académicos, personales y sociales B. Conocer el Sistema Institucional de Evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar. C. Conocer los resultados de los procesos de evaluación y recibir oportunamente las respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a estas. D. Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para superar sus debilidades en el aprendizaje. Deberes del estudiante. El estudiante, para el mejor desarrollo de su proceso formativo, debe: A. Cumplir con los compromisos académicos y de convivencia definidos por el establecimiento educativo. B. Cumplir con las recomendaciones y compromisos frente a la superación de sus debilidades.

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10. DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES Derechos de los padres de familia. En el proceso formativo de sus hijos, los padres de familia tienen los siguientes derechos: A. Conocer el Sistema Institucional de Evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar. B. Acompañar el proceso de evaluación de los estudiantes. C. Recibir los informes periódicos de evaluación. D. Recibir oportunamente respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas sobre el proceso de evaluación de sus hijos. Deberes de los padres de familia. De conformidad con las normas vigentes, los padres de familia deben: A. Participar a través de las instancias del Gobierno Escolar, en la definición de criterios y procedimientos de la evaluación del aprendizaje de los estudiantes y promoción escolar B. Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus hijos C. Analizar los informes periódicos de evaluación D. Responder de manera oportuna a las remisiones externas solicitadas por el docente orientador escolar 11.

COMISION DE EVALUACIÓN

La Comisión de Evaluación y Promoción, estará integrada por: • • • •

La Rectora quien la Convoca y la preside El coordinador(a) Los docentes Directores de Grupo A la reunión final (cuarto periodo), asisten todos los docentes de cada una de las áreas del Plan de Estudios, del grado objeto de evaluación.

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• •

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Un representante de los padres de familia. (No puede ser docente de la Institución) El Docente Orientador Escolar que acompaña el grado a ser evaluado.

A. OBJETIVOS DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN La Comisión de Evaluación y Promoción se reúne al finalizar cada periodo escolar. Se establecen para la Comisión de Evaluación y Promoción, los siguientes objetivos: a. Establecer criterios y procedimientos para la evaluación de los alumnos; b. Garantizar que los criterios de evaluación se fundamenten en las reglamentaciones legales y en el Proyecto Educativo Institucional; c. Posibilitar que se incrementen los niveles de promoción; d. Plantear nuevas formas evaluativas para evitar la reprobación. e. Desarrollar una razonable y justa promoción de los estudiantes en diferentes grados, teniendo en cuenta el alcance de los logros esperados; f. Crear estímulos para aquellos estudiantes que sobresalgan por su proceso académico y actitudinal, vivencia de valores propios de la filosofía institucional g. Definir la promoción de los alumnos. B. FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Son funciones de la Comisión de Evaluación y Promoción, las siguientes: a. Analizar casos persistentes de insuficiencia en la consecución de los logros de los estudiantes; b. Velar porque la evaluación se ajuste a los lineamientos legales y a los del Proyecto Educativo Institucional c. Proponer diferentes estrategias de capacitación y actualización de los docentes en el campo de la evaluación. d. Favorecer en cada estudiante el desarrollo de sus capacidades y habilidades. e. Determinar las actividades pedagógicas complementarias que se deben desarrollar para la superación de las insuficiencias. f. Velar por el cumplimiento de procesos de Actividades Especiales de Recuperación y superación de insuficiencias. g. Definir la promoción y retención de los alumnos.

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h. Definir los criterios de permanencia de los estudiantes i. Determinar el porcentaje de inasistencia, para la pérdida del año, en un 20% no justificado, y definir los parámetros de las justificaciones aceptadas y excepciones

IV. ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL. Para efectos de la Valoración de los estudiantes en cada área/asignatura del Plan de Estudios, se establece la siguiente escala numérica, con su correspondiente equivalencia nacional: De

1.0 a

2.99

Desempeño Bajo

De

3.0 a

3.99

Desempeño Básico

De

4.0 a

4.59

Desempeño Alto

De

4.6 a

5.0

Desempeño Superior

1. DEFINICIÓN PARA CADA JUICIO VALORATIVO. El Desempeño, es la aplicación de los conocimientos, actitudes, hábitos y habilidades en la esfera práctica, en la solución de cierta clase de problemas y situaciones. En este nivel se manifiestan con más fuerza algunos de los procesos del pensamiento como son la clasificación, la comparación y la concreción. Se refiere al hecho de llevar a la acción como producto final de aplicación lo aprendido por el estudiante ya sea mediante hechos en la vida real, mediante laboratorios o simulaciones. Lo importante es que el estudiante en esta etapa aplica los conocimientos adquiridos. DESEMPEÑO SUPERIOR: Se le asigna al estudiante cuando alcanza en forma excepcional todos los logros esperados e incluso logros no previstos en los estándares curriculares y en el Proyecto Educativo Institucional. Adicionalmente cumple de manera cabal e integralmente con todos los procesos de desarrollo cognitivo, psicomotor, comunicativo, afectivo y volitivo, en un desempeño que supera los objetivos y las metas de calidad previstos en el PEI.

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Se puede considerar con un desempeño superior al estudiante que reúna, entre otras las siguientes características: - Alcanza la totalidad de los logros propuestos e incluso logros no previstos en los períodos de tiempo asignados. - Es creativo, innovador y puntual en la presentación de los trabajos académicos. - Siempre cumple con las tareas y trabajos de área. - Es analítico y crítico en sus cuestionamientos. - No tiene faltas y aun teniéndolas, presenta excusas justificadas sin que su proceso de aprendizaje se vea afectado. - No presenta dificultades en su comportamiento y en el aspecto relacional con todas las personas de la comunidad educativa. - Desarrolla actividades curriculares que exceden las exigencias esperadas. - Manifiesta un elevado sentido de pertenencia institucional. - Participa en las actividades curriculares y extracurriculares permanentemente. - Presenta actitudes proactivas de liderazgo y gran capacidad de trabajo en equipo. DESEMPEÑO ALTO: Corresponde al estudiante que alcanza la totalidad de los logros previstos en cada una de las dimensiones de la formación humana, demostrando un buen nivel de desarrollo. Se puede considerar desempeño alto cuando el estudiante reúna, entre otras, las siguientes características: - Alcanza todos los logros propuestos en las diferentes áreas/asignaturas. - Alcanza todos los logros propuestos en las diferentes áreas/asignaturas, aun cuando realice actividades especiales de refuerzo. - No tiene faltas, y aun teniéndolas, presenta excusas justificadas sin que su proceso de aprendizaje se vea afectado en gran medida. - Tiene faltas de asistencia justificadas no incidentes en su rendimiento. - Presenta los trabajos oportunamente. - No presenta dificultades en su comportamiento y en el aspecto relacional con todas las personas de la comunidad educativa. - Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento cuando las tiene. - Desarrolla actividades curriculares específicas. - Manifiesta sentido de pertenencia con la Institución. - Desarrolla buena capacidad de trabajo en equipo.

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DESEMPEÑO BÁSICO: Corresponde al estudiante que logra lo mínimo en los procesos de formación y aunque con tal estado puede continuar avanzando, hay necesidad de fortalecer su trabajo para que alcance mayores niveles de logro. Se puede considerar desempeño básico cuando el estudiante reúna, entre otras, las siguientes características: - Sólo alcanza los niveles necesarios de logro propuestos y con Actividades Especiales de Recuperación. - Tiene faltas de asistencia justificadas, pero que limitan su proceso de aprendizaje. - Es relativamente creativo y su sentido analítico no se evidencia en sus acciones. - Presenta sus trabajos en el límite del tiempo y la oportunidad de hacerlo. - Presenta algunas mínimas dificultades en el aspecto relacional con las personas de su comunidad educativa. - Reconoce y supera sus dificultades de comportamiento. - Desarrolla actividades curriculares específicas. - Manifiesta un relativo sentido de pertenencia con la Institución. - Utiliza estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas pendientes. - Desarrolla una capacidad de trabajo en equipo limitada. DESEMPEÑO BAJO: Corresponde al estudiante que no supera los desempeños necesarios previstos en las Áreas/Asignaturas, teniendo un ejercicio muy limitado en todos los procesos de desarrollo cognitivo, psicomotor, comunicativo, afectivo y volitivo, por lo que su desempeño no alcanza los objetivos y las metas de calidad previstos en el PEI. Se puede considerar desempeño bajo cuando el estudiante reúna, entre otras, las siguientes características: - No alcanza los logros mínimos en las áreas/asignaturas y requiere actividades especiales de recuperación. - No alcanza los logros mínimos en las áreas/asignaturas aún después de realizadas las actividades especiales de recuperación y persiste en las dificultades. - Presenta faltas de asistencia injustificadas que afectan significativamente su proceso de aprendizaje. - Presenta dificultades de comportamiento. - Incumple constantemente con las tareas y trabajos que promueve el área - No desarrolla el mínimo de actividades curriculares requeridas.

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No manifiesta un sentido de pertenencia a la institución. Presenta dificultades en el desarrollo de trabajos en equipo. Presenta dificultad para integrarse en sus relaciones con los demás. No demuestra motivación e interés por las actividades escolares.

2. ACCIONES PARA QUE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS CUMPLAN LOS PROCESOS DEL SIEPE. Acciones del Rector(a): -

Liderar con los coordinadores y docentes el estudio de la legislación relacionada con la evaluación escolar. Coordinar el trabajo de formulación y elaboración del SIEPE. Orientar la socialización del SIE a estudiantes y padres de familia Direccionar las comisiones conformadas por el SIEPE Presentar el documento del SIEPE a los órganos del gobierno escolar (Consejo Académico y Directivo). Definir y adoptar el SIEPE como componente del PEI.

Acciones de los Coordinadores: -

Liderar con los docentes el estudio de la legislación relacionada con la evaluación escolar. Coordinar el trabajo de formulación y elaboración del SIEPE. Orientar la socialización del SIEPE a estudiantes y padres de familia. Realizar el seguimiento a los planes de área de manera permanente. Direccionar las comisiones conformadas por el SIEPE.

