Edición 1367

Page 1


DEPORTES»9

EX FIGURAS DEL FÚTBOL VISITARON ESCUELA DE FÚTBOL DE LAGO AGRIO

Joffre, Walter Ayoví, Juan Iza, Marcelo Arboleda, ex figuras del futbol ecuatoriano, visitaron Nueva Loja.

Al cumplir Cascales su aniversario 35, la inauguración del puente en la comuna San José fue un hecho trascendental.

Estas tienen que ver con bases militares, financiamiento partidario, recursos para desnutrición infantil, juicio político a jueces constitucionales y eliminación del CPCCS.

Con 82 votos afirmativos, el Pleno de la Asamblea Nacional designó a la asambleísta Esperanza Rogel, representante de Zamora Chinchipe.

Opinión

Editorial A menos de 90 días de mandato vigente, Daniel Noboa, presidente constitucional del Ecuador, vive sus mejores días de gobernanza, esto fruto de la mayoría legislativa constituida por su bancada, PSC, PACHAKUTIC, y algunos asambleístas independientes, que le han permito aprobar algunas leyes.

Circulación del 10 al 16 de agosto de 2025

Mayoría legislativa: alcances y protagonismo que hay que medir

marcada que ha dejado profundas secuelas a nivel socioeconómico, y político.

Durante los últimos periodos presidenciales de Lenin Moreno (2007-2021) y Guillermo Lasso (2021-2023), el problema más agudo se presentó en el poder legislativo. Únicamente Rafael Correa (2007-2017) gozó de una tranquilidad armónica en la asamblea fruto de las victorias aplastantes, lo que le permitió gobernar y aprobar leyes a gusto y deseo del líder máximo de la Revolución Ciudadana.

La pugna de poderes lamentablemente en el país ha sido uno de los mayores fantasmas en nuestra endeble democracia, que demuestra la dura crisis de gobernanza y con ello una inestabilidad muy

Opinión

Todo gobierno aspira contar con una mayoría legislativa que permita desarrollar su plan de acción, encaminado a satisfacer las necesidades más básicas de la población. Esto en el buen sentido de la palabra, refiriéndonos a un gobierno con conciencia de país y aspiración de progreso. Todo lo contrario, podría significar en caso de que el máximo mandante de la patria sobreponga agendas partidistas y no priorice el bienestar social sino su permanencia en el poder, (casos Venezuela, Cuba, Nicaragua, entre otros países latinoamericanos).

Una mayoría en el poder legislativo puede llevar también a la marginación de las minorías, a la falta de debate y a la aprobación de leyes que no reflejen los intereses de los ciudadanos. Además, una mayoría fuerte puede ser susceptible a la manipulación de los limites electorales y a la falta de rendición de cuentas. Por otro lado, debemos tener cuidado porque una mayoría fuerte puede ignorar o suprimir las necesidades de las minorías, tanto étnicas como políticas, lo que puede desencadenar en desigualdades y descontento de la población y lo que es peor el abuso de poder de un gobierno para favorecer a intereses particulares e implementar políticas que perjudiquen a otros sectores de la sociedad. Es fundamental que el país cuente con una democracia fortalecida, una asamblea equilibrada en su accionar, con criterio y decisión para legislar, y no constituyan mayorías únicamente por intereses propios para obedecer ciegamente al gobierno de turno, sino que sus decisiones permitan aprobar leyes que verdaderamente beneficien al país, velando siempre por el respeto a la constitución y sobre todo los derechos de los ciudadanos.

Lenguaje, tono, estilo y autonomía mental para leer

Por: Galo Guerrero-Jiménez

Educarse con autonomía mental desde un lenguaje renovado, inspirador, coherente, orientador, buscando esos espacios de silencio, de tranquilidad que se necesita para entrar en contacto con la palabra escrita, en este mundo acelerado, virtualizado y de la inmediatez al que la tecnología nos ha encaminado para resolver los problemas cotidianos del mundo que, con enorme preocupación, a veces se agudizan, en vez de solucionarse, porque no encontramos el espacio y las palabras adecuadas en nuestra cognición, y que respondan a los retos que hoy nos encamina la virtualidad en esta era globalizada tecnológicamente. Pues, informarnos y conocer para actuar con pertinencia “es importante, pero aún lo es más comprender lo conocido. Puedo disponer de miles de datos, incluso

sin entender lo que significan; para conseguirlo, necesito integrarlos dentro de un modelo o de una teoría. Un conjunto de palabras adquiere un sentido cuando lo unifico en una frase a la que dan y de la que recibe su significado” (Marina, 2023); solo así, los datos o la información se convierten en un lenguaje asequible que, en efecto, lleguen a tener sentido en cuanto esa simbología es atrayente para el lector que, si no logra entrar en sintonía con ese contenido textual, no habrá manera de descubrir esa narrativa, ese estilo o esa tonalidad de escritura que está inmersa en el texto para que el lector la disfrute. De ahí que, nuestra agudeza mental como lectores, en este caso, consiste, como señala Roland Barthes, en descubrir ese tono, o esa poética filosófica, que está cargada de símbolos: “En toda forma literaria existe la elección general de un tono, de un ethos si se quiere, y es aquí donde el es-

critor se individualiza claramente porque es donde se compromete. Lengua y estilo son antecedentes de toda problemática del lenguaje, lengua y estilo son el producto natural del Tiempo y de la persona biológica” (2013) que, como tal, deposita en el texto, su marcada humanidad, su preparación, su certeza ideológica, cultural e histórica; al igual que, el lector, con su estilo, identifica la tonalidad que le es inherente al texto. Y, como, en esencia, somos lenguaje que, al hacerse comunicativo, debe expresarse comunitariamente desde la mejor consideración de nuestra alteridad que, de manera permanente, evoluciona mental y culturalmente, dado que “leer es percibir, sentir y conocer el mundo a través del descifrado de símbolos. Y es con la lectura, con lo leído, como el mundo ha tomado ventaja de la más grande y verdadera revolución humana” (Mora, 2024).

Fundadores 1997

Galo Guevara, Gladys Granda, Miriam Orozco y Rosario Catota

Director–Editor: Roberto Ratti

SUCUMBÍOS

Corresponsales: Carlos Navarrete y Fausto Campos

Barrio Juan Montalvo, calle Honduras entre calle México y Paraguay, detrás del Centro de Atención Ciudadana

Contacto: 062362680

0989404851 • 0997103969 0984660182 • 0939501015

PASTAZA

Contacto: 022906827

0984660182 • 0997103969 0992081870

ORELLANA

6 de Diciembre y Jorge Rodríguez

Contacto: 062806246

0997103969 • 098 622 2039 0984660182

NAPO

Contacto: 022906827

0984660182 • 0997103969 0992081870

QUITO

Av. América y Juan de Sosaya (esq.) Contacto: 022906827 0984660182 • 0992081870 0997103969

DISEÑO Y DIAGRAMACIÓN Cristina Goyes C.

COBERTURA

Provincias de: Napo, Sucumbíos, Orellana y Pastaza, con sus respectivos cantones y provincias.

IMPRENTA–EDITORIAL

Periódico Independiente 7.000 ejemplares en circulación semanal.

VENTAS

ggranda@periodicoindependiente.com Contacto: 022906827 0984660182 • 0989404851 0992081870 • 0939501015

Circulación del 10 al 16 de agosto de 2025

Daniel Noboa difunde las 7 preguntas para nueva consulta popular, sobre bases militares, financiamiento político, CPCCS y otras reformas

to político, estructura institucional y nuevos tributos.

Estas son las preguntas que serían contestadas por la ciudadanía el 14 de diciembre próximo:

El presidente Daniel Noboa anunció las siete preguntas para la consulta popular. Estas tienen que ver con bases militares, financiamiento partidario, recursos para desnutrición infantil, juicio político a jueces constitucionales y eliminación del Cpccs.

El presidente Daniel Noboa presentó, a través de su cuenta de X, una consulta popular de siete preguntas, cuyos resultados podrían significar reformas constitucionales en Ecuador. Los ciudadanos deberán responder Sí o No a propuestas relacionadas con bases militares, financiamien-

1. ¿Está usted de acuerdo en eliminar la prohibición de establecer bases militares extranjeras o instalaciones extranjeras con propósitos militares en el territorio nacional, y de ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con el Anexo de la pregunta?

2. ¿Está usted de acuerdo con que se elimine la obligación del Estado de asignar recursos del Presupuesto General del Estado a las organizaciones políticas, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con el Anexo de la pregunta?

