Revista Skopein N° 14

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ISSN 2346-9307

Manchas de Sangre:

El Análisis de su Patrón en la Escena del Crimen

Marcella M. Sniegovski, Jewers M. Bortolatto & Fernanda Formolo

Delitos, Internet y Redes Sociales:

Perfiles Criminales en el Ámbito de la Cibercriminalidad Social Adrián Giménez Pérez

Skopein Presente! en...

4° CONGRESO INTERDISCIPLINARIO

“Inclusión del Odontólogo Legista en las Ciencias Forenses”

Revista de Criminalística. Publicación Trimestral Año IV · N°14 · Diciembre 2016 - Febrero 2017


Revista Skopein Copyright© Revista Skopein® - e-ISSN 2346-9307 Año IV, Número 14, Diciembre 2016 Imágenes de portada

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Bevel & Gardner, 2008

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Año IV, N° 14, Diciembre 2016 Edición Gratuita ISSN

2346-9307

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La Justicia en Manos de la Ciencia

“Dispositivo mecánico que sirve para medir, mantener o cambiar la orientación en el espacio de algún aparato o vehículo. Se asemeja, por sus movimientos de nutación, al comportamiento de los proyectiles balísticos en vuelo”.

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Nota Editorial ¡Felices Fiestas!

EQUIPO DIRECTORES Diego A. Alvarez Carlos M. Diribarne EQUIPO DE REDACCIÓN Mariana C. Ayas Ludueña Gabriela M. Escobedo Luciana D. Spano AUTORES EN ESTE NÚMERO Marcella M. Sniegovski Jewers M. Bortolatto Fernanda Formolo Adrián Giménez Pérez Mariana C. Ayas Ludueña Gabriela M. Escobedo Eduardo Pérez Campos Mayoral Rocío Martínez Helmes Carlos Perezcampos Mayoral Sebastián Streuli Aníbal R. Bar DISEÑO DEL SITIO Diego A. Alvarez DISEÑO Y EDICIÓN DE REVISTA Carlos M. Diribarne Gabriela M. Escobedo DISEÑO DE LOGO Diego A. Alvarez POSICIONAMIENTO Y DIFUSIÓN Diego A. Alvarez

Queremos comenzar esta última nota editorial 2016 brindando un especial agradecimiento a la Dra. Marta Maldonado, quien no solo ha tenido la gentileza de invitarnos al Congreso "Inclusión del Odontólogo Legista en las Ciencias Forenses", sino que también se ha prestado a ser entrevistada para este número. Podrán leer tanto la cobertura del Congreso como la entrevista en sus secciones correspondientes. Noviembre ha sido un mes de importantes novedades para quienes nos dedicamos a las ciencias forenses. Queremos felicitar a la Lic. Cristina Vazquez, quien junto con profesionales de las ciencias criminalísticas crearon la Asociación de Criminalística y Ciencias Forenses, que tendrá como objetivo principal la creación del primer Colegio de profesionales que organice y defienda la profesión de los peritos. Felicitamos también al Dr. Víctor Gutiérrez Olivárez, integrante del comité científico de la revista, por haber sido distinguido con el Premio Nacional de Psicología en la categoría "Docencia", por la Federación Mexicana de Psicología. Finalizando el 2016 podríamos dedicar este espacio a resumir acontecimientos pasados, que nos enorgullecen mucho, sin embargo en Skopein estamos atentos a lo que viene. El 2017 será nuevamente un año lleno de proyectos. El principal será la edición de números especiales en inglés, seleccionando los artículos que consideramos más representativos de los avances en criminalística en el mundo hispano, permitiendo su conocimiento a personas de otras lenguas. La presentación de este proyecto se dará en el marco de la Forensics Europe Expo, uno de los eventos forenses más importantes de Europa, que tendrá lugar en Londres los días 3 y 4 de mayo del 2017, y en la cual Revista Skopein, siendo Media Partner del mismo, se encontrará presente con un stand. Localmente ya nos estamos preparando para la realización de la segunda edición de las Jornadas Argentinas de Ciencias Forenses Aplicadas (JACFA), encontrándose en estos momentos en etapa de organización y de convocatoria a profesionales que posean interés en brindar una disertación. Nos despedimos de otro año, deseándoles a todos nuestros seguidores y lectores, no solo unas Felices Fiestas, sino también que todos sus proyectos para el 2017 se concreten. El equipo de Revista Skopein

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La Justicia en Manos de la Ciencia

Contenido Diciembre 2016 Manchas de Sangre: El Análisis de su Patrón en la Escena del Crimen

Por: Marcella M. Sniegovski, Jewers M. Bortolatto & Fernanda Formolo

Entrevista exclusiva a

Marta Beatriz Maldonado

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Especialista en Odontología Legal y Criminóloga

Delitos, Internet y Redes Sociales:

Perfiles Criminales en el Ámbito de la Cibercriminalidad Social Por: Adrián Giménez Pérez Skopein Presente! en...

4° CONGRESO INTERDISCIPLINARIO

“Inclusión del Odontólogo Legista en las Ciencias Forenses” Por: Mariana C. Ayas Ludueña & Gabriela M. Escobedo

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Las Ciencias Forenses y la Medicina

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Argumentos e Inferencias en la Investigación Criminalística

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Por: Eduardo Pérez Campos Mayoral, Rocío Martínez Helmes & Carlos Perezcampos Mayoral

Por: Sebastián Streuli & Aníbal R. Bar

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Revista Skopein

Manchas de Sangre:

El Análisis de su Patrón en la Escena del Crimen Marcella M. Sniegovski, Jewers M. Bortolatto & Fernanda Formolo marcellasniegovski@hotmail.com jewers.bortolatto@hotmail.com Introducción

Escena del crimen

El perito criminal, también conocido como un científico forense, es un profesional que tiene como objetivo ayudar a la justicia a través del análisis e interpretaciones de las huellas que tienen interacción con un delito. El procedimiento emplea el conocimiento de expertos de diversos campos como la biología, la química y la física, por ejemplo (Inman & Rudin, 2001). Para Inman y Rudin (2001) el perito forense o criminal es el que va a determinar la identidad de los rastros encontrados en la escena del crimen, sin embargo, el perito criminal debe también identificar los objetos físicos que pueden contribuir posteriormente para el caso (que define la naturaleza física y / o la química del rastro), rango (dando pistas de posibles fuentes que pueden ser comunes del rastro) e individualizar las categorías que pueden pertenecer los rastros. Cada vez más, el papel del experto es para asegurar la integridad de la escena del crimen, la prevención de la contaminación de la cadena de custodia, así como nuevas prácticas y técnicas para este fin (Inman & Rudin, 2001).

La Secretaría Nacional de Seguridad Pública (Sampaio, 2005) establece que la escena del crimen es el área física donde se ha producido el evento, que presenta las características de un delito. Para Rabello (1968), es un espacio cuyo centro es el lugar donde se encontró el hecho/delito, que se puede extender a otros lugares que, presumiblemente, había otros actos de la delincuencia relacionada con los crímenes. Las escenas del crimen se pueden clasificar en función de su ubicación y relación con el delito a ser analizado. El primer paso es definir y establecer los límites físicos del sitio (Adler et al, 2009). La ubicación, entonces se puede dividir en dos partes: escena primaria y secundaria. La escena primaria es en el área o lugar donde se ha producido el incidente y donde hay una gran concentración de rastros físicos. La escena secundaria es aquella donde los rastros (por ejemplo, objetos) fueron transportados desde la etapa primaria (Caddy et al, 2004). Cualquier lugar puede llegar a convertirse en una escena del crimen, y cualquiera que sea la situación, todos los rastros locales deben ser identificados,

Licenciada en Biomedicina por el Centro Universitário FSG con énfasis en análisis medioambiental. Licenciado en Biomedicina por el Centro Universitário FSG con énfasis en análisis medioambiental. Gerente biomédico de la empresa Banco de Sangre de Caxias do Sul - RS – BR. *** Licenciada en Farmacia en la Universidade de Caxias do Sul - RS - BR. Maestría en Biotecnología por el Instituto de Biotecnología de la Universidade de Caxias do Sul – RS - BR. Profesor del curso de Biomedicina en el Centro Universitário FSG. *

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La Justicia en Manos de la Ciencia recogidos y tratados con el máximo cuidado. Es entonces cuando la ciencia forense entra en acción (Evans, 2009) Es importante, sin embargo, definir lo que es la ciencia forense. La palabra "ciencia", según Caddy et al (2004), es el estudio del hombre y el medio ambiente en el que se inserta. La palabra "forense", que viene del latín fórum, significa presentar e interpretar la información científica en los tribunales. Se asocia con las investigaciones de carácter jurídico y en la actualidad es ampliamente utilizado para el análisis de eventos pasado a través de los rastros (Cooper, 2008; Inman & Rudin, 2001).

Rastros y evidencias Para Mallmith (2007), los rastros pueden ser cualquier marca, signo u objetos que podrían ser de alguna manera, relacionadas con el crimen/delito objeto de investigación, y las evidencias son los rastros que serán analizados por los peritos responsables. Cada vez que dos o más personas entran en contacto, se produce una transferencia física. Pelo, fibras de la ropa e, inevitablemente, muchos otros tipos de materiales se transfieren de una persona a otra y se denominan rastros. Edmond Locard, director del primer laboratorio forense en el mundo fue el primero en darse cuenta de esta condición y creó la famosa "Teoría de Locard", uno de los principios básicos de la ciencia forense (Bertino, 2012). “Todos los pasos, los objetos tocados por él, lo que deja incluso inconscientemente, servirán como un testigo silencioso contra él. No sólo sus huellas o impresiones dactilares, también su pelo, las fibras de sus pantalones, marcas de herramientas en vidrios, marcas de pintura, sangre o semen que deje. Todo esto, y más, es un testimonio contra él. Esta prueba no se olvida. Se diferencia de la emoción del momento. No está ausente como en los testimonios humanos. Constituyen, per

se, una prueba fáctica. La evidencia física no puede estar errada, no puede cometer perjuicio por sí misma, no puede estar ausente. Le corresponde a los humanos buscarla, estudiarla, comprenderla, y sólo las personas pueden disminuir su valor”. (Locard, 1910). Bertino (2012) clasifica las evidencias en dos grandes grupos: las evidencias directas y circunstanciales. La evidencia directa son los testigos y así mismo los vídeos grabados por cámaras de seguridad. La evidencia circunstancial da indicios de un hecho, no necesariamente de forma directa. Habrá un vínculo entre la escena y el sospechoso. Dentro de las pruebas circunstanciales, se encuentran pruebas que pueden ser físicas o biológicas. Las evidencias físicas puede ser, por ejemplo, huellas, fibras textiles, etc. En cuanto a la evidencia biológica puede reducir el número de sospechosos, siendo ejemplos: pelo, fluidos corporales como el semen y la sangre.

Sangre Uno de los fluidos corporales más conocidos es la sangre que circula por todo el cuerpo, excepto por las uñas, teniendo este líquido, características únicas. El volumen de sangre que circula en el cuerpo de un individuo adulto puede variar, por lo general entre cuatro a cinco litros en las mujeres y cinco a seis litros en los hombres. Su color, cuando en el cuerpo, puede variar de color rojo brillante a oscuro. Existen otros factores que deben tenerse en cuenta, como la superficie donde se encuentra y el tiempo que estuvo allí (Dorea, 1995; Peschel et al, 2007). Dorea (1995) dice que el pH de la sangre es de 7.54, y que se constituye de numerosos componentes, incluyendo sólidos, o componentes figurativos (glóbulos blancos, rojos y plaquetas), y el plasma como el componente líquido, con ácidos grasos, ácido

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Revista Skopein úrico, aminoácidos, urea, magnesio, entre otros. También se establece que la sangre humana es distinta de la sangre de otros animales, pueden ser diferenciadas por precipitación de las proteínas en el efecto de suero anti-humano. Este método se llama "Método Unfenhut", que consiste en la precipitación de las proteínas en la sangre por los anticuerpos séricos contra estos componentes biológicos.

Composición de la sangre Eritrocitos: son el componente celular más abundante encontrado en la sangre, que se presentan como células sin núcleo y con el ciclo de vida media de 120 días. La función principal de los eritrocitos o células rojas de la sangre es el transporte de oxígeno en las células y la eliminación de dióxido de carbono de ellos. Una gran cantidad de hemoglobina se produce durante la diferenciación de médula ósea. Los eritrocitos antes de ser liberados en la circulación sanguínea, se someten a un proceso de maduración, donde se producirá el núcleo y será expulsado de la degeneración de los orgánulos citoplasmáticos. Por lo tanto, las células rojas de la sangre no presentan en su formación ADN nuclear y mitocondrial, y la hemoglobina será entonces la molécula que va a permitir la detección de sangre a través de pruebas de identificación, por lo tanto, un elemento importante en la medicina legal (Azevedo, 2005; Young et al, 2006). Leucocitos: son células muy importantes para el sistema inmune, responsables de la defensa del organismo y las reacciones inmunes. Se presentan en las células incoloras y nucleadas, también producidas en la médula ósea (Watson et al, 2009; Young et al, 2006). Son células que también realizan fagocitosis e ingieren partículas extrañas al organismo (Azevedo, 2005). Los leucocitos presentan núcleo, pueden proporcionar material genético (ADN nuclear y mitocondrial) cuando son

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encontradas en la escena del crimen. La individualización del sujeto se toma a través del ADN nuclear, permitiendo la comparación con otra muestra de referencia, generando la identificación posterior (Budowle et al, 2003). Plaquetas: tienen funciones importantes para la homeostasis en los procesos de hemorragia debido a que las plaquetas generan el llamado "tapón de plaquetas", activando la cascada de coagulación de la sangre (Young et al, 2006). Plasma: el medio de suspensión en que se encuentran las células de la sangre y por lo tanto pueden moverse en el cuerpo, y cumpliendo así sus funciones (James & Kish, 2005). El plasma consiste en 90% de agua, 8% de proteínas, 1% de sales inorgánicas, 0,5% de grasa, 0,1% de azúcares y 0,4% de otros elementos menores (Young et al, 2006). Con frecuencia se observa en la escena del crimen, es un líquido de color amarillo en la sangre coagulada (Bevel & Gardner, 2008).

Propiedades físicas de la sangre Los análisis de las propiedades físicas de la sangre son importantes para que se puedan comprender sus características en la escena del crimen, formadas por caídas o impacto. Las características de ciertas manchas dependerán de estas propiedades: viscosidad, tensión superficial y la densidad (James & Kish, 2005). Viscosidad: también llamada consistencia, determina la resistencia del fluido. La sangre no tiene viscosidad constante, cambia con la presión y disminuye al aumentar la temperatura. También se dice que la sangre debido a la carga electronegativa de los eritrocitos tiene una viscosidad de aproximadamente cuatro veces mayor que el agua (James & Kish, 2005). Tensión superficial: es causada por la

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La Justicia en Manos de la Ciencia cohesión de las mismas moléculas que se encuentran en el líquido, provocando un aumento de la fuerza que causa el líquido al resistir la separación. En la sangre, esta tensión es responsable de permitir que la gota continúe esférica en vuelo (James & Kish, 2005). Densidad: la sangre tiene una densidad muy similar al agua: 1,06 g/cm3, cuando el agua tiene 1 g/cm 3. La densidad es la medida de la masa de una sustancia y su volumen, entonces cuanto mayor sea la masa, mayor será su resistencia. Por lo tanto, durante la formación de una gota de sangre, la masa está relacionada con su resistencia, entonces la fuerza aplicada a la fuente de la sangre es la causa primaria del patrón de manchas que serán formadas (James & Kish, 2005). Para demostrar la importancia de las propiedades físicas de la sangre, es importante decir que la misma alcanza la velocidad máxima al caer y luego se detiene, formando de este modo un punto de diámetro predeterminado. A continuación, teniendo en cuenta sus propiedades y las fuerzas que están actuando, el cálculo de este diámetro puede indicar, por ejemplo, la distancia que se redujo la sangre (cuanto mayor sea el diámetro, mayor será la distancia de caída) (James & Kish, 2005).

La importancia de la sangre en el contexto forense La sangre es uno de los rastros encontrados con mayor frecuencia y con una enorme importancia relacionada con las investigaciones forenses. En los casos de muerte violenta, el examen externo de la víctima antes de la necropsia, puede proporcionar información importante como los patrones de manchas de sangre y otras modificaciones en el cuerpo. Se encuentran comúnmente hematomas o contusiones de las marcas del objeto que causó, tal como un

martillo. Hemorragias petequiales también aparecen en la mayoría de los casos, así como livideces y el rigor mortis, que son importantes para proporcionar información en cuanto al momento de la muerte y la posición inicial (Adler et al, 2009). A pesar de la deficiencia en los estudios y laboratorios especializados, el análisis de manchas de sangre por el perito en la escena del crimen es de indudable importancia. La sangre es una de las huellas más reveladoras en comparación con otros rastros presentes en la escena, ya que tiene el potencial para apoyar las principales cuestiones que se plantean en la escena del crimen (Velho, 2013). Las manchas de sangre son un gran elemento de importancia en la reconstrucción de la dinámica de los acontecimientos violentos (Velho, 2013). En casi todas las escenas del crimen contra las personas (homicidio, lesiones, abuso, accidentes, etc.) están presentes. Teniendo en cuenta estas trazas, es posible extraer información que podría ser decisivo en la investigación policial (Velho, 2013). Las circunstancias y la naturaleza de los crímenes a menudo producen una variedad de manchas de sangre, cuando se evaluó de acuerdo con sus formas y distribuciones, puede generar información importante para el investigador/perito de la reconstitución de la escena. Interpretaciones adecuadas de estas manchas de sangre han demostrado ser fundamental en muchos casos cuya forma de la muerte se pone en duda. El estudio significativo conocido más antiguo sobre la interpretación de las manchas de sangre se llevó a cabo por el Dr. Eduard Piotrowski, asistente en el Instituto Médico Legal en Cracovia, Polonia. La obra, titulada Uber Entstehung, Forma, Richtung und der Ausbreitung Blutspuren nach Hiebwunden des Kopfes, fue publicado en Viena en 1895 (Stuart & Eckert, 1999). En la escena del crimen hay varios

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Revista Skopein factores en relación con manchas de sangre que pueden variar, por ejemplo, volumen, tamaño, cantidad y su relación con otros objetos. Estos puntos no se presentan en un patrón único y debido a eso, siempre habrá preguntas sobre el tipo de mancha y qué tipo de acción está relacionado (Locard, 1910; Stuart & Eckert, 1999).

sangre también ayuda a la investigación forense en las siguientes cuestiones:

De acuerdo con Stuart y William (1999), la interpretación de las manchas de sangre se puede realizar sea por estimación directa (la escena del crimen), como las fotografías de estudio (en color) hechas en la escena junto con los exámenes en las armas, ropas y otros objetos que se consideran pruebas físicas.

• ¿Quién no estaba allí durante cada evento?

La interpretación correcta puede proporcionar información a los investigadores como: • El punto de origen (s) de la mancha (s) de la sangre; • Las distancias entre el punto de origen y el área de impacto; • Dirección de impacto; • Objeto (s) que proporcionó el patrón; • El número de golpes que se otorgaron; • Posición de la víctima y / o autor; • El movimiento de la víctima y / o agresor después del derramamiento de sangre; • Para apoyar o contradecir el testimonio de los sospechosos y / o testigos; • Otros criterios para la estimación del intervalo post mortem; • La correlación con los resultados patológicos y de laboratorio que son relevantes para la investigación.

La interpretación de manchas de

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• ¿Qué eventos ocurrieron? • ¿Cuándo ocurrieron?

y

en

qué

secuencia

• ¿Quién estaba allí para cada evento?

• ¿Qué es lo que no sucedió?

Discusión Manchas de sangre estándar en escenas del crimen: una perspectiva histórica El análisis del patrón de manchas de sangre tiene unos 150 años de edad (Bevel & Gardner, 2008), pero el primer estudio importante en esta área fue realizado por Eduard Piotrowski en 1895, en el Instituto de Medicina Forense en Cracovia, Polonia (Bevel & Gardner, 2008; James & Kish, 2005) que habló sobre la importancia de las manchas de sangre en la escena del crimen, que podría proporcionar conclusiones de los investigadores sobre el hecho. En su estudio, Piotrowski llegó a la conclusión de que había una relación entre la cola de cada mancha de sangre con la dirección en que el volaba cuando fue arrojado (Bevel & Gardner, 2008). Más tarde, también fueron surgiendo otros estudios pertinentes. El químico forense alemán Dr. Paul Jeserich en 1900, desarrolló un trabajo sobre las manchas de sangre en la escena del crimen de un homicidio. Ya en 1904, Hans Gross a partir de su análisis en la investigación de la escena del crimen, también llegó a la conclusión de que la dirección de una mancha de sangre podría establecerse de acuerdo con el análisis de sus formas (Bevel & Gardner, 2008), pero fue

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La Justicia en Manos de la Ciencia en 1971 que Herbert Leon MacDonell, considerado el padre del análisis de manchas de sangre estándares de los tiempos modernos, llevó a cabo experimentos con manchas de sangre (Adler et al, 2009). Como resultado de su trabajo, el libro titulado "Características de vuelo y los patrones de manchas de sangre humana", fue publicado (Bevel & Gardner, 2008). En 1973, MacDonell implementó el primer Instituto de manchas de sangre, en Mississippi, conduciendo a numerosos cursos de formación en el área de los investigadores, la policía y los científicos. En 1982, hizo una nueva publicación titulada "Interpretación del patrón mancha de sangre" (James & Kish, 2005).

