Carta meditativa a D. José M.ª Alsina Casanova

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Carta meditativa a D. José M.ª Alsina Casanova

Una Carta q merece

Estimado D. José M.ª,

A la vista está, los ‘resultados’ fructíferos de una SOLICITUD de la Asociación Pública de Clérigos Hermandad de Hijos de Nuestra Señora del Sagrado Corazón q Presides desde sus inicios en la Diócesis de Toledo desde hace ya más de veinte años: un ejemplo de DISCRECIONALIDAD en todos los sentidos y, evidentemente, sin Responsabilidad alguna de las `cuentas´ ya que las CONCIENCIAS, como bien sabes, sólo Dios las conoce y las Informa aunque sea en un Centro de Formación Sacerdotal [titularidad de la Diócesis] del que `habría q irse desprendiendo´ ya que es, vox populi, y, desde sus orígenes, una Forma de Vida -atestiguada por la Historia - propia de un Instituto Religioso y, no bien, una Sociedad de Vida Apostólica de ámbitos diocesanos desde unos ministerios eclesiales DEFINIDOS por la autoridad jerárquica y NO la recurrente disparidad de criterios allí donde se Presenta para, en la práctica cotidiana, HACER lo q buenamente se pueda/quiera pues la siempre difícil FACETA de complacer a todas las Partes -que es de lo Q se trata, a fin de cuentas- no sólo es motivo de una Pastoral eminentemente Eucarística y, con frecuencia, sacramental + las Consagraciones individuales y colectivas al Sagrado Corazón de Jesús [Devoción propuesta y no bien ENSEÑADA pues supone, en la práctica, una Cristología bien definida por el Magisterio de la Iglesia siendo, en la práctica, una Orientación de Vida sin ‘coordenadas’ de tipo Horizontal Q la Sagrada Escritura RECONOCE como ‘prójimo’] no Te “quita el sueño” pues la formación académica ‘garantiza’ una Continua Disponibilidad del Ministerio Sacerdotal allí donde Se Os Reconoce a título, siempre, de genuina Profesión de Fe en el Misterio de la Iglesia amparados -qué

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duda cabe- de familias a las q ATENDER y DE LAS QUE OS SERVÍS para una Pastoral Familiar centrada en Sí mismas y a la Formación de laicos, a quienes se Considera más Dignos de Misericordia Q de Discípulos de Jesús de Nazaret, demasiado preocupados por los Asuntos de `este mundo´ y, consecuentemente, realidades familiares y de parentesco así como amistades y relaciones laborables, a lo menos, más `dispuestos´ a Evangelizar lo evangelizado y, no tanto, a Evangelizar lo ‘desconocido’ y, menos aún, una sociedad en vías de Postmodernidad (Aquí como en Hispanoamérica) Q Requiere NO tanto “Apóstoles del Sagrado Corazón” como Gente HUMILDE y, sobre todo, RESPETUOSA con el Orden Natural o Ley Divina inscrita en los corazones de todo hombre y mujer Q SON, tal y como habéis recibido de vuestros padres y generaciones anteriores, DIGNOS de ser tratados como lo Q

SON: Hijos de un Dios Inmensamente Bondadoso con sus hijos en el Hijo, Señor de Señores y Rey de Reyes y Al Que No Le Cuesta Solicitar de Ellos una Justicia Conmutativa de carácter Universal como PRENDA de FILIACIÓN eterna.

Las distintas Peripecias de las vocaciones sacerdotales que has Acogido de muy distinta procedencia geográfica No Son sino un ‘botón de muestra’ de lo acaecido estas últimas décadas en España: Un D ESCONCIERTO de Actuaciones en el Ámbito de la Dirección Espiritual sin un Reconocimiento explícito del CARISMA de Schola Cordis Iesu QUE ES UNA MANIFESTACIÓN del Espíritu Santo a TÍTULO PARTICULAR Y NO UN CARISMA `EXTENSIVO´ A TODO MINISTERIO SACERDOTAL DE LA HERMANDAD DE HIJOS DE NUESTRA SEÑORA DEL SAGRADO CORAZÓN q NO ES UNA SOCIEDAD DE VIDA APOSTÓLICA NI UN INSTITUTO DE VIDA CONSAGRADA TAL Y COMO EL PAPA ASÍ LO HA RECONOCIDO PÚBLICAMENTE [Francisco, Authenticum charismatis] YA q lo PROPIO de Una Sociedad Pública de Clérigos es una Fórmula del Derecho Canónico QUE `Resuelve’ una COOPERACIÓN `Inclusiva´ de Sacerdotes Diocesanos, en el territorio propio de ERECCIÓN de la citada Institución SUJETA Al Derecho Canónico como vínculo de Perfección y vida Comunitaria al Servicio de la Iglesia Diocesana y NO una ya Recurrente ‘peregrinación’ por las diócesis españolas y Arquidiócesis de Santiago de Chile que, evidentemente, no beneficia en Nada a los Sacerdotes antedichos QUE, ADEMÁS, profesan VOTOS -a título privado- QUE LA IGLESIA CATÓLICA NO RECONOCE AL

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NO APROBAR (Diócesis de Toledo) la ‘Hdad’ como Sociedad de Vida Apostólica/ Instituto de Vida Religiosa . 1

Un cordial saludo,

P. D. Una pregunta José M.ª: ¿Es lícito, en cualquier Estado de Vida, RECURRIR A LA SANTA SEDE para FORMALIZAR una INEXISTENTE Fórmula de Vida en común

QUE, ni siquiera reconoce la Legislación Diocesana «ad experimentum» tal y como Recoge la Jurisprudencia de la Tradición de la Iglesia?

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Boletín Oficial del Arzobispado de Toledo, Enero 2002; Noviembre 2021
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