3. ¿Está usted de acuerdo con eliminar el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), y transferir sus deberes y atribuciones a

la Asamblea Nacional, Defensoría del Pueblo y Contraloría General del Estado, ¿enmendando la Constitución de conformidad con el Anexo de la pregunta?

4. ¿Está usted de acuerdo con reducir el número de asambleístas y para ello modificar el sistema de elección, enmendando la Constitución de conformidad con el Anexo de la pregunta?

5. ¿Está usted de acuerdo con permitir la contratación laboral por horas, únicamente para el sector de turismo, siempre que se trate de la primera relación laboral, garantizando los derechos laborales y respetando los derechos adquiridos de los trabajadores, enmendando la Constitución de conformidad con el Anexo de la pregunta?

6. ¿Está usted de acuerdo con que los jueces de la Corte Constitucional sean también considerados como autoridades sujetas a juicio político, enmendando la Constitución de conformidad con el Anexo de la pregunta?

7. ¿Está usted de acuerdo con permitir el funcionamiento de salas de juego y casinos dedicados a juegos de azar en hoteles categorizados con cinco estrellas, quienes entregarán al Estado un tributo del veinte y cinco por ciento (25 %) de sus ventas por esta actividad, para el financiamiento de programas de lucha contra la desnutrición crónica infantil y de alimentación escolar, conforme la Asamblea Nacional lo regule mediante ley?

Según el mensaje oficial, el presidente Noboa dice que busca “hacer lo correcto sobre lo cómodo, lo justo sobre lo tradicional, y lo valiente sobre lo complaciente”. Cree que las críticas provienen especialmente de sectores distantes de la población, que etiquetan a su gobierno como “antidemocrático o populista”, cuando en realidad, dice, es “democrático y popular”. Previo a esta propuesta, en abril de 2024 se realizó otra consulta popular con 11 preguntas, en las cuales la ciudadanía aprobó 9 de ellas. (DLH)

Conoce, pues, que Jehová tu Dios es Dios. Dios fiel, que guarda el pacto y la misericordia a los que le aman y guardan sus mandamientos, hasta mil generaciones.

Deuteronomio 7:9

» Daniel Noboa, presidente de la República, difundió siete preguntas para la nueva consulta popular de diciembre.

Nacional

Ministros y Presidente de Asamblea cierran filas en favor de Noboa y apoyan propuesta de consulta popular

La vicepresidenta, el titular de la Asamblea y varios ministros expresaron su apoyo a las siete preguntas anunciadas por el presidente de Ecuador, Daniel Noboa, que incluye reformas en seguridad, empleo, y estructura del Estado.

El anuncio de las siete preguntas para la consulta popular y referendo de 2025, realizado por el presidente Daniel Noboa el pasado 5 de agosto de 2025, generó una inmediata reacción de respaldo por parte de altas autoridades del Ejecutivo y la Asamblea Nacional.

La vicepresidenta María José Pinto aseguró en la red social X que se trata de un momento para “actuar con valentía” y avanzar hacia “un país más justo y con oportunidades reales”.

Desde el Legislativo, el presidente de la Asamblea, Niels Olsen, calificó la decisión como “firme y necesaria” y garantizó

que la respaldarán “sin ambigüedades ni tibiezas”.

La canciller Gabriela Sommerfeld destacó que el país vive “un proceso de cambio” y que la consulta es un nuevo ejercicio democrático para decidir sobre el futuro. En el mismo sentido, la ministra de Gobierno, Zaida Rovira, afirmó que el presidente “marca distancia de las viejas prácticas” y que “el nuevo Ecuador avanza, sin retrocesos”.

El ministro del Interior, John Reimberg, señaló que el proceso representa una oportunidad histórica para fortalecer el Estado de derecho.

Mientras que la ministra de Ambiente, María Luisa Cruz, resaltó el objetivo de recuperar la institucionalidad y fomentar el empleo y la inversión.

Por su parte, el ministro de Transporte y Obras Públicas, Roberto Luque, mencionó que la consulta incluye temas como

la reducción de asambleístas, la eliminación de privilegios y el combate a la desnutrición infantil.

Y la secretaria de Administración Pública, Cynthia Gellibert, sostuvo que se trata de “devolver la voz al pueblo” y romper con “los viejos pactos de siempre”.

Las preguntas planteadas por Noboa incluyen la eliminación del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, la

reducción del número de asambleístas, la contratación laboral por horas en el sector turístico, la autorización de casinos en hoteles cinco estrellas y la posibilidad de establecer bases militares extranjeras, entre otros puntos.

La Corte Constitucional deberá calificar el contenido antes de que se convoque oficialmente a la consulta popular y al referendo, previstos para finales de 2025. Primicias

La Asamblea aprobó reforma para eliminar financiamiento público a partidos

Quito.- Con 81 votos afirmativos, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó el jueves, 7 de agosto, en segundo debate la reforma parcial a los artículos 110 y 115 de la Constitución. Elimina el financiamiento estatal para las organizaciones políticas y la publicidad electoral. La propuesta, impulsada por el presidente Daniel Noboa, busca que los partidos se financien exclusivamente con aportes de afiliados y simpatizantes.

El presidente de la Comisión Especializada que elaboró el informe, Esteban Torres, señaló que entre 2008 y 2025 se destinaron $ 263 millones a partidos y campañas sin que ello mejorara la calidad de la democracia.

La reforma también prohíbe el uso de recursos e infraestructura estatales y la publicidad gubernamental para fines electorales, estableciendo sanciones para quienes incumplan.

La aprobación contó con el respaldo de las bancadas de Acción Democrática Nacional (ADN) y el Partido Social Cristiano (PSC), mientras que la Revolución Ciudadana (RC) votó en contra. La asambleísta correísta Nubia Butiñá calificó la medida de “absurda” y advirtió que podría restringir la participación ciudadana, favoreciendo a quienes cuentan con mayores recursos.

Pachakutik votó dividido, alegando que la medida podría perjudicar a partidos pequeños.

» La propuesta fue impulsada por el presidente Daniel Noboa.

De acuerdo con el artículo 442 de la Constitución, la reforma deberá someterse a referéndum, previsto para diciembre junto a

otras seis preguntas propuestas por Noboa. Antes, la Corte Constitucional deberá determinar su viabilidad jurídica.

» Presidente de la República, Daniel Noboa con el presidente de la Asamblea Nacional, Niels Olsen, en la ceremonia de posesión, 24 de mayo de 2025.

Circulación del 10 al 16 de agosto de 2025

"Todavía hay sombras del pasado", dice

Daniel Noboa en acto militar, en medio de pugna con la corte constitucional

El presidente Daniel Noboa aprovechó su intervención en una ceremonia militar por el Primer Grito de la Independencia para posicionar la consulta popular y convocar a la marcha hacia la Corte Constitucional

El presidente Daniel Noboa asistió este 8 de agosto a la Escuela Militar Eloy Alfaro, ubicada al noroccidente de Quito, para la ceremonia militar para conmemorar el Primer Grito de la Independencia. Aprovechó el acto para impulsar la consulta popular y volvió a llamar a la marcha contra la Corte Constitucional.

Previo al inicio del evento, varias unidades militares se ubicaron en el Campo de Marte para rendir honores al alto mando de las Fuerzas Armadas.

Hasta la Escuela Militar llegaron el presidente de la Asamblea, Niels Olsen; del Consejo de la Judicatura (CJ), Mario Godoy; el vicepresidente del Consejo Nacional Electoral (CNE), Enrique Pita, entre otros.

Al recordar la gesta del 10 de

agosto de 1809, Noboa elogió a los militares: "Hoy, nuestros patriotas son ustedes, valientes militares que se preparan para servir a la patria", les dijo, felicitando a los oficiales que se graduaron este día.

Contra la Corte Constitucional

Resaltó el trabajo de las Fuerzas Armadas en el combate a las organizaciones del crimen organizado y en otras contingencias que ha enfrentado el país. Sin embargo, dijo que en otros espacios e instituciones “todavía hay sombras del pasado”.

“No vamos a permitir que decisiones alejadas de la realidad de la gente derriben las leyes que protegen La Paz, la transparencia y la lucha contra el terrorismo y el crimen. Ese es su mandato y nosotros lo vamos a cumplir”, señaló

Noboa, en alusión a la decisión de la Corte Constitucional de poner pausa a leyes impulsadas por el Ejecutivo.

