

TÉRMINOS Y CONDICIONES BENEFICIO “BONO JUBILADOS”
1. El Beneficio
“BONO JUBILADOS” es un nuevo beneficio para los jubilados en el país, personas mayores a 60 años o pensionistas que acrediten su condición de tal por los medios pertinentes, que sean clientes Plus, y que hagan sus compras en supermercados TA - TA (en adelante, el “Beneficiario”), por el cual, realizando compras que sumen los montos que se indicarán, se puede obtener un descuento en una futura compra (en adelante el “Beneficio”), lo que se podrá efectivizar mediante un código que se entrega en cada caso a estos efectos en línea de cajas (en adelante, el “BONO”), sujeto a las condiciones que se expresarán a continuación.
2.Vigencia
El Beneficio se mantendrá vigente por el período comprendido entre el 1° de julio de 2024 y hasta el 31 de diciembre de 2024 inclusive. La vigencia del Beneficio se podrá extender, circunstancia que se advertirá oportunamente a los clientes a través de nuestra página web www.tata.com.uy u otros medios de los que la empresa disponga.
3.Procedimiento
Para acceder y utilizar el Beneficio, se deberá cumplir con el siguiente proceso:
3.1. Quien pretenda acceder al Beneficio, deberá solicitarlo en línea de cajas o en atención al cliente y probar que cumple con los extremos requeridos para ello (exhibiendo su Cédula de Identidad, recibo de jubilación o pensión). Quien ya se registró para acceder al Beneficio en la edición anterior de “BONO JUBILADOS”, deberá registrarse nuevamente para que aplique el presente Beneficio.
3.2. Una vez ingresado el Beneficiario como tal, quedará registrado en una base de datos a los efectos de la correcta gestión del Beneficio, permitiendo operaciones de control y seguimiento.
3.3. El monto de cada compra efectuada durante los primeros 25 días de cada mes, se irá acumulando, y quedará registrado en el perfil del Beneficiario creado para el Beneficio, el cual, podrá consultar en cualquier local en atención al cliente o llamando al 0800 8282, y así sabrá si ya llegó a los montos necesarios para canjear el “BONO” (montos de acumulación).
3.4. En cada compra que el Beneficiario realice durante los primeros 25 días de cada mes, debe mencionar su documento de identidad a efectos de identificarse como cliente Plus, y acumular la compra en su perfil del Beneficio.
3.5. Una vez alcanzado alguno de los montos de acumulación establecidos en el numeral 4 mediante la acumulación de compras efectuadas del 1 al 25 del mes corriente, el Beneficiario, al momento de realizar una nueva compra dentro del plazo establecido en dicho numeral, deberá indicarle a la cajera cual es el “BONO” disponible para su utilización, quien aplicará un descuento al valor de la compra por el monto total del “BONO” que corresponda (conforme lo establecido en el numeral 4).
4. Montos de acumulación y plazos de utilización.
4.1. Los montos de acumulación para el canje de “BONO” son los siguientes:
* Desde $2.500 en tickets de compra — obtiene “BONO” de $250.
* Desde $7.000 en tickets de compra — obtiene “BONO” de $1.000.
4.2. El "BONO" podrá ser utilizado únicamente en una compra diaria y hasta el último día del mes corriente en el cual se obtuvo el Beneficio. En caso de no utilizarse en dicho mes, el “BONO” perderá su vigencia. Asimismo, se puede acceder a más de un “BONO” por mes, en aquellos casos en que el Beneficiario realizó compras por montos que le permitan acceder a más de un “BONO” (ejemplo: compras por $14.000 habilitan acceder a dos BONOS de $1000). También puede ocurrir que el Beneficiario acumule compras que le podrían dar acceso a un "BONO" determinado, pero opte por no solicitarlo y seguir acumulando para acceder a algún "BONO" de mayor valor. En cualquier caso, el canje de los "BONOS" debe efectuarse dentro del mismo mes de obtenido el Beneficio, y no podrá canjearse más de un “BONO” por día.
4.3. La acumulación se hará en base al monto total de las compras del Beneficiario dentro de los primeros 25 días de cada mes. En este sentido, los montos de cada compra (tickets de compra) se particionan para alcanzar los “BONOS” (Ejemplo: Si el Beneficiario realiza una compra de $7800, $7000 computan para el “BONO” de $1000 y los restantes $800 computan para otro “BONO”). Asimismo, las compras que acumularon montos que permitieron acceder a un “BONO”, no computan para acceder al siguiente “BONO” salvo en el monto excedente que no fue considerado para el acceso anterior, como se aclaró en el Ejemplo anterior).