Recogida de muestras de sangre Mediante la recopilación de muestras de sangre en la escena del crimen, es importante que el experto debe tener en cuenta su forma, posición y color. Estos datos proporcionan cierta información sobre la dinámica del evento que ha ocurrido, por ejemplo, el área exacta donde el evento comenzó y las posibles transacciones de víctima y autor (Evans, 2009). Después de hacer la identificación de los puntos, el experto se encargará de la recogida, eligiendo siempre el mejor método para proteger la muestra durante el transporte. La sangre, cuando es líquida debe recogerse por completo y refrigerarse tan pronto como sea posible, y remitirse en forma rápida al laboratorio. La ropa todavía húmeda con sangre debe dejarse secar en un lugar apropiado y colocarse en una bolsa de papel o caja, debidamente identificado. No se debe utilizar bolsas de plástico. En el caso de la sangre seca, se debe envolver el objeto en papel limpio, colocándolo también en la bolsa de papel o caja, sellados y etiquetados. Los pequeños objetos sólidos se deben recoger, y enviar al laboratorio. Cuando se trate de

objetos grandes que no puedan llevarse al laboratorio, se debe raspar la mancha en un pedazo de papel, que puede ser doblado y colocado en una envoltura (Evans, 2009; Horswell, 2004).

Métodos generales de búsqueda de pruebas biológicas – Sangre Luz forense: En la actualidad, el uso de luces forenses es el protocolo más básico en escenas del crimen. Una escena del crimen puede presentar muchas huellas, y cuando tienen poca coloración o cantidad, se hace necesario el uso de esta herramienta que muestra la evidencia mediante fluorescencia o el contraste (Velho, 2013). La fluorescencia es un fenómeno físico-químico en la que un objeto particular absorberá luz de una longitud de onda y, simultáneamente, emitirá un color diferente. En el contraste, se hace uso de aparatos que generen una fuente alternativa de luz que, en presencia de diferentes filtros, emiten luz en bandas de longitud de onda específica, haciendo posible la detección de huellas invisibles a simple vista. Ejemplos de tales equipos son CrimeScope sistemas portátiles, Handscope ™, Lumatec® y foreses linternas Polilight® y BLUEMAXX ™ (Velho, 2013).

Test de fluorescencia / luminiscencia Uno de los tests presuntivos de sangre más antiguo es el luminol, con gran sensibilidad, que puede detectar una parte de la sangre en 10 millones de otras sustancias. Este test se basa en la capacidad de la hemoglobina y otros derivados de la sangre para potenciar la oxidación de luminol en presencia de una solución alcalina, que implica la aplicación del reactivo luminol y un oxidante en la zona sospechosa. Por estar basado en una reacción de

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Revista Skopein quimioluminiscencia, es necesario que este test sea realizado en la oscuridad. Por esta razón, los peritos de la escena del crimen suelen realizar este tipo de experiencia en la noche (Velho, 2013). Aunque es sensible, el luminol no es específico para sangre, ya que también puede reaccionar con otras sustancias, tales como iones metálicos, como por ejemplo cobre, cobalto, hierro, y además con hipocloritos. Es importante utilizar otra técnica complementaria y de confirmación específica para la sangre humana (Velho, 2013). (Ver fig. Nº 1). Un reactivo comúnmente utilizado para esta confirmación es el BLUESTAR® FORENSIC. La técnica se basa en la oxidación de la fluoresceína, que es catalizada por el grupo prostético HEMO de la proteína de la hemoglobina de la sangre en presencia de peróxido de hidrógeno. La diferencia en la reacción de Luminol es que esta técnica se aplica por fluoresceína, requiriendo la exposición de una luz forense con longitudes de onda específicas para la aparición de la quimioluminiscencia, siendo así una técnica más cara (Velho, 2013).

El test de la bencidina (también conocido como Ascarelli Adler-test) se basa en la reacción de oxidación de la bencidina en un medio ácido, lo que resulta la formación del color azul y después de unos minutos, marrón. Sin embargo, esta prueba también muestra las reacciones de falsos positivos, como en los oxidantes químicos y peroxidasas de algunas verduras y frutas. Al ser un reactivo carcinógeno necesita manejarse con equipo de protección personal, preferiblemente en campanas de flujo laminar o sistemas cerrados con escape (Velho, 2013). (Ver fig. Nº 2). Otro test de presunción conocido que también se usa ampliamente es el test de Kastle-Meyer, o el test de la fenolftaleína. Muy similar al de bencidina, en presencia de

Tests de color

Fig. Nº 1. Efecto de luminol fluorescente. Disponible en http://www.brasilescola.com/quimica/luminol.htm acesso en 02/11/2015.

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También conocidos como “spot tests”, abarcan un gran número de tests presuntivos, que se basan en el uso de reactivos químicos que, frente a la sustancia de interés, tienen reacciones redox que producen el color. Son tests muy sensibles y prácticos en la aplicación, de bajo costo y velocidad, sin embargo, son sólo indicativos de la presencia de sangre y no se puede utilizar como confirmación de la sangre humana. Además, pueden dar lugar a falsos positivos, lo que requiere una correcta lectura e interpretación del perito que realiza esta técnica (Velho, 2013).

Fig. Nº 2. Teste de la bencidina. Disponible en http://pt.slideshare.net/anjosjr/dna-forense acceso 11/02/2015.

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La Justicia en Manos de la Ciencia sangre la oxidación de la fenolftaleína en solución alcalina provoca la coloración rosa. Aunque también es susceptible a la acción de otros oxidantes, la fenolftaleína no es cancerígena, y tiene una sensibilidad para detectar una porción de la sangre a 10.000 partes de otras sustancias (Velho, 2013). (Ver fig Nº 3)

La sensibilidad de estos tests va desde 1: 1000 a 1: 1.000.000, de acuerdo con el dispositivo utilizado, el tiempo de incubación del sustrato y la calidad de la muestra de sangre. Algunos disponibles en el mercado son hemo Select ™, Hematrace® y otro Hexágon ™. El coste por análisis a través de estas pruebas varía de acuerdo a los kits disponibles, ya sea sí se producen a nivel nacional o internacional, y si es válido o no para el uso forense (Velho, 2013).

Test de inmunocromatografía Utilizan anticuerpos monoclonales anti-hemoglobina humanos conjugados con partículas de colorante. La muestra antes de ser probada debe ser incubada con solución tampón que acompaña a la prueba. Después de eso, se añade una alícuota de este material para el campo de aplicación y la lectura del test se toma después de 10 a 15 minutos. De manera similar a un test de embarazo, ante la presencia de sangre humana se formarán dos columnas de color en la zona de lectura, lo que indica la presencia de hemoglobina humana en la muestra. Cuando los anticuerpos no se unan al antígeno, con una reacción negativa, habrá sólo una columna en la zona de lectura. Cuando nos es posible ver en la pantalla la línea de color en la zona de control, se considera inválido el test (Velho, 2013).

Terminología Existen numerosos sistemas para la identificación y clasificación de las manchas de sangre propuesto por varios autores, sin embargo, todas siguen la misma división: dispersión de la sangre debido a una cierta fuerza y / o movimiento y la gravedad; eyección de la presión arterial; la acumulación y la transferencia de sangre en la superficie (Bevel & Gardner, 2008). Bevel y Gardner (2008) sugieren un sistema de clasificación que define criterios de acuerdo con la apariencia y el origen de la mancha. En primer lugar, se debe determinar si es sangre o no, entonces encajará en dos grandes grupos: salpicaduras y sin salpicaduras. Estos dos grupos se subdividen como sigue: Salpicaduras - Lineal (sangre arterial, de movimiento y gotas) y no lineal (punto de caída y moteado de esputo). Sin salpicaduras - bordes irregulares (sangre en la sangre, mancha y la mancha de chorro) y Margen ordinario (“pool”, transferencia, saturación y patrón de flujo).

Fig. Nº 3. Reactivo Kastle Meyer en la reacción positiva Disponible en https://www.flinnsci.com/store/ Scripts/prodView.asp?idproduct=22345 acceso em 02/11/2015.

Sin embargo, los autores James & Kish, habían clasificado en 2005 las manchas de sangre en conceptos generales más simples que Bisel y Gardner. Esta clasificación es la más comúnmente utilizada por los peritos, y de la que se hablará a

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Revista Skopein continuación. Básicamente, se dividen en tres grupos: las manchas pasivas, salpicaduras y manchas modificadas (Bevel & Gardner, 2008; James & Kish, 2005). 1. Manchas pasivas: producidas a partir de la sangre provocadas por las fuerzas de la gravedad y la resistencia del aire. 1.1 Mancha de gota: James y Kish (2005) dicen que en caída libre originan una mancha en forma circular en una superficie. Su diámetro y forma dependerán de la altura y el ángulo que se formen más allá del volumen de la gota y la textura de la superficie. Cuanto menos lisa es la superficie, más distorsionada la mancha será (James & Kish, 2005). (Ver fig. Nº 4). James y Eckert (1999) enfatizan que el ángulo de impacto es uno de los factores que ayudan en el análisis, ya que, cayendo verticalmente en caída libre la mancha resultante será más ovalada o elíptica y alargada de acuerdo con el ángulo de impacto. Cuanto menor sea el ángulo de impacto mayor será el alargamiento de la mancha de sangre, la reducción de la anchura y la longitud creciente. (Ver fig. Nº 5). 1.2 Mancha matriz: Es la mácula que forman las manchas de satélite. Será la gota central, rodeado por los satélites (James & Kish, 2005). 1.3 Mancha TV Spot: Nombre de las

Fig. Nº 4. Mancha de gota (Nogueira, 2013).

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Fig. Nº 5. Las manchas de sangre en diferentes ángulos. Disponible en http://www.elsevier.es/ es-revista-educacion-quimica-78-articulo-a-utilizacao-da-cie ncia-forense-90416388 acceso en 02/11/2015.

salpicaduras que se crean a partir de la mancha de origen; pequeñas gotas se separarán de la principal en el momento del impacto (James & Kish, 2005). (Ver fig Nº 6). 1.4 Manchas de rastro de gotas: causado por el cambio de matriz de sangre, formando un rastro. Estas manchas pueden o no mostrar el ángulo de impacto y la dirección (James & Kish, 2005). (Ver fig Nº 7). 1.5 Patrón de flujo: Este patrón es el resultado del movimiento de una fracción de la sangre debido a la gravedad, y puede proporcionar información, por ejemplo, la posición inicial de objetos y / o víctimas (James & Kish, 2005). (Ver fig Nº 8). 1.6 Manchas de transferencia: Resultado del contacto del objeto o superficie ensangrentada con otra superficie. Esta mancha puede proporcionar la información del objeto que formó el patrón, que puede ser

Fig. Nº 6. Mancha TV Spot (Nogueira, 2013).

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Figura 7. Manchas de Rastro de gotas (Nogueira, 2013).

Figura 8. Patrón de flujo (James & Eckert, 1999).

útil para identificar el arma del crimen (James & Kish, 2005). (Ver fig Nº 9). 1.7 Manchas de Saturación: Acumulación de sangre en material absorbente, como toallas, ropa, sábanas, etc. (James & Kish, 2005) (Ver fig Nº 10). 1.8 Mancha pool: Originado a partir de la acumulación de sangre en un área determinada, pudiendo ser similar a la saturación, pero que difieren por acumularse en una superficie no absorbente (James &

Figura 10. Mancha de saturación (Bevel & Gardner, 2008).

Figura 9. Manchas de transferencia (Nogueira, 2013).

Kish, 2005). (Ver fig Nº 11).

2. Salpicaduras: manchas producidas debido a un impacto en una matriz de sangre o la presentación de fuerzas externas (para romper las propiedades físicas de la sangre), y por tanto muestran la dirección y el ángulo de impacto en la que se produjeron (James & Kish, 2005).

Figura 11. Mancha pool. Disponible en www.hemospat.com acceso 11/02/2015.

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Revista Skopein 2.1 Manchas de salpicaduras: Resultados de una gota de sangre que se disipa en el aire debido a una fuerza externa, se pueden formar, por ejemplo, por impacto o proyección (golpes o rotura de la arteria). A pesar de que se parecen a los puntos de satélite, no se clasifican en esta categoría (James & Kish). 2.2 Patrón de impacto: Como su nombre indica, es formado por el impacto de un objeto determinado con una fuerza particular. James y Kish (2005) dicen que este patrón se forma cuando un objeto llega a la sangre líquida, dando lugar a salpicaduras. (Ver fig Nº 13). 2.3 Patrón de sangre arterial: surge como resultado de la proyección de la sangre por la presión arterial. Su particularidad es la

ondulación formada por la pulsación. Otra característica importante que debe tenerse en cuenta es la cantidad de sangre encontrada, por lo general grande. En la investigación, se debe tener en cuenta el informe de la autopsia, que confirmará o no si una arteria fue cortada, debido a que otros mecanismos pueden generar patrones similares (James & Kish, 2005). (Ver fig Nº 14).

3. Manchas modificadas: Sus características indican cambios físicos o fisiológicos (James & Kish, 2005). 3.1 Patrón de limpieza: resultado del movimiento de un objeto en particular en una mancha húmeda (James & Kish, 2005). (Ver fig. Nº 15). 3.2 Mancha de coágulo: el coágulo puede proporcionar información tal como el tiempo transcurrido desde el hecho hasta el momento de la observación por el perito. Sin embargo, se debe tener en cuenta que esta información fisiológica difiere de un individuo a otro (James & Kish, 2005). Por lo general hay tres etapas de la coagulación: coágulo inicial (se produce entre 3 y 90 segundos después del accidente cerebrovascular), propiedad del coágulo (entre 5 y 20 minutos)

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Izquierda arriba: fig. 12. Mancha de salpicadura (Nogueira, 2013). Izquierda abajo: fig. 13. Patrón de impacto (Nóbrega & Doria, 2006). Derecha: fig. 14. Patrón de sangre arterial. Disponible en: http://shs.westport.k12.ct.us/forensics/08-blood/blood_images / BPATut28.jpg. acceso 02/11/2015.

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Izquierda: Figura 15. Patrón de limpieza (Nogueira, 2013). Derecha: Figura 16. Mancha de coágulo (círculos amarillos)

y la retracción del coágulo (entre 30 y 90 minutos). (Ver fig Nº 16). 3.3 Mancha de insecto: formado por la actividad de los insectos en la escena del crimen, como moscas, que se sienten atraídas por la sangre. Estas manchas se asemejan a las de impacto, por lo tanto, los expertos deben ser conscientes de la presencia de insectos en la escena del crimen (James & Kish, 2005) (Ver fig Nº 17). 3.4 Vacío: no hay sangre en un cierto lugar que se supone que había. Son el resultado de la presencia de objetos en ese lugar en el momento del hecho y que posteriormente se retiraron o se movieron. Esta información puede proporcionar al perito el tipo de objeto que se ha movido, de

Figura 17. Mancha de insecto. Disponible en www.hemospat.com acceso en: 02/11/2015.

acuerdo con la geometría del espacio vacío, lo que sugiere un boceto, tales como zapatos, muebles, etc. (James & Eckert, 1999; James & Kish, 2005). (Ver fig Nº 18).

Conclusión La sangre es uno de los rastros biológicos que se encuentran más a menudo en la escena del crimen. Por lo tanto su estudio, llevado a cabo por peritos criminales debidamente calificados, es extremadamente importante, ya que puede resultar una valiosa información en una investigación criminal. Con características y propiedades particulares, la sangre se convierte en un solo elemento, que puede revelar, por ejemplo, los

Figura 18. Vacía o sombra (Bevel & Gardner, 2008).

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Revista Skopein datos genéticos de víctimas potenciales y / o de sospechosos (James & Kish, 2005). El hecho de que la sangre es un fluido único permite un estudio detallado de acuerdo con su forma y tamaño, ayudando a determinar los eventos de naturaleza física que se produjeron. También permite a los peritos e investigadores, junto con la genética forense y la autopsia forense, la reconstrucción de los hechos delictivos, tales como los movimientos que se produjeron entre la víctima y el agresor, el número de golpes concedidos y las supuestas armas utilizadas. El análisis del patrón de manchas de sangre permite entonces la reconstrucción con base científica de los acontecimientos durante y después del acto criminal, por lo que respecta a la determinación de los mecanismos que causaron estos patrones y un buen análisis de los rastros puede subvencionar importantes cuestiones para el esclarecimiento de las causas penales (Peschel et al, 2007).

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Para citar este articulo (APA): Sniegovski, M.; Bortolatto, J.; Formolo, F. (2016). Manchas de Sangre: El Análisis de su Patrón en la Escena del Crimen. Revista Skopein, XIV, 6-18. Disponible en www.skopein.org

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Las Jornadas Argentinas de Ciencias Forenses Aplicadas son un evento organizado por Revista Skopein, con el objetivo reunir en una actividad a profesionales relacionados con las ciencias criminalísticas y forenses, para que puedan exponer de manera directa sus ponencias temáticas, abordadas desde su experiencia y con fuerte enfoque en el paradigma actual de aplicación en Argentina.

debe llenar el formulario que se encuentra en la página oficial, junto con un resumen de la misma. Desde Revista Skopein, invitamos a todos los interesados a exponer sus investigaciones a que postulen las mismas. Y en nuestras próximas ediciones, les acercaremos más información de JACFA 2017.

La próxima edición de JACFA se realizará en el tercer trimestre de 2017 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (fecha y sede a confirmar). Las exposiciones en esta edición se realizarán por convocatoria de disertantes, la cual se encuentra abierta desde septiembre del corriente año, desde la página oficial del evento. Los requisitos para postular una disertación son: 1) que la temática de la ponencia esté vinculada a las ciencias forenses y relacionadas a la aplicación de la misma en Argentina; 2) que el tema de la ponencia sea original y específico; y 3) que la disertación no debe haber sido presentada con anterioridad.

www.skopein.org/jacfa

Para postular una ponencia, se

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Marta Beatriz

Maldonado Odontóloga. Facultad de Odontología de la Universidad de Buenos Aires. Postgrado en Criminología, Universidad de la Policía Federal Argentina. Especialista en Odontología Legal y Auditoria, Universidad Católica de Salta. Perito Odontóloga Forense de la Corte Suprema, Cuerpo Médico Forense y Morgue Judicial de la Justicia Nacional. Coordinadora del Departamento de Odontología Legal del Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional. Proyectista y Relatora de la Ley 26.812, Senado de la Nación. Integrante de la Comisión Permanente de la Valoración del Daño, capítulo Buco dentario, dependiente de la Academia Nacional de Medicina. Ex docente de la carrera de Especialidad de Odontología Legal y Forense de la Universidad del Salvador. Docente de la cátedra de Medicina Legal y Deontología Médica de la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires. Integrante Fundadora de la Asociación de Odontología Forense de Sudamérica (A.O.F.S), Ex-Vicepresidente. Miembro Honorario de la Sociedad Peruana de Medicina Legal. Miembro Activo de la Sociedad Peruana de Odontología Legal, Forense Criminalística. Vicepresidente de la Sociedad Argentina de Odontología Legal (S.A.D.O.L). Presidente de la Asociación Civil Argentina de Odontología Social Sanitaria Legal y Forense (A.C.A de O. SO. SA. LE. Y FO.) Miembro Activo de la International Asociation Legal Medicine (IALM), Grupo de trabajo de Investigación, Referente Oficial de Argentina, Centro y Sud América.