"Ustedes han sido muy claros en las urnas. Las personas quieren un nuevo país y por eso nos eligieron, por eso, esta consulta es suya, para defender lo que juntos hemos decidido en democracia", expresó el primer mandatario.

“Quiero que este 12 de agosto sea un nuevo paso que tomemos como país y caminemos juntos hacia la Corte Constitucional, recordando también las gestas heroicas que hicieron nuestros antecesores”, agregó el mandatario ante los soldados.

Posicionamiento de la consulta popular

El presidente también hizo mención a la consulta popular que tiene previsto celebrar a finales

de 2025 y dijo que este proceso también es en honor a los jóvenes oficiales de las Fuerzas Armadas que ascendieron en la ceremonia de este 8 de agosto en la Escuela Militar Eloy Alfaro.

“Por mucho tiempo el país reclamó a sus autoridades que tomen decisiones y atiendan a sus demandas. Reclamaban la inacción de los gobiernos pasados y ahora que ven que las decisiones las toman el pueblo, ahí sí ya no les gusta”, señaló con relación a los detractores de la consulta. El acto castrense concluyó con la exhibición de los vehículos terrestres y aéreos con los que cuenta la Fuerza Aérea el mismo que fue observado por Noboa; la vicepresidenta, María José Pinto, el ministro de Defensa, Gian Carlo Loffredo. Fuente periódico Primicias.

» El presidente Daniel Noboa en la ceremonia militar para conmemorar el Primer Grito de la Independencia, en la Escuela Militar Eloy Alfaro, de Quito, el 8 de agosto de 2025.
» Exhibición de los vehículos terrestres de las Fuerzas Armadas del Ecuador durante el acto conmemorativo del Primer Grito de Independencia, en la Escuela Militar Eloy Alfaro, el 8 de agosto de 2025.

Regional

Esperanza Rogel impulsará universidades en la Amazonía

Quito.- Con 82 votos afirmativos, el Pleno de la Asamblea Nacional designó hoy, 5 de agosto, la asambleísta Esperanza Rogel, representante de Zamora Chinchipe. Será la delegada amazónica ante la Comisión Técnica encargada del seguimiento al proceso de creación de cuatro nuevas universidades estatales en la Amazonía.

La designación se realizó en cumplimiento de la Ley Orgánica para la Planificación Integral de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica y la Ley Orgánica de Educación Superior. Las universidades estarán localizadas en Zamora Chinchipe, Morona San-

» Fue designada por el Pleno de la Asamblea Nacional.

tiago, Orellana y Sucumbíos. Como parte de la resolución, se instruyó a la Secretaría General de

la Asamblea notificar formalmente a las entidades involucradas en el proceso. Entre ellas están

la Secretaría de Educación Superior (Senescyt), el Consejo de Educación Superior (CES), el Ministerio de Economía y Finanzas, la Secretaría Nacional de Planificación y la Secretaría Técnica de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica.

La participación de Rogel busca reforzar el compromiso legislativo con el desarrollo integral de la región amazónica, mediante una mayor oferta académica pública. La creación de estas universidades apunta a mejorar el acceso a la educación superior, fomentar el desarrollo regional y promover la equidad territorial para las comunidades amazónicas.

Consejo de la Judicatura recupera infraestructura judicial en Napo con apoyo del Gad de Tena

El miércoles 6 de agosto de 2025, El Consejo de la Judicatura avanza en la recuperación de la infraestructura judicial en la provincia de Napo, como parte de su política de fortalecimiento institucional con enfoque territorial. Gracias a un trabajo articulado con el Gobierno Autónomo Descentralizado de Tena, se ejecutaron obras de readecuación en el Complejo Judicial de Tena, beneficiando directamente a usuarios y servidores del sistema de justicia.

La jornada fue liderada por el presidente del Consejo de la Judicatura, Mario Godoy, y la vocal Yolanda Yupangui, quienes verificaron en territorio los avances de esta intervención. En el recorrido, las autoridades visitaron la Oficina de Mediación, la Sala Lúdica, la Cámara de Gesell, la zona de aseguramiento y las oficinas de la Defensoría Pública, constatando condiciones óptimas para la atención ciudadana.

La obra fue posible gracias a

una inversión superior a USD 61.000, asumida por el GAD Municipal de Tena, que permitió mejorar integralmente la infraestructura externa del complejo judicial. Esta intervención se enmarca en la declaratoria de emergencia judicial impulsada por el CJ a escala nacional.

Durante la visita, las autoridades mantuvieron reuniones con jueces de la Corte Provincial de Justicia de Napo, ayudantes judiciales y notarios, con el objetivo de reforzar el trabajo conjunto para optimizar la atención judicial en el territorio.

En rueda de prensa, el presidente Mario Godoy señaló que estos recorridos permiten conocer de primera mano las condiciones del sistema judicial y definir soluciones efectivas. Afirmó que, si bien el edificio presenta condiciones adecuadas, aún existen espacios que requieren intervención.

Por su parte, la vocal Yupangui destacó la voluntad del gobierno local para sumar esfuerzos por una justicia más digna y accesible. En horas de la tarde, se llevó a cabo el acto oficial de entrega

de las obras. En su intervención, el presidente del CJ enfatizó que este proyecto es una muestra concreta del trabajo coordinado entre instituciones y gobiernos locales: “Estas acciones no son aisladas. Son parte de una política institucional que entiende que no puede haber justicia sin infraestructura adecuada, ni eficiencia sin condiciones dignas para jueces, servidores y ciudadanía”, expresó.

Como muestra de agradecimiento y reconocimiento a su liderazgo, el presidente Mario Godoy y la vocal Yolanda Yupangui recibieron homenajes por parte de los jueces y notarios de la Corte Provincial de Napo, de la Asociación de Empleados Judiciales, y de los representantes de los abogados Kichwas en libre ejercicio, quienes destacaron su compromiso con el mejoramiento de la justicia en territorios históricamente postergados.

Con esta intervención, el Consejo de la Judicatura reafirma su compromiso con una justicia que llegue donde más se necesita, con enfoque humano, técnico y territorial.

» La obra fue posible gracias a una inversión superior a USD 61.000, asumida por el GAD Municipal de Tena.

Circulación del 10 al 16 de agosto de 2025

Perforación clandestina provocó derrame de crudo en Napo

Quito.- El jueves, 7 de agosto, Petroecuador confirmó un

nuevo derrame de petróleo en el sector de Cuyuja, cantón Quijos, provincia de Napo, debido a una perforación clandestina en el Sistema de Oleoducto Transecuatoriano (SOTE). El incidente se registró en el kilómetro 164+200 y fue notificado de inmediato a las autoridades competentes.

La petrolera estatal activó su plan de contingencia, iniciando labores de limpieza y recuperación del crudo derramado con

excavadoras, fastanks, bombas de vacío y absorbentes. También se construyeron cubetos de suelo y se instalaron puntos de control en el río Quijos para evitar que el hidrocarburo se disperse y provoque mayores daños ambientales. Petroecuador no ha precisado la cantidad de crudo derramado. Aseguró que el transporte por el SOTE no fue suspendido y continúa operando con normalidad. Personal especializado trabaja en la reparación definitiva de la tu-

bería y en la limpieza total de la zona afectada.

La empresa rechazó enérgicamente estos “actos criminales” de perforación clandestina, que -advirtió- representan un grave riesgo para el ambiente y las comunidades cercanas. Asimismo, hizo un llamado a la ciudadanía a denunciar cualquier actividad sospechosa que ponga en peligro la integridad de la infraestructura petrolera. Redacción periódico Oriente

Morona Santiago: 2.417 niños se graduaron de programas de desarrollo infantil

Macas.- Morona Santiago celebró la graduación de 2.417 niños. Culminaron su etapa en los servicios de desarrollo infantil del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES), a través de las modalidades Centros de Desarrollo Infantil (CDI) y Creciendo con Nuestros Hijos (CNH). Durante varios eventos organizados en la provincia, se destacó el trabajo conjunto entre educadoras, coordinadoras y familias en el desarrollo integral de la primera infancia. Los niños recibieron atención en estimulación temprana, motricidad fina y gruesa, hábitos de higiene, nutrición y jue-

gos, fortaleciendo su preparación para ingresar al sistema educativo formal.

Leslie Jaramillo, directora distrital del MIES, subrayó que estos logros son fruto de un esfuerzo colectivo para combatir la desnutrición crónica infantil y garantizar una transición adecuada hacia la educación básica. “Hoy, nuestros niños cierran un ciclo importante y se integran al sistema educativo con una base sólida en su desarrollo”.