Acciones de los docentes: -

Estudiar y apropiarse de la legislación relacionada con la evaluación escolar. Participar en la formulación y elaboración del SIEPE a nivel institucional. Socializar el resto de la comunidad educativa los aspectos esenciales del SIEPE institucional. Definir en los planes de área los criterios de evaluación acordes con el SIEPE Institucional. Participar activamente en las comisiones conformadas en el SIEPE. 202


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Aplicar el SIEPE en su trabajo de aula y presentar a los directivos evidencias de ello. Realizar acciones preventivas de mejoramiento de los desempeños de los estudiantes.

3. PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES En la Institución Educativa María Jesús Mejía, el año escolar tendrá cuatro periodos de igual duración, donde una semana después de finalizar cada período se emitirá un informe académico formativo, con los avances y dificultades de los estudiantes, un juicio valorativo en forma de desempeño con su correspondencia numérica y el acumulado de cada uno de los períodos. En el quinto informe se dará un juicio final del Área/Asignatura en términos de los Desempeños según la Escala Nacional y su correspondiente equivalencia en nuestro SIEPE, con el fin de facilitar la movilidad de los estudiantes entre las diferentes Instituciones Educativas. 4. ESTRUCTURA DEL INFORME DE LOS ESTUDIANTES. A. Los boletines bimestrales se expedirán en dos columnas, una numérica y otra con el equivalente nacional, además de una breve descripción explicativa en lenguaje claro y comprensible para la comunidad educativa, sobre las fortalezas y dificultades que tuvieron los alumnos en su desempeño integral durante este lapso de tiempo, con recomendaciones y estrategias para su mejoramiento. B. El informe final se hará teniendo en cuenta la evaluación integral de formación del alumno en cada área durante todo el año escolar, observando que al finalizar el grado, se hayan alcanzado los logros, competencias y estándares propuestos para todo el año en el PEI, según lo establecido en el Artículo 5° del presente Acuerdo. C. El Informe Final, se expedirá en el boletín de calificaciones, en dos columnas, una numérica de 1 a 5 y la otra con el equivalente a la escala nacional en conceptos de desempeño Superior, Alto, Básico y Bajo, sin más descripciones.

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Parágrafo 1: El informe final será la suma promediada de las notas finales bimestrales y el análisis que se hace en cuanto al rendimiento académico y formativo en todo el grado, de acuerdo con los criterios de promoción establecidos en el presente acuerdo. Parágrafo 2: Los estudiantes que por cualquier motivo cancelen matricula antes de finalizar un periodo académico se entregaran calificaciones parciales.

5. PERMANENCIA Al finalizar cada periodo académico se realizan las Comisiones de Evaluación quienes proponen Actividades Especiales de Recuperación, Plan de Apoyo al Rendimiento Académico, remisiones al docente orientador escolar, talleres de recuperación, adecuaciones curriculares y planes de mejoramiento según resultado de evaluaciones internas y externas. Firma del Contrato Pedagógico Académico por bajo nivel académico y seguimiento. El “Contrato Pedagógico” celebrado por esta causa debe entenderse como una estrategia que busca la superación académica del alumno que se manifiesta por la pérdida de áreas fundamentales y obligatorias del conocimiento y/o áreas optativas, según el caso. Este es un instrumento mediante el cual el estudiante se obliga, con el oportuno acompañamiento de sus padres y/o acudientes y con la continua y constante asesoría y orientación de la Institución o Colegio, para mejorar su rendimiento académico según lo dispuesto por la institución o colegio, de acuerdo con las normas legales y reglamentarias vigentes. Los estudiantes que han perdido el año (no fueron promovidos) en dos (2) oportunidades consecutivamente pierden el cupo en la institución educativa. El estudiante que tiene una inasistencia escolar del 20% sin justificación válida cancela el año escolar. 6. PROCESO DE AUTOEVALUACION Se entiende la autoevaluación como la posibilidad de reflexión sobre acciones, actitudes y desempeño académico de los estudiantes, a partir de la cual se generen estrategias, compromisos, acciones en Pro de la mejora continua del sujeto en formación. Para tal efecto la Institución dispondrá de una hora cada período para que cada director de grupo dirija una actividad de reflexión y 204


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autoevaluación con todos los estudiantes, la cual quedará consignada en la planilla de calificaciones. La autoevaluación es una estrategia evaluativa de gran importancia en la formación del estudiante, y se define como la comprobación personal del propio aprendizaje y el descubrimiento y reconocimiento de las dificultades. Contempla tres ejes: - La autoevaluación es la valoración que el estudiante hace de su propia capacidad, así como la calidad y responsabilidad en el cumplimiento de sus deberes. - La heteroevaluación consiste en la evaluación que realiza el docente sobre el estudiante teniendo en cuenta comportamiento dentro y fuera del aula de la institución, responsabilidad en cumplimiento de deberes, puntualidad y asistencia, participación, autonomía y sentido de pertenencia. - La Coevaluación consiste en la evaluación del desempeño de un alumno a través de la observación y determinaciones de sus propios compañeros de estudio.

A.

B.

C.

D. E.

Para el cumplimiento de esta estrategia evaluativa de carácter obligatorio, el docente debe garantizar el cumplimiento del siguiente proceso: Suministrar al estudiante la información clara y precisa de los referentes a evaluar (Logros, objetivos, competencias, contenidos, metodologías, esquemas evaluativos, y en general de todo lo enunciado como parte del proceso de Evaluación). Sensibilizar al estudiante frente a la objetividad y racionalidad de la autoevaluación e ilustrarle acerca de la dimensiones de la formación integral. Proveer al estudiante de una herramienta eficaz para consignar las informaciones y los conceptos auto-valorativos en términos de fortalezas, oportunidades de mejoramiento y propuestas para mejorar, basados en la carpeta de evidencias o documento similar que se tenga en un Área/Asignatura determinada. Otorgar el espacio de tiempo necesario para la aplicación de la autoevaluación. Realizar el análisis del resultado de las autoevaluaciones para incorporarlos a las evaluaciones definitivas del periodo.

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PARÁGRAFO: En todo caso al finalizar cada período académico, la Autoevaluación corresponderá siempre a una de las notas que se computarán para la obtención de la nota definitiva del período. 7. ESCALA DE AUTOEVALUACIÓN La autoevaluación está definida en la planilla de calificaciones y Procesos Académicos. PARÁMETROS PARA AUTO, HETEROEVALUACIÓN Y COEVALUACIÓN CRITERIO DE DESEMPEÑO Comportamient - Respeto o dentro y fuera - Actitud de escucha - Uso apropiado del uniforme del aula de la - Trato respetuoso a sus compañeros institución Responsabilida d en cumplimiento de deberes

-

Puntualidad y asistencia

-

Participación

-

1

2 3 4

Cumple con los trabajos presentados con calidad Desarrolla las evaluaciones a conciencia Se esmera por su rendimiento académico Entrega oportunamente sus deberes escolares Llega al colegio a la hora indicada Llega al salón puntual luego de tocar el timbre Asiste a clase sin falta o presenta la excusa justificada a tiempo Impulsa la participación en el grupo Hace aportes de opiniones para la toma de decisiones

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Maneja coherencia en sus aportes en el aula Se involucra en actos cívicos

Autonomía y sentido de pertenencia

-

Toma iniciativas para su aprendizaje Hace buen uso del tiempo libre Se apropia de las herramientas que se le brinda en el colegio (biblioteca, papelería, sala de computo, proyectos pedagógicos…) Es honesto en las evaluaciones

8. INDICADORES DE DESEMPEÑO: Son integrales, es decir, abarcan los conocimientos, los procedimientos y las actitudes. Los conocimientos (logros cognitivos): La evaluación de hechos y conceptos se hará básicamente por: • • •

• •

Definición de conceptos, en que preferiblemente se espera que los estudiantes utilicen sus propias palabras. Reconocimiento de la definición en que se dan las opciones para reconocer la acertada; requiere de un diseño cuidadoso y experto de los distractores. Exposición temática, en la que se le pide al alumno que haga una composición escrita, bien organizada, sobre el área conceptual que se requiere evaluar, manifestando la competencia para la comprensión, la argumentación y la interpretación. Se le da al estudiante la opción de usar sus propias palabras y de hacer relaciones con vivencias, utilizar ejemplos y si es del caso sugerir aplicaciones y/o proposiciones, (interpretar, argumentar y proponer). Identificación y categorización de ejemplos, se identificarán ejemplos relacionados con un concepto. Aplicación a solución de problemas, es la forma más completa de evaluación conceptual, ya que permite conocer el uso que de sus conocimientos hacen los estudiantes; además que permite diferenciar entre la comprensión y la memorización.

La evaluación de procedimientos (logros procedimentales):

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Tendrá como objetivo comprobar la funcionalidad del procedimiento y ver hasta qué punto el alumno es capaz de utilizar el procedimiento en otras situaciones. Es decir se evaluará: • •

Que se posee el conocimiento suficiente referido al procedimiento y, El uso y aplicación de este conocimiento en las situaciones particulares.

Cinco (5) aspectos básicos se pueden evaluar en el aprendizaje de procedimientos: • • • • •

El grado de conocimiento sobre el procedimiento, Corrección y precisión de las acciones que componen el procedimiento, La generalización del procedimiento en otros contextos, y El grado de acierto en la elección del procedimiento para solucionar otra tarea. El grado de comprensión del procedimiento.

