Por un nuevo estatuto para la Fech: algunas bases

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Por un nuevo Estatuto para la FECH: algunas bases Sergio Arenas Benavides

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Hace algunos días se supo que el Tribunal Calificador de Elecciones declaró inválidas las elecciones de la Federación de Estudiantes de la Universidad de Chile (FECH) debido a que, entre otras cosas, no se cumplió con el cuórum exigido por el Estatuto Orgánico de dicha entidad, que es 1 del 40% del número total de estudiantes . Revierte, así, lo dictado por el Primer Tribunal Electoral Regional Metropolitano que había rechazado en primera instancia el requerimiento presentado por 2 estudiantes ligados a un movimiento gremialista . Básicamente, se discute que no haya claridad respecto de los estudiantes de postgrado y de los egresados no titulados, por lo que se ordena repetir las elecciones y reformar el estatuto. Esta situación me ha hecho reflexionar, ya que soy egresado de esa casa de estudios, y 3 participé muchas veces en las elecciones para elegir a sus organismos (Directiva, Asambleas , etc.) y lo que muestra este episodio es que la FECH debe revisar la forma en que actualmente se maneja. Si bien en los últimos años ha recuperado su rol dirigente dentro del movimiento estudiantil (en general como a nivel de educación superior), lo ha hecho a costa de una organización y funcionamiento que, a mi parecer, fue diseñado con una sagacidad jesuítica, buscando mantener el predominio de las izquierdas en el seno sobre todo de la Directiva, en desmedro de posiciones más conservadoras. No lo digo yo, basta recordar la situación que debió 4 enfrentar Luis Felipe San Martín cuando fue presidente de la entidad en 2004 . Quizás sea una de las razones que motivó a los gremialistas a, en cuanto detectaron el fallo en la votación, recurrir de inmediato al tribunal electoral, al menos es sospechable. Pero no deja de ser plausible esa posibilidad. Otras críticas van por el hecho de ir a contrapelo de lo establecido en la Constitución en cuanto a la libertad de asociación, ya que declaran como miembros automáticamente a los estudiantes de pregrado por el solo hecho de serlo, aparte de la exclusión de ciertos sectores 5 como el postgrado .

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Abogado, Licenciado en Ciencias Jurídicas por la U. de Chile, egresado de Magister en Derecho por la U. de Talca. Correo: sergioarenasb@gmail.com 1 Noticia en Emol.com: http://www.emol.com/noticias/Nacional/2015/09/03/748159/Declaran-nula-ultimaeleccion-de-la-FECh-y-Saavedra-se-mantendria-como-presidenta-transitoria.html La sentencia del caso puede leerse en: http://www.tricel.cl/informacioncausas/Tramitacin%20de%20Causas/044-2015%2007.%20SENTENCIA%2001-09-2015.pdf 2 Noticia: http://www.theclinic.cl/2015/06/25/tribunal-rechaza-reclamo-gremialista-que-tenia-por-objeto-anularla-eleccion-de-la-fech-2015/ 3 Conforme al Estatuto de la FECH, “Asambleas” llamaremos aquí al Cuerpo de Concejeros y al Consejo de Presidentes de Centros de Estudiantes. No incluyo al Pleno, que sólo se convoca para casos especiales. 4 Véase al respecto: a) “Gremialismo podría ganar la FECH, pero difícilmente gobernarla” (27-10-2003): http://www.elmostrador.cl/noticias/pais/2003/10/27/gremialismo-podria-ganar-la-fech-perodificilmente-gobernarla/ b) “San Martín se desmarca de la FECH y entrega propuesta de financiamiento” (24-6-2004) http://www.elmostrador.cl/noticias/pais/2004/06/24/san-martin-se-desmarca-de-la-fech-y-entregapropuesta-de-financiamiento/ 5 Hace algunos años, en el II Congreso de Derecho y Teoría Constitucional, presenté la ponencia “Federaciones de Estudiantes y Centros de Alumnos: su carácter corporativo y los criterios de admisión de miembros”, donde trataba estos problemas: https://es.scribd.com/doc/155031667/Federaciones-de-Estudiantes-y-Centros-de-Alumnos


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