Por su parte, María José Molina, madre de familia, agradeció a las educadoras por su dedicación. “Nuestros hijos terminan una etapa

muy bonita. Gracias por estar siempre pendientes de ellos”.

Actualmente, el MIES invierte

aproximadamente $ 7,2 millones en Morona Santiago. Atiende a 9.249 niños de entre 0 y 3 años.

Imponente desfile cívico al celebrar Shushufindi su aniversario 41

por los 41 años de creación cantonal de Shushufindi, gremios,

organizaciones, profesionales, delegaciones de las parroquias del cantón y autoridades de la provincia, que acompañaron en la tarima de autoridades a la alcaldesa de Shushufindi: “Tierra de Valientes”, Lorenas Cajas, quienes recibieron con aplausos a cada delegación que pasó frente a la tribuna de las autoridades.

El desfile cívico que inició a las 10h30, del jueves 7 de agosto, al cumplir su nuevo aniversario, del cantón; se dio por la avenida principal de la ciudad: la avenida

de la Unidad Nacional, solo por uno de los dos carriles; mientras en el otro carril, transitaban toda clase de vehículos. Al centro de los dos carriles, donde se ubica en parque lineal, adornado de frondosos árboles, que dieron cabida y sombra a un número importante de público.

La fiesta fue completa con un importante grupo de emprendimientos, ubicados en la avenida de la Policía Nacional, con su variada gastronomía, igual en la avenida principal.

» Petroecuador no ha precisado la cantidad de crudo derramado.
» El MIES atiende a 9.249 niños de entre 0 y 3 años en esta provincia amazónica.
» La alcaldesa Lorena Cajas, estuvo acompañada por autoridades de la provincia.

Una importante infraestructura, forma parte del cantón

Shushufindi

Instituciones como Cruz Roja, Cuerpo de Bomberos, cooperativas de transporte en todas sus categorías, son parte de una bien conformada infraestructura de estas instituciones que son parte de Shushufindi. El mismo Sindicato de Choferes Profesionales de Shushufindi y su Escuela de Capacitación, Mancomunidad de Tránsito, estuvieron en el desfile del 41 aniversario del cantón,

este jueves 7 de agosto. En este sentido, la alcaldesa Lorena Cajas, enumeró la importante colaboración y trabajo conjunto con cada una de estas instituciones, “son el orgullo de nuestro cantón y contribuyen al desarrollo de todos” dijo Cajas en su intervención, en la Sesión Solemne, que se dio en la tarde del jueves 7, en la cancha cubierta del parque Siona.

Emergencia ambiental en Gonzalo Pizarro por contaminación de fuente de agua potable

En Gonzalo Pizarro, cantón de la provincia de Sucumbíos, llamado también “puerta de entrada a la Amazonía” poblaciones como el recinto Amazonas, parroquia Gonzalo Pizarro y Lumbaqui, capital cantonal, se quedaron sin la provi-

sión de agua potable, después de la contaminación de su fuente el río Cristal, por contaminación con gasolina blanca, el pasado domingo 27 de julio, producto de perforación de esa tubería por bandas criminales, para robar esa gasolina.

La afectación se dio en el kilómetro 71, en la vía Lumbaqui-El Reventador. De hecho, algunas personas tomaron ya el líquido ya contaminado y notaron la diferencia, por lo que son atendidas por Salud. La población afectada llega a unas 8.400 personas.

En ese contexto, municipios vecinos como Cascales, Lago Agrio y el cantón Sucumbíos, se hacen presente con la provisión de agua a través de tanqueros. De su parte el alcalde de Gonzalo Pizarro, Darwin Azes, ya tuvo una reunión con la gobernación de Sucumbíos para la declaratoria de emergencia, para coordinar acciones urgentes que permitan resolver esta grave problemática que afec-

Shushufindi marca la diferencia

Así califican en Shushufindi la gestión de su alcaldesa Lorena Cajas, al inaugurar la morgue en esa población, de ese cantón de la provincia de Sucumbíos. Un hecho histórico para la provincia de Sucumbíos, con una inversión 100% con recursos de la Alcaldía Ciudadana de Shushufindi. Un servicio digno y humano para nuestras familias, señala la población. Esta infraestructura de medicina legal no solo representa un avance en trámites y justicia, sino también el compromiso real de una administración que trabaja con hechos.

Ahora Sucumbíos tiene dos morgues: una en Nueva Loja y otra en Shushufindi. Y esta última es gracias a la gestión de la alcaldesa Lorena Cajas.

DIGNIDAD, JUSTICIA Y HUMANIDAD EN UNA

SOLA OBRA

Las familias de Shushufindi ya no tendrán que salir del cantón para acceder a un servicio forense digno.

Ahora cuentan con una unidad en territorio totalmente equipada y con un vehículo isotérmico especializado para el traslado técnico y respetuoso de cuerpos.

»

ta a la población.

En esta importante jornada participaron:

Ì Autoridades nacionales de Petroecuador

Ì El alcalde y concejales del cantón Gonzalo Pizarro

Ì Representantes de distintas carteras de Estado

Ì La Gobernación de Sucumbíos, como articuladora en territorio

El objetivo es establecer una hoja de ruta clara que permita garantizar el acceso a agua segura para la ciudadanía y dar solución inmediata a esta emergencia ambiental. Mientras tanto, Petroecuador explicó que, en 15 días, después de la reunión la situación ya estaría superada.

La alcaldesa Lorena Cajas entregó esta obra que responde a una necesidad real de la comunidad, gracias al trabajo conjunto con el Servicio Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses - Ecuador.

Esta infraestructura también es el resultado de la decisión de los barrios, quienes la priorizaron dentro del presupuesto participativo.

» La Cruz Roja, también estuvo en el desfile.
» Darwin Azas, junto al gobernador Wuilmer Mora.
Infraestructura de la obra.

Circulación del 10 al 16 de agosto de 2025

Ex figuras del fútbol ecuatoriano visitaron escuela de fútbol de Lago Agrio

Joffre Guerrón, campeón de la copa libertadores, con Liga Deportiva Universitaria de Quito, Walter Ayoví, Juan Iza, Marcelo Arboleda, ex figuras del futbol ecuatoriano, estuvieron la mañana del martes 5 de agosto, en una de las canchas de fútbol del parque Recreativo Nueva Loja, compartiendo momentos de alegría con los niños y niñas de la Escuela de Fútbol del municipio de Lago Agrio, por lo que el alcalde Abraham Freire y su esposa Elena Tituana, compartieron también con los niños de esta

PASATIEMPO

HORIZONTALES

escuela, de las tres que apadrina la municipalidad.

Después de las intervenciones de las autoridades, de los ilustres visitantes, los ex futbolistas compartieron con niños y niñas de la escuela de fútbol, demostraciones de sus habilidades, como las conocidas “cascaritas” realizadas por los chicos y también los exfutbolistas.

Joffre Guerrón, quien fue el más asediado por los deportistas, no se cansó de firmar autógrafos en camisetas, balones y más implementos que le presentaron.

2. Palabra que significa «abundante».

3. El 16 de octubre se celebra el Día mundial de la...

6. Melocotón en inglés.

7. Palabra incorrecta que se usa para designar a los zapatos cómodos que uno usa en casa.

8. Enfermedad crónica y degenerativa que se caracteriza por la disminución de densidad ósea.

9. Uno de los factores que aumenta el riesgo de padecer la enfermedad del punto anterior (8).

De hecho, el consejo para los integrantes de la escuela de fútbol, fue que, “no dejen de estudiar, y

al mismo tiempo se dediquen su tiempo al deporte, en este caso el fútbol”.

VERTICALES

1. Número del día en que nació Alfred Nobel. 4. Tipo de palabras que sólo se acentúan si terminan en N, S o vocal.

5. Edad a partir de la cual las mujeres son más propensas a sufrir debilidad ósea.

7. Sinónimo de durazno.

» Las ex figuras con niños y niñas de la escuela de fútbol.

Judiciales

JUICIO No. 21331-2024-00439

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON LAGO AGRIO PROVINCIA DE SUCUMBIOS. Lago Agrio, lunes 30 de junio del 2025 a las 09h21 EXTRACTO JUDICIAL

CITACIÓN JUDICIAL POR LA PRENSA: BLACIO TORRES DIEGO ENRIQUE

ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO 23 DE JULIO LTA

DOMICILIO DEL ACTOR: stalinbladimir_espinozaborja@yahoo.com

CUANTÍA: USD. 29.763,67

JUEZA: Dra. Elizabeth Rubio Rivera.