PARAGRAFO: A nivel institucional el seguimiento de la evaluación cognitiva y la procedimental en la planilla del docente están integrados en el aspecto cognitivo. La evaluación de las actitudes (logro actitudinal): Se evaluarán buscando información acerca del grado de desarrollo en el aspecto formativo, su actitud frente al aprendizaje del área, la interiorización y el cumplimiento con los compromisos adquiridos. El nivel de logro: Es el grado de dominio que de un hecho, concepto, procedimiento, habilidad, competencia, actitud o valor tiene un estudiante. Con base en las anteriores consideraciones y reconocimiento del nivel de logro de un determinado grado y nivel, se establecen unos logros e indicadores de desempeño por grado que sirven para evaluar en qué etapa del proceso se encuentra un estudiante al finalizar cada uno de los períodos académicos y cómo se han desarrollado los ejes temáticos. La institución ha definido una valoración en la parte actitudinal de un 40%, teniendo en cuenta la autoevaluación y la parte actitudinal, donde se le da un

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porcentaje del 30% a la parte actitudinal y un 10% a la asistencia y puntualidad aspecto analizado y, valorado en los parámetros de la autoevaluación. 10. LA EVALUACIÓN: Para el grado de Preescolar: La evaluación es un proceso sistemático, integral y permanente que permite obtención de información de diversas fuentes acerca de la calidad del desempeño, avance y rendimiento del alumno en los diferentes procesos desarrollados. Para la Institución Educativa María Jesús Mejía, la evaluación se expresará en informes descriptivos, para determinar la obtención de los resultados en cada una de las dimensiones y de conformidad con los estándares y/o logros de formación y desarrollo que se esperan alcanzar. Para la básica primaria, secundaria y media: • El docente puede hacer pruebas cortas en forma oral y/o escrita durante las clases y sin previo aviso sobre la temática que desarrolló en dicha clase o el día anterior. También puede hacerlo en las semanas destinadas para las evaluaciones de periodo. • Se hará un seguimiento continuo para la valoración del proceso académico: tareas, talleres, exposiciones, informes de lectura, investigaciones, consultas demás actividades programadas en clase. Grados primero a once: Se realizarán evaluaciones de periodo en los grados 1° a 11° en las diferentes áreas y asignaturas. Para la nota final del periodo la valoración de las evaluaciones será del 20%. Las evaluaciones serán presentadas por todos los estudiantes en cada periodo. Mientras exista el convenio con Instruimos, los resultados de las pruebas aplicadas en cada periodo académico de las áreas fundamentales serán valoradas con el 20%. Los resultados tienen la siguiente escala de conversión, según acta de Consejo Académico: Resultado: Nota: Entre 0 a 10: 1.0 Entre 11 a 30 2.0 Entre 31 a 50 3.0 Entre 51 a 70 4.0 Entre 71 a 90 4.5

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Entre 91 a 100 5.0 11.

ESTRATEGIAS ACADÉMICO

DE

APOYO

GENERALES

AL

RENDIMIENTO

Los estudiantes que presentan dificultades a nivel académico durante el periodo reciben actividades especiales de recuperación y si aún persiste se diligencia el formato (DF_F_13) Estrategias de Apoyo al Rendimiento Académico. Este formato incluye las adecuaciones curriculares para aquellos estudiantes que lo requieran, bien sea porque presenten barreras permanentes o transitorias para el aprendizaje o porque se observa falta de compromiso del estudiante y/o acompañamiento del padre de familia, con el debido seguimiento. El proceso de evaluación para los estudiantes con barreras permanentes para el aprendizaje debe ser aplicable a las características de la evaluación: Democrática, integral, cualitativa y compleja, holística y orientadora, continua, sistemática, flexible, interpretativa, participativa, formativa. Por tal motivo, contempla el nivel de desarrollo de la competencia que tiene en el área y la exploración de saberes anteriores. Puede equipararse al criterio de rendimiento mínimo de aprendizaje exigido para considerar alcanzado el objetivo. Aquellos estudiantes que analizados en Comisión de Evaluación y que se considere deben ser remitidos al docente orientador escolar se diligencia el formato Remisión Interna (CO_F_05), luego, él cita al padre de familia y estudiante para analizar las causas que inciden en el bajo perfil académico y hace remisión externa en caso de necesidad de requerirse un diagnostico neuropsicología u otro profesional. Con base en el diagnóstico que se socializa con el docente, se hace un Plan de apoyo para atención de estudiantes que presentan barreras para el aprendizaje y la participación: La atención de estudiantes que presentan barreras para el aprendizaje y la participación de tipo permanente contemplan su reconocimiento y diagnóstico, desde el proceso de matrícula, para su registro en el SIMAT con su respectiva discapacidad. Este soporte diagnóstico debe reposar en la hoja de vida del estudiante, con el fin que los docentes que lo requieran puedan tener acceso y formulen los planes de apoyo de acuerdo a las recomendaciones registradas.

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Igualmente, en el archivo del docente orientador reposan los soportes diagnósticos y, de intervención interna y externa, aplicados a los estudiantes que presentan barreras para el aprendizaje y la participación de tipo permanentes y transitorias, que hayan sido reconocidos en la institución educativa.

Caracterización de la población que presenta barreras para el aprendizaje y la participación

Tipo Permanentes: Estas características son derivadas de un compromiso neurobiológico, mantenido o que se mantiene en el tiempo, que afecta la funcionalidad psicosocial y escolar de un estudiante, generando una clase de barreras resultantes de la interacción del estudiante con su contexto respectivo. A su vez, éstas características corresponden en su mayoría a descripciones de tipo clínico, y por ende, deben ser reconocidas por profesionales y especialistas que puedan otorgar el diagnóstico clínico respectivo de base.

Barrera para el aprendizaje y la participación de tipo permanente por características de discapacidad Intelectual: Deficiencias cognitivas (Trastorno del desarrollo intelectual; Síndrome de Down; Capacidad intelectual límite o limítrofe); trastornos del aprendizaje (dislexia, discalculia, disgrafía, dispraxia). Barrera para el aprendizaje y la participación de tipo permanente por características de discapacidad Sensorial: Discapacidad auditiva (Hipoacusia, sordera); Discapacidad visual (Ceguera total, pérdida de agudeza visual, pérdida del campo visual); Discapacidad por sordoceguera. Barrera para el aprendizaje y la participación de tipo permanente por características de discapacidad Motora: Lesiones cerebrales (parálisis cerebral); Espina bífida; Distrofias musculares; Problemas de crecimiento por alteraciones óseas (acondroplasia o Enanismo, hipocondroplasia, displasias, mucopolisacaridosis, osteogénesis); Exostosis múltiple; Osteoliosis idiopática; Traumatismos. Barrera para el aprendizaje y la participación de tipo permanente por características de Síndromes (Múltiple): Trastornos generalizados del 211


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desarrollo (Espectro autista, Síndrome Asperger, síndrome de Rett, Trastorno desintegrativo de la infancia, síndrome de tourrete). Barrera para el aprendizaje y la participación de tipo permanente por características de Trastornos del Comportamiento: Trastorno de déficit de atención con o sin hiperactividad (desatento, impulsivo, mixto); Trastorno Negativista desafiante; Trastorno disocial; Trastornos del control de los impulsos (T. Explosivo intermitente, cleptomanía, piromanía, juego patológico, tricotilomanía). Barrera para el aprendizaje y la participación de tipo permanente por características de Trastorno Mental: Trastornos del estado de ánimo (Depresión, Distimia, Ciclotimia, Trastorno bipolar, Ansiedad); Intento de suicidio; trastornos de la alimentación (Anorexia, Bulimia, Atracón, Pica, Rumiación, Ortorexia, Vigorexia). Barrera para el aprendizaje y la participación de tipo permanente por características de Capacidades y talentos excepcionales: Altas capacidades Intelectuales: Sobretodación; Superdotación; Capacidades excepcionales globales (nivel intelectual, nivel de creatividad, interés por el conocimiento, autonomía e independencia). Talentos: Científico; Tecnológico, Subjetivo. Doble excepcionalidad. Población precoz e Hiperestimulación Barrera para el aprendizaje y la participación de tipo permanente por características de Salud y condiciones Médicas: Enfermedades del sistema nervioso; respiratorias; cardíacas y vasculares; hematológicas; Inmunodeficiencias primarias; Enfermedades del sistema endocrino; óseas constitucionales; del tejido conectivo; metabólicas hereditarias; de los sentidos; del aparato locomotor; Síndromes dismórficos; dermatológicas; del sistema genitourinario; Otras Situaciones de Salud y Condiciones Médicas (Trastornos del sueño, Epilepsia, Dificultad en control de esfínteres etc.). Tipo Transitorias: Situaciones, condiciones y/o dificultades en cualquiera de las dimensiones del ser humano que no se deriva o relaciona con un compromiso neurobiológico, pero que, genera una clase de barreras resultantes de la interacción del estudiante con su contexto respectivo a nivel emocional, evolutivo, escolar y psicosocial. Las cuales, se espera que con la prevención e intervención a través de apoyos psicopedagógicos y psicosociales haya mejoría, estabilidad y/o adaptabilidad, y/o evolución favorable en la funcionalidad personal, familiar, psicosocial y escolar

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Barrera para el aprendizaje y la participación de tipo transitoria por situación emocional relacionada con problemas familiares: Problemas relacionados con el control inadecuado en las pautas de crianza; problemas relacionados con la separación de los padres; problemas relacionados con la sobreprotección de los padres y el apoyo inadecuado de los padres; violencia intrafamiliar. Barrera para el aprendizaje y la participación de tipo transitoria por situación emocional relacionada con problemas Escolares: dificultad en las relaciones con docentes y pares; problemas de adaptación escolar; baja motivación escolar. Barrera para el aprendizaje y la participación de tipo transitoria por situación emocional relacionado con problemas Personales: duelo; dificultad de control de esfínteres no orgánica; somatización; dificultades en el desarrollo psicosexual; Situaciones transitorias de salud; obesidad; desnutrición. Barrera para el aprendizaje y la participación de tipo transitoria por situación del Desarrollo del lenguaje: Dificultad del desarrollo del lenguaje (retraso simple o severo); Articulatorio (Dislalia, trastorno fonológico, Disglosias, Disartrias); Fluidez (Disfemia o tartamudez, taquilalia, bradilalia); voz (disfonía, rinofonía); Expresivo; Comprensivo; Mutismo selectivo. Barrera para el aprendizaje y la participación de tipo transitoria por situación del Desarrollo Psicomotor: Dificultades en el equilibrio (ajuste postural, posición, postura, actitud postural); Dificultades en la coordinación (Dinámica general, gruesa, fina, visomotora); Dificultades en la representación del esquema corporal (identificación, imagen, concepto); Dificultades en las nociones básicas (espaciales y temporales) Barrera para el aprendizaje y la participación de tipo transitoria por situación del Desarrollo de los Dispositivos Básicos del Aprendizaje: Dificultad del desarrollo de la atención (global y selectiva); memoria (corto y largo plazo); sensopercepción; habituación; motivación (intrínseca y extrínseca). Barrera para el aprendizaje y la participación de tipo transitoria por situación Académica relacionada con Dificultades en las Habilidades