¿Cómo fueron sus comienzos en la odontología y cuándo surgió su interés en el ámbito forense? Bueno, yo terminé la secundaria y aunque siempre estaba enfocada en la medicina, me gustaba mucho el trabajo con las manos y el arte, con lo cual pensé que la odontología era ideal para mí. También creí que la odontología me daría más tiempo para pasarlo con mi familia, cosa que no es así, pero bueno (risas). Me recibí a los 21 años de odontóloga, tuve la suerte de hacer la carrera en cuatro años debido a un cambio en el plan de estudios y yo tenía más materias hechas de las que indicaba el mismo. Me apasioné con la odontología, por la atención al paciente, la parte clínica. Tuve tiempo de hacer muchas especialidades, recibiéndome en 1975. Desde el inicio tuve

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consultorio donde hacía odontología integral y cirugías. Desde el año 1993, existe el cargo de Perito Odontólogo Forense, que ocupa la Dra. Norma Susana Pozzo, cuando ella tomaba licencia no se cubrían las funciones, por lo tanto, cuando yo presente mi CV me invitaron a realizar una pasantía que se fue prolongando con el tiempo, cuando la titular tomaba licencia yo cubría el cargo como suplente, pero recién en el año 2009, después de muchas idas y vueltas, me contratan como Perito Odontólogo Forense. en el 2013 concurso para efectivizar el cargo. ¿Cómo fue su experiencia en la docencia? Jamás pensé que iba a ser docente, ni que me iba a gustar tanto. Siempre fui a la

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Accidente del vuelo 3142 de Lapa, Aeroparque Jorge Newbery el 31 de agosto de 1999 (Fuente: www.hoydia.com.ar)

facultad y hacía cursos, y el hecho de trabajar acá me permitía ganar mucha experiencia por los casos que iban surgiendo. Eso hizo que mis compañeros médicos me invitaran a sus cursos. Al principio me atemorizaba (risas), pero me tenía encantada poder enseñar mis experiencias, compartirlas. Tuve una experiencia muy grata, porque siempre tuve buenos receptores. ¿Qué consecuencias considera que podría provocar una mala praxis al momento de conseguir registros dentales en una investigación criminal? ¿Cuáles son los métodos de prevención de la odontología forense? El Odontólogo debe tomar conciencia de que los documentos que genera en el consultorio son importantísimos, y una obligación, no solamente moral, sino legal. Aún muchos odontólogos no confeccionan los odontogramas, que a nivel legal constituiría una mala praxis, porque es su arma de defensa, pero además, en el caso de una catástrofe, sería muy importante contar con todos los datos fidedignos de los pacientes que son víctimas de catástrofes, para poder arribar a su identificación. Debido a ese incumplimiento podría demandarse a un Odontólogo que no complete los registros en forma correcta. Por ejemplo, en el accidente de LAPA (agosto, 1999) se hicieron cotejos con las

fichas odontológicas enviadas por los odontólogos tratantes de las víctimas, las cuales estaban adulteradas por una cuestión de facturación de las Obras Sociales, provocando el cruce de identidades, con lo cual se terminó inhumando dos cadáveres en forma incorrecta. Al momento de hacer el cotejo por ADN, que en ese entonces demoraba veintidós días (hoy veinticuatro horas), nos dimos cuenta de que los cadáveres fueron erróneamente identificados en forma cruzada, y todo por un mal registro de un Odontólogo en el odontograma de su paciente. De allí la importancia de que los odontólogos generen los registros odontológicos en forma correcta, y eso está reglado por la Ley Nacional 26.812. En su opinión, de todos los casos que le ha tocado tratar, ¿En cuál considera que los conocimientos de esta disciplina fueron realmente importantes para el esclarecimiento de un hecho? Justamente, en las catástrofes masivas, como el caso AMIA (1994), donde la identificación odontológica fue del 47%, porque a pesar de los traumatismos, la carbonización y el desmembramiento, las piezas dentales, al ser el tejido más fuerte del organismo, resisten. Todos los trabajos odontológicos que pueda hacer el profesional, las ausencias dentarias, las prótesis dentarias, etc.,

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Revista Skopein generan características individualizantes que permiten una buena identificación. Todas las restauraciones que podamos tener, desde amalgamas hasta coronas de porcelana, los implantes, etc. nos dan características individualizantes. En el caso de la cámara pulpar, si se poseen radiografías pre-mórtem de la víctima y se las compara con radiografías post-mórtem, y al observar los diseños de las cámaras los mismos coinciden, también pueden individualizar. El trabajo del odontólogo forense ¿Se limita a la identificación de cadáveres? ¿En qué otro tipo de investigación de índole criminal puede requerirse la intervención de este especialista? Es una muy buena pregunta, ya que comúnmente la gente imagina que solamente identificamos cadáveres, pero no es así. Muchas veces investigamos lesiones dentarias producto de accidentes o traumatismos por golpes de puños, entre otros. También puede ser común hallar piezas dentarias en el lugar del hecho que no le pertenecen al cadáver, por lo que se debe identificar a su dueño, que puede ser el victimario. Así mismo intervenimos cuando se requiere determinar la edad de menores indocumentados en situación de calle, de delincuencia, de drogadicción, etc. En casos de violación o peleas se estudian las marcas de mordeduras en las personas para tratar de

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arribar a la identificación del agresor. Es bastante completa y compleja la tarea del Odontólogo Forense. ¿Por qué considera que fue importante crear una ley que modifique a la Ley 26.529? ¿Qué la impulsó a la creación de la Ley 26.812? ¿Qué objetivos persigue esta Ley? El hecho de estar de este lado de la odontología, y no en el consultorio, me hizo ver que cada Prepaga u Obra Social, tiene un sistema de registro diferente a favor de su sistema administrativo, por lo que los odontólogos las completan de diferente manera, favoreciendo la contabilidad de las mismas. En las catástrofes en masa hay mucha dispersión de registros. Una tiene el conocimiento de todos los registros por los años dedicados a la práctica clínica, pero cuando hay víctimas internacionales, en el resto del mundo se emplean sistemas universales. En LAPA, el error estuvo provocado por un mal registro. Como los argentinos somos hijos del rigor, necesitamos leyes y normas, por lo que una vez finalizado el proceso aclaratorio de lo ocurrido, que es casi al mismo tiempo que surge la Ley de Derechos del Paciente, pensé que era el momento de un proyecto con características

Marta B. Maldonado en oficinas del Cuerpo Médico Forense

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La Justicia en Manos de la Ciencia que rijan a los Odontólogos, dado que la Ley 17.132 del Régimen Legal del Ejercicio de la Medicina, Odontología y Actividades Auxiliares de las Mismas, que nos rige, no normatiza la historia clínica. Por ello presenté el proyecto, pensando en la identificación forense, pero también en el sistema de salud del país, porque estos registros normatizados permiten realizar un estudio científico del porcentaje de caries, enfermedades y toda patología dentaria. Ese proyecto se convirtió en la Ley 26.812.

las radiografías de cráneo de perfil, por las cervicales, son útiles porque permiten observar los arcos maxilares y las piezas dentarias, con lo cual se puede llegar a ver el material pre-mórtem para comparar. Todos estos datos se compilan y se comienza a cotejar uno a uno en forma manual, porque aunque existen softwares, no son accesibles dado que son de uso institucional, como del FBI o INTERPOL, y no se comparten. De todas formas, debería verificarse manualmente para evitar errores.

A nivel internacional también hay un proyecto, mucho más ambicioso, que tiene como objetivo tener a todos los seres humanos registrados online con características individualizantes mediante un sistema en el que nos encontramos trabajando odontólogos de todo el mundo.

Skopein tuvo el agrado de asistir al 4° Congreso Interdisciplinario sobre la Inclusión del Odontólogo Legista en las Ciencias Forenses. Como una de las organizadoras, ¿Qué comentarios recibió al respecto? ¿Se repetirá nuevamente?

Hace unos meses se escuchaban las noticias sobre el huracán Matthew que afectó a Haití y a EEUU. En estos casos, ¿Qué reglas sigue la odontología en cuanto a la organización de los equipos de trabajo y a la preservación en condiciones extremas? Generalmente en este tipo de eventos, con tantas víctimas, no existe por ejemplo en Haití un grupo de quince Odontólogos que realicen el trabajo, por lo que la Cruz Roja Internacional es quien organiza y convoca. Así, el Odontólogo Forense es parte de ese equipo de identificación. A mí me convocaron por un incendio en una cárcel de Guatemala en donde fallecieron más de quinientas personas, dado que hay una asociación de Odontólogos en Latinoamérica de la cual soy Vicepresidenta. En el equipo también hay médicos, especialistas en genética, etc. Una vez que van trayendo los cadáveres a la morgue, aunque sea de campaña debido a la falta de espacio físico o que ediliciamente ya no exista, o no sea apropiada, el odontólogo hace sus autopsias bucales. Cuando termina, se trata de compilar material pre-mórtem, que a veces no existe, pero los familiares pueden aportar radiografías, fotografías, prótesis, etc. Incluso

Este Congreso es organizado por la Asociación Civil Argentina de Odontología Social Sanitaria Legal y Forense y se realiza cada dos años. A mí me interesa mucho poder divulgar todos estos temas porque los Odontólogos al recibirse, salen de la facultad con todos los conocimientos para hacer rehabilitación oral, que es importantísima para la salud, pero también es importante que conozcan sobre Odontología Legal. Los comentarios que recibimos fueron muy positivos, y de hecho, este año tuvimos la mayor concurrencia. En los congresos internacionales el espacio que se le da a la Odontología Forense es muy breve porque se suele dar más importancia a otras especialidades de la Odontología, pero de la Odontología Forense hay muy poca información. De hecho, se cree que solamente el Odontólogo Forense del Cuerpo Médico Forense es quien puede realizar este trabajo, y sin embargo, es una oportunidad para que cada Odontólogo pueda hacer pericias de oficio o ser perito en fuerzas de seguridad como Gendarmería, el Ejército, Policía Científica, etc. En este caso, en este Congreso asistió mucha gente del Interior del país, en donde no hay cargos de Peritos Odontólogos Forenses, y es necesario. Por eso tengo un nuevo proyecto de ley sobre la necesidad de

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Revista Skopein la creación de cargos de Odontólogos Forenses en los Cuerpos Médicos Forenses de las Justicias Provinciales. Todos los disertantes son personas que ejercen con los temas que expusieron, por lo que también se compartieron experiencias, que es lo que interesa al público. También estuvieron representadas la entomología y la medicina forense, por lo que gustó mucho. ¿Puede contarnos más sobre el nuevo proyecto de Ley? Bueno, a mí me da la sensación de que estoy muy sola en el cargo, que es muy importante para el Cuerpo Médico Forense y para la Justicia Nacional. Cuando voy al Interior del país a dar cursos o capacitaciones, me doy cuenta de que hay muchos odontólogos con estos intereses, pero los Cuerpos Médicos Forenses de las provincias no cuentan con un Odontólogo Forense. Cuando se encuentran restos esqueléticos o dentarios, no existe un profesional oficialmente nombrado. Por eso creé este proyecto de ley, para mostrarle a los legisladores que esos cargos deben existir y ser cubiertos, porque el Odontólogo Forense es muy importante en los equipos de identificación y de trabajo, conjuntamente con el Médico Legista. En casos de catástrofes en masa, como en el caso de La Rioja donde dos helicópteros tuvieron un accidente, falleciendo ciudadanos franceses, tuvo que viajar desde la Ciudad Autónoma de Buenos Aires un profesional de Gendarmería para trabajar en el caso porque allí no tienen personal Odontológico en su equipo. Por otra parte, una sola persona no puede hacer todo el trabajo. Tenemos un trabajo de horas fijas, pero cuando ocurre

una catástrofe, olvidate de tu familia. Con el caso LAPA, estuve internada en la morgue por cuatro días y medio, sin salir. El equipo médico iba rotando, se iba a su casa y volvía, pero las Odontólogas éramos solamente dos. La otra profesional era una mujer mayor, por lo que en un momento tuvo que retirarse, y quedé sola. Había ochenta y cuatro cadáveres, con alto grado de carbonización, lo que suponía mucho tiempo, a lo que después le siguió la comparación de los datos recabados, en donde cada historia clínica tenía un sistema de notación diferente, que por suerte al hacer Odontología Clínica tantos años pude comprender, pero sino no lo conocés. Es demasiado trabajo para una sola persona. Esta especialidad de Odontología Forense necesita mínimamente de dos cargos de Peritos Odontólogos, y con cada uno un auxiliar, y además, personal administrativo y un mecánico dental, es primordial. En este momento tenemos dos Odontólogas auxiliares, pero soy una sola Perito, y ellas no pueden firmar, y al no haber personal administrativo, tienen que hacerlo ellas, y todo esto porque se considera que la Odontología no es indispensable como la Medicina. Cuando tuve que ir a hacer una capacitación para odontólogos en Bolivia, enviada por Cancillería porque no tenían Odontólogos Forenses, por una semana acá, en la Argentina, no hubo ni una Perito Odontóloga Forense. Cuando me llamaron por el incendio en la cárcel de Guatemala, no pude ir porque significaría que acá no habría ni una Perito Odontóloga Forense por quince días aproximadamente. Conseguí firmar un Tratado a nivel de América Latina con la Cruz Roja Internacional para este tipo de eventos, para formar equipos, y resulta que quien consiguió el Tratado no pudo viajar porque está sola en su país. ¡Muchas gracias Marta!

Para citar este articulo (APA): R. Skopein (2016). Entrevista a Marta Beatriz Maldonado. Revista Skopein, XIV, 20-24. Disponible en www.skopein.org

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Delitos, Internet y Redes Sociales:

Perfiles Criminales en el Ámbito de la Cibercriminalidad Social Adrián Giménez Pérez* agimenezpe@movistar.es

Introducción Las nuevas oportunidades delictivas que ofrece internet en connivencia con la proliferación de las nuevas tecnologías como teléfonos móviles, tabletas, ordenadores, etc., a mi juicio merecen un estudio y análisis criminológico en lo atinente al perfil criminal de sus autores. Concretamente, dentro del campo de la ciberdelincuencia o cibercriminalidad social, el trabajo se centra en las tipologías delictivas de online grooming, sexting, sextorsion, cyberbullying y ciberviolencia de pareja (cyberstalking), así como en el perfil del victimario que comete los hechos delictivos reseñados, victimología, casuística y sentencias de interés criminológico, medidas preventivas, detección e investigación, análisis forense y peritación, en su caso.

clave

Marco Teórico: Conceptos básicos

En primer lugar, analizaremos los conceptos básicos clave de cibercrimen, Teoría de las actividades cotidianas, perfil criminal, matonismo y víctima, respectivamente. Concepto de cibercrimen

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En este sentido, comenzaremos con la definición de cibercrimen que para Fernando Miró (2011) es un concepto que “sirve para englobar la delincuencia relacionada con el uso de las Tecnologías de la información y la comunicación (en adelante, TIC)” (p.2). Sin embargo, el término cibercrimen para Guilabert (2015) se puede abordar desde dos perspectivas o vertientes conceptuales, una amplia y otra restringida, así: Desde una concepción amplia, podremos incluir cualquier comportamiento delictivo realizado en el ciberespacio, dando cabida tanto a conductas cuyo contenido ilícito es nuevo y se relaciona directamente con los nuevos intereses o bienes esenciales existentes en el ciberespacio, como a comportamientos tradicionalmente ilícitos en los que únicamente cambia que ahora se llevan a cabo por medio de las TIC. Si al contrario utilizamos el concepto restringido, estaremos ante un cibercrimen únicamente cuando se trata de un comportamiento delictivo realizado en el ciberespacio, cuya esencia de injusto no podría haberse dado de ninguna otra manera fuera de él (…) No obstante, el uso de las TIC será un elemento esencial para la consideración de cibercrimen y no bastará con su mero uso. En otras palabras, no

* Graduado en Criminología por la Universidad de Salamanca y la Universidad de Valladolid. Policía Local del Ayuntamiento de Vinaròs (Castellón) – Comunidad Valenciana (España)- Antigüedad 07/08/1999. Máster Oficial en Análisis y Prevención del Crimen por la Universidad Miguel Hernández de Elche (Alicante). Doctorando en Criminología por la Universidad de Murcia

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La Justicia en Manos de la Ciencia estaremos ante un cibercrimen si, por ejemplo, se envía una carta que ha sido impresa utilizando una terminal informática e incluyendo contenidos copiados de recursos de Internet, pero sí cuando se amenaza a otro por medio del correo electrónico o cuando el engaño constitutivo de la estafa se lleva a cabo utilizando este medio (pp.6-7).

Concepto de Teoría de las Actividades Cotidianas En lo atinente al concepto de la Teoría de las Actividades Cotidianas, según Cohen & Felson (1979) “el enunciado esencial de la teoría sería que el crimen se produce durante los actos cotidianos del día a día, cuando se unen en el espacio y el tiempo un objetivo adecuado, un delincuente motivado y sin un guardián capaz de darle protección al primero” (citado por Miró, 2011:15). En este sentido, en el ámbito del cibercrimen o cibercriminalidad, “es evidente entonces que los especiales caracteres del ciberespacio en los que se ven modificados los parámetros espacio-temporales, pueden incidir en una modificación de las condiciones del delito” (Miró, 2011:5). Así las cosas, “las TIC actúan en la actualidad como un multiplicador de fuerza que hace que personas con mínimos recursos puedan generar grandes daños para múltiples personas y bienes en el ciberespacio” (Miró, 2011:21). En el espacio virtual o ciberespacio, el contacto entre personas es distinto: no es la persona física la que comunica directamente, en un contexto espacio temporal determinado, con otra persona, sino una representación de la misma, en lo más esencial por ella definida, la que contacta en ese ámbito comunicativo que es Internet (…) Los usuarios del ciberespacio pueden, por tanto, eliminar del ámbito de ataque aquellos bienes que no incorporen al ciberespacio. Apoyándonos en uno de los elementos del

acrónimo CRAVED (Concealable, Removable, Available, Valuable, Enjoyable and Disposable), podríamos decir que, si una víctima no introduce un bien en el ciberespacio, el mismo no estará disponible (not Available) y no podrá ser objeto del ataque. El crimen, por tanto, en cuanto al objetivo concreto sobre el que se dirige, puede ser evitado por la propia víctima en el ciberespacio desde el momento que no es situado el mismo en el espacio virtual. Independientemente de su valor, si la víctima no se incorpora al ciberespacio, el objetivo no existe y, por el contrario, la introducción de elementos en Internet conlleva inmediatamente el riesgo de que puedan ser victimizados. En este sentido, por ejemplo, podríamos citar los estudios empíricos que demuestran la relación entre la entrega de información personal on line y la victimización por los delitos más relacionados con los jóvenes como víctimas como el cyberbullying y el ciberacoso sexual a menores (Miró, 2011:27-29).

Concepto de Perfil criminal En este orden de cosas, con relación a la comisión de un ilícito o ilícitos penales dentro del ámbito de la cibercriminalidad social como tema que nos ocupa, es necesario abordar y conocer el término de perfil criminal o criminológico. Vicente Garrido (2012) define el perfil criminal como: “Disciplina de la ciencia forense que se ocupa de analizar las huellas del comportamiento en una escena del crimen con objeto de proveer información útil a la policía para la captura de un delincuente desconocido” (p.20). Si analizamos la definición referenciada, observamos un concepto importante a tener en cuenta, “escena del crimen”, que para la casuística que nos ocupa, sería el espacio virtual o ciberespacio, es decir, Internet. En la escena del crimen, hemos de observar tanto el modus operandi (en adelante, MO) como la firma del

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Revista Skopein delincuente. Para Vicente Garrido (2012), una definición genérica del MO es: Señalar que la manera de comportarse de un criminal lo constituyen sus elecciones y conductas por las que pretende consumar un delito. El modus operandi se refiere al cómo del delito. Esto es diferente del porqué del delito o motivación del delincuente, lo que se conoce como firma del delincuente (p.21). En este sentido, el MO del ciberagresor o victimario, con o sin implicación de otras personas en connivencia, mediante otras TIC, sería insultar, coaccionar, amenazar, acosar o extorsionar, en su caso, a una víctima, mayor o menor de edad, en su caso, mediante un teléfono móvil, ordenador, tablet, etc. (el cómo del delito). Por lo que respecta a la firma podrían ser varios, desde el “ánimo de lucro” en el caso de que la víctima sufra una extorsión, hasta “obtener imágenes sexuales o pornográficas”, “consumar un abuso físico” o incluso “obtener una gratificación social y/o individual”.

Concepto de Matonismo Por otra parte, en lo que respecta al término matonismo (en inglés bullying), Olweus (1999), lo define como “un acto o comportamiento agresivo e intencionado, llevado a cabo de manera repetida y constante a lo largo del tiempo por parte de un grupo o de un individuo contra una víctima que no puede defenderse fácilmente” (citado por Smith & College, 2006:1). No obstante, cabe destacar que para Javier García (1997), la conducta del matonismo: Es una agresión que se caracteriza por el repetido acoso físico, verbal y psicológico, sin mediar provocación, que un/os sujeto/s (matones) ejercen sobre

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otro/s (chivos expiatorios, cabezas de turco o víctimas) con el propósito de establecer una relación de dominancia que les reporte una gratificación social y/o individual. Este tipo de agresión suele tener lugar con considerable frecuencia en las interacciones que desarrollan los alumnos en la escuela. El matonismo muestra una dinámica compleja en la que intervienen aspectos educativos, sociales y cognitivos (p.51). Así las cosas, Smith & College (2006) distinguen varios tipos de acoso o matonismo y/o agresión, en su caso, destacando que: (...) Las categorías más comunes son la física, la verbal y la indirecta o relacional. Las agresiones físicas incluyen golpes, patadas, puñetazos, robo o rotura de objetos pertenecientes a la víctima. La verbal incluye burlas, provocaciones y amenazas. Todas las que se han mencionado constituyen habitualmente tipos de agresión cara a cara. Durante los años noventa del siglo pasado, el concepto se ha ampliado para incluir la agresión indirecta (a través de un tercer protagonista) y la agresión relacional (dirigida a dañar las relaciones de alguien con sus compañeros). En los últimos años ha surgido una nueva forma de agresión, a menudo denominada “ciberacoso”, en donde la agresión se produce a través de medios informáticos, y más específicamente a través de teléfonos móviles y de internet (p.1).