SECRETARIA: Dra. Alexandra Cuenca Curimilma.

PRETENSIÓN: En Juicio Ejecutivo No. 213312024-00439 que sigue COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO 23 DE JULIO LTDA, en contra de BLACIO TORRES IEGO ENRIQUE Y OTRO. La parte actora establece en su pretensión lo siguiente: En Lago Agrio, a los 12 días del mes de enero del 2023, los hoy accionados firmaron un pagaré a la orden, operación Nro. 0280019584, girado por la suma de $25.000 (VEINTE Y CINCO MIL QUINIENTOS DÓLARES). mediante el cual la entidad financiera entregó a los accionados en calidad de préstamo en dinero en efectivo. Obligándose a pagar dicho préstamo con los respectivos intereses, mediante el pago de 60 dividendos mensuales que se encuentran detallados en el pagaré objeto de la presente demanda. La tasa de interés inicial reajustable del 15,57% anual que variará con los reajustes del interés de referencia, siendo de nuestra responsabilidad los impuestos y tasas que cause este pagaré. La tasa de intereses se reajustará en períodos iguales y sucesivos de 90 días. la tasa aplicable a cada período de reajuste, será la máxima convencional calculada de acuerdo a lo estipulado en las regulaciones de la Junta de política y Regulación Monetaria y Financiera. Además, en caso de moratoria de una o más cuotas de capital e interés o de una fracción de cuenta se facultó a la Cooperativa la aceleración o anticipación de pagos por declarar de plazo vencido en su totalidad y exigir el pago anticipado de todo el capital, intereses legales, intereses moratorios y de cobranza…Como el pagaré en mención no ha sido cancelado en su totalidad pese a reiteradas solicitudes de la cooperativa, encontrándose actualmente la operación Nro. 0280019584 vencido desde el 17 de octubre del 2023, DIVIDENDO 9, con un saldo de capital pendiente e pago de $22,988,19 según se desprende de la liquidación de crédito, así como de la tabla de amortización y el está de cuenta del préstamo, se declara de PLAZO VENCIDO la totalidad de dichas obligaciones…PRETENSIÓN: Que en sentencia, se sirva declarar con lugar la demanda y se condene al accionado al pago de los siguientes rubros. Al pago del saldo del capital adeudado de $25.000,00, más el interés normal de USD 2.052,79, intereses de mora USD. 343,81, honorarios del abogado por la suma de USD. 4.378,88, es decir al pago de USD. 29.763,57, sin perjuicio de realizar una nueva liquidación de forma pericial, las expensas y costas judiciales y al pago de honorarios profesionales. Lago Agrio, miércoles 17 de julio del 2024, a las 15h11. VISTOS: Agréguese al proceso el escrito que antecede.- En lo principal, por cumplido lo dispuesto en auto inmediato anterior, se dispone: PRIMERO.- CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE.- La demanda y escrito de complemento presentada por el Ab. Lemache Maigualema Ernesto Francisco, en calidad de Procurador Judicial de la Cooperativa de Ahorro y Crédito 23 de Julio Ltda., conforme lo justifica con la copia de la escritura pública que adjunta y legitima su personería, en contra de los señores: BLACIO TORRES DIEGO ENRIQUE y PILCO MOREIRA JENNY MARIUXI en calidad de deudores principales, es clara, precisa y cumple los requisitos legales previstos en el artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) y se fundamenta

en un pagaré a la orden, documento que consta dentro de los títulos previstos en el artículo 347 del mismo Código; y, contiene los requisitos establecidos en el artículo 348 ibídem; por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ejecutivo. SEGUNDO.- ANUNCIO DE PRUEBAS.- De conformidad con el artículo 159 del Código Orgánico General de Procesos, téngase en cuenta el anuncio de los medios probatorios formulados por la parte actora en el numeral 5 de su demanda, situación que estará a lo previsto en el artículo 354 ibídem en el evento que se formule oposición debidamente fundamentada; mismos que se admitirán, contradecirán, practicaran y valoran de conformidad con lo que establece el Art. 160 del Código Orgánico General de Procesos. TERCERO.- CITACIÓN.- Se ordena la citación de los demandados: BLACIO TORRES DIEGO ENRIQUE y PILCO MOREIRA JENNY MARIUXI en calidad de deudores principales, en el DOMICILIO señalado, para lo cual se adjuntará la demanda, escrito de complemento, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto, enviándose suficiente despacho a la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial a fin de que cumplan con dicha diligencia, quienes deberán estar a lo dispuesto en el Art. 53 (sustituido por el Art. 72 de la Ley Orgánica para la Transformación Digital y Audiovisual, R.O. Tercer Suplemento No. 245, de fecha 7 de febrero del 2023), 54, 55 ibídem (sustituido por el Art. 74 de la Ley Orgánica para la transformación digital y audiovisual, R.O. tercer suplemento No. 245, de fecha 7 de febrero del 2023), que dice: “Citación por boletas y por boletas electrónicas.–Si no se encuentra personalmente a la o el demandado, se le citará por medio de tres boletas que se entregarán en días distintos y seguidos en su domicilio, residencia, lugar de trabajo o asiento principal de sus negocios a cualquier persona de la familia. Si no se encuentra a persona alguna a quien entregarlas, se fijarán en la puerta del lugar de habitación, de este particular el citador dejará constancia fotográfica adjunta a las actas de citación.” y 78 del COGEP; y, extender el acta de citación conforme a lo dispuesto en el Art. 63 ibídem, previniendo a la parte demandada la obligación de señalar casilla electrónica judicial y correo electrónico. Para el efecto la parte actora prestará las facilidades del caso de manera oportuna a fin de que entregue al archivo de esta dependencia judicial las copias necesarias para la gestión de citación, adjunto al formulario de entrega de copias para citación, conforme a lo dispuesto en el Art. 4 de la Resolución N° 061-2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura, en el término de tres días, bajo la responsabilidad de su inactividad y las consecuencias que recaen en ella. Por cuanto, el actor ha proporcionado la dirección de correo electrónico del demandado diblato9@hotmail.com, se ordena que se le haga conocer por este medio, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual la secretaria dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse. CUARTO.- CONTESTACIÓN.- En aplicación del Art. 351 del Código Orgánico General de Procesos, (Reformado por el Art. 62 de la Ley s/n, R.O. 517-S, 26-VI-2019), se concede el término de quince (15) días, para que los demandados: BLACIO TORRES DIEGO ENRIQUE y PILCO MOREIRA JENNY MARIUXI en calidad de deudores principales, cumplan con la obligación demandada o propongan alguna de las excepciones taxativas del artículo 353 del Código citado, bajo prevención que de no hacerlo se pronunciará inmediatamente sentencia y esa resolución no será susceptible de recurso alguno, en cumplimiento al artículo 352 del COGEP. QUINTO.- PROVIDENCIA PREVENTIVA.- En mérito del certificado emitido por el señor Registrador de la Propiedad del cantón Lago Agrio, se dispone como providencia preventiva la prohibición de enajenar del predio rural, signado con el número diez, manzana número sesenta y siete, con la clave catastral número

2101580310512, ubicado en la parroquia Nueva Loja, cantón Lago Agrio, provincia de Sucumbíos, cuyos linderos y demás características se encuentran singularizadas en el respectivo certificado adjunto (fs. 33); hasta por el monto de lo reclamado en la demanda, según lo establecido en el artículo 351 del mencionado código; para el cumplimiento de la presente diligencia ofíciese al señor Registrador de la Propiedad del Cantón Lago Agrio, para que tome nota en el libro correspondiente.- Hecho cítese a la parte demandada conforme se encuentra ordenado. SEXTO.–NOTIFICACIONES.–Téngase en cuenta la cuantía de la demanda, el casillero judicial No. 64, casilla electrónica 1710485150 y los correos electrónicos señalados para sus notificaciones, así como la autorización conferida a su defensa técnica…Lago Agrio, miércoles 18 de junio dedo 2025, a las 16h25. Incorpórese al proceso, el escrito presentado por la parte actora.- En atención a su petición, por haberse dado cumplimiento al auto inmediato anterior, de conformidad con el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos se dispone: CÍTESE con el contenido de la demanda, el auto inicial, y el presente auto interlocutorio al demandado BLACIO TORRES DIEGO ENRIQUE, a través de publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas en uno de los Semanarios que se editan en esta ciudad de Nueva Loja y que tengan circulación regional, así como en un periódico de amplia difusión a nivel nacional. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso, a través de secretaría entréguese el extracto correspondiente.–Se indica a las partes procesales que el presente auto es suscrito de manera electrónica con los efectos establecidos en el artículo 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas y Mensajes de Datos.–NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Lo que comunico para fines de Ley.–CERTIFICO.