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Académicas: Proceso de lectura (ritmo y estilo, déficit, comprensión); Proceso de escritura (disgrafia fonológica y superficial); Proceso de lectoescritura (hipótesis pre silábica, silábica, alfabética); Proceso lógico-matemático (Nociones básicas, numeración, escritura numérica, operaciones básicas, resolución de problemas, razonamiento matemático). Barrera para el aprendizaje y la participación de tipo transitoria por situación Académica relacionada con Dificultades en los Hábitos de Estudio: Condiciones ambientales y personales, métodos y estrategias, acompañamiento y supervisión. Barrera para el aprendizaje y la participación de tipo transitoria por situación Académica relacionada con Bajo Rendimiento Escolar: Pérdida reiterada y significativa de asignaturas y/o años escolares. Barrera para el aprendizaje y la participación de tipo transitoria por situación Psicosocial relacionada con Factores de Alto Riesgo: alcoholismo, drogadicción, vandalismo, joven trabajador, extrema pobreza, etc. Barrera para el aprendizaje y la participación de tipo transitoria por situación Psicosocial relacionada con Población Vulnerable: Grupos étnicos; Jóvenes y adultos iletrados; Población rural dispersa; Población afectada por la violencia; Otros (catástrofe natural, situaciones de calamidad). Criterios generales Plan de Apoyo Los siguientes criterios deben tenerse en cuenta para la flexibilización curricular de un estudiante que presenta barreras para el aprendizaje y la participación: El docente de área tendrá claro que los procesos de inclusión presentan su principal fortaleza y/o barrera en las actitudes y la capacidad de flexibilización del docente mismo, quien como adulto y experto en el saber específico conoce todas las rutas por las cuales un estudiante puede acceder al conocimiento, por lo tanto puede convertirse en un facilitador del aprendizaje de los estudiantes. El docente de área al reconocer las dificultades propias de la enseñanza de su área, relaciona, deduce y analiza si las características de un estudiante pueden afectar o no el aprendizaje y la participación del mismo, y por ende en qué nivel del conocimiento puede encontrarse con respecto al grupo y al grado. Así, podrá clarificar las adaptaciones y flexibilizaciones curriculares que requiere para el estudiante.

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Priorización de objetivos, estándares, metas y contenidos referentes al área, los cuales el docente de área considera, que el estudiante está en capacidad de alcanzar, con el fin de clarificar las estrategias de enseñanza, aprendizaje y evaluación a implementar con el estudiante, y no otras que le generen angustia al estudiante e incertidumbre al docente. Temporización de los objetivos, estándares, metas y contenidos al siguiente período, cuando se considere que el estudiante necesita más tiempo para conseguirlos. Introducir objetivos, estándares, metas y contenidos referentes al grado anterior o período anterior, cuando se considera que el estudiante no ha alcanzado ciertos repertorios, y valorar esta adaptación dentro del año escolar. La flexibilización curricular debe contemplar en las estrategias de enseñanza, aprendizaje y en los criterios de evaluación metodologías con principios de funcionalidad, globalización, activas, motivacionales y de acuerdo a los intereses y el nivel evolutivo del estudiante. Así como características de aprendizaje cooperativo, significativo, mediado, incidental y relacionado con los contextos inmediatos, cercanos y naturales posibles de los estudiantes. Las actividades deben ser adaptadas a las posibilidades del estudiante, que incluyan todos los apoyos y actividades especiales de recuperación que el estudiante necesite, que refuercen y generalicen su aprendizaje. Actividades motivadoras y próximas a sus conocimientos previos e intereses, fomentadoras de la interacción comunicativa con su grupo de iguales y facilitadoras de la participación activa del estudiante. Pero, sobre todo, actividades de evaluación coherentes con los objetivos y contenidos adaptados para el estudiante. Los criterios de evaluación deben ser coherentes con los objetivos, contenidos y actividades adaptados para el estudiante, priorizando la evaluación de los procesos más que del producto. La evaluación al ser continua y formativa retroalimenta permanentemente todo el proceso de enseñanza- aprendizaje, donde los instrumentos de evaluación deben ser diversificados y estar adaptados a las necesidades, capacidades y estilos de aprendizaje del estudiante. El trabajo en equipo entre docentes, la transversalización de las áreas académicas y los Proyectos institucionales son herramientas vitales para la atención a estudiantes que presentan barreras para el aprendizaje y la participación. Así como involucrar a los acudientes del estudiante y al estudiante mismo en los planes de apoyo y su respectiva devolución y seguimiento a los apoyos externos. En las observaciones de la planilla de calificaciones asegúrese de registrar, de manera breve, cuáles de estos criterios fueron usados para evidenciar el desempeño que obtuvo; igualmente si a pesar de la aplicación de estos

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criterios no tuvo respuesta favorable a la flexibilización curricular. Esto con el fin que el padre reconozca las acciones del docente y la necesidad de otros apoyos cuando usted lo sugiere en el área. Además de las acciones de seguimiento para el mejoramiento académico y de las acciones de seguimiento para el mejoramiento del desempeño, para apoyar las actividades de evaluación y promoción, se dirige al CONSEJO ACADÉMICO como una instancia estratégica de apoyo para la resolución de situaciones pedagógicas con las siguientes FUNCIONES ESPECIFICAS: 1. Convocar reuniones generales de docentes o por áreas, para analizar y proponer estrategias, actividades y recomendaciones en los procesos de evaluación en el aula. 2. Orientar a los docentes para revisar las prácticas pedagógicas y evaluativas, que permitan superar los indicadores, logros y desempeños de los estudiantes que tengan dificultades en su obtención. 3. Analizar situaciones relevantes de desempeños bajos, en áreas o grados donde sea persistente la reprobación, para recomendar a los docentes, estudiantes y padres de familia, correctivos necesarios para superarlos. 4. Analizar y recomendar sobre situaciones de promoción anticipada, para estudiantes sobresalientes que demuestren capacidades excepcionales, o para la promoción ordinaria de alumnos con discapacidades notorias. 5. Servir de instancia para decidir sobre reclamaciones que puedan presentar los estudiantes, padres de familia o profesores, que consideren se haya violado algún derecho en el proceso de evaluación, y recomendar la designación de un segundo evaluador en casos excepcionales. 6. Verificar y controlar que los directivos y docentes cumplan con lo establecido en el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de Estudiantes, SIEPE, definido en el presente acuerdo. 7. Otras que determine la institución a través del PEI. PARÁGRAFO UNO: SEGUNDO EVALUADOR. Cuando por circunstancias excepcionales debidamente comprobadas, como acoso sexual, discriminación religiosa, política, familiar, de raza, venganza u otra, un docente repruebe en la evaluación de fin de año a un estudiante, el Consejo Académico podrá recomendar al Rector, la designación de un segundo evaluador de la misma área del plantel o de otro, para realizar la evaluación y valoración, la cual quedará como definitiva en el certificado en la parte correspondiente a “observaciones”, ya que en la casilla del área reprobada, se escribirá el registro dado por el docente titular.

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PARAGRAFO DOS: PENDIENTES 2009. Los estudiantes con áreas/asignaturas insuficientes o deficientes de los años anteriores a 2009 y hasta este inclusive, se les darán por superadas las deficiencias, con la presentación en enero de 2010, de las respectivas actividades de recuperación.

12.ESTRATEGIAS DE APOYO PARA LA NIVELACION Para Recuperación de periodos: Los estudiantes que en la octava semana presenten dificultades en el alcance de los indicadores de desempeño, el docente deberá realizar actividades especiales de recuperación que el alumno deberá realizar en la novena semana antes de terminar el periodo. Estas actividades se podrán realizar al interior de las clases o talleres dirigidos para realizar en la casa, los cuales serán evaluados, tales como: actividades como pruebas escritas, ensayos, conversatorios diálogos personales o grupales, exposiciones, tareas, prácticas de campo o de taller, ejercicios de afianzamiento y de profundización, tareas formativas de aplicación. Se tendrá contacto con los padres de familia, para comprometerlos y responsabilizarlos en el proceso formativo de sus hijos. Para recuperar después de terminar el periodo académico: Los estudiantes que después de terminado el periodo aún persisten con asignaturas perdidas, deben realizar AER. • El docente debe dar a conocer oportunamente el cronograma las actividades especiales de recuperación y de la evaluación a los estudiantes. • A través de la autoevaluación, revisar con el alumno las posibles fallas ocurridas en el proceso de evaluación. Las AER como la evaluación deberán estar en plena coherencia con los indicadores de desempeño del área para el grado. Guía para la AER: es una pauta de recomendaciones y/o ejercicios que sirven al estudiante como apoyo para estudiar e identificar las dudas que se le presentaron durante el periodo. El maestro deberá proveer al estudiante de la guía a más tardar la octava semana del periodo académico; y en caso de que el estudiante no haya alcanzado como mínimo el nivel básico, al iniciar el siguiente período, en la primera semana deberá presentar de nuevo la AER.

