Proc. Arbitral

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Derecho Procesal Mercantil.


Se incorpora al Código de Comercio en 4 de Enero de 1989.

Libro V del Titulo IV.

Comprende 9 capítulos: Disposiciones Generales, Acuerdo de Arbitraje, Composición del Tribunal Arbitral, Competencia, Sustanciación del procedimiento, El Laudo, Las Costas y Ejecución.

El Arbitraje Comercial se refiere tanto al Arbitraje Nacional como Internacional.

Es Vanguardista en América Latina.

Tanto a Nivel del Estado como en Comercio Exterior.


Clausula Compromisoria, realizada en el acto o contrato antes de la controversia. Acuerdo de Arbitraje o Compromiso Arbitral

Compromiso Arbitral: Se lleva acabo para la solución por vía arbitral de diferencias presentes.

Generalidades

En el Procedimiento

•El arbitraje puede recaer en una sola persona o ser colegiado. •Idioma, procedimiento, Lugar, acordado libremente por las partes. •Recusación de los Árbitros. •El Tribunal de Arbitraje puede decidir sobre su propia competencia. •La Nulidad del Contrato no recae cobre la Clausula Compromisoria.


Incompetencia: Se promueve al dar contestación a la Demanda. Reconvención: No es contemplada en los procedimientos arbitrales art. 1434 C.Co.

Excepciones.

Providencias Precautorias.

No especifica el C.Co. Aplica supletoriamente el C.P.C.F.


Paso 1. En el término convenido, el actor expresará los hechos controvertidos, prestaciones. Aporta documentos necesarios.

Puede ampliar o modificar la demanda.

¿Qué sucede sino se presenta la demanda en el término convenido? El Tribunal da por terminada las actuaciones.

Paso 2. Se C.D. en el plazo acordado. Puede el demandado ampliarla o modificar la C.D., exhibe documentos.

¿Qué sucede si no se C.D.? No se considera como aceptación los hechos controvertidos.

Paso 3. Celebración de la Audiencia:

El Tribunal determina si se celebra o no la Audiencia.


Las Pruebas El Tribunal o las partes pueden solicitar la asistencia del juez para el desahogo de las Pruebas.

En la Ley no señala cual es la actuación del Juez. La Doctrina: Señala como instructor en el desahogo de pruebas, orientando al arbitro.

Paso 4 El Laudo. Se considera como Laudo la resolución de las diferencias por Acuerdo o Transacción.

Se pronuncia de acuerdo a las normas de derecho elegidas por las partes.

Solo resolverá en “Amigable Composición” cuando las partes lo hayan acordado.

El Laudo puede corregirse o interpretarse por el Tribunal de Arbitraje, cuando no se resolvieron todos los puntos en conflicto.

Se dicta un Laudo adicional


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Nulidad del Laudo

Denegación de la Ejecución del Laudo

•Se decreta por el Órgano Jurisdiccional. •Término: 3 meses seguidos a la notificación del Laudo. •Se forma Incidente en base al CPCF.

Nota: Las costas son pagadas por el vencido.

Cuando el Laudo: •Se resuelva sobre la controversia no prevista en acuerdo de arbitraje. • Sea excesivo. •Exista Incapacidad de las partes. •Una da las partes no se haya notificado la designación del Arbitro. •La composición del Tribunal o Procedimiento de Arbitraje no se ajuste al acuerdo de las partes.


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Cuestionario: ¿Qué recurso procede contra la resolución de Nulidad del Laudo Arbitral? ¿Quien ejecuta los Laudos del Tribunal Arbitral? Explica brevemente, ¿Quién debe pagar las costas en un Arbitraje Comercial? ¿Cuándo terminan las actuaciones del Tribunal Arbitral? Menciona ¿Qué excepciones se pueden oponer al tribunal Arbitral al C. D.? Explica ¿Cuál es el procedimiento para recusar árbitros ante el Tribunal Arbitral? ¿Cuáles son los requisitos que debe contener un Acuerdo de Arbitraje? ¿Qué Juez es competente para intervenir en un Arbitraje? ¿Cómo se realiza el computo de los plazos para el Arbitraje? ¿Cuál es el concepto de Acuerdo de Arbitraje? ¿Cuál es el concepto de Arbitraje? ¿Cuál es la diferencia entre Arbitraje Nacional y Arbitraje Internacional?


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