CUENCA CURIMILMA ALEXANDRA MARIA SECRETARIA 3/3 S-5603

REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN SHUSHUFINDI, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL

CITO: Con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el mismo, a los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida fue la señora EUSEBIA CRISTINA JUVILES CARRIEL +, cuyo extracto es el siguiente:

ACTOR: ADAN ONOFRE FRANCO GAVILANEZ. DEMANDADOS: JUAN FERNANDO URIÑA JUBILES y OTROS.

JUICIO: 21332-2024-00633

CAUSA: INVENTARIO DE BIENES SUCESORIOS.

TRÁMITE: VOLUNTARIO.

CUANTÍA: La cuantía por su naturaleza en Indeterminada.

FUNDAMENTOS: La presente demanda se encuentra fundamentada en los Arst. 334, 335, 336, 337 y 341 del Código Orgánico General de Procesos, en concordancia con lo dispuesto en los Arts. 1001, 1021, 1022, 1023, 1222 y mas aplicables del Código Civil.

UNIDAD: JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN SHUSHUFINDI.

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN SHUSHUFINDI, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Shushufindi, martes 3 de diciembre del 2024, a las 13h41.

También puedes escaneando

JUVILES, MARIO VINICIO FRANCO JUVILES, LUIS ALBERTO FRANCO JUBILES, ANGELICA MARIA FRANCO JUVILES, LUPE MARISOL FRANCO JUVILES, ADAN SILVERIO FRANCO JUBILES, adjuntándose la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial, en el lugar que se indica en la demanda, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casilla judicial electrónica y/o correos electrónicos para sus notificaciones en esta jurisdicción, bajo las prevenciones dispuestas en el artículo 87 Ibídem; así como procedan a hacer uso del derecho de presenciar la diligencia de formación y avalúo de los bienes adquiridos y dejados por la causante señora +EUSEBIA CRISTINA JUVILES CARRIEL.- Para el cumplimiento de citación del demandado JUAN FERNANDO URIÑA JUVILE, y por la distancia se DEPRECA esta diligencia de citación de manera virtual a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el cantón El Triunfo, Provincia del Guayas, con despacho suficiente y en forma para que pueda cumplir la diligencia encomendada, con ofrecimiento recíproco en casos semejantes; haciéndole conocer al demandado su obligación de comparecer y señalar casilla judicial electrónica y correo electrónico en esta Unidad Judicial Multicompetente de Shushufindi y hacer valer sus derechos.- Para el cumplimiento de citación de los demandados: FREDY GONZALO URIÑA JUVILE, DAVID SANTO URIÑA JUVILE, CARLOS ALBERTO URIÑA JUVILES, MARIO VINICIO FRANCO JUVILES, LUIS ALBERTO FRANCO JUBILES, ANGELICA MARIA FRANCO JUVILES y LUPE MARISOL FRANCO JUVILES, y por la distancia se COMISIONA al señor Teniente Político de la Parroquia Siete de Julio, para lo cual envíese suficiente despacho, se requiere a la parte interesada proveer las copias respectivas para que se lleve a cabo esta diligencia de citación encomendada, diligencia de citación que se sustenta según Resolución número 16-2017, emitida por la Corte Nacional de Justicia, en la cual según el artículo 1, faculta al Juez comisionar esta diligencia de citación; haciéndoles conocer a los demandados su obligación de comparecer y señalar casilla judicial electrónica y correo electrónico en esta Unidad Judicial Multicompetente de Shushufindi y hacer valer sus derechos.- Para el cumplimiento de citación del demandado ADAN SILVERIO FRANCO JUBILES y por la distancia y en virtud a la facultad conferida por el Art. 158 del Código Orgánico de la Función Judicial, en armonía con el artículo 57 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), y en aplicación de la regla que faculta exhortar a cónsules nacionales prevista en la letra c) del artículo 65 de la LOSE; CÍTESE al demandado ADAN SILVERIO FRANCO JUBILES, de nacionalidad ecuatoriana mediante EXHORTO dirigido al Cónsul de Ecuador en Estados Unidos de Norte América, Estado de Nueva York, autoridad facultada para practicar esta diligencia conforme al contenido de la norma prevista en la letra j) del artículo 5 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, para el efecto se dispone: 1) por Secretaria concédase 5 copias certificadas de las principales piezas procesales; así como 5 ejemplares de la documentación para anexar al exhorto; 2) la Secretaria llenará los datos respectivos el formulario de exhorto preparado por la Presidencia de la Corte Nacional de Justicia; 3) cumplido los pasos anteriores mediante oficio se enviará el exhorto a la Presidencia de la Corte Nacional de Justicia, para que se canalice su transmisión al exterior a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana; para cuyo efecto, el accionante señor ADAN ONOFRE FRANCO GAVILANEZ, deberá brindar las facilidades que sean necesarias, para que se cumpla esta diligencia, consignando además los valores correspondientes al Arancel Consular en la Cuenta Corriente N° 0010262971, Código N° 130106 de BanEcuador, a nombre del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.- Para el cumplimiento de citación de los herederos presuntos y desconocidos de la causante señora +EUSEBIA CRISTINA JUVILES CARRIEL, atento al juramento rendido por la parte actora de la imposibilidad de determinar el domicilio de los herederos presuntos y desconocidos y de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), CÍTESELES mediante tres publicaciones de prensa a realizarse en tres días distintos, en uno de los periódicos de amplia circulación de la provincia de Sucumbíos, para tal efecto Secretaría elabore el extracto correspondiente; a la parte demandada se le previene de la obligación que tiene de señalar casilla judicial Publica

VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma, por el sorteo de ley y en mi calidad de Juez titular de este despacho. La solicitud que antecede y escrito que completa es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142, 143, 334 numeral 4 y 341 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, procédase a la formación de inventario y tasación de bienes sucesorios habidos y dejados por la causante +EUSEBIA CRISTINA JUVILES CARRIEL, para lo cual y con fundamento de lo dispuesto en el Art. 341 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se designa perito para la formación y avalúo a la señora Arq. MARTHA MEDINA, (0967303713), el misma que deberá posesionarse de su cargo, dentro del término de cinco días, posteriores a su notificación y previo al señalamiento de día y hora para la realización del inventario. Procédase a CITARSE a los demandados JUAN FERNANDO URIÑA JUVILE, FREDY GONZALO URIÑA JUVILE, DAVID SANTO URIÑA JUVILE, CARLOS ALBERTO URIÑA

Circulación del 10 al 16 de agosto de 2025

electrónica y/o correo electrónico para sus notificaciones en esta jurisdicción, bajo las prevenciones del Art. 87 del mismo Código Adjetivo Civil. Tómese en cuenta el anuncio de prueba que realiza la parte actora.–Agréguese a los autos los documentos adjuntos, téngase en los correos electrónicos señalados por la parte accionante, así como la autorización conferida a su Defensa Técnica, así también la cuantía de la demanda. Actúe el secretario del despacho.–NOTIFIQUESE, CUMPLASE Y CITESE. -

Previniéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para sus notificaciones en esta ciudad de Shushufindi, bajo prevenciones de ley. Particular que comunico a usted para los fines de ley. Atentamente.

Ab. Fernando Torres Rodríguez

SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE SHUSHUFINDI. 3/3 S-5605

REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN SHUSHUFINDI, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL

CITO: Con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el mismo, al demandado, TEODORO MAXIMILIANO SANCHEZ MONTES, cuyo extracto es el siguiente:

ACTOR: EDITH HILDA GARCIA RAMIREZ.

DEMANDADOS: TEODORO MAXIMILIANO SANCHEZ MONTES.

JUICIO: 21332-2025-00149

CAUSA: DIVORCIO POR CAUSAL.

TRÁMITE: SUMARIO.

CUANTÍA: LA CUANTÍA POR LA NATURALEZA ES INDETERMINADA.