Concepto de Víctima Por último, abordaremos el concepto de víctima que, etimológicamente: Proviene del latín victima, que designa a la persona o animal sacrificado o que se destina al sacrificio, frente a victimario o victimizador, de victimarius, que alude al sirviente de los antiguos sacerdotes gentiles, que encendía el fuego, ataba a las víctimas al ara y las sujetaba en el acto del sacrificio.

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La Justicia en Manos de la Ciencia Indudablemente, el concepto víctima ha evolucionado en función del lugar y la época hasta recogerse en la actualidad en nuestro diccionario como la persona que padece un daño por culpa propia, ajena o por causa fortuita (…) En este sentido, Bedú (1975) considera que una persona es víctima cuando cualquiera de sus derechos han sido violados por actos deliberados o maliciosos (…) Newman (1984) postula que la víctima es el ser humano que padece daño en los bienes jurídicamente protegidos, por la acción de otros e incluso por accidentes debidos a factores humanos, mecánicos o naturales (…) En otra dirección, Burt (1983) propone un concepto de víctima como un proceso dividido en cuatro etapas, cada una de las cuales define un modo de ser víctima (…).

Cibercrímenes Sociales: Tipologías delictivas Actualmente, las TIC aportan a la sociedad numerosos beneficios, pero también grandes perjuicios. En este sentido, Spitzer (2013) defiende que: Gracias a los últimos avances científicos podemos mostrar a gran escala las repercusiones neuronales de los procesos de aprendizaje, lo que nos permite comprender mejor dentro del marco de la biología evolutiva y de la neurobiología las repercusiones negativas de los medios digitales en procesos intelectuales y anímicos. Esto se demuestra cada día como más necesario pues al navegar por internet nos exponemos a numerosos peligros (ciberbullying, grooming, sexting, sextorsión, etc.), inmersos en una sociedad donde nosotros somos el producto. Los peligros que antaño sólo acechaban a los adolescentes en la calle, a la salida del colegio o del instituto; hoy merodean casi impunemente en la red e, incluso, en el propio hogar (…) (citado por Herrero, 2015:77). Así las cosas, para Guilabert (2015) hay personas que utilizan Internet y los están haciendo servir para la comisión de actos

delictivos tales como: La comisión de calumnias, injurias y amenazas ejecutadas por medio de emails o por su publicación en páginas web. También la violación de la intimidad personal, y no sólo como parte del cibercrimen económico como medio para la consecución del futuro fraude, sino con el mero fin de desvelar secretos personales y dañar la intimidad de la víctima. Incluso la libre formación de la sexualidad de los menores también podía ser atacada, no sólo por medio de la pornografía infantil que generalmente sólo utiliza el ciberespacio para transmitir los contenidos grabados previamente en el espacio físico, sino por parte de abusadores sexuales que utilizan las salas de chat o las redes sociales para realizar proposiciones sexuales a menores que luego tratan de convertir en realidad mediante un contacto con sus víctimas (…) Todas las formas de acoso de una persona o grupo de personas a otra, se están comenzando a dar también en el ciberespacio, con el simple uso del correo electrónico o de otras formas de comunicación que sirvan para enviar mensajes ofensivos contra la víctima o de forma algo más elaborada por medio de las redes sociales que permiten tanto la exclusión de una persona por parte de un grupo como la creación de perfiles falsos y la difusión de imágenes, vídeos y textos relativos a la víctima con el ánimo de ofenderla y dañar su imagen o su dignidad (p.54). En este orden de cosas, Lameiro y Sánchez (1998), destacan que el rasgo distintivo de Internet es: “brindar a los usuarios un mundo sin fronteras, donde pueden establecerse múltiples relaciones con otras personas” (citado por Chacón, 2003:2). Las relaciones reseñadas, caracterizan por los siguientes rasgos:

se

• No estar mediatizados por condicionamientos de tipo social o físico. •

Un

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cierto

anonimato

que

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Revista Skopein permite expresar aspectos de la personalidad que en las condiciones de la relación cara a cara, tenía reprimidos.

• Posibilidad de pertenecer a una comunidad virtual de ámbito mundial que comparta temas de interés común, y en la que se generan vínculos afectivos entre sus miembros (citado por Chacón, 2003:2-3).

deseadas e intrusivas amenazas, acosos o difamaciones a través de comunicaciones en espacios virtuales que causan miedo y amenazan la seguridad de las víctimas (D’Ovidio y Doyle, 2003; Fisher, 2000; Westrup, 1998). Además, estas formas de agresión conllevan el agravio de apartar estas acciones de la vida privada y trasladarlas al ámbito público (Hand et al., 2009; Gani, 2002; Ogilvie, 2000a y 2000b; Sullivan, 2002) (…). Sin embargo, el acoso puede ir más allá: el hecho de controlar la comunicación privada por correo electrónico, redes sociales o mensajería instantánea; dificultar la comunicación de la víctima con otras personas enviando virus o inundando su correo de emails; suplantar la identidad para enviar falsos mensajes (…) (citado por Donoso-Vázquez, Hurtado y Baños, 2016:8).

En este sentido, para Antonio Chacón Medina (2003), en lo que respecta a Internet:

En otras palabras, el cyberstalking se puede considerar como:

(…) han logrado integrarse más elementos que en cualquier otro medio de comunicación anterior, así, en Internet encontramos radio, TV, prensa, cine, libro, teléfono, correo, lugar de encuentro,…, compra, venta, intercambio… donde los miembros de una comunidad virtual interactúan a escala mundial; y esto sin dependencia de tiempo ni de espacio (p.3).

Una conducta repetitiva de acercamiento, acoso y/o amenazas a otra persona, usando alguna de las herramientas de Internet (E-mail, listas, salas de charla, tableros electrónicos, mensajes instantáneos…) u otra vía o instrumento electrónico de comunicación.

• El carácter diferido de las comunicaciones a través del correo electrónico permite una reflexividad mayor que en la otra forma de comunicación. • Posibilidad de relacionarse fácilmente con cualquier persona, aunque no se conozca previamente.

1. La primera de ellas se centra en el acoso y amenazas a través de la red, pero sólo cuando estás conectado.

Cyberstalking Actualmente, en nuestra sociedad existen diversas formas de acoso como entre otras, las que se producen en la red o Internet. Así las cosas, el concepto de cyberstalking o también llamado ciberacoso, violencia de género 2.0 y/o ciberacercamiento, en su caso, podemos definirlo como: Un tipo de acoso perpetrado a través de la red en el que no debe establecerse el contacto directo del agresor con la víctima. Se conoce este concepto como un comportamiento que supone repetidas, no

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Se habla de dos clases diferentes de acoso cibernético:

2. En la segunda de las modalidades, el acoso y amenazas que se da a través de la red, se traslada a la vida real de la persona, es decir se da tanto en la modalidad virtual como en la real. Si bien cualquiera de los dos tipos es igual de intimidatorio para la persona que lo sufre (…) (Chacón, 2003:4). Por otra parte, comparativamente, desde una perspectiva jurídica el vigente Código Penal, contempla en su artículo 172

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La Justicia en Manos de la Ciencia ter, el delito de acoso concretamente, castiga a:

o

stalking,

Heras (2014), el concepto de grooming consiste en:

El que acose a una persona llevando a cabo de forma insistente y reiterada, y sin estar legítimamente autorizado, alguna de las conductas siguientes y, de este modo, altere gravemente el desarrollo de su vida cotidiana:

La realización de proposiciones a un menor con el fin de abusar de él y obtener una gratificación sexual. Al hablar de grooming, hablamos de otros términos asociados, más o menos con significados similares, como son online grooming o childgrooming (p.5).

-La vigile, la persiga o busque su cercanía física. -Establezca o intente establecer contacto con ella a través de cualquier medio de comunicación, o por medio de terceras personas. -Mediante el uso indebido de sus datos personales, adquiera productos o mercancías, o contrate servicios, o haga que terceras personas se pongan en contacto con ella. -Atente contra su libertad o contra su patrimonio, o contra la libertad o patrimonio de otra persona próxima a ella (...) (IVASPE, 2015:85-86).

Online grooming El término anglosajón grooming, según Herrero (2015), puede ser definido como: El conjunto de acciones, con un objetivo marcadamente sexual, que lleva a cabo un adulto sobre un menor. El objetivo del agresor puede ser desde obtener imágenes del menor en situaciones sexuales o pornográficas, hasta establecer contacto presencial para consumar un abuso físico. En algunos casos, el fin último del depredador puede ser la introducción del menor en el mundo de la prostitución infantil o la producción de material pornográfico (p.88) Sin embargo, para Susana de las

En este sentido, Ramos Vásquez (2011) matiza y diferencia los conceptos grooming y online grooming o childgrooming, en su caso. De manera que el primero (grooming): Describiría un proceso gradual mediante el que una persona establece una relación de confianza con menores, relación enmascarada como de amistad, en la que abundan los regalos y las muestras de atención y afecto y que, gradualmente, deriva en un contenido sexual en un modo que resulta natural y no intimidatorio para el propio menor (citado por de las Heras, 2014a:5). Y el segundo término (online grooming o childgrooming) lo define como “las conductas que lleva a cabo el potencial abusador/agresor sexual de menores a fin de contactar y ganarse la confianza de éstos, ya sea personalmente o a través de internet” (citado por de las Heras, 2014b:5). En este orden de cosas, Herrero (2015) destaca que los expertos en la materia establecen tres fases: a) Inicio de la fase de amistad. Toma de contacto con el menor de edad para conocer sus preferencias, y crear así una relación de amistad, con la intención de obtener la confianza de la futura víctima. b)

Inicio de la fase de relación. Incluye con frecuencia confesiones personales e íntimas entre el menor y el acosador. De esta forma, se consolida la

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Revista Skopein confianza y se obtiene más información personal del menor. c) Componente sexual. Descripción de términos específicamente sexuales y petición a los menores de su participación en actos de naturaleza sexual, grabación de imágenes o toma de fotografías (p.89).

No obstante, a juicio de Martínez (2011) el depredador informático más peligroso es: Aquel que se hace pasar por un adolescente y, bien a través de chats, foros o redes sociales, consigue contactar con una posible víctima introduciendo un virus troyano en su ordenador para apoderarse de la información que este contiene. En otras ocasiones se gana poco a poco la confianza de la víctima para obtener sus contraseñas o intercambiar imágenes eróticas. El depredador sexual puede actuar sólo o en redes organizadas de pederastas. Y en el peor de los casos: Si el acosador consigue encontrar fotos eróticas comienza el chantaje hasta que la fuerza, bajo la amenaza de difundir sus fotos en la red, a que se haga fotografías desnuda para él, o que desvista o que se masturbe delante de la webcam. En el peor de los casos, el chantaje llega hasta la violación (citado por Herrero, 2015:89). Jurídicamente, nuestro Código Penal también conocido como Constitución negativa, contempla el delito de grooming, concretamente en su artículo 183 bis, y lo comete el que “con fines sexuales, determine a un menor de dieciséis años a participar en un comportamiento de naturaleza sexual, o le haga presenciar actos de carácter sexual, aunque el autor no participe en ellos” (IVASPE, 2015a:93). En el supuesto de que se le hubiera hecho presenciar abusos sexuales, aunque el autor no hubiera participado en ellos, constituiría una circunstancia agravante (IVASPE, 2015b:93).

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Sexting Para Stasko y Geller (2015), el sexting consiste en “el envío, recepción o reenvío de mensajes, imágenes o fotos sexualmente explícitos a través de medios electrónicos, en particular entre los teléfonos celulares” (citado por Herrero, 2015:85). En este sentido, debemos destacar que son varios los factores que definen el sexting, siendo, en síntesis, los siguientes: a) Los archivos pueden ser tres tipos: de producción propia, de producción ajena, pero con consentimiento del protagonista, y robados. b) El contenido tiene una evidente carga sexual. c) Se identifica a la víctima del abuso. d) La edad del protagonista del archivo. Son varios los aspectos que pueden empeorar las consecuencias derivadas de la práctica del sexting entre menores, según expertos entre los que destacan Fajardo, Gordillo y Regalado (2013, p. 523-4) los más destacables son: 1. Inconsciencia de riesgo potencial: “Ellos no sienten el peligro de las nuevas tecnologías porque nacieron con ellas y se imitan a través de éstas” En este sentido, la culpa no radica en los recursos que ofrece Internet, sino la propia percepción de los adolescentes, los cuales: “no perciben la diferencia entre lo que es público y lo que es privado”. (De Domini, 2009; citado por Menjívar, 2010). 2. Brecha generacional: hace alusión a la falta de comprensión de la generación de migrantes tecnológicos de los usos y nuevos códigos de socialización y vivencia de la

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La Justicia en Manos de la Ciencia sexualidad de los (Menjívar, 2010).

nativos

tecnológicos

3. Sexualidad precoz de la infancia: este concepto se refiere a la tendencia que se está dando en los últimos años de adelantar la adolescencia a edades cada vez más tempranas, manifestándose sobre todo en las niñas e implicando el desarrollo de las características propias de la edad, entre ellas la definición sexual (Pérez et al., 2011). 4. Inmediatez de las comunicaciones: el acceso a las nuevas tecnologías brinda cada día una mayor disponibilidad, facilidad, portabilidad y economía, lo que implica que los impulsos pueden hacerse realidad sin posibilidad de vuelta atrás (…). (…) Pero el sexting no es solo una moda adolescente, según informaciones aparecidas en prensa un gran número de adultos comparte “detalles privados de sus vidas, incluyendo algunos de naturaleza íntima desde dispositivos electrónicos muy inseguros”. Según la encuesta anual “Relaciones y tecnología” realizada por la firma de seguridad McAfee, un 50% de los mayores de 18 años utiliza su móvil para enviar o recibir mensajes, fotos o vídeos de contenido sexual a alguno de sus contactos, y muchos de ellos almacenan en su teléfono esos contenidos que han enviado o recibido y que consideran “de riesgo”. Ahora bien, si estudiamos el sexting por franjas de edad, el porcentaje aumenta hasta el 70% entre los 18 y los 24 años. Respecto a las diferencias por sexo, ellos practican más sexting que ellas: un 61% de los encuestados reconocía intercambiar este tipo de mensajes, frente a un 48% de las encuestadas. Según el estudio de McAfee, casi todos (96% de los encuestados) confiamos en nuestra pareja lo suficiente para enviarle mensajes íntimos y fotografías de contenido sexual mientras la relación perdura, pero después solo un tercio ha pedido a una expareja que los borre o devuelva (Benavente, 2014), (citado por Herrero, 2015:85-87). Para Guilabert (2015), el sexting constituye una práctica que:

Legalmente está en un limbo jurídico, pues es el menor el que autoriza la realización de su propia foto, y sólo hay actuar ilegal cuando se difunde a terceros, pero no mientras la persona a la que se la ha enviado dispone de ella, aunque el menor solicite entonces que se la devuelva (Guilabert, 2015:61). A contrario sensu, discrepo con Guilabert (2015) sobre la figura del sexting, puesto que existen diversos tipos penales que afectan a la esfera de dicha práctica, así como al delito del grooming, anteriormente expuesto, concretamente, son los preceptos 183 bis y 189 del vigente Código Penal. En lo que respecta a éste último, lo comete: a) El que captare o utilizare a menores de edad o a personas con discapacidad necesitadas de especial protección con fines o en espectáculos exhibicionistas o pornográficos, tanto públicos como privados, o para elaborar cualquier clase de material pornográfico, cualquiera que sea su soporte, o financiare cualquiera de estas actividades o se lucrare con ellas. b) El que produjere, vendiere, distribuyere, exhibiere, ofreciere o facilitare la producción, venta, difusión o exhibición por cualquier medio de pornografía infantil o en cuya elaboración hayan sido utilizadas personas con discapacidad necesitadas de especial protección, o lo poseyere para estos fines, aunque el material tuviere su origen en el extranjero o fuere desconocido (…). c) El que asistiere a sabiendas a espectáculos exhibicionistas o pornográficos en los que participen menores de edad o personas con discapacidad necesitadas de especial protección (…). d) El que para su propio uso adquiera o posea pornografía infantil o en cuya elaboración se hubieran utilizado personas con discapacidad necesitadas de especial protección, (…). d) El que tuviere bajo su potestad, tutela, guarda o acogimiento a un menor de

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Revista Skopein edad o una persona con discapacidad necesitada de especial protección y que, con conocimiento de su estado de prostitución o corrupción, no haga lo posible para impedir su continuación en tal estado, o no acuda a la autoridad competente para el mismo fin si carece de medios para la custodia del menor o persona con discapacidad necesitada de especial protección, (…) (IVASPE, 2015:96-98). Asimismo, tampoco podemos olvidar en el ámbito penal del sexting, al artículo 197.7 del Código Penal que castiga a el que: Sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de aquélla que hubiera obtenido con su anuencia en un domicilio o en cualquier otro lugar fuera del alcance de la mirada de terceros, cuando la divulgación menoscabe gravemente la intimidad personal de esa persona. La pena se impondrá en su mitad superior cuando los hechos hubieran sido cometidos por el cónyuge o por persona que esté o haya estado unida a él por análoga relación de afectividad, aun sin convivencia, la víctima fuera menor de edad o una persona con discapacidad necesitada de especial protección, o los hechos se hubieran cometido con una finalidad lucrativa (IVASPE, 2015:102).

Sextorsion Criado (2012) define sextorsion como “forma de chantaje, bajo la amenaza de publicar o enviar imágenes, a través de Internet, en el que la víctima muestra actitud erótica, pornográfica o aparece manteniendo relaciones sexuales” (citado por Herrero, 2015a:91). Así las cosas, McLoughilin (2015) destaca un estudio de la consultora Trend Micro, alertando de cómo:

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Los extorsionadores se han profesionalizado utilizando malware para desviar contraseñas y listas de contactos, interceptar conversaciones, mensajes, etc. Estos programas maliciosos han sido concebidos para infectar terminales con Android con el objetivo de acrecentar la eficacia de la sextorsion identificando a los familiares, compañeros de trabajo o amistades de la víctima, para poder coaccionarla aún más para que sucumban al chantaje. El estudio cita numerosos casos en Asia, en países como Japón el miedo al qué dirán y preservar las apariencias es un elemento básico, lo que hace que muchos intenten sacar una recompensa económica a costa de gente con reputación y recursos, no solo se trata de un problema de seguridad informática, también de ingeniería social, y alerta de que muchas veces los delincuentes utilizan excusas de actualizaciones y parches para hacer que los usuarios se instalen malware en sus equipos (citado por Herrero, 2015b:91).