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Sesión de Asesoría (dentro o fuera de clase): es un bloque de trabajo donde el docente soluciona dudas relacionadas con la guía de AER; el estudiante deberá sacar copia previamente para que continúe estudiando hasta la fecha de la evaluación. Evaluación: presentada según cronograma asignado por la institución, su contenido deberá estar basado estrictamente en lo trabajado en clase. En todo caso los juicios valorativos alcanzados en el proceso de Apoyo no se cambiarán. Para recuperación finalizado el año escolar: Todo educando que haya tenido desempeño bajo, en la evaluación final de uno o más áreas presentará AER de esas áreas en la primera semana del siguiente año escolar. Esta evaluación se basará en un programa de nivelación pertinente con las dificultades que presentó el educando y que el profesor del área le entregara al finalizar el año escolar. Una vez finalizadas las clases del año escolar, el director de grupo hace entrega de los talleres o guías de estudio para las AER y la evaluación; en la Primaria esta información se entrega a las familias y se deja evidencia de ello en el Diario de Campo; en el Bachillerato se entrega a los estudiantes y se deja evidencia de ello en el Diario de Campo. Cada docente diligenciará el formato: Informe de Recuperaciones, con el seguimiento y valoración final de las AER, la cual deberá ser entregada a la Coordinación al día siguiente de presentada la evaluación, notificándole al acudiente de su situación. Después del que docente aplique las actividades especiales de recuperación debe diligenciar el formato de recuperaciones (DF_F_33) y subir los resultados al Máster 2000. Los estudiantes que ingresan nuevos a la institución educativa con asignaturas pendientes se les solicitan ponerse a paz y salvo en la institución donde cursaron el grado escolar y traer la constancia en papel membrete. Los estudiantes que llegan a la institución en tiempo extemporáneo (después de haber pasado uno o dos primeros periodos académicos escolares), se les tendrá en cuenta el promedio del periodo estudiado en la institución equivalente a los periodos ausentes. Los estudiantes que llegan o se van de la institución sin terminar un periodo académico deben llevar o traer el soporte de las notas parciales de cada asignatura.

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Los estudiantes que tienen justificación valida por enfermedad, cirugía, embarazo de alto riesgo que requieren reposo, deben diligenciar talleres pedagógicos de cada asignatura y enviar los trabajos con la finalidad de prevenir mortalidad académica o desertar del sistema. Acciones para optimizar el desempeño de los estudiantes: Desde estas acciones, se potenciarán las siguientes actividades para optimizar el desempeño de los estudiantes: -

-

-

-

-

-

Se identifican los avances y dificultades en los procesos de desarrollo cognitivo de los estudiantes, para adecuar el diseño curricular a la realidad de la institución y de la comunidad educativa. Se harán reuniones con la comisión de evaluación y promoción el consejo académico, especialmente cuando se presente deficiencias notorias de aprendizaje en algún grado o área, para que con la participación de estudiantes y padres de familia, se busquen alternativas de solución y mejoramiento. Se nombrarán estudiantes monitores que tengan Alto rendimiento académico y comportamental, para ayudar a los que tengan dificultades. Se realizarán actividades de nivelación para estudiantes con desempeños bajos en los momentos que el docente considere oportuno desde los indicadores de logro. Se establecerá la alarma académica para los alumnos con dificultades en el avance del proceso académico en la mitad del período y en cada cuaderno de área del estudiante. Con base en el resultado final, las actividades especiales de nivelación, se realizarán en la primera semana de Desarrollo Institucional del año siguiente. En el Plan de Aula el docente debe especificar que adecuaciones o actividades aplicará a los estudiantes con bajo desempeño o superior teniendo en cuenta los contenidos y estándares.

13. CRITERIOS DE ESTUDIANTES

EVALUACIÓN

Y

PROMOCIÓN

DE

LOS

Los criterios de evaluación en la Institución Educativa María Jesús Mejía, se definen como los estándares establecidos en función de lo que razonablemente se puede esperar del estudiante, bajo la concepción que de la evaluación se tiene en el colegio. Esos criterios son énfasis o referentes que incluyen conceptos, imaginarios y estrategias pedagógicas para tener en 219


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cuenta en el proceso de diseño, implementación o gestión de las evaluaciones, talleres, guías o tareas. Son criterios de evaluación: 1. Los Estándares Nacionales Básicos de Competencias en Lenguaje, Matemáticas, Ciencias y Ciudadanas diseñados por el Ministerio de Educación Nacional para todo el país y los Lineamientos Curriculares de las otras áreas. 2. Los Logros que determine la Institución, en cualquiera de las dimensiones o de las áreas o asignaturas entendido el logro como la satisfacción de un objetivo o acercamiento al mismo, teniendo en cuenta el proceso a través del cual se adquirió. Los Logros se refieren a las competencias, capacidades y saberes que están comprometidos a adquirir nuestros estudiantes. 3. Los Indicadores de desempeño elaborados por la Institución, entendidos como señales que marcan el punto de referencia tomado para juzgar el estado en el que se encuentra el proceso, como las acciones manifiestas del alumno que sirven como referencia para determinar el nivel de aprendizaje, con respecto a un logro. 4. El desarrollo y cumplimiento de los procesos metodológicos de la evaluación como: 4.1. Se harán un mínimo de 4 evaluaciones que den cuenta de diferentes estrategias, en cada área o asignatura del Plan de Estudios por período. 4.2. Al finalizar cada período se practicará una evaluación en cada una de las áreas básicas que tienen su expresión en los estándares nacionales de competencias. 4.3. El desarrollo de las actividades especiales de recuperación de las áreas pendientes para la promoción a realizar en el mes de enero del año siguiente en 1 ó 2 áreas. 5. El desarrollo de los Principios Institucionales de la I E MARIA JESUS MEJIA.

14. PROMOCION ESCOLAR Se define la Promoción Escolar como el reconocimiento que se le hace a un estudiante porque ha cumplido adecuadamente una fase de su formación, y demostrado que reúne las competencias necesarias para que continúe al grado 220


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siguiente, de acuerdo con los criterios y el cumplimiento de los procedimientos señalados. Los Criterios de Promoción son Indicadores incorporados al PEI, utilizados para valorar el grado de madurez alcanzado por el alumno y las posibilidades que tiene de continuar sus estudios con éxito en el siguiente grado de la Educación Básica o Media. En la Institución Educativa María Jesús Mejía, se considerarán los siguientes Criterios de Promoción: 1. El estudiante tendrá la calificación de Desempeño Bajo cuando no alcance al finalizar el año escolar, el 60% de los logros previstos para el Área en el Plan de Estudios, caso en el cual se considera reprobada dicha Área y tendrá que realizar Actividades Especiales de Recuperación, AER, para el caso de una o dos áreas reprobadas (notas inferiores a 2.9). 2. Será promovido al grado siguiente al finalizar el año escolar, el estudiante que obtenga Niveles de Desempeño Básico, Alto o Superior, según las equivalencias institucionales, en Todas las Áreas del Plan de Estudios (para el caso, notas superiores a 3.0) 3. No será promovido al grado siguiente al finalizar el año escolar, el estudiante que obtenga Niveles de Desempeño Bajo, según las equivalencias institucionales, en tres o más Áreas del Plan de Estudios (para el caso, notas inferiores a 2.9) 4. No será promovido al grado siguiente, el estudiante que haya dejado de asistir al plantel el 20% del año escolar sin excusa debidamente justificada y aceptada por el colegio y deberá repetirlo. Los parámetros de las justificaciones aceptadas son: las estudiantes con alto riesgo médico por estado de embarazo, estudiantes en riesgo por barreras invisibles exponiendo su vida, los estudiantes que presentan excusa médica y/o incapacidad, estudiantes internos en centro especializado de rehabilitación por consumo de sustancias psicoactivas, cuarentena por enfermedad, 5. La mortalidad académica se hará con base al 10% por nivel. No incluye los estudiantes con NEE diagnosticadas. 6. Los desertores no serán tenidos en cuenta en el porcentaje de perdida y no serán evaluados en ningún área. 7. El grado preescolar se evalúa y se promueve de conformidad con el Art 10 del Decreto 2247 de 1997 sobre Educación Preescolar. No se reprueba el grado.

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15. CASOS ESPECIALES DE PROMOCIÓN: Los estudiantes que al finalizar el año escolar y que en la reunión de Evaluación y promoción obtenga Niveles de Desempeño Bajo en UNA o DOS Áreas del Plan de Estudios, quedaran pendientes para definir la promoción, durante la primera semana del calendario escolar del año siguiente; donde deberán presentar las AER y si son superadas serán promovidos de lo contario repetirán el año; y no son matriculados hasta tanto no definan su promoción. Parágrafo Uno: Los estudiantes que no se presenten se les aplicaran un debido proceso para constar el motivo por el cual no se presentó y de no ser justificado no será promovido. Los casos particulares serán analizados y definidos de manera particular. Parágrafo Dos. Las AER no se realizaran en la semana institucional, para que los docentes puedan realizar las actividades de revisión y ajustes al diseño curricular y, planear la conducta de entrada de los estudiantes PARÁGRAFO Tres: Las Actividades Especiales de Recuperación, AER, de las áreas reprobadas al finalizar el año escolar, no se harán con un único trabajo escrito o realizando una prueba escrita de contenidos o ejercicios, sino la demostración personal y directa del alumno ante el docente de que superó tanto la parte cognitiva como formativa en su desarrollo social, personal y académico. PARÁGRAFO Cuatro: La calificación definitiva en cualquier grado y nivel de la educación en la institución, cuando el estudiante presenta AER, no será superior a 3.0 y su equivalencia en la Escala de Desempeño respectivamente. El estudiante que reprueba 1 o más asignaturas de la misma Área y su promedio definitivo son iguales o superior a 3.5, aprueba el Área y se registrará con la respectiva equivalencia en la escala de Desempeño. El Grado Preescolar se evalúa y promueve de conformidad con el Artículo 10 del Decreto 2247 de 1997 sobre Educación Preescolar, es decir que no se reprueba. 16. LA PROMOCIÓN ANTICIPADA

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La promoción anticipada al grado superior se hace antes de finalizar y/o durante el primer período académico cumpliéndose con el criterio y procedimiento establecido en el artículo 7 del Decreto 1290 de 2009. Durante el primer período del año escolar el Consejo Académico, previo consentimiento de los padres de familia, recomendará ante la Comisión de Evaluación y Promoción, la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. La decisión será consignada en el acta del Consejo Académico y, si es positiva en el Registro Escolar de Valoración. PROCEDIMIENTO: Para el desarrollo de este artículo, los docentes titulares de los grados en el caso de la Básica Primaria, y los de las respectivas áreas en la Básica Secundaria y Media, (excepto el grado 11º que se debe cursar completo), entregaran informe escrito al Consejo Académico recomendando la promoción de grado de manera anticipada, de aquellos estudiantes con las características descritas anteriormente. Si el Consejo Académico encuentra mérito para atender la solicitud hecha por los profesores y/o el director de curso, elabora un acta para el Consejo Directivo debidamente sustentada, con el fin de que éste produzca el Acuerdo y el Rector a partir de ahí, la Resolución Rectoral respectiva que legalice dicha situación, previa consulta que hará éste con el representante legal y el alumno que se promoverá en forma anticipada. Los resultados se consignarán en el Registro Escolar de Valoración.