FUNDAMENTOS: La presente acción la fundamento, de conformidad a lo que establecen los Artículos 110, 117, 118, del Código Civil; y 332 del Código Orgánico General de Procesos.

UNIDAD: JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN SHUSHUFINDI.

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN SHUSHUFINDI, PROVINCIA DE SUCUMBÍOS. Shushufindi, lunes 7 de julio del 2025, a las 11h43.

VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma y en mi calidad de juez titular de este despacho. La demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de procesos (COGEP). Por lo expuesto, se califica la demanda y se admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO SUMARIO. Se ordena la CITACIÓN del demandado TEODORO MAXIMILIANO SANCHEZ MONTES, conforme lo dispuesto por el artículo 118 del Código Civil, en concordancia con el numeral 4 del artículo 332 del Código Orgánico General de Procesos; en consecuencia con copia de la demanda, esta providencia y documentos adjuntos cítese al demandad señor TEODORO MAXIMILIANO SANCHEZ MONTES, portador de la cédula de ciudadanía número 1201340104, atento el juramento rendido por la parte actora de la imposibilidad de determinar el domicilio del mismo, se lo hará en la forma dispuesta en el numeral 1 del artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos, y el artículo 119 del Código Civil, esto es mediante tres publicaciones de prensa que se efectuarán en un periódico de amplia circulación provincial que se editan en la provincia de Sucumbíos, considerando que en esta localidad cantonal de Shushufindi, no existe prensa escrita; debiendo para el efecto el señor Secretario elaborar el correspondiente extracto de citación por la prensa.- Una vez trascurrido el tiempo de veinte días contados desde la última publicación, y de conformidad a lo establecido en el artículo 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos se le concede a la parte demandada el término de QUINCE DÍAS, para que conteste la demanda, cumpliendo los requisitos formales establecidos en el artículo 151 Ibídem en concordancia con el artículo 142 y 143Ibídem, así como anuncie los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción. Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Téngase en cuenta el anuncio de prueba efectuado por la parte actora el mismo que será considerado en su debido momento procesal.- Tómese en cuenta la casilla judicial electrónica y el correo electrónico señalado, para efecto de notificaciones que le corresponda en la presente causa; así como la autorización dada a su defensor técnico.- La presente actuación judicial queda firmada electrónicamente con los efectos jurídicos que conlleva la firma manuscrita.- Actúe el Ab. Daniel Salazar, en calidad de secretario encargado de este despacho.- CÍTESE, CUMPLASE Y NOTIFÍQUESE.Previniéndoles de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para sus notificaciones en esta ciudad de Shushufindi, bajo prevenciones de ley.

Particular que comunico a usted para los fines de ley.

Atentamente.

Ab. Fernando Torres Rodríguez

SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DE SHUSHUFINDI 2/3 S-5606

EXTRACTO JUDICIAL

15951-2023-00458

ACTOR: ESTRADA YANEZ HENRY GUSTAVO

DEMANDADA: NIVELO CHAFLA ANA MARIA

JUEZ: DR. AURELIO BENJAMIN SOTOMAYOR

SECRETARIA: ABG. HUAIRA PAREDES ZAMBRANO

JUICIO: 15951-2023-00458

CAUSA: DIVORCIO POR CAUSAL

TRAMITE: SUMARIO

SE HACE SABER.–Que en la UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, el señor ESTRADA YANEZ

HENRY GUSTAVO, ha presentado una demanda de DIVORCIO POR CAUSAL, en lo principal es como sigue:

En auto de fecha viernes 14 de julio del 2023, a las 15h54, el Doctor Aurelio Benjamín Sotomayor Castillo Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Tena ha dispuesto: (…) VISTOS: En mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Napo, con sede en el Cantón Tena, designado, originariamente, mediante acción de personal 1780-DNP-MY, de fecha 04 de julio de 2012, con las competencias del Art. 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, y por el sorteo de ley, avoco conocimiento y competencia de la demanda signada con el No. 15951-2023-00458. Llámese a intervenir a la Ab. Andrea Angelita Pardo Santana, en calidad de Secretaria de la judicatura a mi cargo.- a)Por cuanto la demanda de divorcio propuesta por HENRY GUSTAVO ESTRADA YANEZ en contra de ANA MARÍAS NIVELO CHAFLA cumple los requisitos legales generales y especiales determinados en el Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos, se la califica de clara, completa y se la acepta al trámite previsto para el procedimiento SUMARIO reglado en el artículo 333 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). b) Con fundamento en lo previsto en el inciso tercero del Art. 146 del COGEP; Art. innumerado 29 de la Ley Reformatoria al Título V, Libro II del Código Orgánico de la Niñez y la Adolescencia, publicado en el Registro Oficial No. 643 del 28 de julio del 2009, se fija como PENSIÓN PROVISIONAL de alimentos la cantidad de NOVENTA Y SIETE DÓLARES, CON CUATRO CENTAVOS DE DÓLAR (USD$97.04) , más los beneficios de Ley, que deberá contribuir el señor HENRY GUSTAVO

ESTRADA YANEZ en beneficio de cada una de sus hijas ALINA KIARA; y, ANA MARÍA ESTRADA NIVELO , en cantidad igual y cuya pensión deberá ser depositada en la cuenta que consigne la demandada en su contestación a la demanda, pensión que correrá a partir de la fecha de presentación de la demanda, esto a partir del 14 de junio del 2023, para el efecto dispongo que la sección de Pagaduría, aperture el registro para pensiones a nombre del obligado y/o del titular del derecho, en el sistema SUPA y se genere el código para transacciones por este concepto, el que podrá consultarlo en la página web del Consejo de la Judicatura. c) Se establece un régimen de visitas en régimen provisional abierto, que debe cumplirlo desde ya el señor HENRY GUSTAVO ESTRADA YANEZ en garantía de los derechos de sus hijos. d) CÍTESE a la señora NIVELO CHAFLA ANA MARIA, por medio de tres publicaciones en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación de la localidad. e) A la parte demandada se le previene la obligación de señalar inmediatamente casilla judicial y/o dirección electrónica para posteriores notificaciones, contestar la demanda dentro del término de Ley (15 días), deducir excepciones y anunciar prueba y en caso de no comparecer a juicio se procederá en su ausencia perdiendo la oportunidad procesal de hacer valer sus derechos, conforme así lo ha ordenado el Art. 87, numeral 2 del COGEP. f) Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda y con notificación contraria téngase presente el anuncio que realiza la parte actora que en tanto útil, pertinente y conducente se ordenará su producción en audiencia. g) Una vez citada la contraparte se convocará a la audiencia de parientes para la designación del curador (a).- h) Téngase en cuenta la dirección electrónica para recibir notificaciones, así como la autorización conferida a su abogado patrocinador.NOTIFÍQUESE. Fdo) DR. AURELIO BENJAMIN SOTOMAYOR. JUEZ. LO CERTIFICO.

Abg. Huaira Paredes Zambrano

SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

CON SEDE EN EL CANTÓN TENA 2/3 Q-4430

Judiciales

EXTRACTO JUDICIAL 15951-2024-00662

ACTOR: FREDY MARCELO CASTRO SARANGO

DEMANDADA: DAFNE ELIZABETH CASTRO SALGUERA, representada para esta acción por su progenitora KEILA JAMILETH SALGUERO

RAMOS

JUEZ: DR. AURELIO BENJAMIN SOTOMAYOR

SECRETARIA: ABG. HUAIRA PAREDES ZAMBRANO

JUICIO: 15951-2024-00662

CAUSA: NULIDAD DEL RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD

TRÁMITE: ORDINARIO

SE HACE SABER.–Que en la UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN TENA-PROVINCIA DE NAPO, el señor FREDY MARCELO