Cyberbullying El Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación (en adelante, INTECO), define cyberbullying como: El uso de los medios telemáticos (Internet, telefonía móvil y videojuegos en línea) para ejercer el acoso psicológico y amenazas entre iguales. Este tipo de delito suele darse entre adolescentes y jóvenes y no incluye el acoso sexual ni los casos con personas adultas implicadas” (citado por Donoso-Vázquez, Hurtado y Baños, 2016:9). Sin embargo, en lo atinente a las distintas definiciones de cyberbullying existentes, cabe destacar que: Coinciden en referirse a un daño ocasionado a través de algún medio electrónico (generalmente el teléfono móvil e Internet), pero difieren principalmente en el

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La Justicia en Manos de la Ciencia hecho de incluir o no la condición de que tales actos ocurran de manera continuada en el tiempo. Algunos autores consideran que el cyberbullying es un subtipo o una nueva forma de bullying (Beran y Li, 2007); Erdur-Baker, 2010); Smith et al., 2008), por lo que proponen una definición paralela a este, con el matiz de que ocurre a través de las TIC (citado por Álvarez-García et al., 2011:221). Por otra parte, en lo atinente a las consecuencias del cyberbullying, según Garaigordobil (2011): El daño emocional es muy significativo (…) las víctimas sufren mayor daño psicológico debido a que la información lesiva está disponible para todo el mundo las 24 horas del día, los acosadores con frecuencia son anónimos, el proceso de victimización es continuo e inevitable, la mayoría de las veces es muy difícil eliminar el material publicado y suele estar accesible de forma pública durante largos períodos de tiempo. Los adolescentes suelen ser reticentes a hablar con los adultos sobre el abuso que están sufriendo debido al trauma emocional, a que piensan que es culpa suya, por miedo a posibles “venganzas”, o la preocupación porque se les restrinja el uso de internet o del teléfono móvil. En su punto más extremo, el cyberbullying puede llevar al suicidio y a la violencia juvenil (citado por Peña, Ortiz y Gil, 2013:5). Cerezo (2012) cita a Olweus (1993) para sostener que “El problema de las malas relaciones interpersonales es el que subyace en la violencia entre escolares o bullying”. Como señala esta autora, los agresores están motivados por un abuso de poder, de intimidar y dominar, al que puede sumarse el deseo de diversión. Conductas, que cada vez se observan a edades más tempranas. Cerezo define el cyberbullying a través de Smith et al. (2008) como “acto agresivo e intencionado, llevado a cabo de manera repetida y constante a lo largo del tiempo, mediante el uso de formas de contacto electrónicas, por parte de uno/s individuo/s contra una víctima que no puede

defenderse fácilmente”. E igualmente señala que “La violencia a través de las TIC ejerce un atractivo entre los jóvenes como forma de diversión”. Para esta autora el ciberacoso cuenta con una serie de características, frente al acoso presencial, que lo hacen aún más peligroso. “La sensación de simultaneidad y omniubicuidad hacen que la vulnerabilidad de la víctima se eleve a límites exponenciales”. Así las TIC facilitan “un nuevo instrumento para agredir con unos ingredientes que pueden traspasar el espacio y el tiempo”. Además, como los ataques se cometen “desde el anonimato y en un foro que puede ser compartido por miles de sujetos” esto favorece la oportunidad de, incluso, poder pasar de mero espectador a actor del abuso. Según Avilés (2013) más de un tercio de casos de ciberacoso provienen de un bullying anterior. Las personas que son víctimas de acoso en la escuela, suelen serlo también en línea, manteniendo el rol, e incluso, agravándolo. Sin embargo, conviene señalar que el ciberacoso puede producirse de forma separada del bullying. Es decir, el ciberacoso puede producirse al margen de lo que suceda en el entorno físico u offline del menor (citado por Herrero, 2015:79-80). Jurídicamente, desde una vertiente o perspectiva penal, del cyberbullying se derivan una serie de delitos que contempla el vigente Código Penal, y en virtud de su contenido, lo comete: • Artículo 169.El que amenazare a otro con causarle a él, a su familia o a otras personas con las que esté íntimamente vinculado un mal que constituya delitos de homicidio, lesiones, aborto, contra la libertad, torturas y contra la integridad moral, la libertad sexual, la intimidad, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico, será castigado con la pena de (…), si se hubiere hecho la amenaza exigiendo una cantidad o imponiendo cualquier otra condición, aunque

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Revista Skopein no sea ilícita, y el culpable hubiere conseguido su propósito. De no conseguirlo, se impondrá la pena de (...). Las penas señaladas en el párrafo anterior se impondrán en su mitad superior si las amenazas se hicieren por escrito, por teléfono o por cualquier medio de comunicación o de reproducción, o en nombre de entidades o grupos reales o supuestos (…) y con la pena de prisión de seis meses a dos años, cuando la amenaza no haya sido condicional. • Artículo 171.Las amenazas de un mal que no constituya delito serán castigadas con pena de (...), atendidas la gravedad y circunstancia del hecho, cuando la amenaza fuere condicional y la condición no consistiere en una conducta debida. Si el culpable hubiere conseguido su propósito se le impondrá la pena en su mitad superior. Si alguien exigiere de otro una cantidad o recompensa bajo la amenaza de revelar o difundir hechos referentes a su vida privada o relaciones familiares que no sean públicamente conocidos y puedan afectar a su fama, crédito o interés, será castigado con la pena de (...), si ha conseguido la entrega de todo o parte de lo exigido, y con la de (…), si no lo consiguiere. Si el hecho descrito en el apartado anterior consistiere en la amenaza de revelar o denunciar la comisión de algún delito el ministerio fiscal podrá, para facilitar el castigo de la amenaza, abstenerse de acusar por el delito cuya revelación se hubiere amenazado, salvo que éste estuviere castigado con pena de (...). En este último caso, el juez o tribunal podrá rebajar la sanción en uno o dos grados. El que de modo leve amenace a quien sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, será castigado con la pena de (...). Igual pena se impondrá al que de modo leve amenace a una persona especialmente vulnerable que conviva con el

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autor (…). • Artículo 172. El que, sin estar legítimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto, será castigado con la pena (...), según la gravedad de la coacción o de los medios empleados (...). El que de modo leve coaccione a quien sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia, será castigado con la pena de (…). Igual pena se impondrá al que de modo leve coaccione a una persona especialmente vulnerable que conviva con el autor. Artículo 173. El que infligiera a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral, será castigado con la pena de (...). Con la misma pena serán castigados los que, en el ámbito de cualquier relación laboral o funcionarial y prevaliéndose de su relación de superioridad, realicen contra otro de forma reiterada actos hostiles o humillantes que, sin llegar a constituir trato degradante, supongan grave acoso contra la víctima (…). El que habitualmente ejerza violencia física o psíquica sobre quien sea o haya sido su cónyuge o sobre persona que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o sobre los descendientes, ascendientes o hermanos por naturaleza, adopción o afinidad, propios o del cónyuge o conviviente, o sobre los menores o personas con discapacidad necesitadas de especial protección que con él convivan o que se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho del cónyuge o conviviente, o sobre persona amparada en cualquier otra relación por la que se encuentre integrada en el núcleo de su convivencia familiar, así como sobre las personas que por su especial vulnerabilidad se encuentran sometidas a custodia o guarda en centros públicos o privados, será

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La Justicia en Manos de la Ciencia castigado con la pena de (…). • Artículo 205. Es calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad. • Artículo 206. Las calumnias serán castigadas con las penas de (...), si se propagaran con publicidad y, en otro caso, con (...). • Artículo 207. El acusado por delito de calumnia quedará exento de toda pena probando el hecho criminal que hubiere imputado. • Artículo 208. Es injuria la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación (…) • Artículo 209.Las injurias graves hechas con publicidad se castigarán con la pena de (…) y, en otro caso, con la de (...). • Artículo 210.El acusado de injuria quedará exento de responsabilidad probando la verdad de las imputaciones cuando estas se dirijan contra funcionarios públicos sobre hechos concernientes al ejercicio de sus cargos o referidos a la comisión de infracciones administrativas (IVASPE, 2015: 83-106).

parece que hay concordancia con las características de la modalidad offline, siendo éstas en su mayoría de los casos mujeres de menos de 30 años, no casadas o divorciadas. Efectivamente, todos los estudios indican que tienen más riesgo de sufrir este tipo de cibervictimización las mujeres, hasta dos veces más que los hombres, aunque éstos también son víctimas de este tipo de delincuencia. Una de las diferencias que se encuentran con el stalking es que es mucho más probable que la víctima no conozca a su agresor. También se ha comprobado que la víctima más probable es el agresor. Aquel que realiza más comportamientos desviados en Internet, como contactar con alguien en repetidas ocasiones cuando le han pedido que pare, acosar o molestar a alguien por Internet, solicitar sexo a alguien que no quiere, amenazar por Internet, descargar música o películas pirata y enviar o recibir imágenes de contenido sexual, incrementa la probabilidad de sufrir actos de cyberstalking (Guilabert, 2015:69). En segundo lugar, en lo atinente a los menores víctimas del ciberespacio, podemos resaltar que: "Los menores pueden ver atacada su intimidad, libertad sexual o la libre formación de la sexualidad para los que estén en periodo de formación en este ámbito" (Guilabert, 2015:70). Así las cosas, cabe destacar que:

Las cibervíctimas sociales En primer lugar, al abordar la victimología de los cibercrímenes sociales, debemos tener presente dos tipos básicos de víctimas: los adultos y los menores. Con relación a los primeros, destacaremos que: Son precisamente los adultos quienes sufren más las conductas de cyberstalking. Pese a los escasos estudios existentes sobre los perfiles de las víctimas de cyberstalking

En cuanto al caso concreto del cyberbullying, el porcentaje de menores que dicen haber sufrido algún tipo de conducta está entre el 20% y el 50%, reduciéndose este porcentaje a entre un 2% y un 7% cuando la violencia sufrida es severa (...). Tampoco hay coincidencia en los porcentajes relativos al género. Algunos estudios informan sobre la tendencia de los chicos a ser agresores y las chicas a ser víctimas, mientras que otros estudios no

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Revista Skopein encuentran diferencias (...). En cuanto a la edad sucede algo parecido. Hay estudios en los que señalan que a más edad hay más probabilidad de riesgo mientras otros sitúan la franja de mayor riesgo entre los 12 y 15 años, incluso encontrando otros estudios donde lo importante no es la edad sino las acciones que realiza el estudiante. Uno de los mayores predictores, que aumenta la probabilidad de ser víctima en un 70%, es ser agresor. Esto enlaza con otros estudios como el de Patchin e Hinduja que muestra como significativo elemento configurador del ciberagresor el haber sido previamente víctima (...). Otro factor asociado a la victimización es la frecuencia de acceso a Internet tanto para los chicos como para chicas (...) el uso de la mensajería instantánea y las webcams aumentan la probabilidad de ser acosados de forma repetida (...). También se ha demostrado que los niños con padres menos involucrados en Internet tienen mayor probabilidad de convertirse en víctimas (...). Junto con el cyberbullying el comportamiento criminal en el que puede existir una significativa victimización de jóvenes es el online grooming o ciberacoso sexual en Internet. En el grooming tradicional, el llevado a cabo por el pedófilo, el objetivo del agresor era, como se ha visto, el menor de 12 años, sin embargo, los estudios existentes señalan que en el grooming usando las TIC la edad de la víctima aumenta. El 99% de las víctimas de intentos de ataques sexuales a través de Internet comprendía edades entre los 13 a los 17 años, quedando el 1% para víctimas de 12 años, y no encontrándose ataques a menores de dicha edad. Es significativo, además, que el 48% de los ataques de grooming se llevaban a cabo sobre menores de 13 y 14 años (…). Los estudios victimológicos existentes

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parecen demostrar que mientras que el mero hecho de colgar información personal en páginas web o redes sociales, no es un factor que incide en el aumento de riesgo de recibir un ataque de grooming, sí lo es el enviar directamente información personal a desconocidos (…) (Guilabert, 2015:70-73). No obstante, para Díaz, Prados y Ruiz (2004) “las adolescentes presentan más síntomas depresivos y mayor ideación suicida, a partir del acoso, ellas crean una percepción negativa de sí mismas” (citado por Peña, Ortiz y Gil, 2013:307). De hecho, según Alpízar y Salcedo (2011) “Los jóvenes que son víctimas de hostigamiento tienen cinco veces más probabilidades de padecer depresión que sus pares y, las mujeres que lo sufren tienen ocho veces más probabilidades de suicidarse” (citado por Peña, Ortiz y Gil, 2013:306). En este orden de cosas, como criminólogo creo que es necesario hacer especial mención del estudio publicado por el Ministerio del Interior (en adelante, MIR) sobre cibercriminalidad en España correspondiente al ejercicio 2015, siguiendo la clasificación adoptada por el Convenio de Budapest sobre la materia. Asimismo, los datos han sido extraídos del Sistema Estadístico de Criminalidad, el cual ha tenido en cuenta para su cómputo los hechos que han sido participados a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de: Guardia Civil, Cuerpo Nacional de Policía, Policía Foral de Navarra y determinados Cuerpos de Policía Local, en su caso (MIR, 2015:45). En dicho estudio, se contemplan diferentes categorías delictivas genéricas pertenecientes a los campos de la cibercriminalidad económica, política y social, respectivamente, sin concretar específicamente, o entrar en los tipos delictivos que nos ocupan en el presente trabajo (online grooming, cyberbullying, sexting, sextorsion, etc.). Por los motivos expuestos, nos centraremos únicamente en

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La Justicia en Manos de la Ciencia las denominaciones o hechos que afectan a la cibercriminalidad social. En este sentido, dentro de la denominación de “delitos sexuales” cometidos a través de las TIC’s, entenderemos que se engloban las tipologías delictivas de sexting y online grooming; dentro de la denominación de “delitos contra el honor” y “delitos de amenazas y coacciones” cometidos a través de las TIC’s, entenderemos que aglutinarían las tipologías delictivas de cyberbullying, cyberstalking y sextorsion, respectivamente.

Comparativamente, podemos observar en los gráficos 1, 2 y 3, respectivamente, cómo durante los últimos cuatro años se ha producido un incremento progresivo de los tipos delictivos reseñados, excepto de aquellos que se encontrarían dentro del ámbito de los delitos contra el honor. Pero, ¿Qué podríamos hacer para que dichas cifras disminuyesen en España? Pues bien, la respuesta a esta pregunta, posiblemente la encontremos en una potenciación y apuesta por las medidas preventivas pertinentes para poder

Evolución de hechos conocidos por categorías delict ivas Hechos 2012 2013 2014 2015 conocidos 9.207 9.064 9.559 10.112 (75,04%) Amenazas y coacciones 1.891 1.963 2.212 2.131 (15,81%) Contra el honor 715 768 974 1.233 (9,15%) Delitos sexuales Tabla 1 (Nota. Fuente de datos: Sistema Estadístico de Criminalidad. http://www.interior.gob.es/es/prensa/balances-e-informes/2015)

Arriba a la izquierda: gráfico Nº 1. Arriba a la derecha: gráfico Nº 2. A la izquierda: gráfico Nº 3. (gráficos realizados en base a los datos de la tabla Nº 1)

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Revista Skopein Cibervictimizaciones registradas según grupo penal y edad del año 2015 Rango de edad de la víctima Desconocido Menores 18-25 26-40 41-50 51-65 >65 Amenazas y 38 763 1.852 4.072 2.313 1.349 306 coacciones Contra el 58 146 300 847 593 316 56 honor Delitos 17 647 27 54 62 14 11 sexuales TTabla 2 (Nota. Fuente de datos: Sistema Estadístico de Criminalidad. http://www.interior.gob.es/es/prensa/balances-e-informes/2015)

Arriba a la izquierda: gráfico Nº 4. Arriba a la derecha: gráfico Nº 5. A la izquierda: gráfíco Nº 6. A la derecha: referencias (gráficos realizados en base a los datos de la tabla Nº 2)

contraatacar este cáncer, las cuales abordaremos, en el apartado quinto de este trabajo. Por otra parte, en lo atinente a las cibervictimaciones contempladas en los gráficos nº4, 5 y 6, respectivamente, según grupo penal y edad durante el ejercicio 2015,

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podemos observar y debemos destacar que los menores en el grupo de delitos sexuales, representa la tasa de cibervictimización más alta con un 78%, pero ¿Dónde destacan y en qué intervalo de edad las víctimas mayores de edad? En virtud de las representaciones

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La Justicia en Manos de la Ciencia gráficas reseñadas, el intervalo de edad con mayor índice de cibervictimización en los grupos penales de delitos de amenazas y coacciones, así como en delitos contra el honor, es el intervalo de 26 a 40 años de edad.

Social

Perfil criminológico del Cibercriminal

En este punto, analizaremos el perfil criminológico de los cibercriminales sociales, concretamente, del cybergroomer, cyberstalker y del cyberbullie, así:

Cybergroomer Internet no sólo ha cambiado la forma de hacer grooming, también ha cambiado el perfil del que lo practica (…). En primer lugar, nos encontramos que el agresor puede acceder a un mayor número de víctimas potenciales, pudiendo además realizar un estudio previo del perfil para seleccionar a las más vulnerables. En segundo lugar, aumenta el número de qué potenciales abusadores sexuales lleguen a serlo porque Internet permite, por un lado, difuminar la percepción del riesgo a ser descubierto y, por otro lado, vencer el aislamiento social. (…) El ciberabusador deriva de sus fantasías sexuales, de los desórdenes psicológicos motivados por la necesidad de escapar de la soledad, de la dificultad de las relaciones personales, de su baja autoestima, por lo que sí es consciente del significado de su conducta y del daño que puede infringir (…). Siguiendo el modelo comparativo de los perfiles del ciberpredador frente al clásico de Young (2005), se puede afirmar que mientras que este último es un depurado manipulador que oculta sus intenciones e incluso su identidad hasta que está en

disposición de llevar a cabo el ataque, el sujeto que realiza grooming a través de Internet, muchas veces no tiene una intención real de llevar a cabo sus fantasías, sino que las hace públicas generalmente de forma descarada, sin importarle que otros miembros del chat puedan sentirse ofendidos, reconociendo en la gran mayoría de los casos, que se trata de varones de edad avanzada con deseos de realizar fantasías sexuales con menores, etc. Según estos estudios, el sujeto que utiliza Internet para molestar y hacer proposiciones a menores, no es generalmente un pedófilo, dado que sus objetivos no son niños (menores preadolescentes), sino adolescentes, en general, que ya hayan tenido experiencias sexuales y que estén dispuestas a tenerlas, en particular (Guilabert, 2015: 64-65).

Cyberstalker En cuanto al cyberstalker: Del estudio de Bocij y McFarlen se desprende que los cyberstalker suelen ser hombres (84,6% de los hombres frente a 15,4% de mujeres) con una edad media de 41 años, aunque el rango de edad puede variar de 18 a 67 años. Respecto al estado civil de los agresores, la mayoría suelen ser solteros (52,3%) aunque también se pueden dar en menor medida casos de agresores casados (21,7%) o que estén separados o divorciados (17,3%). Suelen tener conocimientos informáticos, habiendo obtenido los autores en el estudio que el 41% poseía conocimientos medios y un 50% conocimientos altos o muy altos. Finalmente, respecto a la ocupación laboral, obtuvieron que un 50% de los cyberstalkers tenían trabajo frente a un 18,2% que se encontraban en el paro y un 8,3% que eran estudiantes. Bocij y McFarle distinguen cuatro tipos de cyberstalkers:

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Revista Skopein • Vengativo (vindicative). Se corresponden con el tipo más violento que generalmente presenta antecedentes delictivos. Además, suele tener un nivel alto de manejo de las tecnologías y usa una amplia gama de métodos para acosar a sus víctimas como el envío de correos masivos, el envío de troyanos, el robo de identidad, etc. (…). • Integrado (composed). Tiene como objetivo molestar e irritar a sus víctimas sin intención de mantener algún tipo de relación sentimental con ellas (...). • Intimo (intimate). Tienen como objetivo establecer una relación íntima con sus víctimas y el medio que suelen emplear para contactar con ellas es el correo electrónico y las webs de citas (…). • Colectivo (collective). Cuando dos o más personas se unen para acosar a una misma víctima a través de medios tecnológicos (Guilabert, 2015:65-66).

Cyberbullie En cuanto al cyberbullie: Según Manson (2008) existen dos tipos de ciberbullies: los proactivos, que comete su acción para conseguir un fin, y los reactivos, que agreden como respuesta a una provocación, agresión o amenaza. Respecto al sexo de los ciberagresores la mayoría de los estudios indican que son los chicos quienes más involucrados están en este tipo de conductas. Aunque otros como Patchin e Hinduja no han encontrado diferencias significativas entre chicos (18%) y chicas (16%). O incluso resultados opuestos como Ybarra y Mitchell, quienes obtuvieron que eran más agresoras las chicas (…). Sin embargo, es cierto, como explica Olweus, que las chicas destacan por ser las que realizan, en el espacio físico, las

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formas de acoso más sutiles e indirectas como insultar, extender rumores falsos y hablar mal, mientras que los chicos emplean más la fuerza física y las amenazas. Teniendo en cuenta que el cyberbullying se caracteriza por ser un tipo de agresión indirecto, más emocional y psicológico, donde no es necesario tener especiales cualidades físicas, como plantean Hinduja y Patchin (2008), lo lógico es que las chicas fueran las que más hicieran uso de estas técnicas para dañar a sus compañeros o incluso como un medio de venganza tras haber sido víctima de algún tipo de victimización. En cuanto a la edad, tampoco existe un consenso en si puede ser un factor determinante en la victimización. No obstante, los cursos en los que más casos de cyberbullying se registran son en segundo y tercero de secundaria como ocurre en el bullying tradicional. Otras características que también han resultado replicarse en el cyberbullying es el referido a la autoestima de los agresores. Así, Calmaestre (2011) apunta que tienen una autoestima más elevada que las víctimas como ya apuntaba Olweus (2005) en el caso del bullying tradicional donde además de no presentar problemas de autoestima, siente una fuerte necesidad de dominar y someter a otros estudiantes, son impulsivos e iracundos, carecen de empatía, suelen ser desafiantes y agresivos con los adultos incluidos los padres y los profesores y suelen presentar otro tipo de conductas antisociales como el vandalismo. Finalmente merece la pena destacar que, como han comentado Walware y Wannes, existen determinados factores que pueden potenciar cometer cyberbullying. Entre ellos se encuentran tener una percepción favorable sobre este tipo de conductas, ser usuarios frecuentes de Internet, tener acceso a un ordenador privado y hacer uso de él en dependencias poco vigilados y tener conocimientos específicos sobre las TIC (Guilabert, 2015:67-68).