17. CRITERIOS GENERALES CRITERIO

PROCESO

PROCEDIMIE NTO

FRECUENC IA

RESPONSAB LE

Democrática

Autoevaluación Coevaluación Heteroevaluación Hace alusión a la explicación o descripción de los niveles de aprendizaje, de comprensión, de alcance de logros, de la motivación y de actitudes del

Diligenciamiento de formato de Autoevaluación Informar al estudiante las reglas del juego con oportunidad y claridad sobre: los logros, las competencias, las formas y técnicas de evaluación.

Continua periodo

Docente

Integral

Continua

y

Docentes

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estudiante respecto a las diferentes actividades del proceso de enseñanzaaprendizaje. Da cuenta de todos los aspectos del desarrollo del estudiante; Aprender a ser (personal), Aprender a hacer (desempeños), Aprender a convivir (social), Aprender a saber (cognitivo).

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Realizar el análisis y validación de los conocimientos, o saberes previos de los estudiantes. Realizar el análisis de ambientes externos e internos, de circunstancias y condiciones que inciden en el desempeño del estudiante. Desarrollar la observación del desempeño, las aptitudes y actitudes de los estudiantes en el desarrollo de las actividades, trabajos, debates, experimentos, desarrollo de proyectos, investigaciones, tareas, ensayos, exámenes, entre otros. Realizar la recolección de las evidencias que permitan soportar los diferentes juicios de valor. Efectuar comparación y reconocimiento del resultado de la autoevaluación del estudiante. Emitir los juicios valorativos y el diseño de propuestas para la superación de las dificultades.

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La evaluación se hará utilizando la autoevaluación, la coevaluación, la heteroevaluación en cada periodo desde lo personal, lo social y lo académico; para detectar los avances, desarrollos y dificultades, con el fin de establecer estrategias que permitan la superación de dificultades encontradas. Se realizarán pruebas orales, escritas, solución de problemas, ensayos y otras, dejando evidencia en planilla de calificaciones. En la planilla de calificaciones se registran los aspectos cognitivo, actitudinal y la evaluación de periodo. El Informe cuantitativo y cualitativo de uno de los estudiantes da cuenta de la evaluación integral. Hoja de vida del alumno. Diario de campo.

Cualitativa

Evaluación indicadores

de de

Planilla calificaciones

de y

Permanente

Docente

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Holística

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desempeño Permite descubrir falencias, errores o fallas en el proceso de enseñanza y aprendizaje del estudiante

Continua

Se evaluará toda actividad realizada por el estudiante teniendo en cuenta la asistencia, trabajo en equipo, actividades, participación, liderazgo, responsabilidad, actitudes, otras

Sistemátic

Se realiza evaluación

la

Plan de Aula Diligenciamiento formato no conformidades. Aplicación de AER. Nivelaciones. Autoevaluación. Diligenciamiento planilla de calificaciones. Concertación institucional de actitudes y saberes que serán evaluados de acuerdo con los indicadores de desempeño. Socialización de los acuerdos institucionales establecidos (se hará un mínimo de cuatro evaluaciones que den cuenta de diferentes estrategias de cada área o asignatura del Plan de Estudios por periodo. Al finalizar cada periodo se aplicará una evaluación de cada una de las áreas y/o asignaturas básicas ) Consignación descriptiva del seguimiento del estudiante, en el boletín de calificaciones. Adecuación de los indicadores de

Permanente

Docente

Permanente y con definición de escala periódica Ver cuadro SIEPE aplicación del SIEPE

Docente

Continua

Docente

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a

teniendo en cuenta el horizonte institucional y el desarrollo de estándares de competencias de las diferentes áreas.

Flexible

Se tiene en cuenta los ritmos de aprendizaje del estudiante.

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desempeño en el microcurrículo y plan de aula. Valoración de indicadores de desempeño en la planilla de calificaciones. Autoevaluación. Al inicio de cada periodo se organizarán los indicadores de desempeño específicos a desarrollar. Los indicadores de desempeño serán consignados en los cuadernos de cada asignatura para que sean del conocimiento de los estudiantes y padres de familia. Al finalizar el periodo se practicará una evaluación tipo saber en cada una de las áreas A través de todo el período los estudiantes realizarán talleres de aplicación referente a los logros establecidos en cada una de las áreas Implementación de indicadores de inclusión. Seguimiento hoja de vida. Adecuación curricular a los

Continua

Docente

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Participati va

Se involucra al estudiante, docente, padre de familia Implicando responsabilidad social

Formativa

Implementación de estrategias de Planes de mejoramiento y adecuaciones curriculares como apoyo a las debilidades y desempeño superior. Utilizar la evaluación como estrategia para mejorar procedimientos y resultados del proceso enseñanza aprendizaje

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alumnos con diagnóstico Necesidades Transitorias y permanentes de los estudiantes. Autoevaluación del alumno, diferentes estrategias participativas como: mesa redonda, trabajo en equipo, exposiciones, foros, talleres. Diligenciamiento e Implementación de los Planes de Mejoramiento y adecuaciones curriculares. Seguimiento a la autoevaluación del estudiante. Aplicación de la escala de valorativa según el SIEPE.

Continua

Docente

Continua

Docente

18. ESTRUCTURA DEL INFORME DE LOS ESTUDIANTES: A. Los boletines bimestrales se expedirán en dos columnas, una numérica y otra con el equivalente nacional, además de una breve descripción explicativa en lenguaje claro y comprensible para la comunidad educativa, sobre las fortalezas y dificultades que tuvieron los alumnos en su desempeño integral durante este lapso de tiempo, con recomendaciones y estrategias para su mejoramiento.

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B. El Informe Final, se expedirá en los certificados definitivos, también en dos columnas, una numérica de 1 a 5 y la otra con el equivalente a la escala nacional en conceptos de desempeño Superior, Alto, Básico y Bajo, sin más descripciones. C. El informe final se dará teniendo en cuenta la evaluación integral de formación del alumno en cada área durante todo el año escolar, observando que al finalizar el grado, se hayan alcanzado los logros, competencias y estándares propuestos para todo el año en el PEI, según lo establecido en el Artículo 5° del presente Acuerdo. PARAGRAFO: El informe final será la suma promediada de las notas finales bimestrales y el análisis que se hace en cuanto al rendimiento académico y formativo en todo el grado, de acuerdo con los criterios de promoción establecidos en el presente acuerdo. D. Las instancias, procedimientos y mecanismos de atención y resolución de reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción. Los mecanismos de participación de la comunidad educativa en la construcción del Sistema Institucional de Evaluación de los estudiantes. El “Contrato Pedagógico” celebrado por esta causa debe entenderse como una estrategia que busca la superación académica del alumno que se manifiesta por la pérdida de áreas fundamentales y obligatorias del conocimiento y/o áreas optativas, según el caso. Es este un instrumento mediante el cual el estudiante se obliga, con el oportuno acompañamiento de sus padres y/o acudientes y con la continua y constante asesoría y orientación de la Institución o Colegio, para mejorar su rendimiento académico según lo dispuesto por la institución o colegio, de acuerdo con las normas legales y reglamentarias vigentes. 19. REGISTRO ESCOLAR Los establecimientos educativos deben llevar un registro actualizado de los estudiantes que contenga, además de los datos de identificación personal, el informe de valoración por grados y el estado de la evaluación, que incluya las novedades académicas que surjan y deben quedar sistematizadas en la Secretaría Académica del plantel. De igual manera, los docentes deben pasar

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la información de las AER por periodo académico para regular el informe del estudiante y tener actualizada la información. 20. DESCRIPCION DE ACCIONES DE SEGUIMIENTO Y ANALISIS DE LOS INFORMES PRESENTADOS A LOS PADRES DE FAMILIA ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS A partir de la concepción y características de la Evaluación en la INSTITUCIÓN EDUCATIVA MARIA JESÚS MEJIA, señaladas en los artículos 2° y 3° del presente Acuerdo, los docentes realizarán con los estudiantes al finalizar cada clase, tema, módulo, proyecto, unidad o período, actividades como pruebas escritas, ensayos, conversatorios, diálogos personales o grupales, exposiciones, tareas, prácticas de campo o de taller, ejercicios de afianzamiento y de profundización, tareas formativas de aplicación práctica para desarrollar en la casa, contacto con los padres de familia para comprometerlos y responsabilizarlos en el proceso formativo de sus hijos. Desde estas acciones, se potenciarán las siguientes actividades para optimizar el desempeño de los estudiantes: 1. Se identificarán las limitaciones y destrezas de los estudiantes, para adecuar el diseño curricular a la realidad de la institución y de la comunidad educativa. 2. Se harán reuniones con el Consejo Académico, especialmente cuando se presenten deficiencias notorias de aprendizaje en algún grado o área, para que con la participación de estudiantes y padres de familia, se busquen alternativas de solución y mejoramiento. 3. Se designarán estudiantes monitores que tengan buen rendimiento académico y personal, para ayudar a los que tengan dificultades. 4. Se realizarán actividades especiales de recuperación, AER, para estudiantes con desempeños bajos en los momentos que el docente considere oportuno. 5. Con base en el resultado final, las actividades especiales de recuperación, AER, se realizarán en la primera semana de Desarrollo Institucional del año siguiente.