CASTRO SARANGO, ha presentado una demanda de NULIDAD DEL RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD, en lo principal es como sigue: En auto de fecha martes 1 de octubre del 2024, a las 13h49, el Doctor Aurelio Benjamín Sotomayor Castillo Juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Tena ha dispuesto: (…) VISTOS: En mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Napo, con sede en el Cantón Tena, designado, originariamente, mediante acción de personal 1780-DNP-MY, de fecha 04 de julio de 2012, con las competencias del Art. 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, y por el sorteo de ley, avoco conocimiento y competencia de la demanda signada con el No. 15951-2024-00662. Llámese a intervenir a la Ab. Huaira Paredes Zambrano. Mgs, en calidad de Secretaria de la judicatura a mi cargo.- En lo principal de provee lo siguiente: a). Por cuanto la demanda de NULIDAD DEL RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD formulado por FREDY MARCELO CASTRO SARANGO en contra de DAFNE ELIZABETH CASTRO SALGUERA, representada para esta accipon por su progenitora KEILA JAMILETH SALGUERO RAMOS, cumple los requisitos legales generales y especiales determinados en el Art. 142 del Código Orgánico General de Procesos, se la califica de clara, completa y se la acepta al trámite previsto para el procedimiento ORDINARIO reglado en el artículo 291 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). b) EXTRACTO.CÍTESE a la señora SALGUERO RAMOS KEILA JAMILETH, por medio de tres publicaciones en tres fechas distintas en un periódico de amplia circulación de la localidad.- A la parte demandada se le previene la obligación de señalar inmediatamente casilla judicial y/o dirección electrónica para posteriores notificaciones, contestar la demanda dentro del término de Ley (hasta 15 días), deducir excepciones y anunciar prueba y en caso de no comparecer a juicio proseguirá la causa perdiendo la oportunidad de ejercer su defensa. c) Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda y con notificación contraria téngase en cuenta el anuncio probatorio que realiza la parte actora, que en tanto medios útiles pertinentes y conducentes será autorizada su producción en audiencia preliminar. d) Téngase en cuenta el domicilio consignado para recibir notificaciones, así como la autorización conferida a sus defensoras.NOTIFÍQUESE. Fdo) DR. AURELIO BENJAMIN SOTOMAYOR. JUEZ. LO CERTIFICO.

Abg. Huaira Paredes Zambrano

SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN TENA 3/3 Q-4432

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA EXTRACTO CITACIÓN JUDICIAL

A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE TOMAS GREFA ANDI Y ANDI SHIGUNGO ROSA MARIA

ACTOR: BRAVO RAMOS MÓNICA ELIZABED

DEMANDADO: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE TOMAS GREFA ANDI Y ANDI SHIGUNGO ROSA MARÍA Y OTROS

JUICIO: ORDINARIO

ASUNTO: PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA

ADQUISITIVA DE DOMINIO

CAUSA No.- 15301-2022- 00820

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA. VISTOS. Tena, martes 18 de octubre del 2022, a las 11h20. VISTOS. – En lo principal. -PRIMERO: Por cuanto la demanda presentada cumple con los requisitos previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP); se la ADMITE a trámite en Procedimiento Ordinario, establecido en el artículo 289 del Código Orgánico General de Procesos. SEGUNDO.–CITACIÓN. – 2.1) Cítese a la parte demandada señores: A los herederos presuntos y desconocidos de TOMAS GREFA ANDI Y ANDI SHIGUNGO ROSA MARIA quienes se los citará, de conformidad con el Art. 56.1 del Código Orgánico General de Procesos, en UN PERIÓDICO DE

AMPLIA CIRCULACIÓN mediante tres publicaciones en fechas distintas. Para lo que la actuaria conferirá los respectivos extractos;.- TERCERO: CONTESTACIÓN.-Conforme lo establecido en el artículo 291 del COGEP se concede a la parte demandada el término de 30 días, concordantemente con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 2 penúltimo inciso del COGEP, esto es “Transcurridos veinte días desde la última publicación o transmisión del mensaje radial comenzará el término para contestar la demanda”, a fin de que conteste la demanda en la forma determinada en los artículos 151 y siguientes del COGEP y anunciando la prueba respectiva como manifiesta el artículo 152 ejusdem; una vez calificada la contestación, se aplicará lo dispuesto en el artículo 151 inciso tercero del COGEP de ser necesario, y se señalara día y hora, a fin de que se lleve a efecto la audiencia única, salvo aplicación de la disposición contemplada en el artículo 157 de ser el caso , previniéndole de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico para recibir notificaciones.- Cúmplase con la publicación en la página web del Consejo de la judicatura, a través de los medios electrónicos y tecnológicos de los que disponga la Función Judicial, conforme lo dispuesto en el inciso final del Art. 53 del COGEP.CUARTO.- PRUEBA DE LA PARTE ACTORA.Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados en la demanda, situación que se estará a lo previsto en los artículos 160, 161, 294.7 literal d), sobre la admisibilidad y practica de prueba en la respectiva Audiencia Preliminar. QUINTO.- INSCRIPCIÓN.- Conforme a lo determinado en el inciso quinto del Art. 146 del COGEP, previo a citar a la parte accionada, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón, para lo cual confiérase el oficio respectivo dirigido al señor Registrador de la Propiedad y Mercantil Municipal del Cantón TENA, a fin de que cumpla con lo dispuesto.- SEXTO.- Regístrese la casilla judicial y correo electrónicos señalados para recibir notificaciones y téngase en cuenta la autorización conferida a su abogado defensor.-Actúa como secretario el Ab. Carlos Cajas Moya.–NOTIFÍQUESE.Lo que se comunica para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial, para futuras notificaciones.- Certifico.-

CAJAS MOYA CARLOS SEBASTIAN SECRETARIO 2/3 Q: 4433

LA DIRECCIÓN ZONAL 8 NAPO DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA COMUNICA A LA CIUDADANÍA:

1. Que mediante Acuerdo Ministerial Nro. 265 del 11 de septiembre del 2007, y reformulado mediante Acuerdo Ministerial No. 011 del 11 de febrero del 2008. El Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica tiene la facultad de titular tierras en Patrimonio Forestal y Bosques Protectores del estado.

2. En su TITULO ll requiere realizar un proceso de oposición (Permitiendo a cualquier persona que se considere afectada por la solicitud de adjudicación, interpondrá su oposición sustentada en documentos que lo justifiquen, dentro de treinta días a partir de la última publicación). Dentro de este contexto la Dirección Zonal 8 del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica ha recibido la solicitud del Sr. Pantoja García Edwin Efraín, con cédula de identidad: 1500648157, Ubicada en: Provincia de Napo, cantón Quijos, parroquia Sumaco, sector Río Borja Alto

SUPERFICIE SOLICITADA: 49.9702 hectáreas

COLINDANTES: Norte: Wilson Bespaciano Cueva Días

Sur: Patrimonio Forestal Unidad 3

Este: Sergio Gonzalo Pantoja García

Oeste: Patrimonio Forestal Unidad 3

Con los antecedentes citados se da inicio al proceso de adjudicación con Nro. MAATE-ADJ-TFDZ8-NP-2025-004 y por lo tanto se CONVOCA a todas las personas que creyeren tener oposición a la petición citada, a presentar mediante comunicación dirigida al señor Director Zonal 8 NapoTena, la oposición debidamente sustentada, en las oficinas del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica de Napo (Tena), hasta los 30 días posteriores a la última publicación de la presente solicitud de adjudicación.

Para mayor información acercarse a la Dirección Zonal 8 Napo - Tena.

Mgs. Adriana Patricia Santos Díaz

Director Zonal 8

Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (E). 1/1 Q-4434

Puente en la comuna San José, orgullo de los cascaleños

En la inauguración del puente sobre el río Aguarico, en la comuna San José, cantón Cascales, que se dio el 2 de agosto del 2025, en el aniversario 35 de Cascales; el evento fue un hecho trascendental. Promesa cumplida por el prefecto Yofre Poma, quien hace un año, el 2 de agosto

del 2024, visitó la obra, que solo era una torre, construida en agosto del 2019; ese mismo día, en sesión solemne se dio la firma del contrato, en presencia del alcalde Wilson Sanmartín y la empresa contratista.

Al cabo de un año, justamente, se dio la inauguración con un lleno

total en el puente de la ciudadanía del cantón; y en especial de comunidades del otro lado del río, que son de la nueva parroquia La Troncal, donde está la mayor parte de la población de Cascales.

Sin duda, esta obra, que recibieron las comunidades, será de gran

utilidad, hacia el desarrollo, en general. El nuevo puente de 220 metros de longitud, tiene espacios a sus costados, para peatones y otro para motociclistas. Su iluminación es con luces Led. El puente se construyó, paralelo al emblemático del “puente colgante de Tony el suizo”.

» A inicios de octubre del 2024, se inició el trabajo, para instalar la torre del lado de la comuna San José de Aguarico.
» En marzo del 2025, la obra tenía un importante avance.
» Agosto 2 del 2025, día de inauguración de puente. Alegría total
» El 2 de agosto del 2024, el prefecto Yofre Poma junto al alcalde Wilson Sanmartín, estuvieron en la obra.

Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.