Comparativamente,

cabe

hacer

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La Justicia en Manos de la Ciencia especial mención del estudio publicado por el MIR sobre cibercriminalidad en España correspondiente al ejercicio 2015 para poder determinar con más exactitud, el perfil criminal del victimario en las tipologías delictivas que son objeto de análisis criminológico de este trabajo. Los datos estadísticos del estudio reseñado nos permitirán encontrar las respuestas a preguntas como: 1. ¿En qué grupos penales el perfil criminal del victimario corresponde mayoritariamente a hombres? 2. ¿En qué grupos penales el perfil criminal del victimario corresponde mayoritariamente a mujeres? 3.

¿Cuál es el intervalo de edad

con mayor índice o tasa de criminalidad según el grupo penal?

Para ello, observaremos los datos estadísticos contemplados en las siguientes tablas y gráficos: En este orden de cosas, en los gráficos números 7, 8 y 9, respectivamente, podemos observar como en función del sexo, el perfil criminal del victimario en los delitos de amenazas y coacciones, delitos contra el honor y delitos sexuales, respectivamente, cometidos a través de las TIC’s son mayoritariamente hombres, despuntando con un índice de criminalidad de un 97% en el caso de los delitos sexuales.

Detenciones e imputaciones registradas según grupo penal y sexo durante el ejercicio 2015 Detenciones e Hombre Mujer Total imputaciones registradas 1.149 319 1.468 Amenazas y coacciones 178 103 281 Contra el honor 696 25 721 Delitos sexuales Tabla 3 (Nota. Fuente de datos: Sistema Estadístico de Criminalidad. http://www.interior.gob.es/es/prensa/balances-e-informes/2015)

Arriba a la izquierda: Gráfico 7 (MIR, 2015:37) Arriba a la deecha: Gráfico 8 (MIR, 2015:37) A la izquierda: Gráfico 9 (MIR, 2015:37) Abajo: referencias

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Revista Skopein Detenciones e imputaciones según grupo penal y edad del año 2015 Rango de edad de los detenidos e imputados Desconocido 14-17 18-25 26-40 41-50 51-65 Amenazas 6 115 290 613 299 125 y coacciones Contra el 0 26 49 113 59 31 honor Delitos 1 85 119 291 118 89 sexuales

>65 20 3 18

Tabla 4 (Nota. Fuente de datos: Sistema Estadístico de Criminalidad. http://www.interior.gob.es/es/prensa/balances-e-informes/2015)

Arriba a la izquierda: Gráfico 10 Arriba a la deecha: Gráfico 11 A la izquierda: Gráfico 12

En los gráficos números 10, 11 y 12, respectivamente, podemos observar como el intervalo de edad con mayor índice o tasa de criminalidad en los tres grupos penales reseñados, que aglutinan las tipologías delictivas específicas que se abordan en el presente trabajo, es el comprendido entre los 26 y los 40 años de edad.

Medidas Preventivas

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Carballeda

(2010)

define

la

prevención como “la adopción de medidas encaminadas a impedir que se produzcan deficiencias físicas, mentales y sensoriales y que cuando se han producido, no tengan consecuencias físicas, psicológicas y sociales negativas” (Peña, Ortiz y Gil, 2013:306). Asimismo, es necesario destacar el importantísimo papel que juegan los agentes sociales de la familia y la escuela, respectivamente, en la prevención del ciberacoso. De hecho, hay escuelas que elaboran planes o proyectos antibullying, cuyo objetivo según Martínez (2013) es:

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La Justicia en Manos de la Ciencia Desarrollar acciones en los contextos educativos para la sensibilización, concienciación, análisis, prevención, intervención y/o evaluación del maltrato entre iguales en cualquiera de sus manifestaciones, sean de bullying o de cyberbullying (…). El “Proyecto Antibullying” lo podemos organizar en base a interrogantes que nos ayudarán a la toma de decisiones, en la reflexión, diseño, evaluación, planificación, puesta en marcha y valoración de la efectividad de las acciones e iniciativas que lo componen. Estos interrogantes preguntan a los miembros de la comunidad educativa sobre aspectos que tienen que ver con las relaciones interpersonales y el maltrato entre iguales: 1)-El punto de partida en cada comunidad educativa (Análisis e Investigación). 2)-Los objetivos que se marca el equipo educativo (Reflexión y Proyección). 3)-Cómo llevar a la práctica el proyecto (Planificación y Toma de decisiones). 4)-Las acciones que componen el Proyecto (Desarrollo y Ejecución). 5)-La efectividad de las medidas puestas en marcha (Seguimiento y Evaluación); (pp. 8 y 12). Por último, destacar que Cornish y Clarke (2003) “propusieron veinticinco medidas de prevención situacional del delito y Miró (2012), diseñó otras medidas propuestas para el espacio virtual con el objetivo de reducir las oportunidades delictivas” (citado por Guilabert, 2015: 91). Para finalizar este apartado, como miembros de las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad, concretamente, en el caso de las Policías Locales, podemos preguntarnos:

¿Qué podemos hacer o cómo podemos contribuir para prevenir y combatir los cibercrímenes sociales? Evidentemente, tenemos que ser conscientes que, actualmente, no existe una fórmula magistral de erradicación del crimen, pero sí podemos aportar nuestro granito de arena a través de la formación e información al público, en colaboración con las correspondientes Concejalías de los Ayuntamientos y/o diferentes Administraciones Públicas, a través de los colegios e institutos, reforzando la gran labor que pueda desempeñar el profesorado, mediante charlas, clases programadas, cursos, conferencias, etc.

Conclusiones - Existe una relación clara entre el anonimato que puede brindar Internet y la victimización por ciberacoso en el ámbito escolar, puesto que permite actuar al victimario con mayor seguridad porque sabe que es más difícil que lo puedan identificar, se puede enmascarar mejor, y la repercusión o efectos de sus acciones sobre la víctima, se incrementan gracias a las TIC’s. - Los hechos delictivos relacionados con la cibercriminalidad social en España, han evolucionado en los últimos cuatro años, incrementando progresivamente los grupos penales de delitos de amenazas y coacciones y delitos sexuales. Sin embargo, el grupo penal de los delitos contra el honor sufrió un descenso en el año 2015 con relación al ejercicio anterior, de manera que, durante el pasado año 2015, el grupo penal de delitos de amenazas y coacciones suponían respecto del total un 75,04%, los delitos contra el honor un 15,81% y los delitos sexuales un 9,15%, respectivamente. - El ciberacoso puede llegar a tener graves consecuencias para las víctimas, tales como: cambios bruscos de humor y sueño, tener pesadillas, trastornos de alimentación, ansiedad, angustia, impotencia y temor por la

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Revista Skopein seguridad, así como depresión e incluso tentativas de suicidio o el acto consumado, en su caso. - En la prevención del ciberacoso, es importantísimo el papel que juegan los agentes sociales de la familia y la escuela. En este sentido, la Policía Local puede colaborar en el ámbito preventivo, a través de la formación e información en las escuelas e institutos, mediante charlas, conferencias, etc. - En el grupo penal de delitos sexuales cometidos a través de las TIC’s, en las que se incluirían las tipologías delictivas de sexting y online grooming, los menores representan la mayor tasa o índice de cibervictimización. - En los grupos penales de los delitos de amenazas y coacciones, así como contra el honor, respectivamente, cometidos a través de las TIC’s, en las que se incluirían las tipologías delictivas de cyberbullying, cyberstalking y sextorsion, en su caso, el intervalo de edad con mayor índice de cibervictimización es el comprendido entre los 26 y los 40 años. - El perfil criminal del cybergroomer es el de un varón de edad avanzada con deseos de realizar fantasías sexuales con menores que, generalmente, no es un pedófilo, dado que sus objetivos no son niños (menores preadolescentes), sino adolescentes, en general, que ya hayan tenido experiencias sexuales y que estén dispuestas a tenerlas, en particular. - El perfil criminal del cyberstalker es el de un hombre de edad media como generalidad, soltero, con conocimientos informáticos y normalmente se encuentran en activo y con trabajo.

iracundos, carecen de empatía, suelen ser desafiantes y agresivos con los adultos incluidos los padres y los profesores y suelen presentar otro tipo de conductas antisociales como el vandalismo. Además, suelen ser usuarios frecuentes de Internet, tener acceso a un ordenador privado y hacer uso de él en dependencias poco vigilados y tener conocimientos específicos sobre las TIC. - El perfil criminal del victimario, en función del sexo, en las tipologías delictivas incluidas en los grupos penales de delitos de amenazas y coacciones, delitos contra el honor y delitos sexuales, respectivamente, cometidos a través de las TIC’s corresponde mayoritariamente a hombres, destacando notoriamente con un índice de criminalidad de un 97% en el ámbito de los delitos sexuales. - El perfil criminal del victimario, en función de la edad, en las tipologías delictivas incluidas en los grupos penales de delitos de amenazas y coacciones, delitos contra el honor y delitos sexuales, respectivamente, cometidos a través de las TIC’s corresponde mayoritariamente al intervalo comprendido entre los 26 y los 40 años. - Los cursos en los que más casos de cyberbullying se registran son en segundo y tercero de secundaria como ocurre en el bullying tradicional. A mi juicio, desde una perspectiva criminológica podríamos decir que dos de los factores que influyen en ello, son la etapa de adolescencia en la que se encuentran los jóvenes y su mayor control o dominio de las TIC’s, en su caso. - Las adolescentes presentan más síntomas depresivos y mayor ideación suicida, a partir del acoso y/o ciberacoso, en su caso.

- El perfil criminal del cyberbullie es el de un chico o chica de secundaria que no presenta problemas de autoestima, siente una fuerte necesidad de dominar y someter a otros estudiantes, son impulsivos e

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Para citar este articulo (APA): Pérez Giménez, A. (2016). Delitos, Internet y Redes Sociales: Perfiles Criminales en el Ámbito de la Cibercriminalidad Social. Revista Skopein, XIV, 26-47. Disponible en www.skopein.org

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Revista Skopein

SKOPEIN Presente! en... 4° CONGRESO INTERDISCIPLINARIO

“Inclusión del Odontólogo Legista en las Ciencias Forenses”

Mariana C. Ayas Ludueña* & Gabriela M. Escobedo** info@skopein.org

La Asociación Civil Argentina de Odontología Social, Sanitaria, Legal y Forense organizó el 4° Congreso Interdisciplinario: Inclusión del Odontólogo Legista en las Ciencias Forenses, en homenaje al Dr. Eduardo Allevato, llevado a cabo los días 8 y 9 de septiembre, en la sede de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional, situada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El mismo contó con la presencia del Dr. Javier Canzani, director del Programa de Salud Bucal del Ministerio de Salud de la Nación, el Dr. Guillermo Sánchez Josseaume, secretario del Círculo Argentino de Odontología y la Dra. Elsa Varela, presidente de la Asociación Civil Argentina de Auditoría Odontológica.

Forense, expresó palabras de agradecimiento y bienvenida. También habló de cómo se encuentra hoy en día la odontología en el ámbito legal. El Dr. Javier Canzani hizo hincapié en la importancia del trabajo interdisciplinario para unificar criterios y poder implementarlos en todas las provincias. Posteriormente se realizó un minuto de silencio, recordando y homenajeando al Dr. Allevato.

Ley 26.812 por Marta Maldonado, Odontóloga Forense. Jueves 8 de Septiembre Acto de apertura El Congreso inició con la entonación del Himno Nacional Argentino y seguidamente se mostró a los asistentes el video del Bicentenario. La Dra. Marta Maldonado, presidente de la Asociación Civil Argentina de Odontología Social, Sanitaria, Legal y

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Beatriz

La disertante expuso sobre los orígenes de la Odontología Forense, recordando el caso del Bazar de la Caridad, Paris, Francia, donde fallecieron 126 personas. Oscar Amoedo, a partir de las piezas dentaria en perfecto estado, logró efectuar la identificación de las víctimas. Actualmente las huellas dactilares son empleadas como método de identificación, al igual que el ADN, el cual tiene calidad y elementos para comprobarlos. De igual forma, la Odontología posee herramientas

* Estudiante de Lic. en Criminalística (en instancia de tesina), colaboradora en consultora pericial, editora de Revista Skopein. Organizadora de JACFA 2017. ** Estudiante avanzada de Lic. en Criminalística, editora de Revista Skopein. Organizadora de JACFA 2017.

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La Justicia en Manos de la Ciencia Visión de la Antropología Forense en la Identificación por Norberto López Ramos, Médico Forense.

Marta Beatriz Maldonado

que permiten arribar a una identificación categórica, por ejemplo el Sistema Dígito-2, la planilla con cuestionarios, el apartado odontológico y la historia clínica. Los casos más resonantes que hacen a la historia de la Odontología Forense a nivel Nacional son por ejemplo el caso AMIA, el accidente en helicóptero en La Rioja con ciudadanos franceses, la tragedia de LAPA, el caso de la empresa SOL en Río Negro, etc. En todos ellos se logró identificar a la mayoría de las víctimas o a la totalidad de las mismas. Sin embargo, debe enfrentar inconvenientes tales como la obtención de información pre-mórtem para cotejo, que también se ve afectada por la mala calidad o inexistencia de registros odontológicos. Además, los odontólogos al realizar su trabajo solo dejan asentado la labor que realizan, y no la situación total del paciente. Por ello se trabajó en un proyecto que buscaba generar una normalización de carácter obligatorio en cuanto a la información que se debía recabar en el consultorio y que modificara a la Ley 26.529, ya que la Ley 17.132 no se expresaba al respecto. Ese proyecto se convirtió en la Ley 26.812, estableciendo además el empleo del Sistema Dígito-2 para todo el país y la actualización permanente de la información recabada, por ejemplo en casos de extracciones u otros tratamientos.

Se habló de la historia, siendo el padre de la Antropología Thomas Dwight, el primero en describir la anatomía de restos óseos. Así mismo, se recalcó que la Antropología Forense es una especialidad en donde se trabaja en equipo, en donde el protagonismo surge de la resultante del trabajo en conjunto. Tras definir la Antropología Forense como “el estudio y la práctica de los métodos de la Antropología en los procesos legales, cuyo objeto de estudio son los huesos, esqueletos o cuerpos semi-esqueletizados”, se procedió a explicar el protocolo de actuación llevado a cabo por los antropólogos en la escena del crimen. El campo de aplicación se da en casos de hallazgos de restos óseos o cuerpos en avanzado estado de putrefacción y grandes catástrofes, ya sea incendios, accidentes aéreos, atentados, etc. Argentina cuenta desde 1984 con el Equipo Argentino de Antropólogos Forense (E.A.A.F), que aplica el Protocolo de Naciones Unidas, dividiendo la investigación en tres etapas: investigación preliminar; exhumación arqueológica; laboratorio. En el lugar del hecho se utilizan los métodos de la Arqueología Forense, clasificando los enterramientos según el número de individuos (individual o común); según su estado (primario o secundario); y

Previo a continuar con el Congreso, se invitó a los asistentes a la visita guiada en el Museo de la Morgue Judicial. Norberto López Ramos

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Revista Skopein según la temporalidad (sincrónica -mismo tiempo y lugar- o diacrónica -mismo lugar, tiempos diferentes-). Cada contexto requiere una estrategia de investigación. La logística, el tiempo y el equipo de trabajo pueden variar. Finalizando se ilustró con imágenes de una excavación realizada en el cementerio de Chacarita.

Análisis parcial de las huellas de mordeduras por Alan Briem Stamm, Especialista en Odontología Legal. El sistema estomatológico, es considerado una “caja negra” como la de los aviones, ya que contiene información que permite individualizar, dado que se encuentra protegido por una estructura que es la más resistente del organismo. En el lugar del hecho, el trabajo debe realizarse en equipo, con criterio y fundamento científico. El Perito Odontólogo debe asistir a la escena del hecho, donde según el Protocolo de INTERPOL deben ser al menos dos. Aunque el término forense comúnmente se asocia con cadáveres, también se analizan lesiones en vivos. Por ejemplo, la mordedura humana provoca un hematoma producto del golpe de la lengua, el cual es distintivo y conjuntamente con otras características permitiría identificar al agresor, observándose generalmente en riñas, delitos sexuales, maltrato de niños, etc.

Alan Briem Stamm

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Debe aclararse que existe una diferencia entre marca de mordedura y la mordedura propiamente dicha. La primera es aquella que existe sobre un sustrato inerte, mientras que la segunda es la efectuada sobre la piel. De igual forma, hay diferencia entre una mordedura humana y otra de animal. La mordedura humana presenta una forma circular, oval o elíptica, en donde se observa marca de succión, abrasiones superficiales y la forma de los dientes humanos; mientras que la mordedura de animal es en forma de ángulo u oblonga, no presenta marca de succión y se observa una lesión profunda. Se relataron diversos casos, por ejemplo, el de Ted Bondi, un asesino de mujeres a quienes les provocaba mordeduras, en donde los moldes adquiridos del sospechoso se correspondían con los de las víctimas. También el de Ray Krone, en donde iban a condenarlo por una superposición de modelo tomado de la dentadura con la mordedura de la víctima, pero se equivocaron, lo que se pudo verificar a través de un hisopado en donde el perfil genético no se correspondía con el de Ray. Por ello para evitar estos errores se debe realizar la toma de fotografías de huellas de mordeduras utilizando un testigo métrico diseñado para tal fin, denominado escala ABFO n°2.

La unificación de la ficha odontológica para el práctico general, su finalidad por Héctor José Ceppi, Dr. en Odontología y Perito Odontólogo. Dado que existen diversas formas de definir a la ficha odontológica, el disertante propone que se defina una forma única y unificada para así poder universalizarla, definiendo finalmente a la ficha odontológica como una cédula, cuyos requisitos son, entre otros, ser de fácil manejo, concisa y clara. A su vez, debe contener en el anverso los datos personales del paciente, medios de pago, mutual, esquema dentario, observaciones, pautas de presupuesto; y en el reverso, las

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La Justicia en Manos de la Ciencia

Héctor José Ceppi

Mónica Rospide

pautas de conducción del tratamiento, fecha, tipo de diente, intervención, etc.

basa en conocer la satisfacción del usuario en relación a la atención a partir de una encuesta. La misma no puede ser modificada y debe realizarse rigurosamente para que se efectúe en varios países y pueda luego ser comparada.

Las finalidades de la ficha odontológica son primeramente científica, ya que se basa en las necesidades para adecuar un sistema a ella; en segundo lugar económica, como medio de vida; en tercer lugar jurídica, en todos los fueros; y por último, social. Respecto a este último punto, propuso realizar las fichas antes de los seis años de edad, después de los catorce y tras cumplir los veintiséis años. El Dr. Ceppi, enseñó una clasificación actual de las fichas: las activas son aquellas en las que los pacientes se encuentran en tratamiento; las pasivas, contienen el tratamiento una vez finalizado y ya pago; y las auxiliares, el tratamiento finalizado pero con falta de pago.

Viernes 9 de Septiembre Evaluación de calidad de la atención primaria de la salud a partir de la aplicación de herramientas de gestión por Mónica Rospide, Odontóloga Legista. Expuso diversos trabajos forenses, por ejemplo la determinación de la edad a partir del análisis del tercer molar mediante la observación de radiografías; la obtención de ADN a través de la pulpa dentaria; y un proyecto que consiste en la reconstrucción cráneo-facial a partir de una pieza. El Sistema Público de Tucumán se

Este estudio cumple con funciones esenciales y secundarias, en donde las primeras se basan en el primer contacto, la continuidad, la coordinación y la integridad o globalidad, mientras que las últimas se apoyan en el enfoque familiar, la orientación comunitaria, etc. Para el mismo, se eligen usuarios a partir de un sistema de geo-referencia, seleccionándolos por localidad. Una vez seleccionado se determina qué encuesta aplicar (como por ejemplo, personas mayores de 17 años sin tener en cuenta el sexo). Son de carácter voluntario y anónimo. Así se podrá obtener información útil para así poder mejorar la calidad de la atención de los pacientes, convirtiéndose en un instrumento que permite detectar áreas de excelencia y mejoras, ya que de este modo se conoce lo que piensa el usuario, pero todavía faltaría la opinión del proveedor. Se deben realizar las mismas preguntas pero dirigidas desde otra perspectiva.

Lesionología y autopsia médico-legal por Ricardo D’Angelo y Carlos Flores, Médicos Legistas. Resaltaron la importancia del trabajo interdisciplinario y el valor que presenta cada eslabón del equipo. Cuando se realiza una

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Revista Skopein Los insectos carroñeros como testigos indirectos de un hecho criminal por Graciela Varela y Roxana Mariani, Entomólogas Forenses.

