PROCESO ELECTORAL 2017 – 2019 REGLAMENTO GENERALIDADES Artículo 1º La Asamblea de Elecciones, que tiene por objeto elegir a los asociados que conformarán el Consejo Directivo, la Junta Calificadora y de Disciplina y la Junta Revisora de Cuentas, se llevará a cabo el domingo 19 de febrero de 2017. La votación se inicia a las 09:00 horas y se cierra a las 17:00 horas del mencionado día. Artículo 2º Tienen el derecho y el deber de sufragar los asociados permanentes hábiles, los cónyuges de los asociados permanentes hábiles y los asociados juveniles hábiles, siempre y cuando no se encuentren en estado de mora y sus derechos no hayan sido suspendidos por la Junta Calificadora y de Disciplina. Se considera hábil al asociado que haya cancelado sus cuotas de mantenimiento hasta el mes de Diciembre de 2016, inclusive. DEL COMITÉ ELECTORAL Artículo 3º El Comité Electoral es un organismo autónomo, designado en la forma prevista por el Art. 97 del Estatuto, que tiene por funciones principales organizar, dirigir y supervisar el proceso electoral, verificar el escrutinio de los votos y proclamar a quienes resulten elegidos para integrar el Consejo Directivo, la Junta Calificadora y de Disciplina y la Junta Revisora de Cuentas. Su funcionamiento y organización se rige por las disposiciones del Estatuto y las del presente Reglamento.
DE LOS CANDIDATOS Artículo 4º 1