21. DEBIDO PROCESO 230


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1. Dialogo con el estudiante identificando las causas de riesgo mortalidad académica 2. Dialogo padre de familia acciones correctivas hábitos de estudio y compromiso 3.

AER

4. Remisión Orientador escolar para analizar causas de riesgo de repitencia escolar 5.

Plan de Mejoramiento

6.

Contrato Académico

7. Continuación del proceso académico en el plantel educativo con seguimiento al Plan de Mejoramiento y contrato académico 8. En caso de perder por segunda vez el mismo grado la institución sugiere cambio de plantel educativo 22. DEFINICION DE INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y SOLUCIÓN A RECLAMACIÓN DE PADRES Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN La clarificación en este procedimiento, y la oportunidad con que se resuelvan las situaciones presentadas, es indispensable para garantizar el debido proceso, igualmente, para el proceso de la evaluación. El conducto regular para realizar reclamaciones en materia de evaluación, se observará las siguientes instancias: • Docente del Área/Asignatura • Director de grupo. • Comisión de Evaluación y Promoción. • Coordinación Académica. • El Rector. • Consejo Académico • Consejo Directivo

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PROCEDIMIENTO PARA RESOLVER RECLAMACIONES: Para resolver las reclamaciones de los estudiantes, profesores o padres de familia se deberá proceder así: 1. Solicitud verbal o escrita, ante la instancia que corresponda, lo cual configura un Derecho de petición. 2. Presentar el Recurso de Reposición, frente a una decisión tomada por el profesor del Área/asignatura, frente al mismo profesor, en los 3 días hábiles siguientes a la determinación del mismo. 3. Presentar el Recurso de Apelación ante el rector, si hecha la reposición, la respuesta fue negativa y el estudiante o afectado insiste con evidencias en su argumentación. 4. Presentar Acción de Tutela si llegare el caso: Una vez llegue la reclamación, el responsable según las instancias mencionadas tendrá un plazo de acuerdo con la normatividad del derecho para responder. En promedio será de 5 días hábiles. El estudiante o padre de familia y/o acudiente podrá acordar una cita con la instancia correspondiente o hacer llegar por escrito su reclamación. La instancia responsable de dar respuesta deberá remitirse a los registros que evidencien el seguimiento del estudiante. Corroborada la situación demandada, procederá según corresponda, luego se comunicará con el estudiante, padres de familia o acudiente dando respuesta de manera clara, respetuosa, escrita. 23. CONSTANCIAS DE DESEMPEÑO

El establecimiento educativo, a solicitud del padre de familia, debe emitir constancias de desempeño de cada grado cursado, en las que se consignarán los resultados de los informes periódicos. Cuando la constancia de desempeño reporte que el estudiante ha sido promovido al siguiente grado y se traslade de un establecimiento educativo a otro, será matriculado en el grado al que fue promovido según el reporte. Si el establecimiento educativo receptor, a través de una evaluación diagnóstica, considera que el estudiante necesita procesos de apoyo para estar acorde con las exigencias académicas del nuevo curso, debe implementarlos. 24. REQUISITOS PARA LA GRADUACIÓN

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En la Institución Educativa María Jesús Mejía solamente habrá ceremonia de grado para los estudiantes de once que hayan cumplido con todos los requisitos de ley y se hayan ajustado al Manual del Convivencia en el cumplimiento de sus normas. No tendrán derecho al acto público solemne aquellos estudiantes cuyo comportamiento no haya sido ajustado al Manual de Convivencia y/o que su comportamiento social dentro o fuera del establecimiento vaya en contra de la filosofía, los principios, valores y normas establecidas en el Manual de Convivencia haciendo quedar mal la imagen y nombre de la Institución educativa. El título de Bachiller (Académico o en Media Técnica), se otorga a los estudiantes de grado once, que hayan aprobado todos los niveles y ciclos incluyendo el once y haya cumplido todos los requisitos previos: las horas de democracia, el servicio social obligatorio y las diez horas de servicio social a la Institución educativa. El estudiante que culmine el grado once y tenga áreas pendientes por nivelar, tendrá el año lectivo siguiente como plazo máximo para presentar las AER y poder así ser titulado. Los estudiantes que culminen la educación media obtendrán el título de Bachiller Académico o Técnico, cuando hayan cumplido con todos los requisitos de promoción adoptados por el establecimiento educativo en su proyecto educativo institucional, de acuerdo con la ley y las normas reglamentarias. 25. VIGENCIA El Acuerdo No 23 rige a partir del 25 de Abril de 2013 y deroga todas las normas de carácter interno que existan a la fecha.

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Si todos fuéramos iguales, no podríamos ofrecernos nada el uno al otro.

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CAPITULO XIV PROCEDIMIENTO DE REFORMA DEL MANUAL Procedimiento: Para modificar normas del Manual de Convivencia se requiere que las propuestas de los estudiantes sean analizadas y/o padres de familia por el Consejo Estudiantil, el cual después de decidir sobre su conveniencia las presentará a través del representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo, el cual es el único organismo facultado para autorizar reformas. Las propuestas de los demás miembros de la comunidad educativa diferentes a los estudiantes se harán a través de sus respectivos representantes, quienes las presentarán ante el Consejo Directivo. El hecho de que una norma no aparezca en este manual de convivencia no significa que no pueda exigirse por parte de rectoría u otros organismos directivos del plantel. Es deseo de las directivas de la institución educativa que todos los integrantes de la comunidad educativa se comporten de tal manera que los correctivos de que se habla en el presente manual de convivencia sean aplicados lo menos posible. Se pretende que el estudiante actúe motivado por su autoconvicción y sentido de pertenencia institucional. Si después de aprobado este manual de convivencia por el Consejo Directivo, aparece alguna legislación oficial que le sea contraria, se considera automáticamente modificado en los puntos en que la nueva legislación lo afecte, sin perjuicio de las apelaciones a que hubiere lugar. Cada vez que en este Manual de Convivencia aparezcan términos de contenido no perfectamente definidos y que por lo mismo se presenten a diversas interpretaciones y discusiones, la interpretación concretar del alcance y significado de los mismos corresponde a la dirección y al Consejo Directivo, según su competencia.

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ANEXOS CONTRATO PEDAGÓGICO I - POR BAJO RENDIMIENTO ACADÉMICO El “Contrato Pedagógico” celebrado por esta causa debe entenderse como una estrategia que busca la superación académica del alumno que se manifiesta por la pérdida de áreas fundamentales y obligatorias del conocimiento y/o áreas optativas, según el caso. Es este un instrumento mediante el cual el estudiante se obliga, con el oportuno acompañamiento de sus padres y/o acudientes y con la continua y constante asesoría y orientación de la Institución o Colegio, para mejorar su rendimiento académico según lo dispuesto por la institución o colegio, de acuerdo con las normas legales y reglamentarias vigentes.

CONTRATO PEDAGÓGICO “INSTITUCIÓN EDUCATIVA MARIA JESÚS MEJIA Lugar: ______________ Fecha:_________________ Estudiante: _____________________________ Grupo: ________________ Entre los suscritos: padre de familia del acudido: _________________________________, el estudiante:_______________________________________, y la Institución Educativa; con presencia del director de grupo ____________________________________, y ___________________________ representante de la comisión de evaluación y promoción de este grado, acordamos, voluntaria y libremente, firmar el siguiente Contrato Pedagógico, que consta de los siguientes componentes: DEFICIENCIAS ACADÉMICAS QUE DEBE SUPERAR: 1__________________________________________________________ 2__________________________________________________________ 3__________________________________________________________ COMPROMISOS I. – COMPROMISOS DEL ESTUDIANTE: 1__________________________________________________________

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2__________________________________________________________ 3__________________________________________________________ II – COMPROMISO DE LOS PADRES O ACUDIENTES: 1__________________________________________________________ 2__________________________________________________________ 3__________________________________________________________ III – SEGUIMIENTO. La Institución Educativa se compromete a efectuar el debido seguimiento a este contrato académico a través de las acciones de refuerzo y superación lideradas por las comisiones de evaluación y promoción y por la coordinación académica. Sanción por incumplimiento: Si el estudiante no cumple estrictamente con este contrato corre el riesgo de reprobar el grado que cursa actualmente; además puede perder el derecho a seguir estudiando en esta institución o (colegio), según lo dispuesto en el presente Manual de Convivencia. Para constancia firmamos: ____________________________ Estudiante

__________________________ Acudiente

____________________________ Director de Grupo

__________________________ Coordinador

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2. PROBLAMAS COMPORTAMENTALES El Contrato Pedagógico (por mal comportamiento o disciplinario) es una estrategia pedagógica que busca la superación de actitudes o comportamientos que contravienen el Manual de Convivencia y vulneran los derechos de otros miembros de la comunidad educativa, afectando negativamente los espacios académicos y sociales de la institución. Es este un instrumento mediante el cual el estudiante se obliga con la institución, bajo la continua asesoría y orientación a adoptar comportamientos acordes con las disposiciones reglamentarias vigentes, en especial lo señalado por el manual de Convivencia .