Ricardo D’Angelo y Carlos Flores

autopsia, de acuerdo con los protocolos de actuación, el primer punto es la identificación del cadáver. Se trataron términos como “trauma”, que es una lesión producida en los tejidos por un agente mecánico y externo en el cuerpo o en la salud. Las lesiones pueden clasificarse en leves, graves y gravísimas. Respecto a este punto, se discutió sobre la restitución in situ, concluyendo que por más de que por una intervención quirúrgica puede repararse esa lesión, el daño está y se considera grave. En una pericia médica debe realizarse el diagnóstico de lesión, determinar la ubicación topográfica de la misma, delimitándola claramente mediante coordenadas, su mecanismo de producción (cómo se produjo la lesión), la antigüedad de la lesión, el tiempo probable de curación, si tal lesión lo inutiliza, o no para el trabajo y tiempo de incapacidad, y finalmente determinar la relación entre la lesión y el mecanismo de producción. Citando a Raffo la disertante expresó que “la autopsia es un hecho irreproducible que deber realizarse una sola vez”. Debe ser completa, metódica, sistemática e ilustrada. Existen distintos tipos de autopsias: hospitalarias y las médico-legal (a pedido de la Justicia). La necroidentificación no es más que la identificación aplicada a cadáveres, la misma puede realizarse por ejemplo, a través de familiares o amigos por características como cicatrices, tatuajes, etc., conjuntamente con los métodos científicos.

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Se hizo una breve reseña histórica y se definió a la Entomología Forense. La misma es la ciencia que aplica el estudio de los insectos y otros artrópodos en procedimientos legales. Se considera a Megnini como el padre de la entomología, quien propuso diferentes tiempos de descomposición del cadáver. Fue un trabajo pionero, que tuvo que ser modificado y completado con otros datos. Existen distintos tipos de insectos: los necrófagos, son aquellos que llegan al cadáver y se alimentan del mismo; los necrófilos, se alimentan de los primeros, es decir que son atraídos por los huevos y las larvas de los necrófagos; los omnívoros son aquellos que se alimentan tanto de los necrófagos como necrófilos; y los oportunistas o accidentales, utilizan al cadáver como hábitat natural. La entomología brinda diversos aportes como la data de muerte a través del intervalo post-mórtem (IPM) en base al ciclo de vida de los insectos, las fases de descomposición, etc. Sobre esto último, existen diversos tiempos relativos que dependen de distintos factores que lo modifican: circunstancia de muerte, la temperatura, la humedad, el tipo de sustrato, los insectos, etc. Se estima que una semana es el tiempo que tarda un cuerpo al aire libre

Graciela Varela y Roxana Mariani

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La Justicia en Manos de la Ciencia en descomponerse, dos semanas en caso de cuerpos sumergidos y ocho semanas en casos de restos enterrados. Las moscas adultas no modifican al cadáver, no se alimentan del mismo ya que no tienen aparato bucal, son las larvas quienes lo hacen. Las polillas se buscan entre los pelos; si se encuentran es porque pasaron al menos seis meses (en el clima de Buenos Aires). Se debe tomar como evidencias a las que sean fáciles de colectar, aquellas superficiales. Si no es posible se toman muestras en la autopsia. Otro factor importante son las muestras de tierra, ya que los insectos abandonan el cadáver para empupar, por lo que deben realizarse muestreos de hasta un metro de distancia al cadáver, pero debe tenerse en cuenta que hay insectos que empupan en el mismo. De acuerdo con el protocolo de registro de datos, se debe obtener la mayor cantidad posible determinando distintos factores como si la muestra se encuentra expuesta o no, el tipo de terreno ya sea poroso, o haya pasto o arena, registrar el contexto del cuerpo, indicar si hay acceso de la fauna, la temperatura, etc. La remisión de las muestras al laboratorio debe realizarse en frascos con alcohol 70-75%. Los mismos deberán estar rotulados, claramente identificados. En caso que se trate de insectos vivos, se agrega al frasco comida y deberán estar ventilados. En el laboratorio se debe fotografiar el material remitido, realizar una identificación taxonómica (identificar la especie), determinar el estado inmaduro, estimar el tiempo de vida, etc. En la actividad pericial, los registros ambientales del lugar del hallazgo deben estar volcados en el acta. Una vez que se tiene la especie y la información detallada, se procede a realizar el informe, el cual contendrá el estadio del insecto, el carácter de cada especie (la oleada, la estación, etc.), la data de muerte que dependerá de lo que

envíen (en el caso de una pupa abierta no se sabrá cuanto hace que el insecto la abandonó). La entomotoxicología, el estudio de las toxinas en las cutículas de los insectos, generalmente se utiliza para determinar ADN humano, pero este análisis no se realiza en el país.

Incapacidad por Astrid Karen Tuzio. La odontología legal es la ciencia que liga los conocimientos científicos propios de la odontología con el derecho. El certificado único de discapacidad (CUD) sirve para acreditar una deficiencia, para que la persona tenga prioridades y que se cumplan sus derechos. Lo otorga el Ministerio de Salud de la Nación y en la Provincia de Buenos Aires, el Ministerio de Desarrollo Social. El mismo se otorga dependiendo de la discapacidad de la cual se trate, ya sea mental, visual, motora, audiovisual, etc. El odontólogo es el profesional habilitado para medicar, así también como de derivar al fonoaudiólogo, pidiéndole cierta cantidad de sesiones. En casos de que sea necesaria la intervención quirúrgica, el odontólogo debe pedir un diagnostico respaldado por un médico para el empleo de anestesia general.

Principios bioéticos hoy por Silvia Inés Gonzales, Especialista en Odontología Social.

Silvia Inés Gonzales

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Revista Skopein Se mencionaron algunos artículos del nuevo Código Civil y Comercial, en donde se determina cómo debe ser la información brindada al paciente, estipulando la obligatoriedad de que sea clara, precisa y concreta; la naturaleza de la patología y su evolución natural; qué es lo que se le debe informar al paciente, como el diagnóstico (historia clínica completa), el tratamiento propuesto (en qué consiste), los beneficios esperados, el tipo de anestesia, el equipo de trabajo (informar sobre todas las personas que participan), los riesgos, las molestias y efectos previsibles, alternativas de tratamiento y las consecuencia de la no realización. El paciente debe dar su consentimiento informado, el cual deberá estar firmado por el mismo una vez que haya expresado la total comprensión. En Argentina, la toma de decisiones hasta los trece años recae sobre los padres; entre los trece y dieciséis años en asuntos invasivos se pide la opinión del adolescente y la decisión del padre, pero en casos no invasivos decide el adolescente; mayores de dieciséis años se los considera adultos por lo que tienen decisión propia. En el mencionado Código, se diferencia la urgencia de la emergencia. La primera es una situación de riesgo potencial de vida, mientras que la última es una situación de peligro vital, sin consentimiento.

Debate y conclusiones La mesa de debate se integró por Marta Maldonado, Silvia Gonzales y Mónica Rospide. Maldonado, a partir de las disertaciones realizadas por profesionales de diversas especialidades, se refirió a la importancia de trabajar en forma

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Marta Maldonado, Silvia Gonzales y Mónica Rospide

interdisciplinaria, con el fin de brindar herramientas útiles para el esclarecimiento de los hechos. Rospide, determinó que toda actuación del perito debe estar respaldada por un método científico, aceptado por la comunidad científica. Habló sobre el valor de trabajar conjuntamente con profesionales que tienen la actividad diaria y el alcance a registros o datos que puedan llevar a la creación de nuevos métodos. Mencionó que la integración del odontólogo forense debe ser impulsada por las diferentes instituciones de cada provincia. Gonzales, llamó a concientizar la unificación de datos, no solo de forma Nacional, sino también a partir de las instituciones de trabajo de los distintos profesionales. Una de las preguntas del público fue el cómo se puede colaborar desde el rol del docente o del odontólogo para cumplir con el proyecto de Ley 26.812, a lo que se respondió que cada uno debe hacer su aporte desde su profesión, formando equipos de investigación con una normativa de trabajo, en donde la unión hace a la fuerza. Para finalizar el encuentro, se hizo entrega de los certificados y se invitó a los participantes a un cóctel de cierre.

Para citar este articulo (APA): Ayas Ludueña, M.; Escobedo, G. (2016). Skopein Presente! en 4ª Congreso Interdisciplinario "Inclusión del Odontólogo Legista en las Ciencias Forenses". Revista Skopein, XIV, 48-54. Disponible en www.skopein.org

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La Justicia en Manos de la Ciencia

Las Ciencias Forenses y la Medicina Eduardo Pérez Campos Mayoral*; Rocío Martínez Helmes** & Carlos Perezcampos Mayoral*** *epcm@live.com.mx **rmhelmes@hotmail.com ***cpmcarlos@hotmail.com

Historia El desarrollo de las ciencias forenses se ha dado desde su nacimiento apegado al desarrollo de la medicina. Ambas áreas del conocimiento se han visto relacionadas por la investigación en las mismas. Veamos algunos ejemplos de los descubrimientos científicos que se interrelacionan en estas disciplinas: • En el año 43 A. C., el emperador Julio César es asesinado. Antistio, su médico lleva a cabo una autopsia y determinó que de las 23 heridas encontradas en el cuerpo sólo una era fatal. • En el año 400 D. C., son las sociedades Germánicas y Eslavas las primeras en promulgar un estatuto en donde expertos médicos debían determinar la causa de muerte. • Uno de los primeros registros en donde la medicina, las ciencias forenses y la entomología coinciden para resolver casos criminales se atribuye al libro Washing Away of Wrongs de Xi Yuan Lu 1, este texto fue escrito en China en 1248 D. C., por Song Ci.

En él se describen tipos de lesiones, armas, formas de estrangulación y ahorcamiento, resalta el caso de un campesino degollado con una hoz. Se narra que este campesino apareció muerto en un campo de arroz, y como en la mayoría de los casos incluyendo los de esta época, nadie sabía nada sobre el presunto responsable del hecho delictivo. Este caso se resolvió cuando se hizo el análisis del cuerpo y se determinó que el arma homicida había sido una hoz como las utilizadas en la recolección del arroz. El magistrado del lugar mando llamar a todos los campesinos de la localidad formándolos en una fila, al mismo tiempo les solicitó que pusieran su hoz en el piso frente a cada uno de ellos, al poco tiempo hizo la imputación como homicida a uno de los campesinos, ya que sobre su hoz revoloteaban algunas moscas a diferencia de las demás, dado que las moscas se sintieron atraídas por los vestigios de sangre en la hoz de aquel campesino, quien al confrontarlo, aceptó su crimen. • En 1507, se promulgó en Alemania, el libro de leyes “Constitutio Banbergensis Criminalis”2, que ordenaba la consulta médica en los casos de infanticidio y de lesiones. Esa obra fue la base para la

* Profesor investigador de tiempo completo de la Facultad de Medicina y Cirugía de la Universidad Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca, Doctor en Ciencias, Sector público y privado, aplicación de pruebas poligráficas. ** Profesora investigadora de tiempo completo de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca, Maestra en Derecho Constitucional. *** Profesor investigador de tiempo completo de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca, Maestro en Derecho Constitucional. 1 Forensics Timeline". Cbsnews.com. Retrieved 2011-12-20. (http://www.cbsnews.com/htdocs/forensics/timeline.html) Consultado 13-01-16 2 Diccionario Jurídico Mexicano. Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM. Editorial Porrúa. 2001. p.p. 2091

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Revista Skopein “Constitutio Criminalis Carolina”3, publicada en 1532, en la cual se señalaba la necesidad de ensanchar las heridas para poder determinar la profundidad y trayectoria de las mismas. • En el año 1575, se publica la obra de Antonio Paré, quien es considerado como el padre de la medicina forense. En su obra, atiende lo relativo a la problemática de las asfixias, heridas, ensamblamientos, virginidad y otros. • En 1806, el químico alemán Valentin Ross desarrolló un método de detección de arsénico en el estómago de una víctima. • En 1866, James Marsh, un químico Inglés, determina al arsénico como elemento de causa de muerte en un juicio por asesinato.

Campos de Aplicación La intoxicación por arsénico actualmente no solo es estudiada por el Médico, también tiene lugar el químico y otras disciplinas afines cuyo objetivo es el esclarecer y ayudar desde su perspectiva a la resolución de un delito; estas disciplinas pueden llevar la connotación Forense. Esta patología se denomina Arsenicosis y ocurre por beber agua rica en arsénico durante un largo período tiempo. Los efectos sobre la salud generalmente se manifiestan en forma tardía. La malnutrición puede agravar los efectos del arsénico en los vasos sanguíneos. Las sales de arsénico en forma natural se presentan en todas las aguas, menos de 0,01 mg/L., que son cantidades muy pequeñas4. La contaminación del agua por arsénico, en parte es debida a los procesos industriales. Los países con mayor

contaminación por arsénico en Latinoamérica son: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Perú y Uruguay. Se estima que aproximadamente 4.5 millones de personas en Latinoamérica están permanentemente expuestas a niveles altos de Arsénico > 50 µg/L. Si se considera el criterio provisional de la OMS al menos 14 millones están expuesta a 10 µg/L de arsénico5. Esto es materia en donde tienen que actuar tanto de los médicos como los forenses. La intoxicación puede ocurrir por ingestión, inhalación y absorción cutánea. El arsénico trivalente es absorbido fácilmente por la piel y llega a ser 60 veces más tóxico que el arsénico pentavalente, este último se absorbe mejor por el intestino. En las intoxicaciones, las cantidades pequeñas <5 mg dan como resultado náusea, vómitos, dolor abdominal y diarrea, pero se pueden resolver en las primeras 12 horas. La dosis letal de arsénico en intoxicación aguda oscila entre 100 a 300 mg. La intoxicación aguda por arsénico inorgánico en los seres humanos se ha estimado en aproximadamente 0.6 mg /kg / día6. Los síntomas de la arsenicosis crónica se manifiestan inicialmente por trastornos de la piel tales como hiperqueratosis, melanosis y manifestaciones multi-sistémicas. Por otra parte, es en el año de 1875 que el médico veronés y criminólogo, Cesare Lombroso, publicó su obra “Tratado antropológico experimental del hombre delincuente”, en donde estableció una clasificación de los delincuentes, utilizando un método empírico para la construcción de dicha clasificación. Su teoría sobre el delincuente nato partió de más de cuatrocientas necropsias realizadas a delincuentes y aproximadamente de unos seis mil análisis a delincuentes vivos. Observó algunos rasgos comunes entre los

Ídem. World Health Organization. Water-related diseases. Arsenicosis. http://www.who.int/water_sanitation_health/diseases-risks/diseases/arsenicosis/en/ Consultado 13-01-16 5 Jochen Bundschuh, Jiin-Shuh Jean. Arsenic exposure in Latin America by drinking Water: experiences from 14 countries. GeoMed. 2011 – 4th International Conference on Medical Geology – Italy. 6 Ratnaike RN. Acute and chronic arsenic toxicity. Postgrad Med J. 2003;79(933):391-6. 3 4

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La Justicia en Manos de la Ciencia distintos tipos de delincuentes, a través de los cuales se los podía distinguir fácilmente, e hizo una tipificación de los distintos tipos de nariz, frente, ojos, boca, barbilla, etc. definiendo las fisonomías de cada tipo de delincuente. Estos son algunos ejemplos de cómo la medicina ha contribuido y se ha convertido en base para el desarrollo de las ciencias forenses.

Medicina Legal o Medicina Forense Una de las preguntas obligadas a responder con los jóvenes estudiantes, es si existe diferencia entre la medicina legal y la medicina forense, y existen varias respuestas a dicha interrogante. Hablar de medicina forense hace que reflexionemos acerca del significado de las palabra, y es que la palabra forense que etimológicamente proviene del latín fórum, significa espacio público, foro, mercado o plaza, términos que hacen referencia a los eventos que se llevaban a cabo a manera de foro o de forma pública, como los tribunales, y que no eran exclusivos del área médica o policial , sino que más bien el termino hacía referencia a eventos públicos y con gran número de espectadores,

pudiendo ser una clase de anatomía humana dentro de una institución educativa. Es por esto que a algunos médicos legistas les incomode el termino de médico forense, ya que lo consideran como un concepto muy amplio de actuación, cuando la labor del médico legista se ha limitado a la aplicación de conocimientos médicos y biológicos para resolver problemas legales, en auxilio de fiscales o jueces para determinar entre otros el origen de las lesiones, su temporalidad, gravedad, causas de muerte, data de muerte, valoraciones y certificación de lesiones, tortura, toxicomanías, autopsias, etc. También podemos encontrarnos con una distinción entre las escuelas anglosajonas donde se forman médicos forenses y las latinas que forman médicos legistas; sin embargo, ambos términos suelen utilizarse como sinónimos en el ámbito académico. El objeto de estudio de un médico es primariamente el cuerpo humano, y por ende el conocimiento de la anatomía, fisiología y fisiopatología son de suma importancia para llevar a cabo un diagnóstico de enfermedad, que no está limitado al estudio y tratamiento de enfermedades que aquejan al hombre, ya que en este sentido la medicina legal se encarga del estudio de enfermedades que causan la muerte, y sobre todo de eventos

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Revista Skopein traumáticos en donde la violencia física se ha hecho presente, pudiendo ser el estudio de un cuerpo vivo para determinar si las lesiones ponen en peligro la vida o no, o investigando las causas y mecanismo de muerte de una persona. Los elementos constantes para realizar este tipo de estudios siempre serán el conocimiento de cómo está conformado el cuerpo humano de forma natural, es decir sin alteraciones, y cómo funciona el mismo, es decir que el médico para emitir una opinión profesional debe conocer la anatomía y la fisiología normal y fisiopatología para poder identificar lo que es anormal, siendo que esta anormalidad puede ser provocada por factores biológicos naturales, genéticos o pudiesen ser provocados de forma mal intencionada, como es el caso del envenenamiento por arsénico, repercutiendo en caso de una intoxicación en el funcionamiento del estómago o provocando la muerte en caso de administración de dosis mayores. La historia nos ha enseñado que para efectuar un buen diagnóstico clínico debemos conocer los principios básicos de estructura y funcionamiento del organismo. Es en este sentido que existen principios que nunca cambiarán, por ejemplo, la sintomatología del envenenamiento por arsénico, que si bien es variada y dosis dependiente, los síntomas más comunes son diarrea, hipotensión, cefalea, náuseas, cólicos, úlceras, entre otros, y que en la autopsia se revela como anemia, cirrosis, edema pulmonar, ceguera, cambio en la coloración de tejidos, gangrena, entre otras lesiones internas y externas. Así pues, lo que está destinado a cambiar son las herramientas auxiliares para la identificación y estudio del cuerpo humano, por ejemplo, hoy tenemos estudios de tomografía computarizada y resonancia magnética, en donde las imágenes se pueden trasladarse y ser recolectadas a aparatos como el Anatomage7. Con este tipo de

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herramientas puede hacerse una autopsia virtual, respetando la integridad del cuerpo acaecido. La ciencia y la tecnología han avanzado y hoy se pueden detectar rastros de drogas o sustancias tóxicas con una muestra súper pequeña y con gran certeza; es el caso del empleo de la espectrometría por captura de iones en movimiento, que es capaz de detectar cantidades extremadamente pequeñas de drogas o explosivos mediante los vapores o partículas que se encuentren en el aire, este tipo de herramientas de última generación se suelen utilizar para escanear la presencia de sustancias prohibidas en los aeropuertos como Canadá8. Este método debe ser estandarizado y con un límite de error de 0.01%, es así como la ciencia y la tecnología ayudan al combate del crimen en su modalidad de tráfico de drogas. Es importante añadir que el uso de esta tecnología no está limitado al área forense, debido a que se puede utilizar en el campo preventivo y clínico, en el primer caso ayudando a detectar restos de cocina en billetes de jóvenes escolares, con la finalidad de identificar si estos han estado en contacto con alguna substancia ilegal o tóxica; este ejemplo puede aplicarse a la investigación policial de billetes producto del tráfico ilícito de drogas, en el área clínica estas herramientas de avanzada, podrían utilizarse para detectar con antelación algún tipo de intoxicación o envenenamiento voluntario o involuntario, con la finalidad de dar un tratamiento médico efectivo y previamente a que se produzcan consecuencias fatales. Cabe señalar que existen dos tipos generales de pruebas: las cuantitativas, que identifican un grado o proporción de sustancias particulares, expresadas en cantidades Un ejemplo es la detección de la hormona del embarazo, la gonadotropina coriónica humana, fracción beta, que en condiciones “normales” existe en muy bajas cantidades en circulación en el torrente sanguíneo de las mujeres, y que hace su aparición en el momento de la gestación y va gradualmente aumentando su concentración

Anatomage. http://www.anatomage.com Correctional Service Canada. Use of Ion Scanners in Correctional Facilities: An International Review. http://www.csc-scc.gc.ca/research/005008-rr11-01-eng.shtml 7 8

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La Justicia en Manos de la Ciencia hasta el término del embarazo, pudiendo ayudar a determinar los meses de gestación, o cuando aumenta demasiado rápido puede indicar algún proceso anormal dentro del mismo embarazo, por ejemplo la presencia de un embarazo ectópico, es decir que la implantación del embrión se llevó a cabo fuera del útero. Por el otro lado, la existencia de pruebas cualitativas valora más las cualidades de un elemento, estructura, proceso o persona en su totalidad y no a través de la medición de algún elemento por separado, la espectrometría de iones en materia de detección de sustancias tóxicas no miden los niveles de pureza o la cantidad de sustancias prohibidas, pero sí puede identificar y determinar con gran precisión el tipo de droga de la que se trata. El uso de tecnología como el análisis de iones para detectar drogas u otras substancias, pone de manifiesto la evolución y la importante participación que han tenido las ciencias de la salud en auxilio de la administración de justicia. En México a partir del 18 de junio del 2016 con la llegada de los juicios orales o sistema acusatorio adversarial, y con la publicación del nuevo código Nacional de procedimientos penales se torna elemental el uso de pruebas científicas dentro de las actuaciones periciales con la finalidad de dictaminar con apego a estándares internacionales que puedan auxiliar a los jueces, fiscales o magistrados con dictámenes forenses solidos e ilustrativos que apoyen la teoría del caso para eliminar controversias o deslindar responsabilidades, estos documentos deben reunir ciertas características para poder ser útiles en el proceso. Una de las características más importantes que debe reunir un dictamen pericial, es la descripción del método utilizado para poder llegar a una conclusión objetiva y concreta de lo que se está probando. Conclusiones

históricamente de la medicina, la patología, y otras disciplinas para el estudio y abordaje de problemas jurídicos. Hy en día la aplicación de la medicina legal es muy amplia, sirviendo por igual a niños o adultos, vivos o muertos. La gama de temas cubiertos dentro de las ciencias forenses biomédicas son la patología, para identificar causas y mecanismos de muerte; la traumatología para el estudio de las lesiones ante-mórtem y post-mórtem; la química o la toxicología, para identificar drogas de abuso o muertes por envenenamiento; la identificación humana, en casos de desastres masivos; la radiología para determinar la edad de un presunto delincuente y por ende el tipo de delito y pena que se le aplicará; la antropología, como medio de identificación; la entomología, para establecer la data de muerte; la genética, con fines de identificación humana o determinación del sexo biológico, entre otras.