5. Condiciones Generales
5.1. Para acceder al “BONO JUBILADOS”, el cliente debe solicitarle al local que lo inscriban en el registro “BONO JUBILADOS” (presentando un comprobante que puede ser un recibo y/o documento de identidad, el cual compruebe que es jubilado pensionista o mayor de 60 años), una vez acreditado dicho extremo, al día siguiente ya podrá disponer del Beneficio.
5.2. El Beneficiario recibirá a modo de recordatorio una notificación (mail/sms) cuando tenga un “BONO” disponible, con un código para el canje (cabe aclarar que no es obligatorio que el Beneficiario reciba la comunicación para hacer uso del Beneficio).
En caso de no recibirlo o extraviar el mismo, mencionando su número de documento de identidad podrá consultar el “BONO” disponible en cualquier sucursal de TA-TA o llamar a atención al cliente (0800 8282).
5.3. Al momento de efectuar el canje del “BONO” es obligatorio presentar el documento de identidad.
5.4. Los montos de las compras realizadas, se suman en el perfil del Beneficiario a partir del día siguiente de efectuadas las mismas. Por lo que, si se llega al acumulado para un “BONO”, recién al día siguiente tendrá disponible el “BONO” correspondiente.
5.5. Las compras que computan son las realizadas del 1 al 25 del mes corriente por lo que las compras efectuadas del 26 al último día del mes no computan para el Beneficio ni para ningún “BONO”, ni del mes en curso ni de los meses siguientes.
5.6. A los efectos del presente, el o los "BONO/S" se genera/n dentro de los 25 primeros días del mes de realizadas las compras, y se puede/n usar hasta el último día del mes.
5.7. Se puede canjear sólo un “BONO” por día. Si al Beneficiario le corresponde más de un “BONO”, es importante no esperar hasta el último día del mes para efectuar el canje, ya que solo podrá usar un “BONO” por día (Ejemplo: Si el Beneficiario tiene un acumulado de $14000, recibirá primero un “BONO” de $1000 y al día siguiente que lo utilice, tendrá disponible el siguiente “BONO” de $1000 para utilizar).
5.8. Si el Beneficiario opta por utilizar el “BONO” en una compra de menor valor al del mismo, se tendrá por utilizado en su totalidad.
5.9. Cada “BONO” deberá utilizarse íntegramente en una compra, no estando habilitado su uso parcial.
5.10. No es necesario juntar los tickets de compra ya que el monto total de cada compra se suma automáticamente en el perfil del Beneficiario.
5.11. No acumula con otras promociones y/o descuentos. No aplica para envases, leche, bolsas y cigarros.
5.12. Se pueden utilizar todos los medios de pago admitidos por TA – TA.
5.13. Beneficio exclusivo para su utilización en locales físicos de supermercados TA -TA en Uruguay incluye locales de Multi ahorro Hogar únicamente dentro de los supermercados de TA - TA No puede canjearse el “BONO” a través del e-commerce (página web de TA –TA supermercados y Multi Ahorro Hogar) Sin perjuicio de lo anterior, las compras efectuadas a través del e- commerce (página web de TA – TA supermercados), computan a efectos de la acumulación para acceder al “BONO”. Asimismo, computan a efectos de la acumulación, todas las compras efectuadas en los locales físicos de supermercados TA – TA, incluyendo las que se realicen en los locales de Multi Ahorro Hogar que se encuentran dentro de los supermercados TA – TA.
5.14. Los datos personales de los Beneficiarios serán tratados por TA-TA S.A. según lo establecido en la Ley N° 18.331 del 11 de agosto de 2008 y su decreto reglamentario N° 414/2009 del 31 de agosto de 2009, modificativas y concordantes, y de acuerdo a lo establecido en “Políticas de Privacidad” del Sitio.
5.15. TATA se reserva el derecho de i) cancelar el Beneficio en cualquier momento realizando el correspondiente aviso en www.tata.com.uy; ii) modificar estas Bases y Condiciones; iii) interpretar lo que no esté especialmente regulado según su leal saber y entender; iv) no dar acceso al Beneficio a aquellos casos donde se presuma su utilización abusiva o con mala fe, o en violación a las presentes Bases y Condiciones.