CONTRATO PEDAGÓGICO COMPORTAMENTAL “INSTITUCIÓN EDUCATIVA MARIA JESÚS MEJIA” Lugar: ______________ Fecha: _________________ Estudiante: ______________________________ Grupo: _____________ Entre los suscritos a saber:________________________________, coordinador, de la Institución Educativa, y el estudiante ___________________________; acudido por ________________________________________; con presencia del director de grupo ____________________________________, y _________________________ representante del comité de convivencia o coordinación, acordamos, voluntaria y libremente, firmar el siguiente Contrato Pedagógico, que consta de los siguientes componentes: COMPORTAMIENTOS Y ACTITUDES QUE DEBE SUPERAR: 1__________________________________________________________ 2__________________________________________________________ 3__________________________________________________________ COMPROMISOS I . – COMPROMISOS DEL ESTUDIANTE: 1__________________________________________________________ 2__________________________________________________________ 3__________________________________________________________

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II – COMPROMISO DE LOS PADRES O ACUDIENTES: 1__________________________________________________________ 2__________________________________________________________ 3__________________________________________________________ III – SEGUIMIENTO. La Institución Educativa se compromete a efectuar el debido seguimiento a este contrato pedagógico de carácter disciplinario o comportamental a través de la dirección de grupo, del comité de convivencia y de la coordinación. Sanción por incumplimiento: Si el estudiante no cumple estrictamente con este contrato corre el riesgo de perder el derecho a seguir estudiando en esta institución, según lo dispuesto en el presente Manual de Convivencia. Para constancia firmamos:

____________________________ Estudiante

__________________________ Acudiente

____________________________ Director de Grupo

__________________________ Coordinador

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3. CONTRATO PEDAGÓGICO ESPECIAL Esta es una herramienta pedagógica diseñada para estudiantes con necesidades educativas especiales. Su propósito es el de ofrecer un acompañamiento educativo y pertinente al estudiante y a la familia de este, para que en equipo con la institución, se potencie al estudiante en el propósito de superar las deficiencias académicas o de sus comportamientos alterados.

CONTRATO PEDAGÓGICO PARA ESTUDIANTES CON NECECIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES “INSTITUCIÓN EDUCATIVA MARIA JESUS MEJIA” Lugar: ______________ Fecha: _________________ Estudiante: _____________________________ Grupo: ________________ Entre los suscritos a saber: _________________________________, coordinador (a) académica, o de sección, de la Institución Educativa, y el estudiante ___________________________; acudido por ___________________________; con presencia del director de grupo ___________________________________,y ___________________________ representante de la comisión de evaluación y promoción de este grado, acordamos, voluntaria y libremente, firmar el siguiente Contrato Pedagógico, que consta de los siguientes componentes: COMPORTAMIENTOS Y ACTITUDES Y/ O DEFICIENCIAS ACADÉMICAS Y/O COMPORTAMENTALES QUE DEBE MEJORAR O SUPERAR: 1__________________________________________________________ 2__________________________________________________________ 3__________________________________________________________ COMPROMISOS I . – COMPROMISOS DEL ESTUDIANTE: 1__________________________________________________________ 2__________________________________________________________ 3__________________________________________________________ II – COMPROMISO DE LOS PADRES O ACUDIENTES: 240


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1°.- 1__________________________________________________________ 2__________________________________________________________ 3__________________________________________________________ III – SEGUIMIENTO. La Institución Educativa se compromete a efectuar el debido seguimiento a este contrato (pedagógico o disciplinario) a través de las acciones de refuerzo y superación lideradas por las comisiones de evaluación y promoción y por la coordinación académica, y a través de la dirección de grupo, del comité de convivencia y de la coordinación. Sanción por incumplimiento académico: Si el estudiante y/o el acudiente no cumplen estrictamente este contrato, el educando corre el riesgo de no ser promovido al grado siguiente; además, puede perder el derecho a seguir estudiando en la institución, según lo dispone el Manual de Convivencia. Sanción por incumplimiento comportamental: Si el estudiante y/o el acudiente no cumplen estrictamente este contrato pedagógico, seguirá adelante el proceso disciplinario del educando y corre el riesgo de perder el derecho a continuar estudiando en la institución, según lo dispone el Manual de Convivencia. Para constancia firmamos:

____________________________ Estudiante

__________________________ Acudiente

____________________________ Director de Grupo

__________________________ Coordinador

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GLOSARIO Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses. Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados. Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica. Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros. Agresión electrónica. Es toda acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.

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Acoso escolar (bullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno. Ciberacoso escolar o ciberbullying. De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado. El componente de promoción: Se centra en el desarrollo de competencias y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Este componente determina la calidad del clima escolar y define los criterios de convivencia que deben seguir los miembros de la comunidad educativa en los diferentes espacios del establecimiento educativo y los mecanismos e instancias de participación del mismo, para lo cual podrán realizarse alianzas con otros actores e instituciones de acuerdo con sus responsabilidades. El componente de prevención: Deberá ejecutarse a través de un proceso continuo de formación para el desarrollo integral del niño, niña y adolescente, con el propósito de disminuir en su comportamiento el impacto de las condiciones del contexto económico, social, cultural y familiar. Incide sobre las causas y factores que puedan potencialmente originar la problemática de la violencia escolar. El componente de atención: Deberá desarrollar estrategias que permitan asistir al niño, niña, adolescente, al padre, madre de familia o al acudiente, o al educador de manera inmediata, pertinente, ética, e integral, cuando se presente un caso de violencia, acoso escolar o de comportamiento agresivo que vulnere los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de acuerdo con el protocolo y en el marco de las competencias y responsabilidades de las instituciones y entidades que conforman el Sistema Nacional de convivencia escolar.

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El componente de seguimiento: Se centrará en el reporte oportuno de la información al Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar, del estado de cada uno de los casos de atención reportados. Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor". Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados. Situaciones tipo uno: Se considera situación tipo 1 todo comportamiento, actitud y/o acción de un estudiante que afecta el funcionamiento y la convivencia de la comunidad; los conflictos manejados inadecuadamente, así como aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud. Situación tipo dos: Son todos aquellos actos en que incurra un estudiante y que comprometan el nombre de la Institución Educativa, la integridad moral, física o social de cualquier integrante de la comunidad y/o las situaciones de agresión escolar, acoso e intimidación (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características: Que se presenten de manera repetida o sistemática y, que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados. Situaciones tipo tres: Son aquellas que rompen el equilibrio entre los miembros de la comunidad y que afectan en forma directa y evidente los principios, normas y buenas costumbres que impone la convivencia estudiantil

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y/o situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro II de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente. Amonestación: Advertencia o prevención. Es hacer presente alguna cosa para que se le 0considere, procure o evite. Apelación: Recurso que se interpone ante la instancia superior para que revoque o anule la decisión de la instancia anterior. Autonomía: Capacidad de la persona para auto dirigirse, gobernarse a sí misma, con base a un código de conducta asumido personalmente y teniendo en cuanta la relación con los demás, fruto del ejercicio de la libertad. Compromiso: Convenio que se realiza entre las personas con el fin de comprometer la palabra para no reincidir en una o varias faltas. Comunidad educativa: Está formada por los estudiantes matriculados en el colegio, los egresados, directivos docentes, los profesores, personal administrativo, los padres y madres de familia o acudientes de los actuales estudiantes. Concepto valorativo: La apreciación que al final del año lectivo se le expresa cualitativamente a través de la escala evaluativa. Conflicto: Situación que se presenta entre dos o más personas de desavenencia, desacuerdo o dificultad para establecer una relación afable. Contrato: Convenio entre partes que se obligan sobre una materia determinada. C.P.N: Constitución Política nacional Corrección pedagógica: Consecuencia de un acto en el que se incumplan los deberes o se hizo uso irresponsable de la libertad. Criterios de evaluación: Parámetros establecidos desde los indicadores de logro que permiten emitir un concepto.

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Debido proceso: Pasos que deben seguirse en la aplicación de un correctivo, frente a alguna dificultad o conflicto de intereses. Derecho: Conjunto de conceptos que dirigen al ser humano en su conducta, para que viva conforme a la justicia como máxima expresión humana. Evaluación: Acción permanente por medio de la cual se busca apreciar, estimular y emitir juicios sobre procesos de desarrollo del estudiante o sobre sus resultados con el fin de elevar y mantener la calidad de los mismos. I.C.B.F: Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Indicadores de logro: Son las señales que indican el avance en la consecución de un logro. Libertad: Es el desarrollo de la capacidad para tomar decisiones a la luz de los valores que den sentido a la vida humana, asumiendo responsablemente las consecuencias de las decisiones. Logro: Es el avance considerado deseable, valioso, necesario y bueno dentro de un proceso. Manual de convivencia: Es el conjunto de normas, derechos y deberes que rigen a la comunidad educativa para la adecuada interacción. Notificación: Poner en conocimiento de los interesados las determinaciones que los afecten directamente. PEI: Proyecto Educativo Institucional, articula los procesos de la gestión educativa a saber directiva, académica, administrativa y comunidad siendo coherente con los procesos de calidad. Personas de bien: Seres humanos coherentes en la práctica de valores y principios aportando al desarrollo personal, familiar y social. Política: Arte de liderar y brindar reglamentos para mantener la tranquilidad y seguridad institucional y conservar el orden y las buenas costumbres. Proceso: Es el conjunto de cambios que se dan en etapas ordenadas y de manera compleja en el desarrollo del ser humano.

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Promoción escolar: El ascenso de un estudiante al grado siguiente. Recurso de apelación: Recurso que se interpone ante la instancia superior para que revoque o anule la decisión del inferior. Responsabilidad: Valor que expresa la capacidad del ser humano para asumir las consecuencias de sus actos. SIEPE: Sistema Institucional de Evaluación y Promoción Estudiantes. Sustancias psicoactivas: Son sustancias, drogas o medicamentos que actúan sobre el sistema nervioso central produciendo efectos a nivel neurológico, psicológico y fisiológico.

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BIBLIOGRAFÍA LEY DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA 1890 DE 2006 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA DE 1991 CORTE CONSTITUCIONAL: EDUCACIÓN

SENTENCIAS

DE

TUTELAS

SOBRE

DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO: LEY 12 DE ENERO 22 DE 1991 DECRETOS 1860 DE 1994 REGLAMENTARIO DE LA LEY 115/94 LEY 715 DE 2001 LEY GENERAL DE EDUCACIÓN 115 DE 1994 LEY 734 DE 2002 CODIGO DISCIPLINARIO UNICO LEY 1620 DE 2013 COMITÉ CONVIVENCIA ESCOLAR DECRETO 1965 DE 2013 POR EL CUAL SE REGLAMENTA EL COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR DECRETO 1290 DE ABRIL 6 DE 2009: EVALUACIÓN Y PROMOCION

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