Bibliografía Anónimo. Forensics Timeline. (2011). Cbsnews.com. Recuperado de: http://www.cbsnews. com/htdocs/forensics/timeline.html Government of Canada. (2012). Recuperado de: http://www.csc-scc.gc.ca/research/005008-rr11-01-e ng.shtml Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM. 2001. Diccionario Jurídico Mexicano. México. Editorial Porrúa. Jochen Bundschuh, Jiin-Shuh Jean. (2011). Arsenic exposure in Latin America by drinking Water: experiences from 14 countries. GeoMed. 2011 – 4th International Conference on Medical Geology – Italy. Ratnaike RN. 2003. Acute and chronic arsenic toxicity. Postgrad Med J. 79(933):391-6. Simonet Enrique. (1890). La Autopsia. (Ilustración). Recuperado de: https://es.wikipedia.org /wiki/Medicina_forense#/media/File:Enrique_Simone t_-_La_autopsia_1890.jpg World Health Organization. (2001). Recuperado de: http://www.who.int/water_sanitation_health/ diseases-risks/diseases/arsenicosis/en/ Anatomage. Recuperado http://www.anatomage.com/

de:

Las ciencias forenses, se han apoyado Para citar este articulo (APA): Pérez Campos Mayoral, E.; Martínez Helmes, R.; Perezcampos Mayoral, C. (2016). Las Ciencias Forenses y la Medicina. Revista Skopein, XIV, 55-59. Disponible en www.skopein.org

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Argumentos e Inferencias

en la Investigación Criminalística

Sebastián Streuli* & Aníbal R. Bar** sebastreuli@hotmail.com anibalroque@yahoo.com.ar

La comprensión de las primeras actividades periciales desarrolladas en el lugar del hecho, es un proceso esencial y necesario que debiera ocupar buena parte de nuestro tiempo y de nuestra actividad cognitiva. No obstante, advertimos escaso esfuerzo por desentrañar los procesos y mecanismos de pensamiento involucrados en la comprensión subyacente de esas tareas; las cuales dan origen a todo el encadenamiento de la investigación criminal del caso a dilucidar. La dificultad que percibimos radica en la carencia de aportes conceptuales que justifiquen un abordaje pragmático de la escena, como también lineamientos metodológicos que se sustenten en elementos epistemológicos. Creemos que el estudio y desarrollo de teorías y metodologías criminalísticas en la investigación de la escena está limitado, entre otros aspectos, por la insuficiente producción bibliográfica que profundice los lineamientos epistemológicos que dan fundamento a las situaciones específicas de la praxis profesional del perito. Así, sobreviene la necesidad de abordar el tema desde miradas que proporcionen una visión más amplia y profunda de la realidad. Advertimos que la gran mayoría de la

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literatura criminalística aborda la temática planteada con un enfoque parcial, al cual no nos oponemos, pero sí consideramos insuficiente para explicar la totalidad de los actos producidos por los peritos al momento de intervenir en el lugar del hecho, como inicio de la investigación criminal. El experto, al intervenir en la escena, aplicando los conocimientos criminalísticos, se ocupa del descubrimiento del delito, y a posteriori en su comprobación científica. Es capaz de transformar un simple indicio en evidencia y luego constituirlo en prueba a través de métodos empíricos, lo que deviene en la posibilidad de reconstruir el cómo, el dónde, el cuándo, y establecer la individualización de él o de los autores del delito (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación Argentina, 2004). En palabras de Peña Torrea (citado en Fernández Sánchez, 2009, pág. 39), el trabajo de investigación criminal trata, en esencia, de descubrir verdades que se ignoran, tales como comprobar la realidad de un delito, esclarecer las formas y circunstancias de su perpetración, averiguar las causas y móviles que lo provocaron, determinar los instrumentos que sirvieron para realizarlo e identificar al autor o autores, demostrando de una manera taxativa y terminante su participación en los hechos.

* Lic. en Criminalística y Criminología. Esp. en Docencia Universitaria. Docente Investigador del Instituto de Cs. Criminalísticas (UNNE). Oficial Perito en el grado de Primer Alférez de Gendarmería Nacional. ** Dr. en Ciencias Cognitivas. Mgter. en Epistemología y Metodología de la Investigación. Lic. en Zoología. Docente Investigador de la Facultad de Humanidades (UNNE).

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La Justicia en Manos de la Ciencia Como se observa, el éxito de una investigación criminal se logra a través de la fuerza probatoria de los elementos, rastros e indicios hallados en el lugar del hecho. Esto ineludiblemente nos conduce a construir el objetivo claro y específico de toda investigación criminalística de la escena, el cual es aportar al proceso judicial una prueba legal y objetiva relevante al caso investigado (Torales, 2012). Es innegable que la prueba indiciaria se convierte así en un aspecto fundamental del derecho pues deviene en consecuencias jurídicas, por lo cual no puede derivarse de inferencias etéreas o ligeras que implicarían un comportamiento inicuo del magistrado. En su libro “Introducción a la Ciencia Criminalística” (2004) Juan refiere que el aporte de los indicios en la criminalística se da a través de la prueba pericial, cuyos fundamentos científicos se encuentran conceptualmente sustentados en la trilogía del “conocer”, “comprobar” y “probar”. El autor alega que para “conocer” se requiere la observación rigurosa de la escena, considerando la totalidad de los elementos allí encontrados; el “comprobar” depende de la valoración pericial que el experto haga de esos elementos; y “probar” se realiza con la formulación, en calidad de dictamen, de todas las tareas desarrolladas por el perito. Juan (2004), al referirse al método utilizado, afirma que es científico y experimental, porque aplica un razonamiento eminentemente inductivo (sin descartar el deductivo) que conforma reglas de procedimiento analítico para la investigación y la demostración de la verdad. Distinguimos que la investigación criminalística del lugar donde aconteció el hecho constituye la respuesta fáctica de las Ciencias Criminalísticas, resultando ser el pilar donde descansa la fuente primordial de datos. Éstos son de trascendental importancia para la colección y estudio de los indicios físicos con características identificatorias y reconstructoras que, a la luz

del expediente judicial, se constituirán en los elementos probatorios de las conjeturas esbozadas. Es pertinente destacar que todo proceso de producción científica de conocimiento, incluida la ciencia criminalística, lleva implícito dos momentos, que aunque a veces distantes temporalmente, son dos caras de la misma moneda: el descubrimiento y la validación; el primero, como el modo de alcanzar el conocimiento explícito en respuesta a las preguntas trascendentes, modo relacionado con el puro intelecto, como experiencia racional, como acto eminentemente subjetivo; el segundo momento, ligado a justificar dicho saber, referenciado a algo que ha sido aceptado previamente, ya sea como conocimiento previo, o bien como proceso válido para la comunidad. Este segundo momento trasciende la subjetividad individual haciéndola colectiva; socializa lo subjetivo trocándolo en objetivo (Bar, 2003). Afirma Fernández Sánchez (2009) que al establecer el orden cronológico de los momentos de la investigación criminal del lugar del hecho, después del estudio realizado en la escena, comienza la instancia analítica, donde el investigador considera su hipótesis de manera deductiva. La hipótesis criminal, al igual que otras hipótesis deductivas de carácter científico, posibilita el ordenamiento coherente de conocimientos al aplicar la racionalidad con cierta dosis de objetividad o probabilidad a los pasos lógicos que conducen a ese objetivo. Así, para el autor la hipótesis generada es racional, y por ende, lógica y deductiva, lo cual no es concordante con otras perspectivas que ubican a la producción de hipótesis en un escenario de racionalidad diferente, no lógica ni deductiva, pero sí productiva, el contexto de la abducción. Pensamos que el descubrimiento puede estar al inicio del proceso (método hipotético-deductivo) o bien al final (método inductivo). Puede estar ligado tanto a hipótesis y teorías, como a hechos, es decir, tanto pueden descubrirse leyes como nuevos

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Revista Skopein casos de leyes, casos que amplían la base empírica de las mismas. Debe dejarse en claro aquí que independientemente de que se hable de "métodos deductivos o inductivos", no son éstas expresamente las inferencias en juego en los mencionados procesos. Según Peirce (1970), la inferencia del descubrimiento es la abducción, y ésta la única capaz de incorporar nueva información compatible con una explicación (Bar, 2003). “La explicación debe ser una proposición tal que lleve a la predicción de los hechos observados, sea como consecuencias necesarias, sea al menos, como muy probables en esas circunstancias. Entonces, ha de adoptarse una hipótesis que sea en sí misma plausible y que torne los hechos plausibles. Este paso de adoptar una hipótesis como sugerida por los hechos es lo que llamo abducción” afirma Pierce, equiparándola con el primer estadio de una investigación (Santaella, 1998). Santaella (1998) expone que Pierce, también concluye que “en cuanto una hipótesis ha sido adoptada la primera cosa que hay que hacer es delinear sus consecuencias experimentales necesarias y probables. Ese paso es una deducción. El paso siguiente es la verificación de la hipótesis a través de experimentos y comparaciones de las predicciones deducidas de la hipótesis con los resultados reales del experimento. Cuando predicciones tras predicciones son verificadas por el experimento, comenzamos a darnos cuenta de que la hipótesis puede contarse como un resultado científico. Este tipo de inferencia, comprobar predicciones basadas en una hipótesis mediante experimentos, es la única que está legitimada para ser llamada propiamente inducción”. A razón de ello, Pierce explica que, de las deducciones extraemos fuertes indicadores de la verdad, sin que podamos especificar qué circunstancias observadas nos llevaron a tales indicaciones al momento de conjeturar sobre el hecho. Luego afirma que los distintos elementos de una hipótesis

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están en nuestra mente antes de que seamos conscientes de haberla formulado (Sebeok & Umiker-Sebeok, 1994). Compartimos la afirmación de este autor (Pierce) cuando llama al proceso abductivo “argumento original”, ya que es el único tipo de argumento con el que nace una nueva idea. Advertimos que la “abducción” está presente, al momento de razonar científicamente la investigación criminal, con la adopción de una hipótesis que pueda llevar a la predicción de los hechos investigados. La “deducción” es el camino por el que se trazan los probables y necesarios resultados experimentales de esa conjetura; mientras que la “inducción” resulta la prueba experimental de esa hipótesis (Sebeok & Umiker-Sebeok, 1994). Contrariamente a lo que sostiene Fernández Sánchez (2009), notamos que una generalización, en la medida en que es considerada inicialmente como verdadera, es una hipótesis a la que se llega por abducción. Por lo tanto, y considerando el tipo de diseño de la investigación criminalística, destacamos que la inferencia abductiva, aunque falaz desde el punto de vista lógico, es la única capaz de conectar consecuente con antecedente en un elevado nivel de probabilidad. Así, la abducción deviene en la inferencia del descubrimiento en el razonamiento de la investigación criminal. Es la que posibilita crear conocimiento en pos de explicar los elementos observados en el lugar del hecho; mientras que la inducción resulta su opuesto, siendo el paso conclusivo en esta reflexión científica para convertirse en el único proceso comprobatorio. Desde ese posicionamiento ideológico es que Santaella (1998) sostiene que la abducción ejemplifica evidentemente la amalgama perfecta entre los aspectos lógicos y psicológicos del proceso, engendrando los fundamentos hipotéticos sobre los que la deducción y la inducción deben entonces construirse.

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La Justicia en Manos de la Ciencia En cuanto al diseño experimental, observamos que, en la investigación criminalística, también se ponen a prueba las hipótesis siguiendo un esquema de tipo deductivo. De esta manera ante el perito que propone la resolución de un caso de cierto modo, puede el juez someter a prueba la hipótesis mediante la manipulación de las variables independientes y medición de las variables dependientes. Aquí la deducción aparece como una inferencia que permite establecer predicciones y las valida, aunque sólo conceptualmente. De poner la hipótesis a prueba, la inducción posibilitará su contrastación efectiva, es decir, la validará empíricamente (Bar, 2003). Las inferencias antes aludidas se entraman en el proceso de investigación criminalística, el que acontece en un marco institucional que da condiciones para su desarrollo. Así, dichos contextos ofician de marcos para las praxis de los peritos, praxis que sustentarán las producciones de conocimiento y sus correspondientes procesos de justificación. Particularmente estos últimos se definirán de modo pleno en el ámbito de la Justicia, quien tendrá la última palabra, y con ella la convalidación de lo actuado en la praxis pericial.

De esta manera, una vez finalizadas todas las tareas que se realizan in situ en la escena, el perito criminalístico se encomienda a la elaboración de los informes correspondientes que, en carácter de dictamen, elevará a la instancia judicial. En esta etapa de elaboración intelectual se volcarán todos los argumentos que lleven a una probable teoría que ensamble con todos los pormenores previamente verificados de las experiencias o ensayos realizados; volcando todos los juicios que crea convenientes avalados por los fundamentos científicos (Juan H. R., 2004). El informe pericial se propone comunicar la aplicación del conocimiento científico que el experto hace en la escena del hecho al momento de su examen. De esta manera, dicho informe es la objetivación de la intervención profesional, es decir, un documento que da cuenta de la actuación de un sujeto de una clase particular, la comunidad de peritos en criminalística. No obstante ello, el informe no reproduce la intervención profesional en sí misma, sino sólo lo que debe ser comunicable, es decir, aquello que expresamente le ha solicitado la Justicia (Bar, 2003). Los

modos

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comunicación

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Revista Skopein utilizados por los peritos para informar las operaciones realizadas en el lugar del hecho, en tanto responden a los formatos de la Justicia, muestran un desarrollo que no reproduce la lógica pericial, y por ello, no refleja la totalidad de las acciones efectuadas en el marco de la investigación. Así, afirmamos que la cronología abducción, deducción, inducción seguida en la práctica pericial, se metamorfosea a instancias de la demanda legal, y se trastoca en un aparente devenir inductivo que parte de los elementos indiciales y concluye en enunciados que dan cuenta de una verdad objetiva. Dichos enunciados no comprenden sólo los rastros del fenómeno en análisis; también su vínculo con aquello que no está dado a la observación, y que sin embargo el perito reconstruye y asimila a lo dado como objetivo. Así, al componente concreto de la investigación (lo relevado en el lugar del hecho), la pericia adiciona elementos subjetivos, pero no por ello caprichosos ni ocurrentes. Esos elementos se definen en otros términos menos racionales (desde la perspectiva lógica), y se sustentan en experiencias singulares y sociales (praxis). Desde la perspectiva de este trabajo asumimos que los contextos de la praxis resultan relevantes a la hora de construir conocimiento, toda vez que proporcionan modelos de actuación, vivencias particulares y colectivas, modos de hacer, acciones que se convalidan una y otra vez en un círculo virtuoso de confluencia de experiencias. La praxis supone así un espacio de aprendizaje con otros y de otros, espacio que legitima el quehacer profesional, más desde lo emocional que de lo racional, aunque luego la demanda de racionalidad impuesta por la Justicia y las asociaciones profesionales obliguen a “poner en caja” lo actuado, transformándolo en un documento legal, el informe pericial, documento que pondrá en evidencia lo hallado y dará condiciones para su validación objetiva.

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Conclusión La elaboración de un informe pericial, partiendo del análisis de los elementos indiciales en el lugar del hecho, es una actividad plenamente normada y definida en torno de las demandas de la Justicia. Dicha actividad pone en juego inferencias que posibilitan a los peritos el descubrimiento de los hechos y el aporte de evidencias en relación con ellos, inferencias conjugadas en el marco de las praxis profesionales. Las inferencias de las praxis colaboran unas con otras en un sistema donde cada una hace su aporte en el flujo del conocimiento. La primera de ellas, y la más importante en términos de lo que descubre, es la abducción, la que se nutre directamente de la experiencia. Así, a mayor y mejor experiencia, abducciones más precisas y probables; a mayor experticia, razonamiento abductivo más certero; lo que se explica no por la mera aplicación de teorías, sino por conocimiento en contexto situado. La abducción, si bien no responde a los cánones lógicos por ser una inferencia sintética, puede ser tan concluyente como la deducción. Esta última, en tanto analítica, es un razonamiento necesario, es decir, que partiendo de la verdad llega unívocamente a la verdad. No ocurre lo mismo con la abducción, pero ésta tiene la ventaja de incorporar elementos novedosos a la inferencia y así aportar al descubrimiento con altos niveles de probabilidad, si las premisas de partida se sustentan en conocimientos válidos. Sólo el contexto de la praxis es capaz de dar condiciones de posibilidad para la construcción de buenas hipótesis, sólo éste otorga sustancia a las teorías y las transforma en casos verdaderamente explicados.

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Lo antes expresado no deja fuera de las inferencias a la deducción y a la inducción, pero sí relegadas al espacio que les corresponde, la predicción de las consecuencias experimentales en el primer caso, y la justificación de la hipótesis en el segundo. Así, las tres formas de razonamiento coadyuvan a la elucidación del conocimiento en general, y de la investigación criminalística en particular. El entramado de los procesos inferenciales en el descubrimiento del hecho y su justificación no se plasman directamente en el informe pericial, dados los requerimientos de la Justicia; lo que resulta en el enmascaramiento de dichos procesos y su reestructuración en instancias de corte inductivo.

Bibliografía Bar, A. (2003). “Investigación Científica e Investigación Criminalística. Una discusión sobre aspectos convergentes y divergentes”. Cinta Moebio, 38-43. Fernández Sanchez, J. I. (2009). “Investigación Criminal”. Barcelona, España: Bosh. Juan, H. R. (2004). “Introducción a la Ciencia Criminalística”. Mendoza: Ediciones Jurídicas Cuyo. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación Argentina. (2004). “Programa Nacional de Criminalística”. Buenos Aires: Argentina. Quintana Peña, A. (2006). “Metodología de investigación científica cualitativa”. En Psicología: tópicos de actualidad (págs. 47-84). Lima: UNMSM. Santaella, L. (1998). Universidad Católica de Sao Pablo, Brasil. Recuperado el 3 de Marzo de 2016, de http://www.unav.es/gep/AN/Santaella.html Sebeok, T., & Umiker-Sebeok, J. (1994). “Sherlock Holmes y Charles S. Pierce. El método de la investigación” (2da ed.). Barcelona: Paidós. Streuli, S. (2013). “Inspección Ocular”. Material de estudio para la Cátedra Formación Criminalística I. Corrientes, Argentina. Torales, E. (2012). “Cadena de Custodia”. En F. M. Bertone, & A. M. Fenoll, Criminlística y Criminología. Implicancias prácticas de la investigación penal. (págs. 119-146). Córdoba, Argentina

Para citar este articulo (APA): Streuli, S.; Bar, A. (2016). Argumentos e Inferencias en la Investigación Criminalística. Revista Skopein, XIV, 60-64. Disponible en www.